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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación:
1.
Acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en
el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
2.
3.
4.
5.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación
que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código
del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo
que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos
humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando
se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas
de Naciones Unidas.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública,
ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos
o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión
y vigencia de esta.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos
que de ellos se derivase.
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen
y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Sin perjuicio de lo señalado, el oferente que resulte adjudicado y sus trabajadores,
deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar
ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse
equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en
conformidad con el Título III de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
El Proveedor deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca de
la Municipalidad de La Serena con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para
fines ajenos al mismo, y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio
revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copia, reproducir, interferir, interceptar, alterar,
modificar dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante
la vigencia del contrato o después de su finalización.
Esta prohibición afecta tanto al proveedor, a su personal directo e indirecto y a todos
aquéllos que se encuentre ligados a él en virtud del contrato con el municipio.
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