La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión especialmente designada al efecto.
Dicha comisión estará compuesta por 3 integrantes designados por resolución de la DCCP, y por 3 integrantes designados por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por las autoridades y organismos arriba indicados, podrán ser personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que integran la comisión.
Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP las adjudicaciones de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
Evaluación de las Ofertas:
1° Para efectos de esta evaluación se considerarán los productos ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y que además correspondan a las categorías solicitadas en esta Licitación.
2° Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos establecidos en el punto número 6 “Instrucciones para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación.
3° La evaluación se realizará a nivel nacional.
4° Criterios de Evaluación:
La evaluación de las ofertas, se realizará a nivel nacional, por ítems idénticos, correspondientes a un mismo modelo, medido y formato, cuyo detalle se encuentra en el anexo 4 de las presentes bases. En la categoría 1 “Servicios de Data Center y Complementarios” no se aceptarán ítems o productos nuevos, distintos a los descritos en el citado anexo 4.
En la categoría 2 “Software como Servicio y Plataforma como Servicio”, en cambio, se aceptarán hasta 2 productos nuevos por oferente, distintos a los descritos en el anexo 4, siempre que aquellos se acompañen con su respectiva descripción técnica en un archivo adjunto por cada producto, de acuerdo a lo establecido en el Diccionario de Datos del Anexo N°4. Los ítems nuevos se evaluarán comparándolos con ítems idénticos (mismo modelo, medido y formato) presentados por otros oferentes. Si los ítems nuevos no pueden compararse con otros ítems idénticos ofertados por otros oferentes, aquéllos, en su calidad de productos únicos, recibirán un puntaje equivalente a 100 puntos en el sub-criterio Precio.
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIOS
|
SUB-CRITERIOS
|
Cat.1.- CATEGORÍA SERVICIOS DE DATA CENTER Y COMPLEMENTARIOS
|
Cat.2.- CATEGORÍA
SOFTWARE COMO SERVICIO Y PLATAFORMA COMO SERVICIO
|
Condiciones Técnicas
Cats.1 y 2: 50%
|
A. INFRAESTRUCTURA Y CAPACIDAD
|
50%
|
60%
|
B. SUSTENTABILIDAD
|
5%
|
5%
|
C. CERTIFICACIONES
|
10%
|
-
|
D. PLAZOS DE INSTALACIÓN Y HABILITACIÓN DE SERVICIOS
|
20%
|
20%
|
E. EXPERIENCIA
|
10%
|
10%
|
F. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
|
5%
|
5%
|
Condiciones Comerciales
Cats.1 y 2: 50%
|
PRECIO
|
100%
|
100%
|
Al tipo de producto “Servicios Complementarios de Datacenter” no se le aplicarán los sub-criterios correspondientes a la evaluación de las condiciones técnicas, singularizados en el cuadro anterior. No obstante ello, los ítems pertenecientes al señalado tipo de producto deberán cumplir con los requisitos mínimos y esenciales establecidos en el anexo 8, dependiendo de si la respectiva oferta corresponde a un Tier I, II, III o superior. Si los ítems ofertados no cumplen con dichos requisitos mínimos y esenciales, la respectiva oferta, en lo referido a esos ítems, será declarada inadmisible.
GLOSARIO
- PRECIO CATEGORÍA (P)
- INFRAESTRUCTURA (I)
- SUSTENTABILIDAD (D)
- CERTIFICACIONES (C)
- PLAZOS DE INSTALACIÓN Y HABILITACIÓN (H)
- EXPERIENCIA (Ex)
- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (CRF)
- CONDICIONES COMERCIALES (PE)
- CONDICIONES TÉCNICAS (CT)
- PUNTAJE FINAL (PF)
I. EVALUACIÓN DE CONDICIONES TÉCNICAS:
La información y las referencias entregadas por el oferente, en lo referido a este criterio, podrán ser verificadas por la DIRECCIÓN CHILECOMPRA, asignándose en función de ello los puntajes correspondientes.
- INFRAESTRUCTURA Y CAPACIDAD:
El presente sub-criterio se aplicará a ambas categorías licitadas, ponderándose de manera diferenciada, de acuerdo a lo expuesto en el cuadro general de evaluación arriba graficado.
Tabla de factores:
SUB-CRITERIO “INFRAESTRUCTURA Y CAPACIDAD” (Cat.1: 50 %; Cat. 2: 60 %)
|
Factores
|
Ponderación
|
A.1. Capacidad de Cómputo.
|
20 %
|
A.2. Capacidad de Almacenamiento.
|
10 %
|
A.3. Up-time de Infraestructura.
|
60 %
|
A.4. Cantidad de enlaces ISP.
|
10 %
|
A.1. Capacidad de Cómputo (CC).
La declaración de la Capacidad de Cómputo deberá realizarse a través de la ficha electrónica. La no declaración de la Capacidad de Cómputo se entenderá que no cuenta con enlaces y se asignará 0 puntos.
CPU
|
30%
|
CORES
|
30%
|
RAM
|
40%
|
Puntaje CC (i) Oferente (j) = [CC (i) Oferente (j) /CC Máximo] x100.
El precedente mecanismo de aplicación de puntaje se aplicará para CPU, CORES y RAM, ponderándose los resultados de acuerdo al cuadro arriba expuesto.
A.2. Capacidad de Almacenamiento (CA).
La declaración de la Capacidad de Almacenamiento deberá realizarse a través de la ficha electrónica. La no declaración de la Capacidad de Almacenamiento se entenderá que no cuenta con enlaces y se asignará 0 puntos.
Puntaje CA (i) Oferente (j) = [CA (i) Oferente (j) /CA Máximo] x100.
A.3. Up-time de Infraestructura.
La evaluación del presente sub-criterio se realizará de acuerdo a la información declarada por los oferentes en el anexo 8 de las presentes bases. En dicho anexo los oferentes deberán señalar (SI/NO) si cumplen o no cumplen con el Up-Time de un TIER 1, de un TIER 2, de un TIER 3 o superior. Los puntajes se asignarán según la siguiente tabla:
No Cumple con la totalidad de los requerimientos propios de un TIER 1 *
|
Declaración de inadmisibilidad de la oferta
|
Sólo cumple con la totalidad de los requerimientos propios de un TIER 1
|
60 puntos
|
Up-Time de un TIER 2**
|
80 puntos
|
Up-Time de un TIER 3 o superior**
|
100 puntos
|
* Los ítems pertenecientes a las señaladas categorías deberán cumplir con los requisitos mínimos y esenciales establecidos en el anexo 8, dependiendo de si la respectiva oferta corresponde a un Tier I, II, III o superior. Si los ítems ofertados no cumplen con dichos requisitos mínimos y esenciales, la respectiva oferta será declarada inadmisible.
** La disponibilidad de los Up-Time se encuentra señalada en el anexo 8.
Para acreditar un Tier, se debe informar positivamente el cumplimiento de los requerimientos propios del Up-time asociado al respectivo TIER (1, 2, 3 o superiores). Para el TIER 1, se debe cumplir la totalidad de requisitos para TIER 1, indicado en el Check-List de Infraestructura del anexo 8.
A.4. Cantidad de enlaces ISP.
La declaración de la cantidad de enlaces ISP deberá realizarse a través de la ficha electrónica. La no declaración de la cantidad de enlaces ISP se entenderá que no cuenta con enlaces y se asignará 0 puntos.
N°
|
TRAMOS (Cantidad de ISP)
|
Puntos
|
1
|
5
|
O más
|
100
|
2
|
2
|
4
|
60
|
3
|
0
|
1
|
0
|
Luego se aplicará un promedio ponderado de acuerdo a la tabla de factores.
B. SUSTENTABILIDAD:
El presente sub-criterio se aplicará a las categorías N°s 1 y 2, ponderándose de acuerdo a lo expuesto en el cuadro general de evaluación graficado más arriba. Para su evaluación, se considerará la declaración afirmativa o negativa que el oferente haga, respecto de si cuenta con Políticas y/o Programas de Sustentabilidad en su gestión. Para efectos de la presente licitación, se considerarán como tales, los siguientes:
1-Programas de Responsabilidad Social;
2-Normas de Gestión Ambiental.
En caso de contar con una política y/o programa de sustentabilidad, el oferente deberá declarar la opción “SI”, debiendo adjuntar la Declaración Jurada, Anexo 9, que respalde su declaración, de acuerdo a lo indicado en la presente cláusula, junto con los antecedentes y certificaciones de respaldo.
En caso de que un oferente complete el señalado anexo en forma afirmativa, en cuanto indique que sí dispone de una o más políticas y/o programas de sustentabilidad, y presente, además, los antecedentes y certificaciones de respaldo, aquel proponente obtendrá 100 puntos en el señalado sub-criterio.
Ahora bien, en el evento de que un oferente omita acompañar el citado anexo, o lo complete en forma negativa, en cuanto indique que no dispone de políticas y/o programas de sustentabilidad, o bien, no logre acreditar la existencia y validez de dichas políticas o programas, mediante antecedentes y certificaciones de respaldo, aquel proponente obtendrá 0 puntos en el señalado sub-criterio.
Información necesaria para la acreditación y/o comprobación del cumplimiento de las Políticas y/o Programas de Sustentabilidad declarados:
1.- Programas de Responsabilidad Social:
Para acreditar el cumplimiento de alguno de estos programas, el oferente deberá informar en forma completa y consistente, en la declaración jurada del Anexo 9, al menos, lo siguiente:
-Programa y Objetivos.
- -Monitoreo del Programa.
- -Evaluación del programa.
No bastará con la mera enunciación de los puntos arriba señalados, debiendo el oferente, además, adjuntar, a través del Portal, los correspondientes antecedentes y certificaciones de respaldo.
Se considerarán como Programas de Responsabilidad Social, entre otros, los que consideren uno o más de los siguientes tópicos:
- Contratación de Discapacitados;
- No discriminación;
- Salud y Seguridad en el trabajo;
- Mejoras, incentivos, fomento de buenas condiciones laborales;
- Compra de bonos de carbono;
- Que el 20% de la energía eléctrica proviene de ERNC (energía renovables no convencionales) según lo definido por la CNE (Comisión Nacional de Energía)
- Manejo de desechos tecnológicos: eliminación de residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, reciclaje de equipos y el manejo seguro de sustancias químicas.
- Informe GRI -iniciativa de Reporte Global- (acreditable a través de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Mayor información en www.globalreporting.org/home/languagebar/spanishpage.htm).
2.- Normas de Gestión Ambiental y Sistema de Gestión de la Energía:
Al respecto, se considerará la Certificación ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas) y la Certificación NCh-ISO 50001. Para acreditar el cumplimiento de estas normas, el oferente deberá adjuntar, a través del Portal, el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación deberá adjuntarse como archivo electrónico, y deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.
Se deja expresa constancia que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho a constatar la validez del certificado entregado, así como de la entidad certificadora.
C .CERTIFICACIONES:
El presente sub-criterio sólo se aplicará a la categoría N° 1 “Servicios de Data Center y Complementarios”, no resultando aplicable respecto de la categoría N° 2 “Software Como Servicio y Plataforma Como Servicio”.
La declaración afirmativa (SI) en la FICHA ELECTRÓNICA DE LA OFERTA y la copia escaneada de la respectiva certificación vigente, implican 100 puntos. La declaración negativa (NO) o la omisión de la respuesta implica 0 puntos. El puntaje por el sub-criterio “Certificaciones” se obtendrá como el puntaje ponderado de la tabla siguiente:
NCh- ISO 27001
|
40%
|
NCh-ISO 9001 ó ISO 22301 ó BS 25999-2
|
20%
|
BS 15000 ó ISO/IEC 20000-1 - Service Management
|
40%
|
D. PLAZOS DE INSTALACIÓN Y HABILITACIÓN DE SERVICIOS:
Se observa que estos plazos tienen una validez para cualquier adquisición. Los plazos tendrán una validez desde la aceptación de la orden de compra.
El presente sub-criterio se aplicará a las categorías N°s 1 y 2, en forma diferenciada, de acuerdo a los siguientes parámetros:
D.1.- APLICACIÓN DEL SUB-CRITERIO “D” A LA CATEGORÍA N° 1 “SERVICIOS DE DATA CENTER Y COMPLEMENTARIOS”: En este caso, este sub-criterio estará compuesto de los siguientes factores:
D.1.1.- Plazo Máximo de Habilitación en IaaS (horas hábiles)*:
Se entenderá por plazos máximo de habilitación de IaaS, a aquel intervalo de tiempo en horas hábiles posterior a la aceptación de la orden de compra, lo indicado en esta y /o el acuerdo complementario, en que los servicios de IaaS contratados estarán disponible para su uso, de acuerdo al servicio catalogado, así como al tiempo en que las ampliaciones estarán habilitadas para su uso. Se asignará 100 puntos a aquel proveedor que indique 1 hora o menos. Para cada hora adicional indicada se restarán 10 puntos hasta un límite de 0 puntos. Aquel proveedor que no complete dicho valor, obtendrá 0 puntos.
D.1.2.- Plazo máximo de habilitación en Housing (días hábiles)*:
Se entenderá por plazo máximo de habilitación de Housing, a aquel intervalo de tiempo en días hábiles desde que los servidores del Comprador son recepcionados en el DATACENTER, hasta que estén disponibles para su uso, de acuerdo al servicio catalogado. Se asignará 100 puntos a aquel proveedor que indique un plazo igual o menor de 15 días hábiles desde la recepción de la Orden de Compra. Se restarán 5 puntos por cada día hábil adicional, hasta un límite de 0 puntos. Aquel proveedor que no complete dicho valor obtendrá 0 puntos.
D.1.3.- Plazo máximo de habilitación Hosting (días hábiles)*:
Se entenderá por plazos máximo de habilitación de Hosting, a aquel intervalo de tiempo en días hábiles desde que los servicios de hosting estén disponibles para su uso, de acuerdo al servicio catalogado. Se asignará 100 puntos a aquel proveedor que indique un plazo igual o menor de 15 días hábiles desde la recepción de la Orden de Compra. Se restarán 5 puntos por cada día hábil adicional, hasta un límite de 0 puntos. Aquel proveedor que no complete dicho valor obtendrá 0 puntos.
D.1.4.- Plazo máximo de habilitación de Enlace de Datos e Internet (días hábiles)*:
Se entenderá por plazos máximo de instalación (o traslado) de los servicios de ENLACE DE DATOS E INTERNET, a aquel intervalo de tiempo en días hábiles posterior a la aceptación de la orden de compra, en que dichos servicios contratados estarán disponibles para su uso. Se asignará 100 puntos a aquel proveedor que indique un plazo igual o menor de 20 días hábiles desde la recepción de la Orden de Compra. Se restarán 5 puntos por cada día hábil adicional, hasta un límite de 0 puntos. Aquel proveedor que no complete dicho valor obtendrá 0 puntos.
Los indicados factores se ponderarán de la siguiente manera:
D.1.1.- PLAZO MÁXIMO DE HABILITACIÓN DE IaaS (HORAS HÁBILES)
|
25%
|
D.1.2.- PLAZO MÁXIMO DE HABILITACIÓN HOUSING (DÍAS HÁBILES)
|
25%
|
D.1.3.- PLAZO MÁXIMO DE HABILITACIÓN DE HOSTING (DÍAS HÁBILES)
|
25%
|
D.1.4.- PLAZO MÁXIMO DE HABILITACIÓN DE SERVICIOS ENLACE DE DATOS E INTERNET (DÍAS HÁBILES)
|
25%
|
D.2.- APLICACIÓN DEL SUB-CRITERIO D A LA CATEGORÍA N° 2 “SOFTWARE COMO SERVICIO Y PLATAFORMA COMO SERVICIO”: Este sub-criterio estará compuesto de los siguientes factores:
D.2.1.- Plazo máximo de habilitación en Software como Servicio (SaaS-horas hábiles)*:
Se entenderá por plazos máximo de habilitación de SaaS, a aquel intervalo de tiempo en horas hábiles posterior a la aceptación de la orden de compra, lo indicado en esta y /o el acuerdo complementario, en que el servicio de Housing contratado estará disponible para su uso, de acuerdo al servicio catalogado. Se asignará 100 puntos aquel proveedor que indique 1 hora o menos. Para cada hora adicional indicada se restarán 10 puntos hasta un límite de 0 puntos. Aquel proveedor que no complete dicho valor, obtendrá 0 puntos.
D.2.2.- Plazo máximo de habilitación en Plataforma como Servicio (PaaS-horas hábiles)*:
Se entenderá por plazos máximo de habilitación de PaaS, a aquel intervalo de tiempo en horas hábiles posterior a la aceptación de la orden de compra, lo indicado en esta y /o el acuerdo complementario, en que el servicio de Housing contratado estará disponible para su uso, de acuerdo al servicio catalogado. Se asignará 100 puntos aquel proveedor que indique 1 hora o menos. Para cada hora adicional indicada se restarán 10 puntos hasta un límite de 0 puntos. Aquel proveedor que no complete dicho valor, obtendrá 0 puntos.
Los indicados factores se ponderarán de la siguiente manera:
PLAZO MÁXIMO DE HABILITACIÓN DE SOFTWARE COMO SERVICIO (SaaS-HORAS HÁBILES)
|
70%
|
PLAZO MÁXIMO DE HABILITACIÓN DE PLATAFORMA COMO SERVICIO (PaaS-HORAS HÁBILES)
|
30%
|
* Se entenderán por horas hábiles aquellas transcurridas entre las 9:00 y las 18:00 horas, durante días hábiles. Los plazos de instalación y habilitación ofertados deberán ser declarados en la FICHA ELECTRÓNICA DE LA OFERTA.
E. EXPERIENCIA:
Para la evaluación de este sub-criterio se considerará y evaluará la declaración que realice el oferente en el anexo 10 acerca de los años de experiencia que posea en los respectivos tipos de servicio. La no entrega de la información solicitada en el citado anexo 10, según lo indicado en las tablas de asignación de puntaje, implica 0 puntos.
El presente sub-criterio se aplicará a las categorías N°s 1 y 2, en forma diferenciada, de acuerdo a los siguientes parámetros:
E.1.- APLICACIÓN DEL SUB-CRITERIO “E” A LA CATEGORÍA N° 1 “SERVICIOS DE DATA CENTER Y COMPLEMENTARIOS”: Los tramos a evaluar variarán, según cuál sea el tipo de producto ofertado:
Luego se procederá a aplicar un promedio de los puntajes resultantes por categoría.
E.1.1- Experiencia en IaaS [1 punto]:
El puntaje para este factor será asignado de acuerdo a los siguientes Tramos:
N°
|
TRAMOS (AÑOS)
|
Puntos
|
1
|
5
|
Ó más
|
100
|
2
|
3
|
4
|
75
|
3
|
1
|
2
|
50
|
4
|
0
|
Menos de 1 año
|
0
|
La tabla anterior se aplica a los años corridos anteriores a la presentación de la oferta.
E.1.2.- Housing (2 puntos):
El puntaje para este sub-criterio será asignado de acuerdo a los siguientes Tramos:
N°
|
TRAMOS (AÑOS)
|
Puntos
|
1
|
8
|
Ó más
|
100
|
2
|
5
|
7
|
75
|
3
|
3
|
4
|
50
|
4
|
0
|
2
|
0
|
La tabla anterior se aplica a los años corridos anteriores a la presentación de la oferta.
E.1.3- Hosting (2 puntos):
El puntaje para este factor será asignado de acuerdo a los siguientes Tramos:
N°
|
TRAMOS (AÑOS)
|
Puntos
|
1
|
6
|
Ó más
|
100
|
2
|
4
|
5
|
75
|
3
|
2
|
3
|
50
|
4
|
0
|
1
|
0
|
La tabla anterior se aplica a los años corridos anteriores a la presentación de la oferta.
E.2.- APLICACIÓN DEL SUB-CRITERIO “E” A LA CATEGORÍA N° 2 “SOFTWARE COMO SERVICIO Y PLATAFORMA COMO SERVICIO”:
El puntaje para este factor será asignado de acuerdo a los siguientes Tramos:
N°
|
TRAMOS (AÑOS)
|
Puntos
|
1
|
5
|
Ó más
|
100
|
2
|
3
|
4
|
75
|
3
|
1
|
2
|
50
|
4
|
0
|
Menos de 1 año
|
0
|
La tabla anterior se aplica a los años corridos anteriores a la presentación de la oferta.
Experiencia en Grandes Compras:
Si en una adquisición a través de Grandes Compras (artículo 14 bis del reglamento de la ley N° 19.886), se decide evaluar la experiencia de los proveedores, la entidad compradora podrá solicitarle a aquéllos encuestas de satisfacción o casos de éxito, a fin de constatar la veracidad de la experiencia declarada.
F. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES:
El presente sub-criterio se aplicará a las categorías N°s 1 y 2, de acuerdo a lo expuesto en el cuadro general de evaluación graficado más arriba.
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 puntos en este sub-criterio.
PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS (CT):
Los puntajes ponderados para cada categoría, en las condiciones técnicas, se sumarán, obteniéndose de esta manera el puntaje técnico de la respectiva categoría. La fórmula a aplicar es la siguiente:
CT (Cat. 1 SERVICIOS DE DATA CENTER Y COMPLEMENTARIOS)= 0.5 x I + 0,05 x D + 0,1 x C + 0,2 x H + 0,1 x Ex + 0,05 x CRF
CT (Cat.2 SOFTWARE COMO SERVICIO Y PLATAFORMA COMO SERVICIO)= 0,6 x I + 0,05 x D + 0,2 x H + 0,1 x Ex + 0,05 x CRF
II. CONDICIONES COMERCIALES:
PRECIO:
En ambas categorías, según corresponda, no se considerarán en la evaluación aquellos ítems que no se correspondan con el Up-Time de la infraestructura declarada (tipo de TIER, según lo indicado en el anexo 8). Para el oferente que declare TIER 3 se consideraran los requisitos que comprendan TIER 1, 2 y 3. Para el Oferente que declare TIER 2 se considerarán sólo los requisitos que comprendan TIER 1 y TIER 2. Para el oferente que declare TIER 1 únicamente se considerarán los requisitos relativos al TIER 1.
No se considerarán ítems válidamente ofertados, aquellos que correspondan a errores evidentes (Outliers), entendiendo por tales, aquellos en que los precios ofertados estén notoriamente fuera y alejados de la curva de distribución normal de precios. Los errores evidentes serán descartados con el objeto de no distorsionar la evaluación. Para los efectos de determinar los errores evidentes, la DCCP aplicará la siguiente fórmula para cada ítem o producto, cuando la muestra (N) sea igual o mayor a 2:
IC=[P – n*S, P + n*S]
Donde:
IC= Intervalo de Confianza
P= Promedio simple de los valores ofertados
n= 1
S= Desviación Estándar (*)
Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza. Los precios que se encuentren por sobre el Limite Superior y bajo el Límite Inferior del intervalo serán considerados errores evidentes y por tanto no considerados para la evaluación.
Luego se volverá a aplicar la formula antes referida, considerando n=1, definiéndose un nuevo intervalo de confianza. Los precios que se encuentren por sobre el Limite Superior serán considerados errores evidentes y por tanto no considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en el criterio precio y no serán considerados para la evaluación de este criterio.
(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del valor promedio.
En el Anexo 6 de las presentes bases se incluye la explicación de la aplicación de la formula antes referida.
El Puntaje de Ítem por oferente (PIO) se calculará comparando el precio por ítem idéntico, considerando para ello sólo el Anexo 4, en el que se describen los ítems a ofertar. De este modo, se comparará el precio de cada ítem con el menor precio ofertado para el mismo ítem (igual Modelo y Medida), mediante la siguiente fórmula:
Puntaje de Ítem por oferente (PIO):
Puntaje Precio (i) Oferente (j) = [Precio Mínimo /Precio (i) Oferente (j)] x100.
Los Puntajes de Ítem por oferente (PIO) bajo 50 puntos no serán considerados para la evaluación y los productos serán considerados no ofertados en ese punto de la evaluación en adelante.
Los Puntajes de Ítem por oferente (PIO) se ponderarán dependiendo de cada categoría, de acuerdo a las siguientes reglas, obteniéndose de este modo el puntaje por precio de categoría (P), según los siguientes factores:
A) Tipo de producto Housing (P1)
Se considerará el ítem “Espacio en Rack [UF/mes]” y el costo de la energía eléctrica adicional, en alguna de sus modalidades (TIER1, TIER2 Y TIER 3). El puntaje para el tipo de producto se obtendrá del promedio simple de los puntajes obtenidos en los ítems de dicho tipo de producto.
B) Tipo de producto IaaS (P2)
Se consideraran los ítems de máquinas virtuales Vacías (VMV) y sus ampliaciones, en sus modalidades. Para este tipo de producto es requisito ofertar válidamente una VMV para que se considere ofertado los servicios para este tipo de servicio
Luego se aplicará un promedio simple para cada puntaje obtenido por el respectivo oferente, obteniéndose de ese modo el puntaje del tipo de producto IaaS ofertado.
C) Hosting (P3)
Se consideraran los ítems de servidores y sus ampliaciones, en sus modalidades. Para este tipo de producto es requisito ofertar válidamente un servidor para que se considere ofertado los servicios para este tipo de servicio.
Luego se aplicará un promedio simple para cada puntaje obtenido por el respectivo oferente, obteniéndose de ese modo el puntaje del tipo de producto Hosting ofertado.
D) Tipo de producto Servicios Complementarios de Data Center (P4)
Para cada oferente se aplicará un promedio simple de los puntajes resultantes de cada producto, para este Tipo de Producto.
E) Tipo de producto ENLACE DE DATOS E INTERNET (P5)
Para cada oferente se aplicará un promedio simple de los puntajes resultantes de cada producto, para este Tipo de Producto.
F) CATEGORÍA SOFTWARE COMO SERVICIO Y PLATAFORMA COMO SERVICIO
Se evaluarán ítem a ítem según la siguiente formula:
Para cada oferente se aplicará un promedio simple de los puntajes resultantes. En el caso que un oferente presente más de 2 nuevos servicios de SaaS y/o PaaS con sus respectivas descripciones técnicas, se considerarán las 2 con menor precio, en caso de que por empate sean más de 2 productos, se seleccionarán por orden correlativo de ingreso, de forma que sólo se acepten como máximo 2 productos nuevos. Es requisito esencial adjuntar el detalle técnico de cada servicio de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.1.
CÁLCULO FINAL DE LOS PUNTAJES CORRESPONDIENTES AL CRITERIO CONDICIONES COMERCIALES PARA LA CATEGORÍA N° 1 SERVICIOS DE DATA CENTER Y COMPLEMENTARIOS (PE):
El resultado económico final para esta categoría a adjudicar estará dado por:
Dónde:
Finalmente, para cada una de las 2 categorías citadas, se sumará el puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del criterio Condiciones Técnicas y el puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del criterio Condiciones Comerciales, aplicándose la siguiente fórmula:
Puntaje Final de la Categoría N° 1 SERVICIOS DE DATA CENTER Y COMPLEMENTARIOS (PF) = Puntaje Condiciones Técnicas (CT) * 50% + Puntaje Condiciones Comerciales (PE) * 50%
Puntaje Final de la Categoría N° 2 SOFTWARE COMO SERVICIO Y PLATAFORMA COMO SERVICIO (PF) = Puntaje Condiciones Técnicas (CT) * 50% + Puntaje Condiciones Comerciales (PE) * 50%