Licitación ID: 527481-55-LE25
ADQUISICION DE INSUMOS PARA VETERINARIO
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MINICIPALIDAD DE COMBARBALA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 46
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidades de inyección o succión veterinaria o accesorios 1 Unidad
Cod: 42121507
Se requiere farmacos para las consultas gratuitas que realiza el veterinario a sectores rurales y urbanos de la comuna de Combarbalá  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION DE INSUMOS PARA VETERINARIO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE LA ADQUISICION DE FARMACOS PARA QUE EL VETERINARIO PUEDA REALIZAR CONSULTAS GRATUITAS A SECTORES RURALES Y URBANOS DE LA COMUNA DE COMBARBALA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
OFICINA SECPLAC
R.U.T.:
69.041.100-8
Dirección:
Arturo Prat 350
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-09-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 16-09-2025 16:45:43
Fecha inicio de preguntas: 16-09-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 19-09-2025 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-09-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-09-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-09-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-10-2025 12:13:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
Documentos Técnicos
1.- SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CRITERIO PROGRAMA INTEGRIDAD Y COMPLIANCE SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS 2%
2 GARANTIAS SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS 20%
3 DISPONIBILDAD SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS 25%
4 Cumplimiento de los requisitos SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS 23%
5 Precio SEGUN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 14357229
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: PABLO TOLEDO ASTORGA
e-mail de responsable de pago: PTOLEDO@COMBARBALA.CL
Nombre de responsable de contrato: YOVANA MUÑOZ COFRE
e-mail de responsable de contrato: dideco@combarbala.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904400-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se procederá con la readjudicación de la licitación, en caso de que el proveedor adjudicado incurriese, en alguna de las siguientes situaciones: • Desista de la adjudicación, • No se encuentre habilitado en el Registro de Proveedores, • Se encuentre afectado por una inhabilidad legal al momento de aceptar la orden de compra, • No presente la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Si ocurriese cualquiera de las situaciones mencionadas, el Mandante adjudicará a la segunda oferta mejor evaluada y así sucesivamente.
Resolución de Empates

En caso que dos o más ofertas obtengan el mismo puntaje, se adjudicará a la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Precio ”, en caso de persistir el empate se privilegiará a la empresa que tenga mayor ponderación en el criterio “Disponibilidad”, si aún persiste el empate se privilegiará a la empresa que tenga mayor ponderación en el criterio “Cumplimiento de Requisitos” y por ultimo si se mantuviese la igualdad se privilegiará a la empresa que tenga mejor ponderación en el criterio “Garantía del Producto”. 


Pacto de integridad

Según Artículo 1, Punto 48, Inciso 12 de la Ley 21.634 (Artículo 35 quáter), ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.


Readjudicacion
Se procederá con la readjudicación de la licitación, en caso de que el proveedor adjudicado incurriese, en alguna de las siguientes situaciones: • Desista de la adjudicación, • No se encuentre habilitado en el Registro de Proveedores, • Se encuentre afectado por una inhabilidad legal al momento de aceptar la orden de compra, • No presente la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Si ocurriese cualquiera de las situaciones mencionadas, el Mandante adjudicará a la segunda oferta mejor evaluada y así sucesivamente.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.