Licitación ID: 1126-15-LE25
Consultoría PAE para Ñocha Malen y Rayen Voygue
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Asesorías en planificación estratégica 1 Global
Cod: 80101504
Línea 1: Asesoría PAE para: GPA Agrupación de artesanas Ñocha Malen.  

2
Asesorías en planificación estratégica 1 Global
Cod: 80101504
Línea 2: Asesoría PAE para: EAC Asociación Gremial de pequeños agricultores y artesanos Rayen Voygue.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Consultoría PAE para Ñocha Malen y Rayen Voygue
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere de la contratación de los servicios de un consultor externo para la provisión de asesoría técnica del Programa de Asociatividad Económica – PAE, para el grupo Pre-Asociativo Agrupación de Artesanas Ñocha Malen y a la Empresa Campesina Asociación Gremial Pequeños Agricultores y Artesanos Rayen Voygue”, región del Biobío.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región del Bio Bio
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Serrano 529
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-08-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 29-07-2025 19:30:24
Fecha inicio de preguntas: 29-07-2025 20:00:00
Fecha final de preguntas: 01-08-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-08-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-08-2025 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-08-2025 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 03-10-2025 11:31:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION.
Documentos Técnicos
1.- SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION.
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterios Técnicos SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION 70%
2 Criterios Economicos SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION 20%
3 Criterios Administrativos SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 24-09-415181 y 24-09-421 179
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Según lo establecido en el punto 14. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO de las Bases Administrativas de Licitación
Observaciones Total 58.264.000 distribuido en: Línea 1: 27.432.000. Línea 2: 30.832.000.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: BARBARA VALENZUELA BRAVO
e-mail de responsable de pago: bvalenzuela@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: Sara Carrasco
e-mail de responsable de contrato: scarrasco@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2184800-4807
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SEGUN LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 15. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LAS BASES ADMNINISTRATIVAS DE LICITACION
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 31-01-2028
Monto: 5 %
Descripción: 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de serviciosDEL PROGRAMA DE ASOCIATIVIDAD ECONOMICA – PAE, AL GRUPO PRE-ASOCIATIVO AGRUPACIÓN DE ARTESANAS ÑOCHA MALEN Y A LA EMPRESA CAMPESINA ASOCIACIÓN GREMIAL PEQUEÑOS AGRICULTORES Y ARTESANOS RAYEN VOYGUE, REGIÓN DEL BIOBÍO 2025.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes. Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato. INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en la cláusula 18.1 y 18.3 (ambas último inciso), 18.4 punto 7, 18.4 punto 11 y 18.4 punto 12 de las presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el adjudicatario podrá presentar uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
11.1. RE-ADJUDICACIÓN La re-adjudicación podrá ser ejercida cuando el proveedor originalmente adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1. Que se encuentre inhábil o que Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; 2. Que desista de su oferta. 3. Que se rehúse a suscribir el contrato yo aceptar la orden de compra indicado el inciso noveno del artículo 58 del Reglamento de Compras Ley N° 19.886; 4. Que no entregue la documentación requerida para contratar, así como el no cumplimiento de las demás condiciones y requisitos para la suscripción de contrato, según lo indicado en la cláusula 12 de este documento. 5. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 6. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en la cláusula N° 22 de estas bases de licitación. INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
11.2. MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a gasprea@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. Si esta consulta tiene relación con el proceso de evaluación, ésta será derivada a la comisión evaluadora, quien deberá emitir un acta, con la respuesta correspondiente.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social Respecto a cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social (obligaciones laborales y previsionales) se indica que: INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la Ley N° 20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto a sus trabajadores, previo requerimiento de INDAP. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En el caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor del subcontratista, el monto de que es responsable, debiendo pagar con esta retención a los trabajadores o institución previsional acreedora, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. De la misma forma, en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, INDAP estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, según lo establece el artículo 124 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886. El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que del oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Las ofertas tendrán una vigencia de 120 (ciento veinte) días corridos contados desde el cierre de recepción de estas. Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados en estas bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso o guardado por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo “Comprobante de envío de oferta”. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto, a excepción del artículo 115 del Decreto 661, Reglamento de la Ley de Compras 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Pacto de integridad
22. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos y obligaciones: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, que pudiera implicar un conflicto de intereses presente o futuro, entre el respectivo proveedor e NDAP. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estos términos de referencia, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8. No tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de INDAP. 9. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso de contratación es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 10. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 11. El proveedor, una vez iniciado el procedimiento de contratación, se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo re-adjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N°11.1 de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula N° 17.1 y cláusula 11, de estas bases de licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.