Licitación ID: 1562-25-LQ22
SERVICIO MODERNIZACIÓN SISTEMAS PROPIEDAD MINERA
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Arquitectura de sistemas 1 Global
Cod: 81111705
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MODERNIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DEL DEPARTAMENTO DE PROPIEDAD MINERA, DE LA SUBDIRECCION NACIONAL DE MINERÍA DEL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO MODERNIZACIÓN SISTEMAS PROPIEDAD MINERA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El SERNAGEOMIN requiere contratar el servicio de modernización de los sistemas de Propiedad Minera, realizando en esta etapa el levantamiento detallado de los requerimientos del nuevo sistema, análisis-diseño y arquitectura del software y modelo de datos más dos 2 prototipos funcionales de los principales módulos, administración y visualización del catastro minero más el pago de patentes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio Nacional de Geología y Minería
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
Avda. Santa María Nº 0180
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-07-2022 12:00:00
Fecha de Publicación: 16-06-2022 15:02:00
Fecha inicio de preguntas: 16-06-2022 15:16:00
Fecha final de preguntas: 24-06-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-06-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-07-2022 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-07-2022 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 19-07-2022 12:55:57
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°3
4.- ANEXO N°5
5.- ANEXO N°6
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TÉCNICO N°1
 
2.- ANEXO TÉCNICO N°2
 
3.- ANEXO TÉCNICO N°3
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA TÉCNICA DE LOS INTEGRANTES QUE CONFORM SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°14 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1043 DE FECHA 16 DE JUNIO QUE CONVOCA A LICITACIÓN 30%
2 METODOLOGÍA DE TOMA DE REQUERIMIENTOS SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°14 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1043 DE FECHA 16 DE JUNIO QUE CONVOCA A LICITACIÓN 15%
3 PLANFICACIÓN DEL PROYECTO SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°14 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1043 DE FECHA 16 DE JUNIO QUE CONVOCA A LICITACIÓN 10%
4 PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°14 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1043 DE FECHA 16 DE JUNIO QUE CONVOCA A LICITACIÓN 5%
5 EXPERIENCIA DESARROLLO DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS Ú SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°14 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1043 DE FECHA 16 DE JUNIO QUE CONVOCA A LICITACIÓN 30%
6 PRECIO DE LA OFERTA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°14 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1043 DE FECHA 16 DE JUNIO QUE CONVOCA A LICITACIÓN 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERNAGEOMIN
Monto Total Estimado: 117000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO AJUSTADO A LAS CONDICIONES REALES Y ACTUALES DEL MERCADO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 160 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EVELYN GATICA
e-mail de responsable de pago: evelyn.gatica@sernageomin.cl
Nombre de responsable de contrato: GABRIEL JELDRES
e-mail de responsable de contrato: gabriel.jeldres@sernageomin.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-24825500-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 04-09-2022
Monto: 6000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar a SERNAGEOMIN la oferta por la licitación para la contratación del servicio de modernización de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, de la Subdirección Nacional de Minería de Sernageomin”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante, en Avenida Santa María N° 0104, Providencia. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 27-03-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del servicio de modernización de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, de la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin, y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 19° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN..
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.

 

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, el que puede variar atendida la situación de emergencia que se encuentra enfrentando el país por el brote del Coronavirus 2019 (COVID-19), siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes
  2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.

 

  1. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.

  1. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº19.886, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que no podrán contratar con SERNAGEOMIN aquellos participantes que se encuentren en una o más de las situaciones que se indican a continuación:

  1. Incurrir en las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican, señaladas en el inciso 6°, del artículo 4°, de la Ley Nº19.886, para cuyo efecto el adjudicatario deberá suscribir la declaración jurada disponible en el portal www.mercadopublico.cl, que señala lo siguiente:

a)       Ser funcionario directivo de SERNAGEOMIN, o tener respecto de alguno de dichos directivos los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (cónyuge, hijo, adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive);

b)        Ser una sociedad de personas en la que formen parte los funcionarios directivos de SERNAGEOMIN, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;

c)       Ser una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en la letra a) anterior sean accionistas;

d)       Ser una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en la letra a) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.

e)       Ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

  1. Haberle sido aplicada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la medida de prohibición de contratar a cualquier título con órganos públicos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos o empresas o servicios en lo que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier  concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, en conformidad a lo dispuesto en la letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N°211, de 1973.

  1. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración.

  1. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, tener condena vigente que le prohíba celebrar actos con los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto SERNAGEOMIN consultará el Registro de personas jurídicas a las que se ha impuesto esta pena, que mantiene la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las Bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 8 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 2 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al décimo día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado Licitación para la contratación del servicio de modernización de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, de la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin”. Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.

ARTÍCULO 7º: GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA.

Para tener derecho a participar en la licitación, cada oferente deberá entregar una garantía de seriedad de su oferta PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA Y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, expresada en pesos chilenos, por la suma $6.000.000 (seis millones de pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente según el valor de la UF a la fecha de emisión del mismo.

El valor antes requerido corresponde al 5% del presupuesto disponible para esta contratación. En virtud de lo anterior, el valor requerido se justifica atendido que esta es una contratación que implica el desempeño de labores muy importantes para Sernageomin, toda vez que este Servicio, es la entidad responsable de mantener y realizar la actualización de toda la información referente a las concesiones mineras del país; ya sea concesiones mineras de exploración, concesiones mineras de explotación o concesiones salitrales. Debido a la responsabilidad que le compete al Servicio y a lo definido en la misión y objetivos estratégicos, esto es, ser el organismo técnico responsable de mantener y registrar la información, se requiere realizar todas las gestiones necesarias para llevar a cabo una revisión, migración, actualización y consiguiente una modernización de los Sistemas de Propiedad Minera que mantienen estas bases de datos.

En virtud de lo anterior, es de gran importancia asegurar que las ofertas presentadas cumplan con la seriedad que se necesita para este tipo de contratación.

La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, señalado en el artículo 8° sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas” contemplado en las presentes Bases.

La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl y/o oficinadepartes@sernageomin.cl; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.

Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante (SERNAGEOMIN, RUT N° 61.702.000-9).

Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante en los siguientes casos:

1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde; 

2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde;

3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;

4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta;

5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;

6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado; y

7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio. 

Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante, en Avenida Santa María N° 0104, Providencia.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.

 

ARTÍCULO 8°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 20 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2, del artículo 62, del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 8º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

  1. Antecedentes Generales del Proponente:
    1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886.

B.    Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886.

C.    Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

  1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

II. Oferta Técnica

La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

III. Oferta Económica

En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl  se deberá informar el precio neto de la adquisición, expresado en pesos chilenos y sin impuestos.

Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal.

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse dentro del presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $117.000.000 (ciento diecisiete millones de pesos), impuesto incluido, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles.

Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.

En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo.

Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso, cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.

Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.

ARTÍCULO 9: PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

ARTÍCULO 10º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

ARTÍCULO 11°: APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará desde el cierre de las ofertas hasta 24 horas hábiles siguientes.

Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl, en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como asimismo, cualquier otro hecho relevante.

 

ARTÍCULO 12°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES

Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl.

Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.

Se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl

SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.

En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.

ARTÍCULO 13°: SOLICITUD DE ACLARACIONES

SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

Asimismo, SERNAGEOMIN podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.  

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.

 

ARTÍCULO 14º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

A continuación, se procederá a la evaluación de las ofertas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:

  1. Jefe Departamento de Propiedad Minera, Sr. Gabriel Jeldres Vergara; Rut 17.382.480-7
  2. Jefe de la Oficina de Inteligencia de Datos, Srta. Heidi Cano Guacucano; Rut 16.468.149-1
  3. Jefe del Subdepartamento de Tecnologías de la Información, Sr. Patricio Icka Cuevas; Rut 12.485.309-5


En caso de ausencia o impedimento de algún integrante titular de la Comisión Evaluadora, nombrase en calidad de reemplazante el funcionario del Servicio don Jorge Ojeda Muñoz RUN Nº 17.177.287-7, Cargo Ingeniero Geomensor de Propiedad Minera del Sernageomin (en representación del Jefe Departamento de Propiedad Minera); a don Miguel Contreras Arenas RUN N°16.589.823-0, Cargo Ingeniero de Proyectos (en representación de la Jefa de Oficina de Inteligencia de Datos).

Los criterios objetivos de evaluación, sus factores y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Experiencia Desarrollo de Proyectos Tecnológicos en los últimos 3 años. 

30%

Experiencia Técnica, los integrantes que conforman el equipo

30%

Metodología de toma de Requerimientos

15%

Planificación del Proyecto

10%

Precio de la Oferta

10%

Presentación formal de la propuesta

5%

                                          TOTAL

100%

Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con los puntajes o notas que obtengan de acuerdo a las fórmulas contenidas en la siguiente tabla:

CÁLCULO CRITERIOS DE EVALUACIÓN 

  1. PROPUESTA TECNICA

La Oferta Técnica, debe contener todos los antecedentes solicitados en las Bases Administrativas y Técnicas, para evaluar estos criterios.

Nota

%

 La empresa demuestra experiencia en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

b) Migración de sistemas.

c) Migración de BBDD geográfica.

d) Manejo en construcción y diseño de BBDD geoespacial.

e) Manejo de infraestructura de datos geoespaciales.

f) Manejo en visualización y generación de datos georreferenciados (composición y salida cartográfica, servicio de mapas, etc.).

7

30%

 La empresa demuestra experiencia en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

b) Migración de sistemas.

e) Manejo en visualización y generación de datos georreferenciados (composición y salida cartográfica, servicio de mapas, etc.).

3

La empresa demuestra experiencia en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

b) Migración de sistemas.

1

 La empresa demuestra experiencia solo en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

0

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Cada oferente deberá presentar en su oferta un listado de proyectos tecnológicos desarrollados, indicando contacto (Empresa donde se ejecutó el proyecto, nombre contacto, teléfono, e-mail, cantidad de usuarios, período de ejecución), realizados en los últimos tres años.

  1. EXPERIENCIA TÉCNICA, LOS INTEGRANTES QUE CONFORMAN EL EQUIPO.

Nota

  %

"Los integrantes del equipo técnico propuesto para el proyecto demuestran experiencia para complementar en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

b) Migración de sistemas.

c) Migración de BBDD geográfica.

d) Manejo en construcción y diseño de BBDD geoespacial.

e) Manejo de infraestructura de datos geoespaciales.

f) Manejo en visualización y generación de datos georreferenciados (composición y salida cartográfica, servicio de mapas, etc.).

g) Desarrollo de software relacionado a pagos."

7

30%

 Los integrantes del equipo técnico propuesto para el proyecto demuestra y complementan experiencia en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

b) Migración de sistemas.

e) Manejo en visualización y generación de datos georreferenciados (composición y salida cartográfica, servicio de mapas, etc.).

3.

Los integrantes del equipo técnico propuesto para el proyecto demuestra y complementan experiencia en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

b) Migración de sistemas.

1

 Los integrantes del equipo técnico propuesto para el proyecto demuestra y complementan experiencia en:

a) Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

0

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará el Curriculum del equipo de trabajo propuesto para el proyecto, el cual debe identificar explícitamente la experiencia en los temas requeridos e indicar su rol en cada uno de los proyectos presentados.

3. METODOLOGÍA DE TOMA DE REQUERIMIENTOS

Nota

 %

a) La propuesta presenta una estrategia de trabajo para la toma de requerimientos que puede ser comprobada con antecedentes de proyectos anteriores de al menos 3 años atrás (indicar la empresa donde se ejecutó el proyecto, el tiempo de implementación, documentación asociada a la toma de requerimientos a la generación de acuerdos y a la diagramación de estos, nombre de contacto, teléfono y e-mail).

7

15%

b) La propuesta presenta una estrategia de trabajo para la toma de requerimientos que no puede ser comprobada con antecedentes de proyectos anteriores en su totalidad.

3

c) La propuesta no presenta una estrategia de trabajo para la toma de requerimientos.

Queda fuera de Evaluación y en consecuencia la oferta será declarada inadmisible.

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará la estrategia y método para la toma de requerimientos junto a la documentación que respalda dicha etapa.

4. PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO.

*VER GLOSARIO DE TÉRMINOS AL FINAL DEL CUADRO.

Nota

 %

a) La propuesta incluye planificación para diseño y construcción de sistemas basada en metodología para toma de requerimientos y metodología ágil para implementación, orientada a objetivos, se ajusta a los hitos requeridos, genera entregables medibles y esta planificada hasta el 31 de diciembre del 2022.

  1. La propuesta posee un número de integrantes superior al equipo base (jefe de proyecto, arquitecto, analista, desarrollador), identificando perfiles con experiencia, así como el apoyo entre pares (reuniones internas) para la toma de decisiones y solución a posibles conflictos, informando el % de uso de los integrantes.
  2. La propuesta posee metodología PMI con un integrante certificado PMP.
  3. La propuesta identifica y visualiza la liberación progresiva del producto mínimo viable según la etapa.
  4. La propuesta identifica e informa los supuestos considerados para el proyecto.

*El oferente debe cumplir con todos los puntos solicitados para adjudicar puntaje *

7

10%

b) La propuesta incluye planificación para diseño y construcción de sistemas basada en metodología para toma de requerimientos y metodología ágil para implementación, orientada a objetivos, se ajusta a los hitos requeridos, genera entregables medibles y esta planificada hasta el 31 de diciembre del 2022.

  1. La propuesta posee un número de integrantes superior al equipo base (jefe de proyecto, arquitecto, analista, desarrollador), identificando perfiles con experiencia, así como el apoyo entre pares (reuniones internas) para la toma de decisiones y solución a posibles conflictos, informando el % de uso de los integrantes.
  2. La propuesta posee metodología PMI con un integrante certificado PMP.
  3. La propuesta identifica y visualiza la liberación progresiva del producto mínimo viable según la etapa.
  4. La propuesta identifica e informa los supuestos considerados para el proyecto.

*El oferente cumple con 3 de todos los puntos solicitados para adjudicar puntaje **

3

c) La propuesta incluye planificación para diseño y construcción de sistemas basada en metodología para toma de requerimientos y metodología ágil para implementación, orientada a objetivos, se ajusta a los hitos requeridos, genera entregables medibles y esta planificada hasta el 31 de diciembre del 2022.

  1. La propuesta posee un número de integrantes superior al equipo base (jefe de proyecto, arquitecto, analista, desarrollador), identificando perfiles con experiencia, así como el apoyo entre pares (reuniones internas) para la toma de decisiones y solución a posibles conflictos, informando el % de uso de los integrantes.
  2. La propuesta posee metodología PMI con un integrante certificado PMP.
  3. La propuesta identifica y visualiza la liberación progresiva del producto mínimo viable según la etapa.
  4. La propuesta identifica e informa los supuestos considerados para el proyecto.

*El oferente cumple con 2 o menos de los puntos solicitados o supera la fecha de término del 31 de diciembre del 2022*

Queda fuera de Evaluación y en consecuencia la oferta será declarada inadmisible.

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará la planificación detallada.

  1. Propuesta Administrativa.

6.PRECIO DE LA OFERTA, este criterio será evaluado con la revisión del anexo económico N°4. Si la oferta supera el presupuesto disponible el cual se encuentra prefactado con fecha 9 de mayo de 2022, en el sistema de gestor documental EX6329/2022, quedará fuera de evaluación y en consecuencia la oferta será declarada inadmisible.

a) El precio más económico tendrá la máxima nota y las demás ofertas, serán evaluadas de manera inversamente proporcional a la oferta más económica, según la siguiente fórmula:

7

10%

(Precio Oferta Menor) x (7)

      (Precio Oferta)

b) No informa o supera el presupuesto disponible

Queda fuera de Evaluación y en consecuencia la oferta será declarada inadmisible.

7.Presentación formal de la propuesta

a) Cumple con todos los antecedentes solicitados en las Bases de Licitación.

7

5%

b) Presenta antecedentes omitidos dentro del plazo indicado.

3

c) No informa

Queda fuera de Evaluación y en consecuencia la oferta será declarada inadmisible.

 

*Glosario Criterio Planificación del Proyecto:

Supuestos: Se identifica como tareas o acuerdos, sobre las cuales la planificación puede avanzar. Ejemplo de Supuestos:

  • Validación por parte de Sernageomin de los cuestionarios a ejecutar para la toma de requerimientos.
  • Entrega de credenciales para acceso a sistemas.
  • Tiempos de negociación.
  • Acuerdos para entrega de hitos.

Nota mínima para adjudicar: 4,8

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.

 

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.

Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Experiencia del proveedor en proyectos
  2. Experiencia del equipo
  3. Metodología
  4. Planificación
  5. Precio Oferta
  6. Presentación formal de la propuesta

En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta del proveedor que primero haya ingresado su oferta en el portal de mercado público.

De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de lo siguiente:

a)     Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.

b)     Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.

c)     La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

d)     El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.

ARTÍCULO 15º: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:

a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.

b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.

La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo de la SERNAGEOMIN, dentro de 10 días corridos contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.

Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.

Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.

Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en dicho Registro de proveedores de Mercado Público, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles corridos desde que el SERNAGEOMIN le notifique la adjudicación de su oferta.

Readjudicación

                                        

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, SERNAGEOMIN tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de cuatro días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 4 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del mismo plazo de 4 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior, no procederá en caso que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.

ARTÍCULO 16º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por SERNAGEOMIN dentro de 15 días corridos contados desde la notificación efectuada en conformidad al artículo precedente, a menos que SERNAGEOMIN requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo la entidad adjudicataria entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de SERNAGEOMIN, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.

ARTÍCULO 17°: ANTECEDENTES PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO

Para proceder a la firma del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl.

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho Registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 5 días corridos desde que el SERNAGEOMIN le comunique la adjudicación de su oferta.

Tratándose de una Unión de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo denominado “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la unión temporal que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá entregar a SERNAGEOMIN, la información y documentación que a continuación se indica:

  1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

  1. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una entidad privada, certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N°30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C, inciso segundo, del Código del Trabajo.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá hacer entrega de una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones

  1. Nombre completo y dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión del contrato a que dé lugar la presente licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo sobre “Administración del Contrato” de las Bases de Licitación.

  1. Información necesaria para realizar los pagos que correspondan.

  1. La siguiente información legal de la adjudicataria, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N°20.659:

1.   Tratándose de personas jurídicas:

a)    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

b)    Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.

c)    Copia del Rol Único Tributario.

  1. Tratándose de personas naturales:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad y Fotocopia del RUT si lo tuviere

  1. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:

  1. Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal, a menos que dicha escritura púbica haya sido presentada al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.

  1. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes.

Se deja constancia de que en caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo y en la forma que establezca SERNAGEOMIN al efecto, SERNAGEOMIN dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de las mismas Bases.

ARTÍCULO 18°: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, con anterioridad a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA, y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, EXPRESADA EN PESOS CHILENOS, por la suma equivalente al 10% del monto total del contrato, impuestos incluidos (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá comprender el plazo total del contrato más 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo.

Se debe tener presente que, tratándose de empresas de menor tamaño, esta garantía será del 5% del monto total del contrato, impuestos incluidos.

La garantía se debe tomar a nombra de SERNAGEOMIN RUT N°61.702.000-9, podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl y/o oficinadepartes@sernageomin.cl; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del servicio de modernización de los sistemas del Departamento de Propiedad Minera, de la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin, y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Esta garantía podrá hacerse efectiva especialmente en los siguientes casos:

a)    Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista con sus trabajadores.

b)    Si el contratista no paga las multas cursadas dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la notificación de la resolución fundada que dispuso su aplicación.

c)    Si el contrato termina en forma anticipada por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales del contratista, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases.

Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos indicados en este artículo, durante toda la vigencia del respectivo contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.

Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 19° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.

Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante.

El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.

ARTÍCULO 19°: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

En caso de que la entidad contratada incurra retrasos en la prestación del servicio, se le aplicara una multa de acuerdo a lo que se indica en la tabla a continuación, que sea imputable al proveedor adjudicado:

Infracción

Multa

Ejecución del servicio contratado fuera del plazo señalado en la oferta del proveedor adjudicado.

5 U.T.M. por cada día de atraso.

Normas para la aplicación de multas.

La decisión sobre la aplicación de la multa será notificada a la contratante, mediante carta certificada, indicándosele claramente la causa que da origen al incumplimiento, el monto de la multa y las instrucciones para el pago. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, debiendo ser pagada la multa dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la notificación.

El contratante podrá presentar a SERNAGEOMIN sus descargos respecto de la aplicación de la multa, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación (hechos o circunstancias constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor). Dicho reclamo deberá presentarse por escrito, e ingresarse a través de la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN.

Toda reclamación presentada extemporáneamente será desechada de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal o por una vía distinta a la señalada, se considerará como no oficial y, por lo tanto, carente de validez administrativa.

SERNAGEOMIN resolverá, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su recepción la reclamación presentada; acogiendo los fundamentos dados por el contratante, o bien rechazándolos, confirmando así la aplicación de la multa respectiva.

Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratante haya presentado reclamación, o bien rechazada la reclamación presentada, la aplicación de las multas se formalizará mediante la correspondiente resolución fundada, que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y se ejecutará unilateral y administrativamente por SERNAGEOMIN, deduciendo su valor de los pagos que corresponda cursar a la empresa, lo anterior sin perjuicio de los recursos administrativos a que haya lugar.

La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de la factura, reteniéndose únicamente el monto de las multas. El monto deducido por concepto de multa se pagará al adjudicatario o se retendrá definitivamente, en cuanto se conozcan las resultas de los recursos presentados, o hayan transcurrido los plazos previstos al efecto por la Ley N°19.880 sin que el interesado haya impugnado la respectiva resolución.

ARTÍCULO 20°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

El contrato que se celebre a consecuencia del presente proceso licitatorio entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022, a contar de esa fecha o, desde que, por razones de buen servicio, y con el objeto de no afectar el desarrollo de las actividades del Servicio Nacional de Geología y Minería, se inicie la prestación del servicio. No obstante, los pagos correspondientes quedaran suspendidos y supeditados a la total tramitación de la referida resolución. 

Lo anterior se entiende sin perjuicio del término por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, como asimismo de la posibilidad de SERNAGEOMIN de poner término anticipado al contrato, en cualquier tiempo, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al adjudicatario con una anticipación de a lo menos 30 (treinta) días corridos a la fecha de término deseada.

Por su parte, el contrato terminará en forma anticipada, si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Si el adjudicatario muestra incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave, las siguientes situaciones:

a) Si, en caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el adjudicatario no acredita que la totalidad de dichas obligaciones se encuentra liquidada al cumplirse 6 (seis) meses de ejecución del contrato. En caso de una Unión Temporal de Proveedores, esta obligación será exigible respecto de cada uno de sus integrantes.

b) Ceder o transferir, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.

c) Acumular por concepto de aplicación de multas establecidas en el artículo sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, la suma de 25% del valor del contrato adjudicado, en cuyo caso será considerado como incumplimiento grave.

d) Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, también se considerará incumplimiento grave:

                             i.    Disolución de la unión.

                            ii.    Si, al determinar qué antecedentes presentarían para ser considerados en la evaluación respectiva, los integrantes de la misma hubieren ocultado información relevante para la ejecución del contrato.

                           iii.    Retiro de uno de sus integrantes, si éste reunía una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de las ofertas.

                           iv.    En caso de que uno de sus integrantes incurra en una causal de inhabilidad para contratar con la Administración, y si a consecuencia de este retiro la unión no pueda seguir prestando los servicios en los términos ofertados.

                            v.    La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En tal, circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica.

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

  1. Si el adjudicatario se encontrare en notoria insolvencia, o si adquiriese la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación.

  1. Si el adjudicatario no da cumplimiento a cada hito de la ejecución del citado contrato.

En caso de producirse el término del contrato por las causales expresadas en los numerales anteriores, SERNAGEOMIN podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con la sola excepción de la causal expresada en el numeral 2.

El término anticipado del contrato en conformidad a lo dispuesto en este artículo no dará en caso alguno derecho a indemnización para el adjudicatario, sin perjuicio de que serán pagados todos los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de la comunicación efectuada por carta certificada, o de la notificación de la resolución que pone término al contrato, en su caso.

 

ARTÍCULO 21º:  PAGOS

El pago de los servicios contratados mediante el presente proceso de licitación se efectuará en 5 cuotas, de conformidad al detalle de los hitos que se indican en el cuadro siguiente. Cada cuota se pagará mediante la plataforma de pago centralizado a través de Tesorería General de la República, dentro de los 30 días siguientes, contados desde la fecha de emisión de la factura respectiva, y i. previa recepción conforme de los servicios prestados emanada del Jefe del Departamento de Propiedad Minera, la Jefa del Departamento de Inteligencia de Datos y el Jefe del Subdepartamento de Tecnologías de la Información ii. Acreditación por parte de la adjudicataria, del cumplimiento de todas sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. El cumplimiento de las prestaciones recién señaladas deberá ser informado documentalmente, antes de cada cobro.

El detalle de los hitos de pagos será el siguiente:

Nro.

Entregable

Estado

%

01

  1. Contrato Firmado
  2. Planificación del Proyecto Aprobada por ambas partes

2.1. Documento de Estrategia de implementación del proyecto.

2.2. Documento de Definición Equipo Trabajo y Responsabilidades.

2.3. Cronograma Definición Tareas Gestión y Control de proyecto.

2.4. Documento de Metodología para controlar el avance del proyecto (incluir reuniones presenciales de seguimiento)

Entrega Final

10%

Plazo Máximo entrega

(10 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra

02

  1. Informe de requerimientos

1.1. Diagrama de los Procesos actualizados.

1.2. Descripción de los Procesos actualizados.

1.3. Descripción de los requerimientos.

  1. Informe de Análisis y Diseño

2.1. Layout del informe

Entrega Final

20%

(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

03

  1. Informe de Análisis y Diseño

1.1. Diagrama de los Procesos actualizados.

1.2. Diagrama del mapa conceptual del sistema.

1.3. Diagrama del mapa de los procesos que incluirá el sistema general

1.4. Descripción de los casos de uso principales por cada módulo del sistema.

1.5. Diagrama del modelo de datos lógico y físico de la solución de almacenamiento.

1.6. Diseño conceptual de los procesos a generar producto de la migración de los datos del sistema actual.

1.7. Diagrama del modelo de arquitectura tecnológica.

1.8. Mockups de visualización del flujo de datos e interacción de usuarios con las funcionalidades principales de todos los módulos que debe tener el sistema general.

Entrega Final

30%

(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

04

  1. Piloto de migración

1.1. Scripts del modelo físico.

1.2. Scripts con las rutinas de migración.

1.3. Informe que documente el ejercicio.

(los componentes construidos, las reglas del negocio a ser tomadas en cuenta, reglas de validación de datos que deben aplicarse, las acciones que deberán tomarse en caso de que los datos a migrar presenten ambigüedades o contradicciones, e indicar que sucederá con los campos de las nuevas estructuras que antes no eran necesarios)

  1. Prototipos Funcionales

2.1. Prototipo módulos de administración y visualización de Catastro Minero

2.2. Prototipo del pago de patentes

2.3. Informe del plan de pruebas y sus resultados

Entrega Final

30%

(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

05

  1. Informe de implementación/Plan futuro

3.1. Informe con la propuesta de la siguiente etapa de implementación que contenga el roadmap, recursos (costos, personas, licencias, etc.) y riesgos con los supuestos.

Entrega Final

10% 

(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

De cada cuota del precio se deducirá el valor de las multas aplicadas, cuando proceda.

En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.

SERNAGEOMIN exigirá al adjudicatario que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, el adjudicatario también podrá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a SERNAGEOMIN a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores lo descrito en los incisos precedentes deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes, y las consecuencias establecidas se harán efectivas en caso que cualquiera de ellos se encuentre en las situaciones descritas.

En caso de término anticipado del contrato, SERNAGEOMIN procederá a la liquidación del mismo, de manera de pagar únicamente el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados.

Los pagos serán realizados mediante transferencia electrónica de fondos, para cuyo efecto el adjudicatario deberá proporcionar, en forma previa a la emisión de la póliza, la información necesaria para realizar esta transferencia.

El precio convenido en el contrato no estará afecto a reajustes.

 

ARTÍCULO 22°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N°61.702.000-9, indicando con claridad el N° ID de la orden de compra, debiendo ingresarse exclusivamente a través de la casilla sernageominrecepcion@custodium.com.

En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº19.983 que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Factura, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de 8 días corridos, desde su notificación electrónica para reclamar en contra de su contenido.

Se deja constancia que las facturas que correspondan sólo podrán presentarse una vez que los servicios hayan sido efectivamente prestados, a total satisfacción de SERNAGEOMIN, de manera que no se admitirá facturación por anticipado. SERNAGEOMIN procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas con anterioridad a la prestación de los servicios contratados.

 

ARTÍCULO 23: ACREDITACIÓN DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES.

El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores.

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores.

Si por cualquier causa SERNAGEOMIN dejara de efectuar o se abstuvieran de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

SERNAGEOMIN se reservan el derecho a exigir al contratista, en cualquier momento durante la vigencia de esta contratación, y a simple requerimiento del Encargado de Contrato, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de SERNAGEOMIN, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta. En tal caso, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la firma del contrato correspondiente no significará en caso alguno que el contratista, o sus trabajadores, adquieran la calidad de funcionarios de SERNAGEOMIN.

 

ARTÍCULO 24: COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTRATISTA.

El contratista deberá observar durante la ejecución del contrato a que dé lugar el presente proceso de licitación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.

Dichos estándares de probidad exigibles al contratista se equiparán a los aplicables a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Se deja constancia de que en caso que el oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como, dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de Corfo o del Comité, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proponente y SERNAGEOMIN; dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la evaluación de las ofertas, adjudicación, o celebración del contrato a que dé lugar la presente licitación; tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN; se procederá a declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, ejecutándose la respectiva garantía de seriedad de la oferta o fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 25º: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tengan acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.

En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.

El contratista bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

En consecuencia, la contratista:

  1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.
  2. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.
  3. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.
  4. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.
  5. Deberán custodiar la información recibida a fin que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.

La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.

La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.

En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

 

ARTÍCULO 26º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica, la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.

 

ARTÍCULO 27º: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

La Adjudicataria deberá informar a SERNAGEOMIN, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con SERNAGEOMIN.

La Contraparte, representará a la adjudicataria para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por SERNAGEOMIN. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo de la adjudicataria.

No obstante, lo anterior, y previa comunicación escrita a SERNAGEOMIN, la Adjudicataria podrá designar a otra persona para que, en caso de ausencia de la Contraparte, lo reemplace o haga las veces de tal.

Por su parte, SERNAGEOMIN designará como encargado del contrato a que dé lugar la presente licitación al funcionario Heidi Cano Guacucano, Rut: 16.468.149-1, Jefa de Oficina de Inteligencia de Datos ubicada en Miraflores 383 piso 23 para que ejerza la función de responsable de Contrato en representación de SERNAGEOMIN.

Al responsable del Contrato de SERNAGEOMIN le corresponderá la coordinación y control del cumplimiento oportuno y eficiente de las obligaciones del Adjudicatario, siendo responsable, entre otras, de dar visto bueno de conformidad a los servicios para efectos de proceder a las facturaciones que correspondan, aceptar o rechazar las facturas presentadas, gestionar la aplicación de las multas y/o término anticipado cuando corresponda, velar por la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento u otras comprometidas.

Previa comunicación escrita a la Contraparte, SERNAGEOMIN podrá designar a otro funcionario para que, en caso de ausencia del Encargado de Contrato, lo reemplace o haga las veces de tal.

 

ARTÍCULO 28°:  PROHIBICION DE CESIÓN DEL CONTRATO

El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.

 

ARTÍCULO 29°: MODIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES

La contratación podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no se altere la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. SERNAGEOMIN podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato en más de un 30%.

Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por el acto administrativo pertinente, totalmente tramitado y deberá ir acompañada de la ampliación o reducción de la vigencia del contrato, cuando corresponda.

 

ARTÍCULO 30°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN

Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

ARTÍCULO 31°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.

Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.

BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO 32°: OBJETIVO DE LA LICITACIÓN.

  1. INTRODUCCIÓN

De acuerdo con lo señalado en la Ley N°18.248, del Ministerio de Minería, que aprueba el Código de Minería, en el artículo 241, se establece que este Servicio llevará el Catastro Nacional de Concesiones Mineras. Para facilitar su confección, el Servicio mantendrá un Registro Nacional de éstas, en el cual se incluirán, entre otras menciones, las coordenadas U.T.M. de las concesiones cuyos vértices estén determinados en tales coordenadas.

Deben incluirse en el citado registro tanto las concesiones constituidas con arreglo a ese sistema de coordenadas, como aquellas -constituidas de acuerdo con un sistema diferente- cuyos vértices pasen a quedar determinados en coordenadas U.T.M.

El registro se llevará considerando exclusivamente las copias que los conservadores deben enviar al Servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.

De conformidad a la normativa citada precedentemente, Sernageomin es la entidad responsable de mantener y realizar la actualización de toda la información referente a las concesiones mineras del país; ya sea concesiones mineras de exploración, concesiones mineras de explotación o concesiones salitrales. Es así como a través del Catastro Nacional de Concesiones Mineras constituidas se reflejan los cambios de índole administrativos y técnicos de estas, lo que generalmente constituye una modificación a los pagos que estas mismas deben cancelar por conceptos tributarios.

Debido a la responsabilidad que le compete al Servicio y a lo definido en la misión y objetivos estratégicos, esto es, ser el organismo técnico responsable de mantener y registrar la información, se requiere realizar todas las gestiones necesarias para llevar a cabo una revisión, migración, actualización y consiguiente una modernización de los Sistemas de Propiedad Minera que mantienen estas bases de datos.

Esta necesidad de revisión, migración y actualización de los sistemas, surgen a raíz de la próxima entrada en vigencia de Ley N°21.420, del 4 de febrero de 2022, que Reduce o Elimina Exenciones Tributarias que indica, del Ministerio de Hacienda, en adelante la “Ley N°21.420”, constituye a la fecha la mayor modificación a la tramitación y proceso de amparo de patentes mineras de las últimas décadas (en cuanto al régimen de concesiones mineras se refiere), por lo que es prioritario y fundamental la implementación de un sistema o plataforma tecnológica que permita realizar todas las nuevas medidas que se dictan en la Ley N°21.420, de lo contrario no existe factibilidad técnica para llevar a cabo dicho cometido. Esta Ley entregó nuevas funciones al Sernageomin, encontrándose dentro de las más importantes y prioritarias las siguientes: Modifica el Datum al cual se refieren las coordenadas de las concesiones mineras, lo cual afecta a todos los titulares y a la inversión minera del país; Realizó modificaciones en el cobro de patentes mineras, lo cual posibilita el pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU) para la población más vulnerable de nuestra nación; reduce los plazos en la tramitación del proceso de Constitución de Concesiones Mineras; Elimina la operación de mensura, como la materialización en terreno de los hitos; entre otros. Todo lo anterior obliga al Servicio a realizar estas modificaciones en un corto plazo y sin excepción, dado que la Ley entra en vigencia en el mes de febrero del año 2023.

Los análisis y posibles modificaciones sobre los sistemas entregan un diagnóstico nulo sobre la adaptación de los mismos, debido a la importante obsolescencia en cuanto a la mantención de los sistemas actuales con que cuenta el Departamento de Propiedad Minera, y su deficiente o totalmente ausente adaptación nativa de integración con el ecosistema de información del Servicio y menos aún con otras reparticiones del Estado como Tesorería General de la República, Conservadores de Minas y el Poder Judicial, entre otros.

Dentro de los riesgos detectados se identifica una eventual pérdida de adaptación e integridad de la información, fallos de seguridad de la información de carácter malicioso, seguidos de fallos propios del sistema que imposibiliten su recuperación, entre otros, limitando así la integridad de las BBDD. La escalabilidad de los softwares y la interoperabilidad con las diversas áreas del Servicio hoy se informa como nula o de muy alto costo en su adaptación.

A la fecha los sistemas de Propiedad Minera que acceden a las bases de datos cuentan con las siguientes características principales;

-          Se visualizan con máquinas virtuales de Windows 98

-          Las bases de datos de Propiedad Minera utilizan motores Oracle 7 – MySql – POSTGRES

-          Las aplicaciones Core están implementadas sobre tecnología visual basic 6.0 y forms3

De conformidad a los antecedentes expuestos, la nueva Ley N° 21.420 implementará cambios importantes en el proceso de Constitución de Concesiones Mineras, el cual impacta directamente al quehacer del Servicio. En esta nueva norma, que entra en vigencia en febrero 2023, se indican una serie de nuevas funciones que debe realizar el Servicio, tomando como la principal realizar la entrega de las coordenadas en el nuevo sistema de referencia Datum SIRGAS. Lo anterior pone en un riesgo grave el proceso de Constitución de Concesiones Mineras, dado que Sernageomin no posee la infraestructura ni plataforma para realizar esta labor.

Asimismo, en base a los compromisos estratégicos del Servicio y de Gobierno, se encuentra la modernización de los sistemas informáticos que posee cada institución, de tal forma que se pueda brindar un mejor servicio hacia la ciudadanía y una interconexión entre los distintos entes reguladores (permisos sectoriales – solicitudes judiciales – Entre otros).

  1. CONTEXTO GENERAL

  1. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE MINERÍA Y EL ROL DE PROPIEDAD MINERA

La estructura organizacional de la Subdirección Nacional de Minería se basa en cinco (05) departamentos operativos y una (01) Oficina transversal a todos los procesos operativos (Inteligencia de Datos).

Diagrama Descripción generada automáticamente

Fig. II.1 Organigrama general del Departamento de Propiedad Minera

A nivel central el Departamento de Propiedad Minera realiza las labores referentes a actualizar información a través de rutinas diarias realizadas por el Subdepartamento de Tecnologías de la Información, para la visualización del catastro minero nacional, el cual se ejecuta consumiendo información directa desde la base de datos, la que se visualiza mediante procesos asociados a Sistemas de Información Geográfica, específicamente de ESRI. Las concesiones geotérmicas revisadas por el Departamento realizan su actualización anualmente de forma manual.


Fig. II.2 Organigrama general del Departamento de Propiedad Minera

La información pertinente a la asistencia técnica en Propiedad Minera, fiscalizaciones, evaluación de proyectos mineros, investigación de accidentes, propuestas de sanción, entre otros, proviene en su gran mayoría de las oficinas Regionales que se encuentran a lo largo del País. En dichas Direcciones Regionales, a través de los ingenieros fiscalizadores, ingenieros de proyectos y asistentes técnicos, se recopila la mayor cantidad de los datos que alimentan a la Subdirección Nacional de Minería.

Por otro lado, la Unidad de Rol Minero se encarga de asignar los roles nacionales a partir del pago de la patente proporcional (concesión de exploración, mediante el formulario de pago FORM41 o de explotación, con el formulario de pago FORM40, ambos de la Tesorería General de la República). Además, se ingresan datos que son aportados por los concesionarios, Conservadores de Minas, Juzgados y Tesorería. El ingreso de datos administrativos de las concesiones mineras permite mantener actualizada la base datos de Propiedad Minera a través de los sistemas de información SELMIN y SYSPMIN.

Propiedad Minera en las Direcciones Regionales tiene la responsabilidad de revisar en terreno y en gabinete, las mensuras mineras (concesiones de explotación en trámite), informando los aspectos técnicos a los tribunales de justicia de su jurisdicción. Del mismo modo, les corresponde a las áreas del Departamento de Propiedad Minera en las Direcciones Regionales, informar los aspectos técnicos de las solicitudes de sentencia de las concesiones de exploración en trámite. Esto último, sólo requiere de trabajo en gabinete.

La calificación de Peritos Mensuradores (quienes realizan las mensuras), también forma parte de las competencias del Departamento, los cuales son evaluados de acuerdo con la idoneidad del trabajo técnico que presentan, debiendo los sistemas contar con fórmulas que permitan dicha evaluación.


Las áreas o clientes internos con las cuales se relaciona el Departamento de Propiedad Minera son los siguientes:

  • Dirección Nacional
  • Subdirecciones Nacionales
  • Direcciones Regionales
  • Jefaturas y funcionarios en general

También, el Departamento de Propiedad Minera está en contacto con diversas instituciones externas tales como:

  • Ministerio de Minería
  • Tribunales
  • Conservadores de Minas
  • Tesorería General de la República
  • Ministerio de Energía
  • Comisión Nacional de Energía
  • Comisión Chilena del Cobre
  • Boletines Oficiales de Minería de la Nación
  • Peritos Mensuradores Mineros
  • Empresas Mineras (Grandes-Medianas-Pequeñas; Públicas y Privadas)
  • Concesionarios Mineros en General
  • Estudios Jurídicos Especializados en Minería
  • Dirección de Fronteras y Límites del Estado
  • La Subsecretaría de Desarrollo Regional
  • El Instituto Geográfico Militar.
  1. .

Sernageomin ha efectuado un análisis a los sistemas implementados y que se encuentran en funcionamiento dentro del Departamento de Propiedad Minera, detectando una urgencia en la modificación y adaptación de los sistemas de acuerdo a los lineamientos de la normativa legal vigente.

Los análisis y posibles modificaciones sobre los sistemas entregan un diagnóstico nulo sobre la adaptación de los mismos, debido a la importante obsolescencia en cuanto a la mantención de los sistemas actuales con que cuenta el Departamento de Propiedad Minera, y su deficiente o totalmente ausente adaptación nativa de integración con el ecosistema de información del Servicio.

Dentro de los riesgos detectados se identifica una eventual pérdida de adaptación e integridad de la información, fallos de seguridad de la información de carácter malicioso, seguidos de fallos propios del sistema que imposibiliten su recuperación, entre otros, limitando así la integridad de las bases de datos. La escalabilidad de los softwares y la interoperabilidad con las diversas áreas del Servicio hoy se informa como nula o de muy alto costo en su adaptación.

A la fecha los sistemas de Propiedad Minera que acceden a las bases de datos cuentan con las siguientes características principales;

  • Se visualizan con máquinas virtuales de Windows 98
  • Las BBDD de Propiedad Minera utilizan motores Oracle 7 – MySql – POSTGRES
  • Las aplicaciones Core están implementadas sobre tecnología visual basic 6.0 y forms3. 

Otras características importantes de los sistemas y BBDD

•    135 usuarios se encuentran registrados en la base.

•    La base cuenta con 153 tablas actualmente SELMIN.

•    La base de SYSPMIN mantiene 206 tablas.

•    6 vistas en SYSPMIN y 16 Vistas en SELEMIN.

•    Todas las tablas de SYSPMIN pertenecen al TABLASPACE de EXPLOTACION.

•    Muchas de las tablas no tienen llave única y solo se manejan con indexación de alguno de sus campos para mejorar el rendimiento.

•    No existen relaciones en las tablas, por ende, se asume que pueden existir problemas de integridad en la información.

•    Existen 5 DBLink obsoletos.

•    Algunas vistas se utilizan para compensar la falta de integridad de la información, buscando registros vacíos o inconsistencia. Situación que puede controlarse mejor en un modelo relacional.

•    Varias de las vistas hacen referencia a que existe homologación de campos.

•    EXPLOTACION es el esquema más grande dentro de la base.

•    Algunas tablas como COVERPER y COPOLPER del esquema SELMIN son las tablas con más registros en la base, con un aproximado de 600.000 registros. En cambio, SYSPMIN triplica la cantidad de transacciones, llegando a en promedio a 1.5 millones promedio en las tablas con más registros. Las tablas ETFORPAG y CAT_OL_MOV_DIARIOS son las con mayor tamaño dentro del esquema SYSPMIN.

  1. ANTECEDENTES DEL REQUERIMIENTO.

De acuerdo a lo identificado en el punto “Problemática General”, la estrategia definida para abordar esta necesidad se dividió en tres (3) etapas, la primera etapa iniciada el 2021 con un diagnóstico de levantamiento de los sistemas y procesos actuales, continuando para este año 2022 con la etapa que permita desarrollar la reingeniería de los procesos, levantamiento detallado de los requerimientos del sistema, análisis-diseño de arquitectura y modelo de datos, más dos (2) prototipos funcionales con un alcance a definir al cierre de la etapa de análisis, incluyendo los lineamientos proyectados de la siguiente etapa de implementación y puesta en producción.

Por tanto, el proyecto general contempla la migración de las plataformas tecnológicas, confeccionando e identificando el corazón de Propiedad Minera, pudiendo separar la estructura del servicio con lo medular de la propiedad, realizando una integración, de forma nativa y transparente, con el resto de los sistemas que se utilicen dentro de la revisión de los expedientes (como el caso de la revisión gráfica de coordenadas).  A su vez, se busca crear un modelo de integración bidireccional con el resto de las bases de datos cuyo nuevo diseño sea capaz de responder a las solicitudes generadas desde la Subdirección Nacional de Minería, como son; Faenas Mineras; Fiscalizaciones; Proyectos de explotación; Planes de Cierre; entre otros.

Este último punto es fundamental a la hora de la toma de decisiones y/o el manejo de la información nueva e histórica que se requiere para los estudios y análisis correspondientes. La propiedad minera corresponde al primer escalón del negocio minero, y hoy en día, se encuentra aislado tecnológicamente del resto de los procesos que se efectúan en el transcurso de su vida útil.

A continuación, se describen los objetivos que se necesitan alcanzar para cerrar el proyecto en su totalidad:

4

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El proyecto tiene como finalidad obtener un sistema unificado e integrado, que se encuentre desarrollado sobre nuevas tecnologías gráficas y lenguajes de programación, de fácil acceso en múltiples dispositivos.

Este sistema debe estar implementado sobre arquitectura modular y cloud (posible arquitectura cluster), ya que formaría parte del ecosistema de la Subdirección Nacional de Minería, siendo utilizada 24*7 en todo el país.

Esta nueva plataforma debe acceder a información histórica, la cual debe interactuar de forma transparente con la que se genere con el nuevo sistema en explotación productiva.

  1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

A continuación, se describen los objetivos específicos del proyecto general que se desea implementar.

  • Dotar al Departamento de Propiedad Minera de un único sistema de información que permita gestionar en forma eficaz - efectiva información técnica y administrativa de las concesiones mineras.
  • Visualización de mapas georreferenciados con coordenadas antiguas y nuevas según sean almacenadas.
  • Integración transparente con el menor impacto tecnológico con otras entidades del estado (documentar e implementar vía de conectividad con Poder Judicial, Tesorería General de la República, entre otros).
  • Dotar al aplicativo de un sistema de pago vía web (La entidad de pago debe ser acordada con el servicio)
  • Unificar e integrar los procesos propios del departamento de Propiedad Minera integrándose al nuevo catastro minero.
  • Dotar al sistema de una arquitectura e implementación activo – activo.
  • Implementar el módulo que permita la administración concerniente al proceso de propiedad minera asociado a la mantención del Catastro Minero como tal, administrando la información técnica, administrativa, visualizaciones, reportabilidad, entre otros.

Sobre los requerimientos funcionales del proyecto general se anexan en este documento como parte del diagnóstico inicial de los procesos actuales, no obstante, es parte del desafío de esta licitación obtener en detalle de estos requerimientos cumpliendo con lo necesario para el buen funcionamiento del sistema.

Por otra parte, los requerimientos no funcionales se desea tener una disponibilidad del sistema, con escalabilidad, de fácil uso y aplicando estándares de gobierno e institucional, arquitectura que cumpla con normas y herramientas acordadas, incluir distintos ambientes, mayor flexibilidad con documentación necesaria para el mantenimiento operacional y con estándares de seguridad y de respaldos.


ARTÍCULO 34: DETALLE DEL SERVICIO REQUERIDO

Para esta licitación del proyecto general se requiere ejecutar la 2da etapa, esta consiste en realizar el levantamiento detallado de los requerimientos del nuevo sistema, análisis-diseño y arquitectura del software y modelo de datos más dos (2) prototipos funcionales de los principales módulos, administración y visualización del catastro minero más el pago de patentes.

El servicio por contratar debe considerar lo siguiente:

  • Entregar al inicio del trabajo la lista de actividades a realizar en el tiempo considerado para el proyecto (incluir las actividades de administración del proyecto), señalando los roles necesarios para completar las actividades incluyendo a Sernageomin y los hitos entregables comprometidos.
  • Se debe considerar como input el informe de reingeniería de procesos definido por el Departamento de Propiedad Minera más el proyecto de transformación de coordenadas al nuevo DATUM, y generar un nuevo informe que incluya todos los procesos y requerimientos obtenidos en entrevistas.

Para el desarrollo de esta etapa, el oferente debe utilizar el método (indicado en la propuesta técnica) para recopilar los requerimientos. Se espera el uso de un formato de requerimientos por parte del oferente a consensuar con el equipo contraparte de SERNAGEOMIN, pensando en que reúna todo lo necesario para la siguiente etapa de desarrollo.

  • Se debe construir un informe de análisis y diseño que incluya, mapa conceptual del sistema, sus datos y procesos, mapa de los procesos que incluirá el sistema general, casos de uso principales por cada módulo del sistema, modelo de datos lógico y físico de la solución de almacenamiento que incluya la historia a migrar de los sistemas actuales y mantenga consistencia con la integración a los sistemas en operación, diseño de los procesos a generar producto de la migración de los datos del sistema actual, el modelo de arquitectura tecnológica, los mockups para visualizar el flujo de usuarios y plasmar las funcionalidades principales de todos los módulos que debe tener el sistema general.
  • Generar scripts del modelo físico y ejecutarlos para probar la estructura del modelo propuesto en un ambiente de desarrollo definido para crear el piloto, crear rutinas para migrar una línea acotada y definida de datos al modelo nuevo para que Sernageomin pueda probar la veracidad y viabilidad del modelo de datos propuesto y revisar la integridad de datos históricos seleccionados. Del resultado del ejercicio se necesita incluir un informe que documente los componentes construidos e indique las reglas del negocio a ser tomadas en cuenta, reglas de validación de datos que deben aplicarse, las acciones que deberán tomarse en caso de que los datos a migrar presenten ambigüedades o contradicciones, e indicar que sucederá con los campos de las nuevas estructuras que antes no eran necesarios.
  • Crear dos prototipos de los módulos de administración y visualización de Catastro Minero más el pago de patentes, estos deben mostrar diseño, navegación, responder al plan de pruebas y preguntas que deberá ser confeccionado con anterioridad, resumiendo todo en informe de resultados.
  • Entregar una propuesta de la siguiente etapa de implementación que contenga el roadmap, recursos (costos, personas, licencias, etc.) y riesgos con los supuestos.

ARTÍCULO 35: PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El proyecto debe considerar como una restricción fuerte, que la totalidad de los requerimientos y sus correspondientes aceptaciones técnicas deben ser finalizadas con fecha límite el 31 diciembre 2022. Si la propuesta indica como fecha de termino del servicio una fecha posterior al 31 de diciembre de 2022, la oferta será declarada inadmisible.

El oferente deberá presentar una planificación propuesta considerando los plazos establecidos y estimando la complejidad de los temas descritos en el presente documento.

ARTICULO 36: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

La información proporcionada por el Servicio, tanto en la fase de difusión de la presente Licitación como aquella que sea accesible por el oferente seleccionado para desarrollar los sistemas de información adjudicados, tendrá carácter de reservada y sólo podrá ser utilizada por los oferentes exclusivamente en relación con su participación en este proceso.

De la misma forma, los productos entregables que genere el desarrollo del proyecto serán de propiedad intelectual de SERNAGEOMIN al igual que la documentación generada y los códigos fuentes de las aplicaciones desarrolladas.

ARTÍCULO 37: ASPECTOS MINIMOS DE LA OFERTA TECNICA

La oferta técnica deberá incluir, como mínimo, lo siguiente:

  1. Resumen del plan del servicio, considerando los alcances y restricciones expuestas en el presente documento, exponiendo la metodología formal de trabajo utilizada por el oferente, cronograma propuesto, entregables propuestos, herramientas propuestas, entre otros.

  1. Listado de proyectos desarrollados por el oferente relacionados a: implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano, manejo de estrategias de gobernanza de datos, migración exitosa de sistemas y BBDD geográfica; manejo en construcción y diseño de base de datos espacial, infraestructura de datos espaciales, visualización y generación de datos georreferenciados (composición y salida cartográfica, servicio de mapas, etc.), y desarrollo de software relacionado a pagos y manejo de base de datos, entre otros relacionados a la materia (Indicar la Empresa donde se ejecutó el proyecto, el tiempo de implementación, nombre de contacto, teléfono y e-mail).

  1. Se solicita el contrato de los perfiles de profesionales que cumplan un rol relevante en el proyecto (profesionales que fueron parte de lo informado en ARTÍCULO 14º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
  2. Los curriculums presentados deben ser parte activa del proyecto reflejándose en la planificación con un porcentaje mínimo del 50%, el profesional no puede ejecutar dos roles a la vez en una misma etapa del proyecto.
  3. De los perfiles de profesionales relevantes en el proyecto se espera que tengan expertiz de al menos 5 años en las competencias de arquitectura, ingeniería de procesos, integración de datos, desarrollo de aplicaciones geográficas, estrategias o técnicas de migración.
  4. La oferta económica debe indicar el costo total del servicio a ejecutar, no se evaluarán propuestas que consideren soluciones parciales a los requerimientos solicitados.

 

ARTÍCULO 38°: OFERTA TÉCNICA

La oferta técnica que presenten los oferentes deberá ajustarse íntegramente a los requerimientos señalados en las presentes bases técnicas, de lo contrario no será evaluada.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.