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Resolución de Empates |
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ARTÍCULO 20° RESOLUCIÓN DE EMPATES
De resultar un empate en la asignación de puntajes totales, se recurrirá a las siguientes fórmulas para
determinar al adjudicatario de la licitación, en estricto orden de prelación:
1. En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente
que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
2. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el
criterio “Experiencia del oferente”.
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3. Mantenido que fuera el empate entre los oferentes con la aplicación de las fórmulas vistas, se
adjudicará al que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Experiencia especifica del equipo
realizador”
4. Si el empate persiste, se adjudicará al que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Plan maestro
de transmisión”
5. Mantenido que fuera el empate entre los oferentes con la aplicación de las fórmulas previas, se
adjudicará al que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Plazo de respuesta ante
situaciones complejas”
6. Si aplicando la fórmula anterior, persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá
adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de
respuesta ante situaciones menores”.
7. Si el empate se mantiene entre los oferentes, se adjudicará al que obtenga el mayor puntaje en
el criterio “Programa de integridad y compliance”
8. De persistir aún el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en
el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
9. Finalmente, si aplicados los mecanismos de desempate antes mencionados, éste persistiera, será
seleccionada la oferta que hubiera ingresado primero por el portal www.mercadopublico.cl, lo cual
será verificado por medio del comprobante de oferta que se encuentra disponible desde el acto
de apertura.
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Pacto de integridad |
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ARTÍCULO 14° PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y
demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
14.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él
o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
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14.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
14.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia
de la misma.
14.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia durante todo el proceso de la contratación, así como a
sostener un trato profesional y de respeto mutuo con la institución, respetando la integridad y
dignidad de sus autoridades y funcionarios.
14.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivasen.
14.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases
de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
14.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad,
que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
14.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos
se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos
sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,
sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
14.9 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que
tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el portal
www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 ter de la ley Nº19.886
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