Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la CRDP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará un plazo fatal de 48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, para que el oferente subsane el error o la omisión.
Lo anterior, implicará una rebaja en el puntaje correspondiente al criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”, esto de conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas.
Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.