Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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hospital juan noe crevani
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Fecha de vencimiento:
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24-07-2028
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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El proveedor que resulte adjudicado en la presente licitación, deberá presentar al momento de suscribir el contrato definitivo, un Documento de Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, tomado por él o por un tercero a su nombre, que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadero a la vista y con carácter irrevocable, según lo establecido en el Articulo N° 121 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, DS N°661 del 2024, expresada en pesos chilenos, por un monto equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, para caucionar el fiel e íntegro cumplimiento del contrato, que permita su cobro en la oficina de Arica, a menos que sea declarada por la Entidad Compradora como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la Entidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía.
El SCR de Contabilidad será directamente responsable de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas.
Descripción : El proveedor que resulte adjudicado en la presente licitación, deberá presentar al momento de suscribir el contrato definitivo, un Documento de Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, tomado por él o por un tercero a su nombre, que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadero a la vista y con carácter irrevocable, según lo establecido en el Articulo N° 121 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, DS N°661 del 2024, expresada en pesos chilenos, por un monto equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, para caucionar el fiel e íntegro cumplimiento del contrato, que permita su cobro en la oficina de Arica, a menos que sea declarada por la Entidad Compradora como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la Entidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía.
El SCR de Contabilidad será directamente responsable de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas.
El Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato podrá ser otorgado de manera electrónica, conforme lo prescrito en el Articulo N° 121 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, Decreto Supremo N.º 661/2024, la que “Moderniza la Ley N.º 19.886. Si los documentos de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato son emitidos en forma electrónica, éstos deberán ajustarse a la Ley N.º 19.799, sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y su reglamento.
Si el documento se emite en forma material, la entrega se efectuará en Avda. 18 de Septiembre N° 1000, Segundo Piso, Oficina de Partes, Hospital “Dr. Juan Noé Crevani” Dr. Juan Noé Crevani, Arica.
No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos:
a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio;
b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y,
c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros.
Este documento podrá ser cobrado ipso facto por el Hospital dictando resolución fundada al efecto, con cargo a hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los proveedores en los siguientes casos:
a) En los casos establecidos en el Artículo 25 de las presentes bases sobre término anticipado del contrato, excepto por Resciliación o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
b) Incumplimiento de las exigencias establecidas en las presentes bases, ofertas y el contrato.
c) Negarse a resolver los problemas en los plazos comprometidos, otorgar garantías ofertadas y/o los servicios ofrecidos.
Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar a tiempo y mantener vigente el documento de garantía señalado.
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Glosa:
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Para garantizar al Hospital “Dr. Juan Noé C.” el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en la licitación pública “CONVENIO SERVICIO DE AMBULANCIA PARA EL TRASLADO DE PACIENTES DEL HJNC”, ID mercado público 1075963-179-LP26.
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Forma y oportunidad de restitución:
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En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que está siendo reemplazada en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de cobro.
En caso de que el proveedor no renovara dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en la cláusula N° 24 “Término anticipado de contrato” de estas bases.
La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez extinguidas cada una de las obligaciones que emanen de las presentes bases y del contrato y cumplida que sea su fecha de vencimiento, en los términos indicados en la cláusula N°10 de las presentes bases, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
Finalmente, cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Hospital Dr. Juan Noé Crevani Rut 61.606.001-5
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Fecha de vencimiento:
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22-10-2026
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Monto:
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5
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Descripción:
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El proveedor que resulte adjudicado en la presente licitación, deberá presentar al momento de suscribir el contrato definitivo o en su defecto al momento de crearse la orden de compra que sustituya el contrato, un Documento de Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, tomado por él o por un tercero a su nombre, que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadero a la vista y con carácter irrevocable, según lo establecido en el Artículo N.º 121 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, Decreto Supremo N.º 661 del 2024, expresada en pesos chilenos, por un monto equivalente al 5% del valor del contrato (impuestos incluidos), para caucionar el fiel e íntegro cumplimiento del contrato, que permita su cobro en la oficina de Arica. El SCR de Contabilidad será directamente responsable de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas.
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Glosa:
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Para garantizar al Hospital Dr. Juan Noé Crevani, el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en la licitación pública “SERVICIO DE AMBULANCIA PARA EL TRASLADO DE PACIENTES DEL HOSPITAL HJNC 2025”, ID mercado público 1075963-222-LP25.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Se hará devolución de esta garantía una vez extinguidas cada una de las obligaciones que emanen de las presentes bases y del contrato, esto es, una vez terminada la garantía del suministro.
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