La apertura electrónica de las propuestas se llevará a efecto por el funcionario de la gobernación encargado de la presente licitación a través del Sistema de Información de Chile compra.
Dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, de los oferentes podrán formular observaciones a la misma a través del Sistema de Información de Chile compra.
El mismo funcionario encargado de la apertura comunicará al presidente del Comité de Evaluación, por la vía más rápida, copia de las propuestas recibidas, a fin de que el Comité resuelva sobre la admisibilidad de las propuestas en la etapa de apertura electrónica.
11.1.1 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Salvo la omisión de antecedentes esenciales, los errores u omisiones al respecto en el llenado de los formularios o antecedentes acompañados, no será causa de inadmisibilidad de la oferta, sin perjuicio del menor puntaje que pueda obtenerse por dicha omisión u error.
Son antecedentes esenciales, esto es, aquellos cuya omisión dará lugar a la declaración de inadmisibilidad de la oferta los siguientes:
- Identificación del Oferente
- Oferta Económica
- Descripción del Servicio
- Anexos administrativos
- Firma Constancia asistencia a las visitas a terrenos obligatorias
Con todo, salvo la omisión de los datos relativos a la Identificación del Oferente, la oferta económica y Firma Constancia asistencia a las visitas a terrenos obligatorias, podrán acompañarse los demás documentos o subsanarse los errores dentro de plazo adicional que indica el cronograma de estas bases. Al efecto, previo visto bueno de la comisión de evaluación se comunicará a través del sistema de información de compras públicas, de los errores o/u omisiones y de la posibilidad de subsanarlos dentro del plazo contemplado en las bases. De dicha solicitud se deberá informar a los demás oferentes, a través del mismo sistema de información.
Sin perjuicio de lo expuesto, los oferentes, que se encuentren inscritos en Chile proveedores y que, además, mantengan actualizados los antecedentes en conformidad a lo exigido en estas bases, podrán acreditar dichos antecedentes por esta vía.