Licitación ID: 1230750-7-LE26
SISTEMA CONTROL ASISTENCIA CORPORACIÓN
Fecha de Cierre: 27-02-2026 12:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 45
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de sistema experto 1 Unidad
Cod: 43231511
SISTEMA CONTROL ASISTENCIA CORPORACIÓN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SISTEMA CONTROL ASISTENCIA CORPORACIÓN
Estado:
Publicada
Descripción:
Contratar la provisión e implementación de un Sistema de Control de Asistencia, mediante reloj control y aplicación asociada, que permita el registro, gestión y monitoreo eficiente de la asistencia del personal de la Corporación, asegurando trazabilidad, confiabilidad de la información y cumplimiento de la normativa laboral vigente.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Corporación Municipal De Cultura y Deportes de Recoleta
R.U.T.:
65.733.150-3
Dirección:
AV RECOLETA 3005
Comuna:
Recoleta
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-02-2026 12:00:00
Fecha de Publicación: 17-02-2026 12:18:00
Fecha inicio de preguntas: 19-02-2026 15:00:00
Fecha final de preguntas: 23-02-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-02-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-02-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-02-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 04-03-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°5
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C5 = ((PM/PE) *100) * 0,60 60%
2 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05 5%
3 Sustentabilidad 1. Inclusión de género El oferente es una Empresa liderada por una mujer. Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer) 2. Fomento a empresas de menor tamaño. El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05 5%
4 Programas de integridad Se entenderá por programas de integridad todo sistema de gestión destinado a prevenir, y cuando corresponda, detectar y sancionar eventuales incumplimientos de leyes, normativas, códigos o procedimientos internos dentro de una organización. Su finalidad es fortalecer una cultura institucional basada en el cumplimiento y la transparencia, asegurando que estos lineamientos sean realmente comprendidos y aplicados por todo el personal. Cada oferente deberá presentar documentación que acredite que su programa de integridad es difundido y conocido por sus trabajadores y trabajadoras, pudiendo adjuntar, entre otros, comunicados internos, correos informativos, registros de capacitación o nóminas firmadas que den cuenta de dicha divulgación. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su pers 5%
5 Plazo de habilitación/implementación Se evaluará el plazo de habilitación que el oferente proponga para la instalación, configuración y puesta en funcionamiento de los equipos, contado desde la emisión de la Orden de Compra hasta su total operatividad. Este criterio tiene por objeto asegurar que los equipos queden habilitados en el menor tiempo posible, garantizando la continuidad operativa de las dependencias y la oportuna implementación del sistema. Plazo propuesto de ejecución del servicio Puntaje Asignado 2 días hábiles 100 4 días hábiles 75 6 días hábiles 50 8 días hábiles 25 10 días hábiles 0 IMPORTANTE: LA OFERTA NO PODRÁ SUPERAR LOS 10 DÍAS HÁBILES, DE LO CONTRARIO SERÁ DECLARADA INADMISIBLE. EN CASO DE NO INDICAR PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN, LA OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE. Puntaje C5: Puntaje Tabla * 0.10 10%
6 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 2 experiencias 50 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Anexo N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 2 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 2 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Anexo N°3. La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso de que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,15 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONDOS PROPIOS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: OSVALDO RAMOS
e-mail de responsable de pago: oramos@deportesrecoleta.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
De la contratación
El contrato será de ejecución en el tiempo, pero de implementación acorde al plazo establecido por el oferente, a partir del momento de hacer envío de la Orden de Compra. En términos generales, el servicio tendrá una duración de 36 meses a contar desde el envío de la Orden de Compra.
FACTURACIÓN
El contratista deberá facturar de forma mensual, una vez recepcionados los servicios y/o productos de manera conforme. La(s) factura(s) deberá(n) venir emitida con la siguiente información: RAZÓN SOCIAL Corporación Municipal de Cultura y Deportes de Recoleta DIRECCIÓN INOCENCIA N°2711 RUT 65.733.150-3 GIRO Fundaciones y Corporaciones asociadas que promueven actividades culturales y recreativas GLOSA Número y nombre de servicio, con breve descripción del servicio DOC. REFERENCIA 1230750-7-LE26 FOLIO ID de la Orden de compra portal Una vez emitidas, deben ser enviadas en un plazo de 24 horas a compras@deportesrecoleta.cl con copia a financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.
MULTAS
I. INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales según lo establecido en la Ley N° 19.886 deberán ser proporcional al monto adjudicado y, a su vez, no podrán superar el 30% del valor total indicado en el contrato. a) Multa por atraso: corresponde a la sanción, cada vez que el proveedor no de cumplimiento a la fecha de ejecución de la implementación o prestación de servicio, comprometida según lo ofertado por este. Se expresará en una multa que corresponderá al 3% del contrato por día de atraso. b) Multa por servicio incompleto: corresponde a la sanción cuando el proveedor no da cumplimiento a la totalidad de lo descrito en la orden de compra y despacha o ejecuta el servicio de manera incompleta. Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del valor del valor total adjudicado por día de atraso en completar el resto de la orden de compra c) Multa por atraso de aceptación de la Orden de Compra: corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de cumplimiento a la aceptación de la Orden de Compra en el plazo estipulado (48 horas desde su envío). Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del pedido del valor del contrato, por orden de compra emitida. d) Multa por incumplimiento de soporte técnico ante fallas del servicio: corresponde a la sanción cada vez el proveedor incumpla con el soporte técnico ofertado. Se expresará en una multa que corresponde al 3% del valor total adjudicado, por día de atraso. e) Multa por confidencialidad de datos personales: corresponde a la sanción cada vez el proveedor incumpla con el resguardo de datos internos o cuando exponga información relevante de datos de estricta confidencialidad. Se expresará en una multa que corresponde al 3% del valor total adjudicado. Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10% del monto del contrato son: • Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra. • Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas. • Incurrir en falsedad en el cobro de los productos. • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El oferente solo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos del respectivo proceso y no divulgará, publicará, ni permitirá la publicación de todo o parte de la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal solo tenga acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato.
SOPORTE ANTE INCIDENTES
Se requiere de un proceso de soporte ante incidentes, destinado a la resolución de incidentes técnicos y funcionales de la plataforma digital, con el objetivo de restablecer la continuidad de la operación del sistema. El oferente deberá entregar un plazo de respuesta 6 horas y de resolución de problemas un máximo 24 horas, ante cualquier incidente que presente la plataforma.
CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE DATOS
Para los efectos del presente contrato, se entenderá por "información confidencial" a toda información, sea completa o parcial, verbal o escrita, independiente del medio en que conste o se transmita, que las partes reciban la una de la otra y que sea designada como tal. La información confidencial será mantenida en estricta reserva por las partes, quienes deberán mantener la debida confidencialidad de los datos, bases de datos, documentos y a todos los archivos informáticos a que tenga acceso con motivo del presente contrato, quedándole expresamente prohibido divulgarlos, publicarlos, fotocopiarlos, copiarlos o distribuirlos a terceros extraños a este contrato o hacer cualquier uso indebido de ellos. Estas informaciones y datos sólo podrán ser revelados por instrucción de la parte divulgadora. El proveedor guardará especial atención y se obliga a mantener la confidencialidad de los datos a que pueda tener acceso en virtud del presente contrato. En este sentido, el proveedor no podrá recolectar, almacenar, transferir, transmitir, comunicar, tratar, ceder o usar, de cualquier forma, los datos indicados anteriormente, salvo que dichas acciones sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones consignadas en el presente contrato y/o que medie una autorización escrita por parte del representante legal del órgano contratante. En ningún caso se entenderá que el proveedor tiene algún derecho sobre datos personales que se le han entregado, ni se entenderá que su titular ha prestado su consentimiento para dicho tratamiento. El proveedor adoptará todas las medidas conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la información confidencial del órgano contratante. En todo momento durante el periodo de vigencia del contrato, el órgano comprador tendrá el derecho de acceder a sus datos almacenados, así como tendrá también la capacidad de extraerlos, a su cuenta y riesgo. El proveedor conservará los datos de la entidad almacenados en éste cuenta con funcionalidad limitada durante los 60 días siguientes a la expiración o terminación del contrato, de tal modo que la entidad pueda extraer los datos. Una vez que finalice el periodo de conservación de 60 días, el proveedor deshabilitará la cuenta del órgano comprador y eliminará sus datos.
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
El proveedor deberá adoptar todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que sean efectivas para efectos de evitar que la información del órgano contratante sea accedida por terceros no autorizados. Lo anterior se extiende, además, a las comunicaciones electrónicas de dicha información entre el proveedor y el órgano comprador. En tal caso, el proveedor deberá emplear las medidas de seguridad que sean necesarias y adecuadas para que estas comunicaciones no sean interceptadas. Para lo anterior, seguirá los estándares de seguridad establecidos en el decreto N° 83, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos, o aquella norma que lo reemplace.
NOTIFICACIÓN DE INCIDENTES DE SEGURIDAD
Si el proveedor tuviese conocimiento de cualquier acceso ilícito a los datos de la entidad y sus datos de soporte, almacenados en sus equipos o instalaciones, o tuviese conocimientos de un acceso no autorizado a dichos equipos o instalaciones y, tuviera como resultado la pérdida, revelación o alteración de los datos de la entidad (en adelante cada uno un "incidente de revelación o alteración de los datos de la entidad (en adelante cada uno un "incidente de seguridad"), el proveedor deberá sin demora notificar el incidente de seguridad al órgano comprador, investigar el incidente de seguridad y proporcionar a la entidad información detallada sobre el incidente de seguridad y tomar medidas razonables para mitigar los efectos y minimizar los daños resultantes del incidente de seguridad. Las notificaciones de incidentes de seguridad se remitirán a uno o más administradores de la entidad a través de cualquier medio que el proveedor seleccione, incluyendo correo electrónico. Es responsabilidad exclusiva de la entidad asegurarse de que sus administradores mantengas en todo momento los datos de contacto exactos y actualizados. La obligación del proveedor de notificar o responder a un incidente de seguridad según lo previsto en esta sección no constituye reconocimiento por parte del proveedor en cuanto a incumplimiento o responsabilidad alguna con respecto al incidente de seguridad. La entidad deberá notificar al proveedor, sin demora, acerca de cualquier posible uso indebido que se haya producido en sus cuentas o credenciales de autenticación, o acerca de cualquier incidente de seguridad relacionado con la prestación de los servicios contractuales.
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Si se presentase una situación de fuerza mayor o caso fortuito en los términos que se encuentra definido por el artículo 45 del Código Civil, el proveedor deberá notificar al órgano contratante inmediatamente y por escrito de dicha situación y sus causas, quedando excusada de cumplir las obligaciones que emanen del presente contrato, desde el momento de la ocurrencia de la fuerza mayor o caso fortuito hasta la desaparición de esta. Si la situación de fuerza mayor o caso fortuito se prolongase más allá de lo razonable o previsible, según la naturaleza del bien o servicio comprendido en el contrato, o fuere evidente que éste ya no podrá cumplirse, el órgano contratante estará facultado para resolver el contrato, conforme a las normas de la legislación vigente. Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso se considerará caso fortuito o causal de fuerza mayor lo siguiente: a. El embargo de los bienes del proveedor. b. Las acciones que pueda ordenar las autoridades competentes que impidan al proveedor desarrollar su labor por no cumplir con las disposiciones legales o reglamentarias que le correspondan. c. La huelga de los trabajadores del proveedor o de alguno de sus contratistas o subcontratistas.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El proveedor se compromete a observar lo establecido en la Ley N° 19.628 de Protección de la Vida Privada y demás legislación chilena aplicable, respecto de la protección de datos personales. En particular, deberá destruir o eliminar los datos de carácter personal o cualquier soporte o documento en que éstos se incorporen, a la finalización del presente contrato o por requerimiento expreso y por escrito del órgano comprador. Las obligaciones derivadas de la presente estipulación se extinguirán en el momento en que los datos de carácter personal hayan sido completamente borrados o eliminados del equipo de almacenamiento de datos o de algún modo, destruidos o convertidos en inaccesibles. El proveedor se compromete adoptar, actualizar y mantener las medidas organizativas y técnicas que estime necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, impidiendo cualquier alteración, pérdida, tratamiento, procesamiento o acceso no autorizado. Esta obligación se desarrollará de conformidad con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que estén expuestos ya sea que prevengan de la acción humana o del medio físico o natural.
USO DE LOS DATOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA
Los datos de la entidad se utilizarán únicamente para prestar al órgano comprador los servicios contratados, incluyendo finalidades compatibles con la prestación de dichos servicios. El proveedor no utilizará los datos de la entidad, ni derivará información de ellos, para finalidades publicitarias o finalidades comerciales similares. Por lo que respecta a las partes, la entidad conserva todos los derechos, la titularidad y los intereses sobre sus datos.
SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Corporación. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
DE LOS SERVICIOS
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases. Asimismo, el personal del proveedor deberá contar y entregar certificado de inhabilidad para trabajar con menores.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.