|
3. ORGANISMO DEMANDANTE |
|
|
Razón social
|
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCION
|
|
Unidad de compra
|
Hospital HGGB Abastecimiento General
|
|
R.U.T.
|
61.602.189-3
|
|
Dirección
|
San Martin 1436 Abastecimiento General
|
|
Comuna
|
Concepción
|
|
Región en que se genera la licitación
|
Región del Biobío
|
|
|
|
|
4. CALENDARIO DE LICITACIÓN |
|
Fecha inicio de preguntas
|
A partir de la fecha de publicación, a las 18:00 horas.
|
|
Fecha final de preguntas
|
3 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 17:00hrs.
|
|
Fecha de publicación de respuestas
|
5 días corridos o día hábil siguiente, a partir de la fecha de publicación, a las 17:01 hrs.
|
|
Fecha de cierre de recepción de la oferta
|
10 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas
|
|
Fecha de acto de apertura técnica y económica
|
10 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:01 hrs.
|
|
Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas
|
20 días corridos, a partir de la fecha de apertura
|
|
Fecha de Adjudicación
|
60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas a las 17:00hrs.
|
|
El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Por tanto, en estos casos, las fechas que se registren en el calendario de la ficha electrónica se adecuarán a lo señalado, según corresponda.
|
|
|
|
|
5. OTRAS FECHAS QUE SE ENTIENDEN PARTE DEL CALENDARIO |
|
Fecha suscripción contrato
|
No se requerirá contrato. Proceso se formalizará con envío de orden de compra
|
|
|
|
|
6. ETAPAS Y PLAZOS |
|
Convocatoria a Propuesta
|
Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
|
|
Entrega de antecedentes para postulación
|
Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
|
|
Recepción de consultas
|
Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
|
|
Respuesta a Consultas
|
La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
|
|
Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl
|
Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
|
|
Recepción Física de las Propuestas
|
Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del HGGB, ubicada en calle San Martin 1436, CONCEPCION hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
|
|
Apertura de las Propuestas
|
La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
|
|
Fecha de adjudicación
|
Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
|
|
De Los Plazos De La Presente Licitación
|
Todos los plazos de las presentes Bases Administrativas se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se indique que son días hábiles.
|
|
|
|
|
9. Criterios de evaluación |
- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Toda la información necesaria para la evaluación de las ofertas, debe ser resumida en el formulario N°7. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
|
|
|
|
12. Generalidades |
|
Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
|
|
|
|
13. De la Obligación de Confidencialidad |
|
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
|
|
|
|
14. Cláusula de Readjudicación |
|
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
|
|
|
|
15. Resolución de Empates |
|
En caso de empate
entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el
máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje
parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1. Precio
2. Tiempo de respuesta frente a respuestas (días
hábiles)
3 Representatividad de la Marca de los equipos en
licitación
4 Cantidad de Personal Técnico Habilitado para
Mantenimiento
5. Entrega Documentos Formales
6. Difusión pacto de integridad a trabajadores de
la
Finalmente, si aún
persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingreso primero en el
portal mercado público, de acuerdo a lo indicado en el comprobante de ingreso
de la oferta.
|
|
|
|
|
16. Pacto de integridad |
|
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
17. Modalidad de Pago |
|
El pago será dentro del plazo de 30 días contados desde su recepción, acorde a lo establecido en el artículo 133 del Decreto N°661, del año 2024.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.
El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores. En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.
Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
|
|
|
|
18. Definiciones |
|
Director: Sr. Claudio Baeza Avello
Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII Región, Concepción.
Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente
Unidad Técnica: Abastecimiento General
|
|
|
|
19. Unidad técnica |
|
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. Departamento Equipos Médicos.
|
|
|
|
20. Documentos de la Licitación |
|
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación, El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
|
|
|
|
21. De Los Proponentes |
|
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
|
|
|
|
22. Ingreso de las Ofertas en el Portal |
|
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de los procesos de compra fuera del Sistema de Información, deberán regirse según consta en el Artículo 115 del Decreto 661, que indica las Entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, en las siguientes circunstancias:
1. Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos en conformidad a este reglamento, lo cual deberá ser justificado por la Entidad licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.
2. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
3. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
4. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.
5. Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, efectuadas a proveedores extranjeros en que, por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o culturales, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. En este caso se requerirá la dictación de un acto administrativo fundado.
6. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad licitante de manera física, de acuerdo con lo que establezcan en cada caso las Bases.
Sin perjuicio de lo señalado en este artículo, las Entidades deberán publicar en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.
|
|
|
|
23. Modificación de los Documentos de la Licitación |
|
El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
|
|
|
|
24. Validez de la Oferta |
|
Las ofertas tendrán una validez mínima de 180 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
|
|
|
|
25. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación |
|
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Jefe Abastecimiento General
2. Jefe CR Operaciones
3. Jefe Departamento Equipos Medicos. Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley 19.886, contenido en el D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Además, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en donde manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación, según lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
Funciones de la comisión:
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 61 del Reglamento 661 de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía, solicitando al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
|
|
|
|
26. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos / ART 56 DEC 661 |
|
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.
|
|
|
|
27. De la Adjudicación |
|
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple, aceptando la o las oferta que obtengan el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.
La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 del Reglamento.
El HGGB se reserva el derecho de:
1. Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
2. Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas.
3. La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
4. Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.
El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.
|
|
|
|
28. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación |
|
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del sistema de informaciones en la plataforma de mercado público, conforme al artículo 58 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 661).
|
|
|
|
29. Aumentar o Disminuir Partidas |
|
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
|
|
|
|
30. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social |
|
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
|
|
|
|
31. Del Factoring y Prohibición de Cesión |
|
El HGGB respetará los contratos de Factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
|
|
|
|
32. Del incumplimiento y sus Sanciones |
|
|
Las faltas o incumplimientos de las exigencias
técnicas del convenio serán supervisadas por el Departamento de Equipos
Médicos e Ingeniería Hospitalaria, implicará el cobro de multas, salvo que se
trate de caso fortuito o de fuerza mayor. las cuales se detallan a
continuación:
|
Falta
|
Multa
|
Causales
|
|
Leve
|
2 UF
|
· Por cada día hábil de atraso
injustificado, salvo que se trate de un caso de fuerza mayor o no imputable
al proveedor, en tiempo de repuesta en terreno, ante fallas reportadas una
vez se supere el plazo ofertado el cual no debe ser superior al indicado en
3.5.2. de las especificaciones técnicas. El plazo comenzará a correr desde
que se le notifica el proveedor a través de correo electrónico de la falla
(o de canales que disponga la empresa, reporte a call center, plataforma de
reportes).
· No registro ni recepción de:
· Informe técnico de mantenimiento
· Check list de fabricante
· Pauta interna (Anexo N°6)
Lo anterior al finalizar correctamente
visita de mantenimiento preventivo, completando reportes con nombre y firma
tanto del Ingeniero como del usuario del hospital como indica el Anexo N°2
en un máximo de 5 días hábiles posterior a la ejecución de la actividad,
salvo que se trate de un caso de fuerza mayor o no imputable al proveedor.
|
|
Moderada
|
4 UF
|
· No cumplir con protocolo de visita como
indica el Anexo N°1 para cualquier tipo de visita de carácter técnico que
involucre al equipo; esto contempla incumplimiento del ítem 3.4.4 de las
especificaciones técnicas, cuando las coordinaciones de visitas no sean
realizadas con el Departamento de equipos médicos y sean coordinadas con
directamente con el servicio clínico. De advertirse esta situación se
dejará constancia a proveedor y se aplicará multa por cada evento que se
genere este evento en transcurso del contrato.
· En caso de no informar el cambio de
personal técnico, según lo estipulado en punto 6.7. de las especificaciones
técnicas. De advertirse esta situación se dejará constancia a proveedor y
se aplicará multa por cada vez que se genere este evento en transcurso del
contrato, salvo que se trate de un caso de fuerza mayor o no imputable al
proveedor.
|
|
Grave
|
6 UF
|
· No cumplir con las fechas y horarios
acordados en el mantenimiento preventivo y correctivo, salvo que se trate
de un caso de fuerza mayor o no imputable al proveedor.
· No cumplir con la periodicidad solicitada
de mantenimientos preventivos de manera anual injustificadamente (No
aplicable cuando por razones de fuerza mayor el hospital no pueda disponer
equipos para actividades).
|
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
25.
26.
27.
28.
29.
30.
31.
32.
32.1. En caso de juntarse más de una multa en una misma
ocasión se aplicará solo la multa de mayor gravedad y monto.
32.2. Las multas por retraso se aplicarán solo para días
hábiles.
32.3. Las multas son acumulativas y la acumulación de 3
faltas graves, 6 faltas moderadas o 10 faltas leves, se entenderán como causa
para dar termino al contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior
la empresa debe responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la
fecha de término del contrato.
32.4. Sin embargo, la empresa puede emitir una
justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo
cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o
rechazada de acuerdo al procedimiento establecido en las bases administrativas
y el protocolo de multas aplicado por la Unidad de Multas del Hospital.
De acuerdo a lo indicado en inciso quinto del artículo 13 ter de la
Ley N° 21.634: “Con todo, la entidad
contratante no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en
virtud del presente artículo, en caso de que adeude al mismo proveedor el
pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los
meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa.”
|
|
|
|
|
33. Procedimiento para Aplicación de Sanciones |
|
En todos los casos, detectada por parte de la entidad, o del funcionario responsable, una situación que amerite la aplicación de multas, se le informará al adjudicatario, por carta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
De acuerdo al artículo 140 del Decreto 661 del año 2024:
Artículo 140.- Notificaciones electrónicas. Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
A contar del 3 día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estimen pertinentes. Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargo en tiempo y forma, la entidad podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la resolución que determina el término anticipado de contrato, el adjudicatario podrá interponer, los recursos establecidos en la ley 19.880, de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
|
|
|
|
34. Del Contrato y orden de compra |
|
El contrato se formalizará con el envió de la orden de compra en el Portal Mercado Público.
|
|
|
|
|
35. Vigencia y renovación |
|
La Vigencia será de 24 meses, desde el envío de la orden de compra en el Portal Mercado Público.
Renovación: No se contempla renovación.
|
|
|
|
36. Del consumo |
|
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.
|
|
|
|
37. De la recepción y despacho |
|
El proveedor deberá entregar documentación soportante para el pago de factura de la presente licitación en la Bodega de Servicios DEL Cr. Operaciones, ubicada en san Martin 1436, Concepción.
|
|
|
|
38. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato |
De las modificaciones:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 129 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el Servicio, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
- Que el valor total de las multas supere el 30% del valor neto del contrato
- De acuerdo al punto 32 de las presentes bases. Acumulación de: 3 faltas graves, 6 faltas moderadas o 10 faltas leves.
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Se pondrá término anticipado al contrato en el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 21.595, de delitos económicos.
- Se pondrá termino anticipado al contrato, cuando el proveedor adjudicado se le sancione con la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de su símil N° 21.595.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.
En virtud del Artículo 9 y 135 del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 10 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
|
|
|
|
B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
|
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Servicio de Mantenimiento Preventivo y
Reparativo sin repuestos para Campo Visual Computarizado perteneciente a
Policlínico de Oftalmología del Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente
1. GENERALIDADES
1.1. Las
Especificaciones técnicas dan cuenta de las condiciones y características
necesarias para contratar un servicio de mantenimiento preventivo y
reparativo para los siguientes equipos indicados en la Tabla N°1:
|
N°
|
Equipo
|
Marca
|
Modelo
|
Serie
|
Inventario
|
Servicio Clínico
|
|
1
|
Campo visual computarizado
|
Carl Zeiss
|
HFA-850
|
850-15037
|
2-51614
|
Policlínico de Oftalmología
|
|
2
|
Campo visual computarizado
|
Carl Zeiss
|
HFA-850
|
850-16447
|
2-61843
|
Policlínico de Oftalmología
|
Tabla 1: Equipos que son
objeto de la presente licitación.
1.2. El
Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, en adelante el
Hospital, entregará todas las facilidades del caso para que el Servicio
Técnico, pueda realizar los trabajos de mantenimiento, reparación y/o
controles, en lo que dice relación con los accesos a dependencias, seguridad
e iluminación de las instalaciones y equipos.
1.3. El
Hospital podrá previamente gestionar, pero no asegurar, estacionamiento
dentro de las dependencias la cual está sujeta a disponibilidad de espacio en
el área asignada para ingreso de proveedores. Para estos casos se permitirá
el ingreso solo de vehículos menores (autos, camionetas, furgoneta u
similares)
1.4. El
presente convenio tendrá una duración de 24 meses, a partir de la fecha y
condiciones que se estipulen en el contrato.
2. REQUISITOS
PARA POSTULACION
2.1. Las
empresas que postulen a la presente licitación deberán adjuntar la siguiente
información (en formato PDF): Requisitos excluyentes:
2.1.1. Del
personal:
• Adjuntar
certificados de Capacitación de profesionales, técnicos o ingenieros, que
ejecutarán actividades de mantenimiento. Los certificados deben ser de
capacitaciones en la marca y modelo del equipo correspondiente a los equipos
señalados en Tabla N°1.
• Adjuntar
listado del personal que cumpla el punto anterior y completar para esto Anexo
N°4.
2.1.2. De
los equipos patrones:
• Adjuntar
certificados de calibración de equipos a utilizar durante los mantenimientos
de los equipos señalados en Tabla N°1; equipos tales como Multímetros,
analizador de seguridad eléctrica, entre otros afines. Esto de acuerdo a
Anexo N°5. Las calibraciones deben encontrarse vigentes al momento del cierre
del proceso licitatorio.
2.1.3. De
la documentación requerida:
• Adjuntar
el protocolo de mantenimiento preventivo de equipo según lo exigido por
fábrica.
• Completar
y adjuntar todos los Anexos y documentación requerida de respaldo para la
presente licitación.
3. TRABAJOS
DEL ADJUDICADO A REALIZAR
3.1. Los
trabajos cubiertos por el Convenio incluirán los costos de mano de obra,
limpieza, ajuste, calibraciones, lubricación y diagnóstico de posibles
fallas, e insumos básicos, kits de mantenimiento preventivos, como
lubricantes, filtros y otros asociados a mantenimiento preventivo. No habrá
costos adicionales para el Hospital por estos conceptos.
3.2. El
adjudicatario deberá tener acceso a llaves de servicio de software para
realización de mantenimientos y aplicación de actualizaciones de software
periódicas, tanto como actualizaciones derivadas por alertas de seguridad
según sea el caso y se disponga en equipo.
3.3. El
adjudicatario deberá considerar en presupuesto de oferta el reemplazo anual
de filtros por cada equipo.
3.4. SERVICIO
DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Para el caso de los equipos que son objeto del
presente convenio, se realizarán los mantenimientos preventivos según tabla
2:
|
N°
|
Equipo
|
Marca
|
Modelo
|
Serie
|
Mant.
Anuales
|
Mant.
Total
convenio
|
|
1
|
Campo visual
computarizado
|
Carl Zeiss
|
HFA-850
|
850-15037
|
2
|
4
|
|
2
|
Campo visual
computarizado
|
Carl Zeiss
|
HFA-850
|
850-16447
|
2
|
4
|
Tabla 2: Mantenimientos
preventivos para cada equipo.
Los mantenimientos serán realizados en días y
horas hábiles durante el período que dure el presente convenio (24 meses) y
según la calendarización dispuesta por el Departamento de Equipos Médicos e
Ingeniería Hospitalaria, del Hospital, debiendo acogerse al protocolo
indicado en Anexo N° 1. De igual forma es permisible, según disponibilidad de
servicio clínico, que los trabajos se prolonguen fuera del horario hábil con
el fin de concluir a las actividades y no generar mayores interrupciones en
la continuidad de los servicios con los pacientes citados.
3.4.1. Se
entenderá como Mantenimiento Preventivo al conjunto de actividades que
incluyen chequeos técnicos de los equipos de todas sus piezas y partes,
controles de servicio y funcionamiento, pruebas de rendimiento,
actualizaciones de programas, todo conforme a protocolo de mantenimiento
preventivo exigido por fábrica con el objetivo de ayudar a prevenir o evitar
fallas inesperadas originadas por el uso de los equipos.
3.4.2. El
profesional de servicio técnico que ejecute el mantenimiento preventivo
deberá completar el protocolo de mantenimiento preventivo de cada equipo de
acuerdo con lo exigido por fábrica.
3.4.3. Luego
de la ejecución de cada mantenimiento preventivo, el profesional de servicio
técnico deberá entregar una Orden de Trabajo (O.T.) que resuma el trabajo
desarrollado, además del protocolo de mantenimiento preventivo aplicado. Toda
la documentación debe contener:
• El
nombre, apellido y firma de técnico/ ingeniero que ejecuta el mantenimiento.
• El
nombre, apellido y firma del profesional del servicio clínico asociado al
equipo.
Dicha documentación deberá ser entregada
oportunamente al Departamento de Equipos Médicos del Hospital a través de los
canales indicados en Anexo N°2.
3.4.4. Para
la programación de Mantenimientos Preventivo, se considerará como canal
formal de confirmación vía correo electrónico emanado desde el Departamento
de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital. En caso de
reprogramaciones de fechas previamente acordadas, estas deberán ser
informadas formalmente, vía correo electrónico, por lo menos con 48 horas de
anticipación.
3.5. SERVICIO
DE MANTENIMIENTO REPARATIVO: Se solicitará según necesidad por todas las
veces que corresponda según requerimiento durante el periodo de duración del
convenio, para el equipo que es objeto del presente convenio.
3.5.1. Se
entenderá como Mantenimiento Correctivo al conjunto de actividades a
realizar, originadas a partir de una falla, avería o funcionamiento
inesperado del equipo que es objeto del presente convenio. La detección de
estas podrá ser a través de personal del Hospital o de actividades de
mantenimiento preventivo realizadas por personal de la empresa adjudicataria.
3.5.2. El
objetivo del servicio de mantenimiento reparativo es recuperar o corregir
funcionalidad anómala del equipo. Estas actividades podrán ser programadas o
de realización inmediata por razones de urgencia, no superando un plazo de
respuesta de 2 hora de respuesta telefónica (para soporte remoto), y no
superando un plazo de 5 días hábiles de respuesta en sitio (en el hospital)
una vez notificada formalmente la falla al servicio técnico.
3.5.3. El
adjudicatario deberá entregar una Orden de Trabajo (O.T.) que resuma el
trabajo desarrollado (mantenimiento correctivo), indicando las pruebas
realizadas y el resultado de la evaluación, ya sea: equipo operativo,
inoperativo, con observaciones, requiere ser enviado a servicio técnico, etc.
Toda la documentación debe contener el nombre y firma de técnico/ ingeniero
que ejecuta el mantenimiento, y el nombre y firma; o timbre y firma del
profesional del servicio clínico asociado al equipo en cuestión,
documentación que deberá ser entregada oportunamente al Departamento de
Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital.
3.5.4. El
servicio técnico deberá reemplazar según, sea el caso, los repuestos que
deban cambiarse para restaurar la operatividad del equipo. La mano de obra en
la instalación está incluida dentro del presupuesto y la oferta de la
presente licitación sin generar un coste adicional para hospital. Por otra
parte, los repuestos no forman parte de esta licitación por lo que se deberán
indicar para su reemplazo y cotizar de manera individual.
4. ACCIONES
DE MANTENIMIENTO
4.1. El
servicio técnico debe entregar una hoja con el registro del servicio
prestado, que debe cumplir las características que se detallará en Anexo N°
2.
4.2. Durante
la estadía del servicio técnico en el establecimiento, debe informar
oportunamente los hechos relevantes, como equipos fuera de servicio y/o
envíos a laboratorio de la empresa; en este último caso, si el técnico no
retira el equipo, debe desmontarlo para ser enviado.
4.3. Toda
la información que genere el mantenimiento del equipo deberá ser entregada al
Departamento de Equipos Médicos, del Hospital, a través de una hoja de
servicio, la cual será utilizada en el llenado de Hoja de Vida del o los
equipos en convenio. Esta documentación será el respaldo para el pago de
facturas por mantenimiento efectivamente realizado. Tanto la ejecución de los
mantenimientos como las gestiones para procesar el pago de los servicios se
resumen en el siguiente Esquema N°1.
Esquema N° 1. Ejecución y Pago de
Mantenimientos.
4.4. El
servicio técnico debe realizar el mantenimiento preventivo, entregando las
copias de las hojas de servicio al supervisor del convenio a medida que se
realicen los mantenimientos; también entregará las hojas de servicio de los
equipos que por motivos de fuerza mayor no se pudo realizar mantenimiento,
estas hojas de servicio deben ser validadas por el responsable del Servicio
Clínico. Esta situación obliga a re-agendar el mantenimiento preventivo.
4.5. El
servicio técnico deberá contar con un registro propio de las actividades
(preventivas, reparativas o de emergencia) realizadas por cada equipo (hoja
de vida) de manera cronológica. Este registro podrá ser consultado en
cualquier momento por personal del hospital.
5. MODIFICACIONES
5.1. El
o los equipos que estando en convenio de mantenimiento fuesen dados de baja,
podrán ser reemplazados por otro(s) equipo(s) si fuese necesario, equipo de
baja será retirado de la programación anual de mantenimiento. Para esto
equipo debe cumplir la condición de ser misma marca y modelo que el dado de
baja. En el caso que no ocurra lo anterior, entonces se podrá poner fin
anticipado al presente convenio.
6. OTROS
ELEMENTOS
6.1. El
pago por el servicio de mantenimiento comprende todos los gastos directos e
indirectos derivados de la prestación del servicio tales como remuneraciones,
movilización, alojamiento, viáticos, gastos de fletes, de los instrumentos,
herramientas y otros elementos que deba proporcionar éste, costo de mano de
obra e insumos, se considerarán incorporado en el presupuesto del convenio.
6.2. La
vigencia del convenio tendrá una duración de 24 meses.
6.3. El
proveedor con sólo presentar su oferta declara en el Anexo N° 3, el estudio
de todos los
documentos de la licitación, aceptando las condiciones de esta.
6.4. Podrá
acordarse entre las partes la extensión del contrato por plazo no superior a
6 meses en caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada y/o cuando
producto de las circunstancias no previstas en el nuevo proceso licitatorio,
no sea posible contar oportunamente con un nuevo contrato y siempre que dicha
extensión no supere las 1000 UTM.
6.5. En
caso de extenderse el contrato, la boleta de garantía por fiel cumplimiento
de Contrato deberá canjearse por otra de un valor similar a la que se
reemplaza bajo los mismos requisitos de forma y plazo. De no hacerlo,
facultará al Hospital para ejecutar dicha boleta de garantía.
6.6. El
adjudicatario deberá adaptarse al envío de toda información/documentación
generada por mantenimientos preventivos/correctivos cambios de repuestos,
según el Departamento de Equipos médicos le solicite, ya sea a través de
documentación física, digital, correo electrónico o plataforma de gestión de
mantenimiento de equipos médicos propio del departamento de equipos médicos.
6.7. El
adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de
nuevos funcionarios, en caso de reemplazar los ya existentes. En este caso,
se requerirá que él o los nuevo (os) funcionario (os) cumpla con los mismos
requisitos de capacidad comprometidos en la propuesta, según 2.1.1, lo cual
deberá ser informado al Hospital previo a iniciar su trabajo, reservándose el
Hospital, la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Esto estará sujeto a
multas según punto 7.1.
7. MULTAS
7.1. Las
faltas se señalan en tres niveles, el monto de las multas y los ítems
evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no
cumplimiento de esto expone a la empresa a multas:
|
Falta
|
Multa
|
Causales
|
|
Leve
|
2 UF
|
· Por cada día hábil de atraso
injustificado, salvo que se trate de un caso de fuerza mayor o no imputable
al proveedor, en tiempo de repuesta en terreno, ante fallas reportadas una
vez se supere el plazo ofertado el cual no debe ser superior al indicado en
3.5.2. de las especificaciones técnicas. El plazo comenzará a correr desde
que se le notifica el proveedor a través de correo electrónico de la falla
(o de canales que disponga la empresa, reporte a call center, plataforma de
reportes).
· No registro ni recepción de:
· Informe técnico de mantenimiento
· Check list de fabricante
· Pauta interna (Anexo N°6)
Lo anterior al finalizar correctamente
visita de mantenimiento preventivo, completando reportes con nombre y firma
tanto del Ingeniero como del usuario del hospital como indica el Anexo N°2
en un máximo de 5 días hábiles posterior a la ejecución de la actividad,
salvo que se trate de un caso de fuerza mayor o no imputable al proveedor.
|
|
Moderada
|
4 UF
|
· No cumplir con protocolo de visita como
indica el Anexo N°1 para cualquier tipo de visita de carácter técnico que
involucre al equipo; esto contempla incumplimiento del ítem 3.4.4 de las
especificaciones técnicas, cuando las coordinaciones de visitas no sean
realizadas con el Departamento de equipos médicos y sean coordinadas con
directamente con el servicio clínico. De advertirse esta situación se
dejará constancia a proveedor y se aplicará multa por cada evento que se
genere este evento en transcurso del contrato.
· En caso de no informar el cambio de
personal técnico, según lo estipulado en punto 6.7. de las especificaciones
técnicas. De advertirse esta situación se dejará constancia a proveedor y
se aplicará multa por cada vez que se genere este evento en transcurso del
contrato, salvo que se trate de un caso de fuerza mayor o no imputable al
proveedor.
|
|
Grave
|
6 UF
|
· No cumplir con las fechas y horarios
acordados en el mantenimiento preventivo y correctivo, salvo que se trate
de un caso de fuerza mayor o no imputable al proveedor.
· No cumplir con la periodicidad solicitada
de mantenimientos preventivos de manera anual injustificadamente (No
aplicable cuando por razones de fuerza mayor el hospital no pueda disponer
equipos para actividades).
|
7.2. En
caso de juntarse más de una multa en una misma ocasión se aplicará solo la
multa de mayor gravedad y monto.
7.3. Las
multas por retraso se aplicarán solo para días hábiles.
7.4. Las
multas son acumulativas y la acumulación de 3 faltas graves, 6 faltas
moderadas o 10 faltas leves, se entenderán como causa para dar termino al
contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior la empresa debe
responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la fecha de
término del contrato.
7.5. Sin
embargo, la empresa puede emitir una justificación formal respecto a
cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso,
dicha justificación podrá ser admitida o rechazada de acuerdo al
procedimiento establecido en las bases administrativas y el protocolo de
multas aplicado por la unidad de multas del hospital.
|
|
|
|
|
C. Anexos |
|
|
ANEXO N°1
PROTOCOLO DE VISITA
PARA MANTENIMIENTO DE SERVICIO TECNICO EXTERNOS DEL HGGB.
Los técnicos de empresas
externas que hagan mantenimiento preventivo de equipos médicos en el
Hospital Guillermo Grant Benavente deben:
1.
Coordinar
previamente el día y horario de la visita técnica vía correo electrónico con
el Profesional encargado del equipo médico, o su reemplazante, para ejecutar
los trabajos de mantenimiento.
2.
Concurrir
a realizar los trabajos de mantenimiento en las dependencias del HGGB en días
y horario hábiles de trabajo de la institución los cuales son: Lunes a Jueves
de 08:00 a 17:00 hrs. y día Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.
3.
Presentarse
en el Departamento de Equipos Médicos, ubicado en el Área de
Operaciones, con el Encargado de equipos médicos correspondiente o su
reemplazante responsable del equipo médico. Si no se
encuentra, presentarse en la secretaria de equipos médicos e informar el
lugar donde va a trabajar.
4.
Dirigirse
al lugar de trabajo (Servicio Clínico), allí debe presentarse con el
profesional encargado de la unidad y notificar de los trabajos a realizar.
5.
Realizar
el mantenimiento al o los equipos médicos y una vez finalizado, debe entregar
el o los equipo(s) según corresponda al profesional encargado del Servicio
Clínico. Dejar un informe técnico por equipo en donde se describe el
trabajo realizado y observaciones con letra legible con nombre,
apellidos y firma. La Hoja de Servicio Técnico debe ser recibida y visada con
nombre, apellidos y firma por el profesional encargado del Servicio Clínico
una vez se haya realizado recepción del trabajo.
6.
Otorgar
el derecho al profesional del Servicio o Unidad Clínica, a dejar consignado
en la Hoja de Servicio Técnico observaciones del trabajo realizado.
7.
Comunicar,
una vez finalizado los trabajos de mantenimiento, en el Dpto. de equipos
médicos (a la persona individualizada en el punto 3), sobre el trabajo
realizado, hacer entrega del de los informes técnicos que se entregó en
la Unidad o Servicio Clínico y entregar los repuestos reemplazados según
corresponda.
Representante
de la empresa:
RUT:
Firma:
Fecha:
ANEXO N° 2
HOJA DE SERVICIO PRESTADO
La
empresa que se adjudique la licitación de mantenimiento de equipos, debe
entregar una hoja de servicio por equipo, que debe cumplir las siguientes indicaciones:
1)
Ser
foliada (identificar N° de orden de trabajo u orden de servicio).
2)
En
caso de ser física, debe ser en formato triplicado (1 hoja para el servicio
clínico de donde pertenece el equipo, 1 hoja para el Equipos médicos y 1 para
Servicio técnico)
3)
En
caso de ser digital, el reporte deberá enviarse vía correo electrónico a los
encargados de Equipos médicos
·
Alejandro
Parra Aedo: apequiposmedicos@ssconcepcion.cl
·
Gabriela
Hermosilla Larenas: ghequiposmedicos@ssconcepcion.cl
4)
Identificar
el número de inventario, marca, modelo, serie, horas de uso (en caso que
corresponda), localización del equipo que se hace mantenimiento.
5)
Incluir
protocolo de inspección y mantenimiento.
6)
Indicar
estado del Equipo tras finalizar el mantenimiento (uno solo):
·
Operativo
·
Operativo
con observaciones
·
No
operativo
7)
Comentarios
y observaciones según corresponda.
8)
Identificación
de: Técnico/ Ingeniero que realiza la mantención: Nombre, apellido, firma
9)
Identificación
del Profesional que recibe el equipo que se le realizó mantención: Nombre,
apellido, firma
10) Fecha y Tiempo, en horas, que destinó
al mantenimiento del equipo.
Representante
de la empresa:
RUT:
Firma:
Fecha:
ANEXO N° 3
DECLARACIÓN
SIMPLE
El
proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara
y acepta explícitamente lo siguiente:
1.
Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y
verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la
presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas,
Especificaciones Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y
reglamentación sobre la materia.
2. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta,
aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en
lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas, Bases Técnicas,
Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento
oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el
entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.
Representante
de la empresa:
RUT:
Firma:
Fecha:
ANEXO
Nº 4
DOTACIÓN DE RECURSO
HUMANO
|
Ítem
|
Nombre
y Apellidos
|
RUT
|
Capacitación
(3)
|
|
1
|
|
|
|
|
2
|
|
|
|
|
3
|
|
|
|
|
4
|
|
|
|
|
5
|
|
|
|
|
6
|
|
|
|
|
7
|
|
|
|
|
8
|
|
|
|
|
9
|
|
|
|
|
10
|
|
|
|
Nota:
1. Si se
presenta listado superior al total de la tabla, se debe presentar una copia
del Anexo N° 4 con la continuación de la dotación de recursos humanos.
2. Se debe
incluir todos los antecedentes solicitados en especificaciones técnicas en la
sección Requisitos para la postulación.
3. Se debe de
indicar con un “SI” o “NO”, si cuenta con certificado de capacitación emitido
por el fabricante de acuerdo con lo solicitado en las especificaciones
técnicas.
Representante
de la empresa:
RUT:
Firma:
Fecha:
ANEXO
Nº 5
EQUIPOS PATRONES
|
Item
|
Herramientas/ Equipos
|
N° Serie
|
Fecha calibración
vigente
|
|
1
|
|
|
|
|
2
|
|
|
|
|
3
|
|
|
|
|
4
|
|
|
|
|
5
|
|
|
|
|
6
|
|
|
|
|
7
|
|
|
|
|
8
|
|
|
|
|
9
|
|
|
|
|
10
|
|
|
|
Nota:
Si se presenta listado superior al total de la tabla, se debe presentar
una copia del Anexo N° 5 con la continuación de las Herramientas/ Equipos
faltantes.
Representante
de la empresa:
RUT:
Firma:
Fecha:
|
|
|
|
|
D: FORMULARIOS |
|
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
Sin Conflicto de Intereses
(Solo
completar con los datos del representante legal o persona natural)
Yo____________________________________________________________________
Cédula
de identidad N° (RUT representante legal o persona Natural)
__________________
Domicilio ________________________________________________________
Comuna ________________________________________________________
Ciudad ________________________________________________________
En
representación de (razón social empresa)
_____________________________________
RUT
N°(Empresa)_______________________________, del mismo domicilio, declaro que
tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, no
posee vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos
de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado,
ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la
letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo 35
quáter de la Ley 19.886 establecen:
Artículo 35 quáter.-
Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el
personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con
las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus
cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los
vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con
sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de
las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en
comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que
sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones
que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como
beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o
directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La
prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del
personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo
o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
Igualmente,
la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se
extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del
Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los
funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de
contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica
constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las
sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el
inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el
plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria
haya cesado en su cargo.
Sin
perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan
necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos
del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a
condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el
mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada,
que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría
General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos
de la Administración del Estado. En el caso del Congreso Nacional, la
comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o
a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, según
corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética.”
De
acuerdo al Artículo 33 de la Ley N°21.595 establecen:
Artículo 33.- Inhabilitación para
contratar con el Estado. La inhabilitación para contratar con el Estado
impide al condenado contratar con cualquiera de sus órganos o servicios
reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con
cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley
constituyen al Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado
participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de
los derechos sociales o de los derechos de administración.
La inhabilitación para
contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los
efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el
condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena.
La inhabilitación no
comprende los actos y contratos relativos a las prestaciones personales de
salud previsional o seguridad social, ni los servicios básicos que el Estado
ofrece indiscriminadamente a la población.
Si se impusiere la
inhabilitación para contratar con el Estado a una persona natural, ninguna
sociedad, fundación o corporación en la que el condenado fuere directa o
indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe con poder de influir en
la administración podrá contratar con el Estado mientras el condenado
mantenga su participación en ella.
La inhabilitación
regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada.
El tribunal comunicará tal circunstancia a la Dirección de Compras y
Contratación Pública.
Ciudad ___________________________
Fecha ___________________________
|
|
|
|
|