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Resolución de Empates |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una
mejor propuesta económica será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el
empate, el segundo criterio de desempate corresponderá a plazo de entrega, por lo tanto, quien
tenga mejor puntaje en este ítem será el adjudicado. De persistir el empate, se decidirá conforme
el criterio de experiencia del oferente, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este
criterio será el adjudicado. Si aplicadas las reglas anteriores persiste el empate, se decidirá
conforme el criterio de zona geográfica, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este
criterio será el adjudicado.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el
portal www.mercadopublico.c
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Documentos integrantes |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los
siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las
Bases.
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Instrucciones para presentación de propuestas |
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Los oferentes deberán enviar sus ofertas a través de www.mercadopublico.cl, por medio del
formulario electrónico disponible en dicha plataforma.
Los oferentes deberán ingresar en el comprobante de ingreso de la oferta, en Plataforma de
Mercado Público, los valores netos de su propuesta económica y, en el Anexo de oferta
económica que deberá adjuntar de acuerdo a las bases, los valores expresados en pesos
chilenos, debiendo indicar el precio neto, IVA y total, incluyendo cualquier otro costo
necesario para la correcta entrega del encargo. Los precios no podrán incluir reajuste alguno. La
Oferta Económica debe incluir todo lo necesario para la correcta ejecución del bien o servicio, de
acuerdo con las Bases Técnicas. A falta de mención expresa sobre el particular y no habiéndose
solicitado aclaraciones, deberá incluir todos los aspectos necesarios para la correcta ejecución del
bien o servicio objeto de esta licitación, los cuales se entenderán incorporadas a las Bases Técnicas
y de dominio de los oferentes, no procediendo, por causa alguna, aumento de precio, ampliación
de plazo ni pago de indemnizaciones por mayores costos que el proveedor haya debido soportar
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Anexos |
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El proponente deberá presentar los siguientes documentos formales para poder ofertar:
- Antecedentes administrativos.
a. Anexo N°1: Identificación del oferente
Identificación completa del oferente y su representante legal y socios integrantes, cuando
corresponda, incluyendo los domicilios y los números de RUT.
b. Anexo N°2: Declaración jurada simple.
Todos los oferentes deberán presentar, declaración jurada simple en la cual declaren estar en
conocimiento de las bases administrativas, especificaciones técnicas de la licitación y de
aceptación de los términos de ésta.
- Antecedentes económicos:
a. Presupuesto detallado en formato pdf
b. Anexo N°3: Oferta económica, Declaración jurada oferta económica con valor total de la
propuesta con impuestos incluidos.
- Antecedentes técnicos:
a. Anexo N° 4: Experiencia del oferente.
b. Carta Gant
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Plazo validez ofertas |
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60 días corridos
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Modificacion de las ofertas |
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El oferente puede, hasta el vencimiento del plazo de presentación de la oferta, podrá modificarla
sin consecuencia jurídica alguna, siempre que cumpla con las mismas formalidades establecidas
para su presentación. Asimismo, hasta dicho vencimiento puede también retirarla sin
consecuencia jurídica alguna.
Después del vencimiento del plazo de presentación de ofertas no se podrán modificar ni retirar,
salvo en lo relativo a la corrección de los errores menores de cálculo numérico que realice la
Corporación SEMCO
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Consultas, respuestas y aclaraciones |
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Los licitantes respecto de las materias de esta propuesta podrán hacer las consultas que estimen
pertinentes, sólo a través del portal mercado público www.mercadopublico.cl en la fecha
señalada en el cronograma de la presente propuesta pública.
No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto distinto al
señalado.
La entidad licitante dispondrá de las preguntas y sus respuestas para conocimiento de todos los
interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las
preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula citada
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Adjudicación |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en
los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad
competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre
totalmente tramitada.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor, según análisis de la Corporación
SEMCO.
La Corporación SEMCO adjudicará la licitación a la oferta más ventajosa, sobre la base del informe
final evacuado por la Comisión Evaluadora, mediante la dictación de la correspondiente
RESOLUCIÓN
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Comisión evaluadora |
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a resolución que constituye la Comisión Evaluadora debe indicar el ID de la licitación e identificar
a sus miembros, con su nombre completo y RUT. Debe remitirse copia de esta resolución al
Administrador del Sistema de Chile Compra, al momento de estar totalmente tramitada. El
responsable de la licitación respectiva será responsable de que dicha copia se remita
oportunamente a dicho Administrador.
En el caso de todas las licitaciones públicas o privadas, la propuesta será evaluada por un “Comité
Evaluador Corporativo”, que estará integrado por tres profesionales de la Corporación SEMCO,
de la nómina indicada en Resolución N° 179/2025 de fecha 18 de junio de 2025.
Dicha comisión tendrá un plazo máximo de 2 días hábiles para emitir el informe de la comisión
evaluadora, la que deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados
en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas
relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 de
este reglamento.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas,
o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan
convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas
para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de
aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
contados desde la fecha de apertura de ofertas, para evacuar el informe correspondiente al
Director respectivo. En caso de ser necesario se autorizará un plazo mayor, mediante autorización
previa. La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en
www.mercadopublico.cl.
La Comisión de Evaluación tendrá libertad para incluir, dentro de la tabla de ponderación,
subfactores que considere importantes, siempre y cuando éstos sean parte de la suma total de
cada factor de ponderación y estén contemplados en las Bases de Licitación, pudiendo elaborar
pautas que precisen la forma de calificar los factores y subfactores previamente definidos.
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Errores u omisiones detectados durante la evaluación |
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Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, la Corporación
SEMCO podrá:
1. Solicitar subsanar los errores u omisiones formales en que ha incurrido el oferente. No se
considerará error formal lasinconsistencias en el precio de la oferta y los anexos económicos, por
tanto, dicha oferta queda automáticamente rechazada.
2. Toda presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento
de efectuarla la oferta, se podrá siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. Se podrá presentar certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
El plazo final de presentación se informará a través del sistema Mercado Público, el cual bajo
ningún caso será menor a 24 horas hábiles, contadas desde la notificación en el sistema de
información. La presentación de todos o algunos de los antecedentes del oferente fuera del plazo,
será evaluado con puntaje 0 en criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”,
conforme lo indicado en la pauta de evaluación.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación |
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La Corporación SEMCO, podrá declarar inadmisible las ofertas por estas razones:
a) Contener información errada o no fidedigna.
b) No sujetarse total o parcialmente a lo exigido en las Bases Técnicas y Administrativas. Exceder
éstas los marcos presupuestarios, considerados para esta licitación.
c) Existir razones técnicas para ello, derivadas del proceso de evaluación de las Ofertas.
d) No acreditar la personería o poder suficiente conforme a la cláusula de adjudicación de las
presentes Bases Administrativas o no presentar patente municipal al día.
e) sí determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está
significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de
mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán
los requisitos del contrato.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente
analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información,
al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que
justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido
la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su
productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados
por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la
propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible
La Corporación SEMCO, declarará desierta la licitación cuando:
a) Si no se presentaren ofertas.
b) Si las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación, conforme
los principios de transparencia, competitividad, economía, ahorro, eficacia, eficiencia y alta
calidad en los servicios contratados.
c) Igualmente, la Corporación SEMCO tiene la facultad de dejar sin efecto la licitación, cuando
razones administrativas, presupuestarias o técnicas así lo aconsejen o, razones legales así lo
determinen, lo que será debidamente informado, a través, del Portal de Mercado Público.
Ninguna de estas decisiones dará derecho de tipo alguno a reclamar indemnización de
cualquier especie o causa por parte de los oferentes
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Modificación de la fecha de adjudicación |
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En caso de no cumplirse con la fecha indicada en las presentes bases para la adjudicación de las
ofertas, el mandante publicará una nueva fecha en el Sistema de Información, con un plazo fatal
de 2 días hábiles, indicando las razones de dicha modificación, sin perjuicio de dictar la resolución
administrativa correspondiente
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Consultas sobre la adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo
fatal de 3 días corridos, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema
www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica
adquisiciones@cementerioconcepcion.c
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Pago |
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Durante la vigencia del contrato, se efectuarán tres pagos, los cuales se harán efectivos dentro
de un plazo de 30 días corridos, contados desde la presentación de la respectiva factura. Para
proceder con cada uno de estos pagos, será requisito la ejecución de dos revestimientos de
bóvedas. Una vez realizados, el proveedor deberá solicitar por escrito la revisión de los trabajos.
Estos serán inspeccionados y, si se encuentran correctamente ejecutados, se recepcionarán
conforme, lo que permitirá solicitar la facturación correspondiente.
Se deja expresa constancia de que la factura será pagada únicamente una vez recibido el informe
conforme emitido por la Unidad de Arquitectura, Construcciones, Paisajismo y Patrimonio del
Cementerio General de Concepción, el cual deberá contar con la autorización de la Dirección del
establecimiento.
Para proceder con el proceso de pago, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre
en el Sistema de Información:
a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del
Proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad
encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o
por quien haya sido designado administrador del contrato. Si no hubiese conformidad con los
bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad
y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello.
c) En cada estado de pago deberá acompañarse: un Certificado de Cumplimiento de las
Obligaciones Laborales vigente, (F 30 - 1) emitido por la 18 Dirección del Trabajo (DT), del mes al
cual corresponde el pago por el servicio devengado (mensual).
Las facturas deberán ser extendidas a nombre de:
Razón Social: Corporación Social y Cultural de Concepción – SEMCO
Rut: 70.942.400-9
Giro: Servicios
Domicilio: Tucapel N° 366, piso primero, Concepción
La Corporación Semco, cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el
proveedor, siempre y cuando se le notifique oportunamente y no existan obligaciones
pendientes. (Art. N° 127, Decreto 661/2024)
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
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El proveedor adjudicado, deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega
de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en el inicio del servicio, por la no prestación del servicio, o por el no
cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día y se calcularán como un 2% del valor
del contrato u orden de compra, con un tope de 15 días corridos. Las multas no podrán
sobrepasar el 30% del valor total del contrato u orden de compra. El monto de las multas será
rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago
más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le
cobrará directamente. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos
chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los
Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratista
incumplidor.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
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Para la aplicación de las multas la Unidad técnica deberá, previamente, comunicar mediante
informe fundado dicha circunstancia al proveedor, quien tendrá un plazo de 3 días hábiles para
efectuar sus descargos por escrito ante la Unidad Técnica, acompañando todos los antecedentes
que respalden su posición. Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan
presentado descargos, se aplicará la correspondiente multa por medio de RESOLUCIÓN.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido, la Unidad Técnica tendrá
un plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de los antecedentes para rechazarlos o
acogerlos. En caso de rechazo de los descargos la Unidad técnica deberá remitir el informe
fundado de aplicación de la multa a la Secretaría General de la Corporación SEMCO para efectos
de dictar la RESOLUCIÓN respectiva.
Las multas serán aplicadas por la Corporación SEMCO mediante RESOLUCIÓN la cual será
notificada mediante dirección de correo electrónico, conforme lo prevé el artículo 140 del
Reglamento de Compras Públicas
Para tales efectos el adjudicatario, al momento de suscribir el contrato o aceptar la orden de
compra, deberá señalar un correo electrónico.
El monto de las multas será rebajado del pago que la Corporación SEMCO deba efectuar al
proveedor en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de
no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro
de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, siempre y cuando el contrato la estipule. Si aún
quedase un saldo por recuperar de multa, se procederá mediante cobranza judicial por parte de
la Corporación SEMCO. Con todo, el Proveedor podrá realizar el pago directo en las cuentas
operacionales de la Corporación SEMCO, en un plazo de 5 días corridos contados desde la fecha
de notificación del acto (Resolución) que aplicó la multa
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Readjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás
condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación
original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan
sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la
adjudicación original.
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