Licitación ID: 895-11-LP26
CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES PIEZOMÉTRICAS CHOAPA
Fecha de Cierre: 18-06-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Profundización o excavación de pozos 1 Unidad
Cod: 71101601
“CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES PIEZOMÉTRICAS EN LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHOAPA BAJO, QUEBRADA TALINAY E INFIERNILLO, EN PROVINCIA DEL CHOAPA; REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES PIEZOMÉTRICAS CHOAPA
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación pública, denominada “CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES PIEZOMÉTRICAS EN LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHOAPA BAJO, QUEBRADA TALINAY E INFIERNILLO, EN PROVINCIA DEL CHOAPA; REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026”, considera la construcción de tres 3 estaciones piezométricas de monitoreo de aguas subterráneas, las que se utilizarán para realizar mediciones de niveles y calidad de agua subterráneas, así como también para aumentar el conocimiento de la estratigrafía y parámetros hidráulicos de los acuíferos en que se ubicarán según las especificaciones técnicas que se indican en el ANEXO N° 13, denominado “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección General de Aguas - IV Región
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
CIRUJANO VIDELA Nº 200 SEGUNDO PISO, LA SERENA
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-06-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 29-05-2026 14:12:08
Fecha inicio de preguntas: 29-05-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 05-06-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-06-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-06-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-06-2026 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 02-07-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 17-07-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 7 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO 02-06-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS DEL 1 AL 8
2.- ANEXO 12
3.- Bases administrativas y tecnicas
4.- visita a terreno
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 9
 
2.- ANEXO 10
 
3.- AMEXO 13
 
4.- ANEXO 13.1
 
5.- ANEXO 14
 
6.- ANEXO 15
 
7.- ANEXO 16
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 11
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 INICIATIVAS DE SUSTENTABILIDAD (Ponderación: 5%) Ver bases adjuntas 5%
2 PROGRAMA DE INTEGRIDAD (Ponderación: 5%) Ver bases adjuntas 5%
3 OFERTA ECONÓMICA (20%) Ver bases adjuntas 20%
4 METODOLOGÍA DE PERFORACIÓN (15%) Ver bases adjuntas 15%
5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Y SU EQUIPO DE TRABAJO (4 Ver bases 40%
6 PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS (10%) Ver Bases adjuntas 10%
7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%) Ver bases adjuntas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 3102004
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JORGE CHANAMPA DESSI
e-mail de responsable de pago: jorge.chanampa@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Ver bases adjuntas punto XIX número 4
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 25-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza o Certificado de Fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), deberá además, dicha cifra señalarse en pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato denominado CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES PIEZOMÉTRICAS EN LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHOAPA BAJO, QUEBRADA TALINAY E INFIERNILLO, EN PROVINCIA DEL CHOAPA; REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026”
Forma y oportunidad de restitución: El contratista deberá solicitar la devolución de la garantía por escrito en la Oficina de Partes de la D.G.A., al término de la vigencia de esta, mediante presentación dirigida al Inspector Fiscal del Contrato. El Inspector Fiscal del Contrato deberá levantar acta de la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, estableciendo que el contrato fue ejecutado a conformidad, y en el caso que hubiere multas, deberá expresar si fueron descontadas en su oportunidad indicando el acto administrativo respectivo. En el acta deberá constar la firma conjunta del Jefe de la Unidad de Hidrología, D.G.A. Región de Coquimbo y el Inspector Fiscal del Contrato. El retiro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
    Otras Garantías
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 25-01-2028
Monto: 3 %
Descripción: Pesos chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza, y el monto asegurado se indique en UF, deberá, además, señalar dicha cifra en pesos, de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Glosa: "Para garantizar el servicio técnico del proyecto CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES PIEZOMÉTRICAS EN LOS SECTORES HIDROGEOLÓGICOS DE APROVECHAMIENTO COMÚN CHOAPA BAJO, QUEBRADA TALINAY E INFIERNILLO, EN PROVINCIA DEL CHOAPA; REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la caución financiera debe solicitarse por escrito en la Oficina de Partes, dirigida a la Unidad Técnica por parte del contratista, 15 días posteriores al término de la vigencia de la garantía técnica de los trabajos realizados, adquirido como resultado del contrato que se origine, bajo las presentes bases. La petición del contratista deberá fundarse en el hecho que se ha cumplido el plazo ofrecido como garantía técnica que ya no justifique mantener la retención de la caución financiera. La Unidad Técnica suscribirá un acta, en la que señalará -en síntesis- aspectos sustanciales del cumplimiento del servicio de postventa.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el adjudicatario se desistiere de su oferta, o que el oferente adjudicado no presentare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato si fuese el caso, no entregare los antecedentes legales necesarios para contratar, no suscribiere el contrato respectivo dentro de los plazos establecidos en las Bases Administrativas, no aceptare la orden de compra en el plazo fijado, no pudiere cumplir con la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, o concurriere cualquier otra circunstancia que, de conformidad Ley N° 19.886 y su Reglamento, impida continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le siga en orden de calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo debidamente tramitado.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

La empresa contratada (Contratista), en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo.

En consecuencia, la empresa será responsable, en manera exclusiva, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.

Se deja constancia expresa que no existirá vínculo de dependencia entre la D.G.A. y el personal que la empresa designe para el cumplimiento del contrato.

Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código del Trabajo y demás normas aplicables sobre la materia.

Para efectos de cursar el pago, el contratante deberá informar mensualmente el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo y en el Decreto Supremo N° 319, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social), que aprueba el Reglamento sobre Acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales.

En caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de dichas obligaciones, la D.G.A. podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél, el monto que es responsable.

Asimismo, el incumplimiento de esta obligación facultará a la D.G.A. para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando corresponda. En tal caso, y previo a su cobro, el contratante deberá entregar una nueva garantía, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, bajo sanción de decretar el término anticipado del contrato, en caso de no entregarla, y, como se señaló, cobrar la garantía anterior (si corresponde).

Pacto de integridad

El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación pública, acepta expresamente el Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes.

 

Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

a)     No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven.

 

b)     No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

 

c)      Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.

 

d)     Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.

 

e)     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive.

 

f)      El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

 

g)     El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1, 4, 5, 6, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 

h)     El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.

 

i)       Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

Se hace presente que, el adjudicatario que finalmente preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a los dispuesto en el numeral XIV de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la DGA ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor (si correspondiese). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con lo establecido en el numeral XXVIII de estas Bases de Licitación
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.