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RESOLUCION EMPATE |
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En caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
- Precio
- EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES
- Documentos formALES
En caso de persistir el empate (aplicados los criterios de desempate ya indicados) prevalecerá la oferta que primero haya ingresado al portal.
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DE LA ADJUDICACION |
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La propuesta será resuelta por Resolución del Director del Hospital San Camilo, la cual será notificada mediante publicación del acto administrativo respectivo, en el portal www.mercadopublico.cl
Cuando la adjudicación no se pueda realizar dentro del plazo estimado que se ha señalado en el artículo Nº 2 de estas Bases Administrativas, el Hospital informará en el sistema de información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación.
El Hospital aceptara la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, que cumpla con todos los requerimientos solicitados por el Establecimiento.
En caso que el adjudicatario desistiere de firmar el contrato o aceptar la orden de compra a que se refiera el inciso primero del artículo 63 de la Ley 19.886 o no cumpliese con los demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las bases establezcan algo distinto.
Si el adjudicatario se la licitación fuera una Unión Temporal de Proveedores, al momento de formalizar el contrato con el Hospital, deberán acompañar una escritura pública donde conste la misma, sin necesidad de constituir una sociedad. Además para la suscripción del contrato, cada proveedor de dicha UTP deberá estar inscrito en el registro de proveedores.
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READJUDICACION |
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El Hospital se reserva el derecho de readjudicar, en el caso de que el proveedor adjudicado, no cumpla con su oferta técnica.
En caso que el adjudicatario desistiese de suscribir el contrato, el Hospital se reserva el derecho de readjudicar la Licitación al oferente que le sigue en mejor puntaje o bien a declarar desierta la Licitación, procediendo a efectuar un nuevo proceso de Licitación utilizando las mismas Bases.
El Hospital podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas Bases, sin perjuicio de la facultad del Hospital de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases. También, podrá declarar desierta la licitación, si en el proceso no se presentaren ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del establecimiento. En ambos casos, la declaración se efectuará por Resolución fundada y será publicada en el portal mercado público.
La propuesta será resuelta por Resolución del Director del Hospital San Camilo, la cual será notificada mediante publicación del acto administrativo respectivo, en el portal www.mercadopublico.cl
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DE LA FACTURA |
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Es responsabilidad de los oferentes despachar los insumos adjudicados dentro de los horarios preestablecidos para ello, según lo señalado en el Articulo 15 DE LA ORDEN DE COMPRA, de no ser así el establecimiento no se hace responsable de certificar la recepción conforme.
El Establecimiento requiere que los despachos de los insumos, bienes y/o servicios solicitados a través de la orden de compra aceptada por el proveedor en la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl , sean enviadas con Guia de Despacho al Hospital San Camilo. La cual debe ser fiel reflejo a la orden de compra, de tal forma que exista un tiempo prudunte de aceptación de los insumos, bienes y/o servicios.
El oferente debera hacer llegar la factura a la casilla que se indica a continuación, de lo contrario será rechazada por la plataforma de Acepta, retresando los pagos centralizados programados por la tesorería General de la republica.
dipresrecepcion@custodium.com
El oferente adjudicado deberá facturar a:
NOMBRE : HOSPITAL SAN CAMILO
RUT : 61.602.038-2
DIRECCIÓN : MIRAFLORES 2085. SAN FELIPE. QUINTA REGIÓN
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DEL PAGO CENTRALIZADO |
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Los pagos serán centralizados a través de la Tesorería General de la República, previa visación y recepción conforme de la orden de compra emitida por el Hospital San Camilo.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del Estado, que realizaron despachos de insumos, bienes y/o servicios, dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES y eventualmente serán canceladas directamente por el Hospital San Camilo.
Podrá acceder directamente a consultar el estado de su pago en el siguiente link https://comprobantes.tgr.cl/
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TECNOVIGILANCIA |
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De acuerdo a la Norma Técnica N°226 sobre Obligatoriedad de Implementar un sistema de registro de datos que permita la trazabilidad de los Dispositivos Médicos, ya sean: Instrumento, equipo, aparato, material, software o artículo, incluyendo sus componentes, partes o accesorios, destinados a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o anticoncepción y que no utiliza medio farmacológico, inmunología o metabólico para realizar su función principal en seres humanos (artículo 111 del Código Sanitario o Reglamento D.S. 825/98; al momento de la recepción por Prestadores Institucionales de Salud. Los oferentes adjudicados deberán considerar en los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE): Nombre del producto, Identificación del proveedor, N° Guía/Factura, Modelo, N° Lote/Serie y Fecha de Vencimiento.
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REAJUSTE ANUAL IPC |
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Se deja constancia que el precio es un factor que incide en la adjudicación de la presente Licitación, por lo que un menor precio ofertado puede ser relevante para la selección de la oferta.
La Oferta Económica entregada debe expresarse en pesos chilenos,y debe considerar en todos los costos asociados parala correcta y oportuna entrega de los servicios en el Hospital San Camilo de San Felipe.
Una vez conocido el valor adjudicado, el valor de los insumos podrán ser reajustados anualmente por periodo vencido, considerando fecha de inicio y fecha de término del primer año, para tal efecto se utilizará la calculadora del IPC de la página https://calculadoraipc.ine.cl/
El reajuste de precios debe ser solicitado por el adjudicatario cada año, para lo cual debe enviar una carta dirigida al Director del establecimiento, hasta los 15 días hábiles anteriores al vencimiento de los doce meses (12).
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PRORROGA DE CONTRATO |
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El contrato que se suscriba entre el establecimiento y el proveedor adjudicado por la compra de insumos y/o servicios, podrá ser prorrogado por el Hospital San Camilo, con una vigencia de 12 meses o hasta no superar las 1.000 UTM. En la cual el proveedor deberá mantener los precios adjudicados manteniendo los mismos condiciones de reajustabilidad si la licitación así lo amerita y hasta que se proceda con una nueva licitación.
Dicha prorroga se hará efectiva mediante un acto administrativo, en el cual el establecimiento dictará una Resolución Exenta, la que será informada en el portal www.merecadopublico.cl.
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VISITA A TERRENO / DEMOSTRACIÓN |
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En caso que se requiera, una vez evaluadas las ofertas, las empresas que cumplan un 100% de las Especificaciones Técnicas, se solicitará una demostración obligatoria en las dependencias del Establecimiento donde cuenten con la tecnología solicitada, en el caso que no sea posible de trasladar el equipo al Hospital, esta se programará por el Servicio Clínico y será comunicada a los oferentes mediante las Aclaraciones de las Ofertas del portal www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha de cierre de las ofertas. Donde se indicará la fecha y horario que deberán presentarse en el Hospital San Camilo de San Felipe (ubicado en Avda. Miraflores Nº 2085 San Felipe. Quinta Región), o en su defecto la propuesta del oferente de la fecha y horario a que deberá presentarse la Comisión evaluadora en la Institución que presenta la tecnología solicitada.
Esta demostración permitirá al Establecimiento conocer el funcionamiento del equipo en comodato, levantándose un acta de ejecución, que será firmada por el oferente y Comisión evaluadora del Hospital San Camilo, dicha acta será subida al portal por la Unidad de Abastecimiento.
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COMODATO EQUIPO |
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El adjudicatario deberá instalar en el Hospital San Camilo de San Felipe, a su costo, el equipo necesario que permitirán el correcto funcionamiento del insumo licitado.
La supervisión y fiscalización del equipo, le corresponderá a la Enfermera Supervisora de la Unidad de Pabellón Central o a quien designe del Hospital San Camilo, quienes deberán levantar un acta de recepción conforme del equipo con visto bueno del Encargado de Inventario del Establecimiento, quienes para todos los efectos de esta contratación actuarán como Contraparte Técnica del Establecimiento.
1. Será de cargo del adjudicatario, la instalación y puesta en marcha, así como la mantención preventiva y reparativa del equipo que suministre a la Unidad con motivo del convenio, por todo el periodo de vigencia del mismo.
2. Deberá existir apoyo técnico los 365 días del año y las 24 hrs. del día en caso de falla del equipo.
3. El equipo que se suministre a la Unidad de Pabellón Central con motivo del convenio, debe ser automatizado y de primer uso. (No reacondicionado ni discontinuado).
4. Se requiere manual de usuario y manuales técnicos del equipo en español.
5. El adjudicatario debe realizar capacitación formal para todas las profesionales de la Unidad en el uso del equipo, ejecución de técnicas y manejo de datos.
6. En caso de desperfecto del equipo este debe ser reparado o reemplazado en un plazo no superior a 24 horas.
7. El adjudicatario debe instalar y dejar operativo el equipo en la sala respectiva, para su correcto funcionamiento.
8. Si por razones tecnológicas u otros motivos justificados el equipo es reemplazado, el precio de los insumos no podrá sufrir alzas.
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