Licitación ID: 1943-46-LE23
SERVICIO OBRAS DE RESTAURACION BOSQUE NATIVO RNLP
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de protección forestales 1 Unidad
Cod: 70151802
SERVICIOS EJECUCIÓN OBRAS DE RESTAURACIÓN EN BOSQUE NATIVO EN LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS AÑO 2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO OBRAS DE RESTAURACION BOSQUE NATIVO RNLP
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Se requiere del servicio de ejecución de obras de restauración y rehabilitación para mitigar los principales impactos sobre 25,31 ha, del ecosistema del bosque nativo afectado por incendio ocurrido en enero 2021; en las Unidades de Ordenación Forestal UOF 1 y 2, en el sector la Engorda de la R.N.L. Peñuelas durante el año 2023; servicio al que se deberá postular de acuerdo a las presentes bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Melgarejo 669, Piso 7
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-11-2023 20:00:00
Fecha de Publicación: 24-10-2023 16:16:02
Fecha inicio de preguntas: 24-10-2023 18:01:00
Fecha final de preguntas: 26-10-2023 21:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2023 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-11-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-11-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 20-11-2023 19:10:59
Fecha de entrega en soporte fisico 06-11-2023
Fecha estimada de firma de contrato 22-11-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 7 Días
Visita a Terreno fecha inicial 25-10-2023 9:00:00
Visita a Terreno fecha última 03-11-2023 14:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Declaraciones Simples: El oferente deberá presentar los siguientes antecedentes: Anexo 1: Identificación del Oferente. Anexo 2: El oferente deberá adjuntar la declaración jurada simple, para la aceptación de las presentes bases y en la cual señale conocer el área y medidas de trabajos, objeto de esta licitación; accesos, estado de caminos y huellas interiores, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a este servicio. Anexo 3: Declaración Sistema Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios. El oferente debe adjuntar a su oferta la nueva Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se genera en todas las licitaciones de forma automática y de manera unificada, la cual, debe ser completada por el proveedor y así dar cumplimiento legal a los requisitos exigidos para ofertar a los organismos del Estado, establecido en el Artículo 4 de la Ley 19.886 de Compras Públicas y a otros Marcos Legales. Anexo 4: Declaración Acciones de Impacto Ambiental. Estos anexos deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos, CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación de carácter administrativo que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”. De no incorporar estos anexos, pese a haber sido solicitados a través del aplicativo “foro inverso”, la oferta será declarada inadmisible en acto de evaluación.
Documentos Técnicos
1.- 4.2.1) Accesos al predio. A) DESDE SANTIAGO A VALPARAÍSO POR RUTA 68 EN KM 87 ESTÁ LA ENTRADA A LA ADMINISTRACIÓN DE LA RESERVA (TERCERA PASARELA DESPUÉS DE LO VÁSQUEZ). B) DESDE PLACILLA-CURAUMA A SANTIAGO, 12 KM, POR RUTA 68 HASTA PASO INFERIOR MELOSILLAS, DEVOLVERSE EN 2,8 KM, DIRECCIÓN A VALPARAÍSO, MISMA ENTRADA ANTERIOR. C) DESDE CRUCE LO OROZCO A VALPARAÍSO: 7,6 KM POR RUTA 68. VISITA A TERRENO: Los oferentes deberán realizar una visita a terreno, la cual es OBLIGATORIA y se podrá realizar desde la fecha siguiente a la publicación de las presentes bases, hasta un día antes del cierre del proceso, coordinando previamente su concurrencia a Jorge Burgos S., correo jorge.burgos@conaf.cl, con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl y oscar.salazar@conaf.cl. En esta visita se levantará un acta debidamente firmada por los oferentes y/o por sus representantes, la que será parte del expediente de la licitación. Las ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno, no serán evaluadas y serán rechazadas en acto de apertura electrónica. 4.2.2) Experiencia del oferente. Anexo 5: Experiencia del Oferente, el postulante deberá señalar y dar fe de la cantidad de trabajos de restauración de bosques y de obras civiles ejecutados y/o de servicios del tipo objeto de la licitación, realizados por el personal que ejecutará la faena. Para estos efectos deberá listar y respaldar la información requerida, indicando ordenadamente nombres y ubicación de fundos o predios, sus propietarios y teléfonos. CONAF se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados. No se considerará como experiencia válida, aquellas declaradas en el Anexo, que no adjunten documentación de respaldo como por ejemplo contratos, facturas, órdenes de compra o de trabajo, etc., asociadas al mismo RUT del oferente que postula. Las ofertas que no acompañen este Anexo en su propuesta, no serán evaluadas y serán rechazadas en acto de apertura electrónica. 4.2.3) Condiciones de empleo. En Declaración Jurada Anexo 6 sobre remuneraciones de los trabajadores que ejecutarán el servicio requerido en las presentes bases, el oferente deberá completar este anexo en su propuesta, de no incluirlo su oferta no será evaluada y será rechazada en acto de apertura electrónica. 4.2.4) Oferta Técnica. En Anexo 7 el postulante deberá indicar la información solicitada, además deberá formular y anexar su oferta técnica en base a los siguientes contenidos: 1. Carta Gantt de faenas, señalando plazos, avance semanal según obra y actividades. 2. Nº de Capataces y personal por cuadrilla. 3. Herramientas, maquinarias y equipos a utilizar para la ejecución de las faenas. 4. Descripción de métodos de ejecución de faena. Se entenderá por inicio de faena, la entrega del predio y área de trabajo, por parte de CONAF, lo que se efectuará como máximo 5 días corridos desde la firma del respectivo contrato. La entrega se formalizará través de un acta firmada por las partes. El servicio concluye con las actividades consideradas en las bases, totalmente terminadas y recibidas por acta de recepción conforme de CONAF, la que deberá ser suscrita por el responsable del contrato individualizado en el punto 2 de estas Bases o quien este designe. Aquellas ofertas que excedan el 10 de DICIEMBRE 2023, como plazo de término, no serán evaluadas y podrán ser declaradas inadmisibles en etapa de evaluación. Esta información se considerará para el proceso de evaluación. Estos anexos deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos, CONAF podrá desestimar la oferta declarándola inadmisible en la etapa de evaluación si ésta no se adhiriera plenamente a la naturaleza de las actividades descritas en las bases técnicas de esta licitación o no se adjunta a la respectiva oferta. 4.2.5.-Régimen de días y horario de faenas. Régimen días corridos: con la finalidad de ejecutar la faena en el menor plazo posible, el oferente podrá considerar la planificación del servicio a realizar desde los días lunes a sábado, con el resguardo de cumplir estrictamente la normativa laboral vigente. Horario de trabajo: Las faenas se podrán realizar en la modalidad que haya informado el oferente en su postulación: lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas y sábados de 08:00 hasta las 14 hrs. Excepcionalmente, y previo acuerdo, se podrá suspender las faenas en los siguientes casos: i) En días cercanos y durante alguna festividad o hito importante que interrumpa el tránsito expedito desde y hacia el sector de trabajo. ii) Ocurrencia de eventos/incidentes o accidentes y/o incendios forestales que hagan aconsejable por seguridad suspender las faenas. iii) Estos días no serán contabilizados como jornadas comprometidas y no afectarán el número de jornadas adjudicadas Las consultas técnicas se podrán realizar a través del portal www.mercadopublico.cl durante el período de consultas y aclaraciones.
 
Documentos Económicos
1.- 4.3.1.-Precio y costos asociados: La oferta debe ser presentada en valor neto por hectárea, en el comprobante de ingreso de oferta. Además deberá adjuntar en Anexo 8 “Propuesta Económica” el detalle de su oferta indicando valor Neto, el Impuesto correspondiente y la suma Total. Este valor debe incluir todos los costos asociados a los trabajos, tales como: costo de personal, incluyendo leyes sociales, alimentación, elementos de seguridad, transporte, materiales a utilizar, pago de jornada extraordinaria y descansos respectivos, según la legislación laboral existente, como, asimismo, cualquier otro costo asociado o imponderables. Una vez adjudicado los trabajos, CONAF no asumirá ningún costo adicional que el proveedor no haya incluido en su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- No haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: No haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica: Precio El factor “precio” se calculará aplicando la siguiente fórmula: (Valor mínimo ofertado) * 100 / (Valor ofertado) 25%
2 Oferta Técnica Completa (4 items): 100 puntos, Incompleta (0-3 items): 0 puntos 25%
3 Condiciones de remuneración de los trabajadores $660.000 o más: 100 puntos, entre $550.000 y $659.999: 50 puntos, entre $462.000 y $549.999: 20 puntos, inferior a $461.000 o no indica: 0 puntos 15%
4 Experiencia en Faenas de Restauración 06 o más faenas: 100 puntos, 03 a 05 faenas: 50 puntos, Menos de 03 faenas: 25 puntos, 0 faenas o No informa: 0 puntos 30%
5 Cumplimiento de los Requisitos Formales Entrega de toda la información en los plazos: 100 Puntos, Entrega de toda la información fuera de plazos: 50 Puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CONAF, Siembra por Chile Faenas
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Estimación en base a Presupuesto Disponible.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Luisa Morales Lobos
e-mail de responsable de pago: luisa.morales@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Ilabaca Vergara
e-mail de responsable de contrato: claudio.ilabaca@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320215-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 01-12-2023
Monto: 350000 Peso Chileno
Descripción: El postulante deberá garantizar la seriedad de la oferta con una garantía pagadera a la vista de cualquiera de los instrumentos indicados precedentemente y tener carácter de irrevocable a nombre de la "Corporación Nacional Forestal”, Rut. 61.313.000-4 por un monto equivalente a $350.000.- (trescientos cincuenta mil pesos). La garantía se entregará presencialmente o vía servicios de correo, solo en días hábiles de Lunes a Viernes entre 9 y 14 horas, en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en 3 Norte 555 Viña del Mar y con anterioridad al cierre de la licitación. Se dirigirá en sobre cerrado a la Jefa Departamento Finanzas y Administración CONAF Región Valparaíso, con el rótulo: Contiene Garantía de Seriedad de la Oferta Licitación “Servicios ejecución de obras de restauración en bosque nativo R.N.L. Peñuelas, año 2023”.
Glosa: Para garantizar la Seriedad de la Oferta “Servicios ejecución de obras de restauración en bosque nativo en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2023”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será restituida al proveedor adjudicado, una vez firmado el contrato respectivo. En el caso de los proveedores no adjudicados será restituida transcurridos 10 días hábiles desde la fecha de adjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 11-03-2024
Monto: 7 %
Descripción: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF la correspondiente garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato consistente en una garantía pagadera a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la “Corporación Nacional Forestal”, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 7% (con impuesto incluido) del monto total adjudicado al oferente. El documento se deberá entregar dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación, en Oficina de Partes CONAF, lunes a viernes, ubicada en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido al JEFA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación “Servicios ejecución de obras de restauración en bosque nativo R.N.L. Peñuelas, año 2023”.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública “Servicios ejecución de obras de restauración en bosque nativo en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2023”.
Forma y oportunidad de restitución: Se efectuará la devolución del documento a los 90 días corridos contados desde el término del contrato, previo finiquito firmado entre las partes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Descripción del Servicio Requerido
Se requiere del servicio de ejecución de obras de restauración y rehabilitación para la mitigación de los impactos del incendio ocurrido en enero de 2021, en un área de 25,31 hectáreas de bosque nativo en las Unidades de Ordenación Forestal (OUF) 1 ( 15,63 HA) y UOF  2 (9,68 HA), en la R.N.L. Peñuelas durante el año 2023.

El objetivo central es la ejecución de acciones y obras que reduzcan la erosión y ayuden a recuperar la cubierta vegetal junto a los beneficios ecológicos que aportaba, con el fin de disminuir procesos erosivos y posibles deslizamientos en puntos de altas pendientes.

Se deberá ejecutar el manejo forestal de restauración de acuerdo con las prescripciones silviculturales contenidas en estas bases y el Plan de Manejo bajo criterios de ordenación forestal para Bosque Nativo Mediterráneo, el cual será parte del contrato a suscribir.
Observaciones respecto de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.

Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
Presentación de Ofertas
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.

Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.

Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Apertura de las ofertas
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
Observaciones a la apertura de las ofertas
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Errores u omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Re adjudicación
En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
Plazo de Adjudicación
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, ésta se podrá aplazar indicando el nuevo plazo de adjudicación.
Metodología de desempate
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el primer factor de desempate será “Experiencia del oferente” que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, el segundo factor será el “Plazo de entrega” que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, será el criterio “Precio” (valor de la oferta) que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
Recepción de antecedentes
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Consultas a la adjudicación
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 02 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación al correo: claudia.lopez@conaf.cl
Cláusula de confidencialidad
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
Orden de Compra
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 02 días hábiles, CONAF solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud. Según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas de la Ley 19.886.
Aplazamiento del cierre de la Licitación
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
Modificación de Bases
De ser necesario, podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
Comisión Evaluadora
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por: Jefe(a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe(a) de la Sección Administración o a quien designe, Jefe(a) de Departamento Conservación Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos o a quien designe. Como ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefa de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el director regional de CONAF.
Suscripción y condiciones del contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, éste se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los tres días hábiles siguientes a la adjudicación la documentación necesaria para la confección de éste.

Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl:
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones;
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial;
3) Certificado de vigencia de la sociedad;
4) Documento que acredite la vigencia de la personería y facultades de o los representantes legales.


La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo, sólo por razones de carácter operativo y/o funcional, sin contravenir lo establecido en las presentes bases de licitación, ni la calidad de la intervención silvicultural establecida.

Las presentes bases de licitación, sus anexos, la oferta y el Plan de Manejo aprobado por CONAF, formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1) Ejecutar las actividades indicadas en el contrato, de acuerdo a los estándares de las actividades indicados en las en las bases y oferta técnica adjudicada en los plazos comprometidos.
2) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en la Reserva
3) Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.

El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar con el mismo proveedor del servicio, éste deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.

Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.

9.12.2.-  Término anticipado del contrato
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
a) Por incumplimiento del contrato, de las bases, los anexos y oferta suscrita y comprometida por el proveedor adjudicado.
b) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
c) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
d) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
e) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
f) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
g) Inhabilidad del proveedor en el portal Chile proveedores durante la ejecución del servicio.
h) Si el adjudicatario acumulara más de tres multas en el primer tercio del periodo de faenas.

En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.

El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl. 

Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto. Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.

Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4.
Modalidad de Pago
El pago del servicio se efectuará en un solo pago al final de la faena, contra estado de avance recibidos conforme por parte de CONAF.

El oferente adjudicado, sólo podrá emitir su factura una vez que se haya elaborado el informe técnico de recepción conforme por parte de CONAF, informe que se enviará al oferente.

El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir el número de hectáreas de servicio ejecutado conforme.

La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada.

Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.

CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.

Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se facture el servicio, para los efectos de aceptación de la factura electrónica, la que una vez contabilizada pasara a pago.
Finiquito del contrato
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez efectuado el informe o acta de cumplimiento por la jefa de la Sección Bosque Nativo, sobre la base del Informe del Supervisor(a) Forestal de CONAF y con su correspondiente recepción conforme por parte del jefe del Departamento Conservación Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, o quien lo subrogue. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días corridos, contado desde el término de faena.
Prórroga de contrato
El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o fuerza mayor o razones fundadas, situación que deberá ser evaluada por CONAF, quien podrá otorgar un nuevo plazo. La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
Registros de Terreno
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación formal y efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, sean ya no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas”, cuya notificación deberá ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
Sanciones y multas
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos, los que no son taxativos:

a) Faltas relacionadas con el incumplimiento de los elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores, Multa 1 UF por cada incumplimiento en uso de Equipamiento de protección personal adecuado.

b) Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el predio. Multa: 3 UF por cada incumplimiento.

c) Generar impactos ambientales o incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
I. Incumplimiento de prescripciones de manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.
II. Incumplimiento de las prescripciones y/o parámetros silviculturales que se deben aplicar en la ejecución de la faena 1 UF/por cada situación detectada.
III. Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada.
IV. Provocar amago o principio de incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales  y de aplicación del punto 8 del formulario de bases.
V. Daño al interior de fajas o áreas de protección y/o exclusión. 3 UF/árbol o arbusto cortado dentro de una faja u otro tipo de daño detectado, como ejemplo, introducción de maquinaria o contaminación de cualquier tipo dentro de la faja o área de protección señalada en el Plan de Manejo y/o las presentes bases.
Procedimiento de aplicación de las multas
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF lo registrará y comunicará esta situación, a través del Libro de faenas o Manifold, con el siguiente título: “Amonestación y /o multa”, explicando por escrito en dicho libro, por parte del Supervisor forestal de CONAF. El supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estará obligado a dar lectura y tomar conocimiento y firmar dicho registro y comunicar a su empresa.

La aplicación de las multas, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta. El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. director regional, al correo, oficina.partes.valparaíso@conaf.cl y con copia obligada al jefe del Departamento de Conservación Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos claudio.ilabaca@conaf.cl

Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, se hayan o no efectuado, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.

Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
Obligaciones generales del adjudicatario
1. El adjudicatario deberá cumplir con todo rigor, las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. 
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, y por los de sus trabajadores. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento o pernoctación que requiera para sus trabajadores, fuera de la reserva y a su entero costo.
3) El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF solicitará al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.
5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
6) La vigilancia de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. En su caso, la nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente al supervisor de faena CONAF, quien informará a las instancias pertinentes.
7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.
8) Se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.
9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario En Reunión De Inicio De Faenas, y que será exigible además a todo su personal.
10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato.
11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
12) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo con el tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros. En el caso de los motosierristas, deben tener experiencia en manejo de bosque nativo, bajo condiciones de seguridad; requieren de equipo EPP completo y zapatos de seguridad caña alta.
13) Todo cambio de personal motosierristas, debe ser informado previamente y autorizado por escrito por CONAF.
14) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.
15) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
16) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni sustancias sicotrópicas, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.
17) Al término del plazo  establecido como término de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles, adicionales al plazo del término de la faena, para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran:
a. Retiro de todo el personal desde el predio;
b. Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena;
c. Mejoramiento de caminos, cercos y alcantarillas si correspondiese;
d. Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.

2.- Trabajadores dependientes del adjudicado
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.

3.- Implementación de seguridad
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
OTRAS DISPOSICIONES
Ley Subcontratación: El proveedor adjudicado podrá subcontratar la faena, y para los efectos deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.

El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:

1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Carta Gantt de actividad a realizar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
6. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
7. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
8. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
CLÁUSULA PREVENCIÓN DE DELITOS DE COLUSIÓN, CORRUPCIÓN, ASOCIACIÓN ILÍCITA Y OTROS
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”

Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta al presente Anexo N° 3 Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para firma de los oferentes y su incorporación como Anexo a su propuesta en la Licitación.
PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:

1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.

Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
BASES TÉCNICAS
.
1.- ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO A EJECUTAR
Se requiere del servicio de ejecución de obras de restauración y rehabilitación para la mitigación de los impactos del incendio ocurrido en enero de 2021, en un área de 25,31 hectáreas de bosque nativo en las Unidades de Ordenación Forestal (OUF) 1 y 2, en la R.N.L. Peñuelas durante el año 2023

El objetivo central es la ejecución de  obras que reduzcan la erosión y ayuden a recuperar la cubierta vegetal junto a los beneficios ecológicos que aportaba, con el fin de disminuir procesos erosivos y posibles deslizamientos en puntos de altas pendientes. 

Cuadro N° 1: Superficies asociadas a las unidades de ordenamiento forestal.

Unidad Ordenación Forestal

Superficie(ha)

Intervención Silvicultural

UOF 1

15,63

Acciones  de restauración detalladas  en PUNTO 2

UOF 2

9,68

Total hectáreas

25,31

2.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
A continuación, se indica el tratamiento y criterios de manejo a considerar en la ejecución de las actividades solicitadas, todas medidas a implementar, previo a la revegetación del sector a rehabilitar.

2A.- MANEJO SILVICULTURAL
Cuadro N° 2: Tratamiento Silvicultural Bosque quemado

Unidad de Ordenación Forestal

1-2

La intervención pretende mejorar las condiciones de resiliencia y de respuesta del bosque residual post incendio, por lo que no se eliminará ninguna cepa, sólo se eliminará parte del 3. SUPERVISIÓN PERMANENTE DE CONAF Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS.

material inerte y sin capacidad de rebrote, en función de criterios a señalar. También se busca disminuir la cantidad de combustible en pie como fuente de peligro de incendios.

Debido a la gran cantidad de árboles quemados en pie, se eliminarán en torno del 50% de ellos en cada cepa (pudiéndose extraer mayor o menor porcentaje en razón del análisis caso a caso), en función del peligro de caída, dejando los más firmes, rectos, que tengan algún vestigio de ramas vivas, que no hayan perdido la corteza y con menor daño fitosanitario, cuidando en extremo no dañar la regeneración de vástagos en competencia, ni especies aledañas, en buen estado.

A mediano plazo, estas acciones han de favorecer el avance de un bosque de monte bajo (constituido sólo por rebrotes) hacia un monte medio, es decir, un bosque constituido por regeneración de rebrotes, por semillas y por revegetación con plantas nativas cultivadas en viveros


Cuadro 3: Criterios de clareo y raleo de árboles quemados

Actividad silvicultural

Especificación del Criterio

Clareo y raleo en cepas dañadas por fuego

Se establece bajar la densidad de árboles quemados en torno del 50% de acuerdo con los siguientes criterios de intervención en orden de importancia.

  1. Los criterios generales de selección de árboles a dejar:

Estabilidad: Dejar en pie arboles residuales con menor riesgo de caída, priorizando los de mayor diámetro, rectos con hábito de crecimiento vertical.

Espaciamiento: Adecuada distribución espacial de acuerdo a las condiciones particulares de cada cepa;

Sombra o Cobertura: Deben quedar aquellos árboles con algún vestigio de ramas vivas. Se busca aportar a la cobertura de semisombra en base a una masa de vástagos dañados en pie, de modo que se integren gradualmente al suelo por desmoronamiento;

Calidad sanitaria: Seleccionar árboles sanos con corteza y extraer ramas y vástagos afectados por plagas y enfermedades.

Diversidad de sps: se dejaran en pie siempre,  especies menos representadas en el lugar

  1. Criterios para seleccionar árboles a extraer:

Árboles muertos y sin corteza: Se eliminan árboles  muertos que revistan riego de caída sobre personas o fauna que transite por el sector. Así también, se deben extraer aquellos cuya corteza esté suelta o en gran parte haya caído.

Vástagos en formación: Se cortarán excepcionalmente vástagos juveniles dañados.

Cobertura: Las cepas que se encuentren en bordes de claros o caminos deberán intervenirse hacia su interior, dejando hacia el exterior una mayor densidad vástagos, de modo de no disminuir la cobertura del bosque y además, minimizar la propagación vertical del fuego en caso de incendio.

Diversidad: Se evitará la corta de aquellas especies menos frecuentes en cada rodal, para garantizar una mayor diversidad biológica.



2B.- OBRAS Y ACTIVIDADES A EJECUTAR. A continuación, se señalan las ACTIVIDADES  MINIMAS A EJECUTAR  en el sector a rehabilitar. En Anexo N° 9 se adjunta plano de áreas de trabajo.

1.- Raleo árboles en pie dañados por fuego: Se raleará en torno al 50% de árboles muertos, de acuerdo a criterios de corta descritos en cuadros 2 y 3.  Requiere de cuadrilla de motosierrista y ayudante, con motosierra y motosierra de altura para eliminar árboles en pie y/o  sus ramas quemadas, Se deberá trozar  y arrumar productos a orilla de camino, para su uso en obras de restauración o venta como leña en el lugar, además de la ordenación de los desechos.
2. Manejo de Brinzales: Poda y clareo de vástagos; para ello se deberá contar con una cuadrilla de dos personas que se encargaran con tijera podadora y tijerón del manejo de regeneración de vástagos post incendio, quemados y en competencia; esta medida permite dirigir el crecimiento hacia los mejores vástagos en formación:
A.-Poda y clareos en vástagos dañados por fuego, o seriamente afectadas por problemas sanitarios: Se eliminarán vástagos con daño irreversible (más del 75% del fuste dañado – más del 60% de la copa con necrosis por fuego, sequía y/o enfermedad), cuidando de no eliminar más del 50% de estos vástagos en cada cepa, debido a su alta densidad y su aporte en semisombra, además de no aportar combustible al piso del bosque, permitiendo su desmoronamiento natural y minimizar daño por roedores en vástagos sanos. 
Se dejaran vástagos, de regeneración débil, incipiente o retardada, o que su corta amenace  con dañar vástagos sanos en competencia
B.-Poda y clareos en vástagos en competencia. Se evitará la corta de aquellos vástagos de especies menos frecuentes en cada rodal, para garantizar una mayor diversidad biológica. Eliminar: vástagos de habito rastrero, caídos por su peso o suprimidos, así como los de menor diámetro y/o con daño fitosanitario. Dejar: vástagos de más de 1,5 metros de altura, con copa vigorosa y que aporten a la sombra del lugar. 
3.-Preparación de suelo: Se deberán ejecutar casillas manuales en modalidad de núcleos según las siguientes prescripciones técnicas: (Ver Anexo 9)
- Los núcleos deben ser dispuestos en sectores ralos o de escasa vegetación, de manera de enriquecer las unidades. - La preparación debe contemplar suelo mullido y removido, ejecutada con barreno ahoyador o herramientas manuales. - Dimensiones de la casilla correspondientes a un cubo de 40 cm X 40cm X 40 cm. 
- Cada núcleo estará compuesto por 9 casillas distanciadas aproximadamente a 1 m entre sí. - Los núcleos deberán estar distanciados unos de otros a aproximadamente, 7 metros desde su centro.
- En cada hectárea se debe establecer 56 núcleos para completar la densidad 504 plantas por hectárea. - Puesto que la preparación de suelo se encuentra en unidades de bosque nativo, estos distanciamientos podrán ser modificados de acuerdo a las condiciones del terreno o si existe una alta densidad de rebrotes en el área planificada para establecer el núcleo, verificando siempre que se establezcan 56 núcleos de plantas por hectárea. Ejemplo: Si el polígono mide 2,3 ha de superficie, se deberá distribuir 129 núcleos al interior del polígono. En el caso que, el área de establecimiento de la casilla, requiere remoción de desechos, éstos deberán quedar homogéneamente distribuidos en el área aledaña.
4.-Instalación de anidaderas para aves, sobre copa de árboles. Se busca contribuir a la atracción de avifauna en las unidades dañadas por fuego. Para esto, se deben construir e instalar 22 anidaderas, con la posibilidad de utilizar una combinación de diseños para diferentes aves y 2 plataformas para rapaces.  La distancia variará entre  50 y 150 metros entre anidaderas y su distribución será según plano de referencia (ver Anexo 10. Casas Anidaderas).
5.- Áreas Buffer Conservación de especies de flora y fauna: Se debe observar con especial atención, las prescripciones técnicas descritas en el Plan de Manejo para especies amenazadas de extinción. 
Se avisarán mutuamente las parte en relación a: Posibles hallazgos de sitios de refugio y/o nidificación y crías de fauna silvestre, se deberá analizar con profesionales CONAF la estrategia de conservación a seguir en cada tipo de hallazgo. Áreas de investigación debidamente marcadas, no deberán ser intervenidas.
6 Manejo de los desechos de la faena y otros: deben ser reducidos, ordenados y dispuestos en pilas, montículos o fajas discontinuas, homogéneamente distribuidas en la superficie del rodal. En lo posible, nunca bajo la copa de árboles. En caso de presencia de cárcavas (suelo erosionado), se deberá favorecer la ubicación de desechos en las cabeceras de las cárcavas y en zonas aledañas a ellas. En cárcavas de gran magnitud, se deberá priorizar el depósito de desechos dentro de éstas, para disminuir el efecto de agentes erosivos. Las fajas de desechos deberán estar orientadas en curvas de nivel, con una altura no superior a 1,5 metros y un ancho máximo de 2 metros. En las orillas de caminos, las fajas, montículos o pilas de desechos deben quedar ordenados distantes a 6 m medidos desde la orilla del camino hacia el interior del bosque.
7.- Anillado de especies exóticas: Se anillará todo ejemplar que por diversas razones NO pueda ser cortado, favoreciendo así su  gradual desmoronamiento del árbol a mediano plazo.

2C.- ZONAS DE PROTECIÓN A RESTAURAR. Manejo Ambiental. Dado el daño por incendio sobre suelo y vuelo en quebradas y áreas de  especies y hábitats de interés, se requiere realizar  manejo de restauración a fin de apoyar la regeneración y función natural de esas áreas. Todas las determinaciones referentes a los trabajos deberán ser tomadas considerando la protección del medio ambiente y las disposiciones vigentes sobre el particular.
CURSOS DE AGUA TEMPORAL O PERMANENTE: Las fajas o franjas de protección alrededor de los cursos de agua temporal o permanente, están constituidas por 10 metros a cada lado del borde del cauce del curso de agua, medidos en distancia horizontal y perpendicular a eje o línea de borde del cauce. En esta zona se podrán eliminar especies exóticas o invasoras, así como árboles quemados y/o con daños o plagas fitosanitarias. Se permitirá plantar en zonas de pendientes expuestas a la erosión.
La ejecución de las obras de restauración deberá resguardar la protección, mantención y/o manejo, ante los siguientes hallazgos a lo largo de toda la extensión del área de trabajo adjudicada. Se deberá analizar con profesionales CONAF la estrategia de conservación a seguir en cada tipo de hallazgo.
  Árboles perchas para la avifauna nativa. 
  Refugios y/o madrigueras de fauna. 
  Superficie del piso con evidentes signos de erosión y/o zanjas.
  Curso de agua y su faja de protección. 
  Hallazgo de especies vegetales amenazadas de extinción para su conservación. 
  Áreas de investigación debidamente marcadas, no deberán ser intervenidas.        Anexo 11
  Otras situaciones no descritas en esta lista y que sean necesarias para efectuar de mejor forma el cumplimiento de las medidas de protección ambiental y forestal contenidas en la Resolución aprobatoria del Plan de Manejo que rige la gestión del bosque, así como la normativa de uso de la Reserva Peñuelas.


Para todos los efectos, los presentes hallazgos podrán ser notificados por:
  CONAF al jefe de faena y anotados en el respectivo Libro de Faenas. 
  Por el jefe de faenas a CONAF. En este caso CONAF debe manifestar su expresa aprobación o denegación a la situación presentada por el jefe de faenas, para su aplicación o no, y ser registrado en el Libro de Faenas.
3. SUPERVISIÓN PERMANENTE DE CONAF Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS.
CONAF mantendrá supervisión permanente de las faenas, contando con una contraparte técnica del adjudicatario en terreno, para resolver cualquier situación especial o que no esté contemplada en las bases, siendo sus ingenieros extensionistas y supervisores, quienes se turnarán para efectuar la supervisión permanente y necesaria.  Aspectos como huellas de acceso, vías de saca, caminos-cortafuegos, fajas de corta combustibles, ordenación de desechos o cualquier otro aspecto de carácter ambiental o forestal será resuelto por los ingenieros supervisores de CONAF, cuando corresponda.

Los ingenieros supervisores de CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento lo descrito en el punto 9.12.9. Obligaciones generales del adjudicatario, o a los aspectos técnicos específicos de las bases o del plan de manejo.
4. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES.
El adjudicatario deberá optimizar el rendimiento de la faena y podrá tener más de un frente de trabajo, a fin de asegurar cumplimiento de plazos y a condición de que se respete el avance acordado para cada actividad o área, no pudiendo dejar sectores rezagados;  de ocurrir no serán recepcionados conforme para los efectos del pago.

La ejecución de las actividades comprometidas en  esta  faena, estará sujeta a un rango de tolerancia de +-  10%,  para  cambios de trazados y/o diseños,  en base a hallazgos ambientales señalados, operatividad del terreno, u otros factores.  En todo caso se reitera que se cancelara, lo estrictamente ejecutado y recepcionado conforme por CONAF.
5. NORMATIVA EN FAENAS
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:

  INGRESO Y PERMANENCIA EN LA RESERVA: Todas las personas que hagan ingreso deberán registrarse en el libro de faenas e indicar: Nombre, destino y/o motivo de la visita y si por algún motivo ingresa fuera de horario estará obligado de avisar a CONAF. 

  Transitar sólo por caminos establecidos, conducir con cuidado y no exceder los 30 Km/hora para evitar atropellos o perturbación de flora y fauna.

  Está prohibido realizar cualquier actividad que no tenga relación directa con el trabajo que se esté ejecutando, actividades tales como:
o Cacería, pesca, extracción de gusanos de tebo, extracción de tierra de hojas, trekking, etc.
o Cortar o extraer flora de cualquier tipo (plantas, flores, semillas, ramas, tierra de hojas, etc.).
o Molestar o perturbar la fauna del lugar, más allá de lo que implica la ejecución de faenas.
o Ingresar a cualquier cuerpo de agua.
o Ingresar con animales domésticos, a excepción de perros lazarillos correctamente identificados.

o Utilizar o derramar productos tóxicos y/o contaminantes.
o Botar basura. Ésta debe ser retirada para ser depositada fuera del predio.


  Durante su permanencia en la faena está totalmente prohibido generar o utilizar cualquier fuente calórica, que pudiere generar un incendio forestal.

  Solo se podrá usar alguna fuente calórica en lugares seguros previa autorización de CONAF.

  Se prohíbe ingresar con personas que no tengan relación directa con la faena y que no estén en los listados de trabajadores oficiales de la faena, como por ejemplo familia, hijos, amigos, etc.

  Toda persona que trabaje, que preste un servicio o faena en particular, estará obligado a utilizar sus implementos de protección personal (EPP). Si alguna persona es sorprendida sin su implementación se emitirá la observación correspondiente al encargado de la Faena.

  No se podrá ingresar, ni portar onda, armas de fuego, rifles de aire comprimido ni ningún implemento o artefacto que vaya en contra de la protección de los bienes naturales, si ocurriese el caso, la persona podrá ser expulsada sin posibilidades de un nuevo ingreso.

  En consecuencia, toda situación detectada y que sea considerada irregular debe ser informada oportunamente a quien corresponda con la finalidad de que se tomen las medidas correspondientes, y de este modo evitar su reiteración.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.