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Cronograma |
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Art. 11° El cronograma de actividades es el siguiente:
Publicación de las bases 17JUNIO2026
Fecha visita a terreno obligatoria (excluyente) El día 19JUNIO 2026, a las 10:00 horas, en la Plaza de la Ciudadanía ubicada en Av. Libertador Bernardo O’Higgins (Alameda), entre calle Teatinos y Morandé. (frente a la fachada sur del Palacio de la moneda)
Período de preguntas 17JUNIO2026 desde las 15:00 Hrs., hasta el 20JUNIO2026, hasta las 15:00 Hrs.
Publicación respuestas 22JUNIO2026, hasta las 20:00 Hrs.
Fecha cierre de recepción de ofertas 26JUNIO2026, a las 15:00 Hrs.
Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas 26JUNIO2026, a las 15:02 Hrs.
Fecha de Adjudicación 30JUNIO2026, hasta las 20:00 Hrs.
Si un plazo vence en un día inhábil, se prorrogará automáticamente al siguiente día hábil. Además, el cierre de las ofertas no podrá programarse en un día inhábil, un lunes, o en el día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
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Procedimiento de aplicación de multas |
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Art. 58° Cuando se verifiquen hechos que, conforme a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, la CJE aplicará el siguiente procedimiento, conforme a la Ley N.º 19.886, su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N.º 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, y la Ley N.º 19.880 sobre procedimientos administrativos:
a) Detectado un incumplimiento que pueda dar lugar a la aplicación de una multa, el Jefe del Departamento de Asuntos Generales, a través del Centro de Gestión de Adquisiciones, notificará al proveedor mediante el Sistema de Información de Compras Públicas, indicando los hechos observados, la disposición contractual infringida y la multa que eventualmente podría aplicarse.
b) Desde la fecha de notificación efectuada en el Sistema de Información de Compras Públicas, el proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos por escrito, acompañando los antecedentes que estime pertinentes, a través del mismo sistema.
c) Vencido el plazo anterior sin que se presenten descargos, o si éstos no resultan fundados, la CJE aplicará la multa mediante resolución del Jefe del Departamento de Asuntos Generales, la cual será notificada electrónicamente por los mismos medios señalados en la letra a) del presente artículo.
d) Si el proveedor presenta descargos dentro del plazo establecido, la CJE podrá acogerlos o rechazarlos total o parcialmente. En ambos casos, se dictará una resolución fundada que señalará el resultado del análisis, indicando, según corresponda, la sanción aplicada, su monto y fundamento normativo, o bien, la decisión de dejar sin efecto o modificar la sanción propuesta.
Dicha resolución será notificada electrónicamente al proveedor a través del Sistema de Información de Compras Públicas, entendiéndose cumplido el deber de notificación en los términos del artículo 140 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886.
e) El proveedor podrá interponer un recurso de reposición y/o jerárquico, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación electrónica de la resolución sancionatoria, conforme a la Ley N.º 19.880. Mientras el recurso se encuentre pendiente de resolución, no se hará efectiva la multa. La resolución que resuelva el recurso podrá mantener, modificar, reemplazar o dejar sin efecto la sanción aplicada, según corresponda, debiendo ser debidamente fundada y notificada al proveedor a través del Sistema de Información.
f) Si la resolución que resuelva el(los) recurso(s) confirma la multa en caso que corresponda, el proveedor deberá efectuar el pago dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación, conforme al siguiente orden de aplicación:
1) Pago directo: mediante vale vista nominativo a nombre de la Comandancia en Jefe del Ejército, RUT 61.101.036-2, entregado en Av. Tupper N.º 1725, Edificio “A”, comuna de Santiago o en la dirección institucional que se indique para estos efectos.
2) Descuento de pagos pendientes: si el proveedor mantiene facturas o estados de pago en trámite, la multa podrá descontarse de dichos montos hasta cubrir su valor total.
3) Acción judicial: si no fuera posible efectuar las medidas anteriores, la CJE derivará los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para el ejercicio de las acciones judiciales que correspondan.
Para efectos del presente procedimiento, todas las notificaciones efectuadas a través del Sistema de Información de Compras Públicas se entenderán válidamente practicadas una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del respectivo acto, documento o comunicación en dicho sistema, conforme a la normativa vigente.
Las comunicaciones operativas realizadas por correo electrónico o vía telefónica servirán como antecedente técnico para acreditar el incumplimiento, pero la aplicación formal de multas deberá tramitarse mediante resolución fundada y notificarse a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
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