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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Artículo 13°: Errores u omisiones detectados durante las aperturas: La “Zona de Bienestar” podrá solicitar a los oferentes que, en un plazo de 48 horas, salven errores u omisiones formales detectados en las aperturas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, ni se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Se deberá informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del “Sistema de Información de Compras”.
La “Institución” podrá permitir salvar los errores u omisiones formales en que haya incurrido cualquier oferente, no se considerará error formal errores en el precio de la oferta, la presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y la presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
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Artículo 31°: Mecanismo de desempate: En caso de empate en el puntaje final de las ofertas, se adjudicará al oferente que tenga un mayor puntaje en el criterio precio; si se mantiene el empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje en el factor experiencia; y si persiste el empate se adjudicará a quien tenga más puntaje en el criterio plazo de término de la obra; si se mantiene el empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje en el factor cumplimiento contractual anterior; en el evento que prosiga el empate, se adjudicara a aquel que obtenga mayor puntaje cumplimiento de los requisitos formales.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Artículo 56°: Derecho de información: El Administrador del Contrato, cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informado, cada vez que lo requiera y especialmente para tramitar el estado de pago, por el contratista sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores mediante el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
El contratista debe obligatoriamente dar aviso a la “Institución” en un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas a partir de la notificación del inicio y/o aviso de término de la relación laboral respecto de cualquier trabajador que preste sus servicios en las poblaciones militares durante la vigencia de la relación contractual por medio de una carta certificada, para lo cual deberá acompañar a ésta de la nómina con él o los trabajadores cuya relación laboral haya iniciado y/o cesado con todos los documentos justificativos que acrediten tanto el término de la relación como de la inexistencia de obligaciones pendientes entre las partes (trabajador y empleador).
El incumplimiento en el pago de las remuneraciones o cotizaciones que financian prestaciones de salud, los regímenes de pensiones del nuevo o antiguo sistema previsional o las que financian el seguro de desempleo, por parte del contratante, dará derecho a esta Institución, a retener los estados de pago hasta el total cumplimiento de las mismas o para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna y eventualmente, poner término anticipado de la contratación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Artículo 16º: De las consultas, aclaraciones, respuestas y encargado del proceso de compras: La “Zona de Bienestar”, será la única entidad que atenderá las peticiones, aclaraciones o consultas relativas a las Bases y antecedentes técnicos a través del “Sistema de Información de Compras”.
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Artículo 28°: Visita a terreno obligatoria |
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Con el objeto de asegurar una correcta comprensión del alcance técnico de las obras, las condiciones del terreno, las partidas involucradas y los costos asociados, los interesados en participar en el presente proceso licitatorio deberán efectuar una visita a terreno obligatoria.
La obligatoriedad de esta instancia se fundamenta en la naturaleza de la contratación, que implica la ejecución de obras en inmuebles existentes, cuyas condiciones materiales, de acceso, entorno y estado de conservación pueden incidir directamente en la correcta formulación de las ofertas y en la adecuada ejecución del contrato.
Se realizarán hasta tres (3) visitas a terreno, en las fechas y condiciones establecidas en el cronograma del artículo 10° de las presentes bases.
Será suficiente para efectos de admisibilidad de la oferta la asistencia válida de al menos una de dichas visitas.
Con el objeto de asegurar la correcta identificación de los participantes y la vinculación efectiva entre quien asiste a la visita y el oferente que posteriormente presenta una oferta, el asistente deberá acreditar, al inicio de la visita, su identidad y, en caso de corresponder, su vínculo con el oferente, mediante la entrega en soporte material (papel) al funcionario que la dirija, de los documentos que se indican a continuación.
La exigencia anterior tiene por finalidad garantizar la trazabilidad del proceso, evitar la participación de terceros no vinculados al oferente y asegurar que la oferta sea presentada por quien ha tomado conocimiento directo de las condiciones de ejecución de las obras.
a. Poder simple:
Deberán presentar este documento:
- Quienes concurran en representación de una persona jurídica (representantes, dueños, accionistas o socios de la empresa) deberán entregar obligatoriamente un poder simple en soporte material (papel) que los faculte para actuar en representación de la empresa participante.
- Asimismo, deberán presentar quienes concurran en representación de otra persona natural.
b. Copia de cédula de identidad:
Deberán presentar este documento:
- Las personas naturales que concurran en representación propia a la reunión deberán entregar, antes del inicio de esta, una fotocopia simple en soporte material (papel) de su cédula de identidad al funcionario que dirija la reunión.
La entrega de los antecedentes requeridos constituye un requisito necesario para registrar válidamente la participación en la visita a terreno, permitiendo verificar la identidad del asistente, su vinculación con el oferente y asegurar la trazabilidad del proceso.
El interesado que no haga entrega de dichos documentos en la forma y oportunidad indicada no podrá ser incorporado en el acta de asistencia, por no ser posible verificar su identidad ni su vínculo con el oferente. En consecuencia, se entenderá que no ha participado válidamente en la visita a terreno.
Atendido que la participación válida en dicha instancia constituye un requisito de admisibilidad de la oferta, su omisión implicará que la propuesta sea declarada inadmisible.
Lo anterior no impedirá que el interesado pueda asistir a otra visita a terreno, en caso de existir alguna pendiente conforme al cronograma del proceso.
Asimismo, la no concurrencia a ninguna de las visitas programadas implicará que el oferente no ha tomado conocimiento directo de las condiciones de ejecución del contrato, lo que afecta la seriedad y viabilidad técnica y económica de la oferta. En consecuencia, la no asistencia a al menos una de ellas o la participación no válida en cualquiera de estas instancias será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Quien concurra a la visita a terreno y haya cumplido previamente con los requisitos establecidos deberá firmar el acta de “Visita a Terreno”, consignando su nombre completo, RUT, empresa que representa (si corresponde) o calidad de persona natural, fecha y hora de la visita, firma y número de contacto.
La suscripción del acta constituirá el medio de acreditación de la participación válida en la visita a terreno.
El participante deberá permanecer en la visita desde su inicio hasta su término, el cual será indicado por el funcionario que la dirija. La participación incompleta no será considerada válida para efectos del proceso licitatorio.
La visita a terreno se realizará en la forma, lugar, fecha y hora indicados en el cronograma establecido en el artículo 10° de las presentes bases de licitación.
La actividad será dirigida por el Jefe de la Oficina de Bienestar Angol y el Asesor de Proyectos e Infraestructura, o quienes los subroguen, quienes serán responsables de su correcta ejecución de la visita y del levantamiento del acta respectiva.
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Artículo 30°: Readjudicación |
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La “Zona de Bienestar” adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, siempre que la oferta sea conveniente a los intereses de esta “Zona de Bienestar”, por tanto, la adjudicación dependerá a que estas se ajusten a los requerimientos técnicos y considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes bases.
“La Institución” podrá adjudicar esta propuesta por un monto hasta un 30% superior al presupuesto estimado para la presente contratación, en tal caso se deberá explicitar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifican dicha diferencia y cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello, en el evento de no concurrir este requisito, será declarada inadmisible.
La adjudicación se formalizará a través del correspondiente acto administrativo dictado por la “Institución” a través del Comandante de la Zona de Bienestar, y será debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro del plazo señalado en el cronograma de las bases de licitación.
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