Bases Administrativas |
CONTRATACIÓN DE “DISEÑO, APLICACIÓN Y ANÁLISIS DE ENCUESTA DE NECESIDADES DE CONCILIACIÓN
DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS”, PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES.
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN Y MANDANTE:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles, requiere contratar el “DISEÑO, APLICACIÓN Y ANÁLISIS DE ENCUESTA DE
NECESIDADES DE CONCILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS”, PARA LA JUNTA NACIONAL DE
JARDINES INFANTILES.
El mandante de esta Licitación Pública es la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos
legales de esta convocatoria es calle Marchant Pereira Nº 726, comuna de Providencia, Región Metropolitana, representado
por el Director del Departamento de Recursos Financieros.
Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones
Públicas www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.886, sobre la materia y su Reglamento,
según condiciones, normas y políticas del uso del portal.
2. DETALLE DEL SERVICIO
El detalle del servicio requerido se encuentra descrito en las Bases Técnicas para la contratación del DISEÑO,
APLICACIÓN Y ANÁLISIS DE ENCUESTA DE NECESIDADES DE CONCILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y
FUNCIONARIOS” para la Junta Nacional de Jardines Infantiles, aprobadas conjuntamente con las presentes Bases
Administrativas.
La presente Licitación Pública sólo se adjudicará a un oferente.
3. NATURALEZA Y MONTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
La presente Licitación es de carácter público. Las propuestas deben estar expresadas en la ficha electrónica en moneda
nacional, sin incluir impuestos, considerando la operatividad del portal www.mercadopublico.cl.
No obstante, los oferentes deberán tener presente que, al momento que la Junta Nacional de Jardines Infantiles realice la
evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el anexo respectivo la consideración al IVA en las ofertas,
si es que la contratación en cuestión estuviere gravada con tal tributo.
El presupuesto por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para la contratación antes mencionada, asciende a la
suma de $15.000.000.- (quince millones de pesos), monto de carácter estimado, toda vez que el valor definitivo
será declarado en el Acto Administrativo de Adjudicación, el cual será en función del presupuesto efectivamente asignado.
4. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
Las etapas y fechas de la licitación son las que se detallan a continuación y que además serán publicadas en el sistema
www.mercadopublico.cl:
ETAPAS PLAZOS
Publicación en el Sistema de
Mercado Público
Dentro de los dos días hábiles (2), desde la recepción por parte de la Oficina de
Compras, de la Resolución totalmente tramitada que autorice las presentes bases,
rigiendo la notificación a los interesados conforme a lo dispuesto en el artículo 6
del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Consultas de los Proveedores
Desde el día de la publicación en el sistema www.mercadopublico.cl, y hasta los
cinco (5) días corridos posteriores.
Respuesta a Consultas y/o
Aclaraciones A los dos (2) días hábiles siguientes al cierre de las consultas de los Proveedores.
Recepción Garantía de Seriedad de
la oferta
Hasta el día hábil anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas, en el sistema
www.mercadopublico.cl.
Cierre Recepción de Ofertas A las 16:00 horas, del décimo quinto día (15) corrido contado desde la publicación
de las Bases Administrativas y Técnicas en el Sistema de Información de la
Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Apertura electrónica de las ofertas A las 16:01 horas del décimo quinto día (15) corrido contado desde la fecha de
publicación en el portal www.mercadopublico.cl del llamado a licitación pública.
Evaluación de Ofertas Dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la Apertura Electrónica.
Este término podrá prorrogarse, por razones fundadas, informando de ello en el
Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
Adjudicación de la Licitación Dentro de los diez (10) días siguientes corridos al Informe de Evaluación de la
respectiva Comisión. En caso que la JUNJI no informe la decisión de la licitación
dentro de este plazo, se estará conforme lo establecido en el artículo 41 inciso 2º
del Reglamento de la Ley 19.886.
Notificación a los Oferentes Según lo establecido en el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 19.886, luego
de la total tramitación de la resolución decisoria de la licitación, a través del
Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
www.mercadopublico.cl.
Garantía de Fiel cumplimiento de
contrato
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación
al Proveedor adjudicado.
Los plazos indicados en el cronograma precedente son de días corridos, salvo aquellos en que expresamente se
indique como hábiles, entendiéndose como inhábiles los días sábados, domingos y festivos. En el evento que el último
día del plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día
siguiente a uno inhábil, antes de las 15:00 horas.
5. NOTIFICACIONES DEL PROCEDIMIENTO
Salvo estipulación en contrario en la normativa vigente o en las presentes bases administrativas, los actos relativos a este
proceso licitatorio, así como su correspondiente documentación, serán publicados en el Sistema de Información de la
Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en la fecha indicada en el cronograma indicado en
el punto 4 de estas bases y se entenderán notificados desde las 24 horas siguientes a su publicación en el mencionado
portal.
6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS
Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier
documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se
entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su publicación en el portal
www.mercadopublico.cl, y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca
con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una
declaración jurada simple, según el ANEXO Nº1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y
Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y
tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean
consideradas al momento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo
para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la
licitación.
7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR
7.1. Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo Nº2)
Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
incluidas las Uniones Temporales de Proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de
Licitación; sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas
extranjeras tener domicilio en Chile.
No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y 10° de la Ley Nº
20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
a. Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
dentro de los dos años anteriores.
b. Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos
de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 15.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquello o éstas formen partes,
ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades
anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital,
ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
En relación con las Uniones Temporales de Proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo
67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el
Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas.
Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o
su respectivo representante legal que indique tal circunstancia.
Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo Nº2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya
copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
[https://www.mercadopublico.cl].
7.2. Identificación del oferente (Anexo Nº3)
Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo Nº3, en formato de documento
portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del
oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal.
Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta.
Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el registro Chileproveedores, que hayan ingresado la
documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl].
7.3. Unión Temporal de Proveedores (Anexo Nº3)
La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes
deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las
obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las
presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las
obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las
ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión
Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales,
acompañando los siguientes antecedentes:
a. Presentar el Anexo Nº3 en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para
actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
b. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar la aceptación de las Bases
(Anexo Nº1) y declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica (Anexo Nº2).
c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán
qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior
no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo
del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante
inhábil hubiese presentado para la evaluación.
En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los
siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales:
a. La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizase por escritura pública (en procesos
iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (en procesos menores a 1000 UTM) la que
deberá acompañarse para la firma del contrato.
b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de
lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el
cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
c. Cada uno de los oferentes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el
punto N° 19.1 sobre requisitos para contratar.
d. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores, deberán encontrarse
inscritos en el Portal de Chile Proveedores.
e. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato
derivado de la presente licitación.
En relación con las uniones temporales de proveedores, éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo
67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica
el Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas
(Anexo Nº3).
Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su
respectivo representante legal que indique tal circunstancia.
Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo Nº3 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia
deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
7.4. Subcontrataciones
En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, junto con
indicarlo claramente en su oferta, deberá proporcionar los antecedentes que la identifiquen, incluyendo aquellos que acreditan
que no se encuentran afectados por ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 92, en relación
con lo indicado en numeral 2 del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley 19.886. Asimismo, deberá
indicar qué parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada.
El monto total de los servicios subcontratados en su conjunto, no debe exceder del 30% del monto total del contrato celebrado
con el contratista. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios o de plazos.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista.
Si durante la vigencia del contrato, fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a
la JUNJI, a través del Supervisor del Contrato, quien deberá autorizar la subcontratación, y se deberá dar cumplimiento con
los mismos requisitos y limitaciones señalados en los párrafos 1 y 2 del presente punto. El contratista será el único responsable
ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación.
7.5. Garantía de seriedad de la oferta (Anexo Nº4)
La seriedad de la oferta será garantizada por cada oferente mediante una caución consistente en cualquier instrumento
financiero que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumple con las condiciones
dispuestas en el artículo 31 de Decreto N° 250.
Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía por un monto de
$400.000.-(cuatrocientos mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles,
RUT N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una
vigencia mínima de sesenta (60) días hábiles posteriores a la fecha de cierre de presentación de ofertas publicadas en
el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica, el certificado de fianza a la vista
o cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva siempre que tenga el carácter de
irrevocable y pagadera a la vista –, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de seriedad de la oferta.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje,
emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre
de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las
multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas
la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado
la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
La entrega del documento podrá otorgarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles, ubicada en calle Marchant Pereira N° 726, comuna de Providencia, ciudad de Santiago o
electrónicamente enviando por correo electrónico (oficina_partes@junji.cl). En el caso que se otorgue de manera
electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de
Certificación. El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta el día hábil anterior al cierre de recepción
de ofertas, de acuerdo al cronograma de esta licitación (punto 4), El horario de atención de Oficina de Partes es el
siguiente:
Lunes a viernes : De 09:00 hasta las 13:00 hrs.
La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del
Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente,
pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, sin forma de juicio, en los siguientes
casos:
a. Si se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
b. Si presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
c. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no se inscribe en el Registro Electrónico
Oficial de Proveedores del Estado (ChileProveedores) previo al plazo de suscripción del contrato.
d. Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
La resolución que disponga el cobro de esa garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
La garantía deberá indicar en su texto o glosa: “En garantía de seriedad de la oferta de la licitación pública para
la contratación del DISEÑO, APLICACIÓN Y ANÁLISIS DE ENCUESTA DE NECESIDADES DE CONCILIACIÓN DE
FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS”, PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento,
según formato tipo en el Anexo Nº4.
Toda propuesta que no esté acompañada de la garantía de seriedad será declarada inadmisible por la Junta Nacional de
Jardines Infantiles por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se
efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la
inadmisibilidad. La devolución de la garantía del 2° proponente mejor evaluado se efectuará una vez firmado el contrato
o dentro de un plazo de 45 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación, lo que ocurra primero. La
devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, salvo el caso del 2°
proponente mejor evaluado, como ya se señaló, se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde
la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscritos con el respectivo proveedor adjudicado.
La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario una vez suscrito el contrato correspondiente con su
acto administrativo debidamente tramitado y después de efectuada la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del contrato a que se refiere el punto N° 17 de las presentes Bases.
Si al momento de la apertura electrónica fuere constatado un error u omisión de carácter formal, JUNJI se reserva la
facultad de solicitar a través de foro inverso, el cambio o subsanación del instrumento de garantía presentado, para lo
cual el proponente tendrá un plazo 3 días hábiles, contabilizados desde realizada la solicitud a través del portal
www.mercadopublico.cl.
7.6. Oferta Económica (Anexo Nº5)
Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras
y Contratación Pública www.mercadopublico.cl en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro
archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho sistema de información y en el
cronograma respectivo, según el formato del Anexo Nº5.
El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública
www.mercadopublico.cl corresponde al valor total del servicio prestado, expresado en pesos chilenos y SIN incluir
IVA, el cual debe ser concordante con el documento requerido en el párrafo anterior.
La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de tres meses desde el cierre del plazo para la recepción
de las mismas, sin perjuicio que para el oferente adjudicatario constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin
variación durante toda su vigencia.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios,
equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato,
sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del
contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio
cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento.
7.7. Oferta Técnica
Los oferentes interesados deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, los anexos en el Sistema de Información de
la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en formato de documento portátil [.pdf], Word
[.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio
ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las bases técnicas elaboradas por la Junta Nacional de
Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución.
Los antecedentes referidos a la oferta técnica se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes
administrativos, con el nombre de “PROPUESTA TÉCNICA” (adicionando los ANEXOS Nº6, Nº7, Nº8 y Nº9).
Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica
se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas.
Los oferentes que no presenten todos los antecedentes requeridos en las bases administrativas y técnicas, no serán
evaluados, y sus ofertas serán declaradas inadmisibles.
7.8. Declaración jurada simple de Acuerdo de Confidencialidad de la Información (Anexo Nº10)
El oferente deberá completar y adjuntar el Anexo Nº10, que corresponde a una Declaración Jurada Simple que certifique
que todas las personas que participarán de las actividades del presente trabajo cumplirán estrictamente las normas sobre
confidencialidad de la información.
8. PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los
plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información de la
Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en
conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sitio web antes mencionado, sin indicar el autor
de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán como parte integrante de las Bases
Administrativas y Bases Técnicas de esta licitación.
9. MODIFICACIONES A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos por iniciativa propia de esta entidad licitante, o en atención a una
aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de licitación, hasta el día antes del vencimiento del
plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras
y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y estarán
vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las
propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
10. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, referidos a los puntos 6 (Anexo Nº1); 7.1 (Anexo Nº2); 7.2 (Anexo
Nº3), 7.3 (Anexo Nº3) y 7.8 (Anexo Nº10) siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de
48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema.
En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley
Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, contenido en el punto 12 de
las presentes bases.
11. DE LA APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas de esta licitación, ingresadas al Sistema de Información de la Dirección de Compras y
Contratación Pública www.mercadopublico.cl se hará a partir de los días señalados en el cronograma y plazos de licitación
indicados en el punto N°4 de las Bases Administrativas.
Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado total cumplimiento a lo requerido en el punto
Nº7 de las Bases Administrativas, sin perjuicio de lo establecido en el punto N°10 de las mismas.
A raíz de lo anteriormente expuesto, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES aquellas ofertas que omitan los
antecedentes o datos, de forma total o parcial, requeridos para ofertar según lo siguiente:
• Punto 6, 7.1, 7.2 y 7.3: No presentar antecedentes formales o presentarlos fuera del plazo indicado en el punto
N°9 de las bases de licitación, y que correspondan a los siguientes: Aceptación de Bases de Licitación (Anexo
Nº1), Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo Nº2) e
Identificación del Oferente (Anexo Nº3).
• Punto 7.5: No presentar Garantía de Seriedad de la Oferta (Anexo Nº4).
• Punto 7.6: No presentar Oferta Económica (Anexo Nº5).
• Punto 7.7: No presentar Oferta Técnica de acuerdo a la documentación allí requerida:
a) Propuesta Metodológica detallada (dentro del Anexo N°6).
b) Experiencia de la Institución, “Experiencia del Oferente” (Anexo Nº7).
c) Experiencia del Jefe de Proyecto, “Experiencia del Jefe o Responsable del Proyecto” (Anexo Nº8).
d) Formación y experiencia profesional del equipo de trabajo (Anexo Nº9)
• Punto 7.8: No presentar Declaración jurada simple de Acuerdo de confidencialidad (Anexo Nº 10).
12. COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará por una Comisión de Evaluación, conformada por el Jefe de la Sección de Estudios
y Estadísticas del Departamento de Planificación (S); Juan Radrigán María Consuelo Valderrama; Gladys Retamal Barros,
profesionales de la Sección de Estudios y Estadísticas del Departamento de Planificación, Tamara García Heller,
profesionales del Departamento de Gestión de Personas y el profesional del Departamento de Recursos Financieros, Miguel
Martínez Mesina, quien actuará solo como Secretario/a de Actas; todos/as funcionarios/as de la Junta Nacional de Jardines
Infantiles.
En el caso eventual que alguno de los funcionarios individualizados no pudiera asumir sus funciones como miembros de
la respectiva comisión, serán remplazados de la siguiente manera:
Área Titular Suplentes
Sección de Estudios y
Estadísticas
Juan Radrigan Araya
RUT: 9.159.654-7
Rebeca Aguirre Alemparte
RUT: 13.948732-k
Camila Silva Garrido
RUT: 18.471.129-K
Alejandra Saralegui
RUT: 16.161.246-4
Carolina George
RUT: 16.472.466-2
Sección de Estudios y Estadísticas
María Consuelo Valderrama
RUT: 12.470.264-k
Sección de Estudios y Estadísticas
Gladys Retamal Barros
RUT: 13.241.581-1
Gestión y Desarrollo de Personas
Tamara García Heller
RUT: 15.376.857-9
Unidad de Compras
Miguel Martínez Mesina
RUT: 09.509.470-8
Sergio Cárcamo Miranda
RUT: 08.180.659-4
Esta comisión será la encargada de estudiar, analizar, ponderar y evaluar, las propuestas recibidas, emitiendo la respectiva
acta e informe de evaluación que cumpla con las exigencias del artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y, de
esta manera, determinar la admisibilidad y proceder a la evaluación de las ofertas presentadas. Dicho instrumento será
el antecedente necesario para efectos de fundar el acto administrativo conclusivo del procedimiento concursal iniciado por
este llamado a licitación, sea a través de la declaración de adjudicación, inadmisibilidad o deserción, según corresponda.
Se prohíbe que los funcionarios que integren las comisiones evaluadoras concedan reuniones a terceros –oferentes o no–
sobre materias vinculadas a la evaluación del actual proceso licitatorio. De manera excepcional, el contacto que podrán
mantener los oferentes, tanto con la entidad licitante en su totalidad (JUNJI), como con la comisión evaluadora en
particular, sólo podrá referirse a los aspectos indicados en el artículo 39 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En virtud de lo dispuesto en el artículo N°64, N°5, de la Ley 18.575, los miembros de la Comisión Evaluadora deberán
abstenerse de recibir donaciones mientras integren la referida Comisión, salvo aquellas oficial y protocolares; y los
considerados por la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación.
La Comisión de evaluación o el encargado del proceso de compras, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá
solicitar aclaraciones a los proveedores a través del foro del portal www.mercadopublico.cl siempre y cuando éstas no les
confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
La comisión evaluadora tendrá un plazo máximo de siete (07) días hábiles para evaluar y remitir al Director(a) del
Departamento de Recursos Financieros con copia a la oficina de compras el Acta de Evaluación e Informe de Evaluación
de acuerdo a lo establecido en el punto N°4 de las presentes Bases, conforme a las exigencias del Artículo 40 bis del
Reglamento de la Ley N°19.886, y firmada por los integrantes de esta Comisión.
Los miembros que integran la Comisión de Evaluación, considerando el principio de abstención, regulado en las leyes N°
19.880 y N° 18.575, no podrán tener conflictos de intereses al tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.886, debiendo dejar
constancia de aquello en el Informe de Evaluación.
13. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación de las ofertas, los puntajes y las ponderaciones que se asignarán a cada uno de ellos, serán
los siguientes:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
A. EXPERIENCIA DEL OFERENTE 28%
B. EQUIPO DE TRABAJO 28%
C. PROPUESTA TÉCNICA 27%
D. REQUISITOS FORMALES 2%
E. EVALUACIÓN ECONÓMICA 15%
TOTAL 100%
La asignación de puntaje para cada criterio o sub-criterio de evaluación se describe a continuación:
A. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (28%) (ANEXO Nº7)
El oferente presenta los datos organizados según lo requerido en el formato Experiencia Oferente del Anexo N°7 y los
documentos (contrato de prestación de servicios y/o certificado emitido por la entidad mandante) en los que
se especifica y acredita la realización de los servicios descritos.
La JUNJI se reserva el derecho a verificar lo señalado por el oferente.
A.1 Levantamiento de información con técnicas cualitativas.
Número de veces que el oferente ha participado en estudios o proyectos vinculados al levantamiento de información, con
utilización de metodologías cualitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el año 2015 a la fecha.
Porcentaje subcriterio: 30%
PUNTAJE CRITERIOS
100
La institución proponente ha participado en 5 o más estudios o proyectos vinculados al levantamiento
de información, con utilización de metodologías cualitativas, dentro del ámbito público y privado, desde
el año 2015 a la fecha.
50
La institución proponente ha participado en 3 o 4 estudios o proyectos vinculados al levantamiento de
información, con utilización de metodologías cualitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el
año 2015 a la fecha.
10
La institución proponente ha participado en 1 o 2 proyectos vinculados al levantamiento de información,
con utilización de metodologías cualitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el año 2015 a la
fecha.
1
La institución proponente no ha participado en proyectos vinculados al levantamiento de información,
con utilización de metodologías cualitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el año 2015 a la
fecha.
A.2. Levantamiento información con técnicas cuantitativas.
Número de veces que el oferente ha participado en estudios o proyectos vinculados al levantamiento de información, con
utilización de metodologías cuantitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el año 2015 a la fecha.
Porcentaje Sub Criterio: 30%
PUNTAJE CRITERIOS
100
La institución proponente ha participado en 5 o más estudios o proyectos vinculados al levantamiento
de información, con utilización de metodologías cuantitativas, dentro del ámbito público y privado, desde
el año 2015 a la fecha.
50
La institución proponente ha participado en 3 o 4 estudios o proyectos vinculados al levantamiento de
información, con utilización de metodologías cuantitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el
año 2015 a la fecha.
10
La institución proponente ha participado en 1 o 2 proyectos vinculados al levantamiento de información,
con utilización de metodologías cuantitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el año 2015 a
la fecha.
1
La institución proponente no ha participado en proyectos vinculados al levantamiento de información,
con utilización de metodologías cuantitativas, dentro del ámbito público y privado, desde el año 2015 a
la fecha.
A.3 Experiencia en el ámbito de conciliación y género en instituciones públicas
Número de veces que el oferente ha participado en estudios o investigaciones referidos al ámbito de conciliación y género
en instituciones públicas, desde el año 2015 a la fecha.
Porcentaje Sub Criterio: 40%
PUNTAJE CRITERIOS
100
La institución proponente ha participado en 5 o más estudios o investigaciones referidos al ámbito de
conciliación y género en instituciones públicas, desde el año 2015 a la fecha.
50
La institución proponente ha participado en 3 ó 4 estudios o investigaciones referidos al ámbito de
conciliación y género en instituciones públicas, desde el año 2015 a la fecha.
10
La institución proponente ha realizado 1 ó 2 estudios o investigaciones referidos al ámbito de conciliación
y género en instituciones públicas, desde el año 2015 a la fecha.
1
La institución proponente no ha realizado estudios o investigaciones referidos al al ámbito de conciliación
y género en instituciones públicas, desde el año 2015 a la fecha.
B. EQUIPO DE TRABAJO (28%) (ANEXO Nº8 y Nº9)
B.1 Experiencia del/la Jefe/a de Proyecto
La/el Jefa/e de Proyectos ha estado a cargo de estudios cuantitativos que contemplan diseño, aplicación y análisis de
encuestas, para organismos públicos y/o programas sociales, desde el año 2015 a la fecha (Anexo Nº8).
Porcentaje Sub Criterio: 20%
PUNTAJE CRITERIOS
100
La propuesta cuenta con una/un jefa/e de proyecto que ha dirigido con el mismo cargo en cinco o más
estudios cuantitativos en diseño, aplicación y análisis de encuestas, para organismos públicos y/o
programas sociales, desde el año 2015 a la fecha
50
La propuesta cuenta con una/un jefa/e de proyecto que ha dirigido con el mismo cargo en tres o cuatro
estudios cuantitativos en diseño, aplicación y análisis de encuestas, para organismos públicos y/o
programas sociales, desde el año 2015 a la fecha
10
La propuesta cuenta con una/un jefa/e de proyecto que ha dirigido con el mismo cargo en uno o dos
estudios cuantitativos en diseño, aplicación y análisis de encuestas, para organismos públicos y/o
programas sociales, desde el año 2015 a la fecha
1
La propuesta cuenta con una/un jefa/e de proyecto que no ha dirigido ningún estudio cuantitativo en
diseño, aplicación y análisis de encuestas, para organismos públicos y/o programas sociales, desde el
año 2015 a la fecha
B.2 Grado Académico Jefe/a Proyecto
La / el Jefa/e de Proyecto es una/un profesional con estudios de magíster o doctorado en ciencias sociales (Anexo Nº8).
Porcentaje Sub Criterio: 20%
PUNTAJE CRITERIOS
100
La/el jefa/e de Proyecto es una/un profesional con al menos 8 semestres universitarios en el área de las
ciencias sociales y con grado de doctorado en ciencias sociales.
50
La/el jefa/e de Proyecto es una/un profesional con al menos 8 semestres universitarios en el área de las
ciencias sociales y con grado de magister en ciencias sociales.
1
La/el jefa/e de Proyecto es una/un profesional con al menos 8 semestres universitarios en el área de las
ciencias sociales, sin grado de magister o doctorado en ciencias sociales.
B.3 Experiencia del equipo de levantamiento de información cualitativa
El equipo de trabajo está conformado por profesionales titulados con formación en ciencias sociales y/o educación y con
experiencia en levantamientos de información con técnicas cualitativas (Anexo N°9).
Porcentaje Sub Criterio: 20%
Se evaluará por separado a cada uno de los 04 profesionales propuestos, según los siguientes criterios. La Evaluación de
cada uno de los profesionales ponderará un 25%.
PUNTAJE CRITERIOS
100 El profesional cuenta con experiencia en 5 o más levantamientos de información con técnicas cualitativas.
50 El profesional cuenta con experiencia en 3 ó 4 o levantamientos de información con técnicas cualitativas.
10 El profesional cuenta con experiencia en 1 ó 2 o levantamientos de información con técnicas cualitativas.
1 El profesional no cuenta con experiencia levantamientos de información con técnicas cualitativas.
B.4. Experiencia del equipo de trabajo en levantamientos de información cuantitativa
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia en diseño y aplicación de encuestas (Anexo N°9).
Porcentaje Sub Criterio: 20%
PUNTAJE CRITERIOS
100
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia como responsable del diseño y aplicación
de encuestas en 5 ó más estudios o investigaciones.
50
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia como responsable del diseño y aplicación
de encuestas en 3 ó 4 más estudios o investigaciones.
10
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia como responsable del diseño y aplicación
de encuestas en 1 ó 2 más estudios o investigaciones.
B.5. Experiencia del equipo en estudios que suponen conocimiento de la gestión de los recursos humanos
del Estado.
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia en estudios que suponen conocimiento de la gestión de los
recursos humanos del Estado (Anexo N°9).
Porcentaje Sub Criterio: 20%
PUNTAJE CRITERIOS
100
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia en 5 ó más estudios o investigaciones
que suponen conocimiento de la gestión de los recursos humanos del Estado.
50
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia en 3 ó 4 estudios o investigaciones que
suponen conocimiento de la gestión de los recursos humanos del Estado.
10
El equipo de trabajo cuenta con un profesional con experiencia en 1 ó 2 estudios o investigaciones que
suponen conocimiento de la gestión de los recursos humanos del Estado.
1
El equipo de trabajo NO cuenta con un profesional con experiencia en estudios o investigaciones que
suponen conocimiento de la gestión de los recursos humanos del Estado.
C. PROPUESTA TÉCNICA (27%) (ANEXO N°6)
C1. Contenido de la propuesta técnica
La propuesta técnica del oferente describe en detalle cada una de las actividades y metodologías a utilizar en el estudio.
Porcentaje Sub Criterio: 40%
PUNTAJE CRITERIOS
100
La propuesta técnica incluye los 09 componentes solicitados en el punto 8 de las Bases Técnicas. Esta
presentación es detallada y resulta totalmente pertinente y coherente con los objetivos específicos
definidos para el estudio.
50
La propuesta técnica incluye entre 04 y 08 de los componentes solicitados en el punto 8 de las Bases
Técnicas.
10 La propuesta técnica incluye 03 o menos componentes solicitados en el punto 8 de las Bases Técnicas.
(*) Los ítems considerados para esta evaluación son los descritos en el punto 8. Contenido de la Propuesta Técnica,
de las bases técnicas de licitación.
C2. Dimensiones del estudio
La propuesta incluye dimensiones desarrolladas en base al marco teórico, incluyendo categorías generales que agrupan
los objetivos de la investigación, y proponiendo preguntas de interés para cada categoría.
Porcentaje Sub Criterio: 60%
PUNTAJE CRITERIOS
100
Presenta 02 o más dimensiones, a modo de categorías generales que ordenan la propuesta de
investigación y proponiendo preguntas de interés para cada categoría, que resultan pertinentes a los
objetivos del estudio.
10
Presenta una (01) dimensión, a modo de categoría general que ordena la propuesta de investigación y
proponiendo las respectivas preguntas de interés, que resultan pertinentes a los objetivos del estudio.
1 No presenta dimensiones en la propuesta de investigación.
D. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (2%)
PUNTAJE CRITERIOS
100
La institución u organismo oferente cumple con la entrega de antecedentes necesarios para postular dentro
del plazo establecido en el cronograma de la licitación.
10
La institución u organismo oferente cumple con la entrega de antecedentes necesarios para postular dentro
del plazo adicional señalado en el punto Nº10 de las bases administrativas, “Antecedentes omitidos en la
presentación de la oferta”.
E. EVALUACIÓN ECONÓMICA (15%) (ANEXO Nº5)
Los oferentes deberán presentar sus propuestas económicas de acuerdo con el formato del ANEXO Nº5, “Formato para
Presentación de Oferta Económica”, de las presentes bases.
Solamente serán evaluadas económicamente aquellas ofertas que hayan calificado técnicamente, es decir, que hayan
cumplido con el PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO considerando los criterios indicados en la letra a, que indica a continuación
(igual o superior a 50 puntos).
Estas propuestas serán evaluadas a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje Económico Ponderado =
OPM * 100 *0,15
OE
Dónde:
OPM: Es el precio menor de todas las ofertas evaluadas.
OE: Es el precio de la oferta evaluada.
100: Es el puntaje mayor.
a. PUNTAJE TÉCNICO
Para el cálculo del puntaje técnico se considerarán los criterios de evaluación A, B, C y D, con sus respectivas
ponderaciones, de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje Técnico Ponderado = Puntaje ítem A * 0,28
+ Puntaje ítem B * 0,28
+ Puntaje ítem C * 0,27
+ Puntaje ítem D * 0,02
El puntaje técnico será considerado con dos decimales, sin aproximación. NO calificarán técnicamente aquellas
ofertas que obtengan un PUNTAJE TÉCNICO PONDERADO inferior a 50 puntos.
Nota: Aquellas propuestas que no califiquen técnicamente por haber obtenido un puntaje Técnico Ponderado inferior a 50
puntos, no serán adjudicadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
b. PUNTAJE TOTAL DE LA OFERTA
El puntaje total de la oferta se determinará de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula:
PUNTAJE TOTAL DE LA OFERTA = PUNTAJE TÉCNICO PONDERADO + PUNTAJE ECONÓMICO
PONDERADO
El puntaje total de la oferta será considerado con dos decimales, sin aproximación.
13.1. MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATES
En caso de empate en el puntaje final, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la Oferta Técnica
en el ítem C. “Propuesta Técnica”. De mantenerse el empate, se aplicarán sucesivamente y hasta resolver dicha situación
los siguientes subcriterios considerando el mayor puntaje en los ítems:
A.- Experiencia del oferente
B.- Equipo de trabajo
En caso de mantenerse el empate, se resolverá analizando el ítem E.- “Oferta Económica”.
14. DE LA ADJUDICACIÓN
La entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes
bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no
resulten convenientes a los intereses de la Institución.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles, aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación
con sus correspondientes puntajes, establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas de esta licitación.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de
menor valor. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando no reúnan los requisitos establecidos en las Bases
Administrativas y Bases Técnicas, y declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas
no fueren convenientes a los intereses de la Institución.
La adjudicación se materializará a través de una Resolución Exenta del Director(a) del Departamento de Recursos
Financieros, previo informe de la comisión de evaluación de las propuestas.
La Sección de Recursos Físicos a través de la Oficina de Compras emitirá la respectiva Orden de Compra por parte de la
Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través del sitio www.mercadopublico.cl y su aceptación por parte del oferente
adjudicado, deberá ser a través del mismo sitio, en un plazo no superior a 24 horas.
La JUNJI podrá ampliar o disminuir lo solicitado inicialmente en hasta un 30%, de acuerdo a las necesidades institucionales
y disponibilidad presupuestaria, previo a la emisión de la Orden de Compra o durante la vigencia del contrato, previa total
tramitación de resolución fundada dictada al efecto, la que en todo caso se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl.
En caso de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles no realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el
cronograma contenido en el punto N°3 de estas bases, se estará conforme a lo señalado en el inciso 2º del artículo 41,
del Decreto Nº 250, del 2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases
Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicio”, que establece que “cuando la adjudicación no
se realice dentro del plazo señalado en las bases licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las
razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo
estar contemplada en las bases esta posibilidad”.
15. READJUDICACIÓN
De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de aceptar
la Orden de Compra, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento, o no cumpliese con las demás
condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad
Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en
puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
16. DE LA NOTIFICACIÓN
El acto administrativo decisorio referente al presente procedimiento concursal será publicado en el Sistema de Información
de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el cronograma de esta
licitación y se entenderá notificado desde las 24 horas siguientes a su publicación.
17. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por
un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta
Nacional de Jardines Infantiles, RUT Nº 70.072.600-2, nominativa, pagadera a la vista no endosable,
irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 90 DÍAS CORRIDOS, posteriores a la
fecha máxima de término del servicio.
Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía
de manera rápida y efectiva.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje,
emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre
de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las
multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas
la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado
la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
La emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles, ubicada en calle Marchant Pereira N°726, comuna de Providencia, ciudad de Santiago o
electrónicamente enviando por correo electrónico (garantias_partes@junji.cl). En el caso que se otorgue de manera
electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de
Certificación, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el
siguiente horario:
Lunes a viernes : De 09:00 hasta las 13:00 hrs.
La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del
Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: EN GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PAGO
DE OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES Y EVENTUALES MULTAS DE LA CONTRATACIÓN DE “DISEÑO,
APLICACIÓN Y ANÁLISIS DE ENCUESTA DE NECESIDADES DE CONCILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y
FUNCIONARIOS”. ID N° _________.- y las obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N° 19.886, o similar.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento,
según formato tipo en el Anexo Nº4.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión
formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si ésta
se requiere el último día del plazo establecido en primera instancia, se concederán tres (03) días hábiles para la corrección
del documento de garantía.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia
que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del
término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
En caso de una ampliación del contrato tal como se indica en el penúltimo párrafo del punto 13 de estas bases, el
contratista debe presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, por el mayor valor efectivo, en los porcentajes
y vigencia estipulada en el contrato original.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
hasta 90 días corridos, posteriores al término del servicio.
La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
Su restitución será realizada 90 días corridos posteriores al término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de
Tesorería, ubicada en calle Darío Urzúa Nº 1938, primer piso, comuna de Providencia, previo visto bueno de la Sección de
Estudios y Estadísticas del Departamento de Planificación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
18. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES.
No obstante que puede contratar con el Estado el proveedor que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones
de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Junta Nacional
de Jardines Infantiles estará facultada para solicitarle al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato, una
declaración jurada que acredite que no ha incurrido en dicho incumplimiento; así como también, en cada estado de pago
aquellos certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes, con la finalidad de verificar
la observancia de las obligaciones laborales y sociales. En este sentido, de ser detectada una falta a dichas obligaciones,
asegurará el pago de las mismas la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato establecida en el punto
precedente; como también, en caso de que la infracción se produzca con posterioridad a la firma del contrato, será
descontado del respectivo pago mensual por el servicio prestado.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato,
en forma anticipada, y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y
sociales, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual el contratista infractor no podrá participar.
19. DEL CONTRATO
Se suscribirá un contrato de prestación de servicios, entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el adjudicatario, y su
firma se realizará en las oficinas del Departamento de Recursos Financieros Jurídica de la Institución, ubicada en la calle
Darío Urzua N°1938, Providencia, Santiago, en el siguiente horario:
Lunes a viernes : De 09:00 hasta las 13:00 hrs.
El plazo para firmar el contrato se encuentra establecido en el punto 4 del Cronograma de Licitación, de acuerdo a lo
establecido en las presentes bases administrativas.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el
Registro de Chile proveedores.
En caso que el oferente seleccionado no se encuentre inscrito en el Registro de Chile Proveedores en el plazo de 5 días hábiles,
se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los
intereses del Servicio.
19.1. Requisitos para contratar
La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar:
a) No encontrarse afecto a la prohibición prevista en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº 20.393 y 4º de la Ley
Nº 19.886, lo cual se verificará con la Dirección de Compras y Contratación Pública, al tenor de lo establecido
en el inciso final del artículo 10º de la referida ley.
b) Entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según lo establecido en el punto Nº 16 de
estas Bases Administrativas.
c) Deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado
(Chileproveedores).
19.2. Consecuencia de la omisión de los antecedentes requeridos para contratar
La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá dejar sin efecto el acto administrativo adjudicatorio, hacer efectiva la garantía
de seriedad de la oferta y disponer la re adjudicación de esta licitación al siguiente proponente mejor calificado, o declarar
desierta la licitación si las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses de este órgano de la Administración del
Estado, si concurre alguno de los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se niega a cumplir con su oferta, y no acepta la orden de compra correspondiente, será
responsable por el incumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su Reglamento.
b) Si el adjudicatario no suscribiere el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo contemplado
en el cronograma establecido en estas bases administrativas.
c) Si el adjudicatario omitiere antecedentes contemplados en el punto anterior.
19.3. Modificaciones al contrato
La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá, con el fin de llevar a un mejor término el servicio contratado, modificar el
servicio por razones fundadas y de común acuerdo con el contratista, lo que deberá sancionarse mediante una resolución
fundada. Sin perjuicio de ello, las modificaciones pactadas en caso alguno podrán contravenir el principio de estricta sujeción
a las bases.
Las modificaciones podrán efectuarse hasta por un 30% del valor del contrato, de acuerdo a las necesidades institucionales y
disponibilidad presupuestaria, debiendo el adjudicatario presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato y
obligaciones laborales equivalente al 5% del total del valor aumentado, con la misma vigencia estipulada en el contrato
original. No obstante, lo señalado anteriormente, cualquier aumento del contrato no implica la extensión de la vigencia del
mismo, por tanto, lo servicios adicionales contratados deben ser desarrollados en el plazo estipulado en la convención.
20. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba entre las partes, se mantendrá vigente desde la total tramitación de la resolución que apruebe
el contrato, hasta el total cumplimiento de las obligaciones que contraiga el adjudicatario. Siendo el plazo final para cumplir
el último hito el señalado en el PUNTO Nº7 de las bases técnicas.
El contrato y el plazo de ejecución del servicio comenzará a regir posterior a la fecha de emisión de la Orden de Compra,
la que se entenderá notificada, una vez transcurridas las 24 horas siguientes al día de la publicación de dicho acto
administrativo en el portal de www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, la fecha de inicio del servicio será declarada en la reunión inicial, entre el proveedor y la
contraparte técnica de JUNJI, y su fecha quedará estipulada en el Acta correspondiente, que será elaborada por la Sección
de Estudios y Estadísticas, aprobada por ambas partes. En esa misma reunión, se revisará el cronograma en conjunto con
el proveedor adjudicado y se acordarán las fechas asociadas a cada uno de los hitos programáticos.
El proveedor adjudicado deberá asistir obligatoriamente a esa reunión con la contraparte técnica de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles, previa coordinación entre ambos.
El plazo de ejecución del Estudio podrá ser extendido, por necesidades del servicio, caso fortuito o fuerza mayor y otras
razones fundadas. Para estos efectos, la solicitud de prórroga deberá efectuarse por escrito a la Vicepresidencia Ejecutiva
de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, con a lo menos 30 días corridos de anticipación respecto de la fecha de término
inicialmente prevista y estipulada. Será facultad privativa de la Institución acceder a la prórroga del referido plazo. Dicho
plazo ampliado no podrá superar el 30% del plazo final para cumplir el último hito señalado en el PUNTO Nº7 de las
Bases Técnicas.
21. DE LOS PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El plazo de ejecución de este servicio se considera a partir de la emisión de la Orden de Compra respectiva, el cual debe
ajustarse a los plazos para la prestación del servicio que se encuentran descritos en detalle en el PUNTO Nº 7 de las
Bases Técnicas.
El plazo de entrega de cada producto deberá ajustarse a lo siguiente:
Fase Contenidos del Informe Plazo
máximo
Informe Fase 1:
Afinamiento del
plan de trabajo
Informe de diseño metodológico, que incluye a lo menos:
- instrumentos de levantamiento de información
cualitativo
- plan de trabajo detallado, por fases
- plan de análisis de la encuesta.
10 días hábiles
desde la
reunión de
inicio
Informe Fase 2:
Levantamiento
cualitativo.
Informe que contiene:
- Análisis de las entrevistas
- Análisis consolidado de visiones presentes en JUNJI
respecto a las tensiones conciliatorias, identificando los
lineamientos institucionales respecto a conciliación y
entregando una versión preliminar de los temas a
abordar en la encuesta.
- Como anexos, deben entregarse audios y
transcripciones de las entrevistas realizadas.
55 días hábiles
desde la
reunión de
inicio
Informe Fase 3:
Elaboración de
instrumento y
pretest
Informe que contiene desarrollo del trabajo de la fase,
incluyendo:
- Resultados del taller de trabajo con la contraparte
- Resultados del pretest de la encuesta.
- Versión definitiva de la encuesta.
95 días hábiles
desde la
reunión de
inicio
Informe Fase 4:
Aplicación de la
encuesta
Informe que contiene:
- Descripción de la programación definitiva de la
encuesta en la plataforma propuesta por la consultora.
- Descripción del proceso de encuestaje, incluyendo
facilitadores y obstaculizadores.
- Descripción del acompañamiento al proceso realizado
por la consultora, detallando dudas expresadas por
usuarios y usuarias y contingencias.
- Descripción del monitoreo del proceso.
- Base de datos de la encuesta.
150 días
hábiles desde
la reunión de
inicio
Informe Fase 5:
Análisis de la
encuesta e
integración de la
información
Informe final que contiene:
- Los objetivos de la consultoría.
- La metodología utilizada.
- La descripción completa del proceso de la consultoría.
- Los resultados de la encuesta.
- Las conclusiones del estudio, con foco en los aspectos
centrales donde requiere ser actualizada la política de
conciliación.
Resumen ejecutivo.
Presentación en power point sobre el estudio
185 días
hábiles desde
la reunión de
inicio
La Contraparte Técnica, contará con 10 días hábiles para revisar los informes de cada etapa y enviar comentarios al
Contratista. Finalmente, el Contratista tendrá hasta 5 días hábiles para entregar nuevamente el informe incorporando las
respuestas a los comentarios realizados por la contraparte.
Todos los plazos son entendidos como plazos máximos, por lo que los productos podrán ser entregados con anterioridad.
Una vez transcurridos los plazos arriba expuestos y con la recepción conforme de la contraparte técnica JUNJI, el
adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para entregar los medios de verificación expuestos en el
numeral 20 de estas Bases.
En razón de lo anterior, se declararán inadmisibles las ofertas cuyos plazos no se ajusten a los requeridos por la Junta
Nacional de Jardines Infantiles.
22. FORMA DE PAGO
JUNJI, por los servicios requeridos, pagará al Adjudicatario la suma única y total que se determinará de acuerdo con lo
indicado por el Adjudicatario en su oferta económica. El pago se realizará en cuatro cuotas:
CUOTAS ETAPAS MONTO A PAGAR
1° Cuota Entrega y aprobación Informe Nº1 10% del monto total del contrato.
2° Cuota Entrega y aprobación Informe Nº2 30% del monto total del contrato.
3° Cuota
Entrega y aprobación Informe Nº3 y sus
productos asociados.
20% del monto total del contrato.
4° Cuota
Entrega y aprobación Informe N°4 y N°5
(Informe Final)
40% del monto total del contrato.
Total 100%
El pago se realizará en cuatro (4) cuotas, la primera cuota equivalente al 10% del total del servicio, se hará efectivo una
vez recibido y aprobado el Informe Nº1. Será responsabilidad de la Contraparte Técnica JUNJI, definida en el punto 24 de
las presentes Bases, generar el Certificado de Recepción Conforme respectivo.
La segunda cuota equivalente al 30% del total del servicio, se hará efectivo una vez recibido y aprobado el Informe Nº2.
Será responsabilidad de la Contraparte Técnica JUNJI, generar el Certificado de Recepción Conforme respectivo.
La tercera cuota equivalente al 20% del total del servicio, se hará efectivo una vez recibido y aprobado el Informe Nº3.
Será responsabilidad de la Contraparte Técnica JUNJI, generar el Certificado de Recepción Conforme respectivo.
La cuarta y última cuota equivalente al 40%, se hará efectiva una vez RECIBIDOS CONFORME el Informe N°4 y
N°5(Informe final), una vez subsanadas todas y cada una de las correcciones o ajustes que pudiera arrojar el proceso de
revisión. Será responsabilidad de la Contraparte Técnica JUNJI, generar el Certificado de Recepción Conforme respectivo.
Los medios de verificación antes mencionados se encuentran descritos en la Oferta Técnica.
El pago se realizará contra presentación de la respectiva factura a cobro, dentro de treinta (30) días corridos a contar de
su recepción conforme.
La factura electrónica sólo podrá ser emitida después que se haya certificado el Visto Bueno o Conformidad del Informe
correspondiente, por parte del Departamento de Planificación, y deberá ser remitida en formato XML al correo electrónico
facturacionjunji@junji.cl, conforme las indicaciones del Servicio de Impuestos Internos.
La recepción conforme y aceptación de facturas electrónicas o documentos electrónicos tributarios (DTE) de cobro, se
realizarán dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción en el Servicio de Impuestos, a través del Registro de
Aceptación y Reclamo dispuesto por el Servicio, conforme lo establecido en el artículo 3°de la Ley 19.983.
Serán requisitos excluyentes para la aceptación de documentos tributarios electrónicos (DTE) los siguientes:
• La orden de compra respectiva debe encontrarse en estado “ACEPTADA” en el portal www.mercadopublico.cl.
• Debe existir Recepción Conforme de la Institución de los bienes y/o servicios, para lo cual el proveedor sólo podrá
emitir un DTE previa aprobación de la Unidad responsable según lo establecido en las condiciones de contratación.
• El DTE debe incluir en su contenido el número de orden de compra, en formato idéntico al generado por Mercado
Público, respetando estrictamente la separación por guiones.
• El número de orden de compra debe señalarse en el Campo o TAG.
• La factura y el archivo XML deben ser enviados al correo electrónico facturacionjunji@junji.cl, casilla exclusiva para
la recepción de DTE.
Todo documento tributario que no cumpla con las condiciones señaladas previamente será RECLAMADO en el Servicio de
Impuestos Internos, perdiendo así su título ejecutivo, y quedará bajo responsabilidad del proveedor su regularización
mediante la emisión de una Nota de Crédito que anule el documento RECLAMADO y emitiendo uno nuevo que cumpla con
las condiciones señaladas.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles efectuará el pago vía transferencia de fondos en cuenta corriente, para lo cual el
proveedor deberá señalar el número de cuenta corriente, el banco, razón social, RUT y el correo electrónico.
Si el oferente seleccionado quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, podrá hacerlo una vez que haya sido
prestado el servicio y aceptada la factura electrónica en el Registro de Aceptación y Reclamo del SII. La Junta Nacional de
Jardines Infantiles validará la cesión de créditos a través del Registro Electrónico de Cesión de Créditos del SII y la
descarga del respectivo certificado.
De conformidad al artículo 75 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la Junta Nacional de Jardines Infantiles cumplirá con
lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente
dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles no entregará anticipos de ninguna especie.
23. DE LAS MULTAS
Sin perjuicio de la garantía de fiel cumplimiento a que se refieren las presentes bases, si el adjudicatario no entrega el
servicio requerido por razones no atribuibles a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, se aplicará al contratista las
sanciones establecidas en estas bases, mediante resolución fundada.
Tipo de Multas:
a. Cambio de personal clave.
Si el adjudicatario sustituye a uno o más miembros del equipo comprometido para el servicio e indicado en los Anexos
Nº8 y Nº9 de las presentes bases, sin el conocimiento ni la aprobación por escrito previa del o los reemplazantes por
parte de la Contraparte Técnica, se impondrá una multa del 2% del valor total del contrato por cada profesional
sustituido.
b. Atrasos en la entrega de los productos requeridos
Por cada día corrido de atraso en la entrega de los productos y/o servicios requeridos en el punto Nº7 de las Bases
Técnicas, por razones no atribuibles a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, se aplicará al contratista una multa
equivalente a 5 UF por cada día corrido de atraso.
No obstante, lo anterior, la Junta Nacional de Jardines Infantiles no podrá aplicar multas que excedan al 20% del valor
total del contrato. Alcanzado dicho límite se procederá a poner término al contrato, mediante resolución fundada, y a
cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y previsionales.
Estas multas no serán aplicadas en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales deberán fundamentarse por
escrito ante Dirección de Recursos Financieros de la Institución, quien a su juicio podrá aceptarla o rechazarla, total o
parcialmente, previo informe del Supervisor Técnico del Contrato. Dicha autorización se materializará mediante la dictación
de una Resolución fundada que así lo disponga.
Se entenderá por caso fortuito o de fuerza mayor:
▪ Que el hecho sea imprevisto, inesperado, sorpresivo e insuperable.
▪ Que el hecho sea atribuible a un tercero, no dependiente del contratista.
En caso de aumento de plazo el adjudicatario deberá extender la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato
que se hubiere presentado por igual período del aumento del plazo.
En el caso que correspondiera otorgar aumento de plazo por caso fortuito o fuerza mayor, no habrá derecho a
indemnización ni compensación económica de ninguna especie para el proveedor de cargo de la JUNJI.
23.1. Procedimiento de aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del área a cargo de la supervisión técnica del
contrato o del funcionario responsable, se le comunicará al Departamento de Recursos Financieros, para que proceda a
notificar al adjudicatario la infracción detectada, los hechos que la constituyen y el monto de la multa a aplicar mediante
carta certificada a la dirección consignada en el contrato respectivo, la que se entenderá practicada a contar del tercer día
hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda.
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles completos,
para efectuar sus descargos ante el Departamento de Recursos Financieros de la Junta Nacional de Jardines Infantiles
acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la JUNJI dictará
la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la JUNJI tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles
a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante
Resolución o Acto Administrativo fundado, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada.
En caso de que los descargos no sean admitidos, se cursará la multa correspondiente a través de una Resolución, la cual,
en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá disponer del
mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley 18.880.
La multa aplicada se deducirá preferentemente del pago más próximo; de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, sin forma de juicio; o se cobrarán judicialmente, en su caso.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá aplicar multas hasta por un total del 20% del monto neto del contrato. Sin
perjuicio de lo anterior, una vez alcanzado el límite establecido, tendrá la facultad de poner término anticipado al contrato
y hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la JUNJI podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido
resguardo del interés fiscal.
24. DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión administrativa del contrato estará a cargo de la Oficina de Compras del Departamento de Recursos
Financieros y la supervisión técnica estará a cargo de la Sección de Estudios y Estadísticas del Departamento de
Planificación, en conjunto con el Área de Gestión de Proyectos Transversales, del Departamento de Gestión y
Desarrollo de Personas, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
La ejecución de la provisión de los servicios contratados será supervisada en calidad de Contraparte Técnica por el Jefe
de la Sección de Estudios y Estadísticas del Departamento de Planificación de la JUNJI, o por el o la profesional que el
designe.
En general, a la Contraparte Técnica le corresponderá velar por el correcto cumplimiento de las obligaciones que contraiga
el proveedor adjudicado, derivadas del contrato y de todos los documentos que lo integran; evaluar la prestación del
servicio periódicamente, aprobando los productos entregados y/o solicitando modificaciones en caso que corresponda
durante la ejecución del servicio.
Serán funciones de la Contraparte Técnica:
• Coordinar la reunión de inicio con el proveedor.
• Citar a reuniones al proveedor, con el fin de generar y validar acuerdos que estime pertinentes y en general para
el logro de los objetivos del servicio.
• Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el cumplimiento de los objetivos, plazos y
compromisos acordados.
• Proporcionar la información necesaria a la empresa adjudicada para la correcta prestación del servicio.
• Levantar un informe o acta de recepción conforme de los productos entregados por el adjudicatario, hecho que
sólo se materializará cuando estos se encuentren totalmente revisados, ajustados y terminados, a entera
satisfacción de la JUNJI.
• Notificar por escrito al proveedor los incumplimientos que ameriten la aplicación de multas y/o sanciones.
• Informar por escrito al Director del Departamento de Recursos Financieros, los incumplimientos del proveedor
para efectos de la aplicación de multas y/o sanciones.
• Velar por la vigencia de las garantías de fiel cumplimiento.
• Todas aquellas que emanen de lo señalado en las presentes bases.
La Contraparte Técnica de la JUNJI podrá además realizar diversos controles de calidad en las distintas etapas del desarrollo
del estudio. Dichos controles serán efectuados en forma aleatoria y sin previo aviso, velando por no interferir en la calidad de
los procesos desarrollados por el contratista. En caso de que dichos controles detecten incumplimiento de actividades en algún
aspecto de cualquier etapa de la realización del estudio, el contratista deberá subsanarlos a la brevedad y tomar las acciones
necesarias para revertir la situación, sin perjuicio de las multas que apliquen.
El responsable de la supervisión administrativa deberá:
• Supervisar y poner a disposición de la contraparte técnica el mecanismo para evaluar el servicio contratado.
• Brindar las herramientas administrativas para apoyar la toma de decisión de la contraparte técnica
• Mantener disponible los antecedentes de la licitación tanto para JUNJI, como para el proveedor.
• Realizar los actos administrativos que se deriven de la toma de decisión por parte de la contraparte técnica
25. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá poner término
anticipado al contrato por incumplimiento del mismo, procediéndose a pagar al oferente adjudicado los servicios
efectivamente entregados y recibidos a satisfacción.
Se consideran incumplimientos de las obligaciones contractuales las siguientes circunstancias que habilitan el término
anticipado del contrato y a la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del mismo:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato al oferente adjudicado.
b) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes
sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) El atraso injustificado, que fuere imputable al oferente adjudicado, conforme a los plazos ofertados, en la entrega
conforme de los servicios (resultado esperado), o para efectuar las correcciones solicitadas por la institución.
f) Cuando el servicio entregado no cumpla con las especificaciones técnicas entregadas por la Junta Nacional de
Jardines Infantiles.
g) Cuando el servicio entregado no corresponda a lo presentado en la Oferta Técnica.
h) Cuando las multas aplicadas excedan el 20% del valor total del contrato.
Se considerará incumplimiento grave cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes conductas: i.
Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el contratista en su oferta; ii. En caso de que el
contratista trasgreda la prohibición de ceder, transferir o traspasar en forma alguna parcial o totalmente, a cualquier
título, el contrato que suscriba con JUNJI o los derechos y obligaciones emanados de él; iii. No existir una garantía de fiel
cumplimiento de respaldo en cualquier momento; iv. El incumplimiento de las limitaciones establecidas para la
subcontratación.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles, pueda ejercer para exigir el
cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización
de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento parcial y/o imperfecto y/o tardío de las obligaciones
del adjudicatario.
El término anticipado del contrato definitivo o su modificación se realizará mediante resolución fundada, que se publicará
en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
25.1. Procedimiento y normas aplicables al término contractual anticipado y al cobro de Garantías de Fiel y
Oportuno Cumplimiento:
El procedimiento y normas aplicables al término contractual anticipado y/o ejecución del documento que garantiza el fiel
cumplimiento del contrato, corresponde al descrito en el presente numeral.
Las notificaciones que se señalan en este numeral se efectuarán mediante carta certificada, y se entenderán practicadas
a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en Oficina de Correos que corresponda.
Los antecedentes que pudieran justificar la aplicación de una (o ambas) de estas medidas, serán remitidas en un informe,
por el Supervisor técnico del contrato de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, al contratista adjudicado. Dicho informe
contendrá el detalle del incumplimiento que dan origen al procedimiento, precisando la normativa de las bases de licitación
y contrato que se trasgrede. El informe y los antecedentes serán notificados mediante carta certificada al domicilio indicado
en el contrato. El proveedor dispondrá de un plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para presentar
sus descargos, ante el Supervisor Técnico del Contrato de la Junta Nacional de Jardines Infantiles domiciliado para estos
efectos en Marchant Pereira N° 726, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Transcurrido este plazo, y con los
antecedentes que la JUNJI disponga y lo que el proveedor haya aportado, la autoridad competente resolverá sobre los
hechos, definiendo en su caso la procedencia de éstas.
La resolución fundada que se emita al efecto será notificada al proveedor en virtud del artículo 46 de la Ley 19.880. La
resolución será impugnable mediante los recursos establecidos en el artículo 59 de la Ley 19.880, dentro de los 5 días
hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de aquélla.
La Resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá ser fundada y publicarse en el sistema de información
de Mercado Público a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
Puesto término anticipado a un contrato por cualquiera de las causales señaladas en el N° 31, salvo las estipuladas en la
letra a), e) y g) del mismo acápite, se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización
o devolución de los saldos respectivos. Adicionalmente, el proveedor deberá responder de las multas que corresponda por
el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la JUNJI con motivo de esta terminación.
Todo, sin perjuicio de las acciones que la JUNJI pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado la
resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
El término anticipado del contrato no dará lugar al pago de indemnización en favor del contratista.
26. PROPIEDAD INTELECTUAL
La Junta Nacional de Jardines Infantiles tendrá la propiedad intelectual sobre todos los productos derivados del estudio,
incluyendo los registros de datos levantados, instrumentos, informes, presentaciones y en general, sobre toda obra que se
elabore con ocasión del cumplimiento del contrato, teniendo la calidad de titular de todos los derechos de autor de los mismos
y pudiendo ejercer todos los derechos que la ley reconoce al efecto. El oferente deberá entregar a la JUNJI todos los archivos
digitales sobre el proceso en general.
El oferente no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, los documentos, resultados y/o
antecedentes del desarrollo del estudio, sin previa autorización escrita otorgada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Esta obligación permanecerá vigente aún después de concluido el contrato objeto de las presentes bases y se hará extensiva
a todas las personas que hayan participado directa o indirectamente en este trabajo por parte del proponente adjudicado.
El oferente será totalmente responsable si se infringe cualquier tipo de patente, marca registrada o derechos de propiedad
industrial o intelectual, y la ley sobre delitos informáticos en los bienes o servicios informáticos que suministra o que emplea
para la ejecución del servicio encomendado. El oferente deberá encontrarse siempre facultado para la ejecución de los servicios
propuestos y contratados.
27. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
El contratista adjudicado deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes que, con ocasión de la presente
licitación y la ejecución del respectivo contrato, la Junta Nacional de Jardines Infantiles le proporcione para efectuar el
servicio requerido. En este sentido, deberá suscribirse el acuerdo contenido en el Anexo Nº10 de esta licitación, el que
una vez suscrito deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
El oferente se obligará en forma irrevocable a que toda información que la Junta Nacional de Jardines Infantiles le haya
proporcionado o le proporcione con motivo del servicio y/o sus anexos, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea
la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos,
escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, videos, archivos computacionales o en cualquiera otra forma.
El oferente deberá diseñar y operar, a su cuenta y riesgo, un protocolo de seguridad interno y externo que permita
mantener la integridad y confidencialidad de la información.
El oferente sólo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos del servicio y no divulgará, publicará
ni permitirá la publicación de todo o parte de la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean
pertinentes para que su personal sólo tenga acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria para el
cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del contrato respectivo.
Al momento de la terminación por cualquier causa del contrato que se origine en virtud de la presente licitación, el
Contratista deberá restituir, según lo indique la Junta Nacional de Jardines Infantiles, la información confidencial y toda
copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, discos,
cintas, disquetes o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma.
En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de
la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la Junta Nacional de
Jardines Infantiles.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del Contratista durante la
vigencia del convenio respectivo, o después de su finalización, dará lugar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles a
entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad
solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten
responsables.
La responsabilidad del respectivo contratista en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores,
representantes, personeros, empleados y/o consultores. En todo caso, la infracción del deber de confidencialidad que pesa
sobre el contratista importará incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato a suscribir.
28. EVALUACIÓN DE PROVEEDORES
Al término del servicio, la Sección de Estudios y Estadísticas del Departamento de Planificación de la Dirección Nacional
de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, deberá evaluar el comportamiento que haya tenido durante la ejecución el
contratista, a través del sistema denominado “Evaluación de Proveedores”.
La información contenida en dicho sistema servirá de base para futuras evaluaciones de que sea objeto el proveedor
producto de licitaciones en las que participe y en las que se contemple el criterio de evaluación “Comportamiento
contractual anterior del proveedor”.
29. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nazcan
del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo.
34. FIJACIÓN DE DOMICILIO
Para los efectos de la presente licitación y su relación contractual, se fija domicilio en la ciudad de Santiago de Chile.
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Bases Técnicas |
CONTRATACIÓN DE “DISEÑO, APLICACIÓN Y ANÁLISIS DE ENCUESTA DE NECESIDADES DE CONCILIACIÓN
DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS”, PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES.
1. Antecedentes
a. Marco teórico1
Tradicionalmente, el concepto de conciliación apunta a identificar y resolver incompatibilidades entre el mundo laboral y
familiar, para lo cual existen distintos enfoques teóricos y conceptuales, así como distintas medidas de políticas públicas.
La conciliación adquiere relevancia a la luz de los cambios en la conformación familiar y en los roles de género, que han
traído como consecuencia la necesidad de conciliar el ámbito laboral con el doméstico. Así, se puede señalar que hoy
existen nuevos equilibrios familiares, acompañados de una menor especialización en la división de roles entre hombres y
mujeres.
Pese a ello, aún hoy las mujeres son las principales encargadas de los cuidados de niños, niñas y adolescentes. Según
datos de la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo, específicamente en cuanto al cuidado de niños(as) de 0 a 4 años, si
bien el 90% de hombres y mujeres dedica algo de su tiempo a estas labores, las mujeres ocupan el doble de tiempo que
los hombres, existiendo además diferencias respecto a las tareas específicas de cuidado. Al respecto, las mujeres dedican
más tiempo que los hombres a labores como acostar, asear o alimentar a los menores, entre otras, mientras que jugar
es la única actividad a la que los hombres le dedican más tiempo que las mujeres (Comunidad Mujer, 2017).
Si bien existen instrumentos internacionales que respaldan la necesidad de la conciliación, tanto en materia de protección
del trabajo como desde una mirada más propiamente económica, éstos se asocian más bien a la protección de la
maternidad y no a una mirada más amplia de las posibilidades de desarrollo de las mujeres. Por otra parte, la normativa
internacional no se ha traducido en políticas públicas consistentes. Así, el enfoque de conciliación ha sido cuestionado
desde los estudios feministas, dado que ha apuntado a aumentar el empleo femenino, a través de dos tipos de actuaciones:
permisos laborales para el cuidado de niños(as) y personas dependientes, y servicios de atención a la vida diaria, estando
en la práctica centradas en las primeras (pre y post natal). La crítica también señala que se habría pasado de un “objetivo
feminista” relacionado con compartir las responsabilidades laborales y familiares entre hombres y mujeres, a un objetivo
orientado al mercado, asociado a que las mujeres puedan combinar trabajo y familia.
Se puede señalar que existen al menos 3 modelos de Estado y políticas públicas en torno a familia y roles de
género. Un elemento relevante bajo este marco lo constituye la desfamiliarización de servicios básicos (trabajo
doméstico), que se traduce en la intervención pública en áreas como políticas sanitarias, educación, vivienda, seguridad
social, servicios a las personas dependientes y niños(as) pequeños (Aguirre, 2007). La acción estatal en este sentido
posibilita fomentar no sólo el trabajo femenino, sino también incidir sobre las relaciones de género que se establecen en
el plano familiar y laboral.
En esta línea cabe mencionar la existencia de un marco de análisis centrado en la economía del cuidado (Esquivel, 2011),
que busca trascender el enfoque de desigualdades asociadas al trabajo no remunerado, doméstico o reproductivo,
ligándolo a áreas de la economía y la política social.
En este marco, Nancy Fraser (1994, citada en Stinus, 2014: 30-32) plantea la existencia de dos modelos de bienestar en
relación al trabajo, la familia y la equidad de género, ante lo cual propone una tercera alternativa.
- El primero es el modelo del proveedor universal, caracterizado por fortalecer la igualdad de género
promoviendo el empleo femenino de tiempo completo y la provisión estatal de servicios de cuidado
1 Gran parte de los señalado en esta sección ha sido recogido del Informe Final del estudio "FACILITADORES Y OBSTACULIZADORES PARA
LA CONCILIACIÓN FAMILIA - TRABAJO EN PADRES/MADRES QUE LABORAN FUERA DEL HOGAR", preparado para el SISTEMA DE
PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA, CHILE CRECE CONTIGO, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en febrero 2018, por la Unión
Temporal de Proveedores entre Objetiva Consultores y Feedback, disponible en http://www.crececontigo.gob.cl/wpcontent/
uploads/2018/04/INFORME-FINAL-ESTUDIO-CONCILIACIO%CC%81N-TRABAJO-FAMILIA.pdf
(desfamiliarización). En función de lo anterior, este modelo (presente en postulados del liberalismo, y del
feminismo en Estados Unidos), favorece a mujeres cuya trayectoria se asemeja más a la masculina.
- En segundo lugar, el modelo de cuidador paritario fomenta la igualdad de género al apoyar el trabajo de
cuidado informal mediante prestaciones económicas, favoreciendo el trabajo de cuidado dentro de la familia
a través de la financiación pública, o a través del fomento al trabajo a tiempo parcial. Este modelo resulta
beneficioso para mujeres con responsabilidades significativas de cuidado, y no busca igualar mujeres con
hombres sino reducir los costos que implica para las mujeres atender a las actividades de cuidado; se
encuentra presente en postulados del feminismo europeo occidental y de la socialdemocracia.
- Por distintas deficiencias de los modelos anteriores, Fraser propone una alternativa: el modelo de cuidador
universal, que induce a los hombres a comportarse como mujeres, donde la norma es combinar el trabajo
remunerado con el trabajo doméstico, desmantelando la dicotomía trabajo/familia y deconstruyendo las
relaciones de género. Bajo este modelo, se asume que los trabajadores también son cuidadores y por tanto
tendrán una carga de trabajo menor a las que tienen los trabajos a tiempo completo, por lo que existen
servicios de cuidado universales. Existirá –se propone- soporte público para las labores de cuidado realizadas
dentro de la familia, por lo que aquellas no serán ejecutadas exclusivamente por los servicios sociales.
Específicamente en términos de políticas públicas en materia de conciliación también se reconocen tres modelos
(OIT-PNUD, 2013), según el tipo de instrumentos de cuidado que se combinen. En primer lugar, se identifica el modelo
nórdico, que se basa en la conjunción de servicios de cuidados y permisos parentales; en segundo lugar, se reconoce un
modelo centroeuropeo, caracterizado por la asociación de permisos parentales y transferencias monetarias; mientras
que en tercer lugar se define al modelo francés, cimentado en la combinación de servicios de cuidados, permisos
parentales y transferencias monetarias (OIT-PNUD, 2013).
Finalmente, es posible señalar que la literatura sobre conciliación o equilibrio familia-trabajo adopta principalmente un
enfoque de conflicto, donde se entiende que familia y trabajo requieren de recursos escasos –como tiempo y energía-, lo
que las tensiona, y dicha tensión desencadena una serie de efectos nocivos tanto en el ámbito familiar (ya sea en los
padres como los hijos(as) como laboral (SERNAM y Universidad de Los Andes, 2014; Bosch et al, 2017). Sin embargo,
también existe un enfoque de enriquecimiento familia-trabajo, en que se apunta a que las actividades y aprendizajes
asociados a distintos roles pueden fortalecerse complementariamente, favoreciendo así tanto el bienestar laboral como
familiar y personal (Bosch et al, 2017; Lapierre y Allen, 2006; Thompson y Prottas, 2005).
Al respecto, la tensión entre condiciones de trabajo y vida personal y familiar puede producir efectos tanto en el desempeño
laboral como como en el propio individuo. Estos efectos, expresados en estrés, pueden conducir a riesgos psicosociales
que tienen efectos laborales.
b. Orientaciones para la Conciliación en JUNJI
Para abordar la temática de Conciliación, es importante mencionar que la Dirección Nacional del Servicio Civil entrega
orientaciones y lineamientos a los distintos organismos públicos, con la finalidad de generar mejoras a la calidad del
empleo, tal cual se expresa en las siguientes orientaciones:
- Instructivo Presidencial N°1 Derechos, Condiciones y Ambientes Laborales basados en el respeto y buen
trato
- Normas del Servicio Civil: relativas a estándares en Ambientes Laborales y Calidad de Vida Laboral, que tienen
por finalidad “potenciar a los servicios públicos para que desarrollen acciones que promuevan ambientes laborales
saludables, de mutuo respeto y no discriminación…”.
En consecuencia, en el año 2016 se aprueba la Política de Desarrollo de Personas de la JUNJI (PDP) estableciendo
orientaciones y directrices para promover prácticas y acciones que pongan a las personas en el centro del quehacer
institucional. De esta política nace la necesidad de implementar un Protocolo de Riesgos Psicosociales (PRP),
instrumento elaborado por el MINSAL que propone entre otras cosas la aplicación del Cuestionario SUSESO-ISTAS 21.
Entre sus resultados destaca la dimensión Doble Presencia con mayor nivel de riesgo, incidiendo directamente sobre la
conciliación de la vida familiar y personal con el trabajo.
En este contexto, como bien se señala en el documento “Contenidos Módulo de Conciliación de la Vida Personal y Familiar
con el Trabajo”, de JUNJI, “…JUNJI asume el compromiso de generar acciones tendientes a elevar la calidad del empleo
público mediante el resguardo de ambientes laborales saludables que propendan al bienestar físico, psicológico y social
de los trabajadores, y así impactar positivamente en los niveles de productividad y en la calidad del servicio entregado a
la ciudadanía”. “En esta línea, instalar la Conciliación como un tema trascendental en la institución, permite hacerse cargo
de una problemática que afecta directamente a los funcionarios dependiendo de sus realidades individuales y teniendo en
cuenta las características particulares de esta institución”2.
• Definición institucional de conciliación
De acuerdo a lo establecido por JUNJI, la definición Institucional sobre Conciliación expresa lo siguiente:
“Cuando en la JUNJI se habla de “Conciliación”, no se hace referencia a la acepción jurídica del término que implica la
comparecencia de distintas partes ante un tercero, si no que alude a la situación de una sola persona que debe transitar
entre sus espacios privados y laborales, intentando equilibrar las demandas que surgen desde diferentes ámbitos de la
vida y que no se encuentran coordinadas entre sí, dando lugar al surgimiento de las llamadas “tensiones conciliatorias”.
Estas tensiones pueden suscitarse debido a que, sumado a los tiempos laborales, existen otros elementos de la vida
pública y privada que requieren ser considerados, como los horarios de atención de los servicios, horarios escolares,
tiempos de traslado, tiempo libre, entre otros”3.
En este sentido, resulta importante para la JUNJI promover mediadas conciliatorias, que busquen identificar las tensiones
que se presentan entre los distintos ámbitos de la vida pública y privada de sus trabajadoras y trabajadores, y de este
modo gestionar las acciones que resulten necesarias para avanzar hacia una mejor calidad de vida laboral y personal.
“Es así como la CVPFT4, será asumida en la institución como el fomento e implementación de medidas y acciones
orientadas a que mujeres y hombres puedan equilibrar de mejor manera las demandas que surgen
desde las tres esferas, a saber, personal, familiar y laboral, tomando en cuenta la existencia de
diversas realidades individuales que implican diferentes necesidades que se deben enfrentar y
conciliar”5.
A partir de lo anterior, para JUNJI es necesario construir una encuesta, que nos permita identificar y abordar las distintas
temáticas que tensionan y afectan a sus trabajadores y trabajadoras, con la finalidad de intencionar las medidas
conciliatorias necesarias.
• Diagnóstico institucional de conciliación
“Según datos actualizados a 2017, la JUNJI es un servicio que cuenta con 17.900 trabajadores aproximadamente, de los
cuales un 83% corresponde a funcionarios y funcionarias, ya sea en calidad de planta o a contrata, y un 8% se encuentra
en calidad de honorarios. La mayoría de estos funcionarios trabajan directamente en Jardines Infantiles significando
aproximadamente el 85% de la dotación, versus un 15% de funcionarios pertenecientes a oficinas, ya sea regionales o
del nivel central.”6
Considerando esto, es un importante antecedente los índices de ausentismo laboral de la Institución, que alcanzan un
promedio de 2,6 días de licencia por funcionario al mes. indicando la necesidad de poner atención en la salud mental de
los trabajadores y las condiciones psicosociales que pudieran afectarla.
La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), “en el año 2017, observa un aumento de la proporción de denuncias
por enfermedades mentales, en comparación con años anteriores”. Se pueden también observar diferencias según sexo
en diagnósticos asociados a patologías calificadas como laborales, (hombres, un 45% de las enfermedades profesionales
correspondió a salud mental, un 69% en mujeres). Estas diferencias entre géneros se visibilizan a modo general, ya que,
para este mismo año, el 46% de las enfermedades profesionales correspondieron a hombres, y el 54% a mujeres7,
situación que se profundiza en las estadísticas de licencias médicas tramitadas por los sistemas de salud, ya sea FONASA
2 Documento “Contenidos Módulo de Conciliación de la Vida Personal y Familiar con el Trabajo”, Gestión y Desarrollo de las personas,
JUNJI.
3 Op.cit.
4 CVPFT: Conciliación de la vida personal y familiar con el trabajo.
5 Op.cit.
6 Op.cit.
7 Informe Anual Estadísticas de Seguridad Social. Superintendencia de Seguridad Social 2017.
o ISAPRES, las cuales indican que, si bien la mayoría de los cotizantes son hombres, las licencias tramitadas por mujeres
duplicaron a las de los hombres en 20158.
Considerando que “un 94% de los funcionarios de la JUNJI son mujeres, grupo social que presenta mayor vulnerabilidad
en el ámbito psicosocial, tal como lo señala el MINSAL a partir de la encuesta ENETS, que establece que “más de dos
tercios de las mujeres reciben menos de 250.000 pesos de ingreso mensual. Asimismo, presentan promedios
significativamente más bajos que los hombres en todas las dimensiones de la calidad de vida (familia, salud, pareja,
trabajo, vida sexual, otros). Es en este grupo donde la doble presencia y la posición de subordinación en el trabajo es más
fuerte”9. Si bien un 73% de las mujeres en la JUNJI tienen entre 25 y 45 años, un 27% tiene entre 45 y 64 años, este es
el grupo etario con mayor auto percepción de melancolía, tristeza y depresión, según el MINSAL10.”11 Como conclusión
podemos decir que las mujeres son un grupo vulnerable a los riesgos psicosociales y a las tensiones conciliatorias que
surgen en el intento por equilibrar las demandas personales, familiares y laborales.
La metodología utilizada para diagnosticar estos riesgos psicosociales y las tensiones conciliatorias fue la aplicación del
Cuestionario SUSESO ISTAS-21 en su versión breve, a todos los funcionarios de la JUNJI, tanto de unidades educativas
como de oficinas, alcanzando el 77% del total de trabajadores. Los resultados que se obtuvieron nos muestran que, con
algunas variaciones entre regiones, el nivel de riesgo asociado a la dimensión Doble presencia es aquel que aparece más
elevado en la mayoría de las regiones, esto significa que, sobre el 50% de los funcionarios percibe que sus preocupaciones
domésticas interfieren con el trabajo.
Frente a estos resultados, se proponen posibles explicaciones al alto nivel de Doble presencia, las que a su vez caracterizan
el tipo de tensiones conciliatorias al interior de la institución.
• Preocupaciones domésticas y familiares
• Horarios y uso del tiempo para conciliación
• Acceso a redes de apoyo
• Desconocimiento de derechos y beneficios
• Desafíos institucionales
• Instalar y socializar del concepto de Conciliación, desde por lo menos tres esferas: Laboral, Familiar y Personal,
siendo ésta última aquella que concierne el tiempo de libre disposición destinado a actividades determinadas por
la persona y su subjetividad.
• Sensibilizar a los trabajadores y a las jefaturas, relevando la importancia de considerar todos los tiempos a conciliar
los cuales representan intereses, necesidades y responsabilidades que no pueden ni deben supeditarse a los
tiempos de otras esferas.
• Generar un entorno laboral que apoye la Conciliación.
• Instalar la necesidad de problematizar los estereotipos que derivan en desigualdades de género, las medidas de
conciliación no pueden pensarse ni dirigirse exclusivamente hacia las mujeres, sino que se debe promover la
igualdad entre los géneros.
2. Servicio requerido
Se requiere el diseño, aplicación y análisis de una encuesta dirigida a funcionarios y funcionarias de JUNJI, tanto de oficinas
como de salas cuna y jardines infantiles, para ser autoaplicada en formato on line.
El diseño de dicha encuesta supone un análisis previo que recoja por una parte las visiones presentes en JUNJI respecto
a las tensiones conciliatorias y por otra, identifique los lineamientos institucionales respecto a conciliación. Este análisis
8 Estadísticas de licencias médicas y subsidio por incapacidad laboral 2015. Fondo Nacional de Salud, Superintendencia de Salud,
Superintendencia de Seguridad Social.
9 Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo, Ministerio de Salud, Chile, 2013.
10 Ídem
11 Documento “Contenidos Módulo de Conciliación…” op. Cit.
considera al menos revisión de material secundario entregado por la institución y levantamiento cualitativo (focus groups
y/o entrevistas con actores clave, particularmente del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas, GESDEP).
Los resultados de la encuesta deben permitir conocer la realidad de las funcionarias y funcionarios de la institución,
identificando datos de aspectos familiares y personales asociados a sus necesidades y dificultades de conciliación, por
ejemplo, familia monoparental y extensa, personas dependientes o con alguna discapacidad, condiciones habitacionales
de los hogares (hacinamiento y allegamiento), rango de ingresos, acceso a redes familiares y redes externas, entre otras.
Estos resultados serán utilizados para actualizar la política de conciliación de la institución.
3. Objetivos
General
• Caracterizar a las funcionarias y funcionarios y recoger las visiones presentes en JUNJI respecto a las tensiones
conciliatorias y los lineamientos institucionales respecto a conciliación.
Específicos
a) A través de un levantamiento cualitativo, identificar la diversidad de visiones presentes en JUNJI respecto a las
tensiones conciliatorias, y las percepciones de las/os funcionarias/os respecto a los actuales lineamientos
institucionales en materias de conciliación.
b) En base al levantamiento cualitativo, realizar un análisis de los tipos de tensiones conciliatorias experimentadas
por los entrevistados y entrevistadas.
c) Utilizando como insumo los resultados le levantamiento cualitativo, elaborar y aplicar un instrumento tipo encuesta
autoaplicada on line, que permita la medición periódica de necesidades de conciliación de todos los funcionarios y
funcionarias de JUNJI, tanto de oficinas como de Salas Cunas y Jardines Infantiles Clásicos de Administración
Directa y Alternativos.
d) Analizar de manera integrada los resultados del levantamiento cualitativo y de la encuesta.
4. Aspectos metodológicos
La Junta Nacional de Jardines Infantiles requiere contratar el servicio de elaboración, aplicación y análisis de la Encuesta
de Necesidades de Conciliación de funcionarias y funcionarios del servicio. Para ello, el estudio propone utilizar un enfoque
metodológico cuantitativo para la etapa de análisis, incorporando previamente una etapa cualitativa con la percepción de
los distintos actores de interés para el diseño.
a. Diseño del Instrumento
Para el proceso de diseño del instrumento se espera que el proveedor realice una revisión de la documentación entregada
por la contraparte técnica de JUNJI, junto a un levantamiento de información cualitativa. El objetivo de esta etapa es
indagar y sistematizar las percepciones de diferentes actores de JUNJI respecto a las tensiones conciliatorias, logrando
identificar lineamientos institucionales respecto a conciliación.
Al menos se contempla levantar información con los siguientes actores:
- 01 Grupo Focal y/o Entrevista grupal online a actores claves de Dirección Nacional de JUNJI, del Departamento de
Gestión de Personas (GESDEP).
- 18 Entrevistas grupales e individuales online a realizar con actores claves a nivel nacional. La contraparte técnica
de JUNJI seleccionará 3 regiones del país para participar en esta etapa.
El trabajo a realizar con cada región seleccionada es la siguiente:
- 01 entrevista grupal con actores claves de Dirección Regional. Los participantes deben ser mínimo 3: el profesional
a cargo de la Subdirección de Gestión de Personas, un funcionario del estamento técnico y un funcionario
estamento profesional
- 02 entrevistas individuales con Directoras y/o Encargadas de Jardines Infantiles. Una de las entrevistas deberá
desarrollarse con una Directora o Encargada de Jardín Infantil Clásico y la otra con una Encargada de Jardín del
Programa Alternativo.
- 01 entrevista grupal con Educadoras de Párvulos. Deberá desarrollarse con un mínimo de 3 personas, se realizará
con funcionarias de Jardines Clásicos.
- 02 entrevistas grupales con Técnicos en Educación de Párvulos. Cada uno de los grupos deberá desarrollarse con
un mínimo de 3 personas. Una de las entrevistas deberá realizarse con funcionarias de Jardines Infantiles Clásicos
y la otra con funcionarias de Jardines del Programa Alternativo.
Cuadro Nº1: Referencia Universo y Muestra aproximada de Párvulos para Encuesta de Familias 2020
POR REGIÓN A NIVEL NACIONAL
- 1 entrevista grupal - Dirección Regional
- 2 entrevistas individuales – Directoras y/o
Encargadas de Jardines Infantiles
- 1 entrevista grupal – Educadoras de Párvulos
- 2 entrevistas grupales – Técnicos en
Educación de Párvulos
- 3 entrevistas grupales - Dirección Regional
- 6 entrevistas individuales – Directoras y/o
Encargadas de Jardines Infantiles
- 3 entrevistas grupales – Educadoras de
Párvulos
- 6 entrevistas grupales – Técnicos en
Educación de Párvulos
TOTAL: 6 ACTIVIDADES TOTAL: 18 ACTIVIDADES
Todas estas actividades están orientadas a dar cuenta de los objetivos específicos a) y b). Se espera que todas sean
realizadas a distancia, utilizando medios tecnológicos.
Además, se deberá realizar al menos un taller de trabajo con la contraparte, a objeto de ir comentando avances en el
diseño del instrumento.
Es importante que, en el trabajo de campo desarrollado con funcionarios y funcionarias de Direcciones
Regionales, se considere paridad de género, a objeto de representar la visión de la masculinidad que está
ausente a en las funcionarias de jardines infantiles.
b. Diseño Muestral y Aplicación de Encuesta
La construcción del instrumento, así como la aplicación de la encuesta, el procesamiento y el análisis de la información
recabada serán responsabilidad de la empresa adjudicada.
La encuesta online estará dirigida a la totalidad de funcionarias y funcionarios de JUNJI. El universo a la fecha (agosto
2020) es de 19.661 personas. Se espera que las empresas propongan un diseño muestral, idealmente con técnicas de
muestreo probabilísticas, en donde por lo menos exista una representatividad por grupo de funcionarios (de oficinas y de
jardines infantiles) y por región.
A continuación, se presenta una tabla descriptiva del universo actual de funcionarios y funcionarias de la Junta Nacional
de Jardines Infantiles.
Cuadro Nº2: Universo de Funcionarios y Funcionarias JUNJI – Agosto 2020
REGIÓN
FUNCIONARIOS/AS
DE JARDÍN
INFANTIL
FUNCIONARIOS/AS
DE OFICINAS
REGIONALES
TOTAL
REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA 570 86 656
REGIÓN DE TARAPACÁ 500 105 605
REGIÓN DE ANTOFAGASTA 652 109 761
REGIÓN DE ATACAMA 474 104 578
REGIÓN DE COQUIMBO 1.175 156 1.331
REGIÓN METROPOLITANA 4.749 412 5.161
REGIÓN DE VALPARAÍSO 1.620 230 1.850
REGIÓN DEL LIB. BERNARDO O´HIGGINS 671 149 820
REGIÓN DEL MAULE 1.449 153 1.602
REGIÓN DEL ÑUBLE 300 66 366
REGIÓN DEL BIOBÍO 1.444 228 1.672
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 1.113 221 1.334
REGIÓN DE LOS RIOS 347 96 443
REGIÓN DE LOS LAGOS 990 154 1.144
REGIÓN DE AYSÉN DEL GRAL. CARLOS
IBAÑEZ DEL CAMPO 327 79 406
REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA
CHILENA 471 80 551
DIRECCION NACIONAL 381 381
16.852 2.809 19.661
Fuente: Elaboración propia, Base de Dotación Efectiva Departamento de Gestión de Personas JUNJI, agosto 2020.
La contraparte Técnica de JUNJI entregará al adjudicado la base de datos actualizada de la nómina de funcionarios/as de
la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) con sus correos electrónicos institucionales.
Independiente del diseño muestral propuesto por el adjudicatario, la muestra mínima de la encuesta debe ser de
4.500 casos.
Para el diseño de este proceso, se debe considerar la posibilidad de acceso por parte de todos los y las funcionarias de
JUNJI a la encuesta on line, desde una plataforma digital proporcionada por la consultora. Se espera que como mínimo la
plataforma de programación de la encuesta cuente con: seguimiento de avance en línea, enviar recordatorios
personalizados a las personas que no han respondido y que sea responsiva para los diferentes dispositivos de acceso.
Adicionalmente la contraparte técnica de JUNJI solicitará una clave de acceso para poder revisar la programación de cada
una de las preguntas del instrumento.
Se deberá realizar un pilotaje del cuestionario con un mínimo de 30 casos exitosos, que deberá cumplir tanto el propósito
de ajustar el instrumento, como el de aportar información para definir ciertos aspectos operativos. Idealmente, debe estar
acompañado por la realización de entrevistas cognitivas en las que se asegure la correcta comprensión de las preguntas
de la encuesta.
El proceso de monitoreo y avance del levantamiento estará a cargo de la consultora adjudicada, deberá enviar
recordatorios a los participantes de la muestra a modo de incentivar las respuestas, con objeto de lograr la mayor
cobertura posible. Adicionalmente se deberá enviar a la Contraparte Técnica de JUNJI reportes semanales que indiquen el
avance del campo por estrato de análisis.
Finalmente, el diseño del plan de análisis definitivo deberá ser aprobado por la Contraparte Técnica de JUNJI.
5. Plan de trabajo
El plan de trabajo contempla 05 grandes fases:
• Fase 1: Afinamiento del plan de trabajo
Durante esta etapa se espera que la consultora realice el diseño metodológico definitivo, prepare el
levantamiento de información y diseñe la estrategia de análisis de información.
Considera actividades tales como:
a) Reunión con contraparte.
b) Revisión de material entregado por la contraparte.
c) Trabajo de gabinete de afinamiento del diseño metodológico.
d) Elaboración de informe del diseño metodológico, que incluye a lo menos instrumentos de
levantamiento de información y plan de trabajo detallado (Informe n°1).
Se espera que esta etapa se extienda por un máximo de 2 semanas.
• Fase 2: Levantamiento cualitativo.
Durante esta etapa se debe realizar las actividades a nivel de dirección nacional, regional y de jardines, así
como sistematizar y analizar la información recogida, a objeto de elaborar un informe que recoja las visiones
presentes en JUNJI respecto a las tensiones conciliatorias e identifique los lineamientos institucionales respecto
a conciliación.
Se espera que la realización de entrevistas se extienda por 4 semanas, contemplando 3 semanas para el
análisis.
• Fase 3: Elaboración de instrumento y pretest
Considerando la información levantada en la fase anterior, durante esta etapa se debe elaborar un instrumento
tipo encuesta, dirigida a funcionarios y funcionarias de JUNJI, tanto de oficinas como de salas cuna y jardines
infantiles, para ser autoaplicada en formato on line.
Ello supone, además del trabajo interno propio de la consultora, realizar al menos un taller de trabajo con
la contraparte, a objeto de ir comentando avances en el diseño del instrumento. También considera aplicar
un pretest de la encuesta, orientado a afinar su diseño, dejándola lista para su aplicación.
Se espera que esta fase se extienda por 05 semanas.
• Fase 4: Aplicación de la encuesta
Esta fase supone como mínimo las siguientes actividades:
- La programación definitiva de la encuesta en la plataforma propuesta por la consultora.
- La difusión del proceso de encuestaje en todos los y las funcionarias JUNJI.
- El acompañamiento permanente del proceso de encuestaje, a través de algún sistema que permita resolver
dudas y contingencias por parte de los y las usuarias.
- El monitoreo del proceso, cautelando alcanzar la mayor cobertura posible de respuestas.
Se espera que esta fase se extienda por 08 semanas.
• Fase 5: Análisis de la encuesta e integración de la información
Esta fase supone:
- La ejecución del plan de análisis.
- El análisis estadístico de la base de datos.
- La elaboración de un informe de análisis que exponga los resultados de la encuesta.
- La elaboración de un informe final que integre los resultados del levantamiento cualitativo con los resultados
de la encuesta.
Se espera que esta fase se extienda por 04 semanas.
6. Equipo
El equipo necesario para realizar el estudio requiere experiencia tanto en levantamientos cualitativos como en el diseño y
aplicación de encuestas. Además, se requiere demostrar experticia en temas de género y política pública, así como en
conocimiento del Estatuto Administrativo y gestión de recursos humanos dentro del Estado.
El equipo mínimo requiere de un/a jefe/a de proyecto y 4 profesionales que se desempeñen en el levantamiento y análisis
cualitativo y en el diseño, aplicación y análisis de la encuesta.
7. Informes y plazos
El desarrollo de la consultoría supone la entrega de cuatro (04) informes de avance y (01) informe final, los que están
alineados con las fases del estudio. El contenido y plazo de entrega de cada uno de ellos se detalla en el siguiente cuadro:
Fase Contenidos del Informe Plazo
máximo
Informe Fase 1:
Afinamiento del
plan de trabajo
Informe de diseño metodológico, que incluye a lo menos:
- instrumentos de levantamiento de información
cualitativo
- plan de trabajo detallado, por fases
- plan de análisis de la encuesta.
10 días hábiles
desde la
reunión de
inicio
Informe Fase 2:
Levantamiento
cualitativo.
Informe que contiene:
- Análisis de las entrevistas
- Análisis consolidado de visiones presentes en JUNJI
respecto a las tensiones conciliatorias, identificando los
lineamientos institucionales respecto a conciliación y
entregando una versión preliminar de los temas a
abordar en la encuesta.
- Como anexos, deben entregarse audios y
transcripciones de las entrevistas realizadas.
55 días hábiles
desde la
reunión de
inicio
Informe Fase 3:
Elaboración de
instrumento y
pretest
Informe que contiene desarrollo del trabajo de la fase,
incluyendo:
- Resultados del taller de trabajo con la contraparte
- Resultados del pretest de la encuesta.
- Versión definitiva de la encuesta.
95 días hábiles
desde la
reunión de
inicio
Informe Fase 4:
Aplicación de la
encuesta
Informe que contiene:
- Descripción de la programación definitiva de la
encuesta en la plataforma propuesta por la consultora.
- Descripción del proceso de encuestaje, incluyendo
facilitadores y obstaculizadores.
- Descripción del acompañamiento al proceso realizado
por la consultora, detallando dudas expresadas por
usuarios y usuarias y contingencias.
- Descripción del monitoreo del proceso.
- Base de datos de la encuesta.
150 días
hábiles desde
la reunión de
inicio
Informe Fase 5:
Análisis de la
encuesta e
integración de la
información
Informe final que contiene:
- Los objetivos de la consultoría.
- La metodología utilizada.
- La descripción completa del proceso de la consultoría.
- Los resultados de la encuesta.
185 días
hábiles desde
la reunión de
inicio
- Las conclusiones del estudio, con foco en los aspectos
centrales donde requiere ser actualizada la política de
conciliación.
Resumen ejecutivo.
Presentación en power point sobre el estudio.
8. Contenido de la propuesta técnica
La propuesta técnica debe contener:
1. Objetivos general y específicos del estudio
2. Marco teórico sobre Conciliación.
3. Dimensiones del estudio, desarrollado en base al marco teórico, incluyendo categorías generales que agrupan los
objetivos de la investigación, y proponiendo preguntas de interés para cada categoría, a objeto de orientar la
respuesta de cada objetivo de investigación de manera clara y sistematizada. Deben ser coherentes entre sí y con
respecto a los objetivos de la investigación. El oferente puede proponer las preguntas necesarias para cubrir el
objetivo general y los específicos, presentados en las Bases.
4. Diseño metodológico, incluyendo descripción de las técnicas a emplear y los instrumentos a utilizar. Se espera
que el proveedor realice una propuesta preliminar de las dimensiones y preguntas a abordar con cada uno de los
actores y los instrumentos que se utilizarán para ello. También debe incluir el nombre y la descripción detallada de
la plataforma tecnológica de aplicación de encuestas, indicando ventajas tales como capacidad, reportabilidad y
otras. Se debe indicar la cantidad de tiempo que la empresa ha trabajado con esa plataforma.
5. Plan de trabajo, donde se detalle cómo se abordará cada una de las etapas del estudio y su implementación. Debe
incluir capacitación del equipo de trabajo, de acuerdo a lineamientos entregados por la Contraparte Técnica de
JUNJI.
6. Mecanismos de contingencia a considerar en cada una de las etapas, que aseguren el buen desarrollo del servicio
dentro de los plazos establecidos.
7. Presentación de la metodología de análisis de la información cualitativa y cuantitativa, considerando diferentes
niveles de aproximación, como actor/es, estamentos, territorialidad, etc. Esta presentación debe ser pertinente y
coherente con los objetivos específicos definidos para el estudio.
8. Carta Gantt con la programación detallada por semana de las etapas a realizar, destacando plazos para cada etapa
e hitos relevantes en el desarrollo del proyecto
9. Organigrama del equipo de investigación con un breve perfil profesional de cada integrante del equipo, las
actividades que realizará y el tiempo de dedicación al proyecto en horas semanales de trabajo. Se debe señalar
claramente quién será el/la Jefe de Proyecto, qué actividades realizará y cuál será la dedicación en horas que le
otorgará a este proyecto.
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