Licitación ID: 1016414-2-LP26
“La historia de Chile según Berni T2”
Responsable de esta licitación: CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION
Fecha de Cierre: 18-02-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Producción de vídeo 1 Unidad
Cod: 82131603
Servicios de producción, animación y postproducción de la segunda temporada de la serie animada “La historia de Chile según Berni” sobre historia de Chile en el siglo XIX, para CNTV Infantil, Programa de TV Cultural y Educativa.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“La historia de Chile según Berni T2”
Estado:
Publicada
Descripción:
Servicios de producción, animación y postproducción de la segunda temporada de la serie animada “La historia de Chile según Berni” sobre historia de Chile en el siglo XIX, para CNTV Infantil, Programa de TV Cultural y Educativa.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
No serán publicadas, por tratarse de creaciones originales.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CNTV
R.U.T.:
60.909.000-6
Dirección:
Mar del Plata 2147
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-02-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 29-01-2026 16:36:17
Fecha inicio de preguntas: 30-01-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 03-02-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-02-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-02-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-02-2026 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-02-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1-A “Formulario de Datos de Oferente Persona Natural”
2.- Anexo N°1-B “Formulario Datos del Oferente Persona Jurídica”.
3.- Anexo N°2 “Declaración de Confidencialidad”
4.- Anexo N°3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado para ofertar y/o suscribir contratos con el Consejo Nacional de Televisión y aceptación de Bases”
5.- Anexo N°4 “Formulario de Materias de alto impacto social”
6.- Anexo N°5 “Declaración Programa de Integridad”
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 6 “Experiencia de la empresa en animación”
 
2.- Anexo N°7-A “Experiencia del/la director/a de animación”
 
3.- Anexo N°7-B “Experiencia del/la productor/a general”
 
4.- Anexo N°7-C “Experiencia del/la productor/a de línea”
 
5.- Anexo N° 8 “Experiencia del/la guionista jefe”
 
6.- Anexo N° 9 “Maqueta de guión”
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 10 "Formulario de Oferta Económica”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Todo lo indicado en Bases de Licitacion
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Todo lo indicado en las Bases de Licitación
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de requisitos formales 2%
2 Materias de Alto Impacto Social Anexo N°4 1%
3 Programa de Integridad Anexo N°5 1%
4 Experiencia del/ la guionista jefe Anexo N°8 16%
5 Experiencia del/ la productor/a de línea Anexo N° 7-C 15%
6 Experiencia de la empresa Anexo N° 6 15%
7 Experiencia del/ la director/a de animación. Anexo N°7-A 15%
8 Experiencia del/ la productor general Anexo N° 7-B 15%
9 Maqueta de guión Anexo N°9 15%
10 Propuesta económica Anexo N°10 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Isaac Figueroa
e-mail de responsable de pago: ifigueroa@cntv.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION
Fecha de vencimiento: 30-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier garantía que, en todo caso, asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista y con carácter de irrevocable, tales como Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista o Póliza de Seguro. En el caso de garantías contenidas en documentos electrónicos, los proponentes deberán ajustarse a la Ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, debiendo constar el instrumento con firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso de que el proveedor presente una póliza de ejecución inmediata, deberá considerar en su cobertura los incumplimientos por pagos de multas e incumplimientos de los pagos previsionales de sus trabajadores. En caso de que el proveedor presente una póliza de seguro de ejecución inmediata, deberá considerar en su cobertura los incumplimientos por pagos de multas e incumplimientos de los pagos previsionales de sus trabajadores. Además deberá excluir expresamente y obligatoriamente la cláusula de arbitraje y designación de liquidador respecto del Consejo Nacional de Televisión, además debe incluir obligatoriamente una cláusula que imponga la prohibición de introducir modificaciones a los términos y condiciones de la póliza (Cláusula de inalterabilidad), sin autorización previa y por escrito del Consejo Nacional de Televisión. Si la póliza es con deducible, en la condiciones particulares de ésta, deberá estipular expresamente que el deducible deberá ser de cargo exclusivo del contratante de dicha póliza.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones impuestas en el contrato de la propuesta pública ID 1016414-2-LP26, Servicios de producción, animación y postproducción de la segunda temporada de la serie animada “la historia de Chile según Berni”, sobre historia de Chile en el siglo XIX, para CNTV Infantil, Programa de TV Cultural y Educativa”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario o de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, aquel deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, bajo apercibimiento de provocar el término anticipado del contrato. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía hasta su vencimiento. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La restitución de esta garantía será realizada una vez recepcionado conforme los servicios, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso que, realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje final máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en “experiencia del guionista jefe”.

En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio "experiencia del productor de línea".

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en la "“Director/a en animación”.

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en “maqueta de guión”.

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en “experiencia del productor general”.

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en “experiencia de la empresa”.

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en “propuesta económica

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en "Cumplimiento de requisitos formales".

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en "materias de alto impacto social".

De persistir el empate, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje promedio en “programa de integridad”.

Finalmente, si aún siguiera el empate, se preferirá la propuesta que primero fue ingresada por el oferente al sistema www.mercadopublico.cl.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en https://ayuda.mercadopublico.cl/solicitudes, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 7 días corridos contados desde el término del plazo para realizar las consultas.


Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contrato originado de la presente licitación podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causas:

1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.  Serán considerados incumplimientos graves:

  • La no ejecución o la ejecución parcial, por parte del adjudicatario de la prestación del servicio, sin que exista causal que le exima de responsabilidad.

  • El hecho de que las multas dispuestas en el punto 22 completen los topes establecidos. 

  • Abandono evidente de los servicios que deben ser prestados por la empresa.

  • Tener subcontratos no autorizados.

  • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus trabajadores por más de un periodo dentro de la vigencia del contrato.  

4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en las presentes bases de licitación y el decreto N° 661 de 2024. En este caso, el CNTV sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá a cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

7. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito al CNTV, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el CNTV; b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del contrato de la presente licitación; y/o 8. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes Bases.

9. Registrar, transcurrida la mitad del plazo del respectivo contrato, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.

10. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el contenido de las presentes bases antes de  su aprobación y publicación, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio con relación al resto de los oferentes.

11. Ser eliminado del Registro de Proveedores por causa sobreviniente.

12. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la Unión Temporal de  Proveedores, en la medida que no se pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

13. Por razones de caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten continuar con el contrato.

14. Si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el Pacto de Integridad.

15. Reemplazo no autorizado por el CNTV del/la  productor/a en línea, director/a de animación, guionista, productor/a general propuesto por la empresa productora.

16. No cumplimiento de los roles y cantidad de profesionales comprometidos para la ejecución del proyecto.

17.Las demás establecidas en las bases.

Cuando el término anticipado del contrato provenga de una causal imputable al adjudicatario, el CNTV podrá ejecutar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

No obstante, lo indicado, no se hará valer las sanciones señaladas precedentemente, si la demora o el incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, se deban a fuerza mayor, debidamente comprobada, situación que calificará a título exclusivo el Consejo Nacional de Televisión.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CNTV podrá solicitar a los oferentes:

  1. Salvar errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

  2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

  3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

  4. Las aclaraciones que estime pertinentes.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CNTV o acompañar los antecedentes requeridos por éste. El CNTV no considerará las respuestas o los antecedentes requeridos vencido dicho plazo.

Los oferentes a los cuales se les ha solicitado entregar antecedentes faltantes deberán subirlos al Portal, junto con una respuesta a la solicitud de envío requerida. En el evento que el oferente no pueda comunicarse con el Portal, éste rechace el ingreso, por razones ajenas al usuario u otra razón que implique no poder publicar el documento solicitado, el oferente deberá hacerlos llegar dentro de plazo mediante sobre cerrado, dirigido al Director de Administración y Finanzas, el que deberá contener una carta en su parte exterior, indicando claramente:

- Nombre e ID de la licitación correspondiente, 

- Nombre del proponente, y 

- Documentos que se incluyen en el sobre, ordenados numéricamente.

En estos casos, y sólo si el respectivo oferente corrige la omisión, se le asignará menor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.


Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:


  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.  

  2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.

  3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere.

  6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si los hubiere.

  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación. En los dos casos anteriormente señalados, el Consejo Nacional de Televisión informará al Registro de Proveedores del Estado. 


Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato de acuerdo al procedimiento establecido en las bases de la licitación. 


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.