Licitación ID: 2239-18-LP13
Convenio Marco Campañas Comunicacionales
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, División de Convenio Marco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Campañas publicitarias 1 Unidad
Cod: 82101801
Licitación para Convenio Marco de Campañas Comunicacionales.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio Marco Campañas Comunicacionales
Estado:
Revocada
Descripción:
La DCCP, de acuerdo a las atribuciones que le confiere la ley N° 19.886, artículo 30, letra d), llama a Licitación Pública, a través de la suscripción de Convenios Marco, para disponer de una variada oferta de Servicios de Campañas Comunicacionales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-03-2014 11:00:00
Fecha de Publicación: 21-02-2014 10:05:45
Fecha inicio de preguntas: 24-02-2014 8:00:00
Fecha final de preguntas: 28-02-2014 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-03-2014 23:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-03-2014 11:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-03-2014 11:30:00
Fecha de Adjudicación: 22-05-2014 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Reunión Informativa de Asistencia Voluntaria(Los interesados deberán confirmar su asistencia al correo reuníon.informativa@chilecompra.cl hasta un día antes de la fecha indicada) 27-02-2014 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- - Anexo N° 1,“Formulario Datos del Oferente” - Anexo N° 2 “Declaración Jurada Cumplimiento de Políticas y/o Programas de Sustentabilidad”. - Anexo N° 10 “Declaración de compromiso para ejecutar plan de trabajo asociado a la calidad del servicio entregado por el proveedor”, en la cual el proveedor se compromete a realizar las acciones necesarias para el continuo mejoramiento de la calidad de su servicio para con las Entidades Compradoras del Estado. Se considerarán, todas aquellas acciones que el adjudicatario hubiese declarado al momento de ofertar, las cuales podrán ser verificadas por la DCCP, después de los 6 primeros meses de vigencia del Convenio Marco. - Anexo N° 11, “Declaración Jurada acreditando veracidad de la oferta”. - Anexo N° 12 “Declaración Jurada”, disponible en el sitio http://www.chileproveedores.cl/chprovdnn/DeclaracionesJuradas.aspx Los documentos indicados precedentemente deberán ser completados y enviados a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
2.- Se realizará una reunión informativa, de asistencia voluntaria, en la fecha señalada en el Punto 3 de estas Bases, "Etapas y Plazos". Los interesados deberán confirmar su asistencia al correo electrónico: reunion.informativa@chilecompra.cl, hasta un día antes de la fecha indicada. El lugar de la reunión informativa será comunicada a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
3.- Los anexos N° 1, 2, 3, 4, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas ofertas válidas, serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes, adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas. Para la evaluación económica sólo se considerarán válidas aquellas ofertas ingresadas a través del Formulario CM. Los oferentes deberán ingresar sus ofertas a la plataforma www.mercadopublico.cl, de acuerdo a las instrucciones contenidas en el Anexo N° 15 “Manual Explicativo para presentación Oferta Técnica y Económica” publicado en el ID de la licitación correspondiente.
Documentos Técnicos
1.- Categoría Asesoría Creativas Alto Impacto - Anexo N° 3 “Formulario de Oferta Técnica” Categoría Asesorías Creativas Bajo Impacto, Asesorías Comunicacionales, Asesorías en Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales - Anexo N° 4, “Declaración Jurada de Proyectos Realizados”. Los documentos indicados precedentemente deberán ser completados y enviados a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica debe ser presentada a través de la “Ficha Electrónica de la Oferta”, disponible en el Formulario CM, según ejemplifica el Anexo N° 7. Con el fin de facilitar el ingreso de la información requerida en el “Formulario CM” se ha dispuesto el Anexo N° 15, “Manual explicativo para presentación Oferta Técnica y Económica”, el cual se encuentra publicado en el ID de la licitación correspondiente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Anexo N° 13 “Declaración Jurada”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en inciso 6 ° del artículo 4 de la Ley 19.886.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que re
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
- I18n entry not found: Anexo N° 13 “Declaración Jurada”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en inciso 6° del artículo 4 de la Ley 19.886.
Observaciones Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La DCCP verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del (los) adjudicatario (s) y deberán estar disponibles en ChileProveedores. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual deberá ser entregada físicamente en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 8, dentro de los 60 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes señalados en la presente cláusula, dentro del plazo fatal de 60 días hábiles, la resolución de adjudicación respecto al proveedor incumplidor quedará sin efecto, y no será habilitado en la tienda ChileCompra Express.Durante la vigencia del CM, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N° 14 “Declaración Jurada”, disponible en el sitio: http://www.chileproveedores.cl/chprovdnn/DeclaracionesJuradas.aspx, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta certificación deberá estar disponible en ChileProveedores cada 6 meses desde la entrada en vigencia del Convenio Marco. En caso contrario, la DCCP procederá a bloquear al proveedor en la tienda ChileCompra Express, hasta que éste actualice dicho documento en el mismo registro de proveedores. Una vez realizada esta acción, será responsabilidad del proveedor notificar a esta Dirección a través de la mesa de ayuda.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.Si el respectivo proveedor no se inscribe en ChileProveedores dentro del plazo indicado, la resolución de adjudicación respecto del proveedor que no se inscribió, quedará sin efecto y no será habilitado en la tienda Chile
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Ranking de Inversión Publicitaria Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 3%
2 Premios Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 3%
3 Comisión Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 18%
4 Años de Experiencia Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 8%
5 Cumplimiento de Póliticas y/o Programas de sustent Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 4%
6 Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentació Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 2%
7 Proyectos realizados Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 15%
8 Briefing Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 38%
9 Precio Ver detalle de criterios de evaluación por categoría en Cláusula "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 9%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 111926040000
Justificación del monto estimado Monto total estimado en función del período de vigencia de 72 meses que tendrá el presente convenio.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto total estimado en función del período de vigencia de 72 meses que tendrá el presente convenio.
Tiempo del Contrato 72 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: No Aplica
e-mail de responsable de pago: noaplica@noaplica.cl
Nombre de responsable de contrato: No Aplica
e-mail de responsable de contrato: noaplica@noaplica.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22904436-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: No requiere de garantía
Beneficiario: .
Fecha de vencimiento: 01-01-2001
Monto: 1 Peso Chileno
Descripción: .
Glosa: .
Forma y oportunidad de restitución: .
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública.
Fecha de vencimiento: 20-04-2020
Monto: 6000000 Peso Chileno
Descripción: Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la correspondiente adjudicación totalmente tramitada. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 9 “Formulario datos de boleta de garantía”, el que debe ser completado con los datos que se solicitan. En caso de presentar boleta de garantía bancaria, ésta podrá tener una duración inferior a la vigencia del presente convenio, la que en ningún caso será inferior a 36 meses. En tal caso, será responsabilidad del proveedor renovarla por el período faltante hasta el mes anterior a su fecha de vencimiento, bajo sanción de suspensión del catálogo. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista, el depósito a la vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio Marco de Campañas Comunicacionales y el pago de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera. En caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá a sancionar al proveedor con la suspensión temporal del catálogo hasta que la situación sea subsanada. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
   
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública.
Fecha de vencimiento: 20-04-2020
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la correspondiente adjudicación totalmente tramitada. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 9 “Formulario datos de boleta de garantía”, el que debe ser completado con los datos que se solicitan. En caso de presentar boleta de garantía bancaria, ésta podrá tener una duración inferior a la vigencia del presente convenio, la que en ningún caso será inferior a 36 meses. En tal caso, será responsabilidad del proveedor renovarla por el período faltante hasta el mes anterior a su fecha de vencimiento, bajo sanción de suspensión del catálogo. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista, el depósito a la vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio Marco de Campañas Comunicacionales y el pago de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera. En caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá a sancionar al proveedor con la suspensión temporal del catálogo hasta que la situación sea subsanada. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.- Requerimientos técnicos, evaluación y adjudicación de las ofertas
c
9.1 Categorías Licitadas

La Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de este proceso, licitará las categorías y tipos de servicios que se indican a continuación, y que están contenidos en el Anexo N° 6 “Listado de Servicios a Ofertar”:

 

CATEGORÍA

TIPO DE SERVICIO

ASESORÍAS CREATIVAS DE ALTO IMPACTO

CAMPAÑAS COMUNICACIONALES ALTO IMPACTO

ASESORÍAS CREATIVAS DE BAJO IMPACTO

CAMPAÑAS COMUNICACIONALES BAJO IMPACTO

ASESORÍAS COMUNICACIONALES

ESTRATEGIA COMUNICACIONAL

ASESORÍAS EN MEDIOS TRADICIONALES

PLAN DE MEDIOS

ASESORÍAS EN MEDIOS DIGITALES

CAMPAÑAS EN  MEDIOS DIGITALES

 

 

 

  1. Servicio de Asesorías Creativas Alto y Bajo Impacto: Estos servicios son para uso exclusivo de  difusión y publicidad  que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones de las entidades públicas  y en aquellos que tengan por objeto informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las prestaciones que otorgan o el contenido de los programas y acciones que resuelva propiciar el Poder Ejecutivo, cuando no existan todavía prestaciones concretas, todo ello en conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 19.896, la Ley N° 19.032  y la Ley N° 19.886. Se espera que la empresa diseñe cada campaña solicitada a partir de las definiciones del contratante. El producto final será una campaña con sus respectivos conceptos y plan de medios, incluyendo lo servicios de asesoramiento en marketing,  asesoramiento en comunicación, difusión, planificación de medios (negociación, compra y control de  espacios publicitarios) y evaluación de la campaña. Las campañas que sean contratadas deberán especificar claramente el tiempo en que dicha campaña será desarrollada, no pudiendo exceder el plazo de un año.


1.     Servicio de Asesorías Creativas Alto y Bajo Impacto: Estos servicios son para uso exclusivo de  difusión y publicidad  que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones de las entidades públicas  y en aquellos que tengan por objeto informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las prestaciones que otorgan o el contenido de los programas y acciones que resuelva propiciar el Poder Ejecutivo, cuando no existan todavía prestaciones concretas, todo ello en conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 19.896, la Ley N° 19.032  y la Ley N° 19.886. Se espera que la empresa diseñe cada campaña solicitada a partir de las definiciones del contratante. El producto final será una campaña con sus respectivos conceptos y plan de medios, incluyendo lo servicios de asesoramiento en marketing,  asesoramiento en comunicación, difusión, planificación de medios (negociación, compra y control de  espacios publicitarios) y evaluación de la campaña.

 

2.   Servicios de Asesorías Comunicacionales: Esta categoría incluye los servicios de estrategias comunicacionales asociada a una campaña en particular en los ámbitos de redacción, plan de medios, conceptos, desarrollo de maquetas, desarrollo de piezas, etc. Estos se requerirán para  el apoyo del día a día en las entidades públicas, a nivel de redacción publicitaria en propuestas ciudadanas, estrategias comunicacionales, información a la ciudadanía acceso a servicios, diseño gráfico, y cualquier otra actividad conforme con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 19.896, la Ley N° 19.032  y la Ley N° 19.886.

 

 

 

 

 

 

  1. 3. Servicios de Asesorias en Medios Tradicionales: Esta categoría incluye los servicios de administración de medios de comunicación (radio, TV, prensa, medios locales, nacionales y/o regionales, etc.) y planificación de medios (negociación, compra y control de  espacios publicitarios). Estos se requerirán para  el apoyo del día a día en las entidades públicas, con el fin de difundir sus funciones y/o prestaciones para la ciudadanía, y cualquier otra actividad conforme con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 19.896, la Ley N° 19.032  y la Ley N° 19.886.

 

  1. 4. Servicios de Asesorias en Medios Digitales: Esta categoría incluye los servicios de desarrollo, planificación, ejecución y seguimiento de campañas medios digitales y en las redes sociales, junto la  evaluación de la respectiva campaña digital. Estos se requerirán para  el apoyo para del día a día en las entidades públicas, con el fin de difundir sus funciones y/o prestaciones para la ciudadanía, y cualquier otra actividad conforme con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 19.896, la Ley N° 19.032  y la Ley N° 19.886.
9.2 Procedimiento de Evaluación de Ofertas

La evaluación de las ofertas, será realizada por una comisión designada especialmente para tal efecto.  

Dicha comisión estará compuesta por 3 integrantes designados por resolución de la DCCP, excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por la autoridad y organismo anteriormente mencionado, podrán ser personas ajenas a la administración y siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran la comisión.

 

Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.

 

Evaluación de las Ofertas:

 

1° Se considerarán, para efectos de la evaluación, los servicios ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica  y que además correspondan a la categoría y tipo de servicios solicitados en esta Licitación.

 

2° Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 6 “Instrucciones  para Presentación de Ofertas” de las presentes  Bases de Licitación.  Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación de las ofertas.

 

3° La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

 

4º Criterios de Evaluación:

La evaluación de las ofertas se realizará por categoría  considerando los siguientes criterios y ponderadores:

 

Categoría Asesoría Creativas de Alto Impacto

Criterios

ponderación

Ranking de Inversión Publicitaria (RIP)

15%

Premios (PM)

16%

Proyectos realizados (PR)

5%

Briefing (B)

35%

Comisión (C)

18%

Precio (P)

5%

Cumplimiento de Póliticas y/o Programas de sustentabilidad (PPS)

4%

Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de Oferta (RF)

2%

Categoría Asesorías Creativas de Bajo Impacto, Asesorías en Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales

 

Criterios

ponderación

Años de Experiencia (AE)

10%

Proyectos realizados (PR)

17%

Briefing (B)

38%

Comisión (C)

24%

Precio (P)

5%

Cumplimiento de Póliticas y/o Programas de sustentabilidad (PPS)

4%

Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de Oferta (RF)

2%

Categoría Asesorías Comunicacionales

Criterios

ponderación

Años de Experiencia (AE)

12%

Proyectos realizados (PR)

19%

Briefing (B)

40%

Precio (P)

23%

Cumplimiento de Póliticas y/o Programas de sustentabilidad (PPS)

4%

Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de Oferta (RF)

2%

 

El puntaje para la categoría de Asesorías Creativas de Alto Impacto, estará dado por el siguiente polinomio:

 

Puntaje = (RIP*0,15) + (PM*0,16) + (PR*0,05) + (B*0,35) + (C*0,18) + (P*0,05) (PPS*0,04) + (RF*0,02)

 

El puntaje las categorías Asesorías Creativas de Bajo Impacto, Asesorías en Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales, estará dado por el siguiente polinomio:

 

Puntaje = (AE*0,10) + (PR*0,17) + (B*0,38) + (C*0,24) + (P*0,05) + (PPS*0,04) + (RF*0,02)

 

El puntaje para la categoría de Asesorías Comunicacionales, estará dado por el siguiente polinomio:

 

Puntaje = (AE*0,12) + (PR*0,19) + (B*0,40) + (P*0,23) + (PPS*0,04) + (RF*0,02)

 

A continuación se detallan cada uno de los criterios de evaluación:

  1. A. EVALUACIÓN CATEGORÍA ASESORÍAS CREATIVAS  DE ALTO IMPACTO

Los puntajes de las ofertas, serán asignados de acuerdo a cada uno de los criterios de evaluación de la siguiente forma:

 

A.1.1. Ranking de Inversión Publicitaria (15%):

El oferente deberá declarar en el Anexo N° 3 el Ranking de Inversión Publicitaria de los últimos 2 años, de acuerdo a la información publicada por la Asociación Chilena de Agencias de Publicidad, ACHAP.

Los puntajes para este subcriterio  serán asignados de la siguiente manera:

 

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Ranking de inversión publicitaria

 

Promedio de los últimos 2 años desde el 1er lugar  hasta el 6to lugar.

100 puntos

Promedio de los últimos 2 años entre el 11avo  y el  7mo lugar.

70 puntos

Promedio de los últimos 2 años entre el 20avo  y el  12avo lugar

30 puntos

Promedio  de los últimos 2 años superior al 21avo lugar

0 puntos

 

Los promedios obtenidos serán aproximados, con el fin de determinar el puntaje  correspondiente a cada tramo

 

A.1.2. Premios (16%):

 

El proponente debe declarar en el Anexo N° 3 los premios de efectividad o creatividad publicitaria, tales como EFFIE Awards, Cannes, FIAP u otro de similar envergadura e importancia  (nacionales e internacionales), obtenidos por la agencia los últimos 5 años, que demuestren un alto nivel en las campañas de marketing impulsadas. Los premios declarados serán verificados en las páginas web de los respectivos certificadores.

 

Los puntajes para este subcriterio  serán asignados de la siguiente manera:

 

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Premios

 

3 o más premios

100 puntos

2 premios

60 puntos

1 premio

20 puntos

0 premio

0 puntos

 

A.1.3. Proyectos Realizados (5%): 

Se evaluará la experiencia del oferente en proyectos realizados en campañas comunicacionales los últimos 5 años, por un monto total igual o superior a 4.000 UTM, de acuerdo con la información entregada por los oferentes en el Anexo N° 3 y verificada por la Comisión Evaluadora mediante  los datos de contacto informados por el oferente.

 

Los puntajes para este subcriterio  serán asignados de la siguiente manera:

 

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Proyectos Realizados

 

10 o más proyectos

100 puntos

Entre 7 y 9 proyectos

80 puntos

Entre 3 y 6 proyectos

60 puntos

2 o menos proyectos

0 puntos

 

A.1.4. Briefing (35%):

 

El proponente deberá entregar una propuesta de campaña comunicacional a partir del Brief tipo definido en el Anexo N° 5, el cual deberá dar cumplimiento claramente a los puntos solicitados y que a continuación se indican:

 

ü  Objetivo: deberá cumplir con el objetivo principal solicitado en el briefing tipo.

ü  Público Objetivo:  A quién va dirigida la campaña, deberá cumplir el rango etario y con la descripción del target más allá del perfil socioeconómico.

ü  Mensaje: el mensaje deberá ser acorde a la idea creativa presentada, la cual a su vez deberá cumplir con lo solicitado en el Briefing.  

ü  Tono y Estilo: la campaña propuesta deberá cumplir con el estilo solicitado, el cual deberá ser coincidente con la línea editorial de la Institución. De igual forma el tono deberá ser coincidente con el solicitado en el Brief, por ejemplo formal, juvenil, etc.

ü  Soporte y Ejecución: la campaña propuesta deberá cumplir con:

  • Mix de medios solicitados.
  • Plan de medios acorde a los objetivos y público objetivo.
  • Soportes solicitados.
  • Inversión regional solicitada.
  • Presenta los productos esperados.
  • La grafica cumple con los requisitos de la normativa grafica de gobierno (uso de logo, color, ect.)

 

Los puntajes para este subcriterio  serán asignados de la siguiente manera:

 

CRITERIO

CONCEPTO

CUMPLE

PUNTAJE

Briefing

Objetivo

SI

20 puntos

NO

0 puntos

Público Objetivo

SI

20 puntos

NO

0 Puntos

Mensaje

SI

20 puntos

NO

0 puntos

Tono y Estilo

SI

20 puntos

NO

0 puntos

Ejecución y Soporte

SI

20 puntos

NO

0 puntos

 

En caso de no dar cumplimiento con los puntos solicitados en algún concepto, se asignará 0 ptos. en el mencionado concepto.

Los puntajes obtenidos en cada concepto serán sumados y posteriormente ponderados por el porcentaje asignado para este criterio.

 

  1. B. EVALUACIÓN CATEGORÍA ASESORÍAS CREATIVAS DE BAJO IMPACTO,   ASESORÍAS COMUNICACIONALES, ASESORÍAS DE MEDIOS TRADICIONALES Y ASESORÍAS DE MEDIOS DIGITALES

 La evaluación de las ofertas se realizará por categoría licitada, considerando los siguientes criterios:

 

B.1.1   Años de Experiencia:

Para la evaluacion de este criterio, el oferente deberá indicar en la ficha electrónica de oferta la cantidad de años de experiencia en realización de asesorías  de acuerdo  a la categoría ofertada. La asignación de puntaje será realizada de acuerdo a la siguiente tabla:

 

CRITERIO

PUNTAJE

Años de Experiencia del oferente

1 a 2 años de experiencia  = 50 puntos

3 a 5  años de experiencia  = 80 puntos

6 o más años de experiencia   = 100 puntos

 

 La información entregada por el oferente en las condiciones comerciales asociadas, punto “Años de Experiencia” de la Ficha Electrónica, será verificada a través del SII, pues corresponderá al número de años completos de vida de la empresa, desde la fecha de Inicio de Actividades en el SII.

La evaluación de este criterio se realizará por categoría ofertada, considerando las siguientes ponderaciones:

 

CATEGORÍA ASESORÍAS CREATIVAS  CON BAJO IMPACTO, ASESORÍAS DE MEDIOS TRADICIONALES Y ASESORÍAS DE MEDIOS DIGITALES

 

0,10 * Puntaje Evaluación Criterio Años de Experiencia

 

CATEGORÍA ASESORÍAS COMUNICACIONALES

 

0,12 * Puntaje Evaluación Criterio Años de Experiencia

 

B.1.2 Proyectos Realizados:

 

Se evaluará la experiencia del oferente en proyectos realizados los últimos 5 años, por un monto total igual o inferior  a 1.000 UTM de acuerdo  a la categoría ofertada. Los proyectos deberán ser informados por los oferentes en el Anexo N° 4, información que será verificada por la Comisión Evaluadora mediante  los datos de contacto informados por el oferente.

 

Los puntajes para este subcriterio  serán asignados de la siguiente manera:

 

 

CRITERIO

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Proyectos Realizados

 

22 o más proyectos

100 puntos

Entre 13 y 21 proyectos

80 puntos

Entre 6 y 12 proyectos

70 puntos

5 y 1 proyectos

50 puntos

0 proyectos

0 puntos

 

 

La evaluación de este criterio se realizará por categoría ofertada, considerando las siguientes ponderaciones:

 

CATEGORÍA ASESORÍAS CREATIVAS  CON BAJO IMPACTO, ASESORÍAS DE MEDIOS TRADICIONALES Y ASESORÍAS DE MEDIOS DIGITALES

 

0,17 * Puntaje Evaluación Criterio Proyectos Realizados

 

CATEGORÍA ASESORÍAS COMUNICACIONALES

 

0,19 * Puntaje Evaluación Criterio Proyectos Realizados

 

 

B.1.3. Briefing:

 

El proponente deberá entregar una propuesta de asesoría, campaña comunicacional, plan de medios y/o campaña digital, a partir del Brief Tipo definido en el Anexo N° 5 , el cual deberá dar cumplimiento claramente a los conceptos solicitados dependiendo de la categoría ofertada y que a continuación se indican:

 

ü  Objetivo: deberá cumplir con el objetivo principal solicitado en el Briefing.

ü  Público Objetivo: A quién va dirigida la campaña, deberá cumplir el rango etario y con la descripción del target más allá del perfil socioeconómico.

ü  Mensaje: el mensaje deberá ser acorde a la idea creativa presentada, la cual a su vez deberá cumplir con lo solicictado en el Briefing.  

ü  Tono y Estilo: la campaña propuesta deberá cumplir con el estilo solicitado, el cual deberá ser coincidente con la línea editorial de la Institución. De igual forma el tono deberá ser coincidente con el solicitado en el Brief, por ejemplo formal, juvenil, etc.

ü  Soporte y Ejecución: estos conceptos serán evaluados según la categoría licitada:

 

Categoría Asesorías Creativas de Bajo Impacto la campaña propuesta deberá cumplir con:

 

  • Mix de medios solicitados.
  • Plan de medios acorde a los objetivos y público objetivo.
  • Soportes solicitados.
  • Presenta los productos esperados.
  • La grafica cumple con los requisitos de la normativa grafica de gobierno (uso de logo, color, ect.)

 Categoría Asesorías Comunicacionales la campaña propuesta deberá cumplir con:

 

  • Soportes solicitados.
  • Presenta los productos esperados.

 Categoría Asesorías de Medios Tradicionales la campaña propuesta deberá cumplir con:

  • Mix de medios solicitados.
  • Plan de medios acorde a los objetivos y público objetivo.

 

Categoría Asesorías de Medios Digitales de  la campaña propuesta deberá cumplir con:

  • Mix de medios solicitados.
  • Plan de medios acorde a los objetivos y público objetivo.
  • Soportes solicitados.
  • Presenta los productos esperados.

 Los puntajes para este criterio  serán asignados de la siguiente manera:

 

CRITERIO

CONCEPTO

CUMPLE

PUNTAJE

Briefing

Objetivo

SI

20 puntos

NO

0 puntos

Público Objetivo

SI

20 puntos

NO

0 Puntos

Mensaje

SI

20 puntos

NO

0 puntos

Tono y Estilo

SI

20 puntos

NO

0 puntos

Ejecución y Soporte

SI

20 puntos

NO

0 puntos

 

En caso de omitir o no dar cumplimiento con los puntos solicitados en alguno de los conceptos, se asignará 0 ptos. en el mecionado concepto.

 

El puntaje ponderado de este criterio, se obtendrá de la multiplicación del puntaje obtenido, por el ponderador del criterio definido para cada categoría:

 

CATEGORÍA ASESORÍAS CREATIVAS  CON BAJO IMPACTO, ASESORÍAS DE MEDIOS TRADICIONALES Y ASESORÍAS DE MEDIOS DIGITALES

 

0,38 * Puntaje Evaluación Criterio Briefing

 

CATEGORÍA ASESORÍAS COMUNICACIONALES

 

0,40 * Puntaje Evaluación Criterio Briefing

 

  1. C. EVALUACIÓN CRITERIO COMISIÓN

 

Para realizar la evaluación de este criterio el proveedor deberá informar en la ficha electrónica de la oferta, el porcentaje de comisión que cobra la empresa por el desarrollo de las campañas o asesorías requeridas.

 

Para las categorías asesorías creativas de alto y bajo Impacto, asesorías medios tradicionales y asesorías en medios digitales, el criterio económico se evaluará según el porcentaje de comisión que cobra la empresa por el desarrollo de las campañas o asesorías requeridas respecto del valor total de la propuesta que presente en cada caso, como respuesta al Requerimiento del Estado.

 

La asignación de puntaje será realizada por categoría y de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Categoría Asesorías Creativas de Alto Impacto

 

TRAMOS PORCENTAJE DE COMISIÓN APLICADA

PUNTAJE

0

3

100

3,1

4

80

4,1

5

70

5,1

6

60

6,1

7

50

7,1

8

40

8,1

9

35

9,1

10

20

10,1

12

5

12,1

o más 

0

 

Categorías Asesorías Creativas de Bajo Impacto,  Asesorías Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales

 

TRAMOS PORCENTAJE DE COMISIÓN APLICADA

PUNTAJE

1

6

100

6,1

10

70

10,1

13

50

13

15,0

30

15,1

18,0

20

18,1

o más 

0

 

Se deja expresamente definido que el porcentaje de comisión aplicado, deberá ser declarado en la ficha electrónica de la oferta, esto debido a que dicha información  no podrá ser solicitada una vez cumplido el plazo de cierre de recepción de ofertas. En caso de no declarar el porcentaje de comisión en la ficha electrónica de la oferta, su oferta será descartada del proceso.

               

El puntaje ponderado de este criterio, se obtendrá de la multiplicación del puntaje obtenido, por el ponderador del criterio definido para cada categoría:

 

Puntaje Categoría Asesorías Creativas Alto Impacto

 

0,18 * Puntaje Evaluación Criterio Comisión

 

Puntaje Categorías Asesorías Creativas Bajo Impacto,  Asesorías Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales

 

0,24 * Puntaje Evaluación Criterio Comisión

 

 

  1. D. EVALUACIÓN CRITERIO PRECIO

 

Para realizar la evaluación de este criterio en las categorías asesorías creativas alto y bajo impacto, asesorías comunicacionales, asesorías en medios tradicionales y asesorías en medios digitales, el proveedor deberá informar en la ficha electrónica de la oferta que se dispondrá en el formulario CM de www.mercadopublico.cl, el precio  que cobrará por la asesoría a realizar, según el presupuesto definido por cada categoría, en el Brief Tipo correspondiente al Anexo N° 5. Los precios ofertados no podrán ser superiores al presupuesto indicado en el Brief Tipo, en caso de exceder dicho presupuesto se le asignará 0 puntos en el mencionado criterio.

 

Para el caso de la categoría de Asesoría Comunicacional el proveedor deberá ofertar el valor de la Estrategia Comunicacional modelo, definida en  el anexo N° 5 y solicitada en la ficha electrónica que se dispondrá en el formulario CM de www.mercadopublico.cl

 

Se considerará y comparará nacionalmente el valor de la tarifa sin IVA, expresado en Pesos Chilenos, para cada item ofertado, considerando para ello, la ficha Electrónica de oferta, emitida por la DCCP (Dirección de Compras y Contratación Pública). Se tendrá en consideración el precio del servicio por proveedor y se comparará con el menor precio para la categoría respectiva, mediante la siguiente fórmula:

 

CATEGORÍA ASESORÍAS COMUNICACIONALES

 

Puntaje precio Oferente = 100 - (0,6*(precio oferente  - precio mínimo)/ Precio Oferente)*100)

 

CATEGORÍA ASESORÍAS CREATIVAS ALTO IMPACTO, ASESORÍAS BAJO IMPACTO, ASESORÍAS EN MEDIOS TRADICIONALES, ASESORÍAS EN MEDIOS DIGITALES

 

Puntaje Precio Oferente =(Precio Mínimo ofertado/Precio ofertado por el proveedor) x 100

 

Los precios ofertados para todos los ítems licitados deberán ser respaldados por medio de una cotización y su respectiva factura, correspondiente a una fecha anterior a la presentación de ofertas para una asesoría similar, entendiendo  por similar que al menos el 60% de lo solicitado en el briefing tipo se encuentra comprendido en dicha cotización, en la cual se detalle el valor del itemizado y haya sido previamente visada por alguno de sus clientes. Esta cotización debe indicar claramente los datos de contacto del cliente (nombre y teléfono). La DCCP se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información entregada –vía aclaración-, pudiendo descartar aquellas ofertas que no cuenten con el respaldo recien señalado.

 

El puntaje ponderado de este criterio, se obtendrá de la multiplicación del puntaje obtenido, por el ponderador del criterio definido para cada categoría:

 

Puntaje Categoría Asesorías Creativas Alto Impacto

 

0,05 * Puntaje Evaluación Criterio Precio

 

Puntaje Categorías Asesorías Creativas Bajo Impacto,  Asesorías Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales

 

0,05 * Puntaje Evaluación Criterio Precio

 

Puntaje Categorías Asesorías Comunicacionales

 

0,23 * Puntaje Evaluación Criterio Precio

 

 

  1. E. EVALUACIÓN CRITERIO CUMPLIMIENTO DE POLITICAS Y/O PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD

 

La asignación de puntajes en este criterio, será realizada de acuerdo al nivel de cumplimiento de las materias y contenidos que a continuación se indican y de la entrega de los respectivos medios de verificación, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Materias y contenidos

Medio de Verificación

Puntaje

a)      El proveedor tiene un programa de gestión ambiental que permita prevenir la contaminación generada por sus productos y operaciones, mejorando de forma continua su desempeño ambiental.

Certificado ISO 14001-2004 vigente o norma chilena equivalente o Certificación de Acuerdo de Producción Limpia (APL).

20

b)      El proveedor cuenta con un programa para campañas impresas que fomenten el uso de materiales reciclables haciéndose cargo de la  gestión de dichos  residuos hasta su disposición final.

Programa y Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio.

20

c)       El proveedor cuenta con un programa para promover la conciencia ambiental en su personal y capacitarlo en el adecuado uso de  equipos, difusión de Eficiencia Energética en la oficina, recambio de ampolletas, computadores energy star, etc.

Enviar descripción del programa y Declaración Jurada

20

d)      EEl proveedor dispone de reporte de sostenibilidad.

Copia digital del informe bajo en estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.

20

e) El proveedor cuenta con medios para la verificación voluntaria para la determinación de la huella de carbono de sus actividades.

Copia digital del informe bajo la metodología GHG Protocol para organizaciones, del año anterior a la licitación o equivalente.

20

 

El proveedor deberá declarar afirmativa o negativamente (Declarando SI o NO), conforme a lo dispuesto en el Anexo N° 2, “Declaración jurada cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”, respecto de si cumple con las materias y contenidos detallados en éste.

En caso de contar con uno o más de los contenidos de sustentabilidad anteriormente señalados, el oferente deberá adjuntar la respectiva Declaración Jurada, junto con la documentación de respaldo que acredite su cumplimiento, la que podrá ser validada y acreditada por la Dirección ChileCompra.

En caso de no contar con alguno de los contenidos de sustentabilidad, el oferente deberá declarar la opción “NO” en los casos que corresponda. Asimismo, se entenderá por declaración negativa (“NO”), en caso que:

1) El oferente omita acompañar el citado Anexo, o presentando dicho documento no declare si cumple o no con alguno de los contenidos de sustentabilidad. En este caso se le asignarán 0 puntos en esa materia.

2)            No acompañar la documentación de respaldo que se requiere para cada contenido de sustentabilidad. En este caso se asignará 0 puntos, en cada uno de los contenidos de sustentabilidad en los cuales no se adjunte el documento de respaldo o medio de verificación correspondiente.

3)            No obstante acompañar la Declaración Jurada y documentación de respaldo, no se logre acreditar o validar la existencia y/o veracidad y/o contenido de la documentación. En este caso se asignará 0 puntos, en cada uno de los contenidos de sustentabilidad en los cuales no se logre validar el cumplimiento de estos.

A continuación se detalla la documentación de respaldo que deberá ser presentada por el proponente como medio de verificación, para la acreditación, validación y/o comprobación del cumplimiento de los contenidos de sustentabilidad:

a)      Certificado ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá presentar,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación, deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

En caso de no disponer del Certificado ISO 14001-2004 o equivalente, también podrá presentar el certificado de producción limpia (Certificado de cumplimiento de Acuerdo de Producción Limpia -APL), con una vigencia mínima de 1 año, contado desde la fecha de presentación de la oferta, o bien, copia del Logo del Certificado de Cumplimiento de los APL “Estrella Azul”, con copia simple del “Contrato de Licencia de Uso de Marca”, debidamente suscrito. La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de validar la información así como el contenido entregado por el oferente, ante el Consejo Nacional de Producción Limpia.

Presentar el certificado de producción limpia de todas las empresas y/o instalaciones productivas del oferente, acompañando una declaración jurada ante notario, adjuntada como archivo electrónico, individualizando tales empresas y/o instalaciones, haciendo expresa declaración de que son las únicas con que cuenta el oferente al momento de presentación de la oferta.

b)      Programa para campañas impresas que fomenten el uso de materiales reciclables haciéndose cargo de la  gestión de dichos  residuos hasta su disposición final. Para acreditar el cumplimiento de este programa, el oferente deberá informar de manera completa y consistente al menos lo siguiente:

 

ü  Programa y objetivos

ü  Monitoreo del programa

ü  Evaluación del programa

Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio. Para acreditar el cumplimiento de este acuerdo deberá adjuntar los convenios de reciclaje de desechos vigente, que su representada mantenga hasta antes del cierre de presentación de las ofertas. Un ejemplo de este tipo de acuerdo es el de la Fundación San José. Mayor información en http://www.fundacionsanjose.cl/como-ayudar/reciclaje/.

http://www.fundacionsanjose.cl/inscripcion-campanas/

 

c)        Programa para promover la conciencia ambiental en el personal de su empresa. Para acreditar el cumplimiento de este programa, el oferente deberá informar de manera completa y consistente al menos lo siguiente:

-          Programa y objetivos

-          Monitoreo del programa

-          Evaluación del programa

d)      Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI - Iniciativa de Reporte Global- (acreditable a través  de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Para mayor información puede visitar el siguiente link: www.globalreporting.org/home/languagebar/spanishpage.htm) o  equivalente.

e)      Copia digital del informe bajo la metodología GHG Protocol para organizaciones, del año anterior a la licitación o equivalente.

Se deja expresa constancia, que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y acreditar la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas, así como el contenido de las mismas.

El puntaje final de este criterio, se obtendrá de la multiplicación del puntaje obtenido, por el ponderador del criterio definido para cada categoría.

 

  1. F. EVALUACION CRITERIO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DE  PRESENTACION DE OFERTA

Este criterio será aplicado en todas las categorías, donde cada oferente deberá cumplir con lo solicitado en el punto número 6  “Instrucciones  para Presentación de Ofertas”.

 

Puntaje:

 - Cumple con los requisitos de presentación de oferta           100 pts.

-          No Cumple con los requisitos de presentación de oferta      0 pts.

 El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, hasta antes del cierre de presentación de las ofertas, obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 0 puntos en este sub-criterio.

9.3 Solicitud de aclaraciones y antecedentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.

Se permitirá, asimismo, la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,  siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. N° 40, Reglamento de la Ley N° 19.886).

Se deja claramente establecido que no se aceptarán  certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.


















Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o
 los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

9.4 Adjudicación

La Dirección ChileCompra podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada para ambos casos.

 

La DCCP adjudicara nivel nacional  en la categoría de Asesorías Creativas de Alto Impacto a  los oferentes que obtengan 75 puntos ponderados o más en la categoría ofertada, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación.

 












La DCCP adjudicara
nivel nacional  en las categorías asesorías creativas de bajo impacto,   asesorías comunicacionales, asesorías de medios tradicionales y asesorías de medios digitales, a  los oferentes que obtengan 70 puntos ponderados o más en la categoría ofertada, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación.

La DCCP adjudicará a través de una Resolución Fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre tramitada.



Resolución de Empates: No aplica

10. Condiciones contractuales, vigencia de las condiciones comerciales, operatoria del Convenio Marco y otras cláusulas
c
10.1 Regulación de la licitación de Convenio Marco

Las licitaciones se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento, las presentes bases y sus anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por esta Dirección de oficio.

El convenio marco se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

 

  1. i. Ley N° 19.886 y su reglamento.
  2. ii. Bases administrativas, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.
  3. iii. Oferta efectivamente adjudicada.
  4. iv. Convenio Marco celebrado entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.
  5. v. Órdenes de Compra que emitan los organismos públicos habilitados para usar el sitio www.mercadopublico.cl
  6. vi.Las resolución de Adjudicación
















Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo a través del sitio
www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder a dicha documentación.

10.2 Acuerdo Complementario

Podrá suscribirse un Acuerdo Complementario entre las partes, en el cual se consigne la garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto no podrá ser inferior a un 5%, según lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como, oportunidad y forma de entrega, precio y forma de pago, características específicas de los bienes, vigencia, entre otros.

Tales condiciones particulares, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el Convenio Marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.












El plazo de vigencia del acuerdo complementario no podrá ser superior a 2 años y no podrá exceder el plazo de un año, luego del vencimiento de la vigencia del Convenio Marco.

Para la firma del Acuerdo Complementario, el organismo comprador deberá exigir al proveedor una declaración jurada simple que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley 19.886. Adicionalmente en dicho acuerdo deberá tenerse presente lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.











Una vez firmado el acuerdo complementario, el organismo comprador deberá adjuntar el mencionado acuerdo a la Orden de Compra respectiva.

10.3 Vigencia de las condiciones comerciales

Las condiciones comerciales de los servicios de Campañas Comunicacionales, ofertadas por los adjudicatarios, serán publicadas en el catálogo electrónico de Convenios Marco y se mantendrán vigentes por toda la duración del convenio, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente convenio. Asimismo, el catálogo electrónico contendrá los valores para los montos que serán solicitados a través de las órdenes de compra.

El adjudicatario se obliga a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes respecto de los servicios pertinentes a este Convenio Marco.

De acuerdo a lo anterior, durante la vigencia del Convenio Marco, él o los proveedores adjudicados podrán aumentar sus descuentos o rebajar los precios para todas las Entidades, de todos o algunos de los servicios adjudicados. Estas rebajas y descuentos se mantendrán hasta el término del Convenio Marco, salvo que el proveedor mejore nuevamente las condiciones comerciales de acuerdo con lo establecido en este punto. La DCCP publicará en el Catálogo los nuevos valores en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

Se deja expresa constancia que la DCCP, en su misión de mantener precios

 

competitivos en la tienda ChileCompra Express, y con el objetivo de generar ahorros significativos en el proceso de contratación de los Organismos Públicos, podrá realizar un monitoreo continuo de los precios de los servicios adjudicados por cada proveedor.

Para realizar esta labor, esta Dirección efectuará un levantamiento de precios de los servicios disponibles en la tienda, obteniendo tal información desde licitaciones de otras instituciones en  http: //www.mercadopublico.cl, páginas web de catálogos electrónicos, listas de precios por internet u oficios de organismos públicos informando mejores condiciones por fuera de la Tienda.




























En caso de detectar que el proveedor adjudicado no mantiene las condiciones más ventajosas a través de ChileCompra Express, o que en el mercado las condiciones económicas son más favorables que al contratar por dentro de la tienda, la DCCP se reserva la facultad de bloquear aquellos servicios que luego de comparar los precios resulten ser menos convenientes, y sólo serán habilitados una vez que el proveedor refleje dicho valor como un precio permanente dentro de la tienda y no por medio de una oferta especial. Adicionalmente, la DCCP podrá solicitar facturas que avalen el precio de transacción del bien en la tienda, la cuales deberán ser legibles en su totalidad.

10.4 Operatoria del Convenio Marco

Procedimiento de Compra:

Tratándose de compras inferiores a mil UTM, una vez que el presente convenio marco entre en vigencia, operará a través del  sitio www.mercadopublico.cl, al cual cualquier Entidad o Comprador público deberá acceder y solicitar una Cotización estandarizada; se recomienda que cotice a lo menos a 3 Proveedores adjudicados, a través de la herramienta disponible para ello.Este convenio marco operará de la siguiente manera:

•             Requerimiento del Estado (Brief de campaña comunicacional): Cada vez que un organismo público requiera contratar una campaña comunicacional a través de este convenio marco deberá entregar a la empresa adjudicataria un documento de briefing con, al menos, la siguiente información:

•             Antecedentes: (Información relevante que es importante manejar al momento de realizar la campaña solicitada, junto con el levantamiento de las comunicaciones anteriores y referencias consideradas).

•             Público Objetivo: (A quién va dirigida la campaña. Descripción del target más allá del perfil socioeconómico).

•             Objetivos: Principal (qué se quiere lograr) y Secundarios (Qué otros elementos deben estar presentes en la comunicación).

•             Mensaje: Qué se debe decir y cuáles son las razones. Definir si existe más de un mensaje clave.

  • Tono y Estilo: emocionalidad solicitada en el mensaje.

•             Ejecución y Soportes: Visión de medios, elementos y soportes que deben incluirse en la propuesta

•             Presupuesto: Presupuesto asignado para la campaña a nivel de producción e inversión en medios. Si es necesario, entregar datos de cómo se distribuye el presupuesto por zonas geográficas o por diferentes medios comunicacionales, dependiendo del tipo de campaña.

•             Otros: Elementos mandatorios que deben estar presentes en la comunicación, tiempos de campaña, restricciones, datos relevantes, anexos, etc.

•             Timming de presentación: Fecha de petición y día de presentación.

 

Propuesta: A partir del brief de la campaña comunicacional, la empresa presentará la propuesta al organismo contratante. Para esto tendrá 7 días corridos contados desde la recepción del Requerimiento del Estado. Esta propuesta deberá incluir todos los elementos necesarios para desarrollar la campaña comunicacional solicitada. Esto incluye a lo menos: Estrategia, creatividad, diseño, resultados esperados, plazos, aplicaciones, hitos claves y servicios que subcontratará. En el caso de que el proveedor subcontrate alguno de los servicios permitidos en la presentes bases deberá indicarlo expresamente en su propuesta y deberá acompañar a ésta a lo menos 2 presupuestos del (los) servicios que pretende subcontratar, elaborados por las empresas subcontratistas incluidas en su propuesta.

Además, deberá incluir un plan de medios detallado que permita desarrollar la propuesta. Este plan podrá incluir entre otros: TV, radio, prensa, internet e impresos.

 

Esta propuesta deberá ser realizada de manera exclusiva utilizando la identidad visual entregada por el contratante.

 

•             Campaña definitiva: Para que la propuesta se convierta en la campaña definitiva a ejecutar, la propuesta deberá ser aprobada por el organismo requirente de acuerdo con la normativa e instrucciones vigentes sobre la materia.

 Una vez recibidas las Cotizaciones a través del sistema, las entidades compradoras deberán seleccionar la mejor oferta que satisfaga sus necesidades de acuerdo al procedimiento anteriormente descrito, para luego adjuntar a la orden de compra el detalle de los productos y servicios adquiridos a través de este convenio marco.  Además, las Órdenes de Compra deberán acompañar como archivo adjunto,  el certificado extendido por la autoridad competente, acreditando que cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para adquirir los servicios requeridos y que se generen y emitan a través del sitio  www.mercadopublico.cl.

Durante la vigencia del convenio marco, las Entidades compradores deberán cautelar el correcto uso de los servicios entregados a través del presente convenio.  La DCCP no será responsable del mal uso que las Instituciones hagan  de este Convenio Marco.

Rechazo de Ordenes de Compra:

 

El adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio, en los siguientes casos:

 

a)      Que la Entidad que emite la orden de compra, tenga una deuda vencida con el adjudicatario o con cualquier proveedor de este Convenio Marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio adjudicatario.

b)      Que el valor de la orden de compra recepcionada por el Adjudicatario, sea inferior al valor mínimo y/o el valor no concuerde con las condiciones comerciales declaradas por el oferente en su oferta.

c)       No adjuntar a la orden de compra,  el certificado debidamente autorizado por la autoridad competente, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos consignados en ella.

d)      Inconsistencia entre condiciones de la Órden de Compra versus lo ofertado por el proveedor.

 

Bloqueo de Servicios

 

La DCCP procederá al bloqueo de servicios en el Catálogo Electrónico, en los casos siguientes:

a)            Si detecta que algunos de los productos o servicios presentan condiciones comerciales menos favorables que los que se encuentran disponibles en el mercado. El tiempo de bloqueo del servicio será hasta que el proveedor subsane la situación.

b)           Cuando en la Tienda, existan servicios que en un periodo de 6 meses o más, no experimenten transacciones derivadas de compras realizadas a través de ChileCompra Express. En este caso, los servicios se mantendrán bloqueados hasta que el adjudicatario fundamente la necesidad de mantener dichos servicios en la tienda y esta justificación sea aceptada por la DCCP.

c)            Si se detecta la incorporación de servicios que por su naturaleza no corresponden a este convenio marco, o en general  por cualquier otra circunstancia que implique la utilización de una ficha de servicio para la adquisición de un servicio distinto al especificado en la misma. El tiempo de bloqueo del servicio será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún tipo de sanción en contra del adjudicatario.

 

Responsabilidades del Adjudicatario:

 

-          El adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al presente convenio.

-          El proveedor adjudicado es responsable de la garantía de los servicios adquiridos mediante este Convenio Marco.

-          Asimismo el adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los servicios que preste a los usuarios del presente convenio, so pena de la sanción que pueda aplicar la DCCP, en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado.

-          Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el registro de ChileProveedores. La DCCP deshabilitará del catálogo al adjudicatario que se encuentre inhábil en ChileProveedores y será habilitado nuevamente, cuando se encuentre hábil en el registro, para lo cual deberá informar a la DCCP de dicho estado por los medios que esta estime.

-          El proveedor deberá estar disponible para capacitarse en la operatoria del convenio marco, así como conocer y respetar los términos de usabilidad del portal.

10.5 Incorporación de Productos y/o servicios al catálogo

Las categorías adjudicadas y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicados en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl , lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el Adjudicatario cumpla con lo siguiente:

-          Deberá estar hábil en el Registro Nacional de Proveedores, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación.

 

-          Haber entregado la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las bases de licitación.

 

-          Deberá dar cumplimiento a los requerimientos de catalogación que DCCP establezca para todos los adjudicatarios de la licitación a que se refiere el Convenio. Para ello deberá completar toda la información que la DCCP le requiera respecto de los servicios adjudicados, esto implica entregar a la Unidad de Catalogación para cada servicio, lo siguiente:

  1. Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas.

  1. Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar 4 fotos, pero al menos debe haber una).

  1. Sólo en caso que la DCCP lo requiera, está enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde este deberá completar toda la información: una columna con el IDProducto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada IDProducto. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta.

 

El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:

-        Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg

-        Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg

 

Ejemplo: IDProducto = 2031

-        Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg

-        Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.

 

Entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los servicios, para una mejor caracterización y descripción de los servicios adjudicados.

 

 La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.

 

La DCCP se reserva el derecho a deshabilitar servicios cuyas fichas estén defectuosas, es decir, con fotos en blanco o mal dimensionado, fichas incompletas, datos falsos u otros que estime conveniente para el buen funcionamiento del catálogo.

10.6 Descuentos Especiales (Ofertas)
El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios vigentes en el Convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos descuentos especiales tendrán el carácter de oferta especial la que en ningún caso podrá ser inferior a un 1% de descuento de su precio catalogado y se deberán mantener por un plazo mínimo de 3 días hábiles desde su publicación en el Catálogo. La DCCP, publicará en la tienda dichas ofertas especiales, al día siguiente corrido, contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.
10.7 Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades
El Adjudicatario que resulte adjudicado, no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en convenio marco, sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades, a excepción de las ofertas realizadas para un proceso de gran compra.
10.8 Compras mayores a UTM 1.000 (mil UTM)

Tratándose de campañas comunicacionales cuyo valor sea superior a 1000 UTM el organismo público requirente deberá enviar el brief a todas las empresas que resulten adjudicadas en la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14  del reglamento de la ley 19.886. La contratación se realizará     en función de la evaluación de las propuestas que las empresas realicen.

 

La comunicación será realizada con la debida antelación,  plazo que en ningún caso podrá ser inferior a 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra. Los Instituciones Públicas deberán otorgar un plazo razonable, siendo considerado como plazo mínimo los 10 días corridos establecidos por la normativa,  para la  presentación de las propuestas, considerando la magnitud de la campaña comunicacional solicitada.

 

Las ofertas recibidas, serán evaluadas debiendo confeccionarse un cuadro comparativo el que será fundamento y anexo de la resolución que aprueba la adquisición, la que deberá ser publicada en el Portal www.mercadopublico.cl

Toda vez que la naturaleza de la contratación lo requiera, la entidad podrá incorporar en su intención de compra lo siguiente:

 

  • Garantías adicionales a las establecidas en estas bases, mediante la firma de un acuerdo complementario.
  • Posibilidad de seleccionar a la segunda mejor oferta, en caso que el proveedor seleccionado en primera instancia  desista de su oferta.
  • Visita en Terreno, cuando la complejidad de la adquisición, las condiciones especiales y la naturaleza de los bienes a adquirir, así lo requieran.

 

Se recomienda a las Entidades públicas efectuar sus procesos de grandes compras, de conformidad a lo señalado en la Directiva de Compras N° 15 y lo indicado en el “Manual del Comprador”, que para tal efecto, se dispondrá en el ID de la licitación, donde constan las orientaciones para este tipo de procedimientos de contratación.

 

Resolución de empates:

En el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada se sujetarán al siguiente orden de prelación: 

 

1°) Mayor puntaje en el Criterio Briefing.

2°) Mayor puntaje en el Criterio Económico. 

10.9 Actualización de Servicios Adjudicados

Durante la vigencia del convenio marco, el adjudicatario, deberá mantener en el Catálogo Electrónico los servicios en las condiciones más ventajosas para las Entidades, para ello, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

  1. 1. Bloquear uno o más servicios adjudicados por un período de tiempo. Esta facultad, sólo podrá ser ejercida a partir  del tercer mes contado desde la fecha de toma de razón de la adjudicación,  siempre y cuando ello se justifique y sea previamente autorizado por la DCCP.

 

  1. 2. Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como disminuir los precios de los  servicios ó disminuir los plazos de entrega, ya sea para algunas o todas las regiones ofrecidas.

 

  1. 3. Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los servicios adjudicados a otras regiones, en las mismas condiciones generales y regionales de su oferta.

 

Las actualizaciones de los servicios adjudicados señalados precedentemente, deberán solicitarse a través de las herramientas que la DCCP destine para dichos efectos en el Catálogo Electrónico.

 

La DCCP realizará un análisis de las solicitudes, pudiendo aceptarlas o rechazarlas, en un plazo de 10 (DIEZ) días hábiles, contados desde su recepción.

10.10 Reajuste de servicios
Este convenio no establece ni contempla condiciones de reajustabilidad.
10.11 Nuevos Llamados a licitación

La DCCP podrá realizar nuevos llamados a través del Sistema de Información, a fin de que nuevos proponentes presenten sus ofertas, de acuerdo a las categorías singularizadas en el Anexo N° 6 de estas bases, no existiendo la posibilidad de ingresar servicios distintos a los que la DCCP disponga.  Los nuevos llamados podrán ser por categorías de servicios a nivel nacional o por categorías de servicios a nivel regional.

El proceso y plazos de licitación, asi como los requisitos de la oferta, los criterios de evaluación y adjudicación que se utilicen en los nuevos llamados, serán los mismos que se establecen en las presentes bases.

En conformidad a lo indicado precedentemente, la DCCP adjudicará de acuerdo a los criterios de evaluación y los ponderadores establecidos originalmente.

 

Requisito especial de adjudicación en los nuevos llamados:

Con todo, antes de proceder a la adjudicación en los nuevos llamados a licitación, la DCCP constatará que los precios o porcentajes de comisiones de los servicios que se encuentren en condiciones de ser adjudicados, sean  iguales o inferiores a los precios y/o porcentajes de comisiónes promedio de los  servicios similares tranzados últimamente a través de la herramienta del cotizador. Si los precios y/o porcentajes de comisiones de los servicios señalados no cumplen con la condición señalada, aquéllos no podrán ser adjudicados en los nuevos llamados.

En caso de no contar con la información antes indicada la DCCP, se reserva el derecho de consultar al mercado los precios referenciales y/o porcentajes de comisiones utilizados por la industria.

10.12 Subcontratación

El Adjudicatario podrá subcontratar total o parcialmente, los servicios de  Planificación de Medios y Servicios de Producción, asociadas a la entrega de los servicios licitados, sin perjuicio de ser el adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases y eventuales acuerdos complementarios que se firmasen con las entidades compradoras. (Art. 76, Reglamento de la Ley 19.886).

10.13 Multas y Sanciones

Los adjudicatarios podrán ser sancionados con una o más de las siguientes medidas:

Multas: 

Las Entidades Públicas que hagan uso de este convenio estarán facultadas para aplicar multas por las causales que a continuación se señalan:

 

a)      No entrega de los servicios:

 

Categoría Asesorías Creativas de Alto de  Impacto

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por la no entrega total de parte de los servicios comprometidos en la cotización, en caso de que la campaña comunicacional  se realice, lo cual podrá hacerse efectivo a través de descuentos en el respectivo pago.

Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán como un 3% del valor neto total del contrato de Campañas Comunicacionales, con un tope de 30% del valor del contrato.

Categoría Asesorías Creativas Bajo Impacto, Asesorías Comunicacionales, Asesorías en Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales

 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por la no entrega total de parte de los servicios comprometidos en la cotización, en caso de que la campaña comunicacional  se realice, lo cual podrá hacerse efectivo a través de descuentos en el respectivo pago.

Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán como un 5% del valor neto total del contrato de Campañas Comunicacionales, con un tope de 30% del valor del contrato.

b)      Entrega parcial de los servicios

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por la entrega parcial  de parte de los servicios comprometidos en la cotización, en caso de que la campaña comunicacional  se realice, lo cual podrá hacerse efectivo a través de descuentos en el respectivo pago.

Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán por el valor neto total de los servicios no entregados del contrato de Campañas Comunicacionales, con un tope de 15% del valor del contrato.

c)       Atraso en la entrega de los servicios:

 

Categoría Asesorías Creativas de Alto de  Impacto

 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por atraso en la entrega de los servicios comprometidos en la cotización, respecto de la fecha  pactada de entrega, en caso que  la campaña comunicacional se realice, lo cual podrá hacerse efectivo a través de descuentos en el respectivo pago.

Las multas se aplicarán por cada día de atraso en la entrega del servicio, y se calcularán con un 0,5% del valor neto total del contrato, con tope de 5% del valor total del contrato.

Categoría Asesorías Creativas Bajo Impacto, Asesorías Comunicacionales, Asesorías en Medios Tradicionales y Asesorías en Medios Digitales

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por atraso en la entrega de los servicios comprometidos en la cotización, respecto de la fecha  pactada de entrega, en caso que  la campaña comunicacional se realice, lo cual podrá hacerse efectivo a través de descuentos en el respectivo pago.

Las multas se aplicarán por cada día de atraso en la entrega del servicio, y se calcularán con un 1% del valor neto total del contrato, con tope de 10% del valor total del contrato.

Las multas se podrán aplicar sin perjuicio del derecho de recurrir a los tribunales ordinarios de justicia.

Procedimiento para aplicación de multas

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.

 

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.

Cobro de la multa

Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

El monto de las multas será rebajado del estado de pago más próximo que la Entidad deba efectuar al adjudicatario y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente y en este caso contará con un plazo de 10 días hábiles para el pago.

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.

Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté realizando el cobro.

Procedimiento de Reposición:

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente, resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando  total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y al Director de la DCCP.

Sanciones aplicables por la DCCP

La DCCP, en caso de incumplimientos, aplicará las sanciones que se singularizan a continuación. Con todo, al determinar la sanción a aplicar al adjudicatario, la DCCP tendrá en consideración, la magnitud de la falta cometida,  la cantidad de órdenes de compra emitidas al proveedor, el monto transado en la orden de compra que da origen a la sanción y el impacto del bien o servicio contratado en la gestión de la(s) Entidad(es) requirente, debiendo en todo caso dar aplicación al principio de proporcionalidad de la sanción.

Amonestación

La DCCP, amonestará al proveedor cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que ameriten la aplicación de otra de las sanciones de mayor gravedad definidas en estas bases

La amonestación pasará a formar parte de su historial como proveedor adjudicado en el Convenio Marco,  el cual podrá ser tenido en cuenta al momento de evaluar sus ofertas en futuras licitaciones de convenio marco. Asimismo, ese historial será considerado en la aplicación futuras sanciones y cobros de boleta de garantía de fiel cumplimiento del Convenio.

Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato

El Adjudicatario podrá ser sancionados por la DCCP con el cobro de Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos:

 

  1. i. No pago de multas dentro del plazo, a menos que la Entidad Compradora proceda al descuento respectivo en el correspondiente estado de pago, a requerimiento fundado de las entidades.

ii.            A la tercera amonestación aplicada en 6 meses  por la DCCP.

 

  1. iii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las Entidades Compradoras o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa.
  2. iv. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.

Cuando las entidades públicas soliciten el cobro a la DCCP de la Boleta de Garantía, deberán indicar en el requerimiento de aplicación de sanción los datos de contacto necesarios para hacer el traspaso de fondos en caso de hacerse efectivo el cobro de la Boleta de Garantía.

Suspensión Temporal del proveedor en el Catálogo

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de los servicios que tiene en el Convenio Marco, en los siguientes casos:

 

 

  1. i. Cuando el proveedor proceda a bloquear servicios durante los 2 primeros meses de operación del Convenio. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por el mismo número de días que el proveedor incurrió en la conducta que se sanciona.
  2. ii. Cuando existiendo el servicio en la Tienda, el adjudicatario solicita la creación de una nueva ficha para el mismo servicio, para lo cual altera la denominación o alguna característica del mismo, generando duplicidad de fichas en el Catálogo. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será de:

-          10 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes por segunda vez.

-          20 días hábiles si el proveedor solicita generar  fichas existentes de productos por tercera vez.

-          3 meses si el proveedor solicita generar nuevas fichas de productos a contar de la cuarta vez.

 

  1. iii. Rechazo de Orden de Compra emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será:

-          10 días hábiles si el proveedor rechaza una OC  por primera vez.

-          20 días hábiles si el proveedor rechaza una OC  por segunda vez.

-          La DCCP podrá poner término anticipado al convenio marco para el proveedor, por rechazo de una OC por tercera vez.

 

 

  1. iv. A la cuarta amonestación aplicada por la DCCP  en 6 meses. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por un período de 30 días corridos.
  2. v. Mantener más de un 70% de los servicios adjudicados en el Catálogo electrónico, en estado “sin stock” durante la vigencia del convenio. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal del catálogo será por un período de 15 días corridos, a menos que la DCCP haya procedido al bloqueo de productos, de acuerdo a lo consignado en la cláusula “Operatoria de Convenio Marco”, título “Bloqueo de Servicios” punto ii).
  3. vi. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo establecido en el Punto 8, “Naturaleza y monto de las garantías” de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de los 5 días hábiles siguientes contados desde su cobro. Asimismo,se considera también renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía.  En ambos casos la nueva garantía deberá tener las mismas características que la anterior, y extenderse por todo el periodo de vigencia que corresponda.
  4.     vii. No acompañar la declaración jurada Anexo N° 14  “Declaración Jurada”, disponible en el sitio web: http://www.chileproveedores.cl/chprovdnn/DeclaracionesJuradas.aspx, en los plazos indicados por las bases de licitación.
  5.      viii. Cuando el proveedor que ha participado en un proceso de grandes compras, se desista de su oferta y esta acción cause un perjuicio importante en la gestión del  Organismo afectado. El organismo afectado deberá informar y solicitar aplicación de sanción a través de oficio a la DCCP. El tiempo de suspensión temporal en la tienda será de hasta tres meses.
  6.      Que las condiciones comerciales disponibles en el Catálogo sean desfavorables en comparación a las mismas condiciones comerciales que ofrezca en el mercado. En este caso, el tiempo de suspensión temporal será de hasta tres meses.
  7.      Incumplimiento de las acciones declaradas en Anexo N° 10 “Declaración de compromiso para ejecutar plan de trabajo asociado a la calidad del servicio entregado por el proveedor”.  En este caso, el tiempo de suspensión temporal será hasta que entregue un plan de mejoramiento continuo que le permita cumplir con las acciones comprometidas para la mejora en la calidad del servicio entregado a sus clientes.
  8.      Mantener productos o servicios sin stock, visibles en el catálogo electrónico. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal del catálogo será por un período de hasta 15 días corridos.
  9. La no presentación en ChileProveedores del certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, al cumplirse los seis meses de vigencia del convenio marco.
  10. Reincidencia del proveedor, por una segunda vez, en la conducta descrita en N° i de la sección “Bloqueo de Productos”, del punto 10.4 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un producto en el catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares). En este caso, el período de suspensión del proveedor se extenderá por 1 mes.  

En los casos vi, vii, viii, xii y xiii la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.

10.14 Procedimiento para la amonestación, la suspensión de proveedores y el cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la sanción de Amonestación, Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico o la del Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

 

La DCCP activará el procedimiento sancionatorio de oficio o a requerimiento de alguna de las entidades compradoras, en cuyo caso éstas deberán acompañar al reclamo los siguientes antecedentes:

 

•    Número de la Orden de Compra.

•    Fecha de emisión de la Orden de Compra.

•    Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.

•    Explicación del proveedor, si la hubiere.

•    Copia de la Orden de Compra.

  • Datos de contacto para transferir fondos en caso de que se solicite el cobro de garantía.

 

En el caso de retraso en la entrega de los productos o servicios, deberá indicarse además:

 

•    La identificación de los productos o servicios con rezago.

•    Las cantidades rezagadas.

•    Los días hábiles / horas de atraso en la entrega.

 

Detectada una situación susceptible de aplicación de sanciones,  la DCCP notificará al adjudicatario por alguna de las siguientes vías, personalmente, por carta certificada, correo electrónico o por alguna otra herramienta electrónica que se encuentre disponible en el sistema de información, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado, indicando los hechos que ameritarían la aplicación de una sanción y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de ello, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la DCCP dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la sanción que corresponda.

 

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DCCP tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada. 

Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.

 

Tratándose de la sanción de suspensión del catálogo en sus puntos i, vii y viii, la DCCP estará facultada para proceder a su aplicación, sin esperar el término del procedimiento sancionatorio, debiendo notificar por las vías ya indicadas la acción que se ejecuta, sin perjuicio de utilizar adicionalmente el correo electrónico si lo estima necesario.

 

Procedimiento de Reposición:

 El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la sanción, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

La DCCP resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando  total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la  o las entidades reclamantes si es que fuese  el caso.









































































10.15 Término Anticipado del Convenio Marco

La DCCP podrá poner término anticipado al Convenio Marco sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. i. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al convenio marco.
  2. ii. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del Convenio Marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
  3. iii. Entrega de documentación que contenga hechos carentes de veracidad, con la intención de obtener algún beneficio en el ámbito del convenio marco, sea la inclusión en el catálogo electrónico de un determinado producto, o cualquier otra circunstancia que le otorgue alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados.
  4. vi. Quiebra o estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
  5. v. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “Pacto de integridad" contenido en estas bases.
  6. vi. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del convenio marco, y propiciaren prácticas corruptas, tales como:
    1. a. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar las decisiones de un funcionario público durante la ejecución del convenio marco, que tengan el propósito de generar acciones que resulten en su favor o en contra de otro adjudicatario.
    2. b. Tergiversar hechos con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de esta Dirección o de otra Entidad pública.
    3. c. Ejercer algún grado de extorsión, soborno o presión, declarando parentescos, relaciones con funcionarios de alto rango,  beneficios o perjuicios, a quienes requieran hacer uso de la tienda electrónica y  los productos adjudicados bajo este proceso licitatorio o a los encargados de la administración del convenio marco pertenecientes  a esta Dirección.
  7. vii. No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido las bases de licitación.
  8. viii. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  9. ix. La comprobación de la falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser contratado.
  10. x. Rechazo por tercera vez de una orden de compra emitida por el comprador, fuera de los casos permitidos en las bases de licitación.
  11. xi. Incumplimiento de lo establecido en relación a la originalidad, producción y comercialización de los servicios adjudicados, de acuerdo a lo definido en el punto 10.21 “Concordancia entre el producto ofertado y el producto entregado”.
  12. xii. Reincidencia del proveedor, por una tercera vez, en la conducta descrita en en la conducta descrita en N° i de la sección “Bloqueo de Productos”, del punto 10.4 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un producto en el catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares).

 

Para concretar lo indicado  anteriormente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (diez) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales a su vez deberán ser íntegramente pagadas por las respectivas entidades. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del número i), procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en el punto 10.14 “Procedimiento para la amonestación, la suspensión de proveedores y el cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato”.

 

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.






























































De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los números i) y vii), además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.

10.16 Del Pago

El pago de los servicios objeto del convenio, será en Pesos Chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los productos o servicios.

No obstante lo indicado en párrafo precedente, la Entidad requirente podrá consensuar de manera explícita con el adjudicatario, un plazo de pago para dicha compra o contratación, inferior a 30 días corridos, previa condición a que el proveedor realice un descuento al momento que el comprador emita la orden de compra respectiva.

La recepción conforme deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

Los proveedores deberán adjuntar aquellos documentos de respaldo que permitan verificar los valores que se cobran, por los servicios que hubiera  subcontratado con el fin de realizar la respectiva campaña comunicacional.

 














Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los productos o servicios que se adquieran o soliciten a través del Convenio Marco, así como, de interactuar con la institución para solicitar el pago de sus facturas. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores.

10.17 Plazo de Vigencia del Convenio Marco

La vigencia del Convenio Marco, incluyendo eventuales nuevos llamados, se extenderá hasta que se cumplan 72 meses contados desde la total tramitación de la primera resolución de adjudicación, a menos que la DCCP ponga término unilateral anticipado, o acepte la solicitud en el mismo sentido por parte del proveedor respecto de su permanencia en el convenio. Dicha solicitud deberá presentarse por parte del proveedor, con a lo menos 40 días corridos de anticipación a la fecha en que se desea poner término al convenio. La DCCP por su parte deberá comunicar a todos los proveedores a través del Sistema www.mercadopublico.cl, la decisión de término anticipado, por medio de resolución fundada, con a lo menos 40 días de anticipación.










Hasta antes del mes 48 de vigencia del convenio marco, la DCCP evaluará la ejecución del mismo, y consecuencialmente, la necesidad de realizar un nuevo proceso licitatorio, o bien esperar al término de la vigencia indicada en el párrafo anterior, esto es 72 meses.

10.18 Coordinador del Convenio Marco

El Adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del presente convenio. El desempeño de su cometido deberá ser:

  1. 1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.
  2. 2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.
  3. 3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.
  4. 4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.












Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, por el representante legal del Adjudicatario.

10.19 Responsabilidad del Adjudicatario

Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario deberá administrar y mantener el Catálogo de servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:

  1. 1. Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los servicios adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.
  2. 2. Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.
  3. 3. Entregar las cotizaciones realizadas por los compradores, de acuerdo a los formatos dispuestos por la DCCP para aquellas compras menores a las 1000 UTM.
  4. 4. Conocer y operar adecuadamente el Sistema de Administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl. Para dar cumplimiento a lo anterior los proveedores podrán asistir a todas aquellas capacitaciones y/o cursos que la DCCP disponga.
  5. 5. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.
  6. 6. Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.

7.  Entregar informes solicitados por la DCCP.

10.20 Comportamiento ético del Adjudicatario
Sin perjuicio de lo señalado en lo relativo al pacto de integridad, el proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los servicios que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, ejercer presiones de cualquier tipo a los encargados de convenio y personas que tengan relación con la administración del convenio marco o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
10.21 Concordancia entre el servicio ofertado y el servicio entregado.
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el servicio de acuerdo a las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de  asociaciones vinculadas a la industria.
10.22 Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.  Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.





































8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10.23 Desarrollo Comercial del Convenio

Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Adjudicatario podrá desarrollar las siguientes actividades:

i.  Posicionamiento de servicios. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Entidades, su participación como proveedor de los servicios objeto del presente convenio marco, promociones especiales, jornadas de capacitación masivas, entre otros.

ii.  En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios marco, tales como encuentros, ferias u otros, el adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus servicios con las Entidades.

iii.   El proveedor deberá informar respecto de los cambios realizados en su empresa y/o certificaciones obtenidas que le permitan mejorar la calidad de los productos o servicios que ofrece en el catálogo.















Las actividades señaladas precedentemente, no podrán vulnerar lo dispuesto en el “Pacto de Integridad” contenido en estas bases.