Licitación ID: 1058095-1-LE23
Convenio recetario magistral parte 4 por 12 meses
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO, Fármarcos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 405
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Clorhidrato de fenilefrina 1 Frasco
Cod: 51151710
50-217-200-013-00 FENILEFRINA 10% OFT. COLIRIO (USO OFICINAL)  

2
Inyección de alcohol desnaturalizado 1 Ampolla
Cod: 51142018
50-216-100-003-00 ALCOHOL ABSOLUTO 10ML  

3
Azul de metileno 1 Ampolla
Cod: 51211615
50-216-960-007-00 AZUL DE ISOSULFAN 1% 5 ML  

4
Azul de metileno 1 Ampolla
Cod: 51211615
50-216-100-005-00 AZUL DE METILENO 1%/5ML  

5
Carbonato de calcio 1 kilogramo
Cod: 51171501
50-215-100-001-00 CARBONATO DE CALCIO USP x 1KG  

6
Azul de metileno 1 Ampolla
Cod: 51211615
50-216-960-008-00 INDIGO CARMIN 0,5% ML  

7
Suplementos vitamínicos 1 Cápsula
Cod: 51191905
50-214-600-024-00 L-CARNITINA 250 MG. CP  

8
Suplementos vitamínicos 1 Cápsula
Cod: 51191905
50-214-600-023-00 L-CARNITINA 500 MG. CP  

9
Lidocaína 1 Frasco
Cod: 51142904
50-215-100-026-00 LIDOCAINA 5% EN SUERO FISIOLOGICO FC 1 LT.  

10
Reactivos de analizadores químicos 1 Litro
Cod: 41116004
50-215-100-039-00 LUGOL 1% FRASCO 1 LT  

11
Metilcelulosa 1 Frasco
Cod: 51171612
50-217-200-019-00 METILCELULOSA 2,5% COLIRIO USO OFICINAL)  

12
Nitroglicerina 1 Ampolla
Cod: 51121603
50-216-100-022-00 NITROGLICERINA 0,5%/10ML  

13
Solución de cloruro sódico para irrigación 1 Ampolla
Cod: 51102714
50-216-100-056-00 SOLUCION CARDIOPLEGIA 10ML  

14
Tiosulfato sódico 1 Frasco
Cod: 51211622
50-217-100-009-00 TIOSULFATO DE SODIO 25%/50 ML  

15
Antisépticos de ácido acético 1 Litro
Cod: 51102706
50-215-100-011-00 ACIDO ACETICO GLACIAL USP  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio recetario magistral parte 4 por 12 meses
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de contar con medicamentos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Unidad de compra:
Fármarcos
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
CONCHA Y TORO 3459
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-02-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-02-2023 11:39:59
Fecha inicio de preguntas: 17-02-2023 12:00:00
Fecha final de preguntas: 23-02-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-02-2023 10:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-02-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-02-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-03-2023 10:52:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA LICITACIÓN 2
Aceptación de Las Bases: cada participante de la licitación debe aceptar las condiciones establecidas por las bases que rigen esta licitación, y los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 19.886.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- No haber sido condenado por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- -Completar Anexos N°2 Y 3
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- No haber sido condenado por  los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Anexos administrativos Ponderación 3% del puntaje obtenido al adjuntar los documentos solicitados en los Anexos N°1, 2 y 3. Cada anexo presentado en tiempo y forma obtendrá un (1) punto de puntaje. En la eventualidad que se presenten errores formales o imprecisiones, los anexos corregidos serán requeridos mediante foro inverso, dentro de un plazo máximo de 48 horas. Se asignará 0.5 puntos por anexo (50% equivalente al descuento de lo inicialmente informado). 7.2.2. Plazo de entrega. 3%
2 Plazo de entrega Se evaluara segun la siguente tabla: - Hasta 24 horas: 100 - Entre 25 horas y 48 horas: 60 - Entre 49 horas y 72 horas: 40 - Mayor a 72 h o no adjunta Anexo N°4: 0. 3%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
4 Criterio de evaluacion tecnico Este criterio se evaluara según cumplimiento o no de los requisitos solicitados segun tabla de criterios tecnicos con puntaje asignado. 34%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ramon Varas
e-mail de responsable de pago: ravaras@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Daniela Correa L.
e-mail de responsable de contrato: dcorrea@ssmso.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25762442-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
solo se acepta en el traslado de los productos
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. OBJETO.
En atención a lo dispuesto en el Artículo 14 del Reglamento de la Ley N°19.886 y que los Medicamentos referidos, que se individualizan a continuación y en las Bases técnicas, no se encuentran disponibles en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, las presentes Bases Administrativas y técnicas establecen las disposiciones que regirán la licitación por línea de productos, destinado a los pacientes del Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río. El presente proceso de adquisición no generará obligación alguna para el CASR respecto de los oferentes, hasta que no se encuentre totalmente materializado a través de la resolución que apruebe el contrato que irrogará el actual llamado a licitación pública. En el marco del proceso adjudicatario, se realizará la adjudicación parcial de los productos licitados en el caso que por razones presupuestarias no sea posible adjudicar todas las líneas de productos comprometidas inicialmente fundada al efecto. Además, se permitirá la adjudicación a más de un proveedor de acuerdo a las necesidades del CASR, adjudicándosele a los 2 proveedores que posean el mayor puntaje, como resultado de la sumatoria de los puntajes administrativo, técnico y económico. Posteriormente, la compra se realizará según los requerimientos del CASR.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El llamado a licitación pública, será regido por las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos, los que forman parte integrante del presente proceso de adquisición, de acuerdo a los términos y definiciones establecidas en la Ley N°19.886 y el decreto N°250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento y modificaciones con el Decreto Supremo N°1763 del 06/10/2009 y el Decreto supremo N°1410 del 09/09/2014 de “Bases sobre Contratos Administrativos de suministros y Prestación de Servicios”. Por tanto, cada una de sus disposiciones, así como las aclaraciones si las hubiere y las modificaciones, si éstas fueran necesarias, se considerarán incorporadas al respectivo contrato.
3. MANDANTE DE LA LICITACIÓN.
El mandante Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, en adelante el CASR, domiciliado en Avenida Concha y Toro N°3459, Comuna Puente Alto, representado legalmente por su director Manuel Orellana Rojas, cuya personería jurídica está contenida en Resolución N°1191 de fecha 16.08.2019 del CASR; Resolución Exenta N°0001 de fecha 03.01.2022 del SSMSO que aprueba el presupuesto de compras para el año 2022 del CASR.
4. DISPOSICIONES GENERALES.
DISPOSICIONES GENERALES. 4.1. Comunicaciones. Las comunicaciones se realizarán en forma exclusiva a través del foro en el portal www.mercadopublico.cl. Las consultas a esta licitación por otro medio que no sea el antes mencionado no obtendrán respuesta. 4.2. Consultas a los antecedentes de la licitación. Los proponentes podrán realizar consultas a través del foro de la licitación en www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas del día 3 (días de corridos) contados desde la fecha de publicación a la “ID” de la licitación. Las consultas que se reciban pasada esa fecha o por otra vía, no obtendrán respuesta. 4.3. Entrega de respuestas y aclaraciones. Las aclaraciones a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl, según lo establece el Art. N°27 del reglamento ley N°19.886. Esta respuesta se realizará en un solo documento, de forma tal de entregar la aclaración a todos los oferentes que participen en esta licitación, el día 7 (días de corrido) contado desde la fecha de publicación. 4.4. Cierre. La fecha de cierre de recepción de ofertas en www.mercadopublico.cl, será hasta las 15:00 Horas del día 10 (días de corrido) contado desde la fecha de publicación, en el mencionado Portal. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. 4.5. Modalidad de propuesta. Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl, con valores unitarios netos (sin IVA) y en pesos, y deberán incluir todos los gastos en los que incurra el o los oferentes, costos y fletes incluidos. Los precios deberán ofertarse en moneda nacional sin IVA, sin decimales y debe indicar el precio unitario de cada línea de productos. El valor de los productos no se podrá reajustar, manteniendo su precio fijo por el periodo de vigencia de este convenio. 4.6. Validez de las ofertas. Las ofertas tendrán validez por 120 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el CASR podrá solicitar a los oferentes la prórroga de sus ofertas hasta en 30 días corridos. Los oferentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al CASR. S
4.7. Enmiendas a los documentos de la licitación. En cualquier momento, antes del cierre de la propuesta, el CASR podrá introducir aclaraciones que no impliquen modificación de las Bases a través del envío de una carta aclaratoria que se subirá a la ID de la licitación. En caso de modificación de las Bases, estas deberán ser sometidas al trámite de toma de razón correspondiente, ampliándose los plazos. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto.
4.8. Documentos de la Licitación. La presentación de la propuesta deberá incluir los formularios que se indican en los Anexos para poder evaluar las ofertas ingresadas, debidamente timbrados y firmados por el oferente o representante legal, los que deben ser ingresados a través de www.mercadopublico.cl dentro de los plazos indicados en las presentes Bases Administrativas. Forman parte integrante de las presentes bases de licitación los siguientes documentos: • Las Bases Administrativas. • Las Bases Técnicas. • Las consultas de los proponentes y las aclaraciones del CASR. • Las ofertas. • Documento de seriedad de la oferta. • Anexos afinados por cada interesado. Los anexos deben ser firmados y timbrados por el oferente o representante legal, no pudiendo alterar su contenido, a menos que el mandante solicite lo contrario. En el caso de unión temporal de proveedores, los antecedentes señalados anteriormente deben ser firmados por cada integrante de la unión temporal y la identificación de cada uno. Los anexos a presentar serán de carácter: a. Administrativos:
Anexo N°1. Declaración jurada simple conocimiento y aceptación de entrega de factura electrónica.
Anexo N°2. Formulario identificación de la empresa oferente y del encargado de la licitación.
Anexo N°3. Declaración jurada simple.
Anexo N°4. Plazo de entrega. b. Técnicos:
Anexo N°5: Registro sanitario vigente, presencia mínima de 2 años en el mercado. Anexo N°6. Evaluación de aspecto técnico.
Anexo N°7. Procedimiento de traslado. c. Económico: El precio debe ser expresado en pesos chilenos, sin decimales y de acuerdo a lo requerido por el CASR.
5. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA LICITACIÓN.
Aceptación de las Bases. Cada participante de la licitación debe aceptar las condiciones establecidas por las Bases que rigen esta licitación, y cumplir los requisitos establecidos en el artículo N°4 de la Ley N°19.886 y según los solicitado en todos los anexos administrativos y técnicos de las presentes Bases Administrativas
6. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIONES DE OFERTAS.
6.1. Del ingreso de las ofertas. Cada oferta debe ser válidamente ingresada en el portal Mercado público, donde corresponda el ingreso de las ofertas, ya sea, administrativa, técnica y económica, según el detalle de lo que se solicita para cada una. Se insiste en no subir antecedentes no solicitados, debido a que documentos extras no implican un mayor puntaje, solo entorpecen la evaluación de la oferta. 6.3. De las ofertas económicas. Solo se aceptarán las ofertas económicas que sean ingresadas válidamente en el portal Mercado Público. No se aceptarán ofertas enviadas por otras vías, salvo lo indicado en el Art. 62 del reglamento. El oferente deberá ingresar por cada línea de producto el valor en pesos neto (sin IVA), sin reajuste de precios y sin decimales para cada producto. El valor ingresado será de exclusiva responsabilidad del oferente. 6.4. Criterios de inadmisibilidad. Serán motivos de inadmisibilidad de la oferta: • La no presentación del Anexo N°5 con información requerida y vigente, en tiempo y forma o solicitados por el foro inverso. • Las ofertas con precios que contengan decimales. Sin perjuicio de la facultad para declarar inadmisible la oferta en caso de presentar el precio del producto con decimales, si en la licitación se presenta un único oferente, en cualquier línea de producto, que haya ofertado el precio con decimales, la entidad licitante tendrá facultad para declarar inadmisible la oferta o aceptarla sin considerar los decimales para todos los efectos legales. En consecuencia, en este último caso, no se realizará aproximación del valor en ningún caso.
7. CRITERIOS DE EVALUACION.
En resumen, se evaluarán las ofertas según los criterios indicados en la siguiente tabla: En detalle, los puntos a evaluar serán los siguientes: 7.1. Criterio evaluación Económico. Este criterio se evaluará de acuerdo al precio mínimo recibido por línea de productos y tendrá una ponderación del 60%. 7.2. Criterio evaluación Administrativo. Este criterio tendrá una ponderación del 6%, y se desglosa en Anexos administrativos y Plazo de entrega: 7.2.1. Anexos administrativos. Ponderación 3% del puntaje obtenido al adjuntar los documentos solicitados en los Anexos N°1, 2 y 3. Cada anexo presentado en tiempo y forma obtendrá un (1) punto de puntaje. En la eventualidad que se presenten errores formales o imprecisiones, los anexos corregidos serán requeridos mediante foro inverso, dentro de un plazo máximo de 48 horas. Se asignará 0.5 puntos por anexo (50% equivalente al descuento de lo inicialmente informado). 7.2.2. Plazo de entrega. Ponderación 3% del puntaje obtenido según lo detallado en la tabla. El plazo de entrega se establece desde el reclamo de la orden de compra respectiva y se evaluará de acuerdo a lo informado por el oferente en la carta de compromiso del plazo de entrega de los productos (Anexo N°4): Detalle Puntaje Hasta 24 h 100 puntos De 25 h a 48 h 50 puntos De 49 h a 72 h 30 puntos Mayor a 72 h o no informa 0 puntos *Agregar información en Anexo N°4. Otros certificados propios de la empresa no serán contemplados en la asignación de puntaje. 7.3. Criterio evaluación técnico. Este criterio tendrá una ponderación del 34%, y se desglosa en puntaje obtenido al aplicar la tabla de evaluación y el anexo técnico incorporado: 6.3.1. Tabla de evaluación. Ponderación 33% del puntaje obtenido según evaluación utilizando la tabla de criterios técnicos (Anexo N°6). 6.3.2. Anexo técnico. Ponderación 1% del puntaje obtenido según anexo técnico incorporado en la oferta (Anexo N°7). El anexo presentado en tiempo y forma obtendrá un (1) punto de puntaje. En la eventualidad que se presenten errores formales o imprecisiones, el anexo corregido será requerido mediante foro inverso, dentro de un plazo máximo de 48 horas. Se asignará 0.5 puntos por el anexo (50% equivalente al descuento de lo inicialmente informado). Solo se aceptarán las ofertas técnicas que sean ingresadas válidamente en el Mercado Público, no se aceptarán ofertas técnicas por otras vías, ya sean, en soporte papel u otro medio, con excepción de lo que se indica en el artículo N°62 del reglamento.
7. DE LA EVALUACION DE LAS OFERTAS.
7.1. Examen de antecedentes. Se rechazarán aquellas ofertas que no se ajusten o no cumplan con los requerimientos de las bases de licitación. Serán desestimados para efectos de evaluación las ofertas que no hayan sido válidamente ingresadas al portal Mercado Público. Durante el periodo de evaluación, el CASR podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal Mercado Público, según lo establece el inciso 1 del Artículo N°40 del Reglamento. Si los antecedentes no son presentados antes del cierre de la licitación, el CASR podrá solicitar éstos, a través de la opción aclaración de ofertas habilitada en la ID de la licitación, para completar la revisión de los mismos. El plazo para la corrección de omisiones será de 24 horas hábiles desde el envío de la consulta a través del portal. Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases. La Comisión de Evaluación revisará las ofertas válidamente aceptadas en el Acta de Apertura. 7.2. Metodología de evaluación. La evaluación se hará asignando puntuación según los porcentajes, que se indican en la tabla de criterios de evaluación indicada en el Anexo N°6, en los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para la adjudicación, según la siguiente fórmula:

PUNTAJE TOTAL = (Puntaje Precio)*60% + (Puntaje Evaluación Técnica*34%)1 + (Puntaje Evaluación Administrativa*6%)2

1El puntaje técnico se obtiene sumando: 33% del puntaje obtenido de la tabla de evaluación y 1% del puntaje obtenido del anexo técnico solicitado.
2El puntaje administrativo se obtiene sumando: 3% del puntaje obtenido de los anexos administrativos y 3% del puntaje obtenido del plazo de entrega.
8. RESOLUCION DE EMPATES.
En el caso de producirse un empate en la puntuación entre dos o más oferentes, la comisión considerará para dirimir tal situación en primer lugar, la calificación más alta obtenida en el ítem de criterios técnicos. Ante la eventualidad de mantenerse la igualdad, la comisión aplicará en segundo lugar la mayor calificación en el ítem de criterio económico (precio). Si aun así subsistiese la situación de empate, se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según el comprobante de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal de Mercado Público.
9. MULTAS.
Será constitutivo de sancionar a la empresa adjudicada cuando esta incurra en alguna de las siguientes causales:

Ítem

Monto Multa

Causal

Plazos para subsanar incumplimientos

a

2 UTM

Cada vez que se despachen productos de menor calidad a la ofrecida, evidenciada por reclamos u observaciones desde farmacia.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 2 días corridos. Se aplicará multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.

Cada vez que no se realice el reemplazo de los productos que posean una vigencia menor a 12 meses y que hayan sido recibidos en CASR.

El reemplazo de los productos debe ser realizado dentro del plazo de 3 días corridos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.

b

2 UTM

Cada vez que el producto sea despachado sin análisis químico por lote.

El envío del análisis químico por lote, debe ser realizado dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde el despacho de los medicamentos en el CASR. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.

c

2 UTM

Cada vez que se registre atraso en la entrega de los productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 24 o 48 horas para despachar los productos, contados desde la notificación por parte del CASR. Se considerará el plazo de entrega de 24 o 48 horas, según lo informado por cada empresa en el momento de realizar su oferta. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.

Cada vez que se realicen despacho de menor cantidad de productos.

La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 3 días corridos para completar la entrega total de los productos. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.

d

2 UTM

Cada vez que se registre la falta de despacho por falta de stock.

               

La empresa adjudicada se obliga a entregar al CASR el medicamento adjudicado adquiriéndolo de otras instituciones y/o empresas según sea necesario. La empresa adjudicada tendrá un plazo de hasta 2 días corridos para entregar los productos, desde el reclamo de la OC por parte del CASR. Se aplicará la multa de 2 UTM, por cada día de atraso y hasta la fecha efectiva de entrega del producto, hasta por un lapso de 10 días, pasado el cual, se podrá poner término al contrato.

En la eventualidad que, por cualquier causa, el adjudicatario deba adquirir los productos ofertados a otra empresa, para cumplir con el contrato, éste será responsable del posible sobrepago originado, costo que no podrá ser trasladado bajo ninguna circunstancia al CASR.

e

30% del monto total adjudicado al proveedor.

Si se comprobara falsedad en los antecedentes entregados en el Anexo N°5, durante todo el periodo de que el contrato.

La empresa que oferta se obliga a entregar información fidedigna, especialmente en lo referente al Anexo N°5. Si es detectada alguna falsedad en los antecedentes, se procederá con el cobro de la multa señalada, sin perjuicio del término anticipado al contrato.

Las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato, sin perjuicio del término de contrato de mantera anticipada.

9.1.            Procedimiento para la Aplicación de la Multa.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, a través del encargado del área de Gestión de Contratos, se le informará al adjudicatario individualizado en el Anexo N°2, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de despachada la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al mail gestiondemultascasr@ssmso.cl

Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, el director del CASR dictará la respectiva resolución, de aplicación de multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente. El resultado del análisis de los descargos presentados será notificado al afectado.

9.3.            Mecanismo de notificación relativa a aplicación de Multa.

Se informará al adjudicado, particularmente al domicilio fijado en Anexo N°2 de las presentes bases.

Las comunicaciones serán enviadas a través de Correos de Chile.  Se entenderá que el proveedor ha sido notificado a contar de tres días hábiles posteriores a la recepción de la carta certificada en empresa de correos, fijando esa fecha como el día de inicio de la notificación y el plazo correspondiente.

9.4.            Cobro de la Multa.

Tramitada la resolución fundada que establece la multa y comunicada al afectado, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de ella dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución de multa, la que le será publicada dentro de antecedentes de la licitación.

      El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR                presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el              adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad  a  la implementación de pago centralizado (Dipres/  Sistema acepta)

Es importante señalar que, el proveedor podrá recurrir a cualquiera de los recursos contemplados en la Ley 19.880, para efectos del cobro de la multa.

10. DE LA FUERZA MAYOR.
Si durante la ejecución del contrato, se presentaren eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que no le sean imputables al proveedor adjudicado y que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega de los productos, el proveedor adjudicado deberá comunicar de esa circunstancia al CASR, dentro del plazo de 01 día hábil corrido siguiente a su acontecimiento, acreditando el hecho y causa del atraso o entorpecimiento y solicitar la ampliación del plazo respectivo. El CASR resolverá si procede aceptar o rechazar la presentación hecha por el proveedor. Transcurrido dicho plazo a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor aludiendo razones de caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por Fuerza mayor o caso fortuito lo establecido en el Código Civil y que dice: “se llama fuerza mayor el imprevisto a que no es posible resistir”. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
11. DESERCION DE LA LICITACION.
El CASR declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarara desierta la licitación sino se presentarán ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a los intereses del CASR, declarado mediante resolución fundada de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la ley N°19.886.
12. DE LA ADJUDICACION Y READJUDICACION.
El CASR evaluará y adjudicará mediante resolución fundada de la autoridad competente, la presente licitación por línea de producto. En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha de adjudicación en el portal, informando las razones del retraso. El plazo para realizar reclamos relacionados con la adjudicación de la licitación es de 5 días corridos. La Empresa adjudicada se obliga a cumplir con el suministro del servicio cotizado, de acuerdo a las Bases Administrativas, Contrato de suministro y Políticas de Canje y demás documentos que forman parte de la licitación. Este incumplimiento facultará al CASR a tomar todas las medidas administrativas y legales a las que tenga lugar, a fin de aprovisionar del(los) medicamento(s) no despachados y de subsanar todos los prejuicios que esta falta produzca en el CASR. Adicionalmente, el incumplimiento por parte del adjudicatario, facultará al CASR al cobro de multa respectiva por línea de producto faltante. En el caso de que el proveedor no cuente con stock, se obliga a entregar al CASR el medicamento adjudicado adquiriéndolo de otras instituciones y/o empresas según sea necesario, cumpliendo con el estándar de calidad ofrecido en primera instancia. La Empresa que suscribe se obliga a la entrega de los análisis químicos por lote al momento de suministrar al CASR, el servicio cotizado y que sean adjudicados, materia de esta propuesta, de acuerdo a las Bases Administrativas y demás documentos que forman parte de la licitación. Su no entrega, será motivo de cobro de multa respectiva, indicada en el punto 10. Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así hasta el 3er mayor puntaje. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, salvo en caso de error en la adjudicación imputable al servicio. Las causales de readjudicación, son las que se expresan a continuación: • Error en la evaluación. • Negativa por parte del adjudicatario a suscribir el contrato dentro del plazo fijado en las bases. • Sí el oferente desiste de su oferta. • Bloquear los despachos por deudas impagas. • Sea inhábil para contratar con la Institución, de acuerdo a lo establecido a los términos de la Ley y su Reglamento. 
13. PROHIBICION DE CESION.
El Oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, Artículo N°74 del Reglamento”. Se prohíbe la subcontratación a menos que se trate de servicios de traslado o despacho de medicamentos.
14. DE LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA.
Las órdenes de compras se emitirán una vez realizada la tramitación del contrato y según necesidad del CASR. No obstante, el adjudicatario se obliga a la aceptación de la orden de compra. El no cumplimiento facultará al CASR a tomar todas las medidas administrativas y legales a las que tenga lugar a fin de aprovisionar del(los) medicamento(s) no despachados y de subsanar todos los prejuicios que esta falta produzca en el CASR. El despacho de la OC a las dependencias del CASR será coordinado previamente por el supervisor respectivo y podrá ser solicitado en forma parcializada. La orden de compra deberá encontrarse en estado aceptada en Mercado Público para la recepción de los productos. Cualquier OC que no se encuentre en estado “aceptada”, sus productos no podrán ser recepcionados por el CASR.
15. DURACIÓN DEL CONTRATO.
Será a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá una duración de 12 meses, sin perjuicio de las causales de término anticipado del contrato.
16. DEL TÉRMINO DEL CONTRATO.
El CASR notificará el acto administrativo por correo electrónico al proveedor de su decisión de terminar el contrato en forma anticipada en todo o parte, como consecuencia del incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato y que sean imputables al proveedor. Procederá también, sin que la enunciación sea taxativa, en los siguientes casos:
a. El proveedor no entrega uno o más de los productos en el plazo propuesto en su oferta o los entregados son adulterados
b. El proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en notoria insolvencia.
c. Si en el transcurso del contrato el contratista disminuyera la calidad de los productos y/o servicios o entregara productos vencidos.
d. Si los representantes o el personal dependiente del contratista cometan actos de conductas inapropiadas a los intereses institucionales como fraude, corrupción, soborno, extorsión, colusión, maltrato físico o verbal a funcionarios del CASR.
e. Si los productos causaran algún perjuicio a los pacientes beneficiarios del CASR y/o del sistema público de salud, en lo relativo al suministro de medicamentos adjudicados, es decir, que, si se interrumpiera por algún motivo imputable al adjudicado el suministro de medicamentos y esto fuera en desmedro de la continuidad de tratamientos, entrega de medicamentos a pacientes o similares.
f. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación.
g. Y en el caso que exceda el plazo establecido para justificar una causal de fuerza mayor.
h. Que la suma de las multas aplicadas supere el 30% del monto total del convenio.
i. Cesión o transferencia del convenio o los derechos por parte del Adjudicado.
j. Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el artículo N°77 del Reglamento. Una vez terminado el contrato anticipadamente por causas señaladas anteriormente, se hará efectivo el cobro del documento de fiel cumplimiento del Convenio.
17. GESTIÓN DE PAGO Y COBRANZA.
El CASR se compromete a realizar pagos mensuales (30 días corridos) una vez aceptada y recepcionada completa la o las Órdenes de compra mensual y recibidos conformes los productos y la factura correspondiente, en el caso de no existir multas. El pago de las facturas se realizará previa revisión y cumplimiento de los despachos. La empresa será responsable de designar a un representante que tendrá bajo su responsabilidad tener contacto directo con la persona encargada en finanzas del CASR al menos en forma mensual, para que las partes estén contestes de la gestión de los pagos de las órdenes de compra generadas y para consultar sus estados de pago deberá ingresar a www.hospitalsoterodelrio.cl/pago_proveedores. 17.1. Entrega de factura. Con el objeto de dar cumplimiento a la ley 20.727, las facturas originales deben ser ingresadas a casilla de intercambio en SII dipresrecepcion@custodium.com, el DTE que no se encuentre direccionado a dicha casilla de “Intercambio en SII” será Reclamado de forma automática transcurridos 48 h desde la recepción en SII. El mecanismo antes señalado, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago de las prestaciones realizadas. El plazo para ingresar los documentos mencionados, será de 5 días corridos de emitidos. La factura debe mencionar la orden de compra a la cual pertenece, si no cuenta con esta información ninguna de nuestras bodegas recibirá el despacho. Todos los productos deben pasar por nuestras bodegas, si se entregan directo al servicio y no se coordina con nuestros supervisores de bodega, el CASR no realizará el pago de las facturas. 17.2. Horario de atención. Horario de atención de bodega para recibir y recepcionar productos de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas y viernes hasta las 15:00 horas.
18. VARIACIÓN DE LA CANTIDAD ADJUDICADA.
El CASR podrá modificar el contrato aumentando o disminuyendo la cantidad de productos objeto de este contrato, cuyo detalle se encuentra contenido en las Bases Técnicas de las presentes bases de licitación, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios. Dicha modificación debe ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado. De conformidad con el artículo N°77 del Reglamento de Compras Públicas, el aumento no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado. Por otra parte, se solicitará la cantidad adjudicada o modificada solo si CENABAST presenta faltas en el producto solicitado en el mes respectivo.
21. JURIDICCIÓN.
Las partes fijan su domicilio en Puente Alto, Chile y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
22. CARTA DE CANJE.
Los productos deben tener una fecha de vencimiento mayor a 12 meses a partir de la fecha de recepción de los productos en bodega o en su defecto el proveedor se verá obligado enviar una Carta de Compromiso de Canje. No se aceptarán productos que no lo cumplan.
23. CAMBIO Y/O CANJE DE PRODUCTOS.
El proveedor adjudicado se verá obligado a cambiar o canjear si despacha productos defectuosos o dañados o que no cumplan con las especificaciones dadas en la licitación: • Productos con fecha de vencimiento inferior a doce meses. • Productos con empaques dañados y defectuosos. • Productos adulterados o mal rotulados. • Productos de distinta procedencia y/o marca a la adjudicada. • Producto con problemas de calidad (cambio de fabricación, tipo de material entre otros). Para llevar a cabo el canje o cambio de producto la persona encargada de bodega se comunicará con la persona encargada del proveedor o el representante para solicitar el cambio o canje. Los productos deben ser retirados en las dependencias del CASR y ser reemplazados por medicamentos que cumplan con los requisitos solicitados. El cargo por retiro y reposición deberá ser costeado completamente por el proveedor. Este procedimiento no deberá demorar más de 5 días corridos desde que se notifica al proveedor que debe realizar el cambio so pena de las penalizaciones establecidas al respecto.
BASES TECNICAS: 1. OBJETO
Las presentes Bases Técnicas tienen por objeto indicar los requisitos técnicos que debe contener la propuesta. El CASR evaluará la propuesta técnica presentada por el oferente, considerando, además de las otras variables tales como el precio, aquellas relacionadas con los plazos de entrega y cumplimiento administrativo.
BASES TECNICAS: 2. CRITERIO DE ADMISIBILIDAD
El anexo N°5 es de carácter obligatorio. Su no presentación en tiempo y forma o a través del foro inverso dentro del periodo establecido (25 horas desde su solicitud) hará inadmisible la oferta.
BASES TECNICAS: 3. SOLICITUD DE ANTECEDENTES ADICIONALES
Durante el proceso licitatorio, el CASR podrá solicitar al proveedor antecedentes adicionales a los establecidos en las presentes bases como, por ejemplo: las especificaciones técnicas completas y actualizadas aprobadas en el registro sanitario vigente y sus modificaciones; la presentación de los ensayos y de la metodología analítica del producto ofertado, así como las especificaciones del producto terminado aprobadas en el Registro Sanitario Vigente. Adicionalmente, los antecedentes podrán ser solicitados posterior a la adjudicación en caso de solicitud de información por parte de los referentes técnicos. El CASR, velará dentro de su ámbito y para el caso particular que trate, el buen uso de la información que tenga el carácter de privada, confidencial o reservada.
CONSUMOS APROXIMADOS MENSUALES