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Resolución de Empates |
De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo
puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:
1. Criterio "Pozo de emergencia"
2. Criterio "Plazo de ejecución de los trabajos"
3. Criterio "Garantía del servicio"
4. Criterio "Garantía de los equipos"
5. Criterio "Experiencia de la empresa"
6. Precio
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser dirigidas al foro de consultas del portal Mercado Publico en un plazo no mayor a 24 horas de publicada la notificación de adjudicación. La Delegación Presidencial Regional de Coquimbo responderá directamente en un plazo no superior a 2 días hábiles, mediante el sistema establecido en el portal de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl .
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante la evaluación de las ofertas, la DPR podrá solicitar aclaraciones referentes a las ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar elementos esenciales de la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.
La DPR podrá solicitar a los oferentes, que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión y evaluación de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
Asimismo, los oferentes podrán acompañar certificaciones o antecedentes (siempre que no se trate de documentos obligatorios) que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para los efectos referidos en este numeral, se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles contado desde el requerimiento de la DPR el que se informará a todos los oferentes a través del Sistema, para que el oferente subsane las omisiones.
Los antecedentes referidos en los párrafos precedentes, deberán ser remitidos a la DPR, a través del portal de Compras Públicas, utilizando la aplicación dispuesta en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses del servicio, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes. El adjudicatario estará especialmente obligado a:
a. Responder por el servicio adjudicado, velando porque éstos cumplan con las características exigidas en las Bases y satisfagan los requerimientos de la licitación;
b. Realizar las labores con personal de su exclusiva dependencia, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo. Si fuere contratado lo será a su nombre, y será de su cargo y responsabilidad pagar las remuneraciones, las imposiciones previsionales y de salud, los seguros de accidentes y cesantía, pago de mutuales, gratificaciones y aguinaldos si
proceden, impuestos y otros que se deriven de dicha relación laboral, de modo que la DPR no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por estos conceptos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 20.123. Al respecto la DPR no tendrá más obligaciones al respecto que las señaladas en los artículos 183B y 183C, 183D
y 183E, del mismo cuerpo normativo, incorporados por Ley N°20.123.-
c. Responder por todas las obligaciones que le impongan el contrato o las presentes Bases.
d. Proporcionar a solicitud de la DPR, en cualquier tiempo, los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con su personal.
e. Acreditar el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y/o con los trabajadores contratados en los últimos dos años, si los hubiere, en los casos y forma previstos en el artículo 4 inciso segundo de la Ley 19.886.
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Especificaciones y detalles del requerimiento |
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Para una mejor compresión y detalle del requerimiento, ver resolución exenta N° 1.251, adjunta, que aprueba las presentes bases de este proceso licitatorio.
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