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TÍTULO PRIMERO DEL OBJETO DE LA LICITACIÓN |
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Contratar el Servicio de control de vectores (Desinsectación, Fumigación, Sanitización y desratización) para las oficinas del Sernapesca Región de Coquimbo, con el objetivo de mantener en óptimas condiciones de higiene, seguridad y libre de plagas de insectos y roedores las oficinas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Región de Coquimbo. De tal manera, se individualiza en el apartado de las bases técnicas, por un plazo de 24 meses, sin renovación, y en conformidad a lo dispuesto en estas bases y en el contrato respectivo.
OFICINAS DIRECCIÓN
Dirección Regional Oficina N°709, Piso 7 y 6, Edificio Arena, Avenida Videla N°340, Coquimbo.
Dirección Regional 3 Bodegas en el subsuelo del edificio arenas piso -2
Anexo Coquimbo Juan Melgarejo N°955, Coquimbo
Tongoy Lord Cochrane N°815, Tongoy, en la caleta de Tongoy.
Los Vilos Galvarino N°250, Los Vilos
Caleta Punta de Choros Julia Vergara 22, Punta de choros, comuna de la Higuera.
El proveedor adjudicado deberá realizar el servicio de control integral de plagas y desratización en todas las dependencias, tanto internas como externas, incluyendo los entretechos de fácil acceso, con los insumos y productos incluidos en el servicio ofertado.
El personal del proveedor que resulte adjudicado en desarrollar la prestación de Servicio de control integral de plagas y desratización en las oficinas y bodegas detalladas anteriormente, deberá tener las Resoluciones de autorización del Servicio de Salud, así como también conductas adecuadas de atención al cliente y autocuidado.
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TÍTULO SEGUNDO NORMATIVA APLICABLE |
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La presente licitación pública se regirá por la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, “la Ley de Compras”); su Reglamento, aprobado mediante Decreto N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda (en adelante, “el Reglamento”); por la Ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; por sus correspondientes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos (en adelante, “las Bases”), y por las respuestas y aclaraciones a las Bases, formuladas por la Entidad Licitante, si las hubiere, ya que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas.
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TÍTULO TERCERO NOTIFICACIÓN Y PLAZOS |
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Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal www.mercadopublico.cl los plazos, para efectos de esta licitación, serán de días hábiles, esto es, no se considerarán para su cómputo los días sábado, domingo y festivos, salvo que se señale expresamente que el plazo de una determinada actuación es de días corridos, caso en el cual, si el último día del plazo es inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
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TÍTULO CUARTO SUJETOS HABILITADOS PARA PRESENTAR OFERTAS |
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Podrán participar y estarán habilitados para presentar ofertas en la presente licitación toda persona natural y/o jurídica, que:
1.- Que cumpla con los requisitos establecidos en estas bases, en su llamado y en los documentos anexos de la propuesta;
2.- Que cumpla con lo dispuesto en el Artículo 4°, inciso primero, de la Ley N°19.886, de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, esto es, que no haya sido condenada por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
El cumplimiento de los requisitos indicados en el numeral 2 de este Título se verificará mediante la acreditación pertinente en el Portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl, y, en su defecto, de no estar inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, mediante las declaraciones juradas que deben presentar los oferentes, conforme al Anexo Nº 2 Lo anterior, sin perjuicio de las facultades del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
No obstante, las personas naturales y/o jurídicas que participen en la presente licitación podrán hacerlo individualmente o en la forma de una Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el artículo 180 del nuevo Reglamento. Las causales para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente y en las presentes bases, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
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TÍTULO QUINTO CONSULTAS, RESPUESTA Y ACLARACIONES |
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Los interesados podrán formular, a través del Portal de Mercado Publico www.mercadopublico.cl, las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, en el período comprendido entre el día de inicio y el día final de las consultas que se indican en el calendario de la licitación.
Las consultas se responderán, por esa misma vía, siempre que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Luego de analizar las consultas formuladas, y en la fecha indicada en el calendario de la licitación, el Licitante pondrá las respuestas a disposición de todos los oferentes en el portal con el nombre de la presente licitación.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el Portal de Mercado Público, www.mercadopublico.cl, la Entidad Licitante podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y/o dificulte la obtención de buenas ofertas.
No obstante, lo anterior, las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes bases en lo concerniente a sus aspectos esenciales. En ese sentido, las respuestas y aclaraciones, se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
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TÍTULO SEXTO DE LA SELECCIÓN DEL PRODUCTO Y/O SERVICIO |
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Código ONU del Producto o Servicio 72102103
Cantidad 24
Unidad de Medida Meses
Especificación del Comprador: La contratación del servicio control integral de vectores (Desinsectación, Sanitización y desratización) de las dependencias de las oficinas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura región de Coquimbo, según lo requerido en las presentes bases.
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TÍTULO SÉPTIMO DE LOS ANTECEDENTES DEL ORGANISMO DEMANDANTE |
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Antecedentes básicos del Organismo demandante
Razón Social Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura
Unidad de Compra Dirección Regional de Pesca y Acuicultura – Región de Coquimbo
Rut 60.701.009-9
Dirección Av. Videla N° 340, Oficina 709
Comuna Coquimbo
Región Coquimbo
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TÍTULO OCTAVO DE LOS ANTECEDENTES DEL TIPO DE PUBLICACIÓN |
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Nombre de la Adquisición Servicio control integral de plagas y desratización de las dependencias de las oficinas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Coquimbo. Mediante un convenio de suministro por un período de 24 meses.
Tipo de Adquisición Igual o superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria Abierta
Tipo de adjudicación Simple.
Moneda Pesos Chilenos
Etapas del Proceso de Apertura En una etapa
Contrato A través de la emisión y aceptación de la orden de compra
Toma de Razón de la Contraloría No requiere toma de razón por la Contraloría
Publicidad de las Ofertas Técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
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TÍTULO NOVENO DE LAS ETAPAS Y PLAZOS |
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Detalle Fecha Hora
Fecha de cierre de recepción de ofertas Mínimo, 10 días corridos desde la publicación en el portal, no pudiendo vencer en un día inhábil, ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
Fecha de Acto de Apertura Electrónica La indicada en la publicación en el portal. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
Fecha de Acto de Apertura Técnica La indicada en la publicación en el portal. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
Fecha de Acto de Apertura Económica (referencial) La indicada en la publicación en el portal. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
Fecha Inicio de Preguntas El día de la publicación. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
Fecha final de Preguntas El quinto día corrido siguiente al de publicación. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
Fecha de Publicación de Respuestas El séptimo día corrido contado desde la fecha de publicación. La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl
OTROS PLAZOS
Tiempo estimado de evaluación de ofertas en días 5 días hábiles, contados desde el cierre de recepción de las ofertas.
Fecha estimada de Adjudicación Máximo 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación del acta de evaluación.
Fecha estimada de firma del contrato correspondiente La orden de compra que formaliza la adquisición deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro de 24 horas en el portal www.mercadopublico.cl
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TÍTULO DÉCIMO DEL MONTO Y DURACIÓN DEL CONTRATO |
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Monto estimado a gastar durante la vigencia del contrato $7.000.000.-
Indicar el monto total estimado en letras Siete millones de pesos (IVA Incluido)
Moneda Pesos Chilenos.
Duración del Contrato Contrato de ejecución en el tiempo.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Modalidad de Pago Contra factura, en los términos expresados en las presentes bases.
Responsable del Contrato Cristian Gómez Gaete
Mail cgomezg@sernapesca.cl
Subcontratación
Prohibición de subcontratación No
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TÍTULO DÉCIMO PRIMERO PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas sólo podrán presentarse en formato electrónico a través del Portal www.mercadopublico.cl, hasta la hora de cierre del último día de plazo de recepción de ofertas, indicado en el calendario de la licitación.
En el evento que ocurra alguna de las circunstancias detalladas en el numeral 3° del artículo 115 del Decreto N° 661, de 2024, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas, el Proveedor afectado deberá acreditar fehacientemente la concurrencia de tales causales. Sin embargo, tratándose de indisponibilidad técnica del sistema, dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de Compras, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Una vez acreditadas las referidas circunstancias, el oferente podrá entregar los antecedentes legales requeridos en soporte papel en la Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, ubicada en calle Av. Videla N° 340, Oficina 709, de la ciudad de Coquimbo, en un sobre cerrado dirigido a nombre de la Srta. Cecilia Carrizo Rojas Encargada Regional de Administración y Finanzas y a su subrogante Nadia Castro Araya, quienes serán las funcionarias encargadas de custodiar tales documentos hasta la fecha de apertura de las ofertas, a más tardar el último día del cierre de recepción de ofertas. Si ocurrida esta circunstancia el oferente no presentó los documentos dentro del plazo estipulado, no será evaluada la oferta presentada.
En el exterior del sobre se indicará:
- Nombre de la Licitación.
- Identificación, domicilio y teléfono del participante.
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TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO CONTENIDO MÍNIMO DE LAS OFERTAS |
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Los interesados deberán presentar a través del Portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital, los documentos que se detallan a continuación, todos debidamente firmados y con el formato establecido en las presentes bases:
a) Antecedentes administrativos
• Anexo Nº 1: Identificación del proponente
• Anexo Nº 2: Declaración Jurada Simple, debidamente firmada, sobre inhabilidades e incompatibilidades para presentar ofertas. (Sólo debe presentarse en caso de no encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado)
• Anexo Nº 3: Declaración Jurada Ley 20.393. (Solo debe ser acompañada por los oferentes que sean persona jurídica)
• Anexo N°6: Pacto de integridad.
• Anexo N°7: Prácticas sustentables.
• Anexo de Enfoque de género: Se verificará en la ficha del oferente disponible en el portal web www.mercadopublico.cl
El anexo Nº 2 y Nº 3 sólo debe ser presentado por aquellos oferentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del estado (www.chileproveedores.cl)
b) Antecedentes técnicos:
• Anexo Nº 4: Oferta Técnica.
c) Antecedentes económicos:
• Anexo Nº 5: Oferta económica.
La propuesta económica, debe ser por el valor total incluyendo la sumatoria de todos los ítems señalados en las bases técnicas y el anexo Nº 4.
No obstante, el oferente deberá presentar en el Anexo N°5 una tabla detallando el costo asociado a cada uno de los productos a considerar.
El valor total de la Oferta Económica deberá ser ingresado en el portal en valores netos.
En caso de que algún Oferente no acompañe alguno de los antecedentes enumerados precedentemente, su oferta podrá ser declarada inadmisible, no procediéndose a su evaluación técnica ni económica, sobre “la Admisibilidad”. Lo anterior es sin perjuicio de lo contemplado en el Título Décimo Sexto.
Los oferentes NO inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.mercadopublico.cl, deberán acompañar, además:
A. Tratándose de personas jurídicas:
1) Copia de su Rol Único Tributario.
2) Documentos auténticos o autenticados, con una fecha no superior a 30 (treinta) días que acrediten la existencia y vigencia de la persona jurídica y la personería del representante legal.
B. Tratándose de personas naturales:
1) Copia de su cédula de identidad (por ambos lados).
2) Documento que acredite que ha iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, con un giro en virtud del cual el oferente tribute en primera categoría según lo dispuesto en la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Si el oferente no inscrito no acompaña alguno de estos antecedentes, su oferta podrá ser declarada inadmisible, en los mismos términos descritos precedentemente.
El Licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación a la Entidad Licitante, no será considerado como parte de la oferta, debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Project o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el Oferente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar, en forma oportuna, clara y completa, los documentos exigidos; el contenido de estos y la veracidad de lo que en ellos conste.
c) Observación:
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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TÍTULO DÉCIMO TERCERO VIGENCIA DE LAS OFERTAS |
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Los interesados se obligan a mantener vigentes sus ofertas por un plazo de 60 días corridos, a contra de la fecha de apertura de las ofertas.
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TÍTULO DÉCIMO CUARTO APERTURA DE LAS OFERTAS |
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La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automáticas de las mismas, en la cual se abrirá conjuntamente la oferta técnica y la oferta económica.
Aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos de admisibilidad indicados en el TÍTULO DÉCIMO QUINTO, serán rechazadas en el acto de apertura electrónica.
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TÍTULO DÉCIMO QUINTO DE LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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Antecedentes preliminares. Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis de admisibilidad y, en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja expresa constancia que las declaraciones de admisibilidad, al tenor de antecedentes fundados, podrán ser modificadas, de lo cual se deberá dejar constancia a través del acto administrativo que se dicte al efecto.
1. De la admisibilidad administrativa. En esta instancia se verificará:
1.1 Que el proponente haya ingresado en tiempo y en forma en el portal www.mercadopublico.cl el Anexo N° 1 “Identificación del proponente”.
1.2 Que el proponente haya ingresado en tiempo y forma en el portal www.mercadopublico.cl el Anexo N° 2 “Declaración Jurada Simple sobre inhabilidades e incompatibilidades para presentar ofertas”. Sólo debe ser presentado por aquellos oferentes que no se encuentran inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
1.3 Que el proponente haya ingresado en tiempo y en forma en el portal www.mercadopublico.cl el Anexo N° 3 “Declaración jurada Ley N° 20.393”. Sólo debe ser acompañada por los oferentes que sean personas jurídicas.
1.4 Que el proponente haya ingresado en tiempo y en forma en el portal www.mercadopublico.cl el Anexo N°6 Pacto de integridad.
1.5 Que el proponente haya ingresado en tiempo y en forma en el portal www.mercadopublico.cl el Anexo N°7 Prácticas Sustentables.
Asimismo, respecto de los proveedores NO inscritos se verificará que hayan acompañado los documentos que al respecto se exigen para dicho tipo de oferentes en el Título Décimo Segundo de las presentes bases administrativas.
2. De la admisibilidad técnica. En esta instancia se verificará:
2.1 Que el proponente haya ingresado en tiempo y forma en el portal www.mercadopublico.cl Anexo N° 4 “Oferta técnica”, además se verificará que la oferta técnica, cumpla con los requisitos mínimos solicitados relativos a la Propuesta Técnica, además deberá completar y subir los documentos solicitados como adjunto, el no hacerlo implicará que su oferta será declarada inadmisible.
2.2 Que el oferente no incluya los valores asociados al servicio requerido, para que la prestación del servicio de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, Sanitización y Desratización) para las oficinas del Sernapesca, con el fin de minimizar los riesgos sanitarios con ambientes saludables y libres de plagas. El no hacerlo implicará que su oferta será declarada inadmisible.
2.3 El oferente que no adjunte la Resolución de autorización sanitaria vigente, otorgada por la Seremi de Salud. El no hacerlo implicará que su oferta será declarada inadmisible.
3 De la admisibilidad económica. En esta instancia se verificará:
Que el proponente haya ingresado en tiempo y forma en el portal www.mercadopublico.cl su oferta económica, mediante el Anexo N° 5 “Oferta económica” y que ésta no exceda de un 10% del monto total estimado señalado en las bases, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.
Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:
1. Que la oferta no sea expresada en pesos chilenos (CLP);
2. Que el precio no corresponda a la unidad de tarifado o medida licitada.
3. Que un oferente haga ofrecimientos adicionales a los requeridos en un proceso de compra pública;
4. Cuando el oferente, antes de la apertura de las ofertas, por cualquier medio de a conocer a SERNAPESCA su oferta económica;
5. Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir en la licitación respectiva, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso licitatorio; y por práctica fraudulenta: tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo practicas colusorias entre oferente (antes o después de la presentación de las ofertas), a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos, y privando a SERNAPESCA de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos;
6. Cuando el oferente efectué ofertas con formas de pago no contempladas explícitamente en estas Bases;
7. Cuando el oferente no subsane los errores formales, aclaraciones o no acompañe antecedentes omitidos, requeridos a través del Portal Mercado Público, en el plazo y forma solicitado.
8. Cuando el oferente presente antecedentes falsos, para efectos de evaluación de la oferta.
9. Por las demás causales establecidas expresamente en las presentes bases.
10. Las ofertas que sean calificadas como inadmisibles por encontrarse incompletas o porque los antecedentes acompañados no se ajustan a las exigencias del proceso licitatorio, serán descartadas de plano y, por ende, no avanzaran a la etapa de evaluación técnica y económica.
11. Que, el comprobante de ingreso de oferta no sea coincidente con lo consignado en el anexo de la oferta económica.
12. Toda otra circunstancia o situación objetiva que sea contraria a los intereses y fines de la entidad licitante o el Estado.
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TÍTULO DÉCIMO SEXTO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Terminado el proceso de apertura, Sernapesca procederá a evaluar las distintas ofertas de acuerdo con los antecedentes acompañados y las distintas modalidades ofrecidas por los proponentes, reservándose el derecho de verificar los antecedentes presentados por los interesados.
Para la determinación de cuál es la propuesta que resulta ser más conveniente para los intereses de Sernapesca, se tendrá en consideración tanto los aspectos técnicos más significativos de los bienes requeridos, como asimismo aquellos de carácter económico y operativo respecto a los mismos.
La evaluación de las ofertas se efectuará en consideración a los siguientes Criterios y Porcentajes
CRITERIOS
PORCENTAJE
a) Oferta económica 35%
b) Oferta Técnica 25%
c) Presentación oportuna de Antecedentes Formales 15%
d) Comportamiento contractual anterior 10%
e) Prácticas sustentables 5%
f) Enfoque de Género 5%
g) Pacto de integridad 5%
TOTAL DE PORCENTAJE 100%
Puntuación Final de las ofertas (PF)
La puntuación final de las ofertas (PF) estará dada por la sumatoria de todos los criterios de evaluación. El oferente cuya propuesta obtenga el mayor puntaje global será seleccionado como adjudicatario de la presente Licitación.
A los oferentes que no presenten información para la evaluación de cada uno de los criterios de evaluación desarrollados en este Título se les asignará un puntaje igual a cero.
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TÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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La evaluación de las ofertas se realizará por una Comisión Evaluadora, quién estará integrada, por los siguientes funcionarios de la Dirección Regional de Pesca y Acuicultura de la Región de Coquimbo, que se señalan a continuación:
1. Encargada Regional del Programa de Administración y Finanzas, o quién la subrogue.
2. Integrante del Comité Paritario de HYS o su representante.
3. Encargado Regional del Programa Jurídico.
Para efectos de cumplir con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 54 del Reglamento, los integrantes de la Comisión Evaluadora antes señalados deberán declarar bajo juramento que no les afectan conflictos de interés de ninguna especie, que los inhabiliten o hagan incompatible su participación en el presente procedimiento concursal. Asimismo, deberán declarar cualquier otra circunstancia que afecte o pueda afectar su imparcialidad al respectivo superior jerárquico.
Los integrantes de la Comisión que se encuentren impedidos de ejercer sus funciones evaluadoras en razón de inhabilidad, incompatibilidad o cualquiera otra razón, serán reemplazados por quienes los subroguen o reemplacen en sus cargos.
Además de proceder al acto de evaluación de ofertas, la comisión de evaluación tendrá el deber de reunirse en el evento que, durante el proceso licitatorio, los oferentes realicen preguntas a través del portal, con el objetivo de analizar las respectivas bases de licitación pública. También deberán corroborar que la documentación a subir al sistema sea, en términos cualitativos y cuantitativos, la que corresponda y cerrar el proceso en caso de que licitación quede sin efecto.
Los oferentes no podrán mantener contacto con la Entidad Licitante ni con ningún integrante de la Comisión durante todo el período de evaluación. Por lo tanto, no se dará a conocer su contenido a los oferentes que presentaron propuestas ni a otros terceros sino hasta que se haya notificado la resolución de adjudicación de la presente licitación o, en su defecto, aquella que la declare desierta. Corresponderá a la Comisión verificar que cada antecedente presentado cumpla con todos y cada uno de los requisitos indicados en las Bases Administrativas y Técnicas.
I. Solicitud de aclaraciones y antecedentes omitidos
Durante el proceso de evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal.
Asimismo, la Entidad Licitante podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En cualquiera de los casos tratados en la presente sección, una vez realizado el requerimiento, el oferente tendrá un plazo fatal de 2 días hábiles para evacuar la solicitud efectuada por la Entidad Licitante.
II. Declaración de admisibilidad
Las ofertas que en esta etapa sean calificadas como inadmisibles, por encontrarse incompletas o porque los antecedentes acompañados no se ajustan a las exigencias del proceso licitatorio, serán descartadas de plano y, por ende, no avanzarán a la etapa de evaluación técnica y económica.
La Entidad Licitante, además, podrá desechar las ofertas si se comprueba que cualquiera de los antecedentes presentados por el oferente no corresponden a la realidad.
III. Mecanismo de resolución de empates
En caso de existir igualdad de puntaje entre alguno de los oferentes, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación de la Oferta económica realizados.
b) Si aplicado el criterio anterior el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio de Propuesta técnica
c) Si aplicados los criterios precedentes el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación del criterio Experiencia de los oferentes en Instituciones públicas.
d) En caso de existir igualdad de puntaje entre alguno de los oferentes, la Comisión será quien dirimirá el empate, debiendo basarse en lo siguiente: optará por la propuesta que haya obtenido la mejor evaluación en el criterio de mayor porcentaje. En el evento de mantenerse el empate, se decidirá por la oferta mejor evaluada en el siguiente criterio de mayor porcentaje, y así sucesivamente.
e) Si aplicados los criterios precedentes el empate persiste, la adjudicación será definida por el Jefe de Servicio de la Entidad Licitante, de manera fundada, utilizando un criterio que, aunque no esté previsto en estas bases no infrinja la normativa vigente, en aplicación del dictamen de Contraloría General de la República Nº 54.804, de 2013.
IV. Informe Final de la Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora evacuará un Informe Final que se referirá a:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas;
b) Las ofertas que deban declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos;
c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante;
d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
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TÍTULO DÉCIMO OCTAVO ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La adjudicación de la licitación pública se hará, mediante resolución fundada, al oferente que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la suma de todas las ponderaciones. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el calendario de la licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite.
La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante resolución exenta del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, la que publicará en el portal www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre debidamente tramitada, para posteriormente realizar la suscripción del contrato respectivo.
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores y omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
El SERNAPESCA se reserva la facultad de declarar desierta la presente Licitación Pública, en caso de que ninguna de las ofertas sea conveniente para sus intereses.
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TÍTULO DÉCIMO NOVENO OTRAS CLÁUSULAS |
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1. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación.
En el caso de existir consultas sobre el proceso de adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, deberán efectuarse a la encargada de administración y finanzas regional o su subrogante, a los correos cccarrizo@sernapesca.cl y ncastro@sernapesca.cl,
2. Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
Para dar cumplimiento a esta acreditación se verificará continuamente la habilidad en el portal www.chileproveedores.cl.
3. Medios de Reclamación.
En el caso de existir reclamos sobre el proceso de adjudicación, se solicita enviarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, en la funcionalidad que este tiene para tal efecto.
4. Criterios de evaluación
Todo proveedor interesado en realizar una oferta debe obligatoriamente presentar información para cada uno de los criterios exigidos, de lo contrario será evaluado con puntaje 0.
5. Presentación de información para el proceso de evaluación de ofertas
Cuando la presentación de información para cualquier criterio de evaluación, sea entregada en rangos, será considerado el valor más alto dentro de éste, como el válido para la evaluación y asignación de puntaje.
6. Apertura de las ofertas
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no imputables a Sernapesca, no se puede realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, se podrá fijar una nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
7. Fecha de adjudicación
En caso de que la licitación no sea adjudicada dentro de la fecha indicada en las bases, la institución justificará dicho cambio a través de la funcionalidad que para este efecto posee este sistema de información
8. Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratista de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
9. Modificación de las Bases.
Sernapesca, podrá modificar las Bases Administrativas, los Requerimientos Técnicos y los Anexos antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún o algunos oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
10. Notificación y aceptación de la orden de compra
Sernapesca publicará el resultado de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, una vez tramitada la resolución aprobatoria correspondiente.
Asimismo, el proveedor adjudicado deberá aceptar la respectiva orden de compra emitida a través del portal en un plazo de 24 horas de acuerdo a la reglamentación vigente.
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TÍTULO VIGÉSIMO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
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1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo señalado en el artículo N°117 del reglamento de la Ley N°19.886, las adquisiciones cuyo monto total sea igual o supere las 100 UTM se formalizarán mediante la suscripción de un contrato entre el proveedor adjudicado y el organismo comprador.
Sin embargo, las adquisiciones que se efectúen por un monto total inferior a las 100 UTM serán formalizadas mediante la emisión de la orden de compra por parte del organismo comprador y la aceptación de esta por parte del proveedor adjudicado, no siendo necesario la suscripción de un contrato para tales efectos.
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de un plazo máximo de 20 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Asimismo, cuando corresponda la orden de compra que formaliza la adquisición deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro de 24 hrs.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, o no se acepta la orden de compra que formaliza la adquisición dentro de ese mismo término, se entenderá desistida la oferta, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente.
Sin perjuicio de lo anterior, se deja expresa constancia que no se cursará ningún pago de las prestaciones realizadas mientras la resolución que aprueba el contrato no esté debidamente tramitada.
En el caso de que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, el adjudicatario autoriza al Servicio, desde ya, para que los primeros estados de pago producto del contrato licitado sean destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de estas se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido adjudicatario no podrá participar.
El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial, los establecidos en el contrato.
Para suscribir el contrato o aceptar la orden de compra contemplada en el artículo 117 del reglamento de la Ley de Compras, el adjudicado debe estar inscrito en el registro de proveedores.
1.2.- Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiera, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente.
Especialmente, la modificación de contrato podrá versar sobre su prórroga o extensión del tiempo de duración, atendido necesidades propias del servicio, siempre y cuando se decrete mediante resolución con antelación al término del plazo de contrato y sujetándose a la limitación presupuestaria indicada en el párrafo precedente.
2. NO ACEPTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Se entenderá que el oferente adjudicado no acepta la adjudicación y, por ende, se entenderá desistido de su oferta, en los siguientes casos:
a) Si no concurre a la suscripción del contrato en el plazo señalado por la Entidad Licitante.
b) Si no se hubiere inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado en el Acápite 3° del presente Título.
c) Si al momento de la suscripción del contrato no tiene la calidad de “Hábil” en el Registro Electrónico Oficinal de Proveedores del Estado.
d) Si antes de la suscripción del contrato no entrega los documentos señalados en el Acápite 3° del presente Título.
2.1. READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra que formaliza la adquisición conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación del oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro de un plazo de 30 días corridos contados desde la publicación.
Sin embargo, se podrá declarar desierta la licitación, si ninguno de los oferentes cumple con los requisitos de las presentes bases.
3. DE LOS ANTECEDENTES LEGALES PARA LA CONTRATACION
El adjudicatario deberá entregar, antes de la suscripción del contrato, los siguientes antecedentes:
1. Certificación de encontrarse inscrito y tener la calidad de “Hábil” para contratar con el Estado, disponible en el portal de Mercado Público, www.mercadopublico.cl. En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en tal registro, deberá inscribirse dentro de los 5 días siguientes a la fecha de adjudicación.
2. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales otorgado por la Inspección del Trabajo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 4 de la Ley de Compras.
Además, la Entidad Licitante podrá solicitar, antes de la suscripción del contrato, los siguientes documentos según corresponda:
A. Personas jurídicas con o sin fines de lucro:
a) Certificado de vigencia del oferente emitido por la autoridad competente, con una fecha no superior a 60 (sesenta) días corridos al día de la presentación.
b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
c) Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
d) Copia simple del instrumento en el que se conste la personería del representante y sus facultades. Si la ley exigiere que el documento en donde conste la personería se encontrare inscrito, deberá acompañarse la copia de la inscripción o certificado de vigencia, ambos casos con fecha no superior a 60 (sesenta) días corridos al día de su presentación.
e) Copia del Rol único Tributario.
f) Además, deberán enviar, según se trate de:
Personas jurídicas con fines de lucro:
- Copia simple del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Copia simpe de las publicaciones de constitución y sus modificaciones, si las hubiere.
- Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, emitido por el correspondiente Conservador, si se tratare de sociedades.
Personas jurídicas sin fines de lucro:
- Copia simple de sus Estatutos o del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
- Copia simple del instrumento donde consten las facultades del representante legal de la entidad, si hubiere.
B. Personas jurídicas creadas por ley:
a) Individualizar la norma legal que la creó
b) Copia simple del instrumento en donde conste la personería del representante.
C. Personas Naturales:
a) Copia de la cédula de identidad, por ambos lados, y copia del R.U.T., si lo tuviere.
b) Documentación donde conste el inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
El adjudicatario podrá exceptuarse de presentar estos antecedentes si ellos se encuentran en el portal www.chileproveedores.cl con las vigencias requeridas precedentemente.
4. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del desarrollo de la licitación y del contrato que se suscriba, sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
El incumplimiento de esta prohibición será considerado incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato al adjudicatario, para todos los efectos derivados del mismo.
5. SUBCONTRATACIÓN
El proveedor adjudicado podrá, bajo su responsabilidad y con autorización expresa y por escrito de la contraparte técnica del presente contrato, subcontratar cualquier parte del trabajo, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento se mantendrá radicada en la adjudicataria.
En cualquier caso, la adjudicataria no podrá subcontratar cuando el representante del subcontratista, o sus socios o administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Artículo 154 del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En ningún caso se podrá subcontratar la totalidad de los trabajos.
6. FORMA DE PAGO
a) Recepción conforme del bien y/o Servicio
Sernapesca, deberá emitir el “Formulario Recepción conforme y Acuse de recibo para bienes y servicios”, donde deberá constar la conformidad por parte del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, lo que se materializará una vez que los bienes y/o servicios se hayan entregado o prestado en su totalidad. El formulario será suscrito por la contraparte técnica designada en el contrato.
El proveedor solo podrá emitir la factura o documento tributario de cobro una vez que se haya recepcionado conforme los bienes y/o servicios por parte de los funcionarios en el párrafo precedente. En caso contrario, se le devolverá(n) al proveedor su(s) facturas o documentos(s) de cobro, dentro del plazo de ocho (8) días corridos contados desde su emisión. En este caso, el reclamo será puesto en conocimiento del representante autorizado del adjudicatario por carta certificada o correo electrónico, conjuntamente con la devolución de la factura y otros documentos emitidos al efecto. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
b) Facturación
El proveedor adjudicado solo podrá emitir las facturas cuando la contraparte técnica solicite la emisión de la factura, mediante correo electrónico institucional.
En caso de que la adjudicataria incumpla o cumpla de manera parcial o imperfecta su obligación, la contraparte técnica suspenderá el pago de toda suma que se deba por cualquier concepto al contratista, hasta que se cumpla con esta obligación, a entera satisfacción de la Contraparte técnica.
Antecedente de la Facturación:
RUT N° 60.701.009-9
Razón Social: Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura
Giro: Actividades de la Administración Pública.
Dirección: Juan Melgarejo N°955, Coquimbo
Forma de Pago: Crédito
En caso de que los documentos de cobro sean facturas electrónicas afectas y/o exentas o éstas conlleven la emisión de notas de créditos o débito deberán ser enviadas en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, indicando el número de la orden de compra que generó el servicio en la sección folio 801 en un plazo no mayor a las 48 horas de emitidas, de lo contrario serán rechazadas por el sistema de gestión DTE.
Documentación adicional a la emisión de la Factura, deberá enviar vía correo electrónico a la contraparte técnica del SERNAPESCA, lo siguiente:
• Copia del documento tributario Factura
• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (emitido por la Dirección del Trabajo)
• Contrato del personal.
Cabe indicar que el proveedor debe tener en consideración los requisitos de la información registrada en la sección detalle de los documentos tributarios electrónicos, según la Resolución Exenta SII N°36 del 15 de marzo de 2024.
c) Del pago
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, dará instrucción de pago de la factura o documento de cobro a la Tesorería General de la República, contra entrega y recepción conforme de ésta, y una vez suscrito el “Formulario de recepción y acuse recibo para productos y/o servicios” por el funcionario autorizado.
El pago será efectuado vía transferencia electrónica bancaria, dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Reglamento de la Ley N°19.886. En el caso que el cobro sea requerido por una empresa de FACTORING, los plazos serán los mismos.
El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos.
En el caso de que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el proveedor, autoriza al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, desde ya, para que los primeros estados de pago producto del contrato sean destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo realizarse un nuevo proceso de compra en el que el referido proveedor no podrá participar.
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura tendrá derecho a suspender o retener el pago de cualquier factura, en los siguientes casos:
1. Si se presentarán reclamos en contra de la adjudicataria contratada derivados del incumplimiento de sus obligaciones laborales, previsionales, tributarias y/o de seguridad social;
2. Si la empresa no cumpliere con cualquiera de las obligaciones que le impone el contrato.
7. DE LA COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN
La vigencia del contrato que resulte de la presente Licitación, el adjudicatario se relacionará con el Servicio Nacional de Pesca a través del departamento administrativo, y/o quien asigne el Director regional del SERNAPESCA designe para tales efectos, siendo este funcionario/a quien desempeñará la función de supervisión del contrato por parte del Servicio.
Por el adjudicatario actuará como coordinador(a) de la persona que éste designe, previa comunicación por escrito o vía de correo electrónico señalando el nombre, función, teléfono de contacto, correo electrónico de la persona quien actúa como contra parte técnica y se relacionara con los funcionarios/as del Sernapesca señalados en el precedentemente, dentro de los cinco días siguientes a la suscripción del contrato respectivo.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar el contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
8. COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario que preste los servicios y/o productos deberá observar, durante toda la época la ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios/as públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparado a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
9. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
En caso de que el proveedor adjudicado no dé cumplimiento o cumpliera imperfectamente el presente contrato, sin causa justificada, la que debe ser calificada por Sernapesca para determinar su procedencia, la Contraparte Técnica podrá proponer la aplicación de una multa, en conformidad a lo que se expresa en el presente Acápite. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Acápite “Modificación y Término Anticipado del Contrato”, de las presentes Bases.
a) Multas por incumplimiento graves:
El incumplimiento grave se sancionará con una multa hasta 10 UF (Unidad de Fomento), por cada evento.
Son incumplimientos graves:
- La no prestación de los servicios de conformidad a los requerimientos técnicos estipulados en las bases técnicas de la presente licitación.
- El retraso en la prestación del Servicio de control integral de vectores establecidos en la presente licitación pública. En este caso, la multa se aplicará por cada 1 día de atraso desde la fecha estipulada.
- La no asistencia a realizar el trabajo de servicio de control integral de vectores, en este caso, la multa se aplicará por cada día de inasistencia.
- La no prestación del servicio post-venta, la multa se aplicará por la hora y/o día de retraso e inasistencia.
- La no concurrencia al servicio en caso de emergencia para atender cualquier requerimiento durante las 24 horas del día, los 365 días.
- La Resolución de autorización sanitaria no vigente, otorgada por la Seremi de Salud que corresponda.
- Incurrir en más de 3 incumplimientos leves, acumulados durante el período de dos meses;
- Pérdida, destrucción o maltrato de bienes de propiedad, posesión y/o mera tenencia de SERNAPESCA.
- Asistir, el proveedor o sus operarios, a trabajar bajo la influencia del alcohol o drogas y/o ingerir este u otro tipo de sustancias alucinógenas en dependencias del SERNAPESCA.
- No presentarse el proveedor a las labores con las herramientas mínimas y los elementos de protección personal.
- Abandonar sin causa justificada el trabajo realizado, además, procurar de informar a la contraparte técnica del SERNAPESCA por las vías formales.
b) Multas por incumplimientos leves:
El incumplimiento leve se sancionará con multa de 5 UF (Unidad de Fomento), por cada evento
Son incumplimientos leves, los siguientes:
- El retraso en el envío de la factura por parte del proveedor, de acuerdo con lo establecido en el presente requerimiento.
- La no aceptación de la orden de compra dentro del plazo máximo de 24 horas, contada a partir de la fecha de emisión de la referida orden, a través del sistema de información del portal mercado público, www.mercadopublico.cl.
- No pago oportuno de cotizaciones previsionales y de salud y/o de las remuneraciones de sus trabajadores.
- No respetar las normas internas de la Institución, así como no guardar un trato respetuoso y digno con los funcionarios de Sernapesca.
- En general, cualquier otro incumplimiento que afecte de forma directa el correcto funcionamiento por parte del Servicio.
El Servicio se pronunciará respecto de la proposición de multa por medio de resolución fundada, y en caso de imponer una multa, podrá hacerla efectiva deduciéndola en primer lugar de la parte impaga del precio del contrato, sin perjuicio de su derecho a proceder a su cobro judicial. En todo caso, cuando el monto total de las multas impuestas supere el equivalente al 20% del monto del contrato, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo lo dispone el numeral siguiente.
La conversión del valor de la UF, se hará de acuerdo con el valor en pesos del mes de ocurrida la infracción contractual. El proveedor deberá, dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente a la fecha de dictación del acto administrativo de aplicación de multa, enterar el valor de la respectiva multa.
En caso de incumplimiento grave en la prestación de los servicios contratados, el Servicio podrá:
i. Suspender el pago que deba realizar el SERNAPESCA al proveedor, mientras el problema o incumplimiento no sea resuelto por parte de este último.
ii. Poner término anticipado al contrato de acuerdo con las causales previstas en el presente Requerimiento Técnico.
10. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El SERNAPESCA, previo a la adopción de las medidas de imposición de multas, se podrá terminar anticipadamente el contrato, de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 del nuevo Reglamento de Compras Públicas, deberá cumplir con el siguiente procedimiento:
1. Deberá poner en conocimiento del proveedor de las situaciones que motiven la aplicación de sanciones o medidas por incumplimiento, para que en forma previa a la dictación del acto administrativo respectivo este pueda entregar los antecedentes y argumentos que estime del caso y pertinentes a su favor.
2.- Las notificaciones se efectuarán en forma personal, por correo electrónico o vía carta certificada al domicilio indicado en el contrato. La no recepción del correo postal por razones no imputables al SERNAPESCA, serán de responsabilidad exclusiva de la empresa.
3.- Notificada la proposición de aplicación de sanción o medida por incumplimiento a la empresa, éste dispondrá de 5 días hábiles administrativos (no se computan sábados, domingos ni festivos) para presentar sus descargos por escrito, plazo que comenzará a regir a partir del día hábil siguiente al de la comunicación. Dichos descargos deberán presentarse en la oficina de partes de la Dirección Regional de Pesca y Acuicultura de la Región de Coquimbo, los que deberán ser dirigidos al Director Regional (S). El documento donde consten los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de oficio del SERNAPESCA que informa la proposición de sanción o medida que se pretende adoptar.
4.- Transcurrido el plazo, y con los antecedentes que el SERNAPESCA disponga y/o que la empresa haya aportado, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución fundada.
5.- Las sanciones que se impongan serán notificadas mediante carta certificada dirigida a la empresa (persona natural) o al representante legal de la empresa (en caso de tratarse de una persona jurídica), al domicilio que figura en el contrato.
6.- Respecto de la resolución que aplica la medida o imponga la multa, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N° 19.880.
7.- Una vez formalizada y cause ejecutoriedad la medida aplicada o multa impuesta, el proveedor deberá, dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente, enterar el valor de la multa en efectivo en arcas fiscales, o en su caso, se harán efectivas las garantías otorgadas para fiel cumplimiento del contrato o se liquidará el mismo.
8.- Si el proveedor no pagare el valor de la multa dentro de plazo, facultará al SERNAPESCA para hacer efectivo su valor en la respectiva Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en cuyo caso el proveedor, dentro del término de 10 días hábiles de su cobro, deberá entregar una nueva garantía por el total exigido para su propuesta.
12. NOTIFICACIONES, MODIFICACIÓN Y/O TERMINACIÓN ANTICIPADA
Para efectos de lo establecido en el párrafo precedente, y la comunicación de cualquier circunstancia que incida en la respectiva contratación, los contratantes podrán utilizar, indistintamente, cualquiera de los siguientes medios de notificación, los cuales tendrán la misma validez: a) carta certificada; b) correo electrónico; c) notificación personal. En este sentido, las partes deberán mantener vigentes y actualizados los datos pertinentes, entre otros: individualización del contacto, domicilio, teléfonos, y dirección de correo electrónico.
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por razones presupuestarias y por las causales consignadas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y en el artículo 129 de su nuevo Reglamento, y especialmente por resciliación “total o parcial” o mutuo acuerdo entre las partes.
Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases Administrativas, el SERNAPESCA podrá modificar el contrato, considerando aumentar hasta en un 30% el monto de compra, para la adquisición adicional de algunos ítems bajo las mismas condiciones técnicas y económicas de esta licitación, durante el período de vigencia del contrato que se suscriba, todo ello de mutuo acuerdo entre las partes contratantes.
De modo que, sin perjuicio del derecho a cobrar las multas referidas en estas Bases, adicionalmente, el Servicio tendrá la facultad de poner término al contrato, en forma anticipada, si la empresa no diera cumplimiento a los requerimientos o instrucciones estipuladas en estas Bases y las que se señalen en el propio contrato. El Servicio estará facultado para declarar, unilateral y administrativamente, el término anticipado del mismo, sin derecho a indemnización alguna respecto del adjudicatario, en los siguientes casos:
1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la futura empresa proveedora, las que se estiman que impiden el logro de los objetivos que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, busca obtener con el contrato de la adquisición del servicio. Se entenderá que dicho evento ha ocurrido, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) La no entrega de los Servicios contratados, sin causa justificada, la que debe ser calificada por Sernapesca para determinar su procedencia.
b) Entrega defectuosa, trabajos sin terminar y en malas condiciones de los Servicios contratados.
c) No dar cumplimiento a las normas laborales y/o previsionales respecto del personal de su dependencia.
d) Incumplimiento de las normas legales sobre protección contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
e) Si el valor acumulado de las multas impuestas es equivalente al 20% del monto total de la contratación.
f) El hecho de cometer más de 2 faltas graves por parte del proveedor, durante el período mensual.
2. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Si se disolviese la empresa proveedora o falleciere la persona natural contratada.
6. Si a juicio de la contraparte técnica, la calidad de los servicios que por este proceso se contratan, no cumpliera con las Especificaciones Técnicas establecidas en las Bases respectivas y el proveedor se negase a rectificar dichos errores en los plazos previstos.
7. Si el proveedor efectuase un traspaso total o parcial del contrato o cesiones de derechos provenientes de aquél a un tercero.
8. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influencias la actuación de un funcionario/a público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
9. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes bases.
10. Las demás causales previstas en estas bases, en el respectivo contrato, en la Ley de Compras o su Reglamento.
Si se verificase la ocurrencia de cualquiera de estas causales, el Sernapesca, previo informe de la Técnica podrá poner término anticipado al contrato mediante un acto administrativo fundado y debidamente notificado al proveedor, efectuando el pago de los servicios efectivamente ejecutados y aprobados, sin que el proveedor tenga derecho a otra compensación o indemnización.
En tal caso, deberá procederse a la liquidación del contrato.
Con todo, la resolución de contrato o la imposición de las multas señaladas en las presentes Bases, no obsta a que el Servicio pueda exigir el pago de las indemnizaciones que correspondan, de acuerdo con la legislación común, por los perjuicios causados por el incumplimiento contractual.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
13. DE LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES
Cualquier dificultad, diferencia o discordancia que surja por la interpretación, aplicación y cumplimiento del contrato resultante de la presente Licitación Pública, será resuelta necesariamente por los tribunales ordinarios de justicia con asiento en la comuna y ciudad de Coquimbo.
Para todo efecto legal derivado de esta convención, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Coquimbo.
14. RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
El Adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derecho intelectual, industriales, de patentes, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre propiedad Intelectual.
Al proveedor adjudicado le asistirá responsabilidad legal, previsional o de cualquier otra índole, respecto a cualquier tipo de relación laboral entre él y su personal, en relación a cualquier accidente laboral durante el desempeño de las actividades o en el tránsito a través de ella y/o el trayecto desde el domicilio al lugar de trabajo y viceversa, siendo exigencia que éste pertenezca a una mutualidad de seguridad.
Será responsabilidad del contratante el cumplimiento de todas las obligaciones y derechos contractuales, pago de remuneraciones, control de feriados, permisos y descuentos legales, pagos previsionales y tributarios, mantención de convenios colectivos si los hubiere, redacción y liquidación de finiquitos, licencia de accidentes de trabajo y trámites de pagos de subsidios, tramitación de pago de asignaciones familiares y beneficios de la caja de compensación, etc., del personal requerido para el cumplimiento de los fines de esta licitación, de acuerdo a la legislación laboral vigente, así como también todos aquellos gastos que demande la adecuada prestación del servicio. Asimismo, deberá proveer a sus trabajadores de los equipos de seguridad que establecen las leyes y reglamentos de Seguridad; cumplir con las normas de prevención de riesgos de estos y las instrucciones que imparta la Mutual o la entidad aseguradora con la que contrate el seguro de accidentes correspondientes.
Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria o subsidiaria que le asista a la Entidad Licitante respecto de las obligaciones laborales y seguridad social del proveedor para con sus trabajadores, de acuerdo con las disposiciones pertinentes del Código del Trabajo.
Suministrar los productos licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondiente establecidas en estas bases de licitación.
Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde su notificación.
El SERNAPESCA puede solicitar, cuando lo estime necesario, cualquier antecedente que acredite el cumplimiento de los derechos del trabajador.
15.- DERECHOS E IMPUESTOS
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
16.- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que resulte de la presente Licitación comenzará a regir a contar de la fecha de su suscripción, por un período de 24 meses.
Para efectos de lo establecido en el párrafo precedente, y la comunicación de cualquier circunstancia que incida en la respectiva contratación, los contratantes podrán utilizar, indistintamente, cualquiera de los siguientes medios de notificación, los cuales tendrán la misma validez: a) carta certificada; b) correo electrónico; y c) notificación personal. En este sentido, las partes deberán mantener vigentes y actualizados los datos pertinentes, entre otros: individualización del contacto, domicilio, teléfonos, y dirección de correo electrónico.
17.- CONTRAPARTE TÉCNICA DEL SERVICIO
El contrato será supervisado por la Contraparte Técnica, la que controlará y evaluará la prestación del servicio solicitado, debiendo, asimismo, verificar el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto.
La Contraparte Técnica para la ejecución del contrato será el personal del departamento administrativo, o quien lo reemplace o que el SERNAPESCA designe para tales efectos, siendo este funcionario/a quien desempeñará la función de contraparte Técnica del contrato por parte SERNAPESCA
Por el proveedor adjudicado actuará como coordinador(a) de la persona que éste designe, previa comunicación por escrito o vía de correo electrónico señalando el nombre, función, teléfono de contacto, correo electrónico de la persona quien actúa como contra parte técnica y se relacionará con los funcionarios/as del Sernapesca señalados en el precedentemente, dentro de los cinco días siguientes a la suscripción del contrato respectivo.
La designación de la contra parte técnica que representa al proveedor adjudicado y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar el contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
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TÍTULO VIGÉSIMO SEGUNDO CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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a) Información confidencial
Para los efectos de este contrato, se entiende por información confidencial todos los antecedentes, procesos, efectos de procesos, conocimientos y/o datos, escritos o verbales, contenidos en documentos, informes, bases de datos, registros, soportes informáticos u otros materiales, y en general, todo soporte y/o vehículo apto para la incorporación, almacenamiento, tratamiento, transmisión y/o comunicación de datos de manera gráfica, sonora, visual, audiovisual, escrita o de cualquier tipo, a los cuales las partes accedan, puedan acceder o hayan tenido acceso, directa o indirectamente, por cualquier medio derivados del desarrollo y ejecución del contrato y que afecte el carácter estratégico del contrato y sus objetivos.
En consecuencia:
i. Las partes acuerdan mantener en secreto la información confidencial y a no divulgarla a terceros bajo forma alguna, a no ser que tal divulgación se autorice expresamente y por escrito, por la parte que ha provisto la información.
ii. Las partes se obligan a no usar la información confidencial de su contraparte para cualquier otro fin que no sea la ejecución de este contrato.
iii. Las partes se comprometen a adoptar permanentemente todas las medidas de carácter técnico, administrativo y de cualquier otra índole que fueren necesarias para garantizar por parte de sus empleados, asesores y otros que colaboren en la ejecución del contrato, el cabal cumplimiento de la obligación de confidencialidad conforme aquí se expresa. En tal sentido, podrán solicitar, en cualquier momento, la nómina del personal contratado o asesores que participan o participaron de la ejecución del contrato, así como copia de los convenios de confidencialidad que se suscriban a este efecto.
iv. Las obligaciones de confidencialidad y afines previstas en esta cláusula regirán por el período de duración del contrato y por cinco (5) años adicionales, que se contarán desde la fecha de término del contrato, excepto que las partes acuerden particularmente un plazo distinto.
v. La obligación antes indicada, según corresponda, se hace extensible y exigible al personal subcontratado por el proveedor.
b) Excepciones a la confidencialidad
No será considerada como “información confidencial” la siguiente:
i. La información en poder de las partes por título legítimo y con fecha anterior al inicio del contrato.
ii. La información a la que las partes hubieren accedido legítimamente, con anterioridad al inicio del contrato.
iii. La información que, al inicio del contrato, se encontrare en el dominio público o que, con posterioridad a tal inicio, pasare a ser de dominio público por causas no atribuibles a las partes.
iv. Aquella información que se deba divulgar o entregar por mandato legal u orden emanada de autoridad competente, pero en este caso sólo y respecto de aquella parte de la información que la ley u orden afecte. La parte que recibiese una orden, citación o petición de una autoridad judicial o administrativa que solicite la revelación de información confidencial deberá informar a la otra parte dentro de las cuarenta y ocho (48) horas a partir de la fecha en la que la parte convocada fuera notificada de dicha orden, citación o petición, de modo que ésta pueda intentar las acciones que estime procedentes para evitar su entrega o divulgación. Sin perjuicio de lo anterior, la parte, a quien se le haya requerido la información, se compromete, frente a tal situación, a ejercer las medidas judiciales o administrativas necesarias para minimizar la revelación de la información confidencial.
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TÍTULO VIGÉSIMO TERCERO PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRAL, USO DE NOMBRES, LOGOS Y MARCAS |
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a) Propiedad intelectual
i. Productos: El Servicio será propietario de los productos y de todos los datos recopilados a través de la prestación de los servicios que se contratan, incluyendo todo análisis, estudio, informe y otros materiales generados por el proveedor al utilizar los datos o resultados, salvo en la medida que contengan propiedad intelectual pre-existente de esta o terceras partes, o modificaciones o derivados de los mismos. Al Servicio se le otorga una licencia limitada no-exclusiva, no-transferible para utilizar la propiedad intelectual del proveedor en los productos, sólo cuando sea necesario para el uso contratoable de los Productos proporcionados por el proveedor. El Servicio será propietario de todas las copias físicas de los Productos intelectuales generados con ocasión de la prestación de los servicios contratados.
ii. Propiedad Intelectual del Servicio: El proveedor reconoce que el Servicio ha desarrollado y utiliza información técnica y no-técnica, diseño, patentes, secretos comerciales, conocimiento experto y conocimiento similar valioso en el desarrollo y entrega de sus productos y servicios que le son propios en su condición de Servicio Público. Por parte, el SERNAPESCA conoce y acepta que, con excepción de los derechos limitados otorgados al Servicio en el presente anexo, todos los derechos, títulos e interés de cualquier material pre-existente, material diseñado, modelos, metodología, información, documentación, tecnología, conocimiento experto, patentes, derechos de autor, secretos comerciales y otra propiedad industrial e intelectual del proveedor, incluyendo cualquier modificaciones o trabajos derivados del mismo, será propiedad y permanecerá en la titularidad de esta última y de sus proveedores terceras partes, según corresponda. Tanto el SERNAPESCA como el proveedor se otorgan recíprocas seguridades y garantías en orden a que no realizarán ni permitirán realizar copias, traducciones, modificaciones, crear trabajos derivados, ingeniería inversa, descompilar, cargar o utilizar la propiedad intelectual de cada contraparte, con excepción de lo señalado específicamente en este documento.
iii. Marcas Registradas: El Servicio reconoce y confirma el gran valor de la buena voluntad asociada con el nombre y las marcas del proveedor y con la identificación de los productos y servicios relacionados con los mismos. El proveedor acepta que no obtiene derechos, títulos, ni interés en o hacia cualquiera de las marcas registradas, marcas comerciales, logos, marcas de servicio u otras marcas pertenecientes al Servicio o sus proveedores.
b) Uso de nombres, logos y marcas
Las partes de mutuo acuerdo y de forma expresa señalan que nada en el presente documento se entenderá como una autorización para el uso de nombres, logos y marcas de cada una de las partes. Toda publicación a la cual se pretenda incorporar nombres, logos o marcas de la otra parte, deberá contar con autorización específica, previa y por escrito de su titular.
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TÍTULO VIGÉSIMO CUARTO PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, o tener conductas que atenten contra el Sistema de Prevención de Delitos Funcionarios precedentes o base de los de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, en el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes”.
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TÍTULO VIGÉSIMO QUINTO PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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El monto estimado que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura destinará para cubrir todos aquellos requerimientos, trabajos y/o reparaciones que se presenten durante la vigencia del contrato que emane de la Licitación Pública asciende a la suma de $7.000.000.- (Siete millones de pesos), IVA incluido, por un período de 24 meses.
El precio ofrecido se cotizará en pesos chilenos, valor neto, serán a firme y no tendrán ningún tipo de reajuste.
Téngase presente que, al tratarse de un contrato de suministro, el monto señalado constituye un límite máximo. En dicho sentido, el Servicio podrá requerir los Servicios conforme las necesidades que se presenten hasta dicho monto. Por tanto, puede que el presupuesto sea utilizado en su totalidad previo término del contrato o bien, que ello no acontezca y quede un remanente al finalizar su vigencia, el cual será retornado al presupuesto general del Servicio.
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BASES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL INTEGRAL DE VECTORES (DESINSECTACIÓN O FUMIGACIÓN, SANITIZACIÓN, DESRATIZACIÓN) PARA LAS OFICINAS DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO. |
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1. ANTECEDENTES GENERALES
Actualmente, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Coquimbo cuenta con dependencias ubicadas en las comunas de Los Vilos, Punta de Choros, Tongoy y Coquimbo. Requiere contratar el servicio de control integral de vectores, con el objetivo de mantener en óptimas condiciones de higiene, seguridad y libre de plagas de insectos y roedores en las oficinas del Sernapesca región de Coquimbo, y como consecuencia del aumento de las temperaturas, se ha evidenciado la presencia de plagas, tales como insectos (arañas, moscas, entre otros) y roedores.
En conformidad con lo establecido en la Ley N° 18.803, el Servicio se encuentra facultado para encomendar a entidades de derecho privado la ejecución de acciones de apoyo a sus funciones, que no correspondan al ejercicio de sus potestades públicas, dentro de las cuales se incluye la contratación del servicio de control integral de vectores).
2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
2.1.- Requerimiento general del servicio.
Contratar un servicio de control integral de vectores, orientado a la prevención, monitoreo y erradicación de insectos y roedores, con el propósito de asegurar condiciones sanitarias adecuadas para mitigar riesgos a la salud de los usuarios y resguardar la continuidad operativa y el cumplimiento de las funciones institucionales.
OFICINAS DIRECCIÓN
Dirección Regional Oficina N°709, Piso 7 y 6, Edificio Arena, Avenida Videla N°340, Coquimbo.
Dirección Regional 3 Bodegas en el subsuelo del edificio arenas piso -2
Anexo Coquimbo Juan Melgarejo N°955, Coquimbo
Tongoy Lord Cochrane N°815, Tongoy, en la caleta de Tongoy.
Los Vilos Galvarino N°250, Los Vilos
Caleta Punta de Choros Julia Vergara 22, Punta de choros, comuna de la Higuera.
Por lo anterior, la institución requiere contratar el servicio que consiste en la fumigación o desinsectación, sanitización, desinfección, desratización en las dependencias del Sernapesca Región de Coquimbo, por un período de 24 meses, sin renovación en conformidad a lo dispuesto en estas bases en el contrato respectivo.
El proveedor deberá enviar una propuesta económica y técnica por el desarrollo del proyecto incluyendo la prestación del servicio de Control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización) en diversas oficinas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Coquimbo. El oferente deberá tener las competencias técnicas y certificaciones necesarias para desarrollar los trabajos, así como también conductas adecuadas de atención al cliente y auto cuidado.
2.2.- Requerimiento especifico de los servicios
Se necesita contratar la prestación de servicio de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización) para las oficinas el cual permita una adecuada planificación de las actividades de tratamiento preventivo y correctivo en el control oportuno de las medidas sanitarias, además de un plan de control de plagas que contemplen cambio de cebos de forma mensual, control de vectores, ácaros, roedores, palomas, aves, etc. Desinfectando las oficinas, salas de reuniones, comedores, cocinas, duchas, etc., de acuerdo con lo establecido en la siguiente propuesta, que deberá considerar y cumplir el oferente que se detalla continuación:
Dependencias Dirección
Desinsectación o Fumigación
Sanitización
Desratización
Dirección Regional de Coquimbo Avenida Videla N°340, Coquimbo X X x
Dirección Regional de Coquimbo 3 Bodegas en el subsuelo del edificio arenas piso -2 X X x
Oficina Anexa Coquimbo Juan Melgarejo N°955, Coquimbo X X x
Oficina Los Vilos Galvarino N°250, Los Vilos X X x
Oficina Tongoy Calle Lord Cochrane N° 815, Tongoy X X
Oficina Punta de Choros Caleta) Caleta Punta de Choros S/N X X X
Tipos de Servicios:
Fumigaciones: Las fumigaciones pueden efectuarse plaguicidas o pesticidas, los cuales estarán destinados a matar, repeler, atraer, regular o interrumpir el crecimiento de seres vivos considerados plagas.
Desinsectación: La desinsectación debe considerar actividades para prevenir, controlar y/o eliminar los insectos en general, tanto rastreos como voladores (pulgas, hormigas, moscas, arañas, baratas, termitas, mosquitos, etc.) evitando las molestias y posibles daños que puedan originar estos insectos a la salud de las personas. Las desinsectaciones se realizarán mediante fumigaciones y/o tratamientos especiales de exterminio.
Sanitización: La sanitización debe ser una solución Sanitizante en todos los servicios higiénicos en el uso de las unidades señaladas para eliminar microorganismos patógenos de la importancia de salud pública como bacterias, virus, algas, ácaros y hongos. Todos los productos para emplear deberán ser biodegradables y compatibles con el medio ambiente y se privilegie aquellos de baja toxicidad y que poseen alto nivel de efectividad para la eliminación de insectos. El Servicio deberá realizar sin ninguna persona en el interior del recinto, por lo que todas las tareas se realizarán después de horario de salida, a excepción que el Sernapesca indique lo contrario. El oferente será el encargado de obtener los permisos requeridos para realizar la actividad.
Desratización: Control de roedores mediante utilización de raticidas de última generación anticoagulantes, en formación de bloques y/o pellets de acuerdo con las circunstancias que se necesiten y gran eficacia y seguridad para las oficinas, etc., cumpliendo con los métodos modernos internacionales (ISO, HACCP, etc.) y normas vigentes del Ministerio de Salud, con el objetivo de controlar eficazmente las poblaciones de ratas y ratos. Los raticidas deberán colocar estratégicamente en aquellos lugares que presenten condiciones favorables para la proliferación de roedores. En los lugares de exteriores, jardín, antejardín, estacionamiento y donde el proveedor estime, se deberán instalar puntos de cebación, que consideren en colocar raticidas en el interior de trozos de tubos de PVC, debidamente rotuladores con el propósito de evitar posibles, accidentes por ingesta accidental del producto por parte de personal. El oferente del servicio deberá entregar una planimetría de la ubicación de los cebos, distribuidos en cada recinto.
Normativa Vigente:
• Resolución SEREMI aprobado con el nuevo decreto N°157, 30 de junio 2007 del Ministerio de Salud, reglamento de plaguicidas de uso sanitario y doméstico.
• Tercero cuarentenario del Servicio Agrícola y Ganadero (S.A.G.)
• Registro ISP de plaguicidas, rotulación y HDS/SDS Obligatorias.
• Ley N°16.774 y el D.S n°594 (condiciones sanitarias)
2.2.1. SERVICIO DE DESINSECTACIÓN O FUMIGACIÓN.
Es un procedimiento de control de plagas que consiste en el uso de gases tóxicos para una erradicación profunda y su tratamiento es más severo para infestaciones activas que penetran en los materiales, eliminando insectos en todas sus fases de desarrollo.
Productos o metodologías:
• Utilización de métodos químicos (insecticidas, geles), físicos (trampas, calor), biológicos para eliminar insectos.
• Se requiere de un diagnóstico previo, para la identificación de las plagas y nivel de infestación para determinar el producto a utilizar en el sellado de áreas.
• Se debe informar cuál será el período de reingreso del personal al lugar del trabajo en horas, una vez aplicado el producto, mediante pulverización o nebulización (ULV) para cubrir áreas difíciles.
• Los genes son cebos de alta efectividad, son específicos para cucarachas y hormigas en zonas críticas.
• Calor, elevación de temperatura (50°-60° C) para chinches y ácaros.
Procedimientos de aplicación:
• Coordinación de los trabajos de manera que se minimice la interrupción de las actividades administrativas, para esto se realizará previa coordinación con el departamento administrativo para coordinar fecha y horario del servicio a requerir.
• Realizar la fumigación de todas las dependencias interiores, exteriores y entretechos, según lo solicitado por el departamento administrativo, el cual sería por lo menos cada 6 meses aproximado; con aplicador y con los productos plaguicidas y colocación de cebos aprobados por el instituto de Salud Pública.
• El operador debe tener precaución con los lugares donde se encuentra protegido con alarma de detección de humo las cuales hay que desactivarlas, por el motivo de la combustión de la motobomba que se encienda y así tomar los resguardos necesarios.
• El oferente cada vez que realice la visita deberá dejar una copia de la hoja de trabajo en terreno y luego entregar un certificado del servicio brindado. Deberá aplicar un adhesivo visible que indique la realización de los trabajos con su fecha de ejecución.
• El Servicio siempre deberá realizarse un viernes por el giro de la Institución, pero el día y hora en que se realizará la fumigación, será fijada de común acuerdo por ambas partes; cualquier modificación de día u hora deberá ser avisado con anticipación.
• La empresa deberá garantizar sus trabajos por 60 días contados desde el día en que se realizó la fumigación. Si dentro de esos 60 días de garantía existiera la reaparición de plagas de insectos u otro tipo de vectores, la empresa deberá reaplicar productos, sin costos para la instalación por parte del Servicio.
• Será exclusiva responsabilidad de la empresa de plaguicidas cualquier error que se produzca en los procesos de aplicación de los productos , tales como derrames, intoxicaciones humanas, efectos sobre las plantas, animales, agua, personas, infraestructuras, equipos médicos y equipos de trabajo de oficinas (computadores, teléfonos, fotocopiadoras e impresoras) debiendo tomar todas las medidas de seguridad e higiene en el procedimiento empleado de acuerdo a la normativa vigente de la Autoridad Sanitaria.
2.2.2 SERVICIO DE SANITIZACIÓN
Es un servicio complementario a la fumigación o desinsectación, que elimina los microorganismos patógenos (virus, bacterias, hongos) en superficies y ambientes capaces de afectar la salud de los trabajadores y personal en tránsito, en duchas, baños, cocinas y servicios higiénicos al menos 3 (tres) meses. Otorgando un espacio seguro tras el control de plagas y se reduce la carga microbiana a niveles seguros especialmente en lugares de tráfico. A diferencia de la fumigación que elimina insectos (rastreros/voladores).
Productos o metodología:
• Utilizar equipos como termonebulizadoras o aspersoras o nebulización, para aplicar soluciones desinfectantes como, por ejemplo; amonio cuaternario, hipoclorito, en superficies, paredes y áreas comunes.
• Utilizar productos efectivos contra microorganismos y respetuosos con el medio ambiente, además de seguros para los habitantes tras un período de reingreso.
• Deberá incluir todos los lavamanos, baños, duchas, lavaplatos y cocina, etc.
2.2.3 SERVICIO DE DESRATIZACIÓN.
Realizar el servicio de desratización con el objetivo de mantener el control de plagas en las oficinas del SERNAPESCA, Región de Coquimbo. El servicio deberá contemplar el cambio de cebos de manera semestral. En caso de requerirse cebos adicionales debido a consumo por roedores, estos serán solicitados mensualmente.
Productos o metodología:
• Cebos rodenticidas anticoagulantes última generación con armargante.
• Insecticidas última generación con amplio efecto residual y amplio espectro de acción para la eliminación de todo insecto vectores.
• Sanitizante tipo amonio cuaternario y otros.
• Larvicidas y repelentes de insecto con forma de suspensión concentrada.
• Gel cucarachicida y otros.
• Herbicida sistemático no selectivo tipo rango.
• Bomba de espalda, motobomba, máquina UBV.
• Elementos de protección personal para sus trabajadores.
• Equipos de respiración autónomos o autocontenidos.
• Supervisor de trabajos de grado técnico.
• Vehículo de reemplazo autorizado sanitariamente.
• Comunicación múltiple y expedita.
• Desmalezamiento con motoguadaña en los patios, antejardín y estacionamientos de cada oficina.
• Cebaderos con etiquetas para cebos en bloque o trampas con adhesivos y leyenda veneno.
Procedimiento de aplicación:
a) Consiste en aplicación de cebos rodenticidas anticoagulantes de última generación, monodósicos y/o trampas pegajosas y tubo de PVC de 30 cm de largo por 7.5 cm de diámetro. Evitando que otras especies consuman por accidente el rodenticida (protegiendo la fauna).
b) La empresa deberá presentar un plan técnico de control de plagas, donde se consideran Roedores, murciélagos, insectos y aves, el que se verá reflejado en un plano simple proporcionado por el oferente, indicando los cordones sanitarios primarios y secundarios en el control de plagas.
c) Las trampas tubo se deberán colocar en el piso o suelo en línea recta una con respecto a la otra, ya que, el hábito de desplazamiento de las ratas es en esa dirección. Se deberán colocar al menos dos trampas en los sitios de ingreso a las dependencias con la finalidad de mantener los interiores protegidos de las plagas.
d) Los químicos deberán ser instalados en unidades con la leyenda VENENO.
e) Si el cebo está roído o deteriorado por efectos climáticos, el operario técnico lo deberá retirar y reemplazar por uno Nuevo en su lugar, dejando registrado el porcentaje de cebos roídos y el lugar donde se ubica la trampa.
f) En la desratización de edificios, bodegas y otros, se deberá utilizar el Sistema de cordón sanitario (protege las vías de ingreso y forma un perímetro de protección con trampas tubo, distribuidas cada 10 metros aprox.)
g) Si el rodenticida fuera ingerido por una persona, la empresa deberá avisar a un funcionario del servicio para que se lleve inmediatamente a urgencias para darle tratamiento.
h) Para el servicio de desratización la empresa podrá usar cebo rodenticida, pellets ó trampas pegajosas con molienda en el centro.
i) En el caso de encontrar un 50 a 80% de los cebos roídos, se deben ubicar los focos de mayor actividad y aumentar el número de trampas con rodenticidas en las dependencias, o bien aplicar alguna otra trampa que genere el efecto deseado.
j) El proveedor será responsable de realizar cualquier servicio adicional por la aparición de ratones en lugares donde previamente se haya realizado una desratización.
k) Se deberán colocar cebos, con dispositivos que impidan el consumo accidental de mascotas y debidamente identificados, con registro autoadhesivos en el que se precisa el tipo de producto, ingrediente activo y antídoto en caso de consumo humano. Estos cebos estarán debidamente anclados al suelo, muro o pilar.
l) Los cebos se ubicarán a una distancia entre 5 a 8 m., según asesoría de la empresa adjudicada.
m) Los cebos solo deberán ser manipulados por personal de la empresa oferente.
n) El prestador deberá entregar, un plano de la ubicación de todas las estaciones cebadoras (numeradas), además de una hoja de seguridad del producto aplicado e indicaciones de seguridad.
o) Todos los trabajos se deberán acompañar de un certificado válido ante la Autoridad Sanitaria.
p) Los productos por utilizar deben estar autorizados por la autoridad sanitaria. Debido al período de tiempo entre los procesos de desratización, el personal del proveedor del servicio deberá realizar monitoreos para asegurar la eficacia del servicio.
q) Horario para convenir de acuerdo con las necesidades del Sernapesca.
2.3.- Procedimiento de trabajo
• Autorización de la Resolución Sanitaria vigente, otorgada por la SEREMI de Salud, que autorice la prestación de servicios de fumigación y desratización en recintos de uso administrativo.
• Inspección o diagnóstico técnico: Planos de zonas afectadas y nivel de infestación.
• Comunicación, con el/la contraparte técnica sobre las áreas a intervenir y medidas preventivas para resguardar la salud de las personas y coordinar los trabajos.
• Aplicación controlada del tratamiento; siguiendo los protocolos de seguridad y uso de los elementos de protección personal (EPP).
• Ventilación y liberación segura de las áreas tratadas antes del reingreso del personal.
• Registro seguro de residuos y envases, según D.S. N°148/2023 (Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos).
• Informe inicial de diagnóstico.
• Certificado de tratamiento detallado productos, dosis, métodos, fechas y sectores tratados.
• Informe fotográfico comparativo antes y después de presentar las oficinas plagas que se deban eliminar.
• Plan de monitoreo con calendario de revisiones.
• Certificado de comprobante de ejecución, Al finalizar cada servicio, el proveedor deberá dejar registro de ejecución (hoja de trabajo), especifica de los productos utilizados, sus dosis, servicios realizados, maquina utilizada, registro de monitoreo de roedores y plano donde se encuentran los cebos, en las oficinas, etc.
• Reingreso del personal, una vez realizado el servicio control integral de vectores, la empresa deberá indicar el período para volver a ingresar al lugar trabajo por temas de seguridad.
2.4.- Periodicidad de los servicios
La frecuencia en la aplicación de desinsectación o fumigación, sanitización, será de 3 a 2 veces al año (trianual) según programa elaborado por los meses. Sin embargo, el servicio de desratización se deberá efectuar mensualmente en las oficinas, y debe cumplir con lo señalado por la autoridad sanitaria.
Se deberá considerar la prestación del servicio de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización) para todas las dependencias interiores y exteriores, según la siguiente periodicidad del servicio:
En caso de requerir una frecuencia mayor por lo de ser necesario, el servicio nacional de pesca y acuicultura a través de su contra parte técnica enviara un email solicitando la fecha y hora de realización de la prestación de los servicios generales para las aplicaciones extraordinarias.
Procedimiento del servicio:
• Después de realizada una visita por la aplicación de los productos, deberá dejar una constancia escrita en un lugar visible colocando un autoadhesivo (sticker), indicando el nombre de la empresa, RUT, domicilio comercial, teléfono, número y fecha de la resolución sanitaria que autorizó como identificación del inmueble tratado, indicando su dirección, tipos de tratamientos realizados, los ingredientes activos, concentración y lugares tratados.
• En el caso de la desratización debera indicar el número, tipo y peso de los cebos colocados, como el inicio y término del tratamiento, además de contar con un espacio destinado a observaciones y recomendaciones y fechas en las cuales se efectuó la operación.
• En este servicio se deberá considerar las visitas de emergencias que se necesitan en caso de aparición de vectores y/o otros. Estos requerimientos serán atendidos en forma inmediata, y corresponderá a llamados de emergencias en un plazo No Mayor a 2 horas para respuesta y ejecución. El oferente deberá contar con una estructura técnica y logística capaz de asumir el servicio requerido.
• Deberán contar con un servicio de emergencia para atender cualquier requerimiento durante las 24 horas del día los 365 días del año, a través de una línea de emergencia, en donde una operadora tomará el reporte designando y posteriormente un técnico especializado, que un lapso no mayor de tres horas, visitará la instalación. La no concurrencia a dicho llamado será causal de término de contrato o multa según la gravedad de la emergencia, la cual ascenderá al cobro de la multa que será descontada de la mantención del mes donde se registre dicha emergencia o prestación del servicio.
2.5.- Descripción de las oficinas de prestación de Servicio
Los oferentes deberán tener en consideración las descripciones físicas donde se prestará el servicio de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización), según el siguiente desglosé de las oficinas:
Dirección Planta Mts.2 oficina Dependencias
Oficina N°709, Piso 6 y 7, Edificio Arenas, Av. Videla N°340, Coquimbo 1er y 2do Nivel 1er Nivel 160 mts.2 aprox.
2do Nivel 147 mts.2 aprox. Primer Nivel (6to piso):
Sala de reunión
Cocina
3 baños y duchas
2 bodegas
Atención Usuario
1 Oficina
2 Baños
Escalera
pasillos
Segundo nivel( 7mo piso):
6 Oficinas
Pasillos
5 baños
Subsuelo piso menos 2, Edificio Arenas, Av. Videla N°340, Coquimbo Subsuelo piso -2 3 bodegas
Juan Melgarejo N°955, Coquimbo 1er y 2do Nivel 1er Nivel superficie de 57,66 mts.2
2do Nivel superficie de 132,26 mts.2 Primer Nivel:
2 Oficinas
Segundo nivel:
7 Oficinas
1 Cocina
2 baños
Galvarino N°250, Los Vilos. 1er y 2do Nivel 75 mts.2 Primer Nivel:
Atención Usuario
Secretaria
Sala de espera
Encargada de oficina
Cocina.
Segundo nivel:
Sala de reunión
Fiscalización
Bodega
2 baños
Lord Cochrane N°815, Tongoy. 1er y 2do Nivel 90 mts.2 Primer Nivel:
Bodegas
Segundo Nivel:
Secretaria
Atención Usuario
Encargada de oficina
Cocina.
2 baños
Julia Vergara N°22, Punta de Choros - Comuna de la Higuera 1er Nivel Primer Nivel:
Atención Usuario/Encargado Oficina anexa
Bodega
Comedor
Cocina.
1 Baño.
En el caso, de efectuar cambio de dirección de las oficinas por arriendo de inmuebles, SERNAPESA región de Coquimbo, comunicará al proveedor adjudicado vía correo electrónico o carta certificada, en un plazo de 30 días corridos. Para este caso se evaluará las condiciones de la infraestructura de la nueva dependencia y se emitirá una modificación al contrato con el proveedor.
2.6 Garantía servicio postventa
El proveedor adjudicado deberá otorgar garantía mínima de 12 meses contra reinfestación, respondiente con tratamiento adicional sin costo de reaparición de plagas durante el período.
2.7 Visita a terreno voluntaria
Los oferentes que requieran efectuar una visita a terreno VOLUNTARIA a las instalaciones de las oficinas indicadas para prestación de servicio de control integral de vectores, estan estipulagas en las respectivas bases.
Las consultas que surjan de la visita en terreno se deben efectuar sólo a través del portal mercado público www.mercadopublico.cl, por tal motivo se reconocen como válidas sólo las efectuadas a través de ese mecanismo.
Dicha visita a terreno será supervisada y guiada por un funcionario de Sernapesca y consistirá en recorrer las dependencias de los inmuebles indicados, a fin de determinar los principales puntos de interés y trabajos a realizar.
Los costos necesarios para que los interesados asistan a la visita, serán de cargo de cada uno de los proveedores.
SE HACE HINCAPIÉ QUE LA VISITA A TERRENO ES VOLUNTARIA Y NO OBLIGATORIA, la Dirección Regional se reserva el derecho realizar un proceso licitatorio a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para tales efectos se considera la visita a terreno de manera voluntaria para los siguientes días:
OFICINAS DIRECCIÓN FECHA HORA FUNCIONARIO A CARGO
Dirección Regional Oficina N°709, Piso 7 y 6, Edificio Arena, Avenida Videla N°340, Coquimbo. 04/02/2026
10:00am
Nadia Castro o quien la subrogue
Dirección Regional 3 Bodegas en el subsuelo del edificio arenas piso -2 04/02/2026 10:00am
Nadia Castro o quien la subrogue
Anexo Coquimbo Juan Melgarejo N°955, Coquimbo 04/02/2026 10:30am Nadia Castro o quien la subrogue
Tongoy Lord Cochrane N°815, Tongoy, en la caleta de Tongoy. 0402/2026 12:00pm Jenny Alfaro o quien la subrogue
Los Vilos Galvarino N°250, Los Vilos 05/02/2026 11:00am Paulina Gallardo o quien la subrogue
3. Personal de la Empresa
La empresa adjudicada La empresa adjudicada deberá contar con el personal idóneo para realizar los trabajos de servicio de Control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización, desratización) para las oficinas, del Sernapesca región de Coquimbo, los cuales deberán cumplir con lo siguiente:
a) Los materiales y productos para utilizar para presar los servicios requeridos serán entregados y ejecutados por el proveedor.
b) El proveedor deberá utilizar máquinas de tipo ultra bajo volumen, considerando que en las oficinas hay gran cantidad de documentos y computadores que no se deben humedecer.
c) Cumplimiento del Decreto 157/2005, Nuevo reglamento de pesticidas, el proveedor deberá cumplir de este decreto en especial el artículo N°104.
d) El oferente debe disponer de todas las herramientas necesarias para la correcta ejecución de los trabajos.
e) Los trabajadores deberán usar los elementos de protección personal (EPP) adecuados para la o las funciones que deberán ejecutar, tales como: uniforme, zapatos de seguridad, guantes, mascarilla facial, etc. estos implementos de seguridad son de exclusivo cargo y costo del proveedor.
f) El personal deberá portar credencial identificadora la cual debe indicar nombre, apellido, y servicio prestado.
g) SERNAPESCA se reserva el derecho de no permitir el ingreso de los trabajadores de la empresa adjudicada, en el evento que no se presenten con las herramientas básicas y los elementos de protección personal adecuados para realizar las labores contratadas, lo cual será supervisado por la contraparte técnica o quien este designe al efecto.
h) Asimismo, si durante la realización del trabajo se observa que los trabajadores de la empresa no se encuentren utilizando los elementos de protección personal y/o cumpliendo todas las medidas de seguridad que la labor requiere realizar, se aplicará la multa correspondiente.
i) El contratante deberá mantener copia actualizada de toda la documentación de contratos, finiquitos, liquidaciones de sueldo del personal que prestará los servicios contratados y planillas de pago de imposiciones, disponible para su revisión cuando sea requerida por el SERNAPESCA.
j) La empresa adjudicada será responsable por los daños y pérdidas que pudiese ocasionar el personal que sea dispuesto para prestar los servicios contratados, sean estos a las instalaciones, el mobiliario, el equipamiento y/o la infraestructura de la entidad licitante.
k) El SERNAPESCA no tendrá relación jurídica alguna con el personal del prestador del servicio y quedará liberado de toda responsabilidad frente a dicho personal, salvo las dispuestas por el ordenamiento jurídico vigente.
l) El oferente debe proveer a sus trabajadores los equipos de seguridad que establecen las leyes y reglamentos de seguridad industrial, cumplir con las normas de prevención de riesgos de los mismos y las instrucciones que imparta la Mutual o la entidad aseguradora con la que contrate el seguro de accidentes correspondiente.
m) La empresa deberá acreditar que ha dado cumplimiento a las normas legales sobre protección contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, así como del pago de las cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores.
n) La empresa contratante deberá generar las mejores condiciones de empleo y remuneración de su personal, para ello velará por mantener un adecuado trato y preocupación por sus empleados, de manera de mantener una planta estable de trabajadores que asegure dar continuidad a la prestación de los servicios de mantención y reparación en todas las dependencias del Servicio.
o) Queda prohibido al personal del proveedor contratante transitar por lugares no autorizados por SERNAPESCA, ni utilizar ningún tipo de equipamiento de la Institución. Así como también el consumo de alcohol y drogas in situ, y/o llegar a trabajar en estado de ebriedad o en condiciones que revistan algún tipo de riesgo para el trabajador o para la Institución.
p) La empresa contratante deberá enviar la nómina de personal asignado para la ejecución de los trabajos en cualquiera de las dependencias de SERNAPESCA, incluyendo los números de cédula de identidad. En el evento que exista algún cambio o reemplazo del personal asignado, éste deberá ser informado al Servicio a más tardar dentro de 24 horas conforme a las formas de notificación reguladas en las bases administrativas.
4. Otras Obligaciones del proveedor
Todo trabajo relacionado al servicio de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización), en cada dependencia de las oficinas deberá considerar:
El proveedor debe contar con la Resolución de autorización sanitaria vigente otorgada por la Seremi de Salud que corresponda.
El proveedor deberá mostrar un plan técnico de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización), el cuál considerará roedores, murciélagos, insectos, aves, etc., el que se verá reflejado en un plano simple proporcionado por el proveedor una vez ejecutado el servicio, para el control de los cordones sanitarios primarios y secundarios, considerando los puntos críticos de control de plagas establecidos.
El proveedor deberá dar cumplimiento a lo señalado en la normativa:
Reglamento sanitario de los alimentos. Decreto N°977/96 actualizado a octubre 2016.
Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo N°594/99 actualizado a junio del 2019.
Reglamento de pesticidas de uso sanitario y domestico decreto N°157/2005.
Normas de seguridad del MINSAL y del MINSALUD para el uso de plaguicidas.
Ser responsable de su personal y de todas las acciones ejecutadas por estos dentro de las instalaciones de las oficinas del Sernapesca.
Suministrar servicios y/o maquinarias necesarias, propias e inherentes a la prestación, aunque estos no hayan sido expresamente incluidos en las presentes bases.
Mantener la continuidad del servicio de control integral de vectores (Desinsectación o fumigación, sanitización y desratización), independiente de las causas señaladas en el cuadro precedente.
Instruir a su personal que, tanto al momento de ingresar o retirarse de las oficinas del Sernapesca, deberá comunicarlo al/la funcionario/a que se encuentre en las dependencias, quien llevará el registro respectivo.
El proveedor debe cumplir con la Normativa vigente de la Ley N°16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, especialmente el Decreto Supremo N.°40 párrafo 2, articulo 4 tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de las personas trabajadoras
El cumplimiento del Decreto Supremo n.°594 condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, articulo 53 provisión de elementos de protección personal al riesgo a cubrir y su capacitación.
Elementos de protección Pulverizado Nebulizado Termo Nebulizado Desratizado
Zapatos de seguridad x x x x
Gorro con visera x x x
Overol impermeable con gorro-capuchón elasticado, manga con puño elasticado x x x
Guantes de media manga impermeable x x x
Guantes flexible de cuero x x x
Mascara facial de medio rostro (con filtro P100) x x
Máscara facial de rostro completo. (con filtro P100) x x
Antiparras herméticas x x x
Los productos para utilizar deben estar autorizados por la autoridad sanitaria. Identificar productos formulados, propiedades, además de señalar propiedades físicas y químicas de los productos, efectos sobre el medio ambiente. Por lo antes expuesto, las dependencias deberán permanecer cerradas durante un tiempo determinado, de acuerdo con las pautas o plan de trabajo del prestador de servicio, durante y después de realizados los procesos de desinfección y desratización.
Los productos deben estar registrados y autorizados por el Instituto de Salud Pública (IPS).
Queda prohibido el uso de plaguicidas no autorizados, productos de uso agrícola en ambientes habitados o cualquier químico que no cuente con registro sanitario.
5. Prórroga de los Plazos
Si, por motivos de fuerza mayor o atraso en la recepción de algún trabajo, el proveedor adjudicado requiera de un mayor plazo para ejecutar los trabajos, deberá solicitar una prórroga del plazo acordado, siempre y cuando se encuentre debidamente justificado.
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