Licitación ID: 4080-1-LP25
CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CABRERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 39
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Productos o servicios
1
Seguros de edificios o de su contenido 1 Unidad
Cod: 84131501
Se requiere la contratación de Seguros para Bienes Muebles e Inmuebles de propiedad Municipal, para un periodo de 24 meses, desde el 31 de Marzo de 2025 y hasta el 31 de Marzo de 2027, ambas fechas inclusive, según las Bases de la Licitación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente Licitación tiene por objeto la “CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO”, durante el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2025 y el 31 de marzo de 2027, ambas fechas inclusive, correspondiente a las categorías de Seguros; Incendio, Robo, Equipos Electrónicos, Equipos Móviles, Vehículos y Vehículos Pesados.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secretaria Comunal De Planificacion
R.U.T.:
69.151.000-k
Dirección:
Las Delicias 355
Comuna:
Cabrero
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-02-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-02-2025 10:40:02
Fecha inicio de preguntas: 04-02-2025 11:00:00
Fecha final de preguntas: 10-02-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-02-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-02-2025 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-02-2025 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 28-02-2025 13:51:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Terreno Voluntaria 07-02-2025 12:00:00
Entrega Garantía Seriedad de la Oferta Soporte Físico 18-02-2025 14:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 2.1 Documentos ADMINISTRATIVOS en Soporte Digital. 2.1.1 Anexo 1, Identificación del Oferente. Completar con la información solicitada. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma. 2.1.2 Anexo 2 (A o B, persona natural o jurídica respectivamente), Declaración Jurada Simple, Aceptación de Bases de la Licitación (DEBIDAMENTE FIRMADO). Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, A o B, según corresponda, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma. 2.1.3 Anexo 3, (Completar SÓLO en caso de Unión temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Inhabilidades por Condenas (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma. 2.1.4 Anexo 4, (Completar SÓLO en caso de Unión Temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Sin Conflicto de Interés (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma. 2.1.5 Certificado de Inscripción Vigente en la CMF, con una antelación no superior a 60 días corridos, desde la fecha de Apertura. 2.1.6 Clasificador de Riesgos por parte de la CMF, vigente a la fecha de la apertura de la propuesta. La Municipalidad se reserva el derecho de validar dicha Clasificación antes de la evaluación correspondiente. En caso de subir más de un certificado, que cumpla con lo mínimo solicitado, se considerará el de mejor clasificación. OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS: - Sólo deben completar el Anexo 3 y el Anexo 4, aquellos oferentes que participen en calidad de Unión Temporal de proveedores. - Aquellos oferentes que no participen en calidad de Unión Temporal de Proveedores, deberán firmar electrónicamente al momento de presentar su oferta por el portal www.mercadopublico.cl (paso tres de la oferta). (*)Los oferentes que no ingresen en su oferta, alguno de los Anexos solicitados, según corresponda su calidad jurídica, se aplicará Punto 3.3, inciso tercero de las presentes Bases.
Documentos Técnicos
1.- 2.2 Documentos TÉCNICOS en Soporte Digital. 2.1.1 Anexo 5, Oferta Técnica. La presentación de la Oferta Técnica, deberá ser en cumplimiento de las Bases Administrativas y Requerimiento Técnico, que incluya el listado de coberturas propuestas con sus respectivos deducibles y tiempo de liquidación de siniestro aplicable, detallado por cada categoría y los contactos del Corredor y Liquidador. OBSERVACIONES TÉCNICAS: (**)Los oferentes que no ingresen en su oferta el Anexo 5, serán considerados FUERA DE BASES.
 
Documentos Económicos
1.- 2.3 Documentos ECONÓMICOS en Soporte Digital. 2.3.1 Anexo 6, Oferta Económica. El Oferente deberá completar el Anexo, indicando el Valor Total de su Oferta para los 24 meses, además del detalle por categoría de seguros, de los Valores Netos afecto a IVA y exento de IVA, también el desglose para los meses de cada año, respectivamente. Adicionalmente, en forma opcional los Oferentes, pueden incorporar su propio formulario de cotización, documento que no reemplaza el presente Anexo. OBSERVACIONES ECONÓMICAS: (**)Los oferentes que no ingresen en su oferta; el Anexo 6, serán considerados FUERA DE BASES.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA A. OFERTA ECONÓMICA – 45% Se evaluará mediante un Ranking de precios de la Oferta Económica, es decir, el primer lugar en la tabla lo obtendrá la oferta con el menor Precio, correspondiente al Valor Total con Impuesto Incluido, de conformidad a lo indicado en Anexo 6 “Oferta Económica”; Se aplicará el puntaje según la siguiente tabla: OFERTA ECONÓMICA PUNTAJE 1er lugar 100 2do lugar 90 3er lugar 80 4to lugar 70 5to lugar e inferior 50 45%
2 CLASIFICACIÓN DE RIESGO DEL OFERENTE D. CLASIFICACIÓN DE RIESGO DEL OFERENTE – 15% Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla: CERTIFICADO PRESENTADO PUNTAJE Categorías “A” 100 Categorías “B” 60 Categoría inferior a “B“ 20 NO presenta Certificado 0 15%
3 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS E. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS – 5% Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PUNTAJE Cumple Requisitos de antecedentes Administrativos 100 No Cumple Requisitos de Antecedentes Administrativos y subsana con posterioridad 0 5%
4 DEDUCIBLES B. DEDUCIBLES – 20% b.1) Subcriterio: Incendio – 6% b.2) Subcriterio: Robo con fractura – 6% b.3) Subcriterio: Equipos Electrónicos – 2% b.4) Subcriterio: Equipos Móviles – 2% b.5) Subcriterio: Vehículos Motorizados – 2% b.6) Subcriterio: Vehículos Motorizados Pesados – 2% 20%
5 TIEMPO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS C. TIEMPO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS – 15% Se evaluará el promedio aritmético de los tiempos ofertados en las 6 categorías, considerando el tiempo en días corridos. Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla, de conformidad a lo indicado en Anexo 5 “Oferta Técnica”: PROMEDIO TIEMPO DIAS CORRIDOS PUNTAJE 0 – 30 días corridos 100 31 - 60 días corridos 60 61 – 99 días corridos 40 100 y más días corridos 20 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Monto Total Estimado: 96000000
Justificación del monto estimado La presente contratación dispone de financiamiento propio de la I. Municipalidad de Cabrero, Por un periodo de 24 meses, desde el 31 de marzo de 2025 y hasta el 31 de marzo 2027, ambas fechas inclusive.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El Valor a presentar en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, deberá corresponder al VALOR TOTAL NETO en UF Sin Impuesto.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARCO BUCAREY ZAGAL
e-mail de responsable de pago: mbucarey@cabrero.cl
Nombre de responsable de contrato: MARCO BUCAREY ZAGAL
e-mail de responsable de contrato: mbucarey@cabrero.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2401815-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La empresa aseguradora no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones contraídas a persona jurídica.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Cabrero
Fecha de vencimiento: 02-07-2027
Monto: 5 %
Descripción: El Oferente Adjudicado, entregará una Garantías de Fiel Cumplimiento, en un plazo de 7 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, a objeto de caucionar el correcto, total y oportuno acatamiento del Contrato, consistente en Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguros o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, en pesos chilenos, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, R.U.T. 69.151.000-k, por un monto equivalente al 5% del monto total neto adjudicado. La garantía deberá contar con una vigencia establecida por el plazo contractual aumentado en 90 días corridos. La entrega Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser en soporte físico, en oficina de la dirección de SECPLAN o bien en soporte electrónico a través de correo electrónico informado al momento de la adjudicación. La Municipalidad solicitará la certificación de autenticidad de los documentos de garantías ante la institución financiera emisora. La glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. En el caso de los Vale Vista, donde no se puede registrar la glosa en el documento, deberá indicarla al reverso de la garantía o adjuntar un documento indicando Nombre del Proveedor, Rut del Proveedor, Nº licitación, Nº de documento y la GLOSA.
Glosa: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento del contrato “CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO” ID 4080-1-LP25.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de las Garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez vencido su plazo, previo informe de la Unidad Técnica y por solicitud expresa por parte del Oferente. La encargada de la devolución de esta Garantía será la Tesorería Municipal.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de empate, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el Criterio OFERTA ECONÓMICA y en caso de continuar con el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: Deducibles, Tiempo de Liquidación de Siniestros, Clasificación de Riesgo del Oferente y Cumplimiento de los Requisitos. Adicionalmente, en caso de continuar el empate, este se resolverá optando por aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación de este acto, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a los siguientes correos electrónicos: yomara.carrillo@cabrero.cl / ybarra@cabrero.cl.

Cabe señalar que la Municipalidad dispondrá de 5 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Declaración Jurada Simple de Saldo Insoluto de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social (DEBIDAMENTE FIRMADA). 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Si de la revisión de los Documentos Administrativos, se verifica la omisión de alguno de ellos, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al Oferente incumplidor subsanar dicha omisión desde realizada la solicitud de formal por parte de la Municipalidad, a través del foro inverso de la Plataforma www.mercadopublico.cl, podrá tener un Plazo Max. de 48 horas para ello, sólo se considerará válidos los documentos emitidos con fechas anteriores al cierre de la propuesta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el Artículo 56° del Decreto Nº661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. De no existir respuesta por parte del Oferente en el plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACN PÚBLICA: CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO

  1. GeneralidadeS

1.1          Introducción.

La I. Municipalidad de Cabrero, en adelante la Municipalidad, requiere la CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO de acuerdo con las presentes Bases Administrativas, Requerimiento Técnico y Anexos, lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°661 de 2024, lo dispuesto en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en todo lo que no sea contrario a derecho y/o a lo dispuesto en las presentes Bases.

1.2          Descripción del Servicio Licitado.

La presente Licitación tiene por objeto la “CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO”, durante el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2025 y el 31 de marzo de 2027, ambas fechas inclusive, correspondiente a las categorías de Seguros; Incendio, Robo, Equipos Electrónicos, Equipos Móviles, Vehículos y Vehículos Pesados.

Para tales efectos, podrán participar de la presente licitación las Compañías de Seguros que se encuentren con su inscripción vigente en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley N°19.886 y demás requisitos establecidos en las presentes Bases del Llamado.

Los Oferentes están obligados a ofertar la totalidad de las categorías de Seguros licitados y la adjudicación será única, corresponderá a la Oferta que en su conjunto sea la más conveniente a los intereses municipales. Según lo establecido en los Requerimientos Técnicos, las presentes Bases y Anexos del llamado a Licitación Pública.

1.3          Definiciones.

Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:

1.3.1         Municipalidad:

I. Municipalidad de Cabrero.

1.3.2         Unidad Técnica:

Dirección que supervisa técnica y administrativamente la prestación del servicio y en general, el exacto cumplimiento del contrato.

1.3.3         Inspector Técnico del Servicio:

Funcionario designado por la Unidad Técnica, a través de un Decreto Alcaldicio, y es quien ejerce en derecho y la obligación de fiscalizar el desarrollo del servicio en sus diversas etapas.

1.3.4         Unidad Financiera:

Entidad que entrega los recursos para la ejecución del proyecto, en este caso corresponde a la Municipalidad de Cabrero.

1.3.5         as Corridos:

Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa.

1.3.6         as Hábiles:

Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.

1.3.7         Fuerza Mayor o Caso Fortuito:

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45º del Código Civil.

1.3.8         Adjudicación:

Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministro o servicios, regido por la Ley N°19.886.

1.3.9         Adjudicatario o Contratista:

El Proveedor cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato respectivo y en virtud del cual contrae la obligación de ejecutar el presente servicio.

1.3.10     Contrato:

El acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el Contratista en relación con el servicio a que se refiere la presente licitación.

1.3.11     Bases Administrativas:

Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas de contrato definitivo y demás aspectos administrativos del proceso de Licitación.

1.3.12     Requerimiento Técnico:

Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar, incluyendo las especificaciones técnicas y control de calidad del servicio y materiales de suministro, entre otros.

1.3.13     Propuesta:

Es la oferta entregada por el oferente, ajustada a los antecedentes suministrados en las Bases Administrativas, Requerimiento Técnico, Anexos y todos los antecedentes de la Licitación.

1.3.14     Licitación:

Conjunto de actos administrativos que se inicia con el llamado a interesados que cumplan con los requisitos establecidos, para cotizar y ofrecer condiciones de cumplimiento respecto del objeto requerido, de acuerdo a las exigencias fijadas en documentos denominados Bases Administrativas y Requerimiento Técnico, Anexos y todos los antecedentes de la Licitación, y que concluye con el Decreto Alcaldicio o Resolución que adjudica la propuesta a un oferente, rechaza todas las ofertas o la declara desierta por no haberse presentado interesados o por no convenir a sus intereses.

1.3.15     Licitación a Suma Alzada:

La oferta o cotización a un valor o precio fijo en Pesos Chilenos (con impuesto incluido), en la que las cantidades de Servicios se entienden inamovibles; salvo aquellas partidas especificadas en las bases de licitación, cuya cubicación se establezca a serie de precios unitarios y cuyo valor total corresponde a la suma de las partidas fijas y a la de los precios unitarios, si los hubiere. En este contexto, el Oferente debeejecutar las partidas en su totalidad, debiéndose pagar la cantidad estipulada en la oferta, aun cuando ésta resulte ser mayor o menor en la realidad que el monto o cantidad ofrecida. El valor a precio fijo ofrecido comprendela total y completa prestación del servicio, de acuerdo con las Bases Administrativas, Requerimiento Técnico y otros antecedentes constitutivos de la Licitación.

1.3.16     Aumento o Disminución del Contrato:

Es la modificación de las cantidades de servicios previstas en la presente licitación.

1.3.17     Modificación de Servicios:

El reemplazo, por acuerdo entre las partes, de una parte de los servicios contenidos en el Contrato, por servicios nuevos o extraordinarios.

1.3.18     Garantía:

Es toda caución que se constituye para responder del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el proceso de Licitación y contrato respectivo. Materializándose mediante una Boleta Bancaria, Vale a la Vista, Póliza de Seguros de Garantía y cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley de Compras Pública N°19.886 y su reglamento, pagadera a la vista y con carácter de irrevocable, tomada por el oferente, por el plazo y monto estipulado en estas Bases Administrativas según corresponda el caso, indicando en ella el servicio que garantiza.

Los tipos de garantías para cada circunstancia son:

  • Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato
  • Garantía por Aumento de Contrato

1.3.19     Aclaraciones:

Es aquel documento aclaratorio y/o interpretativo de las bases de la licitación, así como de las especificaciones técnicas o de sus anexos que complementan y aclaran dichas bases. Instancia válida para efectuar modificaciones formales menores.

1.4          Modalidad de la Oferta.

Las ofertas deberán presentarse bajo la modalidad de SUMA ALZADA, en la forma exigida en las presentes bases, de manera tal que por el precio total ofertado, en el que se entenderá incluido todos los gastos y utilidad, y conforme a lo estipulado en:

ü Las presentes Bases Administrativas.

ü Requerimientos Técnicos y demás antecedentes adjuntos.

ü Lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°661 de 2024.

ü Lo dispuesto en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

ü En todo lo que no sea contrario a lo dispuesto en las presentes Bases y/o a derecho.

ü El Decreto 867 de fecha 17 de marzo de 2018, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

ü El Decreto 93, de fecha 21 de octubre de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional.

En todo caso, ante cualquier discrepancia entre los antecedentes, se interpretará siempre de la forma que mejor beneficie la prestación del servicio, según lo determine la Municipalidad.

1.5          Plazo de Vigencia de las Ofertas.

Las ofertas que participen en esta Licitación, tendrán una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de Apertura de las ofertas en los términos y plazos indicados en las presentes Bases. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo para adjudicar y podrá solicitar a los proponentes prorrogar sus ofertas. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación.

1.6          Participantes.

En esta Licitación podrán participar las Compañías de Seguros con inscripción vigente en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras compareciendo como tales o como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), en los términos señalados en el Artículo 51 de la Ley N°19.886 y el Artículo 180 del Reglamento de Compras Públicas, que cumplan con los requisitos y condiciones exigidas por dicha Ley y su Reglamento y con las demás disposiciones legales aplicables y las exigencias establecidas en las presentes Bases.

No podrán participar en la Licitación, las ofertas que no sean ingresadas a través de los Sistemas Electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en las presentes Bases, punto N°3 Apertura, párrafo final, para lo cual deberá contar con el Certificado de Indisponibilidad, según el Art. 115 de Reglamento de Compras Públicas, efectuado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.

Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.

1.7          Comparecencia.

No se adjudicarán ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley, todo ello en los términos prescrito en el Articulo 58 del Decreto Supremo 661 del 2024, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento para la aplicación de la Ley Nº19.886.

1.7.1         Personas Naturales.

Podrán Actuar personalmente o actuar por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de presentación, conforme a lo dispuesto en el Articulo Nº82 de la Ley Nº19.880.

1.7.2         Personas Jurídicas.

Podrán actuar a través de la persona o de (los) órgano (s), que según su naturaleza o estatutos, detenten su representación, debiendo acreditar tal personería con el (los) documento (s) que den cuenta de ello, vigente al momento de presentar su oferta. Sin perjuicio de lo anterior, podrán comparecer representadas por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de representación conforme al Artículo 22 de la Ley Nº19.880.

1.7.3         Uniones Temporales de Proveedores (UTP).

En los tramites propios del poder licitatorio como la ejecución del contrato, deberán actuar a través de la persona que tenga la calidad de representante o apoderado señalado en el documento de constitución de la UTP, con expresas facultades para contraer todas y cada una de las obligaciones del contrato que se adjudique en nombre de sus integrantes. Sin perjuicio de lo anterior, podrán comparecer representadas por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de representación, conforme lo dispuesta en el Artículo 22 de la Ley Nº19.880, representación que en la especie deberá constar por escritura pública.

1.8          Tipo de Soporte de Documentos.

Todos los documentos requeridos en las presentes Bases, deberán ser presentados en soporte digital o electnico, a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.

Sin embargo, el soporte de papel sólo podser utilizado en los casos de excepción establecidos en Ley N°19.886 y su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases.

1.9          Gastos.

Los gastos en que incurra el Oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte de la Municipalidad.

1.10      Idioma de la Licitación.

Todo el proceso de licitación será en idioma español, sin perjuicio del Requerimiento Técnico que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.

1.11      Moneda de la Licitación.

Los valores indicados en las bases de la licitación están expresados en Pesos Chilenos y Unidad de Fomento.

1.12      Principios que rigen la Licitación.

La Licitación se regirá por los principios, que serán respetados por la Municipalidad como por los Oferentes, que corresponden a:

  • Libre concurrencia al llamado (Artículo 9° Ley 18.575).
  • Igualdad ante bases y no discriminación arbitraria (Artículos 9° Ley 18.575 y 37° del Reglamento de la Ley de Compras).
  • Sujeción estricta a las bases (Artículo 10° Ley 19.886).
  • No formalización (Artículo 13° Ley 19.880).
  • Transparencia y publicidad (Artículo 18° Ley 19.886 y 7° Ley 20.285).

1.13      Documentos de Licitación.

Esta Licitación Pública se rige por las normas previstas en la Ley N°19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Decálogo de Probidad en las Compras Públicas para Funcionarios del Estado y formarán parte integrante la siguiente documentación:

  1. Bases Administrativas.
  2. Requerimiento Técnico.
  3. Anexos.

c.1 Administrativos:

  • Anexo 1, Identificación del Oferente.
  • Anexo 2 (A o B), Declaración Jurada Simple, Aceptación de Bases de Licitación. 
  • Anexo 3 Declaración Jurada Simple, Inhabilidades por Condenas.
  • Anexo 4 Declaración Jurada Simple, Sin Conflicto de Interés.

c.3 Técnicos:

  • Anexo 5, Oferta Técnica

c.2 Económicos:

  • Anexo 6, Oferta Económica.
  1. Para Contratar:
  • Declaración Jurada Simple, Saldos Insolutos de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social.
  1. Decreto que Aprueba las Bases y Llama a Licitación.
  2. Ficha de Licitación, portal www.mercadopublico.cl
  3. Preguntas, Respuestas y Aclaraciones, si hubiere, Foro Mercado Público.
  4. Aclaraciones y Modificaciones, si hubiere.
  5. Informe de Evaluación de las Ofertas.
  6. Oferta administrativa, Técnica y Económica del oferente que resulte adjudicado.
  7. Acuerdo del H. Concejo Municipal.
  8. Decreto de Adjudicación.

m.  Contrato que se suscriba entre las partes.

  1. Decreto que Aprueba Contrato.
  2. Orden de Compra.
  3. Cualquier otra información que se le solicite al Oferente, durante el proceso de contratación, y que haya sido presentada en tiempo y forma.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo, accediendo al portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.

1.14      Prelación.

a)    Prelación Administrativa:

a.1. Aclaraciones.

a.2. Respuestas.

a.3. Bases Administrativas.

a.4. Contrato.

b)   Prelación Técnica:

b.1. Aclaraciones y/o Modificaciones.

b.2. Respuestas.

b.3. Requerimiento Técnico.

Los documentos señalados, forman parte integrante de las bases de la presente licitación pública y se entregaran y estarán a disposición de los oferentes en archivos digitales, a través del sistema de información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.

1.15      Visita a Terreno VOLUNTARIA.

Los Oferentes interesados, podrán presentarse en una visita de carácter VOLUNTARIA, guiada por un funcionario de la Dirección de Administración y Finanzas y un funcionario de la Dirección de SECPLAN, programada para el día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, saliendo desde la Secretaría Comunal de Planificación, emplazada en el segundo piso del Edificio Consistorial de la Municipalidad de Cabrero, ubicada en calle Las Delicias N°355, Cabrero. La Visita deberá ser firmada, en un Acta de Visita a Terreno.

Los gastos relacionados con la visita serán de cargo del proponente, así como también contar con medios propios para desplazarse.

1.16      Preguntas, Respuestas y Aclaraciones.

Las consultas que los participantes deseen formular, deberán ser realizadas a través de la funcionalidad para preguntas y respuestas del portal www.mercadopublico.cl.

No se aceptan consultas ni solicitud de aclaración alguna, fuera de plazo o enviadas vía fax, teléfono u otro medio distinto del señalado en el párrafo precedente.

Las respuestas se pondrán a disposición de los Oferentes en el portal www.mercadopublico.cl en el horario y fecha indicado en el calendario de la licitación.

Sin perjuicio de lo anterior y hasta el mismo plazo en que deben responderse las consultas, las aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en la misma fecha señalada en el párrafo anterior.

De conformidad con el artículo N°108 del Reglamento de Compras Públicas, letra a) Licitación Pública, N°3, se realizará un acto administrativo en el cual se proporcionarán las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, respetando los plazos establecidos en las bases de licitación.

La Municipalidad, además de dar respuesta a las preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, Aclaraciones a las Presentes Bases Administrativas, Requerimiento Técnico y demás antecedentes, en cualquier momento, cuando a su juicio algún punto no haya quedado lo suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas Aclaraciones, en cuanto impliquen Modificación de las presentes Bases Administrativas, estas se deben realizar antes que venza el plazo para la presentación de propuestas y modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Tanto las respuestas a las preguntas, como las aclaraciones que formule la Municipalidad se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. En el caso que de las respuestas derive una modificación de las bases publicadas, esta deberá formalizarse a través del acto administrativo correspondiente, debiendo otorgarse el plazo prudencial para que los Oferentes adecúen su oferta a tales modificaciones.

Los Oferentes, aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir del día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, respecto si se han emitido aclaraciones y/o modificaciones.

1.17      Modificación de las Bases.

La Municipalidad de Cabrero, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de propuestas, modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Asimismo, la Municipalidad, en casos debidamente fundados tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas a fin de dar un tiempo adicional para la presentación de los antecedentes, lo cual será comunicado a través de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.

1.18      Financiamiento y Presupuesto Referencial.

La presente contratación dispone de financiamiento propio de la I. Municipalidad de Cabrero, Por un periodo de 24 meses, desde el 31 de marzo de 2025 y hasta el 31 de marzo 2027, ambas fechas inclusive de conformidad a lo siguiente:

MONTO REFERENCIAL de $96.000.000.- (Noventa y seis millones de pesos) Impuesto Incluido, para todo el periodo del Contrato.

OBSERVACIONES:

ü Los oferentes deben considerar que su oferta no exceda en más de un 15% el Monto Referencial señalado, de lo contrario su oferta será considerada Fuera de Bases.

ü El Valor a presentar en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, deberá corresponder al VALOR TOTAL NETO en UF (Sin Impuesto).

1.19      Mandante, Unidad Técnica e Inspector Técnico del Servicio.

La autoridad Mandante es la I. Municipalidad de Cabrero.

La supervisión de la correcta ejecución del contrato, en calidad de Unidad Técnica será Dirección de Administración y Finanzas, quien designará a un funcionario para que actúe como Inspector Técnico del Servicio (I.T.S.), formalizándolo a través del correspondiente Decreto Alcaldicio.

Tanto la Unidad Técnica, como la I.T.S., velarán por la correcta ejecución del Contrato, serán responsables de toda comunicación con el Oferente Adjudicado, ya sea para denunciar siniestros, caducar pólizas o incorporar una nueva, para hacer valer los tiempos de liquidación de siniestro ofertado por la Empresa Aseguradora y toda otra cuestión relativa a la ejecución del contrato.

1.20      Etapas y Plazos de la Licitación.

La apertura de ofertas de la presente licitación pública se realizará en una etapa, según lo señalado en el Punto N°3 “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación en el portal Mercado Público.

Todos los plazos establecidos en las bases, como asimismo, en los instrumentos que la complementen, se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario.

  • Las fechas y horas de cada etapa de la licitación estarán publicadas en el Punto N°3 “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación en el portal Mercado Público.
  • En caso que alguno de los plazos señalados en las bases, diera como resultado que su término recayera en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente. De igual manera, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
  • En caso que el proceso de evaluación de ofertas y/o el proceso de adjudicación, no se realicen dentro de los plazos indicados, la Municipalidad informará mediante un decreto a través del portal, las razones de ello y el nuevo plazo.

ETAPAS

FECHAS

Publicación del Proceso

Comenzará como día 0 del total de días corridos.

Inicio de Preguntas

Comenzará como día 0 del total de días corridos.

Visita a Terreno Voluntaria

3° día corrido.

Final de Preguntas

6° día corrido.

Publicación de Respuestas en el Foro

9° día corrido.

Entrega Documentos en Soporte Físico

14° día corrido.

Cierre de Recepción de Ofertas Electrónico

14° día corrido.

Acto de Apertura Electrónica de las Ofertas Técnicas y Económicas.

14° día corrido.

Plazo estimado de Evaluación de Ofertas

Hasta 10 días hábiles, contados desde aclaradas las consultas realizadas a los oferentes, en el acto de apertura, en el portal Mercado Público.

Fecha de Adjudicación

Hasta 10 días hábiles, contados desde la fecha de recepción del Certificado favorable del H. Concejo Municipal, con la propuesta de Adjudicación de conformidad al Informe de Evaluación elaborado por la Comisión Evaluadora.

Fecha estimada Suscripción Contrato

Hasta 30 días corridos, contados desde la notificación de adjudicación.

  1. Antecedentes para incluir en la oferta

Las Ofertas deberán presentarse en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo estipulado para ello en el calendario de licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad, será considerada extemporánea y se entenderá por no presentada para todos los efectos de la presente licitación, excepto lo señalado en el Punto 3.3 inciso final de las presentes bases.

  • Los documentos que se solicitan en las presentes Bases son de carácter Administrativo, Técnico y Económico, por tanto, se sugiere subir cada anexo y/o archivo digital según corresponda.
  • Se sugiere que cada anexo y/o archivo digital requerido en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyan, se publique en un sólo archivo digital.
  • Se sugiere que el nombre que se le asigne a cada anexo y/o archivo digital, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por el número que le corresponda en atención al orden que fijan las presentes bases.
  • Es obligación del Oferente revisar el Portal Electrónico durante todo el proceso, no siendo posible alegar desconocimiento de la información publicada.

Las ofertas deberán contemplar los siguientes documentos, según corresponda:

2.1          Documentos Administrativos en Soporte Digital.

2.1.1    Anexo 1, Identificación del Oferente. Completar con la información solicitada. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.2    Anexo 2 (A o B, persona natural o jurídica respectivamente), Declaración Jurada Simple, Aceptación de Bases de la Licitación (DEBIDAMENTE FIRMADO). Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, A o B, según corresponda, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.3    Anexo 3, (Completar SÓLO en caso de Unión temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Inhabilidades por Condenas (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.4    Anexo 4, (Completar SÓLO en caso de Unión Temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Sin Conflicto de Interés (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

 

2.1.5    Certificado de Inscripción Vigente en la CMF, con una antelación no superior a 60 días corridos, desde la fecha de Apertura.

 

2.1.6    Clasificador de Riesgos por parte de la CMF, vigente a la fecha de la apertura de la propuesta. La Municipalidad se reserva el derecho de validar dicha Clasificación antes de la evaluación correspondiente. En caso de subir más de un certificado, que cumpla con lo mínimo solicitado, se considerará el de mejor clasificación.

OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS:

-  Sólo deben completar el Anexo 3 y el Anexo 4, aquellos oferentes que participen en calidad de Unión Temporal de proveedores.

-  Aquellos oferentes que no participen en calidad de Unión Temporal de Proveedores, deberán firmar electrónicamente al momento de presentar su oferta por el portal www.mercadopublico.cl (paso tres de la oferta).

(*)Los oferentes que no ingresen en su oferta, alguno de los Anexos solicitados, según corresponda su calidad jurídica, se aplicará Punto 3.3, inciso tercero de las presentes Bases.

2.2          Documentos Técnicos en Soporte Digital.

2.1.1    Anexo 5, Oferta Técnica. La presentación de la Oferta Técnica, deberá ser en cumplimiento de las Bases Administrativas y Requerimiento Técnico, que incluya el listado de coberturas propuestas con sus respectivos deducibles y tiempo de liquidación de siniestro aplicable, detallado por cada categoría y los contactos del Corredor y Liquidador.

OBSERVACIONES TÉCNICAS:

(**)Los oferentes que no ingresen en su oferta el Anexo 5, serán considerados FUERA DE BASES.

2.3          Documentos Económicos en Soporte Digital.

2.3.1    Anexo 6, Oferta Económica. El Oferente deberá completar el Anexo, indicando el Valor Total de su Oferta para los 24 meses, además del detalle por categoría de seguros, de los Valores Netos afecto a IVA y exento de IVA, también el desglose para los meses de cada año, respectivamente.

Adicionalmente, en forma opcional los Oferentes, pueden incorporar su propio formulario de cotización, documento que no reemplaza el presente Anexo.

OBSERVACIONES ECONÓMICAS:

(**)Los oferentes que no ingresen en su oferta; el Anexo 6, serán considerados FUERA DE BASES.

2.4          De la Oferta Económica.

La Oferta Económica, deberá presentarse a través del portal durante el periodo de recepción de ofertas, conforme a las etapas y plazos señalados en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, esta oferta incluirá sólo el VALOR TOTAL NETO en UF (Sin impuesto).

  1. proceso de apertura

3.1          Comisión Evaluadora.

La Comisión Evaluadora, será participe tanto en el proceso de Apertura de las Ofertas, como en el proceso de Evaluación de las Ofertas. Estará integrada por los funcionarios municipales o los que se determinen en conformidad a la ley, los cuales se designarán mediante Decreto Alcaldicio para tal efecto, actuará en su calidad de Ministro de Fe, la Secretaria Municipal, o quienes los subroguen en su caso.

La integración de la Comisión Evaluadora se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y se registrará en el sistema institucional del Lobby. Los miembros de la presente Comisión, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente y estará integrada a lo menos por tres funcionarios municipales de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la Administración Municipal y siempre en un número inferior a los funcionarios municipales que la integran.

Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y su Reglamento.

Quienes integren la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 35 ter. De la Ley N° 19.886.

Tampoco podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.

La Comisión Evaluadora del presente llamado estará conformada por los siguientes funcionarios o quienes los subroguen:

- Directora Secretaría Comunal de Planificación.

- Director de Administración y Finanzas.

- Abogada/o Municipal.

- Secretaria Municipal (Ministro de Fe).

3.2          Principio de Abstención.

Conforme al Artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés.

Son motivos de abstención los siguientes:

a)    Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44° de la Ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

b)    Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12° de la ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

c)    Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N° 18.045, de Mercado de Valores.

d)    Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente.

e)    Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.

3.3          Apertura de las Ofertas.

La Apertura de las Ofertas se realizará en cumplimiento a lo indicado en el artículo 51° del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública, portal Mercado Público, en el día y hora señalada en el Punto Nº 3 Etapas y Plazos de la Ficha de Licitación, en Oficinas de la Dirección de SECPLAN de la I. Municipalidad de Cabrero. Con la intención de optimizar los procesos de la Municipalidad, se dará la posibilidad de realizar la Apertura de las Ofertas, de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, u otras).

Primeramente, se procederá a constatar el ingreso de los antecedentes en soporte físico requerido, incluyendo garantías de seriedad de la oferta, cuando corresponda, posteriormente se verificará la presentación en la plataforma de Compras Públicas, los Documentos solicitados en el punto 2 de las presentes Bases; Administrativos, Técnicos y Económicos.

Si de la revisión de los Documentos Administrativos, se verifica la omisión de alguno de ellos, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al Oferente incumplidor subsanar dicha omisión desde realizada la solicitud de formal por parte de la Municipalidad, a través del foro inverso de la Plataforma www.mercadopublico.cl, podrá tener un Plazo Max. de 48 horas para ello, sólo se considerará válidos los documentos emitidos con fechas anteriores al cierre de la propuesta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el Artículo 56° del Decreto Nº661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. De no existir respuesta por parte del Oferente en el plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor.

Una vez realizada la verificación de ingreso de todos los anexos y documentos solicitados en el portal www.mercadopublico.cl, incluyendo la subsanación en caso de corresponder, se procederá a Aceptar o Rechazar las Ofertas, según corresponda.

La Municipalidad pone en conocimiento de los Oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación en el Acto de Apertura, durante el siguiente proceso, Evaluación de las Ofertas, se reserva el derecho de verificar toda la información y antecedentes proporcionados por el proponente pudiendo aparecer algunos hechos que no fueran observados en la mencionada apertura, de conformidad a lo solicitado en el presente llamado, esta situación implicará que no se considerará la oferta del proponente. Si esto llegara a ocurrir se informará oportunamente tal situación por el Portal Mercado Público a todos los proponentes fundamentando la decisión.

Los Oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, conforme a lo señalado en el Artículo 51° del Decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, las que serán resueltas por la Comisión Evaluadora a través del portal Mercado Público, dentro de las 48 horas siguientes a la apertura.

Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente.

Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal, que provoque la imposibilidad al oferente de ingresar su oferta o archivos, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas; los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal, las cuales deberán entregarse en Oficina de Partes de la Municipalidad de Cabrero hasta las 14:00 hrs.

3.4          Reincorporación de Ofertas.

En la presente Licitación se podrá realizar la reincorporación de una oferta siempre y cuando se haya descartado por inconveniente o error durante la Apertura Electrónica, esta decisión será tomada por la Comisión Evaluadora, a través de un documento llamado "Informe de Rectificación del Acto de Apertura Electrónica", el que permitirá validar la reincorporación de la o las ofertas.

Una vez realizado este proceso, será necesario aprobarlo a través de Decreto Alcaldicio y continuar con la etapa de Evaluación. El documento de aprobación formará parte de la presente licitación y deberá publicarse en el Sistema de Información de www.mercadopublico.cl.

  1. PROCESO DE EVALUACIÓN

4.1          Evaluación de las Ofertas.

La Evaluación de las Ofertas, se efectuade acuerdo con los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes Bases y estará a cargo de la Comisión Evaluadora, la que podrá requerir las asesorías y los antecedentes que se estimen pertinente para su adecuado cometido. La Municipalidad, podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación.

 

Una vez finalizado completamente el proceso de Apertura, se procederá con la Evaluación de las Ofertas, se efectuará a través de un análisis Técnico - Económico de los beneficios y los costos presentes y futuros del servicio ofrecido en cada una de las ofertas. Para efectos del anterior análisis, deberá remitirse a los Criterios de Evaluación de las presentes Bases, punto 4.2, asignando puntajes de acuerdo a lo señalado.

En virtud del artículo 56° del Decreto N°661, de 2024 del Ministerio de Hacienda, se evaluará con 100 puntos, de conformidad a lo indicado en el punto 4.2 de las Bases Administrativas, aquellos que cumplan en su totalidad con la documentación requerida y en la forma solicitada y con 0 puntos, para aquellos oferentes, que no presenten toda la documentación, a los que se le solicitará correcciones a través del foro inverso.

La Municipalidad podsolicitar las aclaraciones que estime conveniente a uno o a todos los Oferentes, para lo cual los Oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder a lo solicitado por la Municipalidad. Siempre que dicho plazo no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el artículo 56º del Decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.

Una vez vencido el plazo de respuesta a las observaciones, y en un plazo máximo de 10 días hábiles, la Comisión Evaluadora efectuará la Evaluación de las Ofertas, elaborando un Informe de Evaluación, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 57° Decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que contendrá toda la información de los procesos de Apertura y Evaluación de las Ofertas, además de la proposición de Adjudicación y/o Rechazo de las ofertas que no se ajustan a lo requerido, que se pondrá en conocimiento del Sr. Alcalde para su resolución.

4.1.1   Oferta Temeraria:

De acuerdo con el Artículo N°61 del Reglamento de Compras, que regula las ofertas riesgosas o temerarias, la Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentalmente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.

La I. Municipalidad de Cabrero, en cumplimiento de la directiva 4/22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, establece que las ofertas serán consideradas riesgosas o temerarias cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.

Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, se deberá analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:

a)    La Comisión Evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.

b)    La Comisión Evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

4.2          Criterios de Evaluación.

Las ofertas presentadas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes Criterios de Evaluación:

CRITERIOS

SUBCRITERIOS

PONDERACIÓN CRITERIO

%

A

OFERTA ECONÓMICA

PRECIO

45%

B

DEDUCIBLES

INCENDIO

6%

ROBO CON FRACTURA

6%

EQUIPOS ELECTRÓNICOS

2%

EQUIPOS MÓVILES

2%

VEHÍCULOS MOTORIZADOS

2%

VEHÍCULOS MOTORIZADOS PESADOS

2%

C

TIEMPO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS

TIEMPO PROMEDIO EN DÍAS CORRIDOS

15%

D

CLASIFICACIÓN DE RIESGO DEL OFERENTE

CLASIFICACIÓN

15%

E

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

CUMPLIMIENTO

5%

TOTAL

100%

Los puntajes considerarán una escala de 0 a 100 puntos y un máximo de dos decimales.

  1. OFERTA ECONÓMICA – 45%

Se evaluará mediante un Ranking de precios de la Oferta Económica, es decir, el primer lugar en la tabla lo obtendrá la oferta con el menor Precio, correspondiente al Valor Total con Impuesto Incluido, de conformidad a lo indicado en Anexo 6 “Oferta Económica”;

Se aplicará el puntaje según la siguiente tabla:

OFERTA ECONÓMICA

PUNTAJE

1er lugar

100

2do lugar

90

3er lugar

80

4to lugar

70

5to lugar e inferior

50

  1. DEDUCIBLES – 20%

El criterio Oferta Técnica, será evaluado a través de los siguientes subcriterios, de conformidad a lo indicado en Anexo 5 “Oferta Técnica” y a lo mínimo solicitado en los Requerimientos Técnicos;

b.1)  Subcriterio: Incendio – 6%

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla:

DEDUCIBLE INCENDIO

PUNTAJE

Sin Deducible

100

Con Deducible

20

b.2)  Subcriterio: Robo con fractura – 6%

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla:

DEDUCIBLE ROBO CON FRACTURA

PUNTAJE

Sin Deducible

100

Con Deducible

20

b.3)  Subcriterio: Equipos Electrónicos – 2%

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla:

DEDUCIBLE EQUIPOS ELECTRÓNICOS

PUNTAJE

Sin Deducible

100

Con Deducible

20

b.4)  Subcriterio: Equipos Móviles – 2%

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla:

DEDUCIBLE EQUIPOS MÓVILES

PUNTAJE

Sin Deducible

100

Con Deducible

20

b.5)  Subcriterio: Vehículos Motorizados – 2%

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla:

DEDUCIBLE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

PUNTAJE

Sin Deducible

100

Con Deducible

20

b.6)  Subcriterio: Vehículos Motorizados Pesados – 2%

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla:

DEDUCIBLE VEHÍCULOS PESADOS

PUNTAJE

Sin Deducible

100

Con Deducible

20

  1. TIEMPO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS – 15%

Se evaluará el promedio aritmético de los tiempos ofertados en las 6 categorías, considerando el tiempo en días corridos.

Se aplicará el puntaje de la siguiente tabla, de conformidad a lo indicado en Anexo 5 “Oferta Técnica”:

promedio tiempo dias corridos

PUNTAJE

0 – 30 días corridos

100

31 - 60 días corridos

60

61 – 99 días corridos

40

100 y más días corridos

20

  1. CLASIFICACIÓN DE RIESGO DEL OFERENTE – 15%

Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla:

certificado presentado

PUNTAJE

Categorías “A”

100

Categorías “B”

60

Categoría inferior a “B“

20

NO presenta Certificado

0

  1. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS – 5%

Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla:

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

PUNTAJE

Cumple Requisitos de antecedentes Administrativos

100

No Cumple Requisitos de Antecedentes Administrativos y subsana con posterioridad

0

4.3          Resolución de Empates.

En caso de empate, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el Criterio OFERTA ECONÓMICA y en caso de continuar con el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: Deducibles, Tiempo de Liquidación de Siniestros, Clasificación de Riesgo del Oferente y Cumplimiento de los Requisitos. Adicionalmente, en caso de continuar el empate, este se resolverá optando por aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal.

  1. Adjudicación

Efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora elaborará un Informe de Evaluación según corresponda, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 57° Decreto Nº661de 2024 del Ministerio de Hacienda, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de aclaradas las consultas realizadas a los Oferentes en el sistema, informe que se pondrá en conocimiento del Sr. Alcalde para su resolución.

El Alcalde determinará la adjudicación de la licitación, considerando la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de evaluación, indicada en el Informe de la Comisión Evaluadora.

El puntaje mínimo para adjudicar será de un 40 sobre un total de 100.

La adjudicación se realizará mediante resolución fundada según cronograma de la licitación. La Municipalidad informará a través del portal Mercado Público la resolución de la adjudicación al o los oferentes adjudicados, e informará por este medio a los restantes proponentes que sus ofertas no han sido adjudicadas.

La notificación de la resolución de adjudicación se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el Sistema de Información el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9° y 58° del Decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.

De conformidad a lo establecido en el artículo 65°, letra j) de la Ley N°18.695, el Alcalde requerirá del acuerdo del Concejo Municipal para suscribir contratos o convenios que involucren montos iguales o superiores a 500 unidades tributarias mensuales. Ahora bien, tal como lo señala el Dictamen de la Contraloría General de la República N°21.140, de fecha 5 de mayo de 2006, tratándose de contrataciones originadas en una licitación pública o privada la oportunidad en que se verifique el acuerdo del Concejo Municipal debe ser anterior al acto administrativo adjudicatorio, ya que desde ese momento nacen derechos y obligaciones para las partes en relación con la celebración del contrato, de manera que la autoridad alcaldicia sólo podrá dictar ese acto si se encuentra habilitada para celebrar, con posterioridad, la correspondiente convención.

5.1          Adjudicación Fuera de Plazo.

Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la Municipalidad publicará en el sistema de compras públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, Conforme a lo dispuesto en el artículo 58° del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.

5.2          Revocar proceso de Licitación Pública.

La Ilustre Municipalidad de Cabrero establece desde ya, que se reserva el derecho de revocar el proceso de Licitación Pública publicado en el portal de Mercado Público cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.

La revocación de esta Licitación deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, o porque no convenga al interés general o al interés del Municipio, de acuerdo al artículo N°61 de la Ley N°19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos.

El estado de revocado del proceso de licitación produce el efecto de terminarlo definitivamente, aun existiendo ofertas. Dicha revocación será ordenada por medio del respectivo Decreto Alcaldicio.

5.3          Resolución de Consultas respecto de la Adjudicación.

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación de este acto, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a los siguientes correos electrónicos: yomara.carrillo@cabrero.cl / ybarra@cabrero.cl.

Cabe señalar que la Municipalidad dispondrá de 5 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.

  1. DERECHO DEL CONTRATANTE DE RECHAZAR TODAS LAS OFERTAS

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, declarando desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la Institución, en virtud de lo dispuesto en el artículo9 de la Ley Nº19.886.

  1. READJUDICACIÓN

La Municipalidad podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 58° inciso final del Reglamento de la Ley 19.886, como por ejemplo en los siguientes casos:

a)        Si la orden de compra no es aceptada dentro el plazo estipulado por causas atribuibles al oferente adjudicado.

b)        Si el oferente adjudicado no hace entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en el plazo establecido para ello.

c)         Si el contrato no se firma dentro el plazo estipulado por causas atribuibles al oferente adjudicado.

d)        Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta.

e)        Si el oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con el Estado en los términos señalados en el Artículo Nº4 y N°35 quáter de la Ley Nº19.886, junto con lo señalado en el Artículo Nº 154 del Reglamento de la Ley Nº19.886. O no proporciona la documentación necesaria para verificar dicha situación. El oferente adjudicado, deberá acreditar su habilidad para contratar con el Estado dentro del plazo establecido para el ingreso de la Garantía de Fiel cumplimiento del contrato. En caso de no acreditar su habilidad dentro del plazo señalado, se procederá a declarar inadmisible la oferta y se podrá readjudicar la licitación.

El puntaje mínimo para readjudicar será de un 40 sobre un total de 100.

Así mismo procederá la readjudicación, si el adjudicatario fuese Inhábil en los términos del Art. 4º Inciso 6º y/o Art. 35° quáter de la Ley Nº19.886, y no acredite su inscripción en el Registro de Proveedores y Habilidad para contratar con el Estado conforme a lo señalado en la letra e) precedente.

En el caso de que el adjudicatario, sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del Art. 4º Inc. 6 y 35° quáter de la Ley Nº19.886, junto con lo señalado en el Artículo Nº154 de reglamento de la Ley 19.886. La UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles y cumpla con lo establecido en el Artículo Nº 180 y 182 del reglamento de la Ley N°19.886. El evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP, debe funcionar al menos con una o más empresas de menor tamaño, Si la integración no cumple con el mínimo recién señalado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, está deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

  1. Condiciones Contractuales

8.1          Exclusiones para Contratar.

Quedaran excluidos de contratar las personas Naturales y Jurídicas que se encuentren afecta a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el Artículo 4º y 35° quáter de la ley Nº19.886; las que hayan sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del Decreto Ley N°211, de 1973; y las que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o por infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Artículo 463° y siguiente del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Tampoco podrá contratarse la presente licitación con personas jurídicas o de derecho privado o empresas del Estado que, a la época de la suscripción del contrato, tuvieren vigente la sanción de prohibición, temporal o perpetua, para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado por haber sido condenados por delitos de cohecho, lavado de activo o financiamiento al terrorismo.

Tratándose de Uniones Temporales de proveedores, las inhabilidades se regirán, además, por lo dispuesto en el Artículo 182° del Reglamento de la ley N°19.886, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°661 de 2024.

Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 64° de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

8.2          Anticipo.

La presente propuesta NO considera anticipos de ningún tipo.

8.3          Plazo del Contrato.

El plazo de ejecución del contrato, regirá durante un período de 24 meses, comprendido desde el 31 de marzo de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2027, ambas fechas inclusive.

Las Pólizas de Seguros correspondientes a la presente licitación, deberán regir a partir de la fecha antes indicada y deberán ser enteradas a la Municipalidad en un plazo no superior a 30 días corridos de la fecha de firma del contrato respectivo, y en ningún caso posterior a la entrega de la factura.

8.4          Sistema del Contrato.

El Contrato será de Suma Alzada sin intereses, ni indemnizaciones de ningún tipo.

8.5          Celebración y Firma del Contrato.

La Municipalidad, a través de la Dirección de SECPLAN, en un plazo no superior a 5 días hábiles de haber recibido los antecedentes de la adjudicación, completamente tramitada, enviará vía correo electrónico el borrador de contrato al oferente adjudicado, el adjudicatario dispondrá de 3 días hábiles para examinarlos y formular las observaciones que estime procedentes, transcurrido ese plazo se entenderán aceptadas las condiciones contractuales de parte del oferente adjudicado. Para la firma del contrato se fijará de común acuerdo, el día y lugar, dentro de los 10 días hábiles siguientes de subsanadas las observaciones que se estimen procedentes, haciendo entrega previamente de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Dicho plazo podrá ser ampliado sólo por el mandante de conformidad al interés municipal. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la firma del Contrato no podrá exceder de 30 días corridos, contados desde que se envía la notificación de la Adjudicación.

Al momento de formalizar el contrato se deberá resguardar el cumplimiento de la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en conformidad de la Ley N°20.393. Será requisito que el proponente adjudicado y cada uno de los miembros de la U.T.P. en su caso, al momento de suscribir el contrato, se encuentre inscrito en el registro de Proveedores, en calidad de Hábil para contratar con el Estado, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 4° y 35° quáter de la Ley N°19.886, y artículo 154° del Reglamento de la misma Ley, bastando para comprobar lo anterior, la revisión que al efecto haga la Municipalidad.

Quienes tengan la calidad de personas naturales podrán actuar personalmente o representadas por un tercero, conforme a lo prescrito en el Artículo 58° inciso 7 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley N°19.886.

Previo a la firma del contrato, el oferente deberá presentar:

1)   Estar inscrito en el Registro de Proveedores, en calidad de HÁBIL.

2)   Haber ingresado la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.

3)   Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. El documento no podrá tener una antigüedad superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de notificación de la adjudicación. Para verificar lo anterior, el Certificado debe INDICAR la FECHA de EMISIÓN del Documento.

4)   Haber ingresado la Declaración Jurada Simple de Saldo Insoluto de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social (DEBIDAMENTE FIRMADA). En los términos señalados en el Art. 4° de la Ley N°19.886 y Art. 41° N°10, Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El Formato de la Declaración Jurada en comento, se encuentra inserto en el D.A.E que aprueba las Bases del llamado.

5)   Entregar en soporte digital o papel, el documento en que legalmente conste la personería del o los representantes legales y las facultades para actuar por la persona jurídica de que se trate.

6)   Tratándose de U.T.P, deberá acompañarse el instrumento de su constitución según corresponda el monto de la contratación. Dicho documento deberá cumplir con:

a)    Establecer que se constituye para participar en el presente proceso de licitación, individualizándolo con su respectivo número de ID.

b)   Establecer expresamente la solidaridad entre todos sus miembros respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen en el presente proceso de licitación y en la contratación posterior con la Municipalidad.

c)    Contener la designación de un representante o apoderado común de todos sus integrantes.

d)   El apoderado debe estar investido con poderes suficientes para actuar en nombre y representación de todos ellos, con facultades para contraer la obligación y ejercer los derechos que se vinculan con las actividades objeto del contrato, desde la presentación de oferta, la vigencia y hasta la total extinción del contrato.

e)    Indicarse que la vigencia de la U.T.P no podrá ser inferior al plazo de ejecución del servicio que se está licitando, incluyendo sus modificaciones.

Sí el oferente adjudicado, en su caso, no acompañare los documentos requeridos en los casos y la forma señalada precedentemente; o no suscriba el contrato en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, no entregue la Garantía de Fiel Cumplimiento, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo 4° y 35°quáter de la Ley N°19.886, la Municipalidad mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación y se reserva el derecho de adjudicar la propuesta al Oferente con la segunda oferta más conveniente en orden de prelación o declararla desierta.

La Orden de Compra deberá ser ACEPTADA una vez firmado el contrato.

Para los efectos de este proceso de licitación pública, los Oferentes constituyen su domicilio en la ciudad de Cabrero, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales de Justicia, lo cual se extiende al oferente que resulte adjudicado, lo que deberá quedar consignado en el contrato de prestación del servicio.

8.6          Modificación del Contrato.

El contrato podrá modificarse por disminución de cualquier bien mueble o inmueble de las distintas categorías de seguros contratados, lo que significará la correspondiente disminución del precio del contrato.

Por otra parte, la Municipalidad podrá solicitar al Oferente Adjudicado, durante toda la vigencia del contrato, la incorporación de cualquier bien mueble o inmueble en las distintas categorías de seguros contratados, para lo cual, la Unidad Técnica solicitará previamente la cotización por la incorporación. Una vez recepcionada la cotización esta será revisada por el ITS y de ser autorizado, se procederá con el respectivo aumento de contrato.

Todo aumento o disminución del Contrato, así como las prórrogas obligan al adjudicatario a actualizar el monto y vigencia de las cauciones.

Para cualquier otra modificación que permita aumentar o disminuir el contrato, será de mutuo acuerdo entre la Municipalidad y el Proveedor, en todo caso la modificación que se conviniere deberá ser fundada, sancionada, mediante decreto y publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas y no podrá alterar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni aplicar un aumento superior al 30% del monto inicial del contrato.

8.7          Garantías.

8.7.1         Garantía de Seriedad de la Oferta.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 11° de la Ley N°19.886 y el Artículo 52° del Reglamento de Compras Públicas, el otorgamiento de la Garantía de Seriedad será requerida excepcionalmente por razones de interés público y tratándose de licitaciones superiores a las 5.000 UTM, la constitución de garantías de Seriedad de la Oferta, para asegurar la mantención de la oferta hasta la suscripción del contrato. Por lo tanto, en el presente proceso de licitación NO se requiere la constitución de una Garantía de Seriedad de la Oferta.

8.7.2         Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

El Oferente Adjudicado, entregará una Garantías de Fiel Cumplimiento, en un plazo de 7 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, a objeto de caucionar el correcto, total y oportuno acatamiento del Contrato, consistente en Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguros o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, en pesos chilenos, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero,                                         R.U.T. 69.151.000-k, por un monto equivalente al 5% del monto total neto adjudicado. La garantía deberá contar con una vigencia establecida por el plazo contractual aumentado en 90 días corridos.

La entrega Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser en soporte físico, en oficina de la dirección de SECPLAN o bien en soporte electrónico a través de correo electrónico informado al momento de la adjudicación.

La Municipalidad solicitará la certificación de autenticidad de los documentos de garantías ante la institución financiera emisora.

GLOSA: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento del contrato “CONTRATACIÓN DE SEGUROS SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE CABRERO” ID 4080-1-LP25.

La glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado.

En el caso de los Vale Vista, donde no se puede registrar la glosa en el documento, deberá indicarla al reverso de la garantía o adjuntar un documento indicando Nombre del Proveedor, Rut del Proveedor, Nº licitación, Nº de documento y la GLOSA.

Se hará devolución de las Garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez vencido su plazo, previo informe de la Unidad Técnica y por solicitud expresa por parte del Oferente. La encargada de la devolución de esta Garantía será la Tesorería Municipal.

La Municipalidad hará efectiva esta garantía en los siguientes casos:

a)    Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas del pago respectivo.

b)   Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto termino anticipado al correspondiente contrato.

c)    Por incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases y el respectivo contrato.

8.8          Aumento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por Oferta Temeraria.

De ser adjudicada una oferta Temeraria, en los términos señalados en el Artículo N°61 del Reglamento de Compras, se solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

8.9          Forma de Pago.

El Contrato se pagará en Tres Estados de Pago, un pago por año, 2025, 2026 y 2027, respectivamente. Será de conformidad a la cantidad de meses de cada año, durante la vigencia el contrato. Mediante facturación en pesos chilenos (al valor de la UF al día de la facturación), según Valor Total impuestos incluidos, especificado en la Oferta Adjudicada (Anexo 6 “Oferta Económica).

Antes del 1er Estado de Pago, la Unidad Técnica solicitará, a través de la Dirección de Administración y Finanzas, la certificación de autenticidad de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a la institución financiera correspondiente.

El Primer Estado de Pago, correspondiente a los montos por 9 meses del año 2025, del 31 de marzo de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Será posterior a la recepción conforme del total de las Pólizas de Seguro, con Certificado de la Unidad Técnica, dando V.B. a la recepción conforme de las Pólizas, en cumplimiento a la oferta adjudicada, se pagará dentro de los 30 días siguientes al ingreso del Estado de Pago, correspondiente al mes de abril de 2025.

El Segundo Estado de Pago, correspondiente a los montos por 12 meses del año 2026 del 01 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026. Será posterior al Certificado de la Unidad Técnica, dando V.B. al servicio prestado en el 2025, indicando que no existen multas pendientes, entre otros, se pagará dentro de los 30 días siguientes al ingreso del Estado de Pago, correspondiente al mes de enero de 2026.

El Tercero, y último Estado de Pago, correspondiente a los montos por 3 meses del año 2027, del 01 de enero de 2027 al 31 de marzo de 2027. Será posterior al Certificado de la Unidad Técnica, dando V.B. al servicio prestado en el 2026, indicando que no existen multas pendientes, entre otros, se pagará dentro de los 30 días siguientes al ingreso del Estado de Pago, correspondiente al mes de enero de 2027.

El Estado de Pago, deberá ser ingresado en Oficina de Partes de la Municipalidad, mediante carta dirigida al Alcalde, en atención a la Unidad Técnica, adjuntando un legajo original y dos copias. El Estado de Pago no debe incluir la Factura, hasta que este sea aprobado por el I.T.S.

 

En ningún caso, constituirá recepción conforme el solo ingreso de facturas a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero.

Por su parte, la Unidad Técnica deberá adjuntar al estado de pago, lo siguiente:

  1. Certificado, dando visto bueno a la prestación del servicio e indicando cuando correspondan; cobros adicionales y multas, indicando la causal de las mismas.

La Unidad Técnica será la encargada de despachar el Estado de Pago a la Unidad de Finanzas, mediante oficio señalando el listado de la documentación adjunta.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme de la factura.

En ningún caso, constituirá recepción conforme el solo ingreso de facturas a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero.

Del Estado de pago se descontarán los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar de acuerdo al Contrato.

Bajo ningún concepto se efectuarán pagos anticipados.

De acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2do del artículo 2 quáter de la Ley N° 19.983 que Regula la Transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, para proceder al pago se requerirá la certificación de la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos, efectuada por la Unidad Técnica. La falta de esta certificación, generará el rechazo inmediato de la factura, sin perjuicio de las demás causales de rechazo establecidas en el artículo 3 de la citada Ley N° 19.983.

En lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley Nº19.886, en caso de que el proveedor que se adjudique, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto del presente contrato se destinara al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones, se encuentran liquidadas. La Municipalidad, exigirá de parte del proveedor que se adjudica la licitación proceder a dichos pagos y le exhiba los comprobantes y planillas que demuestren el total de la obligación. Lo anteriormente expuesto será igualmente aplicable y exigible a los contratistas que la adjudicataria, subcontratare para la realización de algunas labores del Servicio. El incumplimiento de estas obligaciones del proveedor o de los proveedores de esta, en su caso, dará derecho a dar por término el contrato. En tal caso la Municipalidad podrá llamar una nueva licitación.

La Municipalidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 183-B y 183-C del código del trabajo, será solidaria o subsidiariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al proveedor en favor de los trabajadores de éste, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, sólo de los trabajadores contratados exclusivamente para la ejecución de los trabajos y/o servicios materia de la presente licitación, por el tiempo o período durante el cual el o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la Municipalidad.

Respecto de las operaciones de Factoring, se hace presente que conforme a lo establecido en el artículo 127° del Reglamento de la Ley N°19.886, La I. Municipalidad de Cabrero deberá cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes.

En consecuencia, el Proveedor, deberá informar oportunamente mediante correo electrónico a la Unidad Técnica, la suscripción con un tercero toda convención que diga relación con el cobro de uno o más estados de pago o contratos de Factoring, debiendo además de informar toda modificación o revocación de dicha convención.

El oferente adjudicado desde ya autoriza a la Municipalidad de Cabrero, en caso de que no acredite oportunamente el cumplimiento oportuno e íntegro de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores que se desempeñen bajo un contrato de trabajo, a retener cualquier estado de pago y pagar por subrogación el total de los montos adeudados al o los trabajador(es) o institución previsional acreedora y con cargo al estado de pago más próximo, según lo dispuesto en el artículo 183 C del Código del Trabajo.

En todo lo relativo a la forma y oportunidad de pago, deberá ajustarse a las Instrucciones Impartidas por la Contraloría General de la República N°7.561 de fecha 19 de marzo de 2018.

8.10      Facturación.

La facturación se deberá hacer a nombre de:

I. Municipalidad de Cabrero.

R.U.T.: 69.151.000-K

Dirección Las Delicias N°355, Cabrero.

La factura deberá ser emitida una vez prestado el servicio correspondiente, realizándose el pago de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° quáter de la Ley N° 19.983 y siempre que se apruebe y certifique la conformidad de los servicios por parte de la Unidad Técnica del Servicio.

La Factura debe ingresarse una vez aprobado el Estado de Pago por parte de la Unidad Técnica. En ningún caso, constituirá recepción conforme, el sólo ingreso de la factura a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero. La factura que se emita en contravención a las instrucciones señaladas en el punto 8.9, serán inmediatamente rechazadas.

En el caso de una UTP, será el apoderado de la misma indicado en el documento de su constitución quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que genere la ejecución contractual.

8.11      Otras Obligaciones del Contratista.

Serán obligaciones del Contratista, sin que la enumeración sea taxativa, las siguientes:

  1. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las bases de licitación.
  2. El cumplimiento de las estipulaciones contractuales ya sea de orden técnico o administrativo.
  3. El Proveedor, deberá prestar el servicio de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Requerimientos Técnicos, la Oferta, el Contrato, y demás documentos integrantes, de manera correcta, íntegra, oportuna y con alta calidad, utilizando suma diligencia en la ejecución del servicio y procurando por todos los medios su continuidad.
  4. El Proveedor, deberá entregar, renovar, actualizar y mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Esta garantía se hará efectiva para responder por cualquier perjuicio ocasionado al municipio como producto de un hecho u omisión del Proveedor sus dependientes, sin perjuicio de los seguros exigidos. Además podrá hacerse efectiva por todas las causales mencionas en las presente Bases.
  5. La presentación, en el tiempo y forma, de la documentación necesaria para tramitar el pago del servicio prestado.
  6. El contratista, será responsable de mantener vigentes todas las garantías, desde el inicio y hasta la liquidación del contrato, en montos y plazos correspondientes.
  7. Responder y gestionar, según corresponda, todos los requerimientos y/o consultas que surjan por parte de la entidad licitante en los plazos señalados por la Unidad Técnica.
  8. Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por la entidad licitante, esto es, en los plazos que la entidad licitante determine para la entrega de éstos.
  9. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

8.12      Multas.

Las multas serán determinadas por la Unidad Técnica, anotando la fecha de inicio del incumplimiento del contratista y cesará en la fecha que registre la misma Unidad Técnica. Las multas se descontarán por vía administrativa en el estado de pago y que corresponderán a:

a)      Incumplimiento Plazo de Entrega de las Pólizas, se aplicará una Multa de 3 UF por cada día de retraso. Transcurrido 10 días de incumplimiento, la Municipalidad determinará las medidas tendientes a resguardar adecuadamente sus intereses, pudiendo dar término al contrato si no se supera oportunamente el incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

b)      Incumplimiento en los tiempos de liquidación de siniestros ofertados, se aplicará una Multa de 3 UF por cada día de incumplimiento y por cada ocasión o siniestro que se produzca. Transcurrido 10 días de incumplimiento, la Municipalidad determinará las medidas tendientes a resguardar adecuadamente sus intereses, pudiendo dar término al contrato si no se supera oportunamente el incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Para los efectos del pago de las multas expresadas en UF, el valor que se considerará será el que esta unidad tenga en el día de la ocurrencia de la infracción que se sanciona y si la infracción se hubiere extendido en el tiempo en meses distintos, la correspondiente al valor del mes en que hubiere comenzado la comisión del hecho.

La aplicación de la multa, se efectuará en el estado de pago siguiente, a la fecha en que se detectó la infracción, descontándose por simple vía administrativa del valor neto de la factura mensual e indicando expresamente esta multa.

En caso de no existir estados de pago pendientes, las multas serán cobradas con cargo a las Garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones del adjudicatario, la reiteración de 3 o más infracciones sancionadas con multa durante un mes calendario, o la reiteración de la aplicación de 10 multas en total durante la ejecución del contrato.

Asimismo, constituirá incumplimiento grave, la aplicación de multas equivalentes a un monto que exceda del 15% del valor total neto del contrato.

8.13      Del Procedimiento Administrativo para la Aplicación de Multas en caso de Incumplimiento.

Se aplicará el siguiente procedimiento para la aplicación de multas:

a)    En caso de verificarse alguna causal de multa de las indicadas en el punto anterior, la Unidad Técnica lo informará al adjudicatario, a fin de que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde la notificación, evacúe sus descargos a la Unidad Técnica, expresando en dichos descargos lo que estime conveniente en defensa de sus derechos y acompañando los antecedentes probatorios en que funde sus alegaciones.

b)   Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado al adjudicatario para presentar sus descargos y antecedentes, sea que aquél hubiere presentado o no sus descargos, la Municipalidad a través, de un acto administrativo fundado, deberá resolver la solicitud, desestimando el respectivo requerimiento o bien, aplicando la multa respectiva.

c)    Las notificaciones a que haya lugar dentro de este procedimiento administrativo especial estarán a cargo de la Unidad Técnica, en su calidad de encargado del contrato, y se harán personalmente al adjudicatario o a quien éste haya designado como su representante para los efectos del contrato. En caso de no poder practicarse la notificación personal, de lo cual deberá quedar constancia escrita, los actos administrativos correspondientes, se notificarán por carta certificada dirigida al domicilio del contratista señalado en el contrato. En todo lo que no fuere contrario a este procedimiento, las notificaciones se regirán por lo señalado en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Nº 19.880. En cualquier caso, el adjudicatario podrá designar un correo electrónico para estos efectos, en cuyo caso las notificaciones deberán practicarse a través de dicho medio.

d)   Los actos administrativos que impongan una sanción, serán impugnables de acuerdo a las reglas generales contenidas en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos, lo cual deberá indicarse expresamente en el respectivo Decreto Alcaldicio, señalando el o los recursos aplicables y los plazos correspondientes para su interposición por el afectado. La interposición de recursos administrativos en contra del acto que imponga una sanción no suspende su ejecución, siéndole exigible el pago de la multa en la forma prevista en las presentes bases. En todo caso el afectado podrá solicitar fundadamente al Sr. Alcalde que tal ejecución se suspenda, mientras no se resuelva el o los recursos interpuestos, de acuerdo a la referida Ley N° 19.880.

e)    En todo lo que no fuere contrario a la naturaleza de este procedimiento especial, serán aplicables las normas de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

8.14      Terminación Anticipada del Contrato.

8.14.1Causales Generales de Término Anticipado.

La Municipalidad aplicará las causales de modificación o término anticipado de los Artículo Nº130 del Reglamento de la Ley Nº19.886 y Artículo 45° del Código Civil.

Cuando la terminación anticipada del contrato obedezca a causales imputables al adjudicatario, tendrá como consecuencia el cobro de la garantía de fiel cumplimiento y la retención de Estado de Pago, por lo cual esta terminación será con cargo, sin embargo, cuando la terminación anticipada no obedezca a causales imputables al adjudicatario, no tendrá como consecuencia el cobro de la garantía de fiel cumplimiento ni retención de Estado de Pago, por lo cual esta terminación será sin cargo.

En relación a las causales que habilitan para terminar anticipadamente el contrato adjudicado, son causales imputables al adjudicatario las señaladas en las letras (b. c. e. g. y h.); mientras que son causales que no son imputables al adjudicatario las señaladas en las letras (a. d. y f.).

a)    Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. Esta causal será sin cargo al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ni retención de Estado de Pago.

b)   Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones del adjudicatario, la reiteración de 3 o más infracciones sancionadas con multa durante un mes calendario, o la reiteración de la aplicación de 10 multas en total durante la ejecución del contrato.

c)    Estado de notoria insolvencia del contratante, debidamente apreciada por la Municipalidad, a menos que se mejoren las cauciones entregadas para garantizar el cumplimiento del contrato. En este caso, la Municipalidad podrá exigir una caución equivalente hasta el 100% del valor del contrato, incluida todas sus modificaciones.

d)   Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Esta causal será sin cargo al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ni retención de Estado de Pago.

e)    Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

f)     En caso de Fallecimiento del Contratista o Socio que implique término de giro de la empresa. Esta causal será sin cargo al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ni retención de Estado de Pago.

g)    En caso que el Adjudicatario no renueve la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato en los plazos establecidos, entrega de garantía anual, o cuando haya modificaciones al contrato.

h)   Las demás que se establecen en las presentes Bases de la licitación.

Para el caso de la UTP, son causales de Término anticipado del Contrato, adicionalmente a las causales anteriores, las siguientes:

  1. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  2. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  3. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados y lo establecido por la Ley N°19.886 y su Reglamento.
  5. Disolución de la UTP.

8.14.2Causales Especiales de Término Anticipado.

Son causales especiales de término anticipado con cargo del contrato adjudicado, las siguientes:

  1. Si el contratista tiene multas por sobre el 15% del valor total neto del contrato, el municipio podrá poner término anticipado al contrato, hacer efectivas las garantías y llevar a cabo las acciones judiciales pertinentes.
  2. Si el adjudicatario fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio o apoderado.
  3. Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato.

8.15      Procedimiento de terminación anticipada del contrato y cobro de garantía de fiel cumplimiento.

a)    En caso de verificarse alguna causal de terminación anticipada de las indicadas en el punto anterior y cobro de garantía de fiel cumplimiento, la Unidad Técnica lo informará al adjudicatario, a fin de que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde la notificación, evacúe sus descargos a la Unidad Técnica, expresando en dichos descargos lo que estime conveniente en defensa de sus derechos y acompañando los antecedentes probatorios en que funde sus alegaciones.

b)    Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado al adjudicatario para presentar sus descargos y antecedentes, sea que aquél hubiere presentado o no sus descargos, la Municipalidad a través, de un acto administrativo fundado, deberá resolver la solicitud, desestimando el respectivo requerimiento o bien, declarando terminado anticipadamente el contrato.

c)    Las notificaciones a que haya lugar dentro de este procedimiento administrativo especial estarán a cargo de la Unidad Técnica, en su calidad de encargada del contrato, y se harán personalmente al adjudicatario o a quien éste haya designado como su representante para los efectos del contrato. En caso de no poder practicarse la notificación personal, de lo cual deberá quedar constancia escrita, los actos administrativos correspondientes, se notificarán por carta certificada dirigida al domicilio del contratista señalado en el contrato. En todo lo que no fuere contrario a este procedimiento, las notificaciones se regirán por lo señalado en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Nº 19.880. En cualquier caso, el adjudicatario podrá designar un correo electrónico para estos efectos, en cuyo caso las notificaciones deberán practicarse a través de dicho medio.

d)    Los actos administrativos que declaren el término anticipado del contrato, serán impugnables de acuerdo a las reglas generales contenidas en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos, lo cual deberá indicarse expresamente en el respectivo Decreto Alcaldicio, señalando el o los recursos aplicables y los plazos correspondientes para su interposición por el afectado. La interposición de recursos administrativos en contra del acto que imponga una sanción no suspende su ejecución, siéndole exigible el pago de la multa en la forma prevista en las presentes bases. En todo caso el afectado podrá solicitar fundadamente al Sr. Alcalde que tal ejecución se suspenda, mientras no se resuelva el o los recursos interpuestos, de acuerdo a la referida Ley N° 19.880.-

e)    En todo lo que no fuere contrario a la naturaleza de este procedimiento especial, serán aplicables las normas de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

8.16      Prohibición de Ceder o Transferir el Contrato.

El proveedor no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones contraídas a persona natural o jurídica alguna, excepto lo descrito en las presentes bases.

8.17      Confidencialidad de la Información.

El Contratista y todos los integrantes de su equipo de trabajo y/o subcontratistas se obligarán a guardar absoluta confidencialidad sobre todos los datos, documentos, registros, resultados, informes, comunicaciones y toda otra información que se adquiera o desarrolle en el curso del cumplimiento del presente contrato, la que será tratada como información confidencial.

El incumplimiento de esta disposición será causal de término de Contrato, sin derecho a indemnización para el contratista.

8.18      Solución de Controversias.

Será la Justicia Ordinaria quien resuelva los problemas o divergencias que se susciten entre las partes con motivo de la ejecución del Servicio, para lo cual las partes fijan domicilio en la Comuna de Cabrero. Ello, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.

8.19      Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni otorgar, ni intentar ofrecer u otorgar, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas u otorgarlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni realizar acuerdos o negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.