BASES ADMINISTRATIVAS
“SERVICIOS DE CUIDADO Y MANTENCION RECINTOS MUNICIPALES”
1.- GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco llama a Licitación Pública para contratar servicios de cuidado y mantención en recintos Los Tacos, Piscina, Estadio, gimnasio, oficina de deporte y cultura, Bodega operaciones y Oficina de DIDECO, entre otros, de acuerdo a las atribuciones que confiere la Ley N°19.886, “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”.
2.- FINANCIAMIENTO:
La contratación de los servicios será financiado totalmente con recursos del presupuesto municipal:
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N°
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DESCRIPCION
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AREA GESTION
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PROGRAMA
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SUBPROGRAMA
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DENOMINACIÓN
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ITEM
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1
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Cuidado en Parque Los Tacos Avda. Monseñor Lecaros Nº 388
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Servicios comunitarios
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Recinto Los Tacos
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Recinto Los Tacos
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Otros
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215.22.08.999.001.001
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2
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Servicio Mantención de Recinto Los Tacos avenida Ramón Lecaros Nº 388 y Edificio Municipal Avenida Arturo Prat Nº 66.
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Servicios comunitarios
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Recinto Los Tacos
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Recinto Los Tacos
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Otros
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215.22.08.999.001.001
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3
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Servicio de aseo y mantenciones Recinto Estadio Municipal, Gimnasio Municipal, Salas polideportivas y oficina de Deporte y Cultura Avenida Arturo Prat Nº218
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Servicios comunitarios
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Gimnasio y casa cuidador
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Gimnasio y casa cuidador
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Otros
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215.22.08.999.001.001
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4
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Servicio de aseo y mantenciones Recinto piscina Municipal Calle Los Ciruelos Nº 117.
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Servicios comunitarios
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Piscina Municipal
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Piscina Municipal
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Otros
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215.22.08.999.001.001
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5
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Cuidado en Recinto estadio y gimnasio Municipal Avenida Arturo Prat Nº218.
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Servicios comunitarios
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Gimnasio y casa cuidador
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Gimnasio y casa cuidador
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Otros
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215.22.08.999.001.001
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6
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Cuidado en Recinto Piscina Municipal calle Los Ciruelos Nº 117.
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Servicios comunitarios
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Piscina Municipal
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Piscina Municipal
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Otros
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215.22.08.999.001.001
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3.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Esta licitación corresponde a una adjudicación simple menor a 1000 UTM, por lo que corresponde a la sigla LE, de acuerdo a los valores ofertados en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos.
4.- MARCO REGULATORIO, PLAZOS Y NOTIFICACIONES:
Cabe señalar que la presente licitación pública se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas que por este acto se aprueban, y por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal Mercado Público y de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras, se entenderán realizadas transcurridas 24 horas desde la publicación del documento o acto en el Sistema de Información. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras, y para todas las comunicaciones que se le realicen al proveedor adjudicado durante la vigencia de la contratación, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones, la cual deberá ser informada en el Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
5.- MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco, RUT. N°69.080.700-9, domicilio en Avda. Arturo Prat N°66, Coltauco.
6.- UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Administración y Finanzas.
7.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Para ofertar:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
6.- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
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GRADO
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CONSANGUINIDAD
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GRADO
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AFINIDAD
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TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS)
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CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
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1°
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Padres (padre o madre)
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1°
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Suegros / padres del conviviente civil
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Hijos e hijas
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Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
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2°
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Hermanos y hermanas
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2°
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Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
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Abuelos / nietos o nietas
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Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
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Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
8.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR:
Los oferentes podrán participar por una línea de compra.
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor por cada Línea de Compra, podrá ser en forma parcial o la totalidad de la presente base.
La Municipalidad de Coltauco, requiere contratar servicios que más adelante se señalan, para cumplir funciones hasta diciembre 2026, suscribiéndose Contratos de Prestación de Servicios individuales, cuyas labores están definidas en las Bases Técnicas, para ello, el oferente debe tener presente que el servicio es presencial y debe cumplir con una cantidad de horas a la semana, las que están definidas en las Bases Técnicas, a menos que éstas últimas señalen lo contrario.
El oferente que pasará a ser Prestador de Servicios no tendrá calidad de funcionario municipal, y será de su responsabilidad el traslado desde y hacia sus labores. Además, deberá ser puntual y mantener una conducta intachable tanto hacia el público externo como interno.
Una vez sancionadas las presentas Bases, el funcionario u operador del sistema, creará el Formulario de Adquisición, con las siguientes Líneas de Compras:
l
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N°
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CODIGO ONU
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CANT
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UNIDAD DE MEDIDA
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DESCRIPCIÓN DEL BIEN/SERVICIO
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1
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80111613
Mano de obra temporal
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12
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Mes
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Cuidado en Parque Los Tacos Avda. Monseñor Lecaros Nº 388
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2
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80111613
Mano de obra temporal
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12
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Mes
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Servicio Mantención de Recinto Los Tacos avenida Ramón Lecaros Nº 388 y Edificio Municipal Avenida Arturo Prat Nº 66.
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3
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80111613
Mano de obra temporal
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12
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Mes
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Servicio de aseo y mantenciones Recinto Estadio Municipal, Gimnasio Municipal, Salas polideportivas y oficina de Deporte y Cultura Avenida Arturo Prat Nº218
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4
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80111613
Mano de obra temporal
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12
|
Mes
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Servicio de aseo y mantenciones Recinto piscina Municipal Calle Los Ciruelos Nº 117.
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5
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80111613
Mano de obra temporal
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12
|
Mes
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Cuidado en Recinto estadio y gimnasio Municipal Avenida Arturo Prat Nº218.
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6
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80111613
Mano de obra temporal
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12
|
Mes
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Cuidado en Recinto Piscina Municipal calle Los Ciruelos Nº 117.
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9.- CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
Los antecedentes del llamado a licitación estarán disponibles en el sistema de contratación pública del Estado en el sitio www.mercadopublico.cl conforme a lo siguiente:
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PROCESO
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DESCRIPCION
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Fecha de publicación
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Se publicarán a más tardar, al quinto día de dictado el Decreto aprobatorio correspondiente.
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Fecha inicio y término de preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y el foro estará vigente por 72 horas hábiles.
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Fecha publicación de respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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Se publicará diez (10) días (como mínimo) contados desde la fecha de publicación, y cerrará en día hábil, a las 15:00 hrs.
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Fecha de apertura electrónica
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Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
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Fecha de adjudicación
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Se procederá a adjudicar hasta pasado 05 días hábiles, contados desde de la fecha de apertura de la licitación.
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Fecha suscripción de contrato
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Se suscribirá a más tardar al 5° día de haber adjudicado el proceso. La emisión de la orden de compra, se realizará una vez sancionados los respectivos contratos.
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10.- GARANTÍA DEL CONTRATO:
No se contempla.
11.- INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las ofertas se deberán presentar solamente a través del formulario de presentación de ofertas que incluye el sistema de información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los formularios indicados en las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
El Oferente deberá ingresar debidamente llenado los siguientes antecedentes, conforme a Formularios proporcionado en la presente Licitación:
Documentos Administrativos:
i) Formulario N°1-A Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono.
Documentos Técnicos:
ii) Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente”
iii) Currículum Vitae resumido en Word o PDF de fácil descarga, en caso de empresas deberá presentar Curriculum Empresarial resumido (no más de 3 páginas).
iv) Patente Municipal Vigente y al día, para comerciantes o empresas con establecimiento comercial esta debe ser acorde al rubro que está ofertando. Aquellos oferentes que emitan boleta de honorarios, no le será exigido dicho documento.
Se solicita, de preferencia, subir archivos en formato pdf y/o jpeg. En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
v) Plan de Trabajo
12.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que presenten las empresas deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta cuyo periodo de validez sea inferior podrá ser rechazada por no ajustarse a este requisito. Si no lo señala expresamente el plazo de vigencia, se entenderá que por el solo hecho de presentar una oferta, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Sólo en circunstancias excepcionales, se podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito a través del sistema.
13.- DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será realizada por el funcionario con clave del Departamento de Adquisiciones, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°11 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que rigen para esta Licitación.
No obstante, lo establecido anteriormente, la no presentación del Formulario Nº1-A “Individualización del Oferente”, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 56° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) la Ley N°21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contadas desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se aplicará 0 punto.
14.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
Respecto de la evaluación de las ofertas, se considera los siguientes aspectos:
14.1 De la Comisión Evaluadora:
Se designarán tres funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Municipal para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
i) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos exigidos en la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
ii) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas.
Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
iii) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
iv) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
v) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
vi) Podrá realizar las consultas y aclaraciones que considere necesarias para aclarar y/o consultar aspectos de los antecedentes de la oferta, que merezcan dudas y que se estimen necesarias para una mejor evaluación de la propuesta, las que en ningún caso podrán constituir modificación a la oferta económica ya presentada.
vii) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde o en quien esté delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
14.2 De los Criterios de Evaluación:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, la Comisión Evaluadora procederá a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales.
La Comisión aplicará la pauta de evaluación que se indica más adelante y conforme a ello, elaborar unas nomina en que se consignaran las ofertas admisibles y hábiles en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicado la pauta de evaluación, obtenga el mayor porcentaje.
Se establecerá pauta de evaluación en función de los porcentajes de importancia de los siguientes aspectos, cuyas ponderaciones, para los oferentes son:
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N°
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Criterio de Evaluación
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Rangos
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1
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Precio 60%
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Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) /precio X 100.
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2
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Experiencia del Oferente 20%
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+ de 3.1 años
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=
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100 puntos
|
|
Entre 2.1 a 3 años.
|
=
|
70 puntos
|
|
Entre 1.1 a 2 años.
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=
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60 puntos
|
|
Entre 0.1 a 1 año.
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=
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30 puntos
|
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No tiene o no informa
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=
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0 punto
|
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3
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Calidad técnica 15%
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Presenta programa de trabajo de labores a realizar
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=
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100 puntos
|
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No presenta programa de trabajo de labores a realizar
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=
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0 punto
|
|
4
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Cumplimiento de los Requisitos 5%
|
Si cumple con todos los requisitos.
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=
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100 puntos
|
|
Si obtiene entre 70 y 99 puntos.
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=
|
70 puntos
|
|
Si obtiene entre 40 y 69 puntos.
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=
|
50 puntos
|
|
Si obtiene entre 10 y 39 puntos.
|
=
|
20 puntos
|
|
Si obtiene menos de 9 puntos.
|
=
|
0 punto
|
1. Precio: (60%)
El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl el valor mensual del servicio a contratar, sin Impuesto, en la Línea de Compra que corresponda. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula:
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Precio Mínimo Ofertado
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X 100
|
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Precio de la Oferta
|
Se aplicará 2 decimales para el cálculo.
Aquellas ofertas que superen el presupuesto disponible, no serán consideradas para adjudicar.
2. Experiencia del Oferente: (20%)
Se evaluará con mayor puntaje a aquel oferente que indique mayor experiencia en servicios similares al consultado en esta licitación y que adjunte respaldo de las mismas durante los (3) tres últimos años.
Se priorizará experiencia prestada en otras entidades públicas y/o privadas, conforme a Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”, adjunto. A continuación, se indican los documentos que validan experiencia:
a) Organismo Público: Para certificar los servicios consultados, Municipalidades u Otros Organismos Públicos, se exigirá el Número de la Orden de Compra Electrónica (o contrato) con su respectiva “Aceptada” o “Recepción Conforme”. Sólo bastará que las mencione, ya que se verificarán directamente en el portal, de lo contrario, se procederá un descuento de 2 puntos del total obtenido en la suma de todos los Criterios de Evaluación.
b) Sector Privado: Para certificar servicios consultados deberá ingresar copia escaneada del contrato y su respectiva Carta de Satisfacción. En caso de contar con el finiquito, también lo puede adjuntar, siempre y cuando corresponda al contrato.
El oferente que no adjunte el o los documentos que validen la experiencia, se les asignará un puntaje equivalente a 0 (cero) puntos.
El oferente que ingrese otro tipo de documentos que no sea el solicitado, en los párrafos anteriores del punto experiencia del oferente, se les descontara 05 puntos del total obtenido en el criterio de evaluación “Experiencia del Oferente”.
Si no tuviese experiencia de igual deberá ingresar el Formulario N°2, para no considerarlo como omisión, ya que la no presentación de dicho documento, dará lugar a marginar la oferta.
3. Calidad Técnica del Servicio (15%)
Se asignara 100 puntos, a aquel oferente que presente un plan de trabajo con las labores a desarrollar a diario, semanal y mensual. En aquellas ofertas que no presente el plan o bien este no se ajuste a lo solicitado, se le asignara 0 puntos.
4. Cumplimiento de Requisitos Formales: (5%)
Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 5%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en el cuadro siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
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N°
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Requisitos a Cumplir
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Puntaje
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|
1
|
Ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente”
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25
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2
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Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje).
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25
|
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3
|
Que oferte en valor neto y por lo señalado en las bases
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20
|
|
4
|
Que los formatos sean los proporcionados en la presente Licitación, correctamente llenados sin cambiar su estructura.
|
25
|
|
5
|
Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente.
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05
|
|
|
Puntaje Total
|
100
|
14.3. Otros aspectos de la evaluación:
14.3.1 De las consultas (foro inverso):
La Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
14.3.2 De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Precio
2° Experiencia del Oferente
3ª Calidad Técnica
4° Cumplimiento de los requisitos formales.
5° El oferente que haya ingresado primero su oferta.
14.3.3 Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes sea igual o superior a 70 puntos.
14.3.4 De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta. La comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
14.3.5 Número de ofertas:
Se aceptará únicamente una propuesta por oferente. Si un oferente presenta más de una oferta, se considerará aquella que resulte más conveniente a los intereses de la Municipalidad, es decir, aquella que obtenga mayor puntaje en la evaluación respectiva, y el resto de las ofertas presentadas por el oferente serán declaradas inadmisibles.
14.3.6 De presentarse una sola oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la comisión de evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo.
14.3.7 Del contacto entre la municipalidad y los oferentes:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
14.3.8 Documentos extras:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humano, aquellas ofertas donde el oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, estos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora y se procederá a descontar 5 puntos, por no respetar esta medida. Este descuento ser realizará del puntaje total obtenido de todos los criterios.
14.3.9 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente:
- Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
- Formulario N°2 Experiencia del Oferente y Curriculum Vitae.
15.- DE LA ADJUDICACIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde o a quien delegue esta función, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma.
16.- DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO:
Una vez adjudicado y notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, el Municipio y el adjudicatario, formalizarán con un Contrato de Prestación de Servicios. Para ello tendrán un máximo de 05 días hábiles y cuyo contenido contendrá entre otros puntos, el plazo de ejecución (fecha de término) de los trabajos, el monto a cancelar y causales de término anticipado de éste.
16.1 Anticipo:
No se contempla.
16.2 Del pago del Contrato:
El pago de los servicios de mantención, serán contra factura con forma de pago a 30 días, previo informe favorable del Supervisor Técnico del Contrato. Dicha facturación será una vez al mes, dentro de los primeros días del mes siguiente de prestados los servicios, ingresando el correspondiente documento a través de la Of. de Partes, con especial atención al Supervisor del Contrato, quien a su vez, tendrá un plazo de 05 días hábiles para revisar, verificar y enviarla a Dirección de Administración y Finanzas. En caso de que la factura no se ajuste o presente error, será devuelta al Adjudicatario.
El documento tributario deberá contener clara y precisa el (o los) número (s) de las Orden (es) de Compra Electrónica a las cuales está cobrando y al momento de emitirla la OC debe estar en estado “aceptada” en el sistema.
Para el caso de Boletas de Honorarios si por razones personales o de fuerza mayor no pudiese ser presentada el día antes señalado, deberá emitirla en el primer día hábil del mes siguiente, esto se debe a que el programa de contabilidad, obliga a pagar las boletas de servicios el mismo mes en que se emiten, por tanto, se devolverán aquellas boletas que sean presentadas en forma posterior a fecha antes citada.
El Prestador de Servicios podrá emitir Boletas en otras circunstancias, previa autorización del Supervisor Técnico, estando estas debidamente fundamentadas.
16.3 Término anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
a) Incumplimiento del contrato: Verificado por el Inspector Técnico de servicios, de que no se está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a la calidad y oportunidad del servicio, establecidas en el Contrato.
b) En caso de muerte del Prestador de Servicios.
c) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
d) Si el Oferente Adjudicado fuese condenado a pena aflictiva.
e) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Oferente Adjudicado, sin cargo para ambas partes.
f) Por paralización del servicio por más de 05 días corridos, sin causa justificada.
g) Por atrasos y/o inasistencias injustificadas por más de 5 días.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
16.4 De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión será por un Funcionario Municipal denominado Inspector Técnico de servicios (ITS), quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para ello, los mecanismos de control respecto de la asistencia y el Plan de trabajo, salvo que en las Bases Técnicas indiquen otra situación.
Transcurrido 2 meses desde el inicio de los servicios, el Supervisor Técnico podrá evaluar el desempeño y comportamiento del Prestador de Servicios. Si resultado de este análisis, se detectan reclamos formales comprobados, como así mismo, si los Informes (Favorable para pago) presentan multas sucesivas (tres informes seguidos o alternados), será causal de Término Anticipado.
16.5 De las sanciones, multas y aplicación:
Las multas serán aplicables en virtud a las causales indicadas más adelante, en el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:
- Se aplicará una multa por atraso en la entrega de los servicios requeridos, respecto a la programación de la actividad establecida, equivalente a 5 UTM (se considerará valor UTM en el mes que se aplica) por cada 30 minutos de atraso, con un tope de 20 UTM, superadas las 1.5 horas de atraso, se dará término anticipado al contrato.
- Se aplicará una multa de 1 UTM, por incumplimiento del plan de trabajo ofertado.
- Se aplicará una multa de 1 UTM, por cada herramienta, implemento extraviado, perdido o hurtado. Y será de sus costas reponerlo.
- Se aplicará una multa correspondiente al 10% del valor total adjudicado, por atraso y/o ausencias injustificadas, hasta el máximo de 05 días, pasado lo cual se pondrá término al Contrato. Como así mismo se aplicará 1 UF, por incumplimiento de las tareas encomendadas acorde a informe escrito de supervisor técnico.
El responsable de la aplicación de las multas será el Alcalde a través de Decreto Alcaldicio y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.
Las multas se registrarán mediante el envío de correo electrónico. El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente de su registro.
Toda multa, apelada o no por el proveedor, será formalizada mediante decreto Alcaldicio.
16.6 De la apelación a sanciones y/o multas
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) o jefatura respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Coltauco. La respuesta será dentro de un de plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Adjudicado. La falta de apelación por parte del Adjudicado a multas cursadas darán motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
16.7 De las Labores a realizar:
Estas están contempladas en las Bases Técnicas.
16.8 Prórroga del Contrato:
No se considera.
16.9 Modificación al Contrato:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor toral del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste.
Se podrá incluir nuevos Recintos ya sean estos adquiridos por la Municipalidad o en calidad de arrendados.
16.10 Pago de cotizaciones:
Según la Ley N°20.255 “Reforma Previsional y la Ley N°20.894, que prorroga la obligatoriedad de cotizar a los trabajadores independientes, El oferente declara estar en conocimientos de la obligación que le asiste respecto del pago de las cotizaciones previsionales (salud y pensiones, seguro de accidente y que no es responsabilidad de la Municipalidad de Coltauco efectuar descuentos por estos conceptos.
Respecto de la responsabilidad del Contratista con respecto a los trabajadores, es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista la seguridad del personal y el suministro de acuerdo a los trabajos que deberán realizar. Hacer entrega del equipamiento y elementos de seguridad, según las normas vigentes y requerimientos de los organismos de seguridad competentes. El personal que no cumpla con las disposiciones de seguridad indicadas, deberá ser reemplazado dentro de las 24 horas de notificación de la ITS, lo mismo se aplicará a los implementos de trabajo que no estén de acuerdo con las normas de seguridad.
Todo accidente que ocurra en la ejecución de los servicios que obedezca a negligencia o culpa de la CONTRATISTA o de los dependientes de estos, será de su exclusivo cargo y responsabilidad y, en general, todo gasto o pago de cualquier naturaleza que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos, son de su exclusiva cuenta y riesgo.
Será de cargo exclusivo de la CONTRATISTA cualquier pago, multa o sanción pecuniaria o indemnización de cualquier especie, que éste deba pagar por causa de omisión o incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de los demás que se deriven de su calidad de empleador para con sus trabajadores. En el caso de que la I. Municipalidad de Coltauco se viera obligada a cualquier desembolso por tales conceptos, queda expresamente establecido que tendrá derecho a reembolsarse de las sumas que corresponda, deduciéndolas de las cantidades que se deban pagar al CONTRATISTA, de las retenciones o de las garantías que obren en poder de la I. Municipalidad y también podrán ser deducidas de cualquier suma que la I. Municipalidad adeude al CONTRATISTA y que se deriven de la ejecución del presente contrato.
La I. Municipalidad hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo. En consecuencia, el CONTRATISTA deberá acreditar el cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales que le afecten respecto de sus trabajadores durante todo el tiempo o período el cual el o los trabajadores se desempeñan en las obras o servicios que se contraten por este instrumento. En virtud de lo señalado en la presente cláusula, para cursar cualquier pago, anticipo o para devolver retenciones o garantías, la Municipalidad exigirá a la CONTRATISTA que acredite mediante un Certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva u otro medio idóneo que acredite que a la fecha del respectivo pago, no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra o en contra de los subcontratistas de la obra y que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones laborales y, previsionales respecto de sus trabajadores que ejecutan una obra o presten servicios en virtud del presente contrato.
Será también causal de término anticipado de contrato el incumplimiento permanente de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad que el Contratista debe cumplir para con sus trabajadores de conformidad a lo establecido en la Legislación Laboral Vigente.
16.11 Plazo de ejecución e inicio de los servicios:
El plazo de ejecución de los servicios será de hasta el 31 de Diciembre de 2026. El inicio de la prestación de servicios será el día de la suscripción de contrato de prestación de servicios.
16.12 De la orden de compra electrónica:
Una vez sancionado por Decreto Alcaldicio el Contrato de Prestación de Servicios, se procederá a enviar la Orden de Compra Electrónica al Prestador de Servicios, quien deberá aceptarla dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
En caso de no aceptarla, el Oferente deberá indicar las razones e inmediatamente se adjudicará al siguiente de la terna propuesta por la Unidad compradora, tomando los resguardos administrativos correspondientes.
17.- MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
18.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos.
19.- OTRAS CONSIDERACIONES:
19.1 De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
19.2 De la Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación (por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente).
19.3 Mecanismos para solución de consultas y aclaraciones respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito al correo electrónico: consultasmercadopublico@coltauco.cl. Una vez recibido será derivado a la comisión evaluadora quienes procederán a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 05 días hábiles.
19.4 Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
20. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADOS EN ESTA LICITACIÓN:
- Formulario N°1A Individualización del Oferente
- Formulario N°2 Experiencia del Oferente.
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
GCV/cgf.
FORMULARIO N°1-A
INDIVIDUALIZACION DEL OFERENTE
“SERVICIOS CUIDADO Y MANTENCIÓN RECINTOS MUNICIPALES 2026”
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DATOS BANCARIOS
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E-MAIL
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
SERVICIOS CUIDADO Y MANTENCIÓN RECINTOS MUNICIPALES 2026
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NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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FONO
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CELULAR
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E-MAIL
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MANDANTE
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RUT. N°
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NUMERO DE ORDEN DE COMPRA O CONTRATO
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FECHA
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CONTRATO (nombre o denominación)
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CARTA DE SATISFACCION (indicar quien firma)
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas.
FORMATO REFERENCIAL (SOLO PARA CONOCIMIENTO)
DECLARACION JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con
- órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
- No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha:
(FORMATO REFERENCIAL, SOLO PARA CONOCIMIENTO)