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Pacto de integridad |
a) Pacto de integridad: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación,
acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de
licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases
de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
b) Del giro: El proveedor que desee ofertar en el presente proceso, deseablemente debe tener giro necesario
para la venta de los bienes y/o servicios que se requieren por la entidad. No obstante, lo anterior, el
Departamento de Salud se reserva el derecho a consultar al Servicio de impuestos Internos, cuando el
giro señalado en la factura no corresponda al bien o servicio licitado.
c) Consideraciones especiales: las especificaciones técnicas del bien y/o servicio y requerimiento de la
presente propuesta son referenciales, pudiendo ser modificadas, dependiendo de las necesidades y/o
requerimientos solicitados por el referente técnico y las reales necesidades de la Dirección del
Departamento de Salud.
d) Interpretación de las bases: cualquier diferencia en la interpretación de los instrumentos que regulan la
presente propuesta y/o de los antecedentes indicados en las presentes bases administrativas y técnicas
de la oferta del proponente, será resuelta sin ulterior recurso por el mandante.
e) La Mandataria no tomará ventaja para su provecho de ningún error u omisión de los antecedentes;
cualquier duda que surja en algunos de los ítems indicados en las bases, especificaciones y/o
aclaraciones debe darse a conocer al comprador para aclaración.
e) La Mandataria no tomará ventaja para su provecho de ningún error u omisión de los antecedentes;
cualquier duda que surja en algunos de los ítems indicados en las bases, especificaciones y/o
aclaraciones debe darse a conocer al comprador para aclaración.
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