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Pacto de integridad |
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Por el solo hecho de participar en la presente licitación, el oferente declara conocer y aceptar expresa e íntegramente
el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él,
además de las demás obligaciones establecidas en las presentes Bases, sus anexos y los demás antecedentes que
integran el proceso licitatorio. Asimismo, se obliga a proporcionar toda la información y documentación exigida en estas
Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, en especial los consagrados en el artículo 19 N° 1, 4,
5, 6, 12 y 16 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 485 del Código del Trabajo.
Asimismo, se obliga a respetar los derechos humanos, evitando generar o contribuir a efectos adversos sobre
ellos mediante sus actividades, productos o servicios, y adoptando las medidas necesarias para prevenir, mitigar
y corregir dichos efectos, conforme a los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las
Naciones Unidas.
2. No ofrecer, conceder ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, dádivas, pagos o beneficios de cualquier
naturaleza, monto o especie a funcionarios públicos, ni a terceros que puedan influir, directa o indirectamente, en
el proceso licitatorio, en la toma de decisiones, en la adjudicación o en la ejecución de la contratación que derive
del mismo.
3. No intentar ni celebrar acuerdos, ni ejecutar actos, conductas o prácticas que tengan por objeto o efecto impedir,
restringir, falsear o entorpecer la libre competencia, especialmente aquellas de carácter colusorio, cualquiera sea
su forma o denominación.
4. Revisar y verificar la información y documentación presentada en el proceso, adoptando las medidas necesarias
para asegurar su veracidad, integridad y suficiencia.
5. Ajustar su conducta a los principios de legalidad, probidad, ética, transparencia y buena fe durante todo el
proceso licitatorio y durante la ejecución de la contratación.
6. Conocer y respetar íntegramente las reglas y condiciones establecidas en las presentes Bases, sus anexos y
demás antecedentes del proceso, así como las obligaciones que emanen de la contratación, y las instrucciones u
observaciones que sean formalmente impartidas por la Unidad Técnica, según corresponda.
7. Asumir las consecuencias, medidas y sanciones previstas en las presentes Bases y en la normativa aplicable, en
caso de infracción a los compromisos asumidos en este Pacto de Integridad.
8. Abstenerse, una vez iniciado el procedimiento de contratación, de mantener comunicaciones con otros
participantes o eventuales interesados en el proceso, así como con personas que desempeñen funciones en el
organismo licitante y que intervengan en el proceso de adjudicación, en asuntos directa o indirectamente
vinculados con éste, salvo que dichas comunicaciones se efectúen a través del Sistema de Información y
Gestión de Compras Públicas, en la forma prevista en la Ley, el Reglamento y las presentes Bases,
resguardando la transparencia, publicidad e igualdad de los oferentes. Lo anterior se entiende además de la
República de Chile
Provincia de Linares
DEPARTAMENTO DE COMPRAS PÚBLICAS
prohibición establecida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886.
9. Adoptar todas las medidas necesarias para que las obligaciones precedentemente señaladas sean igualmente
observadas y cumplidas por su personal, dependientes, asesores, agentes, subcontratistas y, en general, por
todas las personas que se vinculen con él con ocasión de la presente licitación o de la ejecución de la
contratación, siendo responsable por su incumplimiento, sin excluir las responsabilidades individuales que
correspondan
Cualquier incumplimiento al presente Pacto de Integridad, constatado, podrá ser sancionado conforme a la etapa en
que se verifique. Si ocurriere durante el procedimiento de licitación, podrá dar lugar a la inadmisibilidad de la oferta o a
la exclusión del proceso. Si se verificare con posterioridad a la adjudicación y antes de la formalización de la
contratación, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar, conforme a lo señalado en estas
Bases. Si se detectare durante la ejecución contractual, podrá dar lugar al término anticipado de la contratación. En los
casos que corresponda, la Entidad Licitante podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si hubiere sido
exigida.
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Plazos de Entrega |
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1. La entrega de los bienes se realizará en forma parcializada, entre los meses de abril y diciembre de 2026, en dependencias municipales del programa correspondiente, de conformidad con lo señalado en el numeral 5 de los Términos de Referencia.
2. Para estos efectos, el oferente deberá considerar, a lo menos, 5 instancias de entrega por cada línea ofertada.
3. Una vez adjudicada la licitación y formalizada la contratación mediante la emisión y aceptación de la respectiva Orden de Compra, el Proveedor deberá coordinar con el Inspector Técnico del Servicio la programación de las entregas, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases y en el numeral 5 de los Términos de Referencia.
4. Los productos deberán ser embalados, transportados, descargados y acopiados por cuenta y cargo del Proveedor, en los lugares señalados en las Tablas N° 4 y N° 5 del numeral 5 de los Términos de Referencia, según corresponda.
5. Atendido el plazo de ejecución del proceso licitatorio y el tiempo requerido para la formalización de la contratación, la fecha de la primera entrega será determinada de común acuerdo entre la Unidad Técnica y el Proveedor.
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Recepción de los Bienes |
1. La recepción material de los bienes se efectuará al momento de cada entrega, únicamente para efectos de
constatar su ingreso y cantidad aparente.
2. Atendida la cantidad de productos comprometidos en cada entrega, la revisión de detalle se realizará en forma
diferida por el I.T.S. o por quien éste designe, dentro del plazo razonable que requiera su verificación.
3. La recepción conforme procederá únicamente una vez efectuada la revisión de los bienes y verificado su
cumplimiento con las presentes Bases, las Especificaciones Técnicas y la oferta adjudicada.
4. Si en la revisión diferida se detectaren bienes faltantes, defectuosos, deteriorados, vencidos o no conformes, el
Proveedor deberá reponerlos o subsanarlos dentro del plazo que fije el I.T.S., sin costo adicional para la
Municipalidad, sin perjuicio de la aplicación de la multa que corresponda conforme a las presentes Bases.
5. La recepción material de los bienes no implicará aceptación definitiva, entendiéndose otorgada la recepción
conforme solo una vez finalizada la revisión respectiva.
6. El pago solo podrá efectuarse respecto de los bienes recepcionados conforme. Si con posterioridad se
detectaren bienes faltantes, defectuosos o no conformes, el Proveedor deberá emitir la respectiva nota de crédito
por el valor correspondiente, no pudiendo cobrar dichos bienes mientras no subsane el incumplimiento, sin
perjuicio de la aplicación de las multas y demás medidas que procedan conforme a las presentes Bases.
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