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Bases Administrativas |
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1 ANTECEDENTES GENERALES
ARTÍCULO 1: IDENTIFICACIÓN DEL SERVICIO
Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación para contratar el servicio “AUDITORIAS
AL PROCEDIMIENTO DE AUTOCONTROL DE LA CALIDAD DEL AGUA POTABLE - 2021”
El detalle de los servicios que se contratarán está especificado en las Bases Técnicas de la licitación.
ARTÍCULO 2: DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO
El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y
Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o
“www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación
se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de
dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su
Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado
sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados
puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.
En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl, debidamente acreditada por
la Dirección de Compras Públicas mediante la emisión de un certificado de indisponibilidad. Esto es,
que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la
SISS podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá
poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir las ofertas técnicas
y económicas a través del correo electrónico de la Oficina de Partes de la SISS (ofpartes@siss.gob.cl),
y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del
proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto,
especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno
respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases
y teniendo presente lo más conveniente para la SISS.
ARTÍCULO 3: CONTRATANTE
El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, y será coordinado e
inspeccionado a través del Área Técnica de la División de Fiscalización.
ARTÍCULO 4: TIPO DE CONTRATO
El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será a suma alzada en pesos sin reajuste.
ARTÍCULO 5: ETAPAS DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta
económica, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La oferta será declarara
inadmisible en caso que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en
forma conjunta.
ARTÍCULO 6: PRESUPUESTO
El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos provenientes del Subtítulo 22, por un
presupuesto máximo total de $ 15.000.000 (quince millones de pesos, IVA incluido), del Presupuesto
SISS Año 2021. Se declararán inadmisibles aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo fijado
para la licitación.
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ARTÍCULO 7: REQUISITOS PARA PRESENTARSE A LA LICITACIÓN
Podrán participar personas naturales y jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores
(UTP), sean chilenas o extranjeras, que estén inscritos en www.mercadopublico.cl y que no registren
alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras.
En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado
que da cuenta del acuerdo para participar de esa forma. En dicho documento se deberá establecer,
además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la
Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato
Los oferentes no inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su
habilidad para contratar con el Estado, como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro
del plazo establecido en estas Bases, con la inscripción vigente en el registro electrónico oficial de
contratistas de la administración.
ARTÍCULO 8: INHABILIDADES
Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades
establecidas en el artículo 4°, inciso 2°, de la ley N° 19.886, deberán acompañar conjuntamente con
su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°10, firmados por el representante
legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural.
Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar una declaración jurada por cada integrante
de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante,
sea el caso.
Además, para acreditar que el oferente no se encuentra relacionado con una empresa sanitaria o una
administradora de una concesión sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045,
se deberá acompañar conjuntamente con la oferta, la declaración jurada correspondiente al
FORMULARIO N°11, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el
oferente persona natural. Asimismo, son inhábiles para participar aquellas personas que tengan
contratos vigentes o hayan prestado algún tipo de auditoría o consultoría a alguna de las empresas
sanitarias consideradas en el ámbito de este estudio, en los últimos 6 meses.
ARTÍCULO 9: IDIOMA
El idioma oficial de la presenta licitación será el español. Del mismo modo, el idioma oficial del
contrato adjudicado será el español.
ARTÍCULO 10: CÓMPUTO DE PLAZOS
Todos los plazos contenidos en las presentes bases son de días corridos, salvo en aquellos casos en
que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. Para estos efectos, serán días hábiles
todos los días, con excepción de los sábados, domingos y festivos.
En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el
día hábil siguiente.
ARTÍCULO 11: GASTOS
Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su
oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se
realice el proceso o su resultado.
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ARTÍCULO 12: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA LICITACIÓN
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto
N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican:
a) Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos.
b) Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución
correspondiente.
c) Serie de Preguntas y Respuestas.
d) Aclaraciones.
e) Las Propuestas Técnica y Económica del oferente seleccionado, que debe incluir todos los
formularios solicitados.
f) Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas.
g) Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación.
ARTÍCULO 13: ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las
disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
ARTÍCULO 14: CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA DE LOS ANTECEDENTES
A fin de guardar estricta reserva de todos los antecedentes, datos, estadísticas, políticas o criterios
propios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, los oferentes deberán adjuntar a su oferta el
FORMULARIO N°6. La no presentación de este formulario será causal para desestimar la oferta del
respectivo proponente.
ARTÍCULO 15: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes
Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio
de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación
materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta
que resulte de menor costo.
ARTÍCULO 16: ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta Pública,
podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal.
La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas,
Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal
www.mercadopublico.cl .
Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las
Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las
consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la
Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al
encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a
una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta el día y hora fijados para la recepción de
ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la
extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.
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2 PROPUESTA
ARTÍCULO 17: PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital,
dentro del plazo de recepción de las mismas, establecido en el Cronograma de Actividades y en los
horarios indicados en el portal www.mercadopublico.cl.
Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén
condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la
propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante, la Comisión).
ARTÍCULO 18: CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta
económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de
presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente
para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación.
ARTÍCULO 19: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda:
Oferente Persona
Natural
- Identificación según FORMULARIO N°9
- Copia simple de cédula de identidad
- Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente.
- Declaración jurada, según FORMULARIO N°11, suscrita por el oferente.
- Declaración de no funcionario público FORMULARIO N°8, según se
requiere en el artículo 20.1 letra e).
Oferente no es
persona Natural
- Identificación según FORMULARIO N°5
- Copia cédula de identidad del representante.
- Copia simple del RUT de la empresa.
- Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente.
Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar un formulario
por cada integrante de la UTP, suscritos por el respectivo integrante o
por el representante legal del integrante según, sea el caso.
- Declaración jurada, según FORMULARIO N°11, suscrita por el oferente.
- Declaración de no funcionario público FORMULARIO N°8, según se
requiere en el artículo 20.1 letra e).
ARTÍCULO 20: OFERTA TÉCNICA
Es la que, cumpliendo todas las exigencias de las Bases Técnicas, detalla las características de los
servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Adicionalmente, se considera que son parte de la Oferta Técnica de un proponente los siguientes
documentos, y deberán ser entregados conjuntamente con la misma.
20.1 Equipo propuesto para la ejecución del trabajo
a) Experiencia del oferente: Se evaluarán los aspectos señalados en el numeral 8 de las Bases
Técnicas los que deben quedar reflejados en el FORMULARIO Nº1, desarrollada en los
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últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado y
detallando los principales clientes.
b) Antecedentes generales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto,
según el FORMULARIO Nº2.
c) Experiencia de los integrantes del equipo: Curriculum Vitae detallado de cada uno de los
integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº3) con la experiencia
relevante al servicio a realizar, considerando lo especificado en el numeral 8 de las Bases
Técnicas .
d) Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por cada profesional que sea
ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº4). Se exigirá
la participación activa en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas, de la totalidad
del equipo profesional propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará
el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso que
un miembro del equipo profesional incluido en la oferta, una vez adjudicada, no se presente
a cumplir las labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la
adjudicación, se procederá a dejar la misma sin efecto.
e) Declaración jurada simple que certifique que el equipo de profesionales que participará en
el proyecto (FORMULARIO N°8):
i. Al momento de postular no es funcionario público. Para estos efectos se
considera como funcionario público a los profesionales de planta y contrata, de
acuerdo a lo establecido en la Ley 19.653.
ii. Si presta servicios a honorarios en alguna institución pública, deberá informar la
institución en la cual presta los servicios, el monto y duración del contrato, las
tareas contratadas y el tiempo que dedica a esta actividad.
iii. No tiene juicios pendientes con algún Organismo de la Administración del
Estado.
20.2 Propuesta de metodología para el desarrollo del trabajo
El oferente planteará un esquema con una propuesta sobre el desarrollo del proyecto, de acuerdo a
lo especificado en las Bases Técnicas.
20.3 Programa de trabajo y cantidades de trabajo ofertadas
Se deberá presentar como programa de trabajo los plazos asociados a los recursos ofertados,
considerando la entrega de los respectivos informes y plazos para sus correcciones, a partir de las
observaciones que formule la SISS y en concordancia con los requisitos de las Bases Técnicas del
proceso.
20.4 Serie de “Preguntas y Respuestas”
A que se refiere el Artículo16 de las presentes Bases, debe ser ingresado junto a la oferta técnica,
firmado por el oferente o su representante legal, según corresponda.
ARTÍCULO 21: OFERTA ECONÓMICA
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad
establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del
sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al
total ofertado a valor neto, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el
impuesto.
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Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica se deberá incluir como un formulario integrante de
la propuesta, en el que se deberá expresar su valor tanto en cifras como en palabras, en moneda
nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro
arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo al FORMULARIO N°7.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del
contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El proponente deberá considerar en su oferta total todas las empresas licitadas, y desglosarlo según
se especifica en el FORMULARIO N°7. Las ofertas que no cumplan este requisito, serán desestimadas.
3 APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 22: APERTURA DE LA OFERTA
La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el
portal Chile Compra, en dos actos.
Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la
presentación de las ofertas.
ARTÍCULO 23: COMISIÓN EVALUADORA
La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará por Resolución, a los profesionales que
constituirán dicha Comisión.
Teniendo en cuenta lo establecido en la Res. Ex. Nº 237 B del 13 de abril de 2020 de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, que aprueba la directiva N°34 de recomendaciones sobre
contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del virus COVID-19, esta
Superintendencia establece que la Comisión podrán sesionar de manera remota, utilizando las
herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, correo electrónico, Webex u
otras).
Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma
electrónica simple.
ARTÍCULO 24: ACLARACIONES SOLICITADAS A LOS OFERENTES
La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, antecedentes
o formularios faltantes, o aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor
comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta,
pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través
del portal www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 25: ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de
los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales
dentro del plazo que se designe por la SISS al hacer el requerimiento, el que se informará a través del
portal www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 26: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación Técnica y un Acta de
Adjudicación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en Bases
Administrativas y en las Bases Técnicas, en consideración al interés público comprometido,
procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más
conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros:
Criterio Porcentaje
a) Oferta Técnica 75%
b) Oferta Económica 20%
c) Correcta presentación de la oferta 5%
26.1 Evaluación de la Propuesta Técnica:
La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla:
Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo
Oferta
Técnica
75% de la
calificación
total
Experiencia
del oferente
20 % de la
oferta
técnica
Puntaje Número total de proyectos incluidos en
Formulario N°1
100 Más de 5 proyectos
70 Entre 3 y 5 proyectos
50 Entre 1 y 2 proyectos
0 No informa o no se puede demostrar.
Nota: Completar considerando numeral 8 de las bases técnicas
Experiencia
en auditorías
10 % de la
oferta
técnica
Puntaje Número incluidos en Formulario N°1
(Que corresponden a auditorías)
100 Más de 5 auditorías
70 Entre 3 y 5 auditorías
50 Entre 1 y 2 auditorías
0 No informa o no se puede demostrar.
Nota: Completar considerando numeral 8 de las bases técnicas
Experiencia
del equipo
15% de la
oferta
técnica
Puntaje Años promedio de experiencia del
equipo
100 Más de 5 años promedio
70 Entre 2 y hasta 4 años promedio
50 Entre 1 y hasta 2 años promedio
35 Menos de 1 año promedio
0 No informa
Nota: Se evalúa con la información del Formulario N° 3
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Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo
Porcentaje
de horas del
auditor líder
20% de la
oferta
técnica
Porcentaje de
horas del auditor
líder
° ℎ
í
° ℎ
× 100
Puntaje del
oferentei
% ℎ
í
á
% ℎ
í × 100
Nota: Se evalúa con la información del Formulario N° 2
Se calcula el porcentaje de cada oferente y el puntaje se obtiene comparando
con el porcentaje máximo de todos los ofertados
Metodología
de trabajo
35%
Puntaje Documentos requeridos en la
oferta
100 Cumple objetivo del estudio de
manera eficaz y eficiente.
Muestra conocimiento de los
aspectos relevantes del proceso a
verificar
70 Cumple objetivo, pero la propuesta
metodológica es poco clara.
30 La propuesta planteada no deja
claro que se cumpla con la
finalidad del estudio
0 Si corresponde a una transcripción
de las bases técnicas
El puntaje técnico de cada proponente se calcula de la siguiente manera:
Puntaje por evaluador: corresponde al promedio aritmético de las calificaciones asignadas por cada
miembro de la comisión en los distintos aspectos considerados.
Puntaje técnico de la oferta: se calcula como el promedio ponderado de los puntajes asignados por
cada evaluador. Este corresponde a la evaluación técnica final del proponente.
En la Evaluación Técnica, el aspecto de Experiencia se evaluará fundamentado en los antecedentes
presentados por los oferentes en sus propuestas. Dentro de los aspectos administrativos se
considerarán los ítems de cumplimiento de plazos. Para una propuesta “i”:
Puntaje Técnico Ponderado. =0a1
2
134
× Aspecto_tecnico1
Dónde aj corresponde a la ponderación asociada a cada aspecto técnico. Se establece un Puntaje de
la Oferta Técnica igual o mayor a 70 puntos para cada Propuesta Técnica, siendo descalificadas
aquellas ofertas que obtengan una calificación inferior, que no entreguen la propuesta metodológica
o ésta sea evaluada con 0 puntos.
26.2 Evaluación de la propuesta económica:
Criterio Puntaje
Oferta Económica
20%
(Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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26.3 Correcta presentación de la oferta:
Correcta presentación de
la oferta
5%
Puntaje Documentos requeridos en la oferta
100 Presenta todo lo solicitado, no se requieren
aclaraciones.
70 Se requiere aclaración por 1 formulario o
documento.
0 Se requiere aclaración por 2 o más formularios o
documentos.
26.4 Puntaje final de la oferta:
El estudio se adjudicará al proponente que obtenga el Puntaje Final máximo correspondiente
9
: ; = 0.2 × 9
: > ó
+ 0.75 × 9
: Cé + 0.05
× D
ó
ARTÍCULO 27: MECANISMO DE SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES
En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el ítem Experiencia y
antecedentes del Equipo asignado al proyecto, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje
en el ítem Metodología de trabajo, así sucesivamente con los ítems de mayor puntaje que son
Experiencia de la empresa y Oferta Económica, en ese orden.
ARTÍCULO 28: ADJUDICACIÓN
La adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del Acta de Adjudicación elaborada
por la Comisión Evaluadora.
ARTÍCULO 29: READJUDICACIÓN
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el
artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese
con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación
al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la
publicación de la adjudicación original.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada
inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días
hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del
resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o
de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor
evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2
integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que
se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la
oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente
mejor evaluado.
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ARTÍCULO 30: INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESERCIÓN
La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en
las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no
resultan convenientes a sus intereses.
En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada.
ARTÍCULO 31: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS DE LA LICITACIÓN Y CONSULTAS SOBRE LA
ADJUDICACIÓN
Se comunicará el resultado de la licitación pública de la correspondiente Resolución a todos los
oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a
contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución
adjudicatoria. Dichas consultas deberán efectuarse a través del portal mercado público.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del
sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el vencimiento del
plazo indicado en el párrafo anterior.
4 CONTRATO Y GARANTÍAS
ARTÍCULO 32: DEL CONTRATO
Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán
parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo12 de las presentes bases. El
oferente que resulte adjudicado deberá entregar los siguientes documentos:
a) Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días
corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el
Registro de Comercio.
b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no
superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la
adjudicación, emitido por el Registro de Comercio.
ARTÍCULO 33: PERFECCIONAMIENTO Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios
con la SISS dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de
adjudicación totalmente tramitada.
Si notificado el adjudicatario de la tramitación de la resolución de adjudicación, no suscribiere el
contrato dentro del plazo que se indica, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación.
Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna.
ARTÍCULO 34: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
No se requiere garantía de seriedad de la oferta.
ARTÍCULO 35: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera
a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el
documento que la póliza se encuentra completamente pagada.
También será admisible la garantía electrónica, en cuyo caso deberá ajustarse a lo previsto en la Ley
N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de ChileCompra, mediante carta dirigida
al Jefe de La División de Fiscalización de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y entregada en
la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
.
Monto 5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos
Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses
Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios
Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación
denominada “AUDITORIAS AL PROCEDIMIENTO DE
AUTOCONTROL DE LA CALIDAD DEL AGUA POTABLE -
2021” y las obligaciones laborales y previsionales de sus
trabajadores.”
Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará
facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización.
Esta garantía se devolverá cumplidos 60 días hábiles después de culminado el contrato, de acuerdo
a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886.
En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el
adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo
que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará
derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización.
ARTÍCULO 36: DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DEL SERVICIO
El contrato se ejecutará hasta dar cabal cumplimiento a lo establecido en la Propuesta Técnica del
oferente adjudicado, para las actividades y condiciones estipuladas en las Bases Técnicas de esta
licitación.
Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se
indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado,
domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente.
La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de
cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el
adjudicatario por el retraso involucrado.
ARTÍCULO 37: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Los servicios sólo podrán ser modificados durante su ejecución por mutuo acuerdo entre las partes o
por la SISS de manera unilateral. Las modificaciones sólo podrán corresponder a materias
relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren
indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.
En caso que las modificaciones representen un aumento de los servicios, el valor de éstos deberá ser
igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos
servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. Dicho aumento no podrá exceder en un 30%
del monto originalmente pactado.
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Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto
de una nueva Resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que seguirá el mismo
trámite que el contrato original.
Para estos efectos, el adjudicatario deberá constituir una nueva garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, en iguales términos y condiciones que las señaladas en el Artículo 35 de
estas bases. La garantía originalmente constituida se devolverá al adjudicatario dentro de diez días
hábiles contados desde la resolución que aprueba la modificación del contrato.
5 PRODUCTOS DEL CONTRATO Y PROPIEDAD INTELECTUAL
ARTÍCULO 38: INFORMES DE AUDITORÍA
Los informes se deberán entregar de acuerdo a lo especificado en las Bases Técnicas.
ARTÍCULO 39: PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los productos que se generen en el desarrollo del contrato serán de propiedad de esta
Superintendencia, la que podrá utilizarlos una vez terminado el contrato con el adjudicatario, en la
forma que ésta determine y sin un plazo acotado para hacerlo.
6 PAGOS
ARTÍCULO 40: MODALIDAD DE PAGO
El pago se hará efectivo, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la
celebración del contrato.
La SISS realizará pagos de acuerdo al calendario de entrega de informes, según el artículo N° 7 de las
Bases Técnicas, donde se deberá considerar lo señalado en el Artículo 43 de Multas y Otras Sanciones
de estas bases.
30% del total del contrato Posterior a la entrega del informe 2
Saldo del contrato Luego de la presentación de resultados y resolución de
observaciones
Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe los informes
respectivos, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato.
Una vez aprobados los informes y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o
Boleta de Servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de
sus obligaciones laborales y previsionales, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá
corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Tratándose de una UTP, el
certificado deberá ser presentado por cada integrante.
En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá
presentar una declaración jurada mediante la cual acredite dicha circunstancia (FORMULARIO N° 12).
Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días
corridos.
ARTÍCULO 41: ANTICIPOS Y REAJUSTES
No se contemplan anticipos ni reajustes.
7 EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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ARTÍCULO 42: ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE SU CUMPLIMIENTO
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un
Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y
responsabilidades:
a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
c) Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere
lugar.
d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos.
e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la
ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.
ARTÍCULO 43: MULTAS Y OTRAS SANCIONES
Cada día de atraso en la entrega del servicio significará una multa de 1 UF por día.
En caso que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo
requerido en las especificaciones, el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las
correcciones se considerará como tiempo de atraso en la entrega y aplicarán las mismas condiciones
y consideraciones señaladas precedentemente.
El valor total acumulado de las multas no podrá exceder del 10 % del valor total del contrato. En caso
de excederse del 10 % señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato.
ARTÍCULO 44: RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que
cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de
disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la
que se entenderá en su más amplia acepción.
ARTÍCULO 45: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Podrá ponerse término anticipado al contrato en los siguientes casos:
a) Por acuerdo entre las partes. La SISS y el Adjudicatario podrán poner término anticipado al
contrato de común acuerdo. En este caso no corresponderá pagar indemnización.
b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones
establecidas en las Bases o en el Contrato, entendiéndose por éstas aquellas que inciden en
la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para
ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que
los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el
adjudicatario en su oferta, etc.
c) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo
a través de terceros.
d) Por decisión de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando razones de
servicio así lo aconsejen. El aviso de término anticipado, se efectuará por carta certificada. En
este caso, la SISS pagará al Adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva
etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha
carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto
de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde:
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I : Monto a pagar por indemnización
Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación
de la etapa anterior
Np : Número de días de plazo total de la etapa
M : Monto a pagar por la etapa completa
Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el
contrato y sus modificaciones posteriores.
e) En el caso de Unión Temporal de Proveedores, son causales de termino anticipado del
contrato las siguientes:
e.1.) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto
de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes
pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
e.2) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o
más características objeto de la evaluación de la oferta.
e.3) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus
miembros;
e.4) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no
pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos
adjudicados;
e.5) Disolución de la UTP.
f) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento.
ARTÍCULO 46: PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO
Detectado un incumplimiento por parte de la Superintendencia o del inspector fiscal, este le notificará
al adjudicatario, personalmente o al correo electrónico de él o la responsable individualizado (a) en
el contrato, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción aplicable. A
contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de dos días
hábiles para efectuar sus descargos, por escrito ante el inspector fiscal del contrato, acompañando
todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la respectiva resolución o acto
administrativo aplicando la multa o el término anticipado del contrato
Si el adjudicatario presentó descargos en tiempo y forma, la Superintendencia los rechazará o
acogerá, total o parcialmente, lo que se determinará por resolución o acto administrativo, el cual
deberá ser notificado personalmente o por carta certificada.
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Las notificaciones se realizarán por carta certificada y al correo electrónico que informe en su oferta,
la que se entenderán practicadas a contar del tercer día de su envío.
Contra la resolución que aplique la sanción respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley
N° 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado.
ARTÍCULO 47: PRORROGA DE LA COMPETENCIA
En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario, que según la legislación
vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución
de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el
adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la
resolución de adjudicación.
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Bases Técnicas |
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ARTÍCULO 1: INTRODUCCIÓN
La Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante SISS, es un organismo estatal con competencia
fiscalizadora, entre otras funciones, en todo lo que respecta a la prestación de los servicios de producción y
distribución de agua potable, así como en la recolección y tratamiento de las aguas servidas.
Uno de los principales procesos de fiscalización corresponde al de la calidad del agua potable (AP) para lo cual,
esta Superintendencia ha dictado diversas instrucciones que abarcan todos los aspectos de la norma NCh 409.
Entre dichas instrucciones se encuentra el oficio N° 2.560 del 07 de septiembre de 2009 y otras instrucciones
complementarias, para verificar el correcto cumplimiento de la norma de calidad del agua en los servicios de
agua potable concesionados del país, así como de las instrucciones dictadas por esta Superintendencia.
Para verificar el correcto cumplimiento de la norma de calidad del agua en los servicios de agua potable
concesionados del país, así como de las instrucciones dictadas por esta Superintendencia, se requiere ejecutar
auditorías en 10 empresas de la región Metropolitana. Con esta información, la Superintendencia comprobará
la fiabilidad de la información que periódicamente remiten las empresas concesionarias, en relación al
autocontrol de la calidad del agua potable (AP).
ARTÍCULO 2: OBJETIVOS
2.1 Objetivos Principales
El objetivo principal de la Consultoría es evaluar el cumplimiento de las instrucciones emitidas por esta
Superintendencia, en el marco de procesos de auditoría de la Norma NCh 409, Partes 1 y 2, las Instrucciones
complementarias SISS contenidas en el Ord SISS N° 2560/09 y otros que se detallan en el siguiente punto, y el
Instructivo Calidad de las Fuentes de AP para los Servicios Públicos Sanitarios, aprobado por Resolución Exenta
N° 4423/2016.
El proceso abarca las siguientes concesionarias:
Región Empresa
Metropolitana Alberto Planella Ortiz S.A.
BCC S.A.
Explotaciones Sanitarias S.A.
Empresa de Agua Potable Lo Aguirre S.A. (EMAPAL)
Aguas Santiago Poniente S.A.
Servicios Sanitarios Larapinta S.A. (SELAR)
SACYR Agua Chacabuco S.A.
SACYR Agua Lampa S.A.
SACYR Agua Santiago S.A.
Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. (ESSSI)
2.2 Objetivos específicos
El alcance de las auditorias es fiscalizar el cumplimiento de las instrucciones y normativa aplicable en el período
2020 – 2021, junto con verificar el mejoramiento de los incumplimientos detectados en fiscalizaciones previas
realizadas por la SISS. Adicionalmente, se deberá recopilar los antecedentes de que disponga la empresa
sanitaria, relativos a sus protocolos de trabajo en situaciones de contaminación de sus fuentes de
abastecimiento.
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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La auditoría se realiza a nivel central de cada empresa y en los siguientes servicios:
Empresa Servicio
Alberto Planella Ortiz S.A. Santa Rosa del Peral
BCC S.A. BCC
Explotaciones Sanitarias S.A. Quilicura - Valle Grande I Y II
Empresa de Agua Potable Lo Aguirre S.A. (EMAPAL) Lomas de Lo Aguirre
Aguas Santiago Poniente S.A. Barrancas
Servicios Sanitarios Larapinta S.A. (SELAR) Larapinta
SACYR Agua Chacabuco S.A. Aconcagua
Ayres de Chicureo
SACYR Agua Lampa S.A. Estanque Nuevo 1
Estanque Las Higueras
SACYR Agua Santiago S.A. Umbral
Estanque Cota 1040
Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A.
(ESSSI)
Puertas de Padre Hurtado
Altos de Cantillana
ARTÍCULO 3: ANTECEDENTES DISPONIBLES
Para desarrollar este estudio la consultora dispondrá de la siguiente información:
• Instrucciones complementarias SISS contenidas en el Ord SISS N° 2560/09
• Instrucciones complementarias contenidas en oficios SISS N° 4.997 y N° 4.994, ambos del 12 de
diciembre del 2012.
• Instructivo Calidad de las Fuentes de AP para los Servicios Públicos Sanitarios, contenido en Resolución
SISS N° 4423/2016 y su versión anterior, Resolución SISS N° 3603/09.
• Ord 2540/2018 Instruye medidas frente a eventos por mala calidad organoléptica del agua potable
• Manual de Métodos de Ensayo para AP elaborado por la SISS.
• Instrucciones emanadas de las fiscalizaciones y auditorías anteriores realizadas a cada concesionaria.
• Lista de Verificación de Criterios de Auditoría.
A fin de preparar la propuesta, los oferentes podrán solicitar copia de la información disponible en el Centro
de Documentación de la Superintendencia, al correo electrónico de la Oficina de Partes de la SISS:
ofpartes@siss.gob.cl.
ARTÍCULO 4: DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ESTUDIO
4.1 Desarrollo del proceso auditoría.
a. El consultor debe recopilar la información de que dispone la SISS sobre el Procesos de Autocontrol de
Calidad del AP y de las fuentes de captación, Lista de Verificación de Criterios de Auditoría generada
por la SISS, instrucciones emanadas de fiscalizaciones, definición de los parámetros críticos de los
Superintendencia de Servicios Sanitarios
5
servicios de la empresa, resultados del Control Paralelo de AP y otra información pertinente de los
protocolos establecidos para intercambio de información (http://www.siss.gob.cl/586/w3-
propertyvalue-6332.html). Los informes de laboratorio de análisis con los resultados del Autocontrol
AP y Control de Fuentes deben ser requeridos en la empresa.
b. La coordinación con la empresa, requerimientos de información, consulta con otros especialistas de la
empresa y otros trámites administrativos asociados a la Auditoria, serán de responsabilidad del
Consultor, sin perjuicio del apoyo que podrá prestar la SISS de ser necesario.
c. Con cada empresa, se realiza una reunión inicial de coordinación Auditor – Empresa, y eventualmente
funcionarios de la SISS, para explicar el alcance de la auditoria y coordinar con los profesionales de la
empresa las distintas actividades que se llevarán a cabo en la fiscalización.
d. A Nivel Central de la empresa y en Laboratorio, se deberá efectuar la revisión del cumplimiento de
instrucciones. También se contempla la revisión del Informe de Supervisión de Calidad y Cloración año
2020, disponible desde el 31 de enero de 2021.
e. Aplicar Lista de Verificación de Criterios de Auditoría en cada empresa de servicios sanitarios.
f. Al finalizar el trabajo en terreno se debe realizar una reunión de cierre entre el Auditor y la Empresa, y
eventualmente funcionarios SISS, para explicar el alcance de los hallazgos. El Auditor deberá informar
los incumplimientos que identificó en cada empresa, proponiendo la solicitud de mejoramientos
correspondientes, las debilidades detectadas a nivel central y local, las debilidades en la aplicación de
la normativa, además de otros hallazgos identificados en los procesos auditados.
g. Al final del proyecto, el auditor deberá realizar una exposición y análisis de los resultados del proceso,
con profesionales de la División de Fiscalización de la SISS.
Las reuniones mencionadas en las letras c y f podrán ser realizadas de manera remota, mediante cualquier
plataforma, y podrán ser grabadas por el consultor, previo aviso a los participantes.
Existen actividades que necesariamente se deben desarrollar en terreno, como:
• Acompañar la toma de muestras de AP y entrega en laboratorio, por a lo menos un día por servicio de
AP de cada empresa.
• Observar el sistema de registro, respaldo y almacenamiento de datos de calidad AP de las empresas.
• Visita a plantas de potabilización de cada servicio de AP
ARTÍCULO 5: PRODUCTOS SOLICITADOS
Se deberá presentar un Informe para cada empresa auditada, que como mínimo incluya los siguientes
contenidos:
5.1 Actividades de la Consultoría:
Se deberán indicar resumidamente las actividades y cronograma en que se llevaron a efecto las actividades de
la Consultoría.
5.2 Listas de Verificación de Criterios de Auditoría:
Se debe entregar todas las listas de verificación aplicadas, las que deben incluir el detalle de todos los hallazgos
detectados en la auditoría.
La aceptación o rechazo de cada requisito estará en base a la reglamentación vigente, o requisitos previamente
establecidos entre el consultor y la SISS.
5.3 Incumplimientos
En un Cuadro Consolidado se deben informar los cumplimientos e incumplimientos con observaciones del
proceso, clasificados como faltas graves, medias o leves, según su importancia. Además, se debe especificar en
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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cada caso: el aspecto auditado, la evidencia de respaldo, el hallazgo, el nivel afectado (central o local), y la
normativa aplicable.
En los aspectos auditados se debe señalar en un solo punto el incumplimiento a nivel de toda la empresa.
Dicho cuadro será informado a la empresa solicitando los mejoramientos que correspondan, mediante Oficio
emitido por la SISS. En un anexo se debe adjuntar copia de los documentos de la empresa que evidencian tales
incumplimientos.
5.4 Resumen de Incumplimiento según normativa.
En un cuadro resumen se deben clasificar los cumplimientos e incumplimientos con observaciones del proceso,
según los cuerpos normativos que correspondan: Norma de AP, Manual de Métodos de Ensayo, Instrucciones
Operativas Control de la Calidad del AP, Instrucciones Muestreo AP, Instructivo Fuentes de AP, e Instructivo
para eventos por mala calidad organoléptica del AP, así como su clasificación según sea una falta grave, media
o leve, de modo de visualizar las debilidades de esos procesos.
5.5 Resumen de incumplimiento según nivel de la empresa
En un cuadro resumen se debe clasificar los incumplimientos e incumplimientos con observaciones, de los
diversos ítems de las Listas de Chequeo, según corresponda a Nivel Central o Nivel local de la empresa, y su
clasificación según sea una falta grave, media o leve, de modo de visualizar las debilidades cada uno de esos
niveles.
5.6 Comentarios Finales
Comentarios cualitativos de las fortalezas y debilidades, proposiciones y conclusiones del Sistema de Control
de la Calidad del AP de cada empresa, y que impidan subsanar los incumplimientos.
Los aspectos aquí señalados, servirán como antecedente para las acciones que tome la SISS, ya sea para emitir
instrucciones o para iniciar acciones administrativas, cuando corresponda.
5.7 Formato de entrega
El Informe deberá entregarse en archivo magnético, en formato Word editable, PDF, y en planillas electrónicas
en Excel.
ARTÍCULO 6: OTRAS CONSIDERACIONES
Para el desarrollo del estudio, esta Superintendencia designará una contraparte técnica.
Al inicio de la auditoria se deberá considerar una reunión inicial a efectos de discutir en detalle la metodología
a aplicar.
ARTÍCULO 7: PLAZOS
Para el desarrollo del trabajo se ha considerado un plazo de 120 días corridos, contados a partir de la fecha de
la resolución que aprueba el contrato.
Una vez adjudicado el estudio, se realizará una reunión inicial de coordinación entre el consultor y la inspección
fiscal del contrato, para revisar el programa de trabajo y coordinar las actividades del proceso
Se consideran las siguientes entregas durante el proceso, contado a partir de la fecha de aprobación del
contrato:
Informe Plazo de entrega
Días corridos
Contenido
1 60 Informes de 2 empresas (a)
3 120 Presentación final
Superintendencia de Servicios Sanitarios
7
(a) El orden en que se abordará el proceso lo definirá la SISS.
Si el plazo se cumple en un día no hábil, se extiende automáticamente al día hábil siguiente.
Al final de los 120 días se considera que se debe haber entregado todos los informes del proceso y realizado
la presentación en la SISS.
La contraparte de la SISS podrá hacer observaciones o solicitar correcciones a los informes, las que deberán ser
subsanadas por el consultor.
ARTÍCULO 8: REQUISITOS DEL CONSULTOR PARA LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO
Respecto a la conformación del equipo de trabajo, se considera que debe contar con:
Conocimiento específico asociado al sector sanitario, en los siguientes temas:
• Procesos de potabilización requerimientos técnicos (tecnologías, características de las operaciones
unitarias)
• Normativa aplicable e instrucciones SISS vigentes para concesionarias de AP
• Requisitos de muestreo y análisis de AP
• Evaluación de calidad de agua potable (o para consumo humano)
• Diseño y supervisión de procesos de control de calidad de AP
Conocimientos asociados a:
• Desarrollo de auditorías certificación de calidad de procesos, en ámbitos productivos comparables al
agua potable (ejemplo: aquellos que requieren inocuidad del producto como alimentos,
medicamentos)
Experiencia a evaluar:
• En el sector sanitario
• En auditorías de calidad de procesos productivos
El equipo de trabajo del consultor deberá estar constituido, a lo menos por:
• Un Auditor Líder, de una profesión del área sanitaria, química o similar, con al menos 4 años de estudio,
y experiencia demostrable en el sector sanitario, relativo al Control de la Calidad del agua potable, de
al menos 5 años.
• Un Auditor Asistente, de una profesión del área sanitaria, química o similar, con al menos 2 años de
experiencia demostrable en Control de la Calidad del Agua Potable.
En la evaluación de la experiencia del oferente y el equipo propuesto, se considerarán los proyectos relevantes
para el ámbito del estudio a contratar, informados en los Formularios N° 1, N° 2 y N° 3, según lo establece el
artículo 26.1 de las bases administrativas.
ARTÍCULO 9: PROPUESTA TÉCNICA
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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Junto con los formularios y documentos solicitados en las Bases Administrativas, cada postulante deberá
entregar una propuesta metodológica para el desarrollo de la consultoría, que deberá incorporar, a lo menos,
todos los requisitos planteados en las presentes Bases Técnicas, incluyendo un programa de trabajo detallado,
que aporte la experiencia del consultor en la auditoría presente.
Se hace énfasis que dicha propuesta no debe consistir en repetir el contenido de las Bases Técnicas, su
objetivo es que el proponente demuestre que cuenta con los conocimientos y experiencia relevantes para el
proyecto, y evidencie su comprensión del proceso que se requiere auditar.
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