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B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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B: Especificaciones Técnicas
IDENTIFICACIÓN
OBRA : INSTALACIÓN LÍNEAS DE VIDA Y
MANTENCIÓN E IMPERMEABILIZACIÓN CANALES DE AGUALLUVIA.
DIRECCIÓN : CALLE SAN MARTÍN N° 1436, CONCEPCIÓN.
UBICACIÓN : CUBIERTAS 1°, 3°, 5º y 6° PISOS, EDIFICIO
CENTRO ATENCIÓN AMBULATORIA.
PROPIETARIO
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL : HOSPITAL CLÍNICO REGIONAL DR
GUILLERMO GRANT BENAVENTE.
REPRESENTANTE LEGAL : CLAUDIO BAEZA AVELLO.
DIRECCIÓN : CALLE SAN MARTÍN N° 1436,
CONCEPCIÓN.
RUT : 61.602.189-3
PROYECTO
PROFESIONALES : CR OPERACIONES
“INSTALACION LINEAS DE VIDA Y MANTENCION E IMPERMEABILIZACION CANALES DE AGUALLUVIA”
La presente Especificación Técnica es de carácter general, se refiere exclusivamente al mejoramiento que se debe realizar en las cubiertas (por áreas) del Edificio Centro Atención Ambulatoria del Hospital Regional de Concepción, este trabajo debe ser entregado al Hospital bajo la ejecución total del proyecto que se denomina: “Instalación Líneas De Vida y Mantención e Impermeabilización Canales de Agualluvia”. Las obras se llevarán a cabo al interior del recinto hospitalario.
PLANOS.
Las obras deberán ejecutarse en conformidad de planos, documentos, visitas a terreno (obligatoria), además de las presentes especificaciones técnicas. Planimetrías de especialidades no se entregarán, ya que las intervenciones serán directas en la cubierta y entretecho del Edificio Caa (se indicará en terreno las escotillas de salida al exterior).
ASPECTOS GLOBALES DEL PROYECTO.
Contratistas que postulen, deben tener en cuenta que es un hospital en funcionamiento y de alta complejidad. Los recintos a intervenir se encuentran en el Edificio Centro Atención Ambulatoria (edificio caa), sobre las cubiertas de los pisos 1º, 3º, 5º y 6º.
Hospital Regional, exigirá experiencia certificada del área de las especialidades de los proveedores que postulen, para instalación de líneas de vida y obras civiles.
GENERALIDADES.
Se requiere realizar instalación de Línea de Vida Certificadas (bajo normativas vigentes en las cubiertas del edificio caa), después de ese trabajo instalado se deberán mejorar Canales de Agualluvia existentes de estas cubiertas (mantención e impermeabilización), se incluirán sellos como retiros e instalaciones de canaletas, y/o donde el daño sea evidente (óxido, humedad, filtraciones, etc), sumándose la limpieza de todas las canaletas de estos recintos, como el quitar todo material que obstruya la circulación de agua incluyendo bajadas de agualluvia.
El hospital cuenta con varios servicios internos que van en directa relación con la utilización de las líneas de vida, por ejemplo: controlar obras en fachada, realizar mantención a equipos de climatización y/o paneles solares que se encuentran en distintas áreas de las cubiertas o bien realizar aseo y limpieza en las canaletas del edificio de forma segura, sin correr riesgos al ejecutar estos trabajos.
Dentro de las solicitudes al proveedor se exigirá que capacite, instruya y/o forme a los usuarios que utilicen las líneas de vida, sobre la movilidad entre los puntos que debe tener este sistema de seguridad (horizontal), una vez que se entregan los trabajos conformes.
A considerar, las cubiertas se encuentran a una altura aproximada entre 6 a 25 metros (en distintos pisos y áreas), y este ítem requiere que cada material instalado posea características de protección para el ambiente de la zona (sol, humedad, lluvia, vientos); tiempo de uso de la nueva instalación, que el uso sea el más adecuado para quien utilice las cuerdas de vida (facilidad); y por último se exigirá la seguridad, ya que la finalidad de este proyecto es proteger a cada persona que utilice las líneas de vida y evite posibles lesiones, caídas y/o bien detecte las caídas; donde se asegure al menos la utilización para una persona (se sugiere la instalación para un uso promedio de 2 a 3 personas en estos casos).
El tipo de cubierta existente de este edificio (caa) es de revestimiento tipo Pv4, color beige.
Las líneas deberán ser instaladas en sectores críticos (se indicará en planimetría de las presentes eett), y/o también se deben acercar a equipos de climatización y/o paneles solares y/o mantención de las cubiertas, se menciona por las mantenciones a futuro que deben recibir dichas áreas.
REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN.
Proveedores deberán poseer las siguientes características para entrar en evaluación. Aquellos que no posean alguno de los documentos y/o características solicitadas serán considerados fuera de base:
- Documento donde acepten a totalidad lo solicitado en bases técnicas, firmado por representante legal de la empresa.
- Haber participado de visita terreno obligatoria. Se realizará una visita a terreno en la que empresas podrán aclarar cualquier duda que tengan sobre el trabajo que se requiere ejecutar.
- Certificación de la empresa y experiencia de sus trabajadores del área (como presentar sistemas de protección de caídas, conocimiento y certificación de la normativa, propuestas de proveedor a hospital, recomendar distintos equipamientos, presupuesto, etc).
- Certificación del instalador.
- Certificación de los puntos de anclaje.
- Se dejará abierta la opción de que postulen en igualdad de condiciones, contratistas independientes con absoluta experiencia certificada para este tipo de labor.
- Indicar plazo de ejecución en días hábiles.
- Ante la necesidad de cubrir urgencias de forma rápida; además de asistir al Hospital Regional a realizar intervenciones por garantías, se requerirá que proveedor deba poseer sus instalaciones dentro de la Provincia de Concepción y limitándose hasta la Región del Biobío.
- Proveedor, deberá dejar materiales, repuestos e insumos que se puedan reutilizar para poder cambiar en situaciones de emergencia de los insumos adquiridos, deben ser entregados a Unidad de Infraestructura del Hospital Regional.
- Aquellas empresas que no presenten algunos de los puntos solicitados en la presente, quedarán excluidas del proceso de evaluación como así mismo el que no posean experiencia certificada de instalación de líneas de vida ni la certificación de los insumos y la propia experiencia en hospitales (prioridad de la mejora), instalando líneas de vida (certificadas).
DOCUMENTO PARA PAGO DE FACTURA.
Proveedor estará obligado a emitir una carpeta mientras duren las obras que corresponde a los servicios que entregará (se solicitará cada 30 días), con los siguientes documentos en una carpeta a Fos del hospital regional. Proveedor al no presentar ni revisar estos documentos incurrirá en una falta grave y/o multa (será su responsabilidad entregar toda la documentación cuando ingrese la carpeta), ya que en esta etapa se considera revisiones para pagos (revisiones por más de 1 departamento administrativo), deben estar timbrados y firmados los siguientes documentos:
- Oficio conductor de antecedentes (tipo portada), debe enumerar todos los documentos ingresados, indicar número de carpetas ingresadas, como la fecha que se entrega.
- Nómina de trabajadores.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, éste, emitido por la dirección del trabajo (F30-1), asociados a nómina de trabajadores indicada en el punto anterior. El periodo a certificar, corresponde al periodo que está en cobro.
- Comprobante de pago de remuneraciones, firmados por cada trabajador.
- Certificado de transferencias bancarias (cuando corresponda).
- Comprobante de pago de obligaciones previsionales.
- Nómina del personal contratado durante el periodo.
- Contratos de trabajo firmados por ambas partes.
- Registro de la charla (derecho a saber).
- Registro entrega del reglamento interno.
- Registro entrega difusión matriz de peligros y riesgos.
- Registro entrega de los elementos de protección personal.
- Registro difusión procedimientos de trabajo.
- Certificado de conformidad por estado de pago firmado por Fos del Hospital y Proveedor.
- Nómina de personal desvinculado, con el respectivo finiquito válidamente firmado ante ministro de fe, que se hubieran originado en el periodo. En caso de no existir, informar formalmente que no hay desvinculaciones mediante correo a Fos por Proveedor.
- Resolución de nombramiento de Fos (documento a cargo del hospital).
1.- OBRAS PRELIMINARES.
1.1.- INSTALACIÓN DE FAENAS.
El contratista procederá a efectuar las instalaciones de faenas en sector que se deberá solicitar a jefatura del Cr Operaciones, mediante correo electrónico.
Se deberá mantener un Libro de Obras, foliado autocopiativo en triplicado, para anotaciones, observaciones y todo cambio para mejoras o inconvenientes no asociados a contratista del proyecto, etc; estas anotaciones serán firmadas por parte del representante de la empresa y el profesional del Cr Operaciones HGGB, el libro debe proveerlo la empresa.
El contratista deberá generar un espacio para el acopio de materiales, el cual será de uso exclusivo para dicho fin. Proveedor deberá hacerse cargo de su seguridad y responsabilizarse de cualquier daño que se ocasione por efecto de uso o hurto de materiales, herramientas, etc.
Todas aquellas áreas que deban implementarse para cumplir con un adecuado funcionamiento provisorio de la obra (servicios higiénicos, vestidores, comedor, como también en prioridad la toma de electricidad que debe instalar consultando a ingeniero eléctrico del hospital a instalación de faena, etc) serán de exclusiva responsabilidad del contratista, quien será el responsable de proveer las instalaciones y condiciones como materiales e insumos que requiera para sus trabajadores.
Hospital dispondrá al interior del recinto, solo de un espacio permanente para vehículo de la empresa, el cual debe ser registrado con su patente y conductor a guardias del Hospital Regional al inicio de la obra. Se incluirá también un segundo vehículo, con excepción para descarga y carga de insumos, luego debe retirarse del recinto hospitalario al cumplir esta función.
Todo trabajador de la empresa debe poseer su credencial de presentación, esto para facilitar el acceso e identificación en Hospital. El horario de trabajo lo dispondrá la empresa, para conocimiento y previa autorización con sus coordinaciones con los distintos servicios del Hospital al transitar por los pasillos y recinto de obra. La credencial debe tener foto tamaño carnet, logo de la empresa, nombre, rut, cargo y firma.
Se deberá tener especial énfasis en todos aquellos aspectos relacionados con la seguridad y prevención de riesgos en las faenas, con el objeto de cautelar la integridad física de los trabajadores de la obra y de terceros. Así mismo proveedor debe presentar documentación a prevencionistas de seguridad del Hospital, antes de comenzar la obra (ver ítem prevención de riesgos-seguridad 5.11).
1.2.- CIERRES PROVISORIOS.
El objetivo de los cierros es para aportar seguridad a las obras, y principalmente a los funcionarios del establecimiento como el tránsito de vehículos.
Las construcciones tendrán la solidez necesaria para asegurar un buen servicio durante todo el período de la faena. Se ejecutarán cierros de pino bruto 2x3” revestidos en polietileno, impidiendo el paso de polvos o cualquier elemento contaminante, desde el interior del acceso como gateras que acceden al entretecho.
1.3.- ASEO GENERAL DE LA OBRA.
El Contratista deberá mantener la faena aseada. Deberán quedar libres de elementos punzantes o de corte, las zonas de trabajo y circulación, de las actividades en proceso.
Se debe considerar extracción de escombros más transporte fuera del hospital, a botadero municipal autorizado, por parte del proveedor.
2.0.- INSTALACIÓN LÍNEAS DE VIDA.
Se debe mejorar los actuales sistemas de desplazamiento sobre la cubierta del edificio Centro Atención Ambulatoria, el cual hoy en día, no cuenta con un sistema de deslizamiento conforme a disposiciones legales del ministerio de salud DS N° 594 artículos N° 70 y N° 71, incluyendo normas técnicas internacionales, ni de seguridad al interior de este recinto (cubiertas).
Hospital Regional solicita que tras la instalación de las Líneas de Vida se pueda obtener al circular en la cubierta: un desplazamiento y seguridad como poder anclar a más de una persona, según los estándares normativos actuales.
Se solicitará para el tipo de cubierta existente PV4 (ver en visita a terreno obligatoria), instalar los sistemas sugeridos con un método de protección de caídas para cubierta con puntos de anclaje del tipo Shield (descrito en las presentes eett), la cual podrá instalarse mediante remaches en la cubierta a ese tipo de placas, además deben poseer como característica un cordón de butilo (evitará la filtración del agua), los tramos pueden ser tipo U, así asegurar el mantenimiento del área donde se instale y permitir el desplazamiento horizontal.
Se sugiere la instalación de esta línea, ya que, complementa en sincronización los usos y funciones con los sistemas mencionados anteriormente, y pueden tener cualquier tipo de exigencia debido al diseño que se solicita (sistemas patrol).
Las Líneas de Vida, deberán ser horizontales y certificadas bajo normativa En795:2012, tipo C, Cen/Ts 16415:2013, Uni 11578:2015 Tipo C.
Proveedor debe realizar capacitación a funcionarios que utilicen estos sistemas y/o jefaturas del área, después de instaladas las líneas de vida y a funcionarios que dependan de realizar trabajos en estos sectores de trabajos en altura. En equivalencia, deberá dejar informe técnico para la utilización de las líneas de vida.
Para ello se solicitará a proveedor el siguiente sistema de línea de vida:
ROTHOBLAAS.
El sistema Rothoblaas Patrol es una línea de vida horizontal flexible con cable de acero, diseñado para uso en estructuras metálicas y asegurando usos (según indicación de fabricante) en cubiertas industriales. Se debe configurar con los siguientes componentes:
- Instalar Anclaje Terminal, sugerido modelo Patrolend, asegurando el anclaje del sistema en ambos extremos.
- Instalar Sistema Intermedio,
Sugerido Shield, permite el tránsito del carro deslizador sin desconexión, manteniendo la línea en tensión y evitando deformaciones.
Sugerido Shield 2, para control de flecha, reduce la carga sobre los anclajes y de la estructura en caso de caída.
Sugerido Shield 3, carro deslizador Slide 3 (si aplica): recorre libremente el cable sin necesidad de desengancharse.
- Instalar Sistema Absorbedor de Energía, sugerido Sparevo ya que actúa como un tensor; se sugiere este dispositivo para disipar las energías del impacto, (en caso de caídas) para reducir la fuerza máxima de suspensión y ampliar la distancia de desaceleración.
- Instalar Cable de Acero, sugerido acero inoxidable ø8 7x7 Aisi 316.
BENEFICIOS TÉCNICOS DEL SISTEMA SUGERIDO PATROL.
- Adaptabilidad Estructural, sistema que se adapta a estructuras existentes sin necesidad de grandes modificaciones, permitiendo la fijación sobre una cubierta tipo PV4 mediante elementos de fijación certificados (cubierta existente).
- Seguridad Continua, por el uso de componentes intermedios tipo Shield, el sistema evita puntos ciegos o desconexiones parciales, garantizando protección del funcionario durante todo el recorrido, incluso en presencia de curvas o trayectos largos.
- Capacidad Multiusuario, el sistema permite el uso simultáneo de hasta tres personas, lo que facilita la ejecución de labores en equipos de trabajo, optimizando tiempos de intervención y aumentando la eficiencia del mantenimiento.
- Absorción de Energía Eficiente, el componente Sparevo actúa como un absorbedor dinámico, limitando la carga transmitida a la estructura, en caso de caída a menos de 6 kN, lo que evita la sobrecarga del sistema de fijación y protege tanto al usuario como a la estructura de la cubierta.
NORMATIVAS.
- EN 795: 2012 TIPO C, dispositivo de anclaje con línea flexible horizontal.
- CEN/TS 16415, dispositivo para utilizar con más de una persona.
- NCh 1258/2009, protección contra caídas en altura.
- Certificación Sugerida Rothoblaas, para uso en revestimientos de cubiertas metálicas tipo PV4 con kits y fijaciones homologadas.
Estas normativas aseguran que el sistema cumpla con los criterios de Resistencia Dinámica, Limitación de Fuerzas de Impacto, y Resistencia a la Corrosión y Condiciones Atmosféricas.
ANTICAIDAS.
Los sistemas solicitados (horizontales) deben poseer por tramos:
- Terminal de acero inoxidable, con anclaje de acero inoxidable.
- Torres del formato XL de una altura de 800mm.
- Cable de acero inoxidable ø8mm 7x7.
- Placas sugeridas Shield (por anclaje).
- Absorbedores de impacto de marca sugerida Sparevo (dos unidades) estos en cada extremo del tensor y disipador con intermedios de acero inoxidables.
- Soportes de acero inoxidable para los puntos de anclaje y
- Deslizadores del tipo Slide.
Este trabajo deberá ser entregado certificado por proveedor y sus puntos de anclaje (excluyente).
3.0.- MANTENCION DE CANALES DE AGUALLUVIA.
Para el mantenimiento de las canales de agualluvia de las cubiertas del Edificio CAA del Hospital Regional de Concepción (centro atención ambulatoria), se debe considerar las áreas de las cubiertas de los pisos indicados, cada canal de agualluvia que pase por esos sectores, se debe incluir limpieza de las bajadas de agualluvia (con hidrolavadora o similar).
Las canales, se deberán reemplazar por otra de las mismas características incluido el espesor (0,50mm, color beige), proveedor debe hacerse cargo del retiro de todo material dañado, fuera del hospital. La alimentación de electricidad se encuentra solo en los Pisos Mecánicos (se deberá utilizar extensiones, se indicara los puntos de Alimentacion en visita a terreno).
El cambio será solo en los sectores que posean daño por fatiga de material y que presenten señales de filtraciones. Después de realizada la mantención, se deberán limpiar con hidrolavadora para entregar el trabajo completo.
Lo anterior considerará dentro de la mantención: reparación, limpieza e impermeabilización de las cubiertas de los pisos: 1º, 3º, 5º y 6º.
Se solicitará como medida preventiva 150 metros lineales nuevos de canaletas.
Aparte se deben instalar materiales que deben incluirse en las bajadas como por ejemplo gorros de zincalum, en cada toma salida que no lo posea.
Proveedor no podrá desconocer o indicar falta de insumos para el correcto escurrimiento de las aguaslluvias (del edificio caa), y del ejecutar un buen trabajo en hojalatería.
Será de exclusiva responsabilidad del proveedor cualquier omisión en su presupuesto y no podrá alegar desconocimiento de las condiciones del terreno.
BENEFICIOS (instalación líneas de vida).
- Prevención de accidentes laborales en trabajos como: mantención, limpieza, inspección y reparación de las cubiertas y/o equipamientos industriales.
- Reducción del riesgo legal para el Hospital Regional al cumplir con la legislación chilena y normas internacionales.
- Prolongación de la vida útil del sistema de evacuación de aguas lluvias, ya que permite su intervención periódica (seguridad).
- Protección continua y flexible frente a futuros trabajos de mantenimiento sin requerir nuevas instalaciones.
- Limpieza con agua bajo presión, garantizando que se retiren elementos que no corresponden al área y evitar daños a las materialidades de las cubiertas, como de las canales y de las bajadas de agualluvia.
PRODUCTOS PARA IMPERMEABILIZACIÓN (sugeridos).
- Danoband Butyl, banda autoadhesiva impermeable.
- Zone Cobertor Dynal, impermeabilizante elastomérico.
- Sikaflex 11 Fc, sellador elástico para juntas.
INSUMOS SUGERIDOS.
- Hidrolavadora,
- Pistolas para aplicar cartuchos,
- Brochas y rodillos que resistan solventes,
- Rodillo presionador para Impermeabilizar, y
- Guantes de nitrilo, gafas y ropa impermeable.
NORMATIVAS.
- NCh 3262:2012, seguridad para Trabajos en Altura.
- EN 11925-2 / EN 13501-1, clasificación de reacción al fuego (sugerido en sistema danoband).
- EN 15651-1, 3 y 4, sellantes no estructurales en edificios (sugeridoen sistema sikaflex).
- Practicas del Buen Construir, referido a la instalación de la impermeabilización de cubiertas e instalar sellos como membranas (sugerido en sistema dynal).
4.0.- IMPERMEABILIZACION.
En toda área que contemple canales de agualluvia en las cubiertas de los pisos indicados del Edificio Caa, se deberá realizar mantenimiento de los recintos donde existan filtraciones desde la misma cubierta y pasen filtraciones a salas administrativas como salas del área clínica (existente por entretecho, incluyendo la estructura soportante).
La impermeabilización se solicitará a proveedores la intervención inmediata, después de instalada las Líneas de Vida (después de firmada el acta de recepción conforme).
Se sugiere el empleo de materiales de alta calidad como de marcas certificadas, esto para asegurar una correcta aplicación y solución inmediata, se solicitarán garantías para proveedor en caso de fallar las instalaciones de los productos y las filtraciones continúen. La garantía de la impermeabilización se extenderá desde la Recepción Conforme de los trabajos (por área entregada) y deberá operar durante 12 meses continuos.
En las áreas se deberán utilizar 3 (tres) materiales para asegurar, garantizar e impedir el paso de cualquier tipo de filtración, se sugieren los siguientes productos y/o equivalentes técnicos:
- Cinta Impermeable de Butilo, utilizar para reforzar el sellado, esta cinta autoadhesiva repara y sella, es una adecuada cubierta con papel de aluminio. Se busca que, aparte de impermeabilizar la cinta: selle, resista temperaturas, retarde fuego y aísle el área donde se instale. El formato del color se necesita en plata (aluminio), y sea recubierta con polipropileno con un ancho sobre los 10cm. Se debe asegurar antes de instalar que, las superficies se encuentren secas, libre de aceites, con zonas limpias. Marca sugerida Danoband y/o equivalente técnico. No se debe utilizar para encuentros donde pueda soportar pesos.
- Membrana Elastomérica Impermeabilizante, se requiere utilizar en las mismas áreas donde existan filtraciones, para cubrir e impermeabilizar las cubiertas, en sus encuentros y canales de agualluvia, que presenten estas condiciones anteriores. Al aplicarlo directamente se busca que los beneficios sean lo más cercano a una capa elástica emulsionada, hermética y duradera, y que se contraiga y expanda; al ser ideal para materiales como: metales, hormigones y madera (impermeabilizar generando una capa hermética que impida el paso del agua). Se busca que proteja contra lluvias y/o mejore el confort término. Aplicar mínimo 2 (dos) manos, entregar trabajos mediante correos a Fos del Hospital con imágenes digitales para asegurar y aseverar su aplicación, ya que con esa cantidad de manos, se asegurara un sellado óptimo, el espesor mínimo de 2mm por mano. Cada mano se debe dejar secar mínimo por 3 horas. Se deberá aplicar mediante rodillo o brocha.
Sugerido o equivalente técnico: Zone Cobertor (renovador de techos), marca Dynal
- Sikaflex 11 Fc (alta calidad y resistencia, es apropiado para encuentro de muros y techos), debe ser sellante, adhesivo elástico poliuretano, sugerido color gris (no debe ser pintado), deber ser aplicable en distintas superficies (madera, hormigón, metales, etc) para aplicar en interior y exterior, como por ejemplo para que pueda absorber vibraciones y movimientos tanto peatonalmente como de sismicidad (como ejemplos).
5.0.- DISPOSICIONES GENERALES
5.1.- ENTREGA DEL TERRENO.
Una vez terminada la obra, la empresa proveedora debe desarmar y retirar todas las instalaciones provisorias como también, la obra se entregará limpia y despejada de escombros y de excedentes de materiales. Debe ser retirado todo material contaminante y se dejará el sector igual como se entregó al inicio.
Se indicará puntos de conexiones de especialidades (de requerir); se trasladará todo material o insumo sobrante de los trabajos, fuera de los recintos de la obra (a cargo del proveedor).
No se aceptarán bajo ninguna circunstancia, realizar Recepciones de Obras sin cumplir con lo mencionado precedentemente.
5.2.- MATERIALES.
Los materiales que se especifiquen para las obras se entienden que, solo con postular a la licitación (proveedor) serán de primera calidad bajo las normativas chilenas e internacionales (líneas de vida e impermeabilización), siendo completamente nuevos, conforme a las normas y según indicaciones de fábrica.
De solicitar certificación de cualquiera de los elementos utilizados, empresa debe proveer la copia física o digitalmente de la factura o boleta de la compra de los elementos que solicite el Fos a proveedor.
En caso que se especifique una marca de fábrica para un determinado material se entiende como una mención referencial, el proveedor podrá proponer el empleo de una marca alternativa, siempre y cuando su calidad técnica sea igual o superior a la especificada o al valor indicado en itemizado propuesto por proveedor (se requieren certificados los insumos a utilizar e instalar); no se aceptará en ningún caso, materiales o artefactos que sean de calidad deficiente o materialidad menor, referida al costo propuesto por proveedor.
Será una falta por la empresa, si esta trae e instala materiales que no se solicitan, pero sirven de opción, sin previo aviso o consultas al profesional del Cr Operaciones, dejando observación en el Libro de Obras, situación expondrá a proveedor a multas como una falta grave.
Los insumos sobrantes nuevos, deben ser entregados al Jefe del Departamento de Infraestructuras del Hospital Regional mediante un Acta de Entrega de aquellos materiales.
No puede haber exclusiones en la oferta por parte del proveedor. Si hay un ítem sin indicación de su cantidad y costo en su presupuesto, se subentiende que los valores están cotizados, considerados e incluidos en todas las partidas.
Se entenderá que la calidad del producto y su colocación van en directa relación con las reglas y normativas del fabricante.
Fos del Hospital Regional, podrá rechazar todo material que a su juicio no corresponda a lo especificado.
En general, no se permitirá cambios en los materiales, salvo cuando se demuestre su inexistencia en el mercado o su inaplicabilidad en obra (certificado).
5.3.- CUBICACIONES.
Todas las cantidades o cubicaciones que aparecen en los planos, especificaciones y anexos, sólo son a título de orientación y no tienen validez contractual, pues el proveedor deberá estudiar su propuesta sobre la base de sus propias cubicaciones.
5.4.- REGISTRO FOTOGRÁFICO.
Proveedor debe entregar fotografías con avance de la obra. Se entregarán a lo menos 10 (diez) fotos adjuntas al finalizar la obra. Todas las fotos se entregarán en formato digital y por correo (indicando fechas de ejecución).
5.5.- SUPERVISIÓN.
Supervisará la correcta ejecución de los trabajos contratados en calidad de Fiscalizador de Obras de la Salud (fos), un profesional del área (obras) del Hospital Guillermo Grant Benavente.
5.6.- INSPECCIÓN.
El proveedor será responsable de la correcta ejecución de los trabajos y de los materiales exigidos. No obstante, deberá dar todas las facilidades a la inspección y controles que se estimen convenientes por parte del hospital.
No excluyente: se exigirá por parte del Hospital al Proveedor, que cuente con profesionales en obra permanentemente (cada día trabajado), serán estos: Jefe de Terreno Constructor Civil o Ingeniero Constructor o Ingeniero en Prevención de Riesgos o similar del área, con Certificado de Titulo (documentos deben presentarse físico y digital).
No se permitirá el ingreso de terceras personas anexas de la empresa a las que se encuentren trabajando en la zona, u en otras zonas del hospital.
5.7.- INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES.
Los proveedores, durante el estudio de la propuesta, deberán formular a través del portal https://www.chilecompra.cl, las dudas que les merezca a la interpretación de planos y documentos. Hospital tendrá la obligación de responder a cada consulta efectuada por proveedores en un plazo acotado.
5.8.- ANTECEDENTES QUE SE ENTREGAN A PROVEEDOR.
a) Las presentes Especificaciones Técnicas.
b) Bases Administrativas.
d) Planimetría.
d) Imágenes.
e) Itemizado.
5.9.- CONSIDERACIONES.
La empresa, incluirá los siguientes ítems dentro de su oferta:
- Obras civiles e instalaciones de las especialidades (impermeabilización, instalación certificada de líneas de vida) de acuerdo a puntos anteriores.
- Montajes, instalación, impermeabilización.
- No se permitirán Aumentos de Obra.
- Se permitirían Aumentos de Plazo que sean justificados y solicitados por Proveedor con fechas y plazos acotadas
- Se permitirán subcontrataciones para especialidades solo para Obras Civiles con garantías (líneas de vida deben ser certificadas y con garantías).
- Componentes de materiales serán los que correspondan en su uso, para la carga máxima.
- Asegurar reducción de lesiones en el cuerpo.
- El sistema deberá operar con una restricción - detención a las caídas.
- Observar los puntos de anclaje estructurales para asegurar una correcta carga.
- Compatibilidad entre los elementos a instalar.
- De los insumos de conexión entre los elementos como mosquetones, se sugiere que estos posean un soporte a 22,2 kN.
- No se aceptarán elementos de conexión que sean incompatibles.
- Empresa proveedora no podrá apelar falta de insumos relacionados en todos los ítems indicados.
5.10.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Los oferentes deben presentar sus ofertas a través del Portal de Compras y Contrataciones Públicas: https://www.chilecompra.cl, en formulario respectivo de dicho portal, antes del cierre de la publicación.
5.11.- PREVENCIÓN DE RIESGOS - SEGURIDAD.
Proveedor debe atenerse, responder y entregar, cada documento que la Unidad de Asesoría y Seguridad Ocupacional (usso, prevención riesgos hggb) solicite anticipadamente vía correo o físicamente antes de comenzar los trabajos, debe presentar la siguiente documentación:
- Documentos Empresa.
- Procedimiento de Seguridad.
- Requerimientos para Trabajos en HggB.
Tener en cuenta el protocolo de prevención de riesgos, debe ser llenado y presentado para visto bueno de Usso HggB (departamento prevención riesgos hggb). El cual la empresa indica las medidas de mitigación a cumplir en relación a las partidas del presente proyecto, además de documentación de los trabajadores, entre otros.
5.12.- MEDIDAS CONTAMINACIÓN.
Por las medidas de contaminación, el proveedor debe comprender estas son las actividades o faenas que generen polvo en suspensión, gases contaminantes o ruidos molestos y/o vibraciones estructurales. Para la seguridad contra la contaminación (tierra, polvo, ruido), se procederá de acuerdo con la normativa chilena y municipal. Es de responsabilidad del proveedor proponer aquellas medidas que cumplan objetivos y normas vigentes.
5.13.- VISITA A TERRENO (obligatoria).
Proveedores, tendrán la obligación de concurrir a terreno conjuntamente con el Fos del Hospital Regional y profesionales HggB de las especialidades (electricidad, prevención de riesgos), con el fin de visitar las áreas donde se deben realizar los trabajos, y realizar las consultas que fuesen necesarias, éstas deben ser realizadas al portal y el hospital tendrá la obligación de responder cada una de las preguntas dentro de un plazo acotado.
Excluyente: Será esta visita obligatoria para proveedores que postulen, y necesaria para imponerse en los trabajos a ejecutar. Será de exclusiva responsabilidad del proveedor cualquier omisión en su presupuesto y no podrá alegar desconocimiento de las condiciones del terreno.
5.14.- LIMPIEZA Y ENTREGA DE LA OBRA.
La obra debe ser entregada al Hospital con el total retiro, de todo escombro que haya sido retirado de los insumos existentes. No se recepcionará la obra si quedasen elementos faltantes para retirar del establecimiento hospitalario que involucre alguna partida de los trabajos realizados.
5.15.- EJECUCIÓN OBRAS.
Al ser este un establecimiento hospitalario de alta complejidad, proveedor deberá considerar los trabajos a realizar en días hábiles (lunes a viernes), esto para dar ejecución total del proyecto, dentro del plazo solicitado y propuesto de 30 días hábiles para comenzar y finalizar el mejoramiento, lo anterior a contar desde la firma del Acta de Entrega de Terreno.
Empresa debe entregar Carta Gantt donde se detallen las partidas de obra incluyendo los días, ordenadamente como se irán abordando estos trabajos, dentro del tiempo de ejecución que haya ofrecido.
5.16.- POST VENTA - GARANTÍA.
Proveedor debe entregar todos los trabajos realizados garantizados, por un plazo proyectado a 12 meses desde la Recepción de Obra Conforme, debe responder por cada elemento que formo parte del proyecto.
Esto contempla la reparación por fallas al producto recién instalado (nuevo), se deberá cambiar y/o reparar los trabajos que queden con defectos en las instalaciones y sus elementos constructivos, los defectos en terminaciones y acabados de la obra, manteniendo los mismos insumos solicitados, sin costos para el hospital ni derecho a exigir aumentos de obra. Proveedor deberá dar respuesta máxima de 4 a 7 días hábiles para resolver la garantía.
Este ítem está, asociado directamente a Multas por Retraso de no responder a los días indicados.
5.17.- NORMATIVAS.
Proveedor deberá cumplir toda normativa chilena que se indiquen para los trabajos de riesgos en altura. Como por ejemplo la Nch 1528, Nch 2458 o ley 29783 o artículo 184 del código del trabajo, entre otros.
Toda persona que suban a la cubierta a realizar exclusivamente los trabajos, deben presentar certificado de altura al inicio del proyecto.
5.19.- OTRAS NORMATIVAS.
Se solicitarán también:
- Atenerse a EN 795 (elementos anclaje según normativa europea).
- Atenerse a las normativas actualizas, o bien incluyendo su última edición.
- Atenerse a indicaciones sistemas anticaídas según normativas extranjera (europea) para estas instalaciones (EN 795).
- Atenerse a indicaciones protección contra caídas según Osha N° 1926.502.
- Atenerse a indicaciones protección contra caídas según Ansi N° Z359.1.
- Atenerse según indicaciones entre sus normas y cada clase que pueda poseer, como por ejemplo, según se menciona para los anclajes con peso muerto, sumando los anclajes fijos y/o anclajes del tipo transportable.
- Certificar según indicaciones nacionales desde el Instituto de Salud Pública, Cesmec sus aprobaciones, recomendaciones, resoluciones, etc.
- Atenerse a indicaciones de la normativa chilena N° 1258.
Atenerse a indicaciones de la normativa chilena anterior y sus ítems que se indican en:
- NCh N° 1258 /1. Of. 2004, NCh N° 1258 / 2. Of. 2005, NCh N° 1258 / 3. Of. 2005, NCh N° 1258 / 4. Of. 2005, NCh N° 1258 / 5. Of. 2005, NCh N° 1258 / 6. Of. 2005.
Incluir:
- NCh N° 997 / Of. 1999, NCh N° 998 / Of. 1999, NCh N° 999 / Of. 1999, NCh N° 2458 / Of. 1999, NCh N° 2501 / Of. 2000.
- Resolución Exenta N° 445 / 2009 y Resolución Exenta N° 1031 / 2009.
6.0.- OBSERVACIÓN:
TRABAJOS EN ALTURA – RIESGOS CRÍTICOS.
6.1.- ¿En qué consiste el Trabajo en Altura?.
Realización de cualquier trabajo o actividad en superficie, equipo o plataforma que se encuentre sobre 1,8 metros de altura medidos desde el piso. Estos trabajos pueden ser en superficies horizontales (sobre cubiertas, andamios, maquinaria) o verticales (torres, postes, escalas y fachadas).
6.2.- Factores de Riesgo de Trabajos en Altura.
Existen diversos factores de riesgo durante la ejecución de estos trabajos, destacando principalmente los:
• Factores Personales, falta de aptitudes o habilidad teórica/práctica para el desarrollo de la tarea; salud incompatible para el trabajo en altura (vértigo, sobrepeso, presión, etc). Acciones o conductas inseguras como el no uso de Elementos de Protección Personal (EPP) y líneas de vida, también el mal uso de superficies de trabajo (cubiertas, andamios, equipos, escalas).
• Factores del Trabajo, equipos de detención de caídas en mal estado; ausencia de puntos de anclaje y líneas de vida, junto con superficies de trabajo inadecuadas para la actividad.
Ausencia de procedimientos de trabajo seguro y de rescate difundido a los trabajadores. También está la falta de planificación de las actividades; no verificar condiciones como trabajos cruzados, segregación de área, iniciar actividades sin revisión de terreno (para el caso de maquinaria y escaleras) o de superficies (cubiertas, andamios o estructuras).
Estos factores, al no ser controlados efectivamente, pueden ocasionar una caída de distintos niveles, la que podría provocar un accidente con consecuencias graves o fatales. También existe el riesgo de caída de materiales o herramientas, las que a su vez pueden causar lesiones a las personas que transitan por el sector.
6.3.- Gestión Preventiva para Trabajos en Altura.
Para efectuar un adecuado control de riesgos es necesario realizar las siguientes acciones:
• Antes de utilizar cualquier sistema para detención de caídas (arnés de seguridad), se debe recibir capacitación por personal calificado para tal efecto. Asimismo, para cualquier trabajo en altura, se debe contar con las competencias teóricas y prácticas.
• Efectuar exámenes ocupacionales y confirmar condición idónea de salud para desempeñar trabajos en altura. Este examen puede ser solicitado al Organismo Administrador o efectuado en forma particular en algún centro médico calificado.
• Realizar en forma periódica la inspección del arnés de seguridad, verificando que esté en buenas condiciones de uso y que funcione correctamente. Revisar principalmente correas (desgaste o roturas), partes metálicas (hebillas deformadas o rotas) y piezas plásticas (cortes, deformaciones o quemaduras).
• Antes de iniciar trabajos, revisar las superficies de trabajo, segregación de área y estado de líneas de vida y/o estrobos.
• Durante el trabajo mantenerse siempre estrobado con al menos una cola y siempre a las líneas de vida o puntos de anclaje disponibles.
• Para el uso de herramientas manuales se recomienda mantenerlas atadas mediante el uso de una cuerda delgada, para evitar su caída.
7.0.- VISTA AEREA EDIFICIO CENTRO ATENCION AMBULATORIA
8.0.- TRAZADO INSTALACIÓN LÍNEAS VIDA - IMPERMEABILIZACIÓN.
9.0.- IMÁGENES EXISTENTES CUBIERTAS EDIFICIO CAA.
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A.- BASES ADMINISTRATIVAS |
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A.- BASES ADMINISTRATIVAS
1. PRODUCTOS/SERVICIOS REQUERIDOS:
Productos o servicios
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Servicios temporales de ingeniería
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1 Global
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Cod: 80111614
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INSTALACIÓN LÍNEAS DE VIDA Y MANTENCIÓN E IMPERMEABILIZACIÓN CANALES DE AGUALLUVIA, Según Especificaciones Técnicas.
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- CARACTERISTICAS DE LA LICITACION
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Nombre de la licitación
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“INSTALACION LINEAS DE VIDA Y MANTENCION E IMPERMEABILIZACION CANALES DE AGUALLUVIA”
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Descripción
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El HGGB requiere el servicio instalación líneas de vida y mantención e impermeabilización canales de agualluvia, solicitado por CR Operaciones, Solicitud de Compra N° S-COM-24661.
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Tipo de licitación
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Pública-Licitación igual o superior a 1000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
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Vigencia
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Será inmediata y comenzará desde firmada el acta de entrega a terreno, para lo cual habrá un plazo de 15 días corridos posterior a la adjudicación en portal Mercadopublico.cl
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Tipo de convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Etapas del proceso de apertura
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Una Etapa
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Contrato
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Si requerirá suscripción de contrato
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Toma de razón por Contraloría
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NO requiere Toma de Razón por Contraloría
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Publicidad de ofertas técnicas
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Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
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- ORGANISMO DEMANDANTE:
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Razón social
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HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCION
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Unidad de compra
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Hospital HGGB Abastecimiento General
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R.U.T.
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61.602.189-3
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Dirección
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San Martin 1436 Abastecimiento General
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Comuna
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Concepción
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Región en que se genera la licitación
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Región del Biobío
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- CALENDARIO DE LICITACIÓN.
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Fecha inicio de preguntas
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A partir de la fecha de publicación.
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Fecha final de preguntas
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3 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
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Fecha de publicación de respuestas
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5 días corridos o día hábil siguiente, a partir de la fecha de publicación.
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Fecha de cierre de recepción de la oferta
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10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
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Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas
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20 días corridos, a partir de la fecha de apertura.
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Fecha de Adjudicación
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60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas.
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El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Por tanto, en estos casos, las fechas que se registren en el calendario de la ficha electrónica se adecuarán a lo señalado, según corresponda.
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Según decreto 661, articulo 46, inc 6 para las licitaciones “no obstante, el plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta diez días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas”.
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- FECHA DE SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO QUE SE ENTIENDE PARTE DEL CALENDARIO
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Fecha suscripción contrato
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El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución Adjudicataria.
En el caso de aquellos contratos de monto superior a 5.000 UTM, la suscripción de contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación.
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Visita a Terreno
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Se tendrá acceso a visita a terreno que se efectuará de acuerdo a la fecha y hora establecido en el “calendario de licitación” de ficha de postulación de portal, para cuyos efectos de levantara un acta donde se registrara la asistencia, que deberá ser firmadas por el o los asistentes y el funcionario designado por el hospital para tal efecto, el cual actuara como ministro de fe. A ficha charla y visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar en la licitación. Lugar de encuentro, CR Operaciones, ubicado en zócalo edificio Monoblock.
Asistencia es obligatoria y excluyente.
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- ETAPAS Y PLAZOS.
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Convocatoria a Propuesta
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Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal
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Entrega de antecedentes para postulación
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Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
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Recepción de consultas
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Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en las bases administrativas.
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Respuesta a Consultas
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La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto
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Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl
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Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación
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Recepción Física de las Propuestas
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Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en calle San Martin 1436, CONCEPCION hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal
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Apertura de las Propuestas
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La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación conjuntamente con la verificación de la entrega de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Fecha de adjudicación
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Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte del Director del Hospital Guillermo Grant Benavente, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
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De Los Plazos De La Presente Licitación
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Todos los plazos de las presentes Bases Administrativas se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se indique que son días hábiles.
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- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
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7.1. Documentos administrativos, formales, obligatorios y excluyentes
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Documentos Administrativos
El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta:
- Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses.
- Formulario Nº1B Declaración jurada con conflicto de intereses en algunos organismos.
- Formulario Nº2 Declaración jurada Sin condenas por Tribunal
- Formulario Nº3 Declaración jurada de socios.
- Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores.
- Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores (*)
- Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad.
- Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.
- Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica (Obligatorio y Excluyente contiene Información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas)
- Formulario Nº8 Identificación del Oferente
- Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones
- Formulario Nº10 Declaración para uniones temporales de proveedores (Sólo si corresponde)
- Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios
- Formulario N°12 Declaración jurada difusión de pacto de integridad (Será obligatorio, adjuntarlo sólo si informa en formulario N°7 que cuenta con difusión de pacto de integridad, ya que es relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).
(*) Cuando corresponda
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información.
- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
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7.2. Documentos Técnicos
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El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente:
a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4.
b) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.
c) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados según corresponda).
d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el producto (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación).
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7.3. Documentos Económicos
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a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por los productos que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.
b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases.
c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la compra de lo licitado, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7.
d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.
e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publica en el portal y del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el portal.
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- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES
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8.1. PERSONA NATURAL
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8.1.1 Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba el reglamento de la Ley 19.886.
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 1 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886, lo cual deberá ser acreditado a través de los formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, de las presentes bases administrativas.
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8.1.2 Requisitos para ser contratado:
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
- Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
- No estar afecto a la prohibición para contratar con los Órganos del Estado, previsto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595.
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8.2. PERSONA JURÍDICA
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8.2.1. Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
(Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba el reglamento de la Ley 19.886.
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en las causales de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
8.2.2. Requisitos para ser contratado:
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
- No estar afecto a la prohibición para contratar con los Órganos del Estado, previsto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595
Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto a lo dispuesto en el art. 35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A)
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6)
- Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
En el caso de aquellas personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la Ley N° 20.659, deberán presentar los documentos solicitados en los puntos d), e) y f) emitidos por registro electrónico generado para estos efectos, por el Ministerio de Economía, fomento y turismo.
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8.3. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
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Requisitos UTP al momento de ofertar:
- Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
- Completar Formulario N°10
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.1 y 8.2.1, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en las causales de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 1 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
Requisitos para ser contratado:
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. Cuando se trate de UTP, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 182 y 183 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- No estar afecto a la prohibición para contratar con los Órganos del Estado, previsto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595
- La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, según lo dispuesto en el artículo 180 de reglamento de compras públicas.
- La UTP Deberá materializarse por escritura pública, en donde los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 180 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.2. y 8.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6).
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto a las disposiciones del art.35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A).
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
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- Criterios de evaluación
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Ítem
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Observaciones
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Ponderación
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- Precio
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A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE OFERTA ECONOMICA.
Los puntajes serán asignados con la siguiente formula;
(precio mínimo ofertado/precio oferta) x 50
En ficha del portal mercado público se debe postular por el total neto
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50 pts
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- Plazo de Ejecución
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El plazo de Ejecución se mide desde la firma del Acta de Entrega de Terreno hasta el día de la firma del Acta de Recepción.
Considerar días de ejecución en días hábiles (de lunes a viernes), no se permitirán aumentos de obra, si se permitirán aumentos de Plazos solicitados formalmente por proveedor.
Asimismo, no serán evaluadas aquellas ofertas que contengan las siguientes informaciones: “Plazo de entrega a convenir, sujeto a stock, entrega o disponibilidad inmediata, por textos que debe importar, o en cualquier otra proposición al respecto y que no esté explícitamente indicadas en las presentes bases de licitación, se declarara que este tipo de oferta INADMISIBLE.
- Entre 25 a 30 días: 23 puntos
- Entre 31 a 35 días: 10 puntos
- Entre 36 a 40 días: 05 puntos
- Sobre 41 días : Oferta Inadmisible.
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23 pts
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- Experiencia en el área solicitada
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Deberá acreditarse mediante certificados de conformidad emitidos y firmados con los datos del establecimiento mandante (para corroborar información) donde detalle la cantidad de Instalación de Líneas de Vida sobre 20 metros de Altura; en caso que esta información no se encuentre disponible, no será considerada como respaldo, no se aceptará otro tipo de documentación.
La experiencia sólo se medirá en Cantidad de Certificados de Conformidad realizadas por Instalación de Líneas de Vida sobre 20 metros de Altura (en exterior).
…………………………..
- X = (menor cantidad de Certificados de Conformidad realizadas por Instalación de Líneas de Vida sobre 20 metros de Altura / (mayor cantidad de Certificados de Conformidad realizadas por Instalación de Líneas de Vida sobre 20 metros de Altura) x 15
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15 pts
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- Entrega Documentos Formales
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• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 3 puntos.
• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 1 puntos.
• No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= Oferta inadmisible.
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3 pts
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- Presencia en la zona
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Se solicitará a proveedores que acrediten dirección de empresa mediante permiso municipal y/o mediante Servicio de impuestos Internos, prioritariamente se requerirá que posean sus instalaciones en la Region del Biobío.
- Dentro de la Región del Biobío: 7 puntos
- Fuera de la Región del BioBío: 3.5 puntos
- No acredita presencia en la zona: 0 puntos
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7 pts
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- Difusión pacto de integridad
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Este criterio es evaluado en base al formulario N°12” Difusión programas de integridad y ética empresarial”, el cual deberá ser firmado y difundido al personal. El Puntaje será asignado en base a:
- Se adjuntan respaldos de la difusión a los trabajadores= 2 puntos
- No se adjuntan respaldos de la difusión a los trabajadores= 0 puntos.
*Sobre el respaldo de la difusión: el proveedor deberá adjuntar documento firmado y/o correo electrónico masivo que corrobore la toma de conocimiento del personal y/o aplicación de capacitaciones a los mismos. Además, adjuntar formulario N°12 firmado
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2 pts
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- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems.
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Toda la información necesaria para la evaluación de las ofertas, debe ser resumida en el formulario N°7. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
10. Montos y Duración del Contrato
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Estimación en base a
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Precio Referencial
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Fuente de financiamiento
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Presupuesto HGGB
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Contrato con Renovación
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NO
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Monto total estimado
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$95.000.000.-
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Observaciones
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Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 5.000 UTM
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Tiempo del Contrato
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Vigencia será inmediata y comenzará desde firmada el acta de entrega a terreno, para lo cual habrá un plazo de 15 días corridos posterior a la adjudicación en portal Mercadopublico.cl
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Plazos de pago
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El pago será dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura. Desde la recepción conforme de la Bodega de Servicios CR Operaciones.
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Opciones de pago
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Transferencia Electrónica
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Responsable de pago
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Loreto Rodríguez Neira
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e-mail de responsable de pago
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lrodriguezn@ssconcepcion.cl
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Responsable de contrato
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Eileen Ocampo
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e-mail del responsable de contrato
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comprasabageneral@ssconcepcion.cl
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Teléfono responsable de contrato
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56-41-2722504
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De la subcontratación
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Se permite subcontratación, sólo de lo detallado a continuación:
Actividades autorizadas a subcontratación
1.- Obras previas
- Servicios de transporte, traslado de contenedores y equipamiento en general para instalaciones de faena.
- servicios de aseo general de obras y retiro de escombros
- Servicios de seguridad, vigilancia, guardias, portería, etc.
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11. Garantías requeridas
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11. Garantías
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11.1. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
La Garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
La garantía deberá ser irrevocable y pagadera a la Vista. Se tomarán por los montos, periodos de vigencia y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
Garantía de fiel cumplimiento deberá ser acompañada con certificado que verifique su autenticidad, el cual debe ser emitido por la institución financiera correspondiente.
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3.
Monto: 5% del total del valor neto adjudicado en pesos chilenos
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantí, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero por un monto del 5% del total adjudicado (Neto) en pesos chilenos o su equivalente en UF, pagadera a la vista de carácter irrevocable con vigencia mínima que exceda en 90 días corrido a la fecha de termino dela vigencia del contrato. Las garantías deben ser entregadas en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martín Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. Debido a que el portal de Mercadopublico no permite a los oferentes subir documentos una vez cerrada la licitación, en los casos que se otorgue garantía electrónica deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl. La garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha forma. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el punto 38. Así mismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el pto 32 de las presentes Bases Administrativas podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio, si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la garantía, debiendo el Hospital Guillermo Grant Benavente consignar a cuenta del proveedor la diferencia a favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía anterior.
GLOSA: Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato de la licitación Pública ID 407-64-LP26 INSTALACION LINEAS DE VIDA Y MANTENCION E IMPERMEABILIZACION CANALES DE AGUALLUVIA
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento
11.2 ERRORES EN LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA: Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante o cualquier otro, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” para garantía de seriedad de la oferta o vía correo electrónico para Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 hrs. del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re adjudicar a oferente que le sigue en puntaje, según se trate de Garantías por Seriedad de la Oferta o por Fiel Cumplimiento del Contrato, respectivamente.
11.3. CAUSALES DE COBRO:
a) Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales estipuladas en especificaciones técnicas. El Hospital Regional contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime causados. Además, hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica.
b) Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo 11 de la Ley de Compras.
c) El Hospital hará efectiva el total de la garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.38. Asimismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el Pto 32 de las presentes bases administrativas podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
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12. Generalidades
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Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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13. De la Obligación de Confidencialidad
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el termino anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
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14. Cláusula de Readjudicación
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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15. Resolución de Empates
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
- Precio
- Plazo de ejecución
- Experiencia en el área solicitada
- Presencia en la zona
- Entrega documentos formales
- Pacto de Integridad
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el Portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo indicado en el “comprobante de ingreso de oferta”.
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16. Pacto de integridad
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Este párrafo es sin perjuicio de las obligaciones que el proveedor tuviese en virtud de la ley de transparencia.
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17. Modalidad de Pago
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efectuará contra factura a los 30 días corridos contados desde su recepción, acorde a lo establecido en el articulo 133 del Decreto N°661, del año 2024
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.
El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores. En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
El contratista deberá emitir un estado de pago correspondiente a los servicios entregados el mes anterior. Para ello, deberá enviar los siguientes antecedentes al administrador de contrato designado por el HGGB:
- Oficio con los antecedentes, indicando el número de carpetas ingresadas.
- Nómina de trabajadores.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), asociados a nómina de trabajadores indicada en el punto anterior. El periodo a certificar corresponde al periodo que está en cobro.
- Comprobante de pago de remuneraciones, firmados por el trabajador.
- Certificado de transferencias bancarias (cuando corresponda)
- Comprobante de pago de obligaciones previsionales.
- Nómina de personal contratado en el periodo, con los siguientes documentos:
- Contratos de trabajo firmados por ambas partes.
- Registro charla “Derecho a Saber”
- Registro entrega de reglamento interno
- Registro entrega difusión Matriz de peligros y riesgos
- Registro entrega de EPP (considerando covid19)
- Registro difusión procedimientos de trabajo
Nómina de personal desvinculado, con el respectivo finiquito válidamente firmado ante un ministro de Fe, que se hubieren originado en el período. En caso de no existir, informar formalmente que no hay desvinculaciones.
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18. Definiciones
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• Director: Sr. Claudio Baeza Avello
• Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región.
• Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente.
• Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento General.
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19. Unidad técnica
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Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin 1436, Concepción, CR Operaciones
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20. Documentos de la Licitación
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Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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21. De Los Proponentes
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Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación.
El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
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22. Ingreso de las Ofertas en el Portal
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Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en caso de los procesos de compra fuera del sistema de información, deberán regirse según consta en el Artículo 115 del Decreto 661, que indica las Entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado establecido en el artículo 19 de la Ley de compras en las siguientes circunstancias:
1.- cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con medio tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos en conformidad a este reglamento, lo cual deberá ser justificado por la entidad licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.
2.- cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un periodo mayor a 24 horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y contrataciones del Estado.
3.- Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las entidades o los oferentes por las vías que informe dicho servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha de envió del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de información, todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisposición.
4.- tratándose de contrataciones relativas o materias calificadas por disposición legal como naturaleza secreta, reservada o confidencial.
5.- Tratándose de contrataciones de bienes y servicios, efectuadas a proveedores extranjeros en que, por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o culturales, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de información. En este caso se requerirá la dictación de un acto administrativo Fundado.
6.- En caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad licitante de manera física, de acuerdo con lo que establezcan en cada caso las Bases.
Sin perjuicio de lo señalado en este artículo, las Entidades deberán publicar en el Sistema de información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato o previa,
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23. Modificación de los Documentos de la Licitación
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El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazos de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la roma de razón de la resolución que apruebe la modificación respectiva lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
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24. Validez de la Oferta
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La oferta tendrá una vigencia de 120 días corridos a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Gran Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prorroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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25. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
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La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
- Jefe Abastecimiento General
- Jefe C.R. Operaciones.
- Profesional C.R. Operaciones
Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal www.mercadopublico.cl, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley 19.886, contenido en el D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Además, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en donde manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación, según lo dispuesto en el articulo 35 nonies de la Ley N° 19.886.
Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
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25.2 Funciones De La Comisión
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a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital Regional.
f) En el caso de presentarse la situación regulada en el artículo 61 del Reglamento 661 de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía, solicitando al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de la garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia ente el precio de este oferentes y e precio ofertado por el que le siga en calificación económica. por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital Regional, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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26. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos/ ART 56 Decreto 661
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferente y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Durante la etapa de evaluación la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1.- Salvar los errores u omisiones formales que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2.- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
3.- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieren a situaciones no mutables ente el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de estas.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.
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27. De la Adjudicación
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Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Exenta de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital Regional declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital Regional dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 5 y 35.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital Regional podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignaran los puntajes, eliminando el o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten en la adjudicación, lo que generara un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se Debra dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital Regional tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras).
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital Regional podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 del Reglamento.
El HGGB se reserva el derecho de:
1.- Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas
2.- Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las bases administrativas.
3.-La adjudicación de la propuesta corresponderá al subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
4.- una vez adjudicada, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.
El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 horas.
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28. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico al jefe Unidad de Abastecimiento General Kmorales@ssconcepcion.cl y a responsable de compra Eileen Ocampo al mail comprasabageneral@ssconcepcion.cl, según lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento 661.
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29. Aumentar o Disminuir Partidas
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Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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30. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
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Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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31. Del Factoring y Prohibición de Cesión
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El Hospital Regional respetará los contratos de Factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
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32. Del incumplimiento y sus Sanciones
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El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor:
Corresponderá al Fiscalizador de Obra de Salud detectar y notificar las multas que se señalen en los numerales siguientes, por actuaciones imputables al Proveedor, sin perjuicio de las facultades del Hospital Guillermo Grant Benavente para dar por terminado el contrato y hacer efectivas las garantías y/o retenciones que obraren en su poder.
Todas las multas serán aplicadas administrativamente en la Unidad de Fomento vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa.
Faltas Leves
a) No cumplir con las órdenes que imparta el Fos del Hospital Regional (fiscalizador obras de salud). Las órdenes impartidas por el Fos serán las dispuestas en el Libro de Obras, no se aceptará como argumento que una instrucción u autorización fue dada de forma verbal.
b) En caso de que el contratista no despeje y retire del sitio de los trabajos la totalidad de los materiales excedentes (residuos de cualquier especie involucrados en la obra), estos deben ser depositados en un botadero autorizado fuera del terreno en el que se ejecutan las obras, será sancionado con una multa por cada día de atraso en el retiro, de acuerdo a las instrucciones del Fos (se retira a cargo de proveedor).
c) No cumplir o desconocer lo solicitado tanto en visita de terreno o lo indicado en bases técnicas.
El incumplimiento de cada una de las causales señaladas anteriormente, será sancionado con una multa de 1,00 UF por evento, la que será aplicada administrativamente cuando estas sean incumplidas.
Multas Asociadas: 1,25 UF diarias por cada día de atraso, según plazo ofertado por el proveedor.
d) Ingresar al terreno y comenzar trabajos sin contar con el acta de entrega de terreno respectiva
e) No presentar el Programa de trabajo en el plazo establecido en las presentes Bases Administrativas
f) Falta a la Ley N°16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales.
g) Incumplimiento a lo descrito en D.S N°594, que aprueba reglamento sobre condiciones Sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
h) Tomar ensayos sin la presencia del FOS
i) Por cada día de atraso en la ejecución de pruebas y ensayos, Independientemente de la complejidad de la obra.
j) Se aplicará una multa por cada día de atraso en la instalación de letreros de obras, señalética, instalaciones para el Fiscalizador de Obra, u otra instalación similar que se haya solicitado en los antecedentes técnicos.
k) Se aplicará una multa por cada día de atraso en la entrega de cualquier documento solicitado en el presente contrato, como, por ejemplo, Carta Gantt por modificaciones al contrato, entrega del PAC, Análisis de precios unitarios, informes y demás establecidos en las presentes Bases Administrativos.
l) Por cada día de atraso en la presentación de las pólizas de seguro o garantías respectivas por modificaciones, al contrato, sin perjuicio de no poder iniciarse las obras.
m) Por cada día de retardo en la entrega de acta de reuniones programadas
n) Se aplicará multa diaria por incumplimiento en los parámetros de calidad contenidos en el PAC u otro documento que forma parte del sistema de gestión de calidad, por cada evento.
Las multas de las causales de la h) a m) será sancionado con una multa diaria por cada evento, la que será aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual se produzca el incumplimiento de acuerdo a la siguiente formula
VTO: Valor Neto Total de la Obra, sus ampliaciones u obras extraordinarias, menos disminuciones de obra, si la hubiere.
DTO: días corridos totales de ejecución de obras pactadas, más los aumentos de plazos si los hubiere,
VDE: Valor diario de ejecución de obra.
Faltas Graves
a) Instalar materiales que no cumplen con lo especificado en el Proyecto y/o Propuesta.
b) Instalar materiales solicitados y/o sugeridos sin certificación.
c) Corroborar información del proyecto formalmente con Fos, después de firmada el Acta de Entrega del Terreno.
d) Ejecutar Aumentos de Obra y/o Obras Extraordinarias sin autorización.
e) Ejecutar sin apego a lo proyectado y propuesto, o sin autorización del Fos.
El incumplimiento de las que trata las causales descritas anteriormente será sancionado con una multa por evento de 1,50 UF, la que será aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual se produzca el incumplimiento. La unidad de fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa.
f) Iniciar trabajos mediante subcontratación sin autorización del Fos. Si el contratista subcontratara parte de las obras, sin contar con la autorización respectiva se aplicará una multa equivalente al 15% del valor de la partida subcontratada y presupuestada, incluyendo el valor asociado de gastos generales y utilidades como también del monto total con iva incluido. Si la partida no estuviese claramente especificada en el presupuesto, esta se valorará de acuerdo a los precios unitarios, aplicando a estos el respectivo porcentaje de gastos generales y utilidades. En el caso que se apliquen 3 multas por este motivo, se procederá a realizar término anticipado de contrato.
g) En caso de atraso en la entrega de la obra, una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose concedido ni solicitado por parte del proveedor ampliación de plazo, de acuerdo a lo regulado en las presentes bases técnicas, o no habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 45 del código civil, se aplicará una multa por día de atraso en la entrega de las obras, equivalente al valor calculado, de acuerdo a la siguiente formula:
Se calcularán de acuerdo a la siguiente formula:
VTO : Valor Total de la Obra, sus ampliaciones u obras extraordinarias,
menos las disminuciones de obra (si la hubiere).
DTO : Días corridos totales de ejecución de la obra pactados, más los
aumentos de plazo (si los hubiere).
VDE : Valor Diario de Ejecución de Obra.
VALOR MULTA : 0,10 x VTO x VDE
DTO
Faltas Gravísimas
a) Solicitar y/o contar con Vistos Buenos a Aumentos de Obra y Aumentos de Plazo a cualquier otra entidad del Hospital que no sea del Cr Operaciones del Hospital Regional, esto será causal inmediata de termino anticipado de contrato, estipulado al inicio de los Criterios de Evaluación.
b) Retrasos en tiempos (independiente los motivos) al momento de realizar firmas de documentos formales y legales para dar inicio a la obra (firmas fueras de plazo).
c) Cuando el atraso en el Avance de la Obra, supere el 15% respecto al Plazo Contractual, sin razón justificada.
Proveedor podrá atrasarse máximo 5 días hábiles en la entrega final de los trabajos, luego de este plazo, se aplicarán las multas correspondientes y se procederá a dar inicio a los trámites de término anticipado de contrato.
Por cada evento detectado en las letras a), b) y c) se aplicara una multa de 1,75 UF y el término anticipado del contrato.
Sanciones por infracción a las normas de la Ley N° 16.744, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que le cabe al Contratista, en los accidentes que se puedan producir en la obra por el incumplimiento de las medidas de prevención de riesgos establecidas en la Ley N° 16.744 y sus reglamentos, en el Código Sanitario y sus reglamentos, en el código del Trabajo, y en las presentes Bases, el Fos del Hospital Regional, está facultado para aplicar las siguientes medidas correctivas según corresponda:
- Podrá exigir la separación de cualquier subcontratista, empleado u operario del contratista o subcontratista, en caso de insubordinación o cuando se acredite reincidencia en actitudes que ponen en peligro la seguridad o salud propia, la de sus compañeros de trabajo o de la obra, como la continuidad de la obra.
- Podrá suspender las faenas, en forma parcial o total, cuando exista riesgo inminente de accidentes que puedan afectar a personas o bienes materiales, especialmente en la eventualidad que estos se hayan producido, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los organismos fiscalizadores pertinentes, quienes puedan aplicar las sanciones que correspondan. Esta suspensión no dará motivo a aumentos de plazo ni a indemnizaciones al Proveedor.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas en lo relativo a Prevención de Riesgos o de cada orden anotada en el Libro de Obras, será sancionado con una multa diaria aplicada administrativamente por el Fos del Hospital Regional, por cada día de atraso en la corrección de la infracción equivalente a 1,25 UF, en caso de reincidencia la multa diaria será aumentada el doble (2,50 UF).
De igual manera, el contratista que no entregue oportunamente la información que se señala en el estado de pago y/o en la recepción de las obras, establecidas de estas Bases, o se niega a hacerlo, será sancionado con una multa equivalente a 1,50 UF, vigente al día en que se dicte la resolución que aplica la multa a que deberá ser aplicada administrativamente y descontada en el estado de pago respectivo. En caso de reincidencia la multa diaria será aumentada al doble (3,00 UF).
En toda sanción, el hospital deberá considerar las siguientes reglas:
- Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el Fiscalizador de Obra de Salud para proceder con el proceso de evaluación de este.
- La UF aplicable será la correspondiente al ultimo día hábil del mes que se produce el respectivo incumplimiento.
- El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital Guillermo Grant Benavente para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
- Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del servicio.
- De acuerdo a lo indicado en inciso quinto del artículo 13 ter de la Ley N° 21.634: “Con todo, la entidad contratante no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en virtud del presente artículo, en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa.”
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33. Procedimiento para Aplicación de Sanciones
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En todos estos casos, detectada por parte de la entidad o del funcionario responsable, una situación que amerite una posible aplicación de multas, se le informará aquello mediante oficio remitido a correo electrónico del proveedor designado para el efecto a través de la plataforma Mercado Publico, módulo gestión de contratos, “gestión de sanciones” , según lo señalado en art. 140 del Decreto N°661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
Una vez comunicado el inicio del procedimiento sancionatorio, conforme a lo dispuesto en el inc. 2° del art. 9 del Decreto 661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, modulo gestión de contratos.
Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará el respectivo acto administrativo pronunciándose respecto de la procedencia de la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se resolverá mediante acto administrativo fundado, comunicándose aquel a través de plataforma mercado público, módulo gestión de contratos “Sanción Aplicada”. Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre la multa, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Sobre compensación de cuentas por pagar con multas aplicadas
El Hospital podrá descontar las multas que se originen de los incumplimientos que se estipulen como tal en las bases de licitación o trato directo, según corresponda, de forma administrativa de los documentos por pagar que se tenga con el proveedor respectivo, hasta completar el monto de la multa ratificada por resolución exenta. Si no existieren facturas pendientes o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro de los 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. Si no existe pago ni depósito, estas multas se podrán descontar efectuando cobro al Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, según corresponda. Si una vez efectuada todas las gestiones anteriores aún persiste un monto adeudado, el Hospital podrá efectuar cobro a través de la vía judicial o extrajudicial, si así lo determina.
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34. Del Contrato y Orden de Compra
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El contrato que se suscriba tendrá Ejecución inmediata, desde el día de firma de acta de Entrega de Terreno, el cual será validado (inicio) entre referente CR Operaciones (FOS) y proveedor adjudicado.
Plazo para celebrar el contrato: Ell adjudicatario deberá celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación a la Resolución Adjudicataria.
En el caso de aquellos contratados de monto superior a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Luego firmado el contrato, se deberá ser aprobado mediante resolución, documento que une vez publicado, se permitirá enviar la orden de compra.
Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluida las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario y la tramitación será realizada en una notaría de la ciudad de Concepción. En consecuencia, el HGGB no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros vinculados al contrato, a su protocolización y a los actos que de el se deriven.
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35. Vigencia y renovación.
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Será inmediata y comenzará desde firmada el acta de entrega a terreno, para lo cual habrá un plazo de 15 días corridos posterior a la adjudicación en portal Mercado publico, sin perjuicio de la debida tramitación de la Resolución que aprueba el contrato en el portal de mercado público.
Renovación: No se contempla renovación.
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36. Del consumo
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El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.
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37. De la recepción y despacho
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Los servicios contara con los siguientes documentos en una carpeta a Fos del hospital regional. Proveedor al no presentar ni revisar estos documentos incurrirá en una falta grave y/o multa (será su responsabilidad entregar toda la documentación cuando ingrese la carpeta), ya que en esta etapa se considera revisiones para pagos (revisiones por más de 1 departamento administrativo), deben estar timbrados y firmados los siguientes documentos:
- Oficio conductor de antecedentes (tipo portada), debe enumerar todos los documentos ingresados, indicar número de carpetas ingresadas, como la fecha que se entrega.
- Nómina de trabajadores.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, éste, emitido por la dirección del trabajo (F30-1), asociados a nómina de trabajadores indicada en el punto anterior. El periodo a certificar, corresponde al periodo que está en cobro.
- Comprobante de pago de remuneraciones, firmados por cada trabajador.
- Certificado de transferencias bancarias (cuando corresponda).
- Comprobante de pago de obligaciones previsionales.
- Nómina del personal contratado durante el periodo.
- Contratos de trabajo firmados por ambas partes.
- Registro de la charla (derecho a saber).
- Registro entrega del reglamento interno.
- Registro entrega difusión matriz de peligros y riesgos.
- Registro entrega de los elementos de protección personal.
- Registro difusión procedimientos de trabajo.
- Certificado de conformidad por estado de pago firmado por Fos del Hospital y Proveedor.
- Nómina de personal desvinculado, con el respectivo finiquito válidamente firmado ante ministro de fe, que se hubieran originado en el periodo. En caso de no existir, informar formalmente que no hay desvinculaciones mediante correo a Fos por Proveedor.
- Resolución de nombramiento de Fos (documento a cargo del hospital).
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38. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato
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De las modificaciones:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 129 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el Hospital Regional, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
- Que el valor total de las multas supere el 30% del valor neto del contrato
- Se aplicará término anticipado del contrato según topes de multas indicados en Clausula 32.
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
- Se pondrá término anticipado al contrato en el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 21.595, de delitos económicos.
- Se pondrá termino anticipado al contrato, cuando el proveedor adjudicado se le sancione con la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de su símil N° 21.595.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en el punto anterior, con excepción de la causal de mutuo acuerdo, el funcionario responsable informara al proveedor a través de oficio indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner termino al contrato. Dicho oficio será remitido al correo electrónico del proveedor designado a través de la plataforma de Mercado Publico, en el módulo gestión de contrato, “gestión de sanciones”, según lo señalado en el art 140 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886. Desde aquella notificación, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen.
Vencido el plazo para presentar descargos, sin que estos se hubieren efectuado, la entidad, dictará el respectivo acto administrativo dando termino al contrato y procederá, si corresponde, al cobro de garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlo o acogerlos, total o parcialmente, lo que se resolverá mediante acto administrativo fundado, comunicándose aquel a través de mercado público, modulo gestión de contratos “Sanción aplicada”.
Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre el termino anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de Administración del Estado. El Hospital Guillermo Gran Benavente podrá iniciar las acciones legales correspondientes en contra del proveedor, en evento de que algún eventual perjuicio originado con motivo del término anticipado sea mayor al valor de la mencionada garantía de fiel cumplimiento de Contrato.
El termino anticipado de contrato por la causal de mutuo acuerdo entre las partes, ser aprobado mediante el acto administrativo correspondiente, sin necesidad que su tramitación este sujeta a procedimiento administrativo previamente desarrollado o a tramitación judicial alguna.
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39. Consideraciones Previas
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Las obras a ejecutar en virtud de lo dispuesto en las presentes bases, comprenden hasta la total y cabal terminación de ellas, e incluyen todas las partidas especificadas o graficadas en los planos de obra e instalaciones, incluye la ejecución y coordinación de las obras civiles, instalaciones, obras complementarias y otros que se requieran para la completa construcción, habilitación o remodelación del proyecto y sus exteriores, garantizando su óptimo funcionamiento.
También se incluye entre las obligaciones que adquirirá el contratista, la ejecución y coordinación de las obras civiles, adecuaciones e instalaciones según las exigencias de equipos y equipamiento médico incorporado, aun cuando este último no esté incluido en la presente propuesta, para ser provisto por el contratista.
Tratándose de un contrato a suma alzada, el oferente deberá consultar en su propuesta todos los elementos o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, de existir omisiones se deberán consultar en el periodo de consultas y aclaraciones de la licitación.
Se da por entendido que los oferentes están en conocimiento de todas las normas, reglamentaciones y disposiciones legales aplicables a la ejecución de los proyectos, por lo que el contratista deberá responder por cualquier defecto, omisión, dificultad en la obtención de materiales o mala ejecución de cualquier partida. Por tanto, en caso de ser solicitado, deberá reponer los elementos o rehacer los procedimientos rechazados en cualquier ítem dentro del período de la construcción o de garantía de las obras, sin que esto signifique un mayor costo para la entidad licitante.
el proyecto (tanto de arquitectura como de ingeniería), se compone esencialmente de planos generales, de detalles y especificaciones técnicas que en conjunto conforman un todo indivisible y complementario. De esta manera, la sola mención, especificación y/o dibujo de algún elemento, producto y/o partida con su respectiva individualización, en cualquiera de estos documentos, implicará su provisión y colocación en el valor de la propuesta entregada por el oferente.
Para todos los efectos siempre prevalecerán los planos de arquitectura por sobre las definiciones de los planos de las distintas especialidades. En caso de existir omisiones en los planos de las especialidades se deberá cotizar en base a lo explicado en los planos de arquitectura.
En todo caso, las ofertas deberán contemplar todas aquellas obras que son inherentes y necesarias para la correcta ejecución de la construcción y sus instalaciones de acuerdo a la más exacta interpretación de los planos y especificaciones.
se aceptará sólo una oferta por oferente, la cual debe ser por el total de las partidas y especialidades indicadas para la licitación en la documentación respectiva.
el oferente no podrá realizar exclusiones en su oferta. si se encontrase un ítem sin indicación de su unidad de medida en el formulario de presupuesto detallado o itemizado, deberá efectuar las consultas pertinentes a través del foro electrónico en el período definido para tal efecto.
el contratista no tomará ventaja para su provecho de ningún error, ambigüedad u omisión de los planos, especificaciones y de otros antecedentes, ante cualquier duda que surja, con posterioridad a la adjudicación de la propuesta o durante la ejecución de la obra. Siempre deberá someterse al dictamen de la inspección técnica de la obra.
las presentes bases administrativas, conjuntamente las especificaciones técnicas, planos, consultas, respuestas y aclaraciones, formarán parte integrante del contrato de ejecución de obras, sin perjuicio de otros documentos que sean aprobados por la entidad licitante. asimismo, se entenderá como parte integral de la licitación toda la reglamentación vigente que diga relación con los proyectos a ejecutarse como la ley general de urbanismo y construcciones y ordenanza general de urbanismo y construcciones, planos reguladores, plano intercomunal, cuando corresponda, leyes y reglamentos atingentes a la ejecución de la obra, como la de los demás servicios, tales como agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, pavimentación, gas, código sanitario, normas técnicas básicas, normativa específica de la seremi de salud, de transportes u otras.
40. Inicio de Ejecución
El proveedor deberá indicar el plazo de ejecución en días hábiles, el cual comenzará desde la entrega de terreo o dependencias (según el caso)
41. Otras definiciones
Unidad Técnica De La Obra (U.T.)
Se entiende por Unidad Técnica de la Obra, a los Profesionales designados por el Hospital que tendrán a su cargo la función de supervisar técnica y administrativamente la obra, en conformidad a las Bases Administrativas, Técnicas, demás antecedentes del proceso de licitación y el Contrato.
Dentro de la Unidad Técnica habrá un funcionario designado como Inspector Técnico de la Obra (F.O.S.), quien junto a los demás profesionales que designe el Servicio, sean estos funcionarios públicos o contratados a honorarios con carácter de Agente Público, fiscalizarán, apoyarán el desarrollo y ejecución del proyecto.
41.2 Fiscalizador de Obras de Salud (F.O.S.)
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Fiscalizador de Obras de Salud (F.O.S.), al profesional funcionario perteneciente a la Unidad Técnica mediante Resolución le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de la Obra y en general, por el cumplimiento del Contrato. Esta labor podrá ser ejercida por un profesional Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor y/o Constructor Civil.
La Unidad Técnica será representada ante el Contratista por el F.O.S., el que deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución de las faenas, la calidad de los equipos y cualquier otra que estime necesaria: interpretar las especificaciones del proyecto; en su materialización en obras; verificar la protección de materiales y equipos; requerir el cumplimiento de las medidas de seguridad y de las instalaciones; controlar el cumplimiento de la programación de las obras, velar por el orden y limpieza de los terrenos y recintos de trabajo y otras que el Servicio y las presentes bases le encomiende.
En consecuencia, el F.O.S. estará facultado para: rechazar materiales que no cumplan con las especificaciones pertinentes; suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las especificaciones o cuando ellas se realicen en forma descuidada o con peligro para personas e instalaciones; exigir ensayos cuando le merezca duda de calidad de las obras y de los materiales utilizados o cuando, a su juicio, sean necesarios y ordenar la paralización previo V°B° de la U.T., a costa del Contratista, cuando no se hayan cumplido los requisitos especificados de ubicación, dimensiones y/o calidad de los materiales y obras ejecutadas.
Esta inspección técnica de las obras no libera el Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones y de las responsabilidades que le corresponden.
El Contratista deberá dar cumplimiento a las instrucciones emitidas por el Servicio a través del F.O.S., las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones establecidas en las Bases, y a la naturaleza de la obra a ejecutar, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que el F.O.S. estipule. El incumplimiento de cada orden será sancionado con una multa según se indica en el numeral respectivo de estas Bases, hasta un plazo máximo de 15 (quince) días corridos.
El F.O.S. podrá exigir el término de las labores de cualquier sub contratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente fundado a juicio del F.O.S., quedando siempre responsable el contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada de sus funciones.
Si el F.O.S. detecta un avance inferior al planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al programa Gantt aprobado que rige la Obra.
El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el F.O.S., por razones de carácter técnico siempre y cuando este no modifique las especificaciones técnicas y dichos materiales sean de igual o superior calidad que los especificados, sin que ello implique mayor costo para el Servicio.
El F.O.S. podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la Obra sin su consentimiento. La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en el numeral respectivo de estas Bases, sin perjuicio de ordenar la paralización de la Obra.
El F.O.S. podrá establecer solo modificaciones que no involucre un cambio sustancial del proyecto previa aprobación de la U.T. (Unidad Técnica), en caso de cambios o modificaciones relevantes y que afecten el proyecto original deberá solicitar adicionalmente un pronunciamiento a los proyectistas.
Cuando el Contratista solicite un cambio de materiales o elementos a utilizar, la F.O.S. deberá analizar los plazos involucrados, los argumentos y documentos presentados, verificar la equivalencia técnica y las características de la alternativa y entregar un informe con su propuesta de aceptación o rechazo.
Ante eventuales dudas respecto de que el material a utilizar no cumpla efectivamente con los requisitos establecidos en la Bases, la F.O.S. podrá pedir ensayes adicionales que serán de cargo exclusivo del Contratista.
La aceptación definitiva del material por parte del F.O.S. de la Obra, se hará durante la marcha misma de las obras.
Los ensayes se realizarán de acuerdo a Normas Chilenas. En caso de no existir Normas Chilenas para algún material, el procedimiento será sometido previamente a la aprobación de la F.O.S.
El ingreso de toda persona ajena calificada por la F.O.S. a la obra debe ser autorizada por éste o un integrante de la Unidad Técnica.
41.3 Libro De Obra
En la faena se mantendrá permanentemente un "Libro de Obran con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Contratista y estará a cargo del Administrador de la Obra y a disposición del Inspector Técnico de Obra. También podrán respaldarse mediante correos electrónicos.
El original será retirado por el Inspector Técnico y la primera copia por el Administrador de la Obra, previa firma de ambas partes.
- En el Libro de Obras se deberá dejar constancia de:
- Los avances de obras.
- Las órdenes que dentro de los términos del contrato se impartan al Contratista.
- Las observaciones que se hagan acerca de la fona en que se ejecuten los trabajos.
- Las observaciones que merezcan las obras al efectuarse la recepción provisoria de ellas.
- Las observaciones que pudiere estampar la Dirección de Servicios Eléctricos u otros servicios como Alcantarillado, Agua y Gas, entre otros.
- Las observaciones que pudieren estampar los arquitectos y proyectistas de la obra.
- Cualquier otra indicación relacionada con la administración del contrato.
Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista, F.O.S. y/o la Unidad Técnica, u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial, sin perjuicio de que pudiesen establecerse otros canales de comunicación a fin de propender a la mayor eficacia para el desarrollo de las obras, dejando oportunamente registro de ellas en el citado libro.
Este libro debe ser presentado en la Recepción Provisoria de fa obra y se dejará constancia en él de las observaciones que se formularen en esa ocasión, sin perjuicio de que se anoten en el Acta de Recepción correspondiente.
RECEPCIÓN DE LA OBRAS:
Recepción De Las Obras Contratadas:
No obstante, si durante el período de la construcción o durante el plazo que medie entre la recepción provisoria y definitiva de la obra, se comprobare que el material aceptado por el F.O.S. ha resultado deficiente en el hecho, el Contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la obra en que fue empleado.
Recepción Provisoria
La Comisión Receptora fijará la oportunidad para dar inicio a la Recepción Provisoria dentro de un plazo no mayor a 5 (cinco) días corridos, contados desde la fecha en que se registre en la secretaría de la Unidad Técnica, la carta de contratista, donde indica el término de la obra una vez terminado el plazo contractual y que solicita la Recepción Provisoria.
El F.O.S. dará el V°B° para que se proceda a la recepción de la Obra y establecerá en el libro de obra, la fecha de la visita de la comisión.
Se constituirá la Comisión Receptora, nombrada a través de la Resolución respectiva, la cual estará compuesta por proyectista de la especialidad respectiva o quien lo subrogue y por un Ministro de Fe (jefatura unidad de Arquitectura o quien le subrogue), todos los cuales deberán ser funcionarios del Servicio.
Al acta de recepción asistirá la Comisión designada para tales efectos, el Inspector técnico y el Contratista o su representante. Una vez verificado el cabal cumplimiento se dará curso a la recepción provisoria y se levantará un acta que será suscrita por todos los asistentes.
Si de la Inspección de la Obra que haga la Comisión, determina que los trabajos presentan observaciones menores que no afecten el funcionamiento de la obra ejecutada, procederá a recepcionar con reservas, elaborando un listado de las observaciones y fijando al Contratista un plazo determinado por la Comisión para subsanarlas. Terminado este plazo, se constituirá nuevamente en terreno para verificar su cumplimiento.
Habiendo el Contratista subsanado las observaciones realizadas en el listado preparado por la Comisión Receptora, en el plazo fijado para esto por la comisión, se procederá a verificar dicha circunstancia en tal caso, no se considerará atraso el plazo otorgado por la Comisión Receptora.
Si, por el contrario, el Contratista no cumple dentro del plazo fijado con el término de las observaciones y éstas son menores, la Comisión quedará a la espera del aviso del F.O.S. del término definitivo de éstas para proceder a su verificación y se le aplicará la multa correspondiente.
El Servicio en el caso del párrafo anterior, resolverá en consecuencia y se procederá al término anticipado del Contrato, efectuando todos los actos administrativos y técnicos que correspondan.
En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por el F.O.S. o de haber sido ejecutados por un subcontratista.
Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión Receptora, de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, el F.O.S. con el V°B° de la Unidad Técnica podrá llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del Contratista y con cargo a la retención y/o de las garantías por el fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de la multa por atraso si ello procediere.
Una vez subsanados los defectos observados por la Comisión, ésta deberá proceder a efectuar la Recepción Provisoria, estimándose como fecha de término de las obras, la fecha en que esta recepción provisoria sea efectiva. Dicho plazo quedará consignado en el acta de recepción.
Durante el plazo de garantía de fiel cumplimiento, la entidad encargada de su administración podrá usar la Obra para la función a la que estaba destinada. El Contratista será responsable de todos los defectos que presente la ejecución de la Obra, que no se deban a un uso inadecuado de ella y deberá repararlos a su costa, so pena de ejecutar a la garantía.
Efectuada sin observaciones la Recepción Provisoria, el Servicio tomará posesión de las obras y desde ese momento podrá utilizarlas según su destino prefijado, subsistiendo la responsabilidad del Contratista.
El Contratista será responsable hasta la recepción definitiva de la obra, de los problemas derivados de defectos de construcción o de materiales empleados en ella, así como del funcionamiento de equipos e instalaciones, deberá proceder a su reparación cuando le sea ordenado por la Inspección Técnica de la Obra. Por su parte el Hospital será responsable de deterioros y pérdidas originados por el uno normal y que no derive de defectos de la construcción de los sectores recepcionados provisoriamente.
El Contratista sólo podrá cursar el pago, una vez que cuente con el Acta de Recepción Provisoria debidamente firmada por la Comisión receptora y los antecedentes que a continuación se detallan:
a) Certificados de la Inspección del Trabajo, que acrediten que la Empresa adjudicada no tiene reclamos pendientes por parte del personal que labora en la obra y adeuda suma alguna por este concepto, sólo si procede.
b) Certificados, catálogos, garantías a nombre del mandante y cualquier otra información técnica pertinente a los equipos instalados y/o información requerida por el F.O.S., toda en ESPAÑOL, incluido el listado de proveedores, si procediere.
c) Requerimiento de mantención de todos los equipos instalados en obra, si procediere.
d) Declaración jurada que no tiene deuda vigente con los subcontratistas. Solo si procede.
En el Acta de Recepción Provisoria Sin Observaciones se consignará, entre otros aspectos:
- Fecha Entrega Terreno.
- Aumento de plazo (si correspondiere).
- Monto Modificaciones de Obra.
- Fecha de Término Contractual.
- Monto Inicial del Contrato.
- Monto total del contrato.
- Listado de Observaciones aprobadas, si las hubiere.
- Días que se otorgaron para subsanar observaciones.
- Días de atraso.
- Multas desagregadas por causales.
- Fecha de término efectivo de la Obra.
- Fecha de recepción provisoria sin observaciones de la Obra.
- Fecha fijada de Recepción definitiva de la Obra.
Recepción Definitiva
La recepción definitiva se hará a petición escrita del Contratista en la misma forma y con las mismas solemnidades que la recepción provisoria transcurrido el plazo de 30 días corridos. En todo caso, deberá efectuarse a más tardar con 10 días hábiles de antelación al plazo establecido. Efectuada la recepción definitiva.
Durante el plazo de garantía de la obra, el Contratista será responsable por todos los defectos, fallas y deterioros que ella evidenciase o que pudiese afectarle por mala ejecución de las obras.
Finalmente, el Contratista responderá por todos los daños y perjuicios que se causaren a terceros, durante o con motivo de los trabajos, con ocasión de defectos de construcción o de mala calidad de los materiales empleados en la Obra, sea que provengan de error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes.
De Las Obligaciones Del Contratista
Obligaciones Generales
El contratista deberá ceñirse para la ejecución de los Trabajos a los Planos, al presupuesto adjudicado, a las Especificaciones Técnicas y a todas las normas y disposiciones que se consultan en las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas, tanto Fiscales como Municipales, vigentes a la fecha de la propuesta y que afecten a la obra. Se entenderá, además, incorporada a este Contrato la siguiente documentación: Las Bases Administrativas Tipo; Bases Técnicas; planos respectivos; aclaraciones, respuestas a las consultas formuladas en el proceso licitatorio; la oferta y documentos presentados por el Contratista y cualquier otro documento originado y/o relativo al proceso de licitación.
Queda prohibido al Contratista introducir por iniciativa propia modificaciones o alteraciones a la Obra, debiendo deshacer a su costo aquellos trabajos que no hayan sido establecidos en las Bases de la licitación o aquellos que no han sido autorizados por el Servicio a través de la F.O.S.
El Contratista tendrá la obligación de designar un profesional que estará a cargo de la Obra encomendada, que ejercerá como Profesional Responsable de la Obra de acuerdo a la complejidad y será el representante autorizado del Contratista; sin perjuicio de ello, la dirección de la Obra estará siempre a cargo del Contratista.
La F.O.S. podrá requerir fundamentalmente el cambio del Profesional Responsable de la Obra si estima que no es una persona idónea para la función encomendada. El profesional de reemplazo deberá contar con la aprobación de la F.O.S. y cumplir con los mismos o mayores requisitos establecidos en las presentes bases para dicho profesional.
Será requisito esencial para autorizar las obras, que el Contratista haya obtenido los permisos, autorizaciones, derechos si procediesen, ante los organismos correspondientes y que, además, cuente con los proyectos de especialidad aprobados por los organismos respectivos.
Obligaciones Relativas Al Desarrollo De La Obra.
Entre otras, el Contratista tendrá las siguientes tareas:
- Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas.
- Coordinar la ejecución de los proyectos de Obras Civiles y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo.
- Proveer y mantener un Libro de Obra donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio, observaciones del mandante especialista y/o proyectistas, todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la Obra. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de existir comunicación relacionada con el desarrollo de proyecto, vía correo electrónico entre el F.O.S. y el Jefe de Obra, estos se deben imprimir y anexar cronológicamente al Libro de Obra.
- Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el F.O.S.
- Proveer de los recintos necesarios para que se instale la Inspección Técnica de Obra, definido en la Especificación Técnica.
- Proveer de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios, la conservación de los estacados y en general, todos los gastos que originen las obras. La Unidad Técnica no tendrá obligación de proporcionar sino el material a que expresamente se obliga de acuerdo con el Contrato y en la forma y época que se determine.
- Llevar a cabo los ensayes de materiales o elementos que determine el F.O.S., en el plan de ensayes, cuyo costo será de su exclusiva responsabilidad y hacer entrega de los respectivos certificados. No obstante si durante el período de la construcción o durante el plazo de garantía se comprobare que el material aceptado por el F.O.S. ha resultado deficiente en el hecho, el contratista tendrá la obligación de reemplazarlos y de reconstruir por su cuenta y a su costa la Obra en que fue empleado. Cuando en las Especificaciones Técnicas se considere, para uno o más partidas, la posibilidad de usar materiales alternativos con los que puedan ser ejecutados, el contratista está en libertad de emplear cualquiera de ellos, previa autorización de la F.O.S., sin que el precio unitario de la partida pueda alterarse, sin perjuicio de lo que para tal efecto se indique en el PAC.
- Asegurar de su cuenta y riesgo el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros.
- Mantener en la Obra libro de asistencia del personal para la fiscalización que hará el F.O.S., Unidad Técnica u otra autoridad competente.
- El personal del Contratista, sub-contratista o proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto de la Obra y no se le permitirá acceso a otra ya terminada si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. Para estos efectos el contratista deberá establecer expresa prohibición.
- Al término de las obras, el Contratista deberá despejar y retirar del sitio todos los materiales excedentes, escombros y obras provisorias, dejando limpio el terreno y construcciones.
Obligaciones Relativas Al Personal
El Contratista deberá presentar al inicio de las obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación. Deberá incluir Prevencionista de riesgos por mediodía en los tiempos que defina en el programa.
Realizar las denuncias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se presenten durante el periodo de duración de los trabajos de la Obra, de acuerdo a la normativa legal vigente.
El Servicio solicitará al Contratista, en cualquier momento que lo estime conveniente, el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los Subcontratistas con sus trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la correspondiente Inspección del Trabajo, según lo indicado en las presentes bases.
En el evento que el Contratista o Subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, el Servicio podrá retener de los pagos mensuales el monto por estos conceptos, de que es responsable el Contratista o Subcontratista, o utilizar las retenciones y/o garantías del Contrato, en el mismo orden de prelación antes indicado y exclusivamente hasta el efectivo pago de las obligaciones laborales y previsionales adeudadas. Con las retenciones antes referidas el Servicio pagará al trabajador o la institución Previsional acreedora.
Cumplir con la normativa laboral, de seguridad social y de protección a los trabajadores.
Mantener dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias que se empleen en la Obra.
Suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal necesarios, que cuenten con certificados de calidad por organismos competentes.
Cumplir con la regulación relativa a la contratación de trabajadores extranjeros.
El Contratista deberá proveer de acuerdo a la ley, a sus trabajadores, de los servicios básicos necesarios de acuerdo a la complejidad de la obra a ejecutar.
Al inicio de la Obra, el F.O.S. solicitará al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los trabajadores que laboran en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas, en la oportunidad correspondiente. Esta documentación deberá mantenerse actualizada y a disposición del F.O.S. durante toda la Obra.
Obligaciones De Coordinación
Contratista deberá considerar:
1. Que no podrá dar inicio a la Obra, sin contar con la autorización de la F.O.S. de acuerdo a la Entrega de Terreno.
2. Cierros provisorios según corresponda, o cierres de mitigación interiores.
3.- Programación de obras con el F.O.S. de la Unidad Técnica del Servicio.
4.- Que en zona de trabajo deberá operar libremente, tomando las medidas y precauciones que eviten el ingreso de personas ajenas a la Obra, proveer de cierros y todas las señalizaciones y signos de advertencia que sea necesario y los mantendrá en buen estado, sin elementos corto punzantes o peligrosos hacia el exterior según se indique en las respectivas bases técnicas.
5. La instalación de empalmes provisorios de electricidad y agua, cuyos gastos deberán ser solventados en su totalidad por el Contratista.
6.- Que queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que el Servicio contrate con otras personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos extraordinarios.
7. Que el Servicio no se hará responsable de ningún tipo de pérdida, hurto o extravío dentro de las instalaciones de la Obra.
Personal De Contrata
El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte y programación de la Obra.
El personal de Contratista, Subcontratista o proveedores, está autorizado a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a obras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición. Al inicio de la Obra, el F.O.S. podrá solicitar al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los trabajadores que laborean en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas. Esta documentación deberá mantenerse actualizada y a disposición de la F.O.S. durante la Obra, como de otras entidades fiscalizadoras.
Condiciones Y Accidentes Del Trabajo
El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección, tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, y disponer en general de todas las medidas pertinentes para dar debido cumplimiento a las normas legales que regulan la materia, particularmente la ley de accidentes del trabajo.
El Contratista deberá presentar al inicio de las Obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación.
Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al F.O.S. de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.
Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que le cabe al Contratista, en los accidentes que se puedan producir en la obra por el incumplimiento de las medidas de prevención de riesgos establecidas en la Ley N°16.744 y sus reglamentos, en el Código Sanitario y sus reglamentos, en el Código del Trabajo, y en las presentes Bases, el Inspector Técnico de la Obra está facultado para aplicar las siguientes medidas correctivas según corresponda:
Podrá exigir la separación de cualquier Subcontratista, empleado u operario del Contratista o Subcontratista, en caso de insubordinación o cuando se acredite reincidencia en actitudes que ponen en peligro la seguridad o salud propia, la de sus compañeros de trabajo o de la obra, como la continuidad de la obra.
Podrá suspender las faenas, en forma parcial o total, cuando exista riesgo inminente de accidentes que puedan afectar a personas o bienes materiales, especialmente en la eventualidad que estos se hayan producido, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los organismos fiscalizadores pertinentes, quienes pueden aplicar las sanciones pecuniarias que correspondan. Esta suspensión no dará motivo a aumentos de plazo ni a indemnizaciones al Contratista.
Accidentes De La Obra
Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, a menos que un estudio técnico realizado por la Unidad Técnica califique el caso como extraordinario o ajeno a toda previsión. Si se determina, por estudios técnicos calificados que la responsabilidad es atribuible al Contratista, éste mantendrá su responsabilidad aun cuando la obra haya sido recibida definitivamente.
Atrasos No Imputables Al Contratista
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, o se presentará imposibilidad temporal atribuible al Servicio para continuar con su ejecución, el contratista deberá presentar al Inspector Técnico de la Obra su justificación antes de transcurridos 10 (diez) días hábiles contados desde la ocurrencia del hecho, el que calificará los motivos de los atrasos para los efectos de la prórroga del plazo, o su rechazo. Pasados los diez días no se aceptará justificación alguna.
La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Inspector Técnico de la Obra; de ser aceptada, se dictará el Acto Administrativo que corresponda.
En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrida el plazo de ejecución de la obra. La ampliación del plazo en estas circunstancias, no dará derecho a pago adicional.
De Las Modificaciones Y Aumento De Obras
El Servicio podrá ordenar el aumento de las cantidades de obra contempladas en el Contrato previa aprobación expresa del Mandante, hasta un 10% (Diez por ciento) del monto contratado. Los aumentos de obras se valorizarán de acuerdo a los precios de la Propuesta y Análisis de Precios Unitarios. Su definición debe entenderse referida a aquellas obras que deriven de un cambio de proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar sus ofertas y que sean necesarias para llevar a mejor término la obra contratada.
Con todo, los aumentos de obras y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del diez por ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.
Si durante el transcurso de la obra fuera necesario la ejecución de obras extraordinarias a precios no convenidos en la Propuesta, el Contratista de la Obra deberá presentar presupuesto detallado con el análisis de sus precios unitarios a fin de convenirlos con el Hospital.
Las modificaciones y/o aumentos de obras y/u obras extraordinarias, podrán dar origen a una variación en los plazos convenidos, los que deberán ser estudiados en cada caso en particular. La modificación del plazo puede tener su origen en una de las siguientes situaciones:
a) Aumento o Disminución del plazo por concepto de aumento y/o disminución de obras o ejecución de obras extraordinarias. Si por disposición del Mandante se origina un aumento o una disminución de obra o la ejecución de una obra extraordinaria que altere el programa de obra aprobado por la F.O.S., se aumentará o disminuirá el plazo según corresponda.
b) Aumento o Disminución del plazo por modificación del programa de ejecución de obra ordenado por el Mandante. Si por aplicación de instrucciones del Mandante, que no originen aumentos, disminuciones u obras extraordinarias, se modifica el programa de ejecución de obra aprobado por la F.O.S., el contratista tendrá derecho a solicitar el aumento o disminución del plazo correspondiente. La F.O.S. revisará los antecedentes y aprobará o rechazará la solicitud del Contratista. Un Aumento de plazo solicitado por el contratista basado en la ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, aceptado por el Mandante, no dará origen a reembolso alguno por ningún concepto ni pago de Gastos Generales. El Contratista presentará un Programa Detallado de Trabajo o Carta Gantt, que entregará al Inspector Técnico (F.O.S.), para su revisión y aprobación, si procede, en un plazo no mayor de 10 días corridos, contados desde la Entrega de Terreno. Cualquier modificación del Contrato original será convenida con la Dirección del Servicio, mediante la suscripción de un convenio el que será autorizado mediante Resolución dictada por el Servicio, previa aprobación del Mandante. Las modificaciones de Contrato, hasta un 10% (diez por ciento) del monto del Contrato se refieren a aumentos de obra y/u obras extraordinarias.
Toda modificación al contrato deberá ser acordada por ambas partes contratantes, mediante suscripción de contrato de aumento o modificación de obra como instrumento privado.
El contratista quedará obligado a ejecutar los nuevos trabajos o aceptar la disminución de las obras, hasta el porcentaje indicado. Los aumentos o disminuciones de obra y las obras extraordinarias podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso y el informe que para tal efecto elabore el Inspector Técnico de la Obra.
El valor de los aumentos o la reducción del precio del contrato, se determinará sobre la base de los precios unitarios del Presupuesto Detallado. El precio resultante se recargará o disminuirá en el porcentaje de gastos generales y utilidad del presupuesto más I.V.A.
En caso de disminución de obras el contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por parte del Servicio.
En casos de aumento de obras u obras extraordinarias deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías reguladas en las presentes bases.
La nota de cambio con los presupuestos de aumento y disminución de obra y de obras extraordinarias deberán ser presentados por el Contratista dentro de un plazo máximo de 10 (diez) días corridos a la Inspección Técnica de la Obra, desde la orden escrita impartida por dicha Inspección.
La resolución corresponderá a la formalización suficiente y obligación para que el Contratista proceda al aumento o disminución de obras u obra extraordinaria. Finalizada la obra las resoluciones emitidas pasarán a integrar una única modificación final al contrato.
Con todos los aumentos de obra y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del diez por ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.
Para determinar el monto de obra extraordinaria se aplicará a las cantidades efectivas de obra el precio unitario que se pueda deducir u homologar del Presupuesto Detallado. Si no existiere un valor unitario en el mencionado presupuesto detallado, se considerará para la obtención del mismo, los que se encontraren en el análisis de precios unitarios entregados por el contratista y a falta de alguno de estos, los valores se fijarán de común acuerdo entre las partes en base a tres cotizaciones de elementos de equivalencia en calidad y funcionalidad. El precio resultante se recargará en el porcentaje de gastos generales y utilidad del presupuesto, más I.V.A.
Los aumentos o disminuciones de obras y obras extras o extraordinarias serán aprobados por el Inspector Técnico de la Obra en primera instancia a través de una nota de cambio. Este documento lo firmará tanto el Inspector Técnico de la Obra como el Contratista, y un representante de la Unidad Técnica, el cual estará compuesto por un presupuesto detallado en el mismo formato del itemizado, con descripción de la materia y observaciones aclaratorias.
El aumento de obra u obra extraordinaria que no afecte el plazo total del contrato ni la ruta crítica, no dará derecho a pago por concepto de Gastos Generales.
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