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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de
participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las
presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y
demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los
derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en
la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º,
en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se
compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos
o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder,
ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar
acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar
de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar, verificar toda la
información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y
cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso
licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que
conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus
documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente reconoce y declara que la oferta
presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en
términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las
medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes
y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
El oferente se obliga a guardar secreto
respecto de las actividades desarrolladas en el Servicio de Salud Aysén, tanto durante la
vigencia del contrato como una vez extinguido éste. En consecuencia, no divulgará ni dará a
conocer a nadie, ni utilizará en beneficio propio o de terceros los conocimientos que obtenga
mediante sus funciones y que han llegado a su conocimiento, ni respecto de los proyectos
en desarrollo o en planificación, así como también respecto a los modelos, sistemas o
directrices utilizados o propiedad de la misma, salvo que medie autorización expresa del
Servicio.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Durante la vigencia del respectivo contrato el
Servicio de Salud Aysén podrá solicitar al adjudicatario que acredite que no registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Lo anterior, sin
perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la
cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. En el caso de una Unión Temporal
de Proveedores (UTP), deberá ser entregada por cada integrante de esta.
Para efectos de acreditar el cumplimiento de
lo indicado en el párrafo precedente, el adjudicatario deberá entregar durante la vigencia del
contrato el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”,
otorgado por la Dirección del Trabajo o, en su defecto, una Declaración Jurada en los
cuales se indique que “no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años”.
El Servicio de Salud Aysén podrá requerir al
adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar
el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas, dentro del marco
de lo permitido por la regulación nacional o internacional que sea aplicable.
En caso de que el proveedor adjudicado
registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros
estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo éste acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un
máximo de seis meses.
El Servicio de Salud Aysén, deberá exigir que
la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas
que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas
obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a terminar la relación contractual, de
acuerdo al numeral 17, letra d. “Término anticipado del contrato”, pudiendo llamarse a una
nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la etapa de evaluación la Entidad
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error
formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación de éstas.
Esta solicitud se efectuará a través del Foro
Inverso del Sistema de Información, y estos dispondrán de 48 horas, a partir de la hora y
día en que se hace la solicitud por dicho foro, para subirla al Sistema de Información antes
mencionado.
De no presentar la documentación solicitada
en esta segunda instancia o no presentarla en los plazos o términos señalados, se
desestimará la oferta, mediante el acto administrativo correspondiente.
Las rectificaciones de los errores u omisiones
detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los
oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
En tales condiciones, las Bases deberán
establecer, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales
de presentación de la oferta, asignando un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron,
dentro del plazo para presentación, con todo lo requerido.
La solicitud de la entidad de rectificación de
los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través
del Sistema de Información.
Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el
capítulo IV, párrafo 7, artículo 56, del Decreto N°661/2024 Reglamento de la Ley N°19.886 y
Artículo 9º de la misma Ley de Compras.
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