Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Brigada Motorizada N.° 4 “Rancagua” podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, conforme al art. 56 del reglamento de la Ley N.° 19.886, estos serán evaluados con el criterio de requisitos formales y se les asignara un menor puntaje a los oferentes que presenten dicho documento en una segunda instancia, esto en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos, certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas, contados desde la notificación del requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por esta. La entidad licitante no considerara las respuestas o los antecedentes recibos una vez vencido dicho plazo.