Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Junta Nacional de Jardines Infantiles, Región de Valparaíso
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Fecha de vencimiento:
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17-02-2027
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Monto:
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5
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas y demás sanciones, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT Nº 70.072.600-2, nominativa, pagadera a la vista, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles (sin contabilizar los días sábados), posteriores a la fecha máxima de término del contrato.
Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, además deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión de Mercado Financiero (ex Superintendencia de Valores y Seguros de Chile), extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo certificado y recibido en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicado en calle Álvarez 646, Edificio Alcázar, 3° piso, Viña del Mar, dentro del plazo de tres (03) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario:
Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs.
Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs.
La regla precedente no rige respecto a las garantías emitidas electrónicamente, tales como, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza electrónico o similares, las que deberán remitirse directamente en el sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (mercadopublico.cl) dentro del plazo antes indicado. En caso de que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación.
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Glosa:
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EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y EVENTUALES MULTAS POR EL “SERVICIO DE VIGILANCIA PARA CUSTODIA DE JARDIN INFANTIL COLON DE LA COMUNA DE QUINTERO PARA LA JUNTA
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799.
Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link:
https://doc.digital.gob.cl/validador/EQ790I-185
14 NACIONAL DE JARDINES INFANTILES” ID N°_________, y las obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N°19.886”
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Forma y oportunidad de restitución:
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Su restitución será realizada 60 días hábiles posteriores al término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Álvarez 646, Edificio Alcázar 4° piso, Viña del Mar, previo visto bueno de la subdirección de Cobertura y Habilitación de espacios educativos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
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