Licitación ID: 1101892-3-LP25
CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y GUARDIAS.
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE INVESTIGACIONES AGROPECUARIAS
Fecha de Cierre: 13-01-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 19
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Guardias de seguridad 1 Unidad
Cod: 92121504
CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y GUARDIAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y GUARDIAS.
Estado:
Publicada
Descripción:
Proveer el servicio de seguridad y guardias del centro regional de investigación INIA La Platina, en Avda. Santa Rosa 11610, comuna La Pintana, Region Metropolitana y en C.E. INIA LOS TILOS, en Camino Los Guindos sn, Buin.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LA PLATINA
R.U.T.:
61.312.000-9
Dirección:
Direccion no aplica a productos virtuales
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-01-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 23-12-2025 11:35:52
Fecha inicio de preguntas: 24-12-2025 8:00:00
Fecha final de preguntas: 30-12-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-01-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-01-2026 16:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-01-2026 16:10:00
Fecha de Adjudicación: 26-01-2026 16:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos N°1: Presentación del postulante. Anexo N° 5: Declaración jurada simple, que acredita encontrarse plenamente habilitado(a) para contratar con el Estado. Asimismo, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. Dicha declaración se genera automáticamente en línea al momento en que el proveedor ingresa su oferta en el proceso de licitación correspondiente, por lo que no resulta necesario incorporarla como Anexo. En el caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP): Anexo N° 4: Descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la UTP. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quién de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación el INIA entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP. Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2: Oferta Técnica. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. En caso de que no se presente el Anexo N°2, la oferta será declarada inadmisible. Anexo N°6: Cumplimiento programa de integridad. La propuesta debe indicar si su empresa cuenta con Plan de Integridad, entregando los respaldos correspondientes de que fue difundido y/o se encuentra en conocimiento de sus trabajadores/as.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3. Oferta económica. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica 1) Oferta económica Se valorará el precio ofertado por los ítems señalados en el Anexo N° 3, valor que se entenderá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato. Este valor debe ser presentado con impuestos incluidos y expresado en pesos chilenos para nacionales y en dólares para otros países. 40%
2 Años de experiencia 2) Años de experiencia Para efectos de evaluación, los oferentes deberán indicar en el Anexo N°3 el criterio “Años de Experiencia”, el cual corresponderá a la cantidad de años que llevan realizando servicios similares a lo requerido, de acuerdo al detalle indicado en las Bases Técnicas y deberá ser expresado en “años”. Los años de experiencia que se indiquen en el Anexo N°3, serán verificados a través de la fecha de inicio de actividades informada en el portal www.sii.cl. La oferta que no indique el valor solicitado o que no sea acorde a la información revisada en el SII, será rechazada. 10%
3 Cumplimiento de requisitos formales 5) Cumplimiento de requisitos formales Corresponde al cumplimiento formal de la oferta, respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso. Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber: a) Presentación de Anexos Administrativos y Anexos Técnicos según formatos b) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos c) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita. 5%
4 Cumplimiento programa de integridad 4) Cumplimiento programa de integridad El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permite combatir la corrupción. Cada oferente al postular deberá informar si cuenta con Programa de Integridad implementado, de acuerdo con el detalle solicitado en el Anexo N° 6, en conjunto con respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno, mail masivo, ficha de asistencia de la difusión del programa, etc. 5%
5 Alzas anuales de precio 3) Alza anuales de precio Para efectos de evaluación, los oferentes deberán indicar en el Anexo N°3 el Criterio N°3 "Alzas anuales en precios": Para efectos de evaluación, los oferentes deberán indicar en el Anexo N°3 el criterio "Alzas anuales en precios", el cual corresponderá al porcentaje de alza anual que se pactará durante la duración de la contratación y deberá ser expresado en "porcentaje (%)". La oferta que no indique el valor solicitado, será rechazada. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rodrigo Martinez
e-mail de responsable de pago: rodrigo.martinez@inia.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INIA La Platina, Rut: 61.312.000-9
Fecha de vencimiento: 01-04-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: " CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y GUARDIAS DEL CENTRO REGIONAL DE INVESTIGACIÓN INIA LA PLATINA” “ID 1101892-3-LP25”.
Forma y oportunidad de restitución: s
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
19. CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS
19. CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS 19.1 DOCUMENTOS INTEGRANTES La relación contractual que se genere entre INIA y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: i) Bases de licitación y sus anexos. ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. iii) Oferta. iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder. v) Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. 19.2 PLAZO Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO INIA suscribirá el respectivo contrato con el oferente adjudicado para la contratación en cuestión, previa acreditación de su inscripción en el portal www.chileproveedores.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente en dependencias del INIA. Si el oferente seleccionado no firmare el contrato por causa imputable a él en el plazo de 20 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo INIA, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación. El oferente, por el solo hecho de presentar su propuesta declara aceptar íntegramente las estipulaciones del contrato que se suscribirá con motivo de la adjudicación. Asimismo, el contrato no podrá ser objeto de modificaciones una vez suscrito, salvo en aquellos casos calificados en que sobrevengan hechos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditados, que hagan necesaria su adecuación. En tales circunstancias, INIA podrá autorizar las modificaciones estrictamente indispensables para restablecer el equilibrio contractual, debiendo éstas formalizarse mediante la respectiva resolución. Para suscribir el contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores. Las eventuales diferencias que existieran a propósito del presente proceso licitatorio y que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes o por el Tribunal de Contratación Pública, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. 20. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 1) El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a INIA en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual. 2) Las reuniones que se soliciten deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. 3) Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por INIA en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde su notificación. 4) Entregar oportunamente los informes solicitados por INIA. 20.1 MULTAS El proveedor adjudicado deberá pagar multas por incumplimientos en que incurra en la prestación del servicio, de conformidad con las presentes bases. El incumplimiento, por causa imputable al oferente adjudicado, conforme a la fecha establecida para el inicio de la vigencia del Contrato, se multará con 3 UTM diaria, con un tope máximo de 15 UTM en el mes. Si la aplicación de multas llega al 5% del monto total contratado, sin perjuicio de la facultad de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se considerará que el oferente no ha dado cumplimiento a la oferta realizada, por lo cual INIA podrá dar por terminada la contratación, por incumplimiento grave por parte del adjudicatario. Las multas podrán versar, sin estar limitadas a este listado sobre: - Incumplimiento de la calidad del servicio, de acuerdo a las presentes Bases de Licitación y/o Contrato; - Incumplimiento de valores ofertados u otras condiciones requeridas o de la oferta; - Incumplimiento de plazos comprometidos, sin justificación imputable al adjudicatario; - Cualquier situación que se estipule en el correspondiente contrato Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán, sin perjuicio del derecho de INIA de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por INIA, en base Al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir. El monto en pesos de las multas se calculará con el valor de la UTM del mes que se dictó la resolución fundada que la cursa. 21. SUBCONTRATACIÓN Quien preste el servicio podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% durante toda la vigencia del contrato, siempre que ello sea informado por escrito al INIA, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subcontratación podrá referirse a tareas específicas tales como: servicios profesionales de periodistas, sonidistas o empresas de eventos, sonido y camarógrafos u otras de mayor especificación u otros, cuando así pudieran ser requeridos por el adjudicatario. El Instituto se pronunciará en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada. El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones. La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886. 22. PRORROGA DEL CONTRATO Las partes, de mutuo acuerdo y mediante resolución institucional debidamente fundada, podrán pactar por única vez la ampliación del contrato en idénticas condiciones al contrato principal, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. Para tales efectos, el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento al momento de suscribir la respectiva ampliación, por un plazo que no puede exceder la ampliación del contrato. La prórroga solo procederá en casos de necesidad institucional, caso fortuito u otras causas excepcionales que se encuentren debidamente justificadas, y quedará sujeta a la evaluación del desempeño del contratista durante el período contractual. 23. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO INIA está facultado para declarar el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Por caso fortuito o fuerza mayor. c) Por interés público o seguridad nacional. d) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. e) Si el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en éste, en las bases y los anexos que forman parte de la licitación o en su oferta. f) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes falsos durante el proceso de licitación. g) Si el contratante incurre en tres faltas graves de las obligaciones estipuladas, entendiéndose por tales, las que podrían afectar total o parcialmente el correcto y efectivo funcionamiento del contrato. h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. i) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. j) Si el oferente seleccionado fuera declarado en insolvencia, o perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente. k) En caso de muerte del Contratista adjudicado o de disolución de la sociedad, en su caso, el Contrato caducará y se procederá administrativamente a la liquidación del Contrato al avance del mismo y al valor de éste. No obstante lo anterior, INIA podrá convenir la sucesión del Contratista para la continuación de las labores, mediante la suscripción del Contrato correspondiente, respetándose las condiciones, los valores del Contrato primitivo y reemplazándose las garantías existentes. l) Si el Contratista no diere cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas o Contrato, y se niega a rectificar dichos incumplimientos. m) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad. n) Por alguna de las causales previstas en el artículo 130 y 157 del Reglamento de la ley N°19.886. o) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega de los servicios supera las 15 UTM en el mes. p) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: - Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. - De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. - Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. - Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. - Disolución de la UTP Si se pone término al Contrato por cualquiera de las causas señaladas precedentemente salvo la de la letra j), se hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que a INIA correspondan
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.