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GENERALIDADES |
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II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos Técnicos, Formulario de presentación de Oferta Económica, Formato de identificación de proponentes y Formato de declaraciones, en adelante también las Bases de Licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
II.2 La presente propuesta y el Contrato que de ella pudiera derivarse, así como las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los Proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la Oferta que resulte favorecida con la adjudicación, se regirán por estas Bases de Licitación. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las Bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Direccion de Chilecompra
II.3 En la presente propuesta deberán formularse ofertas por el total de lo requerido, por lo q u e no se aceptarán soluciones parciales.
II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará la propuesta a aquel proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga el mayor puntaje como resultado del proceso de Evaluación Técnica y Económica, conforme se señala en el Capítulo “De la evaluación y adjudicación”, de las presentes Bases Administrativas.
La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos y/o excluyentes establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
El presupuesto disponible informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $ 40.000.000.- (cuarenta millones de pesos), correspondiente a un período de veinticuatro (24) meses.
II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado, previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo X de las presentes Bases Administrativas.
II.6 Adjudicada esta propuesta no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato mencionado en el punto precedente.
II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley N° 19.886, siempre que el contratista cumpla con las exigencias establecidas en las Bases para contratar y ejecutar el Contrato.
II.8 El adjudicatario inscrito en el Registro de Chileproveedores cumplirá con los requisitos solicitados en el punto X.2 del Capítulo X “Actos preparatorios del Contrato”, si se encuentra hábil en dicho organismo y siempre que las fechas de vigencia de los documentos estén conforme a lo solicitado en el referido punto. El proveedor adjudicado deberá hacer presente lo anterior en forma escrita dentro de los (03) días siguientes a la notificación de la adjudicación, con el objeto de que se revisen y constaten en el registro de Chileproveedores la existencia y validez de los antecedentes solicitados.
II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta Pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
II.10 Aquel adjudicatario que no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (www.chileproveedores.cl), estará obligado a hacerlo dentro del plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación, trámite que constituye requisito previo para suscribir el contrato definitivo, requisito que en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se exige a todos sus integrantes. La no inscripción dentro del término señalado, obligará a la entidad licitante, eventualmente, a la adjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta, incluido en las presentes Bases Administrativas, a saber, plazo para efectuar la charla técnica plazo para efectuar la visita a terreno, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de 30 días, por la entidad licitante, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.12 La entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte delas presentes bases y deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes
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DE LOS PARTICIPANTES |
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1 Podrán participar en esta Licitación personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 bis del reglamento de la ley de compras públicas. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar servicios por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago.
2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley N.º 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”.
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VISITA A TERRENO Y CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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Se efectuará una visita a terreno de carácter obligatorio siendo lo gastos por este concepto de cargo y responsabilidad del interesado que asista. Dicha visita se realizará el 09 de junio del año 2023, 09.00 A.M. en la sala de equipos del aeropuerto Arturo Merino Benítez. Los interesados deberán comunicarse con el sr Fernando Huentenao fhuentenao@dgac.gob.cl, fono 224363253 o al celular +56 9 51791502. Los interesados deberán informar al correo electrónico fhuentenao@dgac.gob.cl, el nombre de la persona que asistirá a la visita, indicando ( RUT y Patente del vehículo), hasta las 16:00 horas del día anterior a la fecha establecida para la visita a terreno, por la contingencia sanitaria, se aceptara una persona por empresa, debiendo cumplir con todas las medidas sanitarias vigentes.
Toda solicitud de aclaración de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro de los siete (07) días corridos siguientes contados a partir de la publicación de la propuesta.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de dos (2) días corrido, contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “archivos adjuntos de esta licitación”.
Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los eventuales intereses de los proponentes con el objeto que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que -una vez totalmente tramitado- se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
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Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la D.G.A.C., que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de Licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la Ficha Electrónica del Portal Mercado Público y el pliego de condiciones, prevalecerá este último
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GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA |
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Los gastos que demande participar en la presente propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
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DE LA PRESENTACIÓN |
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Las Ofertas, Técnicas y Económicas, deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopúblico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo 11 días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la D.G.A.C. o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta, por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Las ofertas deberán ser presentadas en tres (3) sobres separados: tres (3) sobres en soporte electrónico.
Los sobres en soporte electrónico se deberán rotular: N.º 1 “Aspectos Administrativos” (A), N.º 2 “Aspectos Técnicos” (T) y N.º 3 “Aspectos Económicos” (E). Estos sobres, tienen que estar en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows.
VII.1.1 El sobre electrónico Nº 1 “Aspectos Administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes:
VII.1.2 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, singularizado como punto 2.5 de las presentes Bases de Licitación.
VII.1.3 Una declaración simple emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes Bases Administrativas, según formato de declaraciones.
VII.1.4 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma.
La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.3 de las presentes Bases Administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes Bases Administrativas como también en las Bases Técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma.
VII.2 El sobre soporte electrónico Nº 2 “Aspectos Técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes:
a.- Presencia en el mercado: La Empresa deberá acreditar su antigüedad, mediante certificado de vigencia emitido por el Conservador de Bienes Raíces, para el caso de personas naturales presentar la iniciación de actividades
b.- Experiencia de la Empresa: Las empresas deberán acreditar experiencia en la que hubiere ejecutado trabajos de mantenimientos preventivos y correctivos a equipos de climatización, dentro del mercado nacional o en la D.G.A.C., mediante contratos o certificados de conformidad de los trabajos realizados, con una antigüedad no mayor a diez años
c.- Representatividad de Marca de equipos de climatización en Chile las empresas deberán presentar de certificado, que acredite ser representante de una o mas marcas de equipos de climatización en Chile.
d.- Garantía de los trabajos ejecutados
e.- Personal Técnico responsable de la ejecución del mantenimiento, la empresa deberá acreditar mediante certificados de capacitación en equipos de climatización de precisión y que mantengan contrato vigente con la empresa
VII.2.1 Descripción del servicio ofertado para dar cumplimiento al requerimiento del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de climatización instalados en las dependencias técnicas de responsabilidad del centro zonal de mantenimiento (radioayudas, comunicaciones, radares y subestaciones eléctricas del aeropuerto Arturo Merino Benítez) y unidades dependientes de la zona aeroportuaria central,
VII.2.2 Certificados de competencias o resoluciones de aprobación de contratos para acreditar experiencia en la que hubiere ejecutado servicios. En consecuencia, la información que no pudiese ser acreditada de esta forma no será considerada en esta evaluación.
VII.2.3 Planificación de la ejecución de los trabajos en forma mensual por medio de documentación y/o carta Gantt.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las Bases Administrativas, y Bases Técnicas, que permita a la Comisión Evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
VII.3 El Sobre Electrónico N.º 3, “Aspectos Económicos” (E), deberá contener la Oferta Económica de la propuesta, señalando el(los) precio(s) conforme al “Formulario de presentación de Oferta Económica” adjunto a las presentes Bases de Licitación
VII.3.1 Oferta económica por la contratación del servicio de “servicio de mantención requerimiento del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de climatización instalados en las dependencias técnicas de responsabilidad del centro zonal de mantenimiento (radioayudas, comunicaciones, radares y subestaciones eléctricas del aeropuerto Arturo Merino Benítez) y unidades dependientes de la zona aeroportuaria central,
VII.3.2 La oferta económica deberá registrarse en el producto o servicio requerido en el sistema de información, indicando valores unitarios netos.
VII.3.3 En el presupuesto el oferente deberá considerar, además todos los gastos que deriven el cumplimiento de las normas o reglamentos aplicables a otros servicios de la del estado y que tengan relación con el objeto de la presente licitación, como así mismo aquellos eventuales gastos que deriven de los tramites que sea necesario realizar en la licitación.
VII.3.4 Cuando existan discrepancias entre los precios unitarios ofertados y los calculados en el documento formato de presupuesto, o cuando existan errores en dicho análisis, prevalecerá lo registrado en la línea del producto o servicio requerido en el sistema de información de chile compra (ficha de licitación).
VII.3.5 Deberá indicarse el plazo de validez de la oferta, que no podrá ser inferior a 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la validez de la oferta, se entenderán, que aceptan el plazo de validez señalado en estas bases administrativas, la oferta que la validez sea inferior a 60 días corridos serán declaradas fuera de bases.
Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas el(los) precio(s) que éste exigirá.
Sólo se aceptarán ofertas en moneda nacional (CLP). La oferta que sea presentada en otra moneda no será considerada en el estudio económico de la propuesta.
El(los) precio(s) requeridos deben encontrarse en concordancia con las Bases Técnicas y deberá(n), además, ser subido(s) a la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) mediante un archivo adjunto denominado “Oferta Económica Licitación Pública ID 2271-55-LE23”.
El Plazo de vigencia de la Oferta no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos. Las ofertas que no mencionen la vigencia, se entenderán que acepta la señalada en estas Bases Administrativas.
Los Sobres mencionados en los puntos VII.1, VII.2 y VII.3, serán abiertos en conformidad a lo establecido en el Capítulo VIII de las presentes Bases Administrativas.
Para una mejor revisión de los antecedentes en la sesión de apertura de la propuesta, se solicita a los participantes de la presente licitación, que para efectos de presentación de la documentación e información electrónica que se debe incluir en los sobres Nº 1, 2 y 3, sea respetado el orden en que ella se solicita, en los puntos VII.1,VII.2 y VII.3 de las presentes Bases Administrativas.
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DE LA APERTURA |
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La apertura de los Sobres Electrónicos, N.º 1 “Aspectos Administrativos”, N.º 2 “Aspectos Técnicos” y Nº 3 “Aspectos Económicos”, se efectuará en un solo acto, el mismo día del cierre de la licitación, en forma electrónica, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
Se procederá a la apertura de los Sobres Electrónicos N.º 1 “Aspectos Administrativos” (A), N.º 2“Aspectos Técnicos” (T) y N.º 3 “Aspectos Económicos” (E).
En la Apertura de los Sobres N° 1 “Aspectos Administrativos, Nº 2 “Aspectos Técnicos”
(T) y Nº 3 “Aspectos Económicos” (E) sólo se efectuará la descarga del contenido de los mismos desde la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis del detalle del contenido de los sobres antes citados, corresponderá exclusivamente a la Comisión Evaluador.
Una vez concluido el acto de Apertura, Técnica y Económica, se confirmará el Acta de Apertura Electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las 24 horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), las que serán resueltas por la D.G.A.C. dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un Certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, el o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del Sistema de Información, en las dependencias del Subdepartamento Zona Aeroportuaria Central, Sección Logística, ubicada en ubicada en Omar Page N° 2070, interior, Aeropuerto Arturo Merino Benítez, comuna de Pudahuel en el plazo que estipula el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo N° 250 del año 2004, Publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2004 y sus modificaciones posteriores
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DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN |
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IX.1 Las ofertas “aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión Evaluadora. Si del examen y análisis del detalle de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora, está concluyera acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información de carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad.
IX.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la Pauta de Evaluación contenida en las Bases Técnicas de la presente Licitación, en un plazo no superior a cuatro (04) días corridos contados desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 55% para los Aspectos Técnicos, un 35% para los Aspectos Económicos, 10% para la evaluación impacto social y ambiental.
La D.G.A.C., adjudicará la Licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
En caso de existir empate en el puntaje final, para efectuar el desempate se considerarán los siguientes criterios, conforme a su ponderación en la Pauta de Evaluación:
1. Mayor puntaje de la oferta económica.
2. Mayor puntaje de la oferta técnica
3. Mayor puntaje Evaluación Impacto Social y Ambiental.
4. Mayor puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales
5. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se privilegiará a aquel que haya ingresado su oferta en el Portal Mercado Público, primeramente, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de 48 horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones.
Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del portal mercado público.
Culminada la evaluación Técnica y Económica, la Comisión Evaluadora deberá emitir el Informe pertinente, considerando en capítulo separado la Evaluación Final y Sugerencia de Adjudicación. Ambas actuaciones deberán verificarse dentro del plazo de dos (02) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas.
IX.3 Dentro de cuatro (04) días corridos siguiente a la fecha de emisión del Informe de Evaluación la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la Resolución de Adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el Artículo 41° del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado.
Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la Adjudicación, las que deberán ser formalizadas a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico bavila@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
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ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO |
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X.1 Luego de dictada la Resolución de Adjudicación, dentro de los cuatro (04) días corridos siguientes de notificado en el portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el adjudicatario favorecido.
X.2 Para celebrar el contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de cuatro (04) días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación en el referido portal, los siguientes documentos, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados:
X.2.1 Si se tratare de persona jurídica, deberá presentar:
Copia de la patente municipal vigente.
Certificado de Inicio de Actividad del S.I.I.
Copia de la escritura de constitución de la sociedad y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; de los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio.
Certificado de Vigencia de la Sociedad, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
Certificado de Vigencia de la personería del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representantes(s).
X.2.2 Si se tratase de persona natural, deberá presentar fotocopia de su cédula de identidad, Patente Municipal vigente y Certificado de Inicio de Actividad del S.I.I.
X.2.3 Si se tratase de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes de la misma, los antecedentes señalados en los puntos X.2.1 y X.2.2, según corresponda. Asimismo deberá dar cumplimiento a lo señalado en el Art. 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, acompañando la Escritura Pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que contenga, al menos, los requisitos establecidos en dicha disposición, esto es, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que pudiera contemplarse, si procede.
X.3 Cumplido el plazo de cuatro (04) días corridos indicado en el punto X.2, sin que el adjudicatario haya presentado los documentos exigidos, la Dirección General de Aeronáutica Civil dejará sin efecto la adjudicación, quedando la Dirección General de Aeronáutica Civil facultada para adjudicar la propuesta al oferente siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva Licitación.
Lo anterior, sin perjuicio de su facultad de ejercer las acciones legales que correspondan.
No podrán contratar con la D.G.A.C., aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886 y Artículos 8° y 10° de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto deberán emitir la correspondiente Declaración Jurada.
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CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO |
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XI.1 El contrato contendrá, entre otras cláusulas, el objeto, la vigencia, el precio y la forma de pago. Se entenderá que son parte integrante del citado contrato, las Bases de Licitación, las aclaraciones que pudieran emitir la D.G.A.C., las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en estas, las aclaraciones de la oferta, si las hubiere, y la Oferta que resulte favorecida con la adjudicación.
XI.2 Además de lo anterior, el contrato contendrá las demás cláusulas inherentes a la contratación objeto de la presente licitación, señalándose especialmente las siguientes:
XI.2.1 Cláusula de Modificación y Término anticipado del Contrato, mediante Resolución fundada, por las causales señaladas en los artículos 13 de la Ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, y especialmente por las que a continuación se señalan:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
c) Por necesidades operacionales o de buen servicio institucional, también para realizar trabajos adicionales o efectuar modificaciones no comprendidas la oferta del contratista, y en especial por aumento o disminución de unidades en las que se pueda prestar el servicio, con todo el monto del contrato no podrá aumentar más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente:
g) Si, dentro de un mes calendario, el contratista suspendiese el servicio por tres (3) días consecutivos en la misma dependencia.
h) Tener impuesta 4 multas graves o 6 multas menos graves u 8 multas leves, por el lapso de tiempo de seis (6) meses, durante la vigencia del contrato, de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo XIV de las presentes Bases Administrativas
i) En caso que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio.
j) El incumplimiento de sus obligaciones remuneraciones y de seguridad social para con los trabajadores que se desempeñen en la ejecución del contrato
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k) Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el 10% del precio total del contrato.
l) No entregar Garantías en el caso de aplicación de multas conforme al literal b) del numeral 4) del punto XV.2 de las presentes Bases Administrativas.
m) La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las Bases Administrativas.
n) El incumplimiento en el plazo de entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato, requerida por la D.G.A.C. si al momento de entrar en vigencia dicho instrumento, esta no alcanzare a cubrir el periodo del mismo, conforme a lo señalado en el punto XII.1 de las presentes Bases Administrativas.
Transcurridos los plazos antes referidos o si notificado el contratista acerca de las deficiencias acusadas por los servicios y/o bienes adquiridos mediante el respectivo contrato, éste no diere respuestas ni ejecutare acciones eficaces dentro del tercer día hábil, tales incumplimientos constituirán causal suficiente para que opere el término anticipado del contrato, si la DGAC lo estima conveniente, el que se hará efectivo sin forma de juicio y mediante Resolución fundada debidamente comunicada al contratista.
El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente:
a) La DGAC notificará por carta certificada al contratista, el incumplimiento en que haya incurrido, para que dentro del plazo de tres (03) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Registratura del Subdepartamento Zona Aeroportuaria Central, ubicada en calle Omar Page N° 2070, comuna de Pudahuel, (Interior Aeropuerto Arturo Merino Benítez, de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:30 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 15.30 horas.
b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada, enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el Portal.
De proceder la declaración de término anticipado del contrato por algunas de las causales contenidas en el literal e), del punto XI.2.1 precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada debidamente comunicada al contratista, caso en que hará efectiva, además, la garantía de fiel cumplimiento del contrato sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes.
XI.2.2 Cláusula de caso fortuito o fuerza mayor, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impidan, al contratista y/o a la D.G.A.C, cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En la ocurrencia de tales hechos, se aumentará el plazo del contrato en que incida, el que en todo caso será igual al de duración del caso fortuito o fuerza mayor.
En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término.
XI.2.3 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el Contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en la dirección señalada en la comparecencia.
XI.2.4 Cláusula de Confidencialidad, en la que la D.G.A.C. y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir.
En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del Contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar el que sea revelado o comunicado de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del Contrato.
XI.3 Toda la documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto.
XI.4 El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes Bases de Licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisan de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee.
XI.5 El contrato entrará en vigencia en la fecha en que se notifique al contratista, a través del Portal Mercado Público, la total tramitación de la Resolución que lo aprueba y se extenderá hasta la prestación total de los servicios contratados y el cumplimiento del período de ejecución pactado su naturaleza, el contratista deberá cumplir aún después de verificado el hito señalado precedentemente
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DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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XII.1 Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la Licitación Pública ID N° 2271-55-LE23 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista”. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco – Dirección General de Aeronáutica Civil, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato. La caución que se constituya deberá ser irrevocable y pagadera a la vista y de ejecución inmediata, tomada en un Banco, en una institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, en una Compañía de Seguro con Agencia en Chile, o en una Institución de Garantía Recíproca (IGR), según corresponda y deberá tener una vigencia que contemple el plazo de prestación de los servicios, más noventa (90) días corridos. En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en unidades de fomento, éste deberá considerar la conversión según el tipo de cambio vigente o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía.
Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el período antes señalado, el contratista deberá reemplazar esta garantía por otra que cumpla con este periodo o extender su vigencia, en un plazo no superior a quince (15) días corridos.
En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en unidades de fomento, este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía.
En el evento que la garantía se constituya mediante una Póliza de seguro, ésta podrá expresarse en UF (Unidad de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en el artículo 10 del DFL N° 251 del 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor de la Póliza incluir en las condiciones particulares de ella, que ésta cubra el pago de las multas. Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico bavila@dgac.gob.cl.
XII.2 Si el adjudicatario no entregare la garantía por el fiel cumplimiento del contrato y/o no firma el Contrato dentro de plazo señalado en el Capítulo X de las presentes Bases Administrativas, o se desiste de él, la D.G.A.C. dejará sin efecto la adjudicación, en conformidad a lo exigido en el punto VII.1 de las presentes Bases Administrativas, quedando facultada para adjudicar la propuesta al oferente siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva Licitación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan.
XII.3 La Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta una vez transcurrido el plazo de noventa (90) días corridos contado desde la emisión del Certificado de recepción conforme, emitido por la Inspección Fiscal, y correspondiente al “último” mes en que se prestó el servicio, previa verificación de multas pendientes, devolución que se efectuará en el Subdepartamento Zona Aeroportuaria Central, ubicada en Omar Page N° 2070 comuna de Pudahuel, a través del “Formulario de Retiro”, disponible en la Sección Logística ZAC
XII.4 En caso de proceder el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, éste se efectuará conforme al procedimiento indicado en el punto XV.2 de las presentes Bases Administrativas, respetando los principios de contradictoriedad e impugnabilidad.
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DE LAS MULTAS |
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Se contempla el pago de multas por incumplimiento en el plazo de entrega establecido en el contrato, cuando la responsabilidad de este recaiga en el oferente o proveedor adjudicado.
El contratista adjudicado incurrirá en multas por cada día hábil administrativo de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega del producto adquirido respecto al plazo de entrega establecido en la orden de compra el cual se calculará a un 2% del valor NETO del servicio atrasado, con un tope de 10 días hábiles administrativos.
Para los casos en que el proveedor adjudicado no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de su emisión, y sin embargo haya realizado el servicio requerido, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de emitida la Orden de Compra.
En caso de que sea detectada una situación que amerite la aplicación de multa por incumplimiento del proveedor adjudicado, por parte de la D.G.A.C., se le notificará al proveedor mediante correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, el monto de la multa y la forma de pago. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (05) días hábiles, para efectuar sus descargos e indicar la forma del cobro de la multa si correspondiere.
Vencido el plazo citado sin que el proveedor adjudicado presente descargos, la D.G.A.C procederá a aplicar la multa de la forma en que le fue notificada.
Si el vendedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la D.G.A.C, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos.
Además, transcurridos 15 días corridos desde la fecha pactada para el inicio del servicio sin que el proveedor haya ejecutado alguna acción para la prestación del mismo y que no se tenga comunicación alguna de éste, la D.G.A.C., podrá poner término anticipado a la Orden de Compra.
Las multas por incumplimiento antes señaladas se cobrarán a elección del vendedor, si el vendedor no lo indicara, las multas serán cobradas como lo determine la DGAC., conforme a uno de los siguientes mecanismos:
a) Pago directo del Vendedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, previo requerimiento del Comprador y transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles para el primero formule los descargos que estime pertinente.
b) Deduciéndolas el comprador de la siguiente factura representativa de estados de pago, lo que bajo circunstancia alguna implica que el precio del bien adquirido se modifica por dicha imposición.
No se aplicarán multas al proveedor adjudicado cuando las faltas en que éste hubiere incurrido, sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a la definición del artículo cuarenta y cinco del Código Civil, circunstancia que el proveedor adjudicado deberá comunicar por escrito a la DGAC tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término
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DE LAS MULTAS |
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Se contempla el pago de multas por incumplimiento en el plazo de entrega establecido en el contrato, cuando la responsabilidad de este recaiga en el oferente o proveedor adjudicado.
El contratista adjudicado incurrirá en multas por cada día hábil administrativo de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega del producto adquirido respecto al plazo de entrega establecido en la orden de compra el cual se calculará a un 2% del valor NETO del servicio atrasado, con un tope de 10 días hábiles administrativos.
Para los casos en que el proveedor adjudicado no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de su emisión, y sin embargo haya realizado el servicio requerido, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de emitida la Orden de Compra.
En caso de que sea detectada una situación que amerite la aplicación de multa por incumplimiento del proveedor adjudicado, por parte de la D.G.A.C., se le notificará al proveedor mediante correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, el monto de la multa y la forma de pago. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (05) días hábiles, para efectuar sus descargos e indicar la forma del cobro de la multa si correspondiere.
Vencido el plazo citado sin que el proveedor adjudicado presente descargos, la D.G.A.C procederá a aplicar la multa de la forma en que le fue notificada.
Si el vendedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la D.G.A.C, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos.
Además, transcurridos 15 días corridos desde la fecha pactada para el inicio del servicio sin que el proveedor haya ejecutado alguna acción para la prestación del mismo y que no se tenga comunicación alguna de éste, la D.G.A.C., podrá poner término anticipado a la Orden de Compra.
Las multas por incumplimiento antes señaladas se cobrarán a elección del vendedor, si el vendedor no lo indicara, las multas serán cobradas como lo determine la DGAC., conforme a uno de los siguientes mecanismos:
a) Pago directo del Vendedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, previo requerimiento del Comprador y transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles para el primero formule los descargos que estime pertinente.
b) Deduciéndolas el comprador de la siguiente factura representativa de estados de pago, lo que bajo circunstancia alguna implica que el precio del bien adquirido se modifica por dicha imposición.
No se aplicarán multas al proveedor adjudicado cuando las faltas en que éste hubiere incurrido, sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a la definición del artículo cuarenta y cinco del Código Civil, circunstancia que el proveedor adjudicado deberá comunicar por escrito a la DGAC tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término
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LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS |
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Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la D.G.A.C., cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la D.G.A.C. estará facultada para exigir al contratista en cada estado de pago, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo a través del formulario F 30-1.
Asimismo, en el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la D.G.A.C., de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. (H) N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, la D.G.A.C. podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por la D.G.A.C. como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. |
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El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente:
• A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato.
• A mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal que nomine la D.G.A.C, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato.
• A cumplir todas las exigencias que establezca la D.G.A.C., en función del contrato, de las Bases de Licitación y de la Oferta del contratista.
• Cumplir con los plazos del contrato.
• En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la D.G.A.C. el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta D.G.A.C.
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VIGENCIA |
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El contrato entrará en vigencia el 01 de julio del año 2023 una vez que se notifique al contratista la circunstancia de encontrarse totalmente tramitada la resolución administrativa aprobatoria del mismo, a través del sistema de compras públicas (www.mercadopublico.cl y se extenderá por un periodo de veinticuatro (24) meses.
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