Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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HOSPITAL DR ERNESTO TORRES GALDAMES
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Fecha de vencimiento:
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31-07-2028
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Monto:
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5
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Descripción:
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Este documento deberá presentarse únicamente en el caso que la totalidad de adjudicación por proveedor sea superior a 1.000 UTM impuestos incluidos, por lo que la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Licitaciones del Hospital DE Iquique, solicitará oportunamente la Garantía en conjunto con el contrato respectivo, vía correo electrónico, verificando de forma digital la validez del documento en garantía en aspectos tales como monto, vigencia, glosa, entre otros. Paralelamente, la unidad de Tesorería verificara la autenticidad de estos documentos.
La boleta de garantía de fiel cumplimiento será solicitada al futuro proveedor una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que adjudica la licitación, la cual será requerida y comunicada al proveedor mediante correo electrónico
El Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá presentarse en formato papel original o bien de forma electrónica. Si los documentos son emitidos en forma electrónica, éstos deberán ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el documento se emite en forma material, la entrega se efectuará en Unidad de Gestión de Contratos del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames, ubicado en Héroes de la Concepción 502 de Iquique, a excepción de que el instrumento sea digital y con firma avanzada electrónica, en tal caso solo bastará hacer envío de este mediante correo electrónico: carolina.zamora.m@redsalub.gob.cl o al correo que se le indique.
Dicha garantía deberá ser entregada por el oferente dentro de los 10 días hábiles desde la notificación por correo electrónico de la adjudicación en conjunto con el respectivo contrato con la firma del representante legal. Asimismo, deberá presentar en conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la entidad financiera respectiva.
En caso que la garantía sea tomada a través de una póliza de seguro, esta debe cubrir todo lo relacionado al contrato, incluyendo multas, las obligaciones laborales y previsionales y lo dispuesto en el artículo 183 E del Código del Trabajo.
La Unidad de Tesorería del Hospital de Iquique será directamente responsable de la custodia, mantención, cobro, vigencia, restitución y todo tramite relacionado asociado a las garantías asociadas.
Del mismo modo, cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en evaluación, y se verifique por el Hospital de Iquique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas anticipadamente.
El no envío de la boleta de garantía de Fiel cumplimiento del contrato y/o la suscripción del contrato por parte del adjudicatario dentro de los 10 días hábiles de notificada la adjudicación por correo electrónico, facultará al Hospital de Iquique para sancionar al oferente adjudicado con el cobro de la respectiva Boleta de Garantía de Seriedad de Ofertas y retrotraer el proceso para readjudicar o finalizar el proceso (según corresponda).
Este documento podrá ser cobrado ipso facto por el Hospital de Iquique, según lo establecido en el Artículo N°124 y N°135 del Decreto Supremo N°661/2024, dictando resolución fundada al efecto, en los siguientes casos:
a. Cuando por causa imputable al proveedor se ponga término anticipado al contrato;
b. En los casos establecidos en el artículo N°58 de las presentes bases sobre término anticipado del contrato, excepto en caso de resciliación y por exigirlo el interés público y la seguridad nacional.
c. Cuando el adjudicatario no pague las multas aplicadas en los plazos estipulados.
d. Incumplimiento de las exigencias establecidas en las presentes bases, oferta y el contrato.
e. Negarse a resolver los problemas en los plazos comprometidos, no dar cumplimiento a las garantías ofertadas y/o los servicios ofrecidos.
f. En caso de que se generen incumplimientos graves respecto de las obligaciones del proveedor. El incumplimiento grave será calificado por la Unidad Técnica mediante informe.
Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar a tiempo y mantener vigente el documento de garantía.
Para las licitaciones con más de un adjudicatario, los proponentes caucionarán la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de acuerdo con un porcentaje directamente proporcional a los ítems adjudicados, precio, cantidad, frecuencia, etcétera.
Para el caso, que un insumo tenga una baja frecuencia de consumo, demanda o uso en el periodo contratado (determinado por referente técnico), se podrá exceptuar de suscripción de Contrato y/o Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento y que cumplan con lo estipulado en los artículos N°117 y N°121 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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Glosa:
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Glosa PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONVENIO DE SUMINISTRO DE FIJADORES EXTERNOS PARA LA ESPECIALIDAD DE TRAUMATOLOGÍA DEL HOSPITAL DE IQUIQUE.
En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Se hará devolución de esta garantía, o el saldo que restare en caso de aplicación de multas, una vez extinguidas cada una de las obligaciones que emanen de las presentes bases y del contrato, esto es, una vez terminada la garantía del suministro. Lo anterior, de conformidad con lo que establece el artículo N°121 del Decreto Supremo N°661/2024, que establece el Reglamento de Compras de la Ley N°19.886.
El proveedor contratado deberá solicitar vía formal la devolución de las garantías asociadas, teniendo el Hospital un plazo de hasta 20 días hábiles para hacer devolución de esta. En el evento que no se efectué esta solicitud de devolución, esta entidad no tendrá responsabilidad respecto a esta caución.
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