Licitación ID: 2409-114-LP21
SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Jardines infantiles o salas cunas 1 Unidad
Cod: 91111901
SE REQUIERE SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL, CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 90 CUPOS, SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL.
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL PARA EL AÑO 2021, SEGUN ESPECIFICACIONES TECNICAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
COLO COLO 484
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-09-2021 9:00:00
Fecha de Publicación: 17-08-2021 13:03:59
Fecha inicio de preguntas: 17-08-2021 16:06:00
Fecha final de preguntas: 20-08-2021 16:06:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-08-2021 16:06:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-09-2021 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-09-2021 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 04-10-2021 9:05:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ENTREGA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- ENTREGA DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS: Para los efectos de la presentación de la oferta deberá adjuntarse la siguiente documentación administrativa del oferente participante, los que deberán ser ingresados en la Sección "A"; ANEXOS ADMINISTRATIVOS: ... a) Identificación del oferente, según "Anexo N° 1"; ... b) En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.
3.- Toda la documentación referida deberá ser remitida mediante algunas de las siguientes extensiones: .jpg; .bmp; .pdf; .doc; .tif; .zip; mmp; .rar u otros.
4.- El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados, o ingrese uno o más documentos ilegibles, o sin la vigencia requerida, quedará fuera de bases en el acto de apertura de las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- EN LOS "ANTECEDENTES TÉCNICOS" INGRESAR EL SIGUIENTE DOCUMENTO A LA OFERTA: "EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES" según "Anexo N°3", acreditar la experiencia en servicios de Sala Cuna los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de oferta, de igual forma los oferentes que no posean experiencia deberán indicarlo en el Anexo N°3, para lo cual obtendrán puntaje cero en el criterio experiencia. El oferente que no ingrese el anexo técnico solicitado o es ilegible, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
 
2.- Para acreditar la experiencia, el oferente deberá adjuntar certificados de los servicios de Sala Cuna en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas emitidos por el Mandante respectivo y/o IT. Los certificados deben indicar específicamente descripción de los servicios correspondientes al anexo N°3. La no presentación de estos certificados, dará lugar en el momento de la evaluación a dejar con puntaje cero en criterio de experiencia del oferente.
 
3.- El oferente deberá subir obligatoriamente Certificación JUNJI, sobre autorización Normativa de funcionamiento. Quien no adjunte certificación, quedará fuera de bases en el acto de apertura.
 
4.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MAS DOCUMENTOS TECNICOS ILEGIBLES, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA .
 
Documentos Económicos
1.- Para los efectos de la presentación de la oferta económica el oferente deberá adjuntar la siguiente documentación, los que deberán ser ingresados en la Sección "C"; ANEXOS ECONÓMICOS: Oferta Técnico- Económica según Anexo Nº 4.-
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONOMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MAS DOCUMENTOS ECONOMICOS ILEGIBLES, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA .
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 12. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 30%
2 Equipo de Trabajo Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 12. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 20%
3 Experiencia de los Oferentes Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 12. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 25%
4 CAPACIDAD Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 12. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO EDUCACION
Monto Total Estimado: 95000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL precio referencial del Contrato es de 95.000.000 exento de IVA.-
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Sonia Medina H.
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Wladimir Alarcón Lopez
e-mail de responsable de contrato: walarcon@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2570147-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
POR EL TIPO DE SERVICIO, DONDE SE TRABAJA EN EL CUIDADO DE MENORES DE EDAD, NO SE PERMITE SUBCONTRATAR EL SERVICIO.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 30-12-2020
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la Seriedad de la Oferta, el oferente participante deberá presentar documento Financiero de Garantía de Seriedad de la Oferta. El oferente que no ingrese dicho documento hasta la hora y fecha indicada, será declarado fuera de bases en la etapa de Apertura de las Ofertas. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, Rut: 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" o en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "Para garantizar la seriedad de la oferta en propuesta pública: SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL".
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. Para solicitar la devolución se deberá enviar correo electrónico al responsable del contrato, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 31-03-2022
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan al momento de la firma del contrato, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total estimado. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento(formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de lo contrario quedará fuera de Bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato. La garantía deberá ser entregada al Responsable del contrato, ubicado en Colo Colo 484 piso 2 Los Ángeles. La presente garantía se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en propuesta pública: SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL".
Forma y oportunidad de restitución: Deberá ser solicitada por escrito o correo electrónico al Inspector Técnico, identificando la Propuesta, Nombre del Oferente, Número de Documento y Entidad que la emitió, posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la contratación que motiva esta Licitación como también podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de proveedores” y habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de las obras.
La distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases Administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola INADMISIBLE.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula Término anticipado del contrato de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3. DEL ÍTEM

Item: 22.08.008 “Salas Cunas y/o Jardines Infantiles”

Presupuesto: Educación

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas así como  toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico -Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Especificaciones Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta Técnico - Económica.
- Contrato


5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN.

Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o responsable del contrato.

6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LAS OFERTAS

La presente licitación pública corresponde a la Contratación de servicio de Sala Cuna para los funcionarios de la Dirección de Educación Municipal. La Sala Cuna deberá cumplir los requisitos solicitados según Especificaciones Técnicas de la presente licitación. El oferente deberá presentar su propuesta en pesos chilenos, según Anexo Nro. 4 Oferta Técnico - Económica, donde deberá informar precio por matrícula y los precios de las mensualidades de cada lactante. Las jornadas contempladas para dar cumplimiento al servicio serán:

-Mensualidad jornada completa con alimentación incluida.

-Mensualidad jornada completa sin alimentación.

-Mensualidad jornada parcial con alimentación.

-Mensualidad jornada parcial sin alimentación.

Se establece que para la presente licitación que en el caso de haber diferencias entre el valor indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el valor indicado en el Anexo Nro 4 " Oferta Técnico- Económica, prevalecerá el valor de este último.

Las ofertas de los Oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, anexos, Preguntas y respuestas; aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación.

La capacidad será indicada por cada Sala Cuna, debiendo ofertar un mínimo de 90 cupos.

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante el plazo de vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta o hasta la firma de contrato por parte del oferente adjudicado.

El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10.- COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan, y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

11.-COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

12.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación de las propuestas se realizará en base a los siguientes criterios de evaluación:

12.1.-PRECIO 30%:  Se evaluará de acuerdo a los siguientes sub-criterios:
a) Matrícula 5%= Se evaluará con "100 puntos" la oferta menor, las ofertas restantes inversamente proporcional según fórmula Puntaje=(precio mínimo ofertado *100/precio oferta a evaluar).-

b) Mensualidad Jornada Completa con Alimentación 40%: Se evaluará con "100 puntos" la oferta menor, las ofertas restantes inversamente proporcional según fórmula Puntaje=(precio mínimo ofertado *100/precio oferta a evaluar).-

c) Mensualidad Jornada Completa sin Alimentación 25%: Se evaluará con "100 puntos" la oferta menor, las ofertas restantes inversamente proporcional según fórmula Puntaje=(precio mínimo ofertado *100/precio oferta a evaluar).-

d) Mensualidad Jornada Parcial con Alimentación 20%: Se evaluará con "100 puntos" la oferta menor, las ofertas restantes inversamente proporcional según fórmula Puntaje=(precio mínimo ofertado *100/precio oferta a evaluar).-

e) Mensualidad Jornada Parcial sin Alimentación 10%: Se evaluará con "100 puntos" la oferta menor, las ofertas restantes inversamente proporcional según fórmula Puntaje=(precio mínimo ofertado *100/precio oferta a evaluar).-

12.2.- EQUIPOS DE TRABAJO 20%:
Se evaluará considerando dos subcriterios:
a) Número de educadoras 50%: Se evaluará con "100 puntos", a la oferta con un número mayor de educadoras, las ofertas restantes directamente proporcional según fórmula Puntaje=(oferta a evaluar *100/ oferta con mayor cantidad de educadoras).
Se requiere para Nivel Sala Cuna/ Sala Cuna Heterogénea al menos 1  educador de párvulos hasta 42  niños/as.

b) Número de técnicos en educación parvularia 50%: Se evaluará con "100 puntos", a la oferta con un número mayor de técnicos en educación parvularia, las ofertas restantes directamente proporcional según fórmula Puntaje=(oferta a evaluar *100/oferta con mayor número de técnicos en educación parvularia).

Se requiere para Nivel Sala Cuna/ Sala Cuna Heterogénea al menos 1 Técnico/a de educación parvularia por cada 7 niños/as.

12.3.- EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES 25%

Se evaluará considerando el siguiente subcriterio:
- Años de experiencia: Se evaluará ,  según anexo Nº 3, presentando certificado que acredite antigüedad acompañado de contratos con la empresa pública a la cual presta o prestó el  servicio. Con el siguiente puntaje:
- 100 puntos al oferente que acredite una experiencia de a lo menos 5 años con empresas públicas,
- 50 puntos al oferente que acredite una experiencia de a lo menos 3 años con empresas públicas y
- 25 puntos al oferente que acredite a lo menos 1 año con una empresa pública, se verificará,  
- Quien no posea experiencia deberá indicar en Anexo nº 3 “Sin experiencia” y obtendrá puntaje 0 en criterio Experiencia de los oferentes.

12.4.- CAPACIDAD 25%,
Se evaluará considerando el siguiente subcriterio:
- Sumatoria cupos disponibles: Se evaluará con "100 puntos", a la oferta con un número mayor de cupos disponibles, las ofertas restantes directamente proporcional según fórmula Puntaje= (oferta a evaluar*100/ oferta con mayor cupos disponibles). (Sumatoria cupos Nivel Sala cuna menor y sala cuna mayor.)

La cantidad no podrá ser inferior a 90 cupos.

La evaluación final de cada oferente será la suma de los puntajes de cada criterio, debe ser igual al puntaje total ponderado del oferente en evaluación.

Puntaje Final= Precio*0.30 + Equipos de Trabajo * 0.20 + Experiencia de los Oferentes * 0.25 + Capacidad *0.25

13.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “PRECIO” de continuar el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES”, de continuar el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: " CAPACIDAD ". Finalmente, de continuar el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “EQUIPOS DE TRABAJO”.

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal en día y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal en hora.

14.-ADJUDICACIÓN 

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. 

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el periodo Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios del Concejo.

15.-READJUDICACIÓN

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos  para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases y Normativa, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.


16.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

17.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable del contrato. debiendo solicitar el oferente, la devolución de la correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta, cuando corresponda.

18.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes) los siguientes documentos:

1.- Patente municipal al día, correspondiente al rubro.

2.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.

3.- Certificación JUNJI, sobre Autorización Normativa de funcionamiento.

4.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicado (F-30), documento que deberá tener una vigencia no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto 1 y 2  y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE  y el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

5.- Si el oferente postuló con la modalidad ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Asesoría Jurídica de la Municipalidad, área educación. Una vez redactado el contrato, se informará al oferente adjudicado mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que éste sea retirado y proceda a su firma Notarial.

El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado en la Dirección de educación, de la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste, en la misma ocasión el oferente adjudicado deberá hacer entrega de las Garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

Si el oferente adjudicado no entregare documento de acreditación y documentos de puntos 1,2,3, 4 y 5; no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En dicha ocasión se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del oferente adjudicado.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será de competencia y/o resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba contrato hasta el 31 de Diciembre de 2021.

El oferente adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.


19.- DE LA ORDEN DE COMPRA 

Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldicio, se comunicará a través del portal  al oferente adjudicado y  a los no adjudicados, con la publicación del decreto que resuelve la licitación en el portal www.mercadopublico.cl 
Si el oferente no aceptara la orden de compra dentro del plazo señalado a continuación, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso desistimiento  el mandante podrá  llamar a una nueva  licitación o aplicar la readjudicación .
La aceptación de la orden de compra deberá realizarse dentro de las  48 horas hábiles  (Lunes a Viernes) posterior al envió de la orden de compra de ésta en el portal  y juntamente comenzará a regir todas las obligaciones correspondientes al "SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL." que se incluye en las expresadas Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas. El adjudicado será el único responsable de todas la obligaciones  contratadas con la Municipalidad  en virtud de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.
La orden de compra para efectos del pago del servicio prestado, se emitirá mensualmente, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario y acompañada junto a los otros documentos exigidos por el pago.


20.-DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO   

Será obligación del Oferente Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las presentes Bases:

a. El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a lo estipulado en Guía de Funcionamiento para Establecimientos de Educación Parvularia de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y su normativa vigente.

 b. Deberá entregar Resolución Exenta que otorga autorización de funcionamiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) al momento de la firma del contrato, junto con la garantía de fiel cumplimiento del contrato; la cual deberá estar vigente durante toda la vigencia del contrato. El Inspector Técnico podrá solicitar este documento cada vez que lo considere pertinente.

 c. Será obligación del adjudicado dar solución a las observaciones hechas por la Inspección Técnica en relación a deficiencias o incumplimiento en la ejecución del contrato.

 d. Será obligación del oferente adjudicado brindar el servicio durante todos los días hábiles, es decir, contados de lunes a viernes, durante todo el año calendario 2021.

e. Las dependencias de la Sala Cuna deberán estar disponibles a partir de las 07:40 horas para recibir a los lactantes que harán uso del servicio.

f. La Sala Cuna deberá tener disponibilidad de prestar el servicio en las jornadas según el requerimiento de los funcionarios municipales del área de educación, siendo éstos: jornada completa con alimentación, de jornada completa sin alimentación, jornada parcial con alimentación y jornada parcial sin alimentación. Para dar cumplimiento al servicio, el oferente adjudicado deberá llevar un registro de cada lactante que hará uso del servicio, con indicaciones médicas u otras observaciones que sean necesarias.

 g. El Oferente Adjudicado deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del adjudicado. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución del presente servicio que debe realizar el adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.

h. El Adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

i.- Todo daño de cualquier naturaleza que cause a terceros por motivo de la ejecución de los servicios y conservación de los alimentos, así como los daños que puedan causar cualquier condición deficiente de las instalaciones de decoración será de exclusiva responsabilidad del Adjudicado.

j.- Será obligación del Adjudicado cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley Nº 16.744 sobre la Gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios.

k.- Será obligación el Adjudicado proveer el personal debidamente autorizado para ejercer la actividad de servicio de Sala Cuna.

l.- Será obligación del Adjudicado proporcionar la infraestructura adecuada para que el servicio prestado sea en óptimas condiciones ambientales, de higiene y seguridad.

m.- Será obligación del Adjudicado matricular a cualquier menor previa presentación y entrega de una visación escrita de la Dirección de Administración de Educación Municipal-

n- Será obligación del Adjudicado permitir el libre acceso a la Inspección del Servicio por parte del Inspector Técnico.

ñ.-  El oferente adjudicado deberá informar al Inspector Técnico si la factura fue cedida o no fue cedida al factoring para el estado de pago correspondiente.

 

21.- RESPONSABILIDAD CIVIL

 La Municipalidad de Los Ángeles -Área Educación queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjera a terceros con motivo u ocasión del servicio que trata la presente licitación.

22.-DAÑOS A TERCEROS

 Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de los servicios, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado.

23.-DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

24.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Dirección de Educación Municipal notificará por escrito al oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Deberá unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

2.1.- Incumplimiento grave (*) de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, Especificaciones Técnicas y toda documentación que rige la presente licitación.

(*)  Se entenderá como incumplimiento grave las letras  a, c, d, e y l indicadas en la cláusula “De las obligaciones del adjudicado” como además todas aquellas que se puedan desprender de la misma cláusula.

2.2.- Estado de Notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

2.5.- Fallecimiento del contratista, si se trata de una persona natural.

2.6.- Si el Contratista al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F-30, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

 En caso de producirse las causales indicadas en las letras 2.1, 2.2, 2.3 y/o 2.6, la Dirección de Educación Municipal deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato.



25.- PLAZO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El Servicio de sala cuna tendrá vigencia a partir de la fecha de Decreto que aprueba contrato. Una vez publicado el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado ante notario en el portal www.mercadopublico.cl, se procederá a dar inicio al servicio, con plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.

26.- INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, IT, al o los Profesionales de la Dirección de Educación Municipal, a quién se les haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio y que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando IT suplente y las funciones a desarrollar.

27.- ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO.

El Inspector Técnico I.T., tendrá como obligación velar por el cumplimiento del contrato y que el servicio se ejecute, según los requerimientos indicados en las presentes bases administrativas,  Especificaciones Técnicas y anexos.

El Inspector Técnico, I.T., tendrá como atribución la aplicación de multas.

La multa se aplicará sin forma de juicio y se descontará del  pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes (incluye retenciones).

La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en las presentes bases, sin perjuicio de ordenar la paralización del servicio en general.

28.- DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA

-El oferente adjudicado mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro de Inspección Técnica, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico y el oferente adjudicado. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:

- Fecha de inicio del servicio.

- Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica.

- Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el oferente adjudicado.

- Notificaciones de multas que notifique el Inspector Técnico.

- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.

La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico, y la primera copia por el oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

29.- DEL PAGO

El precio del “SERVICIO DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL.” será pagado en estado de pago mensuales contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.101-8, indicando número de orden de compra correspondiente. Se establece que  si durante  el mes  a pagar el (la) niño(a)  no asiste ningún día no se generará pago alguno para el proveedor del servicio, si el (la) niño(a)  asiste mas de un día, pero menos del 50% del mes se pagará la mitad de la mensualidad y, finalmente, si el niño(a) asiste más del 50% del mes se pagará el proveedor del servicio la totalidad de la mensualidad.  Para corroborar la asistencia, el funcionario que haga uso del servicio, deberá firmar la asistencia del niño/a los días asistidos, documento que deberá presentarse junto al certificado laboral, la factura y los datos de los usuarios.

La Factura y servicio efectuado deberán considerar V°B° del Director DAEM e IT que certifiquen la efectiva realización del servicio, de acuerdo a los Especificaciones Técnicas elaborados por la Unidad solicitante.

La Factura deberá ser entregada en la Dirección de Administración de Educación Municipal, ubicada en Colo Colo 484 Piso 2.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado.

30.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO

1.- El Adjudicado deberá presentar los siguientes antecedentes:

1.1 Factura a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN R.U.T. 69.170.101-8, en la que se indique el número de orden de compra.

1.2 Listado de asistencia, debe contener Nombre del funcionario beneficiario, nombre del niño, firma de funcionario beneficiario que acredite asistencia del niño a la Sala Cuna.

1.3  Certificado de cumplimiento de obligación laboral y previsional vigente emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Oferente adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte del o los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago. 

1.4 Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales vigentes emitidos por la Inspección del trabajo. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.5 Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales del o los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago. 

1.6 Nómina de trabajadores

1.7 Para último estado de pago, finiquito de trabajadores si corresponde, o certificado de proveedor que señale que pasará con los trabajadores no finiquitados.

2.- El Inspector Técnico deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

2.1- Factura con V°B° del Director DAEM e I.T.

2.2 - Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas

2.3- Oferta Técnico - Económica

2.4- Decreto Alcaldicio de adjudicación

2.5- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere

2.6- Decreto que aprueba contrato.

2.7- Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

2.8- Orden de compra mensual aceptada.

2.9- Decreto que nombra I.T. y suplente.

2.10- Certificado detallado de los servicios prestados y su cumplimiento, elaborado por I.T., y visado por Director DAEM, indicando si está afecto a multa, en caso de multa adjuntar Decreto Alcaldicio que sanciona la multa.

2.11- En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

31.- LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Los descuentos se harán del pago correspondiente del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes.

32.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS

El incumplimiento de las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles a aplicar una o más de las siguientes sanciones o multas:

a) Si el adjudicado no prestare el servicio los días que corresponde o lo hiciere en un horario diferente al propuesto en su oferta, dará lugar a una multa de $50.000 (cincuenta mil) por cada día de incumplimiento. De persistir el incumplimiento por más de 5 días corridos o alternados durante la vigencia del contrato., será considerado incumplimiento grave y se sancionará con el término anticipado del contrato en la forma indicada en la cláusula "Término anticipado de Contrato".

b) Las observaciones o instrucciones, emanadas de la Inspección, que no sean cumplidas, darán lugar a la aplicación de una multa diaria de $50.000 (cincuenta mil). De persistir el incumplimiento por más de 5 días corridos o alternados durante la vigencia del contrato., se sancionará con el término anticipado del contrato en la forma indicada en la cláusula " Término anticipado de Contrato".

c) Si el adjudicado no mantuviere la cantidad de  profesionales  que señala en su oferta  en el lapso de una media jornada, con tope máximo de un día, dará lugar a una multa de $50.000 (cincuenta mil) . De persistir el incumplimiento por más de 1 día  durante la vigencia del contrato, será considerado incumplimiento grave y se sancionará con el término anticipado del contrato en la forma indicada en la cláusula "Término anticipado de Contrato".

d) Si el oferente adjudicado no mantuviere el recinto con los debidos elementos de calefacción y ventilación  con tope de un día, dará lugar a una multa de $ 50.000, con tope de dos días corridos. De persistir el incumplimiento por más de 2 días corridos  durante la vigencia del contrato, será considerado incumplimiento grave y se sancionará con el término anticipado del contrato en la forma indicada en la cláusula "Término anticipado de Contrato".

33.- APELACIÓN DE MULTAS

De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Asesor Jurídico DAEM y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

34.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, área educación, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado.

35.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez cumplido el plazo de vigencia del contrato, se procederá a realizar la Liquidación del Contrato, la que será sancionada mediante decreto alcaldicio; dentro de un plazo de 60 días corridos posterior a la fecha de vigencia del contrato. La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. 

Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto Alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

36.- DE LAS GARANTÍAS 

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

37.- PACTO DE INTEGRIDAD

 El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.