Licitación ID: 1116005-2-LE26
Servicio traslado enseres personales.
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Fecha de Cierre: 09-02-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de flete 1 Unidad
Cod: 78121601
SERVICIO DE TRASLADO DE ENSERES PERSONALES DE FUNCIONARIO DE LA DGAC DESDE PUERTO MONTT A ISLA DE PASCUA REGION DE VALPARAISO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio traslado enseres personales.
Estado:
Publicada
Descripción:
Se requiere contratar el servicio traslado enseres personales y vehículo servicio puerta a puerta desde Puerto Montt a Isla de Pascua. LA DGAC APLICA UN IMPUESTO DEL 2% SOBRE EL TOTAL FACTURADO, DE ACUERDO AL ARTICULO N°37, DE LA LEY 16.752.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
RED SECUNDARIA Y PEQUEÑOS AD Z SUR PUERTO MONTT
R.U.T.:
61.104.000-8
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-02-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 28-01-2026 10:20:01
Fecha inicio de preguntas: 28-01-2026 16:31:00
Fecha final de preguntas: 31-01-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-02-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-02-2026 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-02-2026 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 19-02-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO A IDENTIDAD DEL PROPONENTE
2.- ANEXO B DECLARACIONES JURADAS
3.- ANEXO C CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS
4.- ANEXO D PROGRAMA DE INTEGRIDAD
5.- ANEXO E CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
Documentos Técnicos
1.- ANEXO F MATERIALES PARA EMBALAJE
 
2.- ANEXO G DESPACHO Y RECEPCION CONFORME
 
3.- ANEXO H LISTA DE ENSERES
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO I PRESENTACION OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
4 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
6 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
7 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

4 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

6 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

7 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMA DE INTEGRIDAD ● Los oferentes que acrediten certificación de Programas de Integridad 5% ● NO informa o no tiene programa de Integridad comprobado 0% VER PAUTA DE EVALUACION ADJUNTA 5%
2 CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD Obtendrá el puntaje aquel oferente que acompañe los documentos que sustente la declaración señalada en el Anexo “Criterio Sustentable para proveedores” El total del puntaje obtenido en este ítem equivaldrá al 5% del total de la evaluación. VER PAUTA DE EVALUACION ADJUNTA 5%
3 PRECIO Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente pauta de evaluación, para lo cual, los oferentes se ordenarán en forma ascendente de acuerdo al puntaje obtenido. Precio 50% VER ANEXOS PAUTAS DE EVALUACION 50%
4 PLAZO DE EJECUCION O ENTREGA Se usará la regla de tres simples inversa para evaluar las ofertas recibidas, que deberán informar el plazo del traslado contado en días corridos, indicando la fecha estimada de llegada al lugar de destino. VER PAUTA DE EVALUACION ADJUNTA 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 12694920
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ALEJANDRA AGUILAR
e-mail de responsable de pago: aaguilar@dgac.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
GENERALIDADES
El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación, formato de identificación del proponente, formato de declaración jurada, formato declaración programa de integridad, formato cláusula de proveedores de bienes y servicios, formato declaración criterios sustentables, formato “Tipo de materiales para embalaje”, formato “Modelo “guía de despacho y recepción conforme traslado de enseres y/o vehículo”, Anexo “Listado de enseres” y formato “Formulario de oferta económica”, en adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. II.2 La presente propuesta y la orden de compra que de ella se derive, se regirán por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, (en adelante Ley de Compras Públicas), el Decreto Supremo (H) Nº 661 del 2024 (en adelante el Reglamento), estas bases de licitación, las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte adjudicada. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). II.3 En la presente licitación deberán formularse propuestas por el total de lo requerido. II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará la propuesta pública, en función del presupuesto, a la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, conforme a lo señalado en el Capítulo “De la evaluación y adjudicación”, de las presentes bases administrativas. La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las presentadas no fueran admisibles o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamenta debidamente. El presupuesto estimado y referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $12.694.920- (Doce millones seiscientos noventa y cuatro mil novecientos veinte pesos) IVA incluido. II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado previo cumplimiento de lo señalado en el Capítulo X de las presentes bases administrativas. II.6 El proveedor no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de la contratación mencionada en el punto precedente. II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el proveedor fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 19.886, siempre que dicho proveedor cumpla con las exigencias establecidas en las bases para contratar y ejecutar el contrato (orden de compra). II.8 Se hace presente que el oferente deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024). La situación de habilidad será verificada a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, administrado por la Dirección de Compras. Asimismo, no será necesario que el adjudicatario entregue documentación que ya se encuentre disponible en el Registro de Proveedores, siempre que esta cumpla con los requisitos exigidos y las fechas de vigencia estén conforme a lo indicado en el Capítulo X. II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos. En el evento que el término de la gestión o actuación exigida por esta entidad licitante coincidan con sábado, domingo o festivo, estas deberán prorrogarse para el día hábil administrativo siguiente. II.10 Si el oferente adjudicado, al momento de la emisión de la orden de compra no acredita estar habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito que también se exige a todos los integrantes de una unión temporal de proveedores para la emisión de la orden de compra, la entidad licitante deberá dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y, eventualmente, adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado. II.11 Los plazos establecidos en el cronograma de la propuesta, incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados por la entidad licitante, hasta un máximo de treinta (30) días, por la entidad licitante, en la eventualidad de la ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). II.12 La entidad licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas, así como verificar su habilidad. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por éstos, los que no sean veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato formalizado mediante la orden de compra, según corresponda, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato formalizado mediante la orden de compra y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte de las presentes bases y deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes. II.13 Esta institución retiene por todas las compras de bienes y servicios un impuesto del 2% del total facturado (Art. 37 de la Ley 16.752).
DE LOS PARTICIPANTES
III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales y jurídicas, o bajo la fórmula de UTP (Unión Temporal de Proveedores), integradas solo por una o más empresas de menor tamaño, sean estas nacionales o extranjeras, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024), estando habilitados para aquello en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a suministrar los bienes adquiridos por la Institución y facultadas para cobrar y percibir el pago III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Capítulo II “De los requisitos para contratar con los organismos del Estado”. Asimismo, no podrán participar de esta propuesta aquellos oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1, de 2004, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Tampoco podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los artículos 8 y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. Igualmente, no podrán participar en esta licitación pública aquellas personas que han sido condenadas por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley Nº21.595 sobre delitos económicos y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. Del mismo modo, estarán impedidas de participar en esta licitación pública, aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones o afectas a una o más de las prohibiciones enumeradas en el artículo 35 quáter de la Ley Nº 19.886. Para los efectos de corroborar las inhabilidades señaladas en los párrafos precedentes, esta Dirección General considerará la declaración que se encuentra en la mencionada plataforma www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS Y ACALARACIONES
Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) dentro del plazo de tres (3) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta las 23:59 horas. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra, en un plazo de tres (3) días corridos contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “Archivos adjuntos de esta licitación”. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Información de ChileCompra. En ese caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
INTERPRETACION DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Ante una eventual discrepancia entre las bases de licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la Ficha Electrónica del Portal Mercado Público y el pliego de condiciones, prevalecerá este último
GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
DE LA PRESENTACION
Las ofertas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de doce (12) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma, a las 15:30 horas. El oferente, por el solo hecho de participar, acepta expresamente que ha estudiado las bases de licitación, y que está de acuerdo con sus términos y condiciones. Lo anterior, no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas, por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del proveedor, que puedan repercutir en la ejecución de la contratación o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de la licitación y, en el evento que se incluyan, estas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos del servicio ofertado. Esta DGAC declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás. Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento. Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de unión temporal de proveedores, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas. La DGAC podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias. Se entenderá que la propuesta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada sea menor al cincuenta por ciento (50%) del precio presentado por el oferente que le sigue, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos de la contratación, y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento. Las ofertas deberán presentarse en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. Los documentos que se deben incluir son los siguientes: VII.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público. VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato singularizado en el punto 2.4 de las presentes bases de licitación, denominado “formato identificación del proponente”, el cual se adjunta como anexo. VII.1.2. Una declaración simple emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo IV.2 del Capítulo IV, de las presentes Bases Administrativas, según formato de declaraciones Anexo B. VII.1.3 Cláusula de proveedores de bienes y servicios Anexo C, emitida y firmada por el Proponente persona natural o jurídica o de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. VII.1.4 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esa forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. VII.1.5 Declaración de programa de integridad: los oferentes deberán presentar la declaración jurada, conforme al formulario adjunto identificado con el nombre de Anexo D “Formato de declaración de programa de integridad”, acompañando, además, los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento que permita comprobar que cuentan con dicho programa y que es conocido por su personal. VII.1.6 Patente municipal vigente o en su defecto, Certificado de Exención emitido por la Municipalidad respectiva. En ambos casos, esta documentación debe ser presentada adjunta en la oferta. (OBLIGATORIO Y EXCLUYENTE). VII.1.7 Declaración de criterios de sustentabilidad: los oferentes deberán presentar la declaración jurada, conforme al formulario adjunto identificado con el nombre de Anexo E “Declaración de criterios sustentables”, el oferente, deberá adjuntar los documentos que le permitan acreditar el cumplimiento del o de los aspectos seleccionados, de no adjuntarse el o los documentos solicitados por cada iniciativa seleccionada se entenderá por no acreditado. La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.2 de las presentes Bases Administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes Bases Administrativas como también en las Bases Técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma VII.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el Portal Mercado Público VII.2.1 Cobertura y disponibilidad: el oferente deberá señalar en su oferta si cuenta con cobertura y disponibilidad para la ejecución del servicio en las zonas geográficas del trayecto de acuerdo lo establecido en el capítulo III numeral 1 de las bases técnicas. (aspecto invalidante). VII.2.2 Capacidad de transportar carga: el oferente deberá señalar en su oferta si posee la capacidad para transportar la totalidad de la carga indicada en el capítulo III. numeral 2 de las bases técnicas. (aspecto invalidante). VII.2.3 Modelo y capacidad del vehículo de transporte: el oferente deberá presentar en su oferta una descripción detallada del modelo y capacidad del vehículo de transporte a utilizar conforme a los antecedentes requeridos en el capítulo III numeral 4 de las bases técnicas. (aspecto invalidante) VII.2.4 Personal idóneo para ejecución del servicio: el oferente deberá señalar en su oferta si cuenta con personal idóneo para ejecución del servicio de acuerdo a lo indicado en el capítulo III numeral 5 de las bases técnicas. (aspecto invalidante) VII.2.5 Seguros asociados: el oferente deberá demostrar en su oferta que cuenta con seguros asociados, conforme a lo señalado en el capítulo III numeral 6 de las bases técnicas. (aspecto invalidante) VII.2.6. Declaración del uso de materiales para embalaje: el oferente deberá presentar la declaración del uso de materiales para embalaje, conforme al formato singularizado en las presentes bases de licitación denominado “Formato anexo F “tipo de materiales para embalaje”. (aspecto invalidante). VII.2.7 Plazo de ejecución del servicio: el oferente deberá indicar en su oferta el plazo de ejecución del servicio en días corridos. VII.2.8 Declaración de despacho y recepción conforme de enseres: el oferente deberá presentar la declaración citada, conforme al formato singularizado en las presentes bases de licitación denominado “Formato anexo G (aspecto invalidante). Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto VII.2 Documentos técnicos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta. En caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma. VII.3 DOCUMENTOS ECONÓMICOS El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público: VII.3.1 Formato para presentación de oferta económica de las bases de licitación, denominado “Formato anexo I: Formulario de oferta económica”, el cual se adjunta como anexo. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los valores que este exigirá. VII.3.2 Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan lo señalado en estas bases administrativas. Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en Unidades de Fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, absteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad. Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes: 1. El oferente no presenta oferta económica. 2. La oferta económica no contiene todo lo requerido en el formato de presentación de oferta económica establecido en las bases de licitación. 3. La modificación u omisión de cualquier ítem solicitado por la DGAC, que altere el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones de los servicios o en los plazos de ejecución de los mismos, si los hubiere. 4. Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases. 5. El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación.
DE LA APERTURA
La apertura de todas las ofertas se efectuará en un solo acto, el mismo día del cierre de la licitación, a las 15:35 horas, en forma electrónica, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). En la apertura se efectuará la descarga de los documentos administrativos, técnicos y económicos de todas las ofertas recibidas en la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El posterior examen y análisis del detalle del contenido de los documentos antes citados, corresponderá exclusivamente a la comisión evaluadora. Una vez confirmada el acta de apertura electrónica emitida por la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl).,se liberarán automáticamente las ofertas, permitiendo la publicidad de las mismas y los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la plataforma, las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil administrativo siguiente. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles administrativos contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en formato digital, en la oficina de Logística del Aeropuerto el Tepual de Puerto Montt, en los siguientes horarios: de lunes a jueves entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:00 a 16:00 horas; viernes entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:00 a 15:30 horas. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION
IX.1. La Entidad Licitante, a través de la comisión evaluadora designada mediante resolución e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, será responsable de evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas presentadas por los proponentes. Este proceso implica la revisión y análisis detallado de las ofertas y demás documentos, con el objetivo de determinar si cumplen con los requerimientos establecidos en las bases de licitación. En este contexto, se realizará un examen de admisibilidad, y solo se evaluarán aquellas ofertas que resulten admisibles La comisión evaluadora propondrá a la Entidad Licitante declarar desierta la licitación, declarar inadmisible una o más ofertas, o proceder con la adjudicación, según lo considerado en las presentes Bases IX.2. Las ofertas serán estudiadas y evaluadas en una etapa en base a la pauta de evaluación que forma parte de las bases de licitación, en un plazo no superior a siete (7) días corridos, contados desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 40% para el aspecto técnico, 50% para el aspecto económico, 5% para el criterio de aspectos sustentables y 5% para el criterio programa de integridad. La DGAC adjudicará la licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de estas bases, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. La DGAC no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases de licitación. IX.3 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, se establecen los siguientes criterios de desempate para adjudicar, los que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado: 1. Mayor puntaje ponderado precio. 2. Mayor puntaje ponderado plazo de ejecución del servicio. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se privilegiará a aquel que haya ingresado su oferta en el Portal Mercado Público, primeramente, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta. IX.4 Durante el período de evaluación, y de conformidad al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). Él o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones. Sin embargo, se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema para presentar los antecedentes omitidos. Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del portal Mercado Público. IX.5 Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes a la fecha de emisión del Informe de Evaluación, la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la resolución de adjudicación o deserción, la que se notificará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, conforme a lo establecido en el Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando además el correspondiente acto administrativo fundado. Los oferentes dispondrán de cuarenta y ocho (48) horas para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico mzavala@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (04) días hábiles administrativos.
DE LA CONTRATACION
X.1. Luego de dictada la resolución de adjudicación, y que esta se encuentre totalmente tramitada, dentro de los quince (15) días corridos siguientes de notificado en el portal Mercado Público dicho acto administrativo, por tratarse de una adquisición estándar de simple y objetiva especificación, la Dirección General de Aeronáutica Civil, formalizará la contratación mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del oferente que resulte adjudicado. X.2. La orden de compra es el instrumento que formaliza la contratación, en el cual se establecen las identificaciones de los bienes y/o servicios, cantidad, precio, condiciones de entrega, lugar y plazo de entrega. Se entenderá que son parte integrante de la citada contratación, las bases de licitación, las aclaraciones que pudiera emitir la DGAC, las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en éstas y la oferta que resulte adjudicada. X.3. La contratación se entenderá perfeccionada con la aceptación de la orden de compra por el proveedor adjudicado dentro del plazo de dos (2) días corridos. X.4. En caso de que la orden de compra no haya sido aceptada, la DGAC podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro (24) horas desde dicha solicitud. X.5. Esta Dirección General como entidad licitante, antes de emitir la correspondiente orden de compra, verificará la documentación publicada en el Registro de Proveedores del Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl), la cual deberá encontrarse actualizada y vigente. X.6 La entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, o bien declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de licitación, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, cuando: 1. El proveedor adjudicado rechace la orden de compra, no la acepte dentro del plazo establecido en las bases de licitación, o transcurridas veinticuatro (24) horas desde que la DGAC le hubiere requerido formalmente su rechazo. 2. El adjudicatario no cuenta con la documentación vigente, actualizada y debidamente publicada en el Registro de Proveedores de la plataforma www.mercadopublico.cl., para contratar con el Estado. 3. Si al momento de la emisión y/o aceptación de la orden de compra, el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. 4. No da cumplimiento a los demás requisitos establecidos en las bases para la contratación mediante orden de compra. X.7 Requisitos para contratar: Solo podrán contratar con esta DGAC aquellos proveedores que se hábiles en el Registro de Proveedores. La habilitación en dicho registro será responsabilidad de los proveedores que deberán acreditar su situación financiera y técnica, a través de su inscripción en ese Registro. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), todos sus integrantes deberán encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 182 y 183 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
CONTENIDO MINIMO DEL CONTRATO
La orden de compra deberá contener la individualización del proveedor, la descripción de las características del servicio contratado, el precio, los plazos de vigencia, así como todas aquellas menciones y cláusulas previstas en las presentes bases y las que, por la naturaleza de la contratación, resulte necesario incorporar. La contratación que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del proveedor, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee. En la eventualidad de un incumplimiento contractual o declaración de término anticipado de la contratación en conformidad con las presentes bases, la DGAC publicará en el módulo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl la resolución que aplique la multa o que declare el término anticipado.
MODIFICCIONES AL CONTRATO
La contratación solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero y los elementos esenciales del mismo. Tampoco podrá modificarse el monto de lo contratado más allá de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Asimismo, podrá realizar una modificación respecto de los servicios comprometidos en la contratación, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la contratación. Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado cuando, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones, siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC así como que se refiere a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero de la contratación. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución de la contratación o la orden de compra mientras dure el impedimento. Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
DEL TERMINO ANTICIPADO
XIII.1 La contratación solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad del proveedor. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) El estado de notoria insolvencia del contratante. d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los servicios que efectivamente se hubieren prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedeciera a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras Públicas y artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. e) Por exigir el interés público o la seguridad nacional. f) Cuando el proveedor se encuentre en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley Nº 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393, de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. g) Por incumplimiento grave del proveedor a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del proveedor lo siguiente: • Si el proveedor cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las bases de licitación y de la orden de compra. • Si el proveedor no inicia oportunamente el servicio o incurre en paralizaciones por más de diez (10) días corridos, sin causa justificada. • Si el proveedor incumple el plazo de prestación del servicio convenido en el contrato (orden de compra), por un tiempo mayor a diez (10) días corridos. • Si el proveedor no cumple con las especificaciones contenidas en las bases técnicas, afectándose la calidad del servicio y comprometiendo, consecuencialmente, la seguridad de este mismo. • El incumplimiento de sus obligaciones remuneracionales y de seguridad social para con los trabajadores que se desempeñen en la ejecución del contrato. • En caso de que el proveedor abandonare intempestivamente la ejecución del servicio. • La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera que sea la oportunidad en que hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas. • Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el diez por ciento (10%) del precio total de la contratación (orden de compra). • En caso de conducta indebida grave por parte del personal del proveedor. Se entenderá por conducta indebida aquellos actos de acoso sexual, laboral, robos, daños a la propiedad, agresión física a funcionarios DGAC, entre otras. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución establecido en la orden de compra, con un máximo de seis meses. • El incumplimiento por parte del prestador a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, para con sus dependientes. De proceder la declaración de término anticipado de la contratación por la causal de los literales c), d) párrafo final, f) o de algunas de las causales contenidas en el literal g), precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al proveedor, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo con la ley sean procedentes. XIII.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado de la contratación, será el siguiente: a) La DGAC notificará al proveedor el inicio del procedimiento de término anticipado de la contratación, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el proveedor en el sistema de información. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados al correo electrónico mzavala@dgac.gob.cl. b) Cumplido el plazo, sea que el proveedor presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado de la contratación dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al proveedor mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras
DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Para los efectos de la contratación, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en que tomó conocimiento de este. La DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro de igual término. En el caso que la parte afectada sea el proveedor deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal y a los correos mzavala@dgac.gob.cl Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo en el aumento de plazo de la contratación, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado.
DE LA PRORROGA DE LA COMPETENCIA
La orden de compra que se derive de la presente licitación se someterá a la jurisdicción de los tribunales chilenos, fijando ambas partes domicilio en Santiago de Chile, prorrogándose su competencia para tal efecto en los tribunales de justicia de esta ciudad.
DE LA CONFIDENCIALIDAD
La DGAC y el proveedor se obligan a mantener absoluta reserva, y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud de la presente contratación. En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines de la contratación. Tampoco podrán revelar, comunicar o causar que sea revelada o comunicada de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos de la contratación. Toda la documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto.
DE LA VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO
La contratación entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al proveedor a las veinticuatro (24) horas siguientes a su publicación a través del Portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones del mismo.
PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACION
Toda documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que cuente con una autorización escrita para tal efecto.
PROPIEDAD INTELECTUAL
El proveedor será el único responsable con relación al buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada para la contratación del servicio, debiendo liberar y amparar a la DGAC de todas las consecuencias y acciones legales que puedan intentarse por terceros con motivo de la contratación mencionada anteriormente.
PROPIEDAD INTELECTUAL
El proveedor será el único responsable con relación al buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada para la contratación del servicio, debiendo liberar y amparar a la DGAC de todas las consecuencias y acciones legales que puedan intentarse por terceros con motivo de la contratación mencionada anteriormente.
DE LA CESION Y SUBCONTRATACION
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen de la adjudicación de la propuesta y de la orden de compra, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de la contratación, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte de la contratación que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subproveedor hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a. Si excede el treinta por ciento (30%) del monto total de la contratación. b. Si afectan al subproveedor una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. c. Si el subproveedor se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta entidad licitante, según lo dispone el artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas.
DEL PAGO
La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuestos del año 2026, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos. El precio total de la contratación del servicio de traslado de enseres personales y vehículo del funcionario don Jorge Garate Espinoza se pagará en una (1) cuota, que deberá ser facturado por el proveedor en moneda nacional y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, correspondiente al periodo de facturación. Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente: a) La fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los servicios, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto. Una vez verificado lo anterior, el proveedor podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente. La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra. La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl., previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: 1. Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. 2. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. 3. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. La DGAC cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
DE LAS MULTAS
XXII.1 De las multas Cualquier incumplimiento contractual por parte del proveedor, que constituya alguna falta de las que se expresan más adelante, facultará a la DGAC para aplicar administrativamente una o más multas de las que a continuación se detallan: a) Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por este, el incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera obligación señalada en las bases de licitación o en las obligaciones y/o prohibiciones del proveedor. Se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de dos (2) U.T.M. b) Por cada día de atraso en la prestación del servicio por parte del proveedor, se aplicará una multa de una (1) U.T.M. Con un tope de los 10 (diez) días corridos. c) Se podrá aplicar al proveedor una multa equivalente a una (1) U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el proveedor se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica para la ejecución del proyecto, incluyendo la etapa de recepción provisoria de la obra, si corresponde. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. Nota: La U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual) aplicable al mes en que ocurrió la falta. Con todo, las multas no podrán exceder el diez por ciento (10%) del precio total de la contratación (orden de compra). En caso de que exceda el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a dicho instrumento, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. XXII.2 La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: a) La DGAC notificará al proveedor sobre el incumplimiento contractual detectado, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el proveedor en el sistema de información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en la orden de compra, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el proveedor pueda presentar sus descargos o alegaciones a los correos electrónicos mzavala@dgac.gob.cl y/o en el módulo de la ficha de gestión de contrato disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. Se hace presente que, en los descargos presentados el proveedor no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XIV. de las presentes bases. b) Una vez realizados los descargos por parte del proveedor o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al proveedor mediante correo electrónico. c) En caso de que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto. d) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación: Pago directo del proveedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. Deducción del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (5) días señalados precedentemente, sin que el proveedor haya enterado el pago de la multa, o este haya manifestado de manera expresa que no pagará, esta se deducirá del estado de pago del mes o hito en que se incurrió en el incumplimiento o la falta de servicio. XXII.3 No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que se hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el proveedor deberá acreditar. XXII.4 El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado de la contratación, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del proveedor del cumplimiento de su obligación principal.
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El proveedor se obliga, entre otros, a lo siguiente: a) No ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de las presentes bases de licitación y de la orden de compra. b) Mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento de la contratación de prestación de servicios dentro de las atribuciones entregas al Inspector Fiscal c) Cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función de la contratación que se derive, de las bases de licitación y de la oferta del proveedor. d) Cumplir con las obligaciones de la prestación del servicio, establecidas y detalladas en las bases de licitación y en la orden de compra. e) Exigir de sus dependientes, cuando corresponda, la observancia de las normas sobre Higiene y Seguridad, establecidas por la legislación laboral y la DGAC. f) Contar con el personal necesario para prestar el servicio de traslado de enseres personales y vehículo del funcionario don Jorge Garate Espinoza requerido, contratación que debe efectuar conforme a las disposiciones laborales vigentes. g) Efectuar la planificación, organización, dirección y control para la prestación del servicio, empleando para ello sus medios orgánicos y procedimientos internos y/o programa de trabajo. h) Informar a la inspección fiscal mediante correo electrónico la fecha del retiro y entrega de enseres personales y vehículo del funcionario.
PLAZO DE EJECUCION
El servicio de traslado de enseres personales y vehículo del funcionario don Jorge Garate Espinoza deberá ser prestado dentro del plazo señalado por el adjudicatario en la oferta presentada el sistema de información www.mercadopublico.cl, el cual será contabilizado a contar de la fecha de carga en lugar de origen indicada en el anexo B: modelo “guía de despacho y recepción conforme traslado de enseres y/o vehículo.
PLAZO DE EJECUCION
El servicio de traslado de enseres personales y vehículo del funcionario don Jorge Garate Espinoza deberá ser prestado dentro del plazo señalado por el adjudicatario en la oferta presentada el sistema de información www.mercadopublico.cl, el cual será contabilizado a contar de la fecha de carga en lugar de origen indicada en el anexo B: modelo “guía de despacho y recepción conforme traslado de enseres y/o vehículo.
DEL INSPECTOR FISCAL
Para todos los efectos, se entenderá por inspector(es) fiscal(es) a el(los) profesional(es) funcionario(s), nombrado por la autoridad competente, a quien(es) se le haya(n) encargado velar directamente por la correcta ejecución del servicio y, en general, por el cumplimiento del contrato derivado de la presente licitación.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.-El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4.-El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.-El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.-El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.-El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.-El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.-El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subproveedors, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.