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Resolución de Empates |
6.9. Mecanismos de resolución de empates
En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en
el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de prelación
sucesiva y excluyente:
1. Aquella que obtenga el más alto puntaje en la oferta técnica en su conjunto. Si no se
desempata con lo anterior,
2. Aquella que presente mayor puntaje en la experiencia. Si no se desempata con lo anterior,
3. Aquella que presente mejor evaluación en plazo de ejecución.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación,
licitacionesupi@patrimoniocultural.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el
portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de
la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El Serpat contestará dichas
consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde el vencimiento del plazo para formular
consultas a la adjudicación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Conforme al artículo 56° del Reglamento de la ley N° 19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes
Asimismo, de acuerdo al artículo 56 inciso 2°, el Serpat podrá requerir la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar
la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos
será de 3 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat.
Cabe señalar que, al solicitar la aclaración, se le aplicará a la oferta la disminución correspondiente,
de acuerdo con lo establecido en el criterio a evaluar: “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Confidencialidad |
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El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del
presente contrato.
La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, sin la autorización del Serpat, de la
información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de
su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el
proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de
esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
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Multas |
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El Serpat podrá aplicar las siguientes multas:
N° CAUSA MULTA
A
Por cada día corrido de atraso, en la entrega final de los
servicios contratados, con un tope máximo de 10 días
corridos.
0,2% del contrato por cada
día corrido.
B
Por cada día corrido de atraso, en las entregas parciales de los
servicios contratados (etapas 1 y 2), según Carta Gantt con un
tope máximo de 10 días corridos.
0,2% del contrato por cada
día corrido.
C
Si se detecta un incumplimiento en las medidas de seguridad
del personal, ya sea porque la empresa no entregue a sus
trabajadores los materiales, máquinas o insumos necesarios
para realizar los servicios encomendados, así como que el jefe
de obra no detecte situaciones de riesgo para el personal y
del propio edificio. Con un tope correspondiente al 10% del
monto contratado, y que esta caucionado por la garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
5 UF por evento.
D
Cuando el adjudicatario no acate las instrucciones en los
plazos indicados en el libro de comunicaciones, Con un tope
correspondiente al 10% del monto contratado, y que esta
caucionado por la garantía de fiel y oportuno cumplimiento
del contrato.
5 UF por evento.
La parte proveedora podrá reclamar, ante el Serpat, de los hechos que constituyen los cargos
imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción.
El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la
recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial,
o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo
disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente.
Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos
en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante
una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago
correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable
y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo hiciere, el Serpat podrá hacer
efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el Serpat podrá poner
término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo
130° del DS N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886.
Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, pasado el plazo establecido en el primer
párrafo de este numeral, permitirá a el Serpat dar curso al cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las
demás indemnizaciones que procedan.
No se aplicará multa si la falta causante de esta se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es
atribuible al Serpat, o bien ella solicita el retraso.
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