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Resolución de Empates |
En caso de empates en los puntajes totales otorgados a los oferentes, se optará
por aquella oferta con más alto puntaje en “Precio”, de persistir el empate se optará por la oferta con más alto puntaje en “Experiencia del Oferente”, de persistir el empate se optará por la oferta con más alto puntaje en “Comportamiento Contractual”, de persistir el empate se optará por la oferta con más alto puntaje en “Cumplimiento de los requisitos formales”. Aún si se mantuviere el empate, se
determinará por quién haya subido primero la oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados en el plazo y la forma señalados en el punto 5.5 de las presentes bases
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, Asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación en razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para evitar la comisión del mismo u otros hechos similares. En caso de incumplimiento
de esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.
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MULTAS POR INCUMPLIMIENTO |
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En el caso de atrasos injustificados en la entrega de los servicios/bienes/materiales
esperados por parte del proveedor según la calendarización indicada en las bases
técnica, la UTEM aplicará multa por hora de atraso.
𝑀𝑢𝑙𝑡𝑎 𝐴𝑡𝑟𝑎𝑠𝑜 𝐸𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 = 3% 𝑥 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝐴𝑑𝑗𝑢𝑑𝑖𝑐𝑎𝑑𝑜 𝑥 𝑐𝑎𝑑𝑎 ℎ𝑜𝑟𝑎 𝑑𝑒 𝑎𝑡𝑟𝑎𝑠𝑜 𝑒𝑛 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎
Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas: la Institución
compradora está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las
especificaciones técnicas de los productos o servicios contratados determinados en la
solicitud de cotización y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la
contraparte técnica de la contratación. La multa será el equivalente al 2% del total de
la contratación (IVA incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las
falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a
4 horas del día de la entrega, contado desde la fecha de notificación del rechazo de
los productos o servicios.
Atraso en la entrega del producto o prestación de los servicios luego de
solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro de
una multa por cada hora de atraso en la nueva entrega de los productos o prestación
de los servicios, desde la fecha de notificación del nuevo rechazo de los productos o
servicios entregados. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación
(IVA incluido) por cada hora de atraso.
Las multas aplicadas al proveedor no podrán ser en ningún caso superior al 20% del
monto total del contrato originalmente pactado. Este porcentaje máximo considera
tanto la aplicación de multas por un tipo de incumplimiento, como la sumatoria de
multas de distintos incumplimientos.
En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato
anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato.
No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados
por la empresa adjudicada ante la Contraparte Técnica. La calificación de fuerza
mayor corresponde exclusivamente a la UTEM. La multa y sus fundamentos deberán
ser sancionadas mediante acto administrativo.
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Monto máximo de la multa |
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Las multas aplicadas al proveedor no podrán ser en ningún caso superior al 20% del monto total del
contrato originalmente pactado. Este porcentaje máximo considera tanto la aplicación de multas por
un tipo de incumplimiento, como la sumatoria de multas de distintos incumplimientos.
En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente
señalado, la UTEM deberá poner término al contrato.
No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por la empresa
adjudicada ante la Contraparte Técnica. La calificación de fuerza mayor corresponde
exclusivamente a la UTEM. La multa y sus fundamentos deberán ser sancionadas mediante acto
administrativo.
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Forma de pago de las multas |
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Una vez notificada la resolución que impone multa respectiva al proveedor, este deberá pagarla en
el plazo de 5 días hábiles a esta Casa de Estudios, mediante transferencia electrónica bancaria a
la cuenta Banco Santander cuenta N°68-80396-9. De esta transferencia deberá remitirse su
comprobante al correo electrónico mloyolam@utem.cl, gestiondecontratos@utem.cl,
enrique.torres@utem.cl y voliva@utem.cl. En dicho correo deberá indicarse el nombre de la
Licitación, los datos de individualización de esta, el monto a pagar, y los datos de individualización
del proveedor.
En caso que la multa no sea pagada en el plazo antes indicado, la Universidad quedará facultada a
hacer efectiva las garantías correspondientes (en caso de que las hayan) o bien retener el
pago más próximo.
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