De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto Supremo N° 661/2024), y en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 21.131, que regula el pago a 30 días, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas se compromete a realizar el pago por los servicios prestados dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la Recepción Conforme de la respectiva orden de compra, debidamente registrada en el Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl) y emisión de la correspondiente factura.
El pago por los servicios prestados se realizará en 4 estados, conforme al siguiente detalle:
a) Primer pago, al finalizar la “Actividad de Reconocimiento y Conmemoración de Mujer Rural”:
- Correspondiente al 100% del monto total ofertado y adjudicado para esta actividad. Se efectuará una vez ejecutada y finalizada dicha actividad, de acuerdo con lo establecido en las Bases Técnicas de la Licitación y los montos ofertados en el Anexo N° 5, presentado por el proveedor. Este pago será cursado dentro de un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de la orden de compra y la emisión de la factura correspondiente.
b) Segundo pago, al finalizar la Actividad de Reconocimiento de Mujeres en el rubro de Manipulación de Alimentos:
- Correspondiente al 100% del monto total ofertado y adjudicado para esta actividad. Se efectuará una vez ejecutada y finalizada dicha actividad, de acuerdo con lo establecido en las Bases Técnicas de la Licitación y los montos ofertados en el Anexo N° 5, presentado por el proveedor. Este pago será cursado dentro de un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de la orden de compra y la emisión de la factura correspondiente.
c) Tercer pago, al finalizar la Actividad de Conmemoración por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres: “Bicivilízate”
- Correspondiente al 100% del monto total ofertado y adjudicado para esta actividad. Se efectuará una vez ejecutada y finalizada dicha actividad, de acuerdo con lo establecido en las Bases Técnicas de la Licitación y los montos ofertados en el Anexo N° 5, presentado por el proveedor. Este pago será cursado dentro de un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de la orden de compra y la emisión de la factura correspondiente.
d) Cuarto pago, al finalizar el Hito de Cierre y Certificación de la Oficina de la Mujer :
- Correspondiente al 100% del monto total ofertado y adjudicado para esta actividad. Se efectuará una vez ejecutada y finalizada dicha actividad, de acuerdo con lo establecido en las Bases Técnicas de la Licitación y los montos ofertados en el Anexo N° 5, presentado por el proveedor. Este pago será cursado dentro de un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de la orden de compra y la emisión de la factura correspondiente.
Condiciones para el pago:
Cada factura presentada deberá contar con la aprobación previa del Inspector Técnico del Contrato, quien emitirá un informe técnico de cumplimiento que acredite:
- La correcta y oportuna prestación de los servicios.
- El cumplimiento de los aspectos técnicos y administrativos establecidos en las Bases Técnicas.
- La entrega de los respaldos y documentación que justifiquen el servicio y el monto facturado, tales como listas de asistencia, registros fotográficos, entre otros que correspondan.
El monto total a pagar se determinará conforme a la oferta económica adjudicada, debidamente respaldada por la respectiva Orden de Compra emitidas.
El pago se efectuará únicamente respecto de los servicios efectivamente ejecutados y que hayan sido debida y conformemente recepcionados. La Recepción Conforme deberá ser certificada por el Inspector Técnico del contrato, según corresponda.
3.1 Recepción Conforme y plazos
La Recepción Conforme será registrada en el portal Mercado Público y constituye el hito que habilita el cómputo del plazo para el pago, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N° 21.131. La recepción deberá emitirse en un plazo no superior a diez (10) días corridos desde la prestación del servicio, salvo que el municipio a través de su unidad requirente presente observaciones fundadas, dentro de dicho plazo.
En caso de existir observaciones o reparos, el adjudicatario tendrá un plazo de ocho (8) días hábiles para subsanarlas. Durante este período, el cómputo del plazo de treinta (30) días para el pago quedará suspendido, y se reiniciará una vez que las observaciones hayan sido subsanadas y se haya registrado la Recepción Conforme.
El Adjudicatario podrá emitir su factura una vez efectuada la Recepción Conforme la Orden de Compra a través del portal de Compras Públicas.
3.2 Procedimiento de facturación
Las facturas deberán ser emitidas electrónicamente a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, y deben incluir los siguientes datos:
● Razón Social: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
● RUT: 69.220.200-7
● Domicilio: San Francisco N° 413, Puerto Varas
Las facturas deben ser ingresadas a través de uno de los siguientes medios:
1. De manera presencial, en la Oficina de Partes Municipal.
2. De manera digital, enviando la factura al correo electrónico oficial habilitado para la recepción de facturas: jaime.sanchez@ptovaras.cl, con copia a freddy.barria@ptovaras.cl (o al correo que se indique expresamente en la orden de compra).
Cada factura debe referenciar el ID de la orden de compra correspondiente y detallar con precisión los servicios prestados.
- CLÁUSULA DE FACTURACIÓN TRANSPARENTE Y CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO
El adjudicatario deberá emitir sus facturas considerando únicamente los servicios efectivamente prestados y los costos reales incurridos en la ejecución del contrato, desglosando claramente los valores netos y los impuestos asociados, conforme a la normativa tributaria vigente.
En caso de incluir servicios o productos adquiridos a terceros, estos deberán estar debidamente respaldados por los documentos tributarios respectivos (boletas de honorarios, facturas de proveedores, etc.), y no podrá adicionarse nuevamente IVA sobre montos que ya lo incluyen, bajo ninguna circunstancia. En tal sentido, queda expresamente prohibido facturar “impuestos sobre impuestos”.
El incumplimiento de esta disposición será considerado una infracción grave al contrato, pudiendo dar lugar a la aplicación de sanciones administrativas, la suspensión de pagos y/o el término anticipado del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder.
3.3 Aplicación de multas y descuentos
Conforme a lo establecido en estas bases, la Municipalidad de Puerto Varas podrá aplicar multas por atrasos o incumplimientos en la ejecución de los servicios. Dichas multas serán descontadas directamente de los pagos correspondientes al proveedor, previa notificación escrita y aprobación mediante un Decreto Alcaldicio.
3.4 Obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario tiene las siguientes responsabilidades:
- Emitir y presentar la factura de manera oportuna, incluyendo todos los servicios requeridos en la orden de compra.
- Subsanar cualquier observación que se le realice respecto de la factura o los servicios prestados, dentro de los plazos establecidos.
- Mantener al día sus obligaciones laborales, tributarias y previsionales, cuya inobservancia podrá constituir causal de retención o no pago hasta que se regularicen.