9.2 Mecanismos de Resolución de empate.
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar:
1° Oferta Económica
2° Experiencia del Oferente
3° Condición Presencia Regional
4° Declaración Tenencia Programa de Integridad
5° Cumplimiento de los Requisitos Formales
6° Sello Empresa Mujer
a) Habiéndose agotado los mecanismos de desempate, el orden de prelación para dirimir será determinado por el ingreso al Portal de dichas ofertas, debiendo en consecuencia resolverse la presente licitación en favor del proveedor que ingresó primero su oferta a la plataforma Mercado Público.
b) Lo anterior, ha sido el mecanismo de resolución establecido por la Contraloría, debiendo nuestro DAEM ceñirse a dicho procedimiento.