Licitación ID: 2667-107-LP23
INGENIERIA Y ESPECIALIDADES PASARELA PEATONAL Y CICLISTA SECTOR LO CURRO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Global
Cod: 80101604
VALOR TOTAL NETO EN $, POR EL SERVICIO DE INGENIERÍA Y ESPECIALIDADES PASARELA PEATONAL Y CICLISTA SECTOR PUENTE LO CURRO DE LA COMUNA DE VITACURA, CONFORME A LO DISPUESTO EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INGENIERIA Y ESPECIALIDADES PASARELA PEATONAL Y CICLISTA SECTOR LO CURRO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objeto de la presente licitación pública es la contratación de una persona natural o jurídica, que preste el servicio consistente en el desarrollo de las ingenierías y especialidades de la Pasarela peatonal y ciclista ubicada el poniente del Puente Lo Curro, en base a los antecedentes adjuntos en la presente licitación, incluyendo el desarrollo estructural y de especialidades de la pasarela, manteniendo la debida coordinación y articulación con el proyecto arquitectónico que será desarrollado por una Consultoría de Arquitectura y entregado al consultor por la Municipalidad. El consultor deberá generar los insumos necesarios para el proceso de presentación y aprobación del proyecto en su totalidad en los organismos públicos competentes que corresponda.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-12-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 10-11-2023 17:46:00
Fecha inicio de preguntas: 10-11-2023 19:21:00
Fecha final de preguntas: 21-11-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-11-2023 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-12-2023 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-12-2023 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 11-01-2024 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno: El punto de reunión será en punto de llegada de la futura pasarela en la ribera sur del río Mapocho. Sector estacionamientos Parque río Mapocho, entre calle Guaraníes y rotonda Carol Urzúa (frente al Colegio del Carmen Teresiano). 17-11-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable
 
Documentos Económicos
1.- Adjuntar antecedentes económicos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia Coordinador del Proyecto Estructural EXPERIENCIA ESPECIALISTA ESTRUCTURAL. Revisar pauta de evaluación en numeral 8.1 de las Bases Administrativas Especiales 36%
2 Oferta Económica OFERTA ECONÓMICA. Revisar pauta de evaluación en numeral 8.1 de las Bases Administrativas Especiales 60%
3 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES. Revisar pauta de evaluación en numeral 8.1 de las Bases Administrativas Especiales 2%
4 Políticas de Integridad POLÍTICAS DE INTEGRIDAD. Revisar pauta de evaluación en numeral 8.1 de las Bases Administrativas Especiales 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 90000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Impuestos Incluidos.
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Nancy Ortiz
e-mail de responsable de pago: nortiz@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Diego Izquierdo
e-mail de responsable de contrato: juandiego.izquierdo@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-240000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 03-03-2024
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante documento en la forma establecida en los artículos 21° a 23° de las BAG, y según lo dispuesto en el artículo N°31 del Reglamento de la Ley de Compras, pagadero a la vista e irrevocable. El monto de esta Garantía será de $2.000.000 (dos millones de pesos) y deberán tener una vigencia mínima, de al menos 90 días corridos, siguientes a la fecha del cierre de recepción de ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la UF o UTM al día de cierre de recepción de ofertas. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser incorporada en forma digital a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, deberá hacer entrega obligatoria del documento en la Secretaría Municipal, ubicada en Av. Bicentenario N° 3.800, Piso 3°, hasta el día y hora señalados para el ingreso de las ofertas en el Portal. En el evento de no cumplir con la entrega o el ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en tiempo y forma antes señalados, el Oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta. En caso que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio podrá solicitar prórroga de estas, siendo obligación del oferente su cumplimiento.
Glosa: Garantiza Seriedad de la Oferta Licitación Pública ID 2667-107-LP23
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en cualquiera de los casos previstos en el artículo 23° de las BAG. Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos: • En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato. • Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 28-09-2024
Monto: 5 %
Descripción: Notificada la adjudicación a través del Portal, el Oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Contratista, en los términos, forma, plazo y condiciones establecidas en los artículos 53° a 59° de las BAG. El monto de esta Garantía será el equivalente al 5% del valor total del contrato (impuestos incluidos), expresada en pesos chilenos conforme a lo ofertado en el Anexo N° 4, y su vigencia debe exceder en al menos 90 días corridos a la fecha de término del respectivo contrato. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución de los servicios y salvaguardará, además, los problemas que puedan existir debido a la mala ejecución de estos últimos, conforme a las especificaciones descritas en las Bases Técnicas (BT) y demás antecedentes de la Licitación. Todo eventual aumento de contrato o de plazo deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del contrato y plazo de vigencia. En el caso eventual de demandas al Municipio, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá siempre mantenerse vigente y renovarse, durante el desarrollo y resolución del proceso. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 72° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, por incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, como también en los siguientes casos: i. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato. ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados establecidos en el Contrato. iii. Por la declaración de término anticipado, respecto de las causales imputables al contratista. iv. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al contratista. Ante casos de incumplimiento, y con el objeto de respetar los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 ter del DS N°250 “Reglamento de la Ley N°19.886”, se adoptará el procedimiento establecido en el artículo 71° de las BAG, para la aplicación de multas, en todo lo que resulte procedente, permitiendo al contratista o concesionario exponer sus descargos de manera previa al cobro de la caución.
Glosa: Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato ID 2667-107-LP23
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta al contratista de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 59° y 133° de las Bases Administrativas Generales, previa verificación y certificación por la Unidad Técnica, de que no existen obligaciones pendientes, tanto contractuales como desde el punto de vista laboral y previsional de los trabajadores del contratista y/o de sus Subcontratistas, a través de la presentación de los a través de la presentación de los Certificados de Antecedentes Laborales y Previsionales y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción en favor de quien presente el mejor puntaje en el criterio de evaluación “oferta económica”; en caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien obtenga mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Especialista Estructural”. De perseverar la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. Con todo, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES y TÉCNICAS:

A)   Modifíquese el primer párrafo, del Numeral 8.1 “Evaluación de las Ofertas: P.2 Experiencia Especialista Estructural”, de las BAE, como sigue:

Donde dice: “profesional ofertado como Coordinador de Proyecto Estructural”.

Debe decir: “profesional ofertado como Especialista Estructural”.

B)   Modifíquese el texto del cuadro “Factores de Evaluación Coordinador/a del Proyecto Estructural”, en el Numeral 8.1 “Evaluación de las Ofertas: P.2 Experiencia Especialista Estructural, de las BAE, como sigue:

Donde dice: “Coordinador/a del Proyecto Estructural”.

Debe decir: “Especialista Estructural”.

C)   Agréguese al Numeral 3° de las BAE “Oferentes que pueden participar” y al Numeral 9.2.1 “Proyecto Estructural” / Diseño Estructural, de las BT, lo siguiente:

“Se incorpora dentro de los registros permitidos el Registro Nacional de Consultores del MINVU (RENAC), en Primera Categoría, Especialidad Ingeniería, Subespecialidad Estructuras, Rubro 1601, procurando ampliar la posibilidad de postulación de oferentes en registros equivalentes”.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.