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DEL OFERENTE |
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Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras, así como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos
legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la
oportunidad y forma establecida en las mismas.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal
de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un
proceso de compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se
trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá
materializarse por instrumento público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la
Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán
qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva,
siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la
ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la
propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente,
afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar
una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si
continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes
no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato
adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el
artículo 12 de este Reglamento.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar,
contenida en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán
presentar la declaración jurada disponible de forma digital en el portal de mercado
público. Como, asimismo, no podrán participar quienes estén afecto a las inhabilidades
señaladas en el art. 35 quater de la Ley 19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d,
Decreto Ley N°211. En este sentido, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los
conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la
imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen,
extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles, parientes y
sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se
extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus
funciones en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada que indica el
portal mercado público y el contenida en el Anexo N°1 del Acápite III de las presentes
bases.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la
Dirección del Trabajo.
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DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, en adelante el SENDA, requiere del servicio de operativos para el Programa Cero
- Prevención del consumo de alcohol y otras drogas en conductores.
El servicio requerido deberá ajustarse a las especificaciones y requisitos indicados en las
Bases Técnicas y comprende la provisión de una ambulancia que cuente con los insumos
médicos y operativos indicados en las presentes bases. Asimismo, el servicio contempla,
a lo menos, un equipo humano compuesto por dos médicos, dos auxiliares paramédicos
y dos conductores.
El vehículo deberá presentar la resolución expedida por el Servicio Médico Legal que lo
habilite para funcionar como laboratorio móvil de extracción de muestras de sangre.
Asimismo, el equipo humano compuesto por médico y paramédico deberán estar
habilitados por el servicio médico legal para cumplir labores de su especialidad en las
ambulancias, o en su efecto, ser habilitados posterior a la adjudicación, siempre antes
del inicio del contrato Esta exigencia no aplica a los conductores de ambulancia.
En cada línea de servicio, durante la ejecución del servicio, se realizará una cantidad
determinada de operativos, que serán planificados según lo disponga la contraparte
técnica de Senda. El operativo por cada una de las líneas de servicio tendrá una duración
de cinco horas continúas contabilizadas desde el momento de la instalación del
operativo en el punto de control, existiendo la posibilidad de fraccionar un operativo en el
rango de 2 y 3 horas las que, en su conjunto, se consideran como un solo operativo para
efectos del pago.
Cada ambulancia, en concordancia a la Resolución Exenta N° 2292, de fecha 06 de
octubre de 2022, del Servicio Médico Legal, deberá mantener anclajes para 2 cajas de
seguridad, una para las alcoholemias y la otra para las muestras toxicológicas o
comúnmente denominadas “narcolemias”. La referida exigencia será constatada por
SENDA al momento de realizar la inspección personal del vehículo, conforme a lo
dispuesto en el numeral 8.1 de las presentes Bases.
Además, la ambulancia prevista para cada línea de servicio deberá estar a disposición
para trasladar las muestras de alcoholemia y narcolemia al Servicio Médico Legal de la
correspondiente región, en los días y horarios establecidos por la contraparte técnica
regional de SENDA. En el caso de que el Servicio Médico Legal no disponga de laboratorio
de recepción de muestras en dicha región, el prestador estará excluido de esta
obligación.
En cuanto a los operativos, éstos serán planificados y comunicados con a lo menos 05
(cinco) días hábiles previos a los mismos. Sin perjuicio de ello, se podrán modificar los
horarios, fechas y puntos de ejecución de los mismos, sólo en casos excepcionales y que
por razones de fuerza mayor o caso fortuito lo amerite. El Servicio se compromete a
informar, con la máxima antelación posible, sujeta a la contingencia, para la correcta
ejecución de los operativos.
Por su parte, los proveedores no podrán negarse o solicitar modificar la planificación de
los operativos, siendo causal de aplicación de multas, salvo por razones de fuerza mayor
o caso fortuito que lo ameriten.
Además, durante la vigencia del contrato, el proveedor adjudicado deberá,
excepcionalmente, disponer de la ambulancia licitada para actividades de difusión y/o
prevención, tales como “Pautas de Prensa”, “Lanzamiento de Campañas Preventivas”,
entre otras de naturaleza similar. La solicitud de estas prestaciones no sobrepasará el
máximo de 6 actividades anuales, según las necesidades del Servicio, previa
coordinación entre el proveedor y el área técnica. Asimismo, cada actividad no excederá
las 3 horas de duración.
En relación a la imagen de la ambulancia, SENDA podrá facilitar elementos distintivos del
programa, los que deberán fijarse en la ambulancia para cada operativo y que podrán ser
retirados una vez que finalice el mismo.
Considerando que los servicios requeridos deben propender a dar cobertura a las
distintas regiones del país, con especial énfasis en algunas de ellas durante ciertos
periodos del año, y que algunas líneas ya han sido adjudicadas en la correspondiente
Licitación Pública, se han definido 4 líneas de servicios, las que tienen como elemento
diferenciador el lugar geográfico donde se debe prestar el servicio (regiones).
Las líneas de Servicio deberán considerar una ambulancia de reemplazo, la
cual deberá estar disponible para los servicios operativos, en la eventualidad
que el vehículo ofertado presente desperfectos mecánicos y/o no cuente con el
equipamiento necesario para su funcionamiento (solicitado en las mismas
bases).
En virtud de lo anteriormente señalado, y atendido que se trata de una licitación de
adjudicación por líneas de servicio, los oferentes podrán ofertar respecto de una, varias
o todas las líneas de servicio de la presente licitación, las que se distribuyen como sigue:
a. LÍNEAS DE SERVICIO 3, 9, 10 y 14 PERIODO JULIO 2026 A MARZO 2027
Contempla prestar servicios desde el 01 de julio de 2026 al 31 de marzo de 2027.
N° 3: Región de Antofagasta
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y
operativos requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°9: Región de Ñuble
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y
operativos requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°10: Región del Biobío
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y
operativos requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°14: Región de Aysén
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y
operativos requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Nota: Las líneas de Servicio deberán considerar una ambulancia de reemplazo,
la cual deberá estar disponible para los servicios operativos, en la eventualidad
que el vehículo ofertado presente desperfectos mecánicos y/o no cuente con el
equipamiento necesario para su funcionamiento (solicitado en las mismas
bases). Para lo anterior, SENDA gestionará la respectiva autorización ante el
servicio Médico Legal Regional a fin de que dicho vehículo de reemplazo cuente
con la documentación necesaria para el emplazamiento.
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INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN |
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tapas Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en
un solo acto), que se efectuará a través del sistema de información Mercado Público
Presupuesto
Máximo $ 137.163.375
Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras, y Uniones Temporales de Proveedores,
que no registren alguna de las inhabilidades
establecidas en los incisos 1 y 6 del artículo 4 de la
Ley 19.886. Como, asimismo, a las inhabilidades
señaladas en el art. 35 quater de la Ley 19.886; art.
33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley
N°211.
Cómputo de los plazos
Todos los plazos son de días corridos, salvo aquellos
casos en que expresamente se indique que los
plazos son de días hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábados,
domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta
el día hábil siguiente.
Comunicación con el
Servicio Nacional para
la Prevención y
Rehabilitación del
Consumo de Drogas y
Alcohol
Exclusivamente a través del portal
www.mercadopublico.cl
Soporte de documentos
Soporte digital.
Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel
en los casos expresamente permitidos por estas
Bases o por la Ley de Compras y su Reglamento.
Funcionario encargado
de la licitación
El encargado del presente proceso de licitación es:
Natalie Zambrano Neira, cuyo correo electrónico es
natalie.zambrano@senda.gob.cl
Funcionario encargado
del contrato
El encargado del contrato será:
José Ignacio Betancourt Luco cuyo correo electrónico
es jose.betancourt@senda.gob.cl
3.1 Cronograma de actividades
Plazo para publicar las
bases de licitación
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de
la total tramitación (toma de razón) de la respectiva
resolución que aprueba las bases.
Publicación Bases Las Bases deberán estar publicadas en el portal de
mercado público durante 30 días corridos.
Consultas
Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal
Mercado Público.
Respuestas Hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de
vencimiento del plazo para presentar las consultas.
Recepción de ofertas
Hasta el día 30 corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal
Mercado Público..
Acto de apertura
electrónica de las
ofertas técnicas y
económicas
A partir del día siguiente del cierre de la
recepción de las ofertas, se procederá a efectuar
la apertura de las ofertas presentadas en esta la
licitación
Evaluación 10 días hábiles desde la apertura de las ofertas
Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro de los 20 días
hábiles siguientes al cierre de recepción de las
ofertas.
Plazo para adjuntar
documentos para la
contratación
Dentro de los 10 días hábiles desde la notificación
de la resolución que adjudica.
Suscripción del
contrato
Dentro de los 20 días hábiles desde la notificación
de la resolución que adjudica.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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4.1 RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN.
Estas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de
publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 10 días corridos contados
desde esa fecha.
4.2 RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido
presentadas a través del portal y dentro de los 10 días corridos, desde la fecha de
publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones
estarán a disposición de los Proponentes dentro de los 5 días hábiles siguientes al
vencimiento del plazo para presentar consultas y aclaraciones señalado en el numeral
precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las Bases de esta
licitación; y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la
preparación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol , además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las presentes
Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar
algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro
y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos
esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas
por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
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DE LAS OFERTAS |
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5.1CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS.
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de SENDA
revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la garantía de
seriedad de la oferta señalada en el N° 6 de estas Bases, y la declaración jurada del
Anexo N° 1 y la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, emitiendo un
informe que dé cuenta de ello.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago
Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se
desiste de su participación en el proceso.
5.2 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el
portal www.mercadopublico.cl hasta 30 días corridos contados desde esa fecha, hasta
las 15:00 horas.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, o en caso de la concurrencia de alguna de las causales del
artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo Nº 661 (Procesos de compra fuera del Sistema de
Información), de Hacienda, de 2004, excepcionalmente las ofertas podrán ser
recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro o
mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y
dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá
propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni
hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
5.3 INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA.
El proponente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl,
como archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo
ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en las
Bases Técnicas.
El oferente deberá presentar los siguientes antecedentes:
a) Experiencia de la entidad participante.
Todo oferente deberá presentar el Anexo N° 2 debidamente completado y firmado con el
objeto de evaluar su experiencia en servicios de traslado de pacientes o procedimientos
médicos, si es que la tuviere, indicando referencias de trabajos anteriores, y señalando
detalladamente las fechas de ejecución de los mismos con la respectiva individualización
de sus mandantes.
El oferente deberá, además, adjuntar copia de todos sus contratos, órdenes de compra o
facturas que acrediten haber prestado servicios en el año y mes que informa. En
consecuencia, la información que no pueda ser acreditada de esta forma, no será
considerada en la evaluación.
b) Equipo humano que ejecutará el servicio.
Para las actividades del programa, el oferente, junto con la ambulancia, deberá proveer
el equipo humano necesario para el óptimo desarrollo del mismo, el que debe estar
calificado de acuerdo a las funciones requeridas. El equipo debe estar compuesto al
menos por: a) 2 conductores, b) 2 Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, y c)
2 médicos para cada una de las líneas a licitar.
Se deberá adjuntar los documentos que a continuación se solicitan:
b.1) Curriculum vitae de los médicos y de los Técnicos de Nivel Superior en
Enfermería, en el que debe señalar la prestación de servicios con empleadores
anteriores en relación al servicio de toma de muestras (Formato libre, esto es, se acepta
cualquier tipo de formato que contenga la información requerida).
b.2) Copia simple de título que acredite calidad correspondiente (médicos y Técnicos de
Nivel Superior en Enfermería). En el caso de extranjeros, el título deberá encontrarse
validado en Chile, conforme a la normativa vigente.
b.3) Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de prestadores individuales de
salud de los médicos y de los Técnicos de Nivel Superior en Enfermería.
b.4) Curriculum vitae actualizado de los conductores, (Formato libre, esto es, esto es, se
acepta cualquier tipo de formato que contenga la información requerida).
b.5) Copia simple de la licencia de conducir clase A2 o A3 de los conductores vigentes, la
cual debe ser coherente con las clases vigentes de la Hoja de Vida del Conductor.
b.6) Hoja de vida del conductor (Con fecha de emisión no superior a 30 días previos a la
presentación de la oferta)
b.7) Con el objeto de acreditar la experiencia señalada en los Curriculum vitae de los
médicos y Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, se deberán adjuntar, respecto
a cada uno de ellos, los respectivos contratos con la entidad, que contenga los datos para
demostrar la antigüedad declarada. Conjuntamente con los referidos contratos, el proponente debe adjuntar, los respectivos certificados de pago de cotizaciones
previsionales (para quienes tengan contrato de trabajo) y/o Informe Anual de boleta de
honorarios. (para quienes desempeñan funciones bajo dicha modalidad).
Se deja expresa constancia que la información proporcionada en la letra b1),
debidamente acreditada de conformidad a letra b7), permitirá a la Comisión Evaluadora
la asignación de puntaje en el criterio de evaluación denominado “Antigüedad del
equipo de trabajo (médicos y Técnicos de Nivel Superior en Enfermería) en la
entidad”, por lo que la experiencia que no sea acreditada conforme a la letra b7), no
permitirá la asignación del correspondiente puntaje.
Se evaluarán sólo dos médicos, dos Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, y la
presencia de dos conductores. Si algún proveedor presenta a más de dos personas
para cada “cargo”, estos no serán evaluados, considerándose solamente a los dos
primeros presentados, para el cargo respectivo, en el Anexo N° 5 y, por lo tanto, los
documentos ingresados que correspondan solamente a dichas personas.
c) Antecedentes del vehículo (ambulancia) ofertado:
c.1) Copia simple de la Revisión Técnica y el permiso de circulación al día de la
ambulancia ofertada.
c.2.) Copia simple de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) al día de la
ambulancia ofertada.
c.3) Copia simple de autorización sanitaria emitida por la Secretaría Regional Ministerial
de Salud vigente para Transporte Sanitario Simple.
c.4) Set de fotos del vehículo ofertado, según corresponda, para el servicio que se licita
por las presentes Bases; acompañando al menos 4 fotos de los mismos, una por cada uno
de sus lados (parte delantera, posterior y laterales) en donde se visualice la patente.
Deberá también detallar las medidas y dimensiones de la misma y los metros cuadrados
disponibles en la zona de atención. Todo lo anterior deberá ser presentado a través del
Anexo N° 3.1.
c.5) Certificado de inscripción y anotaciones vigentes emitido por el Registro Civil e
Identificación que indique las limitaciones al dominio del vehículo ofertado, el cual deberá
señalar como tipo de vehículo: Ambulancia (dicho documento no podrá tener una fecha
superior a 30 días de emisión a la fecha de presentación de las ofertas). La no
presentación de este documento, como la inconsistencia respecto a los datos indicados
en el certificado de inscripción del vehículo, implicará la declaración de inadmisibilidad de
la oferta presentada, mediante la dictación del acto jurídico correspondiente
Descripción del servicio ofertado: para estos efectos, los oferentes deberán
individualizar el vehículo ofertado (indicar placa patente), indicar las especificaciones
técnicas que comprende la ambulancia, el equipo humano y los insumos médicos y
operativo.
d) Especificar la autorización del SML para servicio de toma de
muestra móvil.
Deberá informar el estado de la habilitación como laboratorio móvil otorgado por el
Servicio Médico Legal (SML), de la Región que corresponde a la Línea de Servicio que
oferta.
Cabe destacar que dicho requisito no es excluyente para la postulación al presente
proceso. No obstante, el proveedor adjudicado deberá gestionar y obtener dicha
autorización previo al inicio de los operativos.
Además, la oferta técnica deberá contener todos los anexos indicados:
Anexo 1: Declaración jurada persona natural, persona jurídica o unión temporal de
proveedores, según corresponda, que indica no estar afecto a inhabilidades y conocer los
documentos de la licitación y veracidad de la oferta.
Anexo 2: Declaración jurada de experiencia de la entidad. Se debe indicar la experiencia
de la entidad de acuerdo al cuadro. La que no esté contenida en el mismo no será
contabilizado en la evaluación.
Anexo 3: Descripción del servicio. Se debe indicar la descripción del servicio de acuerdo
al cuadro. La que no está contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
Anexo N° 3.1: Set de 4 Fotos con Dimensiones de Ambulancia Titular Ofertada.
Anexo 4: Formato de propuesta económica indicada en monto bruto por operativo, y en
el caso de la línea N° 16 el monto mensual) Ambulancia 1). En ningún caso podrá exceder
el monto máximo para cada línea de servicio.
Anexo 5: Formato de recurso humano. Se deberá indicar el recurso humano de acuerdo
al cuadro. La que no está contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
5.4 INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl , en el ID que identifica esta licitación, para ello el oferente
contará con el Anexo N° 4.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, indicando el valor
bruto1
(esto es, incluyendo todos los impuestos que pudieren corresponder) y no estará
sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los
de personal y traslado, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros
impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del
contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Considerando la disponibilidad presupuestaria dispuesta por el SENDA, para la
contratación del servicio que se licita, las respectivas propuestas no podrán exceder de
los siguientes precios:
a) Líneas de Servicio N° 3 ,9, 10 y 14
Las ofertas económicas presentadas en cada línea de servicio por un monto superior a los
que a continuación se indican, no serán objeto de evaluación y serán rechazadas por
SENDA.
Para la ejecución del servicio que se licita SENDA ha dispuesto los siguientes
montos máximos por línea, incluyendo los impuestos que pudieran corresponder:
Línea de
Servicio
Monto
Por
operativo
2026
Cantida
d Aprox.
Operativ
o
Mensual
*
Monto
Mensual
Cantidad
Operativo
s
Tempora
da
Monto Total
Temporada
(9 meses)
Tempora
da 2026-
2027
N° 3:
Región de
Antofagas
ta
$615.825 5 $3.079.125 45 $27.712.125
1 julio
2026-31
marzo
2027
N° 9:
Región del
Ñuble
$641.700 5 $3.208.500 45 $28.876.500
1 julio
2026-31
marzo
2027
N° 10:
Región del
Biobío
$569.250 10 $5.692.500 90 $51.232.500
1 julio
2026-31
marzo
2027
N° 14:
Región de
Aysén
$652.050 5 $3.260.250 45 $29.342.250
1 julio
2026-31
marzo
2027
TOTALES $2.478.82
5
25 $15.240.3
75 300 $137.163.3
75
*Los operativos se distribuirán mensualmente según las necesidades del
Servicio.
5.5VIGENCIA DE LA OFERTA.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos, contados desde la
fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La
oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA.
Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene
la vigencia mínima de 120 días exigidos en estas bases.
5.6FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo para
la presentación de las mismas indicado en el número 5.2 precedente a las 15:00 horas,
el cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la
presente licitación, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal.
Sin embargo, si el plazo de cierre para la recepción de ofertas venciera en un día inhábil,
lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas, se postergará la fecha
de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
5.7MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del
plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto
administrativo, el que será sometida a la misma tramitación que la resolución
aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En
caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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Esta garantía se exige para proteger al SENDA contra los riesgos de desistimiento de la
oferta dentro del período de validez exigido en las Bases, retiro de la oferta una vez
seleccionada, falta de seriedad en los términos de la oferta, inhabilidad del seleccionado
para contratar con el Estado; falta de entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del contrato y falta de entrega de la garantía de
cumplimiento de contrato.
El Proponente deberá presentar una caución o garantía pagadera a la vista, con el
carácter de irrevocable, cuyo monto mínimo será de $310.500.-, por cada línea a la que
postule, a la orden del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El nombre podrá abreviarse pero, en
caso que se abrevie, siempre deberá indicarse el RUT); con una vigencia no inferior a
120 días corridos contados desde la fecha de apertura de las ofertas en el portal
www.mercadopublico.cl.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como Garantía de
Seriedad de la Oferta e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación en
el portal www.mercadopublico.cl, siendo estos requisitos esenciales para la validez de la
misma.
Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del
documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco
o institución financiera chilena.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos,
Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser enviados de
manera virtual mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser ingresada junto con su oferta en la
plataforma Mercado Público, y dentro del mismo plazo para presentar las ofertas.
Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las oficinas del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas
en Agustinas N° 1235, piso 7° comuna de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA
correspondiente al domicilio del oferente, hasta el día de cierre de recepción de
ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un
acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la
que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del proponente, nombre y
cédula de identidad de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de
presentación de la misma. La copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que
hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación
es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes señalados la oferta
será declarada inadmisible. Dicha situación será comunicada a la Comisión Evaluadora
por la División Jurídica, previo al proceso de evaluación.
La Garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si:
● El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, retira la misma en el período de
validez de ésta.
● El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro de plazo la
garantía de fiel cumplimiento de contrato.
● El oferente se desiste de su oferta, antes de la dictación de la resolución que
adjudica.
● El oferente cuya oferta ha sido adjudicada no suscribe el contrato dentro del plazo
señalado en el número 9.4. de estas bases.
● El oferente cuya oferta haya sido adjudicada haya presentado datos inexactos o
no fidedignos en su oferta y ésta deba ser revocada.
● El oferente incurre en cualquier otra causal señalada en las presentes bases.
Tipo de
documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
Beneficiario
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9. El nombre podrá
abreviarse pero siempre deberá indicarse el RUT.
Vigencia
Mínima
Vigencia mínima de 120 días corridos contados desde la fecha de
apertura de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
Monto mínimo $310.500.-
Expresada en
Pesos chilenos. En caso de corresponder a una póliza de seguros
expresada en U.F., su monto será calculado a la fecha de su
emisión.
Glosa
Garantía de Seriedad de la Oferta, indicando el número de ID que
identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl. Tratándose de vale o depósito a la vista,
atendida la naturaleza del mismo, no se requerirá glosa.
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CÓMPUTO DE PLAZOS |
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Todos los plazos son de días hábiles administrativos, salvo aquellos casos en que
expresamente se indique que los plazos son de días corridos.
En este último caso, si un plazo expira en sábados, domingos o festivos se entenderá
prorrogado hasta el día hábil siguiente.
7.1.Apertura Y Evaluación De Las Ofertas.
A partir del día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas, se procederá a
efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta licitación. La presente licitación
será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la oferta técnica
como la económica.
7.2.MODALIDAD DE LA LICITACIÓN.
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir
tanto la oferta técnica como la económica.
7.3.COMISIÓN EVALUADORA.
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una Comisión
Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1.- Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol por el (la) funcionario(a) que designe
mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo
electrónico al encargado de la OIRS del Servicio.
2.- Jefatura de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, por el (la) funcionario(a)
que designe mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente,
mediante correo electrónico al encargado de la OIRS del Servicio.
3.- Jefatura del Área de Detección e intervenciones Breves en la Comunidad, o por el (la)
funcionario(a) que designe, mediante memorándum, el cual deberá ser enviado
inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la OIRS del Servicio.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá obrar como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 54 del Reglamento de la Ley N°
19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que
cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En
caso que ello no ocurra, deberá proponer rechazar la propuesta sin evaluarla y
dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifique asumir una situación de
privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha
solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se
refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos
incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las
ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar
la decisión final.
7.4.ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Y SOLICITUD DE
CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los oferentes las
aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes,
esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si
correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el
oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las
ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan
producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a
situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente,
quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
7.5.EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones
administrativas señaladas en las bases, lo que será revisado por la comisión evaluadora.
7.5.1. Evaluación de Ofertas Técnicas (50%).
Se evaluarán las Ofertas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y escala de puntajes,
de 0 a 100, que se indican a continuación:
Criterio Escala de Calificación Puntos Ponderador
Cumplimiento de
los requisitos
formales de
presentación de
la oferta. Se
evaluará el
cumplimiento de la
entrega formal de
todos los
antecedentes
administrativos
El Oferente cumple con
todos los requisitos
formales en la
presentación de la oferta
en los plazos establecidos
para ello y no se le
solicitan antecedentes
conforme al art. 56 del
Decreto N°661 reglamento
de la Ley 19.886
100
8%
No cumple con la
presentación completa de
los antecedentes, pero los
acompaña con
posterioridad, o se le
solicitó salvar errores u
omisiones formales,
conforme al art. 56 del
Decreto N°661 reglamento
de la Ley 19.886.
50
No acompaña con
posterioridad los
documentos solicitados,
conforme al art. 56 del
Decreto N°661 Reglamento
de la ley N°19.886, o lo
acompañado no cumple
con lo solicitado.
0
Cumplimiento de
Programa de
Integridad.
Oferente cuenta con un
programa de integridad
conocido por su
organización o en caso de
las personas naturales
cuenta con formación
personal acreditada en
materia de integridad o
compliance.
100
2%
Las entidades
deberán
acompañar
documentos que
permitan verificar
la existencia del
programa de
integridad y su
Oferente no cuenta con un
programa de integridad
0
difusión dentro de
la empresa u
organización
conocido por su
organización o en caso de
las personas naturales no
se cuenta con formación
personal acreditada en
materia de integridad o
compliance.
Experiencia del
oferente. Se
evaluará la
experiencia del
oferente en
servicios de
traslado de
pacientes y /o
procedimientos
médicos.
Sin experiencia,
experiencia inferior a un
año o no acredita la
experiencia declarada
0
30% Entre 1 año y 3 años de
experiencia. 30
Sobre 3 años y 5 años de
experiencia. 70
Más de 5 años de
experiencia 100
Antigüedad del
equipo de trabajo
en la entidad
(médico y
paramédico)
Sin antigüedad o con
antigüedad inferior a 6
meses, en promedio del
equipo de trabajo (médico
y paramédico) en la
entidad. También se
asignará este puntaje en
caso de no acreditar
debidamente la antigüedad
declarada.
0
30% Entre 6 y 24 meses de
antigüedad en promedio
del equipo de trabajo
(médico y paramédico) en
la entidad.
50
Desde 25 meses de
antigüedad en promedio
del equipo de trabajo
(médico y paramédico) en
la entidad.
100
Características
de la ambulancia
Largo del vehículo inferior
a 5.4 metros 50
15%
30%
Largo del vehículo igual o
superior a 5.4 metros 100
Altura del vehículo inferior
a 2.7 metros 50
15% Altura del vehículo igual o
superior a 2.7 metros.
100
Ancho del vehículo inferior
a 2 metros 50
15% Ancho del vehículo igual o
superior a 2 metros.
100
Año del vehículo igual o
inferior a 2014. 0
55%
Año del vehículo superior
al 2014 e inferior al año
2017.
50
Año del vehículo igual o
superior a 2017 100
7.5.2. Puntaje Técnico.
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior, debidamente
ponderados según la tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la propuesta
técnica. El puntaje técnico obtenido se expresará con dos decimales sin aproximación.
7.5.3. Evaluación de Ofertas Económicas. (50%)
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente
fórmula:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
Donde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE : es el precio de la oferta evaluada
100 : es el puntaje mayor
Del párrafo anterior, debe entenderse como valor de la oferta evaluada, el valor bruto
(valor total por operativo en las líneas N° 3, 9, 10 y 14), el que no podrá ser superior al
monto máximo establecido para esta contratación, según lo dispuesto en el punto 5.4 de
estas Bases.
No obstante, lo anterior, si bien para línea N°16 evaluará económicamente la suma de
ambos servicios, éstos de forma independiente, no podrán superar los montos
establecidos en el punto 5.4 de estas Bases.
7.5.4. Puntaje Final.
El Puntaje Final de las Ofertas considera asignar un 50% al puntaje obtenido en la
Evaluación Técnica y un 50% al puntaje obtenido en la Evaluación Económica, quedando
la evaluación final como sigue:
PFTE = Puntaje Técnico * 50 % + Puntaje Económico * 50%
7.5.5. Mecanismo de Desempate.
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre
dos o más Oferentes, se seleccionará al Proponente de acuerdo a la siguiente
secuencia:
a) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación técnica.
b) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor
puntaje en los criterios de evaluación, analizados uno a uno, según el orden
siguiente:
1.- Características de la ambulancia.
2.- Experiencia del oferente.
3.- Antigüedad del equipo de trabajo en la entidad (médico y
paramédico)
c) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se seleccionará al
Proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación
Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.
d) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se seleccionará al
Proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación
Cumplimiento de Programa de Integridad.
e) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se resolverá mediante sorteo
realizado por la Comisión Evaluadora, actuando como Ministro de Fe un abogado
de la División Jurídica de este Servicio.
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ADJUDICACIÓN |
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La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre de las
ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA, a través de acto administrativo fundado,
totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando
de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal
www.mercadopublico.cl.
8.1SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de cada línea
de servicio, será seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante
acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al
resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En
dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan
permitido al Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, previo a la suscripción del contrato SENDA citará al oferente adjudicado a una
inspección personal del vehículo ofertado a fin de verificar que cumplan las
características técnicas ofertadas y los requisitos mínimos exigidos por bases. Respecto
de cada inspección se levantará un acta respectiva de la que se le entregará copia al
adjudicatario.
Es requisito esencial para suscribir el contrato que la inspección personal del vehículo se
realice, que esto conste en el acta suscrita por el encargado de SENDA y que la
ambulancia cumpla los requisitos y especificaciones técnicas exigidas en bases, de igual
forma es necesario que se ajuste a lo consignado en los antecedentes que fueron
evaluados. La inspección debe realizarse durante el plazo que se ha fijado para
formalizar el contrato.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el
contrato respectivo, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y se
adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el
siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o
bien se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través
de acto administrativo fundado.
8.2RECHAZO DE LAS OFERTAS.
SENDA declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
mínimos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no
se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de
SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo
fundado.
8.3 DEVOLUCIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE
LA OFERTA.
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar aquella
oferta que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación, la devolución de
la garantía de seriedad, de la oferta con la segunda calificación más alta, será devuelta
en el plazo de 21 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que
adjudica.
Asimismo, la devolución de garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas
hayan sido desestimadas o rechazadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles,
contados desde la notificación de adjudicación o inadmisibilidad de la oferta.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en las
oficinas del SENDA, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7°, comuna de Santiago. La
devolución de los documentos de garantía se hará por medio del endoso
correspondiente, en caso que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al
tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de
Retiro y Recepción pertinente.
Tratándose del Oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía de
seriedad de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre firmado
por el adjudicatario y una vez que éste haya hecho entrega de la garantía de fiel
cumplimiento del contrato.
8.4 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el
numeral 9.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados en el punto 9.2 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 9.3 de
las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera
de su oferta.
e) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del
plazo establecido en el punto 9.4 de las presentes Bases.
f) Si el vehículo ofertado no tuviera las características técnicas o cumpliera con las
normas indicadas en la oferta, las que se verificarán en una inspección que se
hará del móvil previa suscripción del contrato.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA hará efectiva
la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al Oferente que, según el Acta de
Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico en
la respectiva línea de servicio, si dicha oferta es conveniente para los intereses del
SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
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DEL CONTRATO |
|
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, por cada línea adjudicada, dentro de
los 20 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
9.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las
siguientes inhabilidades:
a) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 35 quater de la Ley 19.886.
b) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación
de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el
Código Penal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886.
c) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o que
estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo
54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
d) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios
directivos del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra a) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco
aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que
aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en que
aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital,
directamente o como beneficiarios finales; ni con los gerentes, administradores,
representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
e) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables
penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica.
f) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto
ley N° 211, de 1973.
g) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto
ley N°211 de 1973.
h) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en
el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la
licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el
siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los
intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de
acto administrativo fundado.
9.2 REQUISITOS PARA CONTRATAR.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro de
los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica, la
documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo.
9.2.1 Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la
Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Según las indicaciones contenidas en el
punto 9.3 de las presentes Bases.
3. Haber presentado oportunamente la ambulancia ofertada al proceso de inspección
contemplado en el 8.1 de estas bases.
4. Seguro de responsabilidad civil vigente, según lo establecido en la letra D de las
bases técnicas, a nombre del adjudicado.
5. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y
previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos
dos años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de
Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y
una declaración jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante
los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a
……………………………….
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los
haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los
últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato
licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la entidad
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la entidad
contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones
adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada,
dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva
licitación en la que la entidad referida no podrá participar.
9.2.2 Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero,
de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación
de Servicios. Como, asimismo, a las inhabilidades señaladas en el art. 35 quater de la
Ley 19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley N°211.
No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos
de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de
sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o
parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que
aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en
los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las
Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y
Delitos de Cohecho, que le impida celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
9.2.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias
para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y
representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos,
publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes
Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas
o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto
actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos
de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán
acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad,
emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que
corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes
legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes
Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de
Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura
pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante
ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo,
en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro
Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro
Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica,
cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso
que existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de
estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración
que a continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
1.- No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° de la Ley
19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios. Como, asimismo, a las inhabilidades señaladas en el art. 35 quater de la Ley
19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley N°211.
2.- No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los
vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3.- Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de
sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o
parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que
aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
4.- La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas
en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de
las Personas Jurídicas en los Delitos que indica
5).- La entidad que represento no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la
Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del
decreto ley N° 211, de 1973.
6) No se encuentran inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la
ley N°21.595 sobre Delitos Económicos.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
9.2.4 Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos
que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto
en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores
de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando
para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los
documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este
mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura
pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la
personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia
de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante
legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las
presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, deberá
presentar la escritura pública donde se materialice el acuerdo para constituir la Unión
Temporal, además, cada uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos
señalados en los puntos anteriores, según sea el caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá inscribirse en el
Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se
encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores.
9.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 20 días hábiles,
a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía, por cada línea de
servicio adjudicada, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de
vigencia del contrato, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las
obligaciones contractuales.
Cada caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (el nombre
podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.); por un monto igual o superior
al 5% del valor neto total del contrato2
, en pesos chilenos.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la vista, con
carácter de irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con
garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el
cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera
dar origen el incumplimiento del contrato. En el caso de que se acompañe una póliza de
seguro, ésta deberá excluir las cláusulas de arbitraje.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como
“Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que
identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, además de la línea
de servicio correspondiente.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no
requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el extranjero,
el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido
por un banco o institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro
del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA hará
efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al Oferente que, según el Acta
Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta
la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los
trabajadores del adjudicado, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N°
19.886.
El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato,
una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el contrato.
Tipo de
documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
Beneficiario
“Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N° 61.980.170-9.” El
nombre podrá abreviarse pero siempre deberá indicarse el RUT.
Vigencia
mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al término de
la vigencia del contrato.
Monto Deberá ser igual o superior al 5% del valor neto total del
contrato.
Expresada en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una póliza de
seguro expresada en U.F., su equivalente en pesos se calculará a
la fecha de emisión del instrumento)
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las
obligaciones laborales con sus trabajadores y multas, e indicar el
número de ID que identifica a la presente licitación a través del
portal www.mercadopublico.cl, además de la línea de servicio
correspondiente.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con garantizar el fiel cumplimiento de las
obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de
obligaciones laborales y sociales y el pago de multas a las que
pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su
naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la
vigencia.
9.4FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El Adjudicado deberá suscribir un Contrato por cada línea de servicio adjudicada dentro
del plazo de 20 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta. En tal caso SENDA hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta,
a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable a SENDA, y
adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente
mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
Se deja expresa constancia que si la adjudicataria registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto
del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el
contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, para
estos efectos en este plazo deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento
de esta obligación por parte de la entidad contratada dará derecho a dar por terminado
anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación en la que
la entidad no podrá participar.
9.4.1 APROBACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato que SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total
tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el
servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total
tramitación del mismo. Con todo, los pagos sólo podrán realizarse una vez que se
encuentre totalmente tramitado el acto que apruebe el contrato.
9.4.2 CLÁUSULAS DEL CONTRATO.
9.4.3 Del Pago.
El pago de los servicios se realizará en cuotas mensuales, pagaderas a mes vencido
contra recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica del SENDA de los
servicios prestados durante dicho periodo. El monto total se determinará de acuerdo a los
operativos efectivamente prestados- en los términos que se indican en los párrafos
siguientes- y al valor indicado por el Contratista en su oferta económica.
El pago se realizará por cada operativo efectivamente realizado, es decir, que dure las 5
horas estipuladas, esto no contempla los traslados a los puntos de control. De todas
formas, si la duración del operativo es menor a 5 horas, por motivos externos al Servicio
y al Proveedor adjudicado, también se realizará el pago del 100% del valor por
operativo.
En caso que SENDA disponga la suspensión de un operativo con más de 3 horas de
antelación, no se pagará dicho operativo.
En caso que SENDA disponga la suspensión de un operativo con menos de 3 horas de
antelación por motivos ajenos al proveedor, se realizará un pago equivalente al 50% del
valor total del operativo ofertado y adjudicado.
En el caso que la entidad contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato
licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la entidad
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Senda
exigirá que la entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los
comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a
dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la
que la entidad referida no podrá participar.
Para cada pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de Antecedentes
Laborales y Previsionales, y además acreditar el pago completo de las obligaciones con
sus trabajadores (personal que presta el servicio contratado) durante la ejecución del
contrato, tengan estos contrato de trabajo o presten servicios a honorarios a través de
cualquier antecedente idóneo para respaldar el cumplimiento de tales obligaciones,
como por ejemplo certificados de previred o del servicio de impuestos internos, entre
otros, dejando expresa constancia que no basta para cumplir este requisito el envío de
una declaración jurada.
Los pagos deberán efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la
recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Para proceder a
ejecutar el o los pagos que correspondan, la o las Órdenes de Compra deben
encontrarse aceptadas por el Proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl.
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre
totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra
entrega por parte del Contratista de las facturas correspondientes. Se deja constancia
que, atendida la naturaleza del servicio contratado, no se aceptaran boletas de
honorarios, y la factura deberá corresponder a un giro o actividades, que sean
coherente con los servicios que se están contratando, en el evento de no cumplirse estos
requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la
factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº
19.983
9.4.4 Contraparte Técnica.
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por la Jefatura del Área de
Detección e intervenciones Breve en la Comunidad. Serán funciones de esta Contraparte
Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al contratista las
observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la
recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias. Asistir en la
ejecución del servicio, coordinando las actividades que involucren salidas a terreno
del oferente seleccionado, facilitando el contacto con los funcionarios de las regiones.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento
de los objetivos y de los servicios contemplados.
d) Remitir al contratista, a través de correo electrónico, la programación de las fechas
de todos los operativos que se ejecutaran durante el mes siguiente.
e) Notificar al contratista mediante correo electrónico con al menos 3 horas de
anticipación la suspensión o modificación de algún operativo.
f) Coordinar la inspección personal del vehículo ofertado previo a la suscripción del
contrato.
g) Autorizar los desplazamientos de la ambulancia que presta los servicios fuera de los
horarios y operativos planificados.
h) Recepcionar las solicitudes efectuadas por el contratista en virtud de las cuales
solicite autorización para cambiar la ambulancia o el personal ofertado.
i) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que le correspondan de
acuerdo sus funciones dentro de SENDA.
9.4.5 Plazos de ejecución.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha de total tramitación
de la resolución que apruebe el contrato y hasta el 31 de marzo de 2027. Con
todo, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán comenzar a ejecutarse a
contar de la fecha indicada en el respectivo contrato y siempre que cuente con la
respectiva autorización del Servicio Médico Legal.
Durante este período el contratista deberá mantener la ambulancia disponible para los
requerimientos y operativos que organice el Servicio los que serán comunicados
oportunamente.
9.4.6 Modificación del contrato.
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, SENDA estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, en conformidad con el art. 129 del
Reglamento de Compras Públicas, podrá realizar aquellas modificaciones que no puedan
alterar los elementos esenciales del contrato inicial. Se considera que si se alteran estos
cuando:
I. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los
oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la
aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más
participantes en el procedimiento de contratación;
II. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
III. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad
de suministro o servicio puntual.
Del mismo modo, se podrán realizar modificaciones que no han sido previstas por estas
bases cuando:
I. En una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por
SENDA.
II. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un
aumento sustancial de costes para SENDA.
III. Aquellas en que se introduzcan variaciones estrictamente indispensables para
responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
IV. Cuando se respete el equilibrio financiero del contrato.
SENDA estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure
el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios
comprometidos en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y
que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere
dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o
en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el
equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del contrato
respectivo, sancionado a través del correspondiente acto administrativo totalmente
tramitado.
9.4.7 Término Anticipado.
El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que
acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria
insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes
sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas
por el Contratista, siempre y cuando ello no se deba acaso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por incumplimiento grave, entre otras hipótesis de igual
magnitud, la aplicación en dos oportunidades de una misma medida del 9.4.8, o
la aplicación de 3 causales distintas de las medidas contempladas en el 9.4.8 de
las bases.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a
la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al
pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad
establecida en el contrato.
g) Si el contratista no obtiene la autorización del Servicio Médico Legal para que en
las ambulancias se puedan realizar procedimientos de toma de muestra de
sangre para alcoholemia o pericias toxicológicas sobre presencia y cuantificación
de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o
su contenido, ya sea al momento de postular, de la suscripción del contrato o
durante la ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones
judiciales que pudieren corresponder.
i) La no presentación de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de
contrato, en los términos establecidos en el párrafo final del 9.4.8 de estas bases.
j) Si las multas alcanzan el 20% del monto total del contrato.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista,
SENDA pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente
la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales
del derecho común. En todos aquellos casos en que el término anticipado de contrato se
disponga por causa imputable al proveedor, SENDA hará efectiva la garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
Con todo, en aquellos casos en que el término anticipado del contrato se produzca por
algunas de las causales previstas en las letras d) o e), el SENDA antes de dictar y
notificar el acto administrativo que disponga el término anticipado del contrato, podrá -
atendida la gravedad de las circunstancias acontecidas - ordenar mediante oficio
suscrito por la Jefa de la División Territorial de SENDA, que el contratista no participe en
los operativos programados, y en este caso SENDA, sólo deberá pagar por los servicios
que efectivamente se hayan alcanzado a prestar hasta esa fecha.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al
contratista los hechos y circunstancias que constituyen la causal de término que se ha
detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se
realizarán personalmente o mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado
en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de
recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o
que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por
parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá
de diez días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea
rechazando o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto
administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio,
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se
recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la
recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista
no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término quedará
firme.
9.4.8 Multas
SENDA dará inicio al procedimiento de aplicación de multas, en el evento que acaeciere
alguna de las siguientes circunstancias:
1) En caso que el contratista no se presente oportunamente a la realización de algún
operativo, de los desarrollados durante la ejecución de los servicios, deberá pagar una
multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una segunda
oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del
contrato.
2) Si el contratista cambia la ambulancia ofertada, sin informar previamente a SENDA,
quien podrá autorizar el cambio velando por que sea una ambulancia que cumpla con
las características técnicas y requisitos mínimos exigidos en estas bases o si el
vehículo no cumple las características exigidas por estas bases, se aplicará una multa
de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si el vehículo no cumple las características
exigidas no podrá prestar el servicio y deberá ser sustituido por otro; en caso de
cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave de las
obligaciones del contrato. Este cambio de ambulancia no podrá ser superior a 30 días
corridos desde la autorización por parte de la contraparte técnica, en caso contrario,
será sujeto de aplicación de multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si esto
sucediese en una segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de
las obligaciones del contrato.
3) Si el contratista cambia el personal ofertado sin informar y ser autorizado
previamente por SENDA. En el evento de producirse esta falta se aplicará una multa
de 20 UF (veinte Unidades de Fomento), en caso de cometer esta falta por segunda
vez se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
4) Si el contratista se niega a cumplir con la ejecución de la planificación de los
operativos, cuando esta haya sido enviada en los plazos establecidos, será sujeto de
aplicación de multa de 10 UF (diez Unidades de Fomento). En este caso, se
considerará causal de aplicación de multas, salvo por razones de fuerza mayor o en
casos fortuitos que lo ameriten y que sean respaldados y documentados, en caso de
cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave de las
obligaciones del contrato.
5) Si el contratista usa la ambulancia con la gráfica institucional de SENDA, en cualquier
actividad no relacionada con el servicio requerido o en un desplazamiento no
autorizado por SENDA, deberá pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento),
en caso de cometer esta falta en más de dos ocasiones, será considerado un
incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
6) No hacer retiro de la gráfica institucional, en el plazo señalado en estas bases y/o no
enviar dentro de plazo a la contraparte técnica las fotografías que dan cuenta de este hecho, deberá pagar una multa de 10 UF. Con todo, no será requisito retirar la gráfica
en los casos en que el mismo vehículo, en virtud de otro convenio suscrito con el
SENDA deba continuar prestando servicios, para tal efecto la contraparte Técnica de
SENDA deberá consignar esta circunstancia al recepcionar los servicios conforme.
7) En caso que el contratista no se presente al operativo con todo el personal descrito y/
o no se presente con todos los insumos detallados según lo descrito en el numeral 2
de las Bases Técnicas, deberá pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento).
Si esto sucediese en una segunda oportunidad será considerado un incumplimiento
grave de las obligaciones del contrato.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá exceder el 20% del monto
total del contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al
contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado,
los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se
realizarán personalmente, al correo electrónico informado en la presentación de la
oferta o mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato,
comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta
en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que
demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o
que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que
correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá
de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea
rechazando o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al
contratista personalmente o por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio,
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se
recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la
recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista
no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los
siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por
oficio o entregar directamente en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el
respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto dos, pudiendo proceder a
depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado,
realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo
comprobante a la Unidad de Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el
RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado
para descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago pendiente, o hacer
efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en este último caso, el
Contratista deberá entregar una nueva caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles
siguientes, contados desde la aplicación de la multa, en los mismos términos señalados
en el 9.3. de las Bases y el SENDA restituirá el saldo si lo hubiere.
9.4.9. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero
las obligaciones que emanan de la presente licitación privada.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco podrá
concertar con terceros la subcontratación del contrato.
9.4.10. Excepciones
Si durante la vigencia del contrato se presentaren eventos de caso fortuito o fuerza
mayor que impidan al contratista dar cumplimiento oportuno o integro de sus
obligaciones, este podrá dentro de las 48 horas siguientes al hecho en cuestión,
comunicar por escrito a la contraparte técnica de SENDA dicha circunstancia, explicitando
el evento de caso fortuito o fuerza mayor invocado y la forma en que ha provocado el
incumplimiento, lo cual, en caso de ser aceptado, permitirá acordar con la contraparte
técnica un nuevo plazo para la ejecución de los servicios.
Transcurrido el plazo de 48 horas antes indicado, no se aceptará justificación por parte
del contratista, dándose inicio a los procedimientos de aplicación de la sanción
correspondiente
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BASES TÉCNICAS |
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1. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS.
Se requiere contratar el servicio de operativos para el Programa Cero - Prevención del
consumo de alcohol y otras drogas en conductores de SENDA.
El servicio considera la disponibilidad de ambulancia, además de considerar un equipo
humano compuesto por dos médicos, dos auxiliares paramédicos y dos choferes. La
ambulancia deberá contar con los insumos médicos y operativos requeridos.
Esta ambulancia, de respuesta simple, deberá ser autorizada antes de iniciar los
servicios por el Servicio Médico Legal para poder realizar la extracción de sangre para
alcoholemia y pericias toxicológicas sobre presencia y cuantificación de sustancias
estupefacientes o psicotrópicas.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Para efectos de elaborar la propuesta técnica, se deberán considerar las siguientes
especificaciones técnicas:
El servicio que se requiere, consiste en la provisión de lo siguiente:
i. Dos conductores por cada ambulancia, debiendo contar con la licencia requerida
para la conducción de vehículos de emergencia. La licencia debe estar siempre
vigente para la realización de los operativos, si existe una renovación durante la
vigencia del contrato, el proveedor deberá enviar copia a la Contraparte Técnica de
SENDA.
ii. Dos Auxiliares Paramédicos titulados.
iii. Dos médicos titulados responsables del proceso de toma de muestras de
alcoholemias y de pericias toxicológicas sobre presencia y cuantificación de
sustancias estupefacientes o sicotrópicas, según normativa técnica, aprobada
mediante Resolución Exenta N°8833, de 30 de septiembre de 2010, en lo que
resultare aplicable, la Resolución Exenta N°856, de 29 de marzo de 2018, y en la
Resolución Exenta N°2.675, de 05 de octubre de 2018, todas del Servicio Médico
Legal.
iv. Ambulancia que cuente con las características técnicas mínimas descritas en estas
bases técnicas y que tengan toda la documentación al día que le permita circular,
tales como: revisión técnica al día, seguro SOAP, permiso de circulación, etc.
v. Las líneas de Servicio deberán considerar una ambulancia de reemplazo, la cual
deberá estar disponible para los servicios operativos, en la eventualidad que el
vehículo ofertado presente desperfectos mecánicos y/o no cuente con el
equipamiento necesario para su funcionamiento (solicitado en las mismas bases).
Para lo anterior, SENDA gestionará la respectiva autorización ante el servicio Médico
Legal Regional" a fin de que dicho vehículo de reemplazo cuente con la
documentación necesaria para el emplazamiento.
A. Las funciones del médico serán las siguientes:
i. Será el responsable de la toma de muestras de alcoholemias y de pericias
toxicológicas sobre presencia y cuantificación de sustancias estupefacientes o
sicotrópicas en conductores, según lo establecido en la Resolución Exenta
N°8833, de 30 de septiembre de 2010, en lo que resultare aplicable, la
Resolución Exenta N°856, de 29 de marzo de 2018, y en la Resolución Exenta
N°2.675, de 05 de octubre de 2018, todas del Servicio Médico Legal.
De esta forma será el responsable de comprobar la identidad de la persona, ya
sea con su cédula de identidad u otro documento que acredite identificación del
país de origen, en caso de ciudadanos extranjeros, siempre en presencia del
funcionario policial.
El profesional médico podrá delegar el acto mismo de la extracción en personal
calificado de su dependencia, manteniendo su responsabilidad respecto de todo
el procedimiento, especialmente de la comprobación de la identidad del
examinado y del cumplimiento de las normas técnicas establecidas en las
Resoluciones citadas. De esta forma será el responsable de comprobar la
identidad de la persona, ya sea con su cédula de identidad u otro documento que
acredite identificación del país de origen, en caso de ciudadanos extranjeros,
siempre en presencia del funcionario policial.
ii. Efectuar una apreciación clínica de la influencia de sustancias estupefacientes o
sicotrópicas, lo que consiste en una breve evaluación médica de los síntomas o
signos de encontrarse el conductor bajo la influencia de dichas sustancias, con
base en anamnesis de consumo y detección en examen físico. Lo anterior deberá
registrarse en la denominada “Ficha de anamnesis, signos y síntomas para la
detección de conductores bajo la influencia de sustancias estupefacientes o
psicotrópicas”.
iii. Realizar y firmar actas y planillas requeridas por el Servicio Médico Legal y
Senda.
iv. Conocer y aplicar procedimientos establecidos en la toma de muestras de sangre
según Resolución Exenta N°8833, del 30 de septiembre de 2010, la Resolución
Exenta N°856, de 29 de marzo de 2018, y en la Resolución Exenta N°2.675, de
05 de octubre de 2018, todas del Servicio Médico Legal. Y la Resolución Exenta
N°2292 del 06 de octubre de 2022, que modifica la anterior.
v. Realizar tomas de muestras para las alcoholemias y para la realización de
pericias toxicológicas sobre presencia y cuantificación de sustancias
estupefacientes o sicotrópicas.
vi. Realizar constatación de lesiones leves cuando Carabineros lo requiera, siempre
que dicha constatación no implique una atención que necesariamente deba
realizarse en un centro asistencial de urgencia.
vii. Tendrá el deber de concurrir a la citación que le haga el Ministerio Público en
calidad de testigo, si fuere convocado a prestar declaración en un procedimiento
surgido a partir de los controles preventivos. Si el médico no puede asistir, debe
justificarse con la debida anticipación.
B. Las funciones del paramédico serán las siguientes:
i. Mantener la ambulancia en condiciones adecuadas de seguridad y asepsia, para
concretar los procedimientos que en ella se llevarán a cabo.
ii. Mantener el orden y stock necesario de insumos requeridos para las prestaciones
médicas.
iii. Llevar el control de los tubos para las alcoholemias y pericias toxicológicas, para
hacer entrega de dicha información al gestor/a de Alcohol de Senda.
iv. Excepcionalmente, realizar tomas de muestras para las alcoholemias y de
pericias toxicológicas sobre presencia y cuantificación de sustancias
estupefacientes o sicotrópicas en conductores, dando cumplimiento a los
procedimientos establecidos en la toma de muestras de sangre según Resolución
Exenta N°8833, del 30 de septiembre de 2010, la Resolución Exenta N°856, de
29 de marzo de 2018, y en la Resolución Exenta N°2.675, de 05 de octubre de
2018, todas del Servicio Médico Legal. . Y la Resolución Exenta N°2292 del 06 de
octubre de 2022, que modifica la anterior.
v. Solicitar al gestor/a de Senda, con al menos 15 días de anticipación a su uso,
todos los insumos necesarios para las tomas de muestras indicadas
precedentemente.
C. Las funciones del conductor serán las siguientes:
i. Mantener disposición para cooperar con cualquier requerimiento del personal de
Senda o Carabineros, cuando ellos lo soliciten.
ii. El conductor es el encargado del vehículo. Revisar el mantenimiento general de
funcionamiento de la ambulancia.
El equipo humano señalado en la propuesta técnica del contratista, debe ser el
que efectivamente preste los servicios.
En el caso de cambios o nuevas incorporaciones al equipo, requiere previa
autorización de la contraparte técnica de SENDA, lo cual deberá ser informado y
justificado previamente por el contratista, en tanto que el Servicio podrá objetar
o solicitar cambio de un integrante o del equipo completo, resguardando la
continuidad del servicio contratado. Cualquier cambio debe ser documentado
adecuadamente.
Cualquier incorporación o reemplazo del equipo humano, debe ser solicitado con
al menos 10 días de anticipación al área técnica de Senda mediante correo
electrónico. En el caso que dichos cambios se deban a motivos de fuerza mayor,
el área técnica de Senda podrá evaluar la documentación para la incorporación o
reemplazo antes del plazo estipulado previo envío de documentos que acrediten
los motivos de fuerza mayor (licencia médica u otro según corresponda).
En el caso que se incorporen médicos o paramédicos, posterior a la revisión de la
documentación y autorización del área técnica de Senda, deberán realizar el
procedimiento de inducción sobre los procedimientos establecidos en la toma de
muestras de sangre según Resolución Exenta N°8833, del 30 de septiembre de
2010, la Resolución Exenta N°856, de 29 de marzo de 2018, y en la Resolución
Exenta N°2.675, de 05 de octubre de 2018, todas del Servicio Médico Legal.
Cuando se realice dicha inducción y se remita al área técnica de Senda respaldo
de aquello, en los términos que lo estipule cada SML Regional (presencial o no) el
profesional podrá realizar operativos del Programa Cero - Prevención del
consumo de alcohol y otras drogas en conductores.
Los servicios de toma de muestras se podrán realizar en cualquier comuna de las
regiones señaladas en la respectiva línea de servicios, y mayoritariamente en
horario nocturno, comprendido entre las 19:00 y las 07:00 hrs. Los horarios
señalados podrán ser modificados unilateralmente por SENDA de acuerdo a las
necesidades del Servicio. El servicio debe incluir, además de las 5 horas, los
desplazamientos entre los puntos que se definan en conjunto con Carabineros de
Chile y la entrega de muestra ante el Servicio Médico Legal.
Las ambulancias habilitadas deberán tener las siguientes características
mínimas:
i. Capacidad de pasajeros: 5
ii. Área limpia: 1
iii. Área sucia: 1
iv. Oxígeno en red: 10 metros cúbicos, a lo menos 3 salidas.
v. Un medio de generación eléctrica para alimentar los equipos Narcotest de al
menos 4 horas de duración. (en el caso que el vehículo ofertado no cuente con
alimentación alterna incorporado, y en el cual no se puedan conectar los equipos).
vi. Extractor de aire o sistema de aire acondicionado y/o calefacción.
vii. Sistema de emergencia: federal signal u otro equivalente.
viii. Camilla de atención
Además, para ofertar, deberá presentar el Certificado de inscripción y anotaciones
vigentes emitido por el Registro Civil e Identificación que indique las limitaciones al
dominio del vehículo ofertado. La no presentación de este documento implicará la
declaración de inadmisibilidad de la propuesta, mediante la dictación del correspondiente
acto administrativo.
De la misma forma, deberá contar con los insumos médicos requeridos para la toma de
muestras, a lo menos los siguientes:
i. Algodón: al menos dos paquetes por ambulancia para cada Operativo.
ii. Guantes de látex: al menos 100 pares de guantes por ambulancia para cada
Operativo.
iii. Benditas: al menos 100 benditas por ambulancia para cada Operativo.
iv. Jeringas y agujas 5 ml: al menos 100 jeringas por ambulancia para cada
Operativo.
v. Torniquetes/ elásticos: al menos 10 torniquetes o elásticos por ambulancia para
cada Operativo.
vi. Mariposas para la extracción de sangre
Respecto a insumos operativos, estos son:
i. Caja depósito elementos corto punzantes: disponibilidad de al menos una en cada
operativo. La eliminación de los residuos corto punzantes será de exclusiva
responsabilidad del proveedor.
ii. Bolsas de basura/ Basurero plástico: al menos dos bolsas de basura disponibles en
cada Operativo y/o al menos 1 basurero.
iii. Caja de seguridad entregada por SENDA, de la cual se debe asegurar el
empotrado a la ambulancia. Se deja expresa constancia que cada caja ya tiene su
empotrado y que el prestador tiene que facilitar la correcta instalación.
iv. Mobiliario: una mesita y un piso plegable que permitan la toma de muestra de
sangre.
v. Las ambulancias de las regiones de Aysén y Magallanes deben considerar contar
con cadenas para ser instaladas en caso de que las condiciones climáticas así lo
requieran.
D. Del Seguro de Responsabilidad Civil y de las autorizaciones sanitarias
requeridas de la ambulancia:
Las ambulancias habilitadas deberán contar con seguro de responsabilidad civil vigente:
Una vez adjudicada la (s) línea (s) de servicio(s) a un oferente, previo a contratar deberá
acreditar que ha tomado un seguro de responsabilidad civil para cada ambulancia que
prestará el servicio, el que deberá estar vigente durante todo el tiempo de duración de
los servicios contratados.
Cada ambulancia como requisito para ofertar debe poseer una copia simple de
autorización sanitaria emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Salud vigente para
Transporte Sanitario Simple, la cual debe estar vigente durante toda la ejecución de los
servicios.
Una vez adjudicada la licitación, en coordinación con SENDA, la ambulancia deberá
ingresar al Departamento de Laboratorio del Servicio Médico Legal para autorizar el
servicio de toma de muestras para exámenes de alcoholemia y de muestras toxicológicas
en el período requerido. Se exceptúan aquellas ambulancias que ya tengan otorgada la
referida autorización y esta se encuentre vigente.
El contrato respectivo podrá ser suscrito aun cuando no se haya gestionado la respectiva
autorización. Con todo el inicio efectivo del servicio contratado, esto es, la realización de
los operativos solamente podrá efectuarse una vez que se cuente con la debida
autorización del Servicio Médico Legal, lo que será verificado por la contraparte técnica
de SENDA.
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