Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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20-10-2026
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Monto:
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5
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Descripción:
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A fin de asegurar que los funcionarios de la Dirección de Seguridad Pública puedan dar cumplimiento a sus funciones laborales en condiciones adecuadas para el cumplimiento de sus funciones, se hace necesario el acompañamiento de este instrumento previo a la formalización de la contratación. Lo anterior, dado que el recinto laboral de la Dirección de Seguridad Pública se encuentra actualmente en remodelación, por lo que es un riesgo para la institución no contar con dependencias aptas y en condiciones adecuadas que podrían afectar que la Dirección de Seguridad Pública pueda ejercer sus funciones en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, así como el aseguramiento de los servicios adicionales que conforman el contrato, tales como la mantención de los baños químicos, para así evitar inconvenientes de salubridad que puedan afectar el debido cumplimiento de las funciones de la institución.
Por tanto, notificada la adjudicación a través del Portal, y dentro del mismo plazo otorgado para para acompañar la documentación legal señalada en el numeral 11.2 de las presentes bases administrativas, el oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento de la Orden de Compra y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Adjudicatario, con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Orden de Compra
El monto de esta Garantía será el equivalente al 5% del valor total neto ofertado por el adjudicatario conforme al Anexo N°7, expresada en pesos chilenos. Su vigencia deberá comprender al menos 60 días hábiles posteriores al plazo de contratación dispuesto en el numeral 11.3 de las Bases Administrativas Especiales. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva.
Glosa de la Garantía: “Garantiza Fiel Cumplimiento de la Orden de Compra Licitación ID 2667-128-LE25”
La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá entregarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso que se efectúe físicamente, deberá entregarse materialmente en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA).
La SECPLA será la encargada de revisar la conformidad de la garantía, de acuerdo con los términos y condiciones solicitados en las bases, y remitirá el documento original a la Tesorería Municipal, para su debida custodia y resguardo. En el evento de no cumplir con la entrega física o electrónica de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las disposiciones precedentes, el Municipio podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el adjudicatario infractor y adjudicar ésta al que le siga en puntaje, de acuerdo a lo establecido en los numerales 9.1 y 9.2 de las presentes Bases Administrativas.
Todo eventual aumento de la Orden de Compra o de plazo deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total de la Orden de Compra y plazo de vigencia.
La garantía de fiel cumplimiento de la Orden de Compra se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 124° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, por incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone la Orden de Compra o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, como también en los siguientes casos:
i. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y la respectiva Orden de Compra.
ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados establecidos en las bases de licitación y la Orden de Compra.
iii. Por la declaración de término anticipado, respecto de las causales imputables al proveedor.
iv. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor.
Ante casos de incumplimiento, y con el objeto de respetar los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 137° del DS N°661 “Reglamento de la Ley N°19.886”, se adoptará el procedimiento establecido en el numeral 16.1 “Procedimiento de Aplicación de Multas” de las presentes bases administrativas, en todo lo que resulte procedente, permitiendo al contratista o concesionario exponer sus descargos de manera previa al cobro de la caución.
El monto de esta Garantía, será el equivalente al 5% del precio neto final ofertado y adjudicado para la contratación, expresada en pesos chilenos, y su vigencia deberá comprender todo el período de ejecución de la contratación, definido en el Numeral 11.4 de las BAE, más al menos, 90 días hábiles posteriores a la fecha de término de dicha contratación. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 121°, inciso primero del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, en tanto, la contratación del servicio objeto de la presente Licitación, representa un servicio esencial para las funciones propias de los funcionarios de la Dirección de Seguridad Pública (DSP) de la Municipalidad, según lo dispone la Ley, dado que se trata de un servicio con una duración de 8 meses, que incluye mantenciones a los containers en arriendo y que, además, se requiere que éstos se encuentren en óptimas condiciones para el funcionamiento y disposición de los patrulleros y fiscalizadores de la DSP. De igual forma, se ponderan como un alto riesgo las faenas de instalación y retiro de las estructuras tipo container habilitadas como oficina, por lo cual, los eventuales imprevistos o daños en la ejecución de dichas instalaciones, requieren estar cubiertas por una garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución de los servicios y salvaguardará, además, los problemas que puedan existir debido a la mala ejecución de estos últimos, conforme a las especificaciones descritas en las Bases Técnicas (BT) y demás antecedentes
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva.
Glosa de la Garantía: “Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato Licitación ID 2667-2-LE25”
La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá entregarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso que se efectúe físicamente, deberá entregarse materialmente en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA).
La SECPLA será la encargada de revisar la conformidad de la garantía, de acuerdo con los términos y condiciones solicitados en las bases, y remitirá el documento original a la Tesorería Municipal, para su debida custodia y resguardo. En el evento de no cumplir con la entrega física o electrónica de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las disposiciones precedentes, el Municipio podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el adjudicatario infractor y adjudicar ésta al que le siga en puntaje, de acuerdo a lo establecido en los numerales 9.1 y 9.2 de las presentes BAE.
Todo eventual aumento de contrato o de plazo deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del contrato y plazo de vigencia.
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Glosa:
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“Garantiza Fiel Cumplimiento de la Orden de Compra Licitación ID 2667-128-LE25”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores al término de vigencia de la contratación, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora de la Orden de Compra, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo.
No obstante, lo anterior, será obligación de la adjudicataria, presentar con 20 días de anticipación al término de la Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de la Orden de Compra, el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1). Estos certificados deben estar vigentes al momento de su presentación y ser entregados al ITS, quien dará su aprobación.
En aquellos casos en que la adjudicataria no presente los formularios señalados, la Subdirección de Tesorería Municipal deberá hacer efectivas las garantías de fiel cumplimiento, en el caso que correspondiere.
Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la garantía de fiel cumplimiento de la Orden de Compra, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, siendo este responsable de mantenerlas vigentes por todo el periodo que caucionan, especialmente en aquellos casos de eventuales aumento de plazos, debiendo ser reemplazadas por otro documento, conforme al nuevo plazo contractual, más los días previstos según corresponda a la Licitación, siendo todos los costos financieros de responsabilidad única de la adjudicataria.
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