Licitación ID: 1234683-3-LE24
ASESORIA CONTABLE PARA LA CORPORACION DE DEPORTES
Responsable de esta licitación: CORPORACION MUNICIPAL DE DEPORTES DE SAN CLEMENTE
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Productos o servicios
1
Asesorías tributarias 1 Unidad
Cod: 84111802
Asesoría Contable  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ASESORIA CONTABLE PARA LA CORPORACION DE DEPORTES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo del presente proceso licitatorio es contratar una asesoría profesional deuna empresa especializada en materias propias de la nueva normativa del sistema de contabilidad general de la Nación del Sector Publica, principalmente en lo relacionado con la reestructuración de los planes de cuentas, de los procedimientos contables y administrativos, la readecuación de los sistemas contables.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Administración y Finanzas
R.U.T.:
65.145.951-6
Dirección:
Huamachuco 1125
Comuna:
San Clemente
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-04-2024 15:08:00
Fecha de Publicación: 05-04-2024 0:31:49
Fecha inicio de preguntas: 05-04-2024 4:00:00
Fecha final de preguntas: 08-04-2024 4:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-04-2024 4:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-04-2024 15:09:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-04-2024 15:09:00
Fecha de Adjudicación: 23-04-2024 22:51:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Aprobación de bases y bases administrativas
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación experiencia del oferente 4 años o más 100 Entre 1 y 3 años 50 Inferior a 1 año 10 10%
2 Precio Ponderación Precio=((Precio menor ofertado)/(Precio del postulante))x 100 40%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Propuesta óptima (por sobre lo solicitado) 100 Propuesta mínima (cumple con lo solicitado) 60 Propuesta no cumple 0 40%
4 Cumplimiento de los requisitos Cumple con los requisitos formales de presentación de ofertas 100 No cumple con los requisitos formales 0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Corporación Municipal de Deportes de San Clemente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carolina Gonzáles Jara
e-mail de responsable de pago: adm.cmdsanclemente@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: Carolina Gonzalez Jara
e-mail de responsable de contrato: adm.cmdsanclemente@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-72932921-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal de Deportes de San Clemente
Fecha de vencimiento: 19-06-2025
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: a. Expresas su monto en pesos chilenos b. Corresponder al beneficiario Corporación Municipal de Deportes de San Clemente, rol único tributario N°65.145.951-6. c. Mención del ID de la licitación y expresar que el objeto es garantizar el fiel cumplimiento del contrato. d. Indicar ser pagadera a la vista, esto es, inmediatamente presentada a cobro por el beneficiario e. Tener el carácter de irrevocable
Forma y oportunidad de restitución: El departamento de administración y finanzas de la corporación será responsable de la custodia de la garantía entregada y se obliga a devolverla al contratista dentro de los 60 días hábiles posteriores a la culminación del contrato, previa certificación de la prestación conforme de los servicios contratados, según corresponda por parte del Supervisor de la Corporación y de acuerdo a los requisitos establecidos para ello.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de relación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a Si la orden de compra no es aceptada en un plazo de 48 horas. b Si el adjudicatario se desiste de su oferta. c Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del Art. Nº 4 de la Ley Nº19.866 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. d Si el adjudicatario no se encuentra inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Lo anterior faculta a la Corporación Municipal de Deportes a adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiese ocupado en segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, si el anterior no aceptará la adjudicación, dentro de los 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Para ello los siguientes oferentes deberán cumplir con las mismas condiciones y plazos que el original adjudicatario, contados desde la notificación de la re adjudicación.
Resolución de Empates

En caso de existir dos o más ofertas evaluadas con igual puntaje, se privilegiará aquella que tenga mayor puntaje en el aspecto de precio. En caso de persistir el empate, se dará preeminencia al criterio oferta técnica del proveedor.

El puntaje final de las ofertas se calculará sumando las ponderaciones obtenidas de acuerdo a cada uno de los criterios de evaluación.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese presentado su oferta en el portal www.mercadopublico.cl con mayor anterioridad al cierre de recepción de ofertas”.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los Demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas    certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.  Esta presentación se hará a expresa solicitud de la Unidad Compra respectiva y tendrá un plazo BREVE de 48 horas de emitida la consulta, para responder. Pasado este tiempo se optará por la decisión de Declarar fuera de Bases a oferente consultado.

15 DE LA PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROHIBICIÓN DE USO
Toda información a que se tenga acceso el proveedor, tanto del proceso de licitación o durante la ejecución del contrato, así como todo producto, ya sea parcial o final, objeto de las presentes bases, será de propiedad exclusiva de la Corporación. Toda la documentación que se genere en la ejecución del servicio contratado será de propiedad exclusiva de la Corporación de Deportes, no pudiendo ser utilizados o destinados a fines distintos a los objetos señalados. El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El proveedor, así como su personal pendiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes y actividades propias relacionadas con el desarrollo de los servicios. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor adjudicado, durante la vigencia del contrato o dentro de los tres años siguientes después de finalizado este, podrá dar pie a la entidad entable en su contra acciones judiciales correspondientes.
Multas
La Corporación Municipal de Deportes de San Clemente mantendrá un sistema de control de las tareas a realizar, destinado a detectar las diferentes irregularidades que pudieran ocurrir. El incumplimiento por parte del proveedor de sus obligaciones y responsabilidades contractuales serán multadas de acuerdo con lo que se define en este título, a partir del primer día de incumplimiento y hasta que la obligación haya sido cumplida a satisfacción de la unidad técnica, según corresponda, dejándose constancia de todo ello. Las multas serán aplicadas, previo informe de la unidad técnica. Serán apelables dentro del plazo de tres (3) días hábiles, contados desde la notificación de la multa, ante el mandante, la que resolverá sin forma alguna de juicio y sin ulterior recurso, dejándose constancia de lo resuelto y además decretado. Las multas por incumplimiento del proveedor, son las que se indican a continuación, y se descontarán del estado de pago más próximo, indistintamente a juicio del mandante, sin que este procedimiento pueda significar limitación alguna para obtener el pago de lo adeudado por otras vías legales. Si el valor acumulado de la o las multas excede del quince por ciento (15%), respecto del precio neto, el mandante podrá proseguir con la aplicación de la multa u optar por el término anticipado del servicio. Las infracciones serán notificadas al proveedor por la unidad técnica a través de informe escrito, indicando el plazo de solución. a) Si el proveedor no diere cumplimiento, ya sea en tiempo o forma, a los servicios contemplados de manera mensual, sin aviso y previa autorización de la contraparte técnica deberá cancelar una multa de UF 2 (dos unidades de fomento). b) Si el proveedor no diere cumplimiento a las órdenes o instrucciones de la unidad técnica, será sancionado con una multa de UF 3 (tres unidades de fomento) por cada día de atraso en su cumplimiento. c) El incumplimiento por parte del proveedor, o de alguno de sus trabajadores, de las normas de seguridad, así como la falta o no uso de los elementos de seguridad será sancionado con una multa ascendente a UF 3 (tres unidades de fomento) por cada día de incumplimiento y/o por cada evento, según proceda. d) Ante la ocurrencia de algún siniestro el proveedor deberá dar aviso oportuno a la unidad técnica, en plazo no superior a un (1) día de la ocurrencia del siniestro, cuyo incumplimiento se penalizará con una multa diaria por una suma equivalente a dos unidades de fomento (UF 2) mientras dure el incumplimiento, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones, al sólo juicio de la unidad técnica en conformidad a la gravedad del incumplimiento de tal comunicación. e) La unidad técnica aplicará una multa por la suma equivalente a cero coma cinco unidades de fomento (UF 0,5) por cada día atraso en la entrega de respuesta a los reclamos efectuados como consecuencia de los trabajos desarrollados por el proveedor y una multa por la suma equivalente a una unidad de fomento (UF 1), por cada día de atraso en la aplicación de soluciones que permitan eliminar los problemas originados por el contratista. Las multas anteriormente descritas tienen el carácter de acumulativo y las sumas calculadas en las instancias de producirse las anomalías señaladas, serán expresadas en unidades de fomentos y serán descontadas del estado de pago más próximo. El valor de la unidad de fomento (UF) corresponderá al primer día del mes en que se detectó la falta o irregularidad, aunque ésta corresponda a meses anteriores. Estas infracciones serán advertidas por escrito al proveedor por la unidad técnica, indicándole un plazo para su solución. Si cumplido el plazo no ha sido subsanado el incumplimiento se aplicará la multa establecida en el literal b del presente artículo. Las multas se aplicarán, salvo la concurrencia de alguna causal de fuerza mayor debidamente justificada, de la cual se pronunciará sin ulterior recurso el mandante. Dicha causal deberá ser comunicada y fundamentada por el proveedor inmediatamente de producida, conforme con las normas de las presentes bases administrativas. Si la petición que formule el proveedor fuere procedente, podrá ampliarse el plazo para el cumplimiento de la obligación infringida por los lapsos que corresponda. Cualquier situación contractual con respecto a los plazos u obligaciones del proveedor deberá ser presentada en forma escrita, antes del vencimiento de los plazos totales o parciales, según corresponda. Si transcurrido el plazo de la ampliación se prolonga el atraso o subsiste el incumplimiento, será aplicable la multa correspondiente.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

                   a.         El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

                   b.          El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

                   c.         El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

                   d.          El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

                   e.         El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

                    f.         El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

                   g.         El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

                   h.          El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.