Licitación ID: 711841-55-LE24
ORGANIZADOR DE APOYO AL CUIDADO PARA CUIDADORES
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Organizadores o cajas de almacenamiento de archivos 1 Unidad
Cod: 44111515
Suministro para el mecanizado y embolsado de material de apoyo al cuidado denominado Organizador de apoyo al cuidado para cuidadoras (es) principales, Programa Red Local de Apoyos y Cuidados  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ORGANIZADOR DE APOYO AL CUIDADO PARA CUIDADORES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente contratación tiene por objeto efectuar un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, presenten propuestas para contratar el suministro llamado, Suministro para el mecanizado y embolsado de material de apoyo al cuidado denominado Organizador de apoyo al cuidado para cuidadoras es principales, Programa Red Local de Apoyos y Cuidados.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
R.U.T.:
60.103.000-4
Dirección:
Catedral 1575, primer piso
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-12-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 06-12-2024 11:47:56
Fecha inicio de preguntas: 06-12-2024 18:30:00
Fecha final de preguntas: 09-12-2024 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-12-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-12-2024 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-12-2024 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 24-12-2024 9:16:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán publicar en el portal www.mercadopublico.cl, en el Ítem 1 los Anexos Administrativos N° 1, 2, 3 o 4, según corresponda, debidamente firmados por el proponente o su representante legal. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el representante legal del integrante o por éste, según, sea el caso. Nota 1: La omisión de los Anexos Administrativos N° 2, 3 o 4 en la apertura, según corresponda, provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, en consecuencia, dicha propuesta no será evaluada.
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su propuesta técnica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo a los requisitos y detalle del Capítulo II “Bases Técnicas”. La oferta técnica deberá tener una vigencia mínima de 120 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 4: La omisión de la oferta técnica, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada. Nota 5: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los productos, servicios, documentos y/o antecedentes que componen la oferta técnica, esta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su propuesta económica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl. i).- El precio de la oferta económica se expresará en pesos (valor neto). ii).- El oferente indicará el régimen tributario al cual se encuentra afecto o bien si todo o parte de sus servicios están exentos de determinado impuesto. iii).- La oferta deberá tener una vigencia mínima de 120 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 2: La omisión de la oferta Económica, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada. Nota 3: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los documentos y/o antecedentes que componen la oferta económica, esta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Inscripción al Registro Único Tributario y declaración de inicio de actividades (Formulario 4415 Servicio de Impuestos Internos). Documento debe estar disponible en El Registro de Proveedores de Mercado Público
- Copia de cédula de identidad. Documento debe estar disponible en El Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Documento público o privada, según corresponda, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Entregada al momento señalado en el 4.1.1., de las bases de licitación.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Certificado de vigencia o de existencia de Ia persona jurídica con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación (otorgado por el respectivo organismo competente; Subsecretaría de Justicia,
- I18n entry not found: Poderes. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia
- I18n entry not found: Copia del documento donde conste la personería del representante legal con una antigüedad no anterior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación (Reg. Comercio, Archivo Judicial, otros del caso). Documento debe
- I18n entry not found: Copia del RUT. Documento debe estar disponible en el Registro de Proveedores de Mercado Público
- I18n entry not found: Documento público o privado según corresponda, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N°19.886. Entregada al momento señalado en el 4.1.1., de las bases de licitación.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Compras públicas inclusivas Según Resolución Exenta N°0486 5%
2 Programas de integridad El oferente deberá señalar si cuenta con programa de integridad con una vigencia mínima de 6 meses y que sea conocido por su personal. Para lo anterior, deberá enviarse respaldo de dicho de programa que lo acredite. Sin respaldo respectivo, no se considerará lo informado. Según Resolución Exenta N° 0486, adjunta. 3%
3 Cumplimiento de requisitos formales La oferta acompaña las certificaciones o antecedentes necesarios para ser evaluada conforme los requerimientos técnicos y económicos solicitados en las bases. El puntaje por cumplimiento de los requisitos formales tiene sólo dos valores posibles, los cuales vienen dados por la siguiente expresión: Puntaje Criterio 100 Cumple oportunamente con lo solicitado en las Bases 0 No con todos los requisitos formales dentro de plazo 4%
4 Tiempo de entrega Se refiere al período de tiempo en días corridos de entrega de los materiales Solicitados, considerar que los puntos de entrega atienden solo en días hábiles, excluyendo feriados y fines de semana, a partir del envío de la orden de compra. En caso de que la oferta supere los 15 días corridos, esta será declarada inadmisible y no será evaluada. El oferente deberá completar el Anexo N°6 40%
5 Costo total Se refiere al monto total (IVA incluido) por el suministro encomendado. Fórmula: (MEJOR OFERTA / OFERTA)*100 45%
6 Sustentabilidad El proveedor deberá señalar si cuenta con programas y/o políticas de sustentabilidad medioambiental que sean conocidas por su personal. Para lo anterior, deberá enviarse respaldo de dicho de programa que demuestre esto y/o certificación respectiva de alguna institución referida a dichas materias. Según Resolución Exenta N° 0486, adjunta. 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 66561372
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Isidora Ramirez Baltra
e-mail de responsable de pago: isidora.ramirezbaltra@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: Isidora Ramírez Baltra
e-mail de responsable de contrato: isidora.ramirezbaltra@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-7637104-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Del proceso de evaluación de ofertas
a) Integración. La Comisión Evaluadora estará integrada a lo menos por 3 profesionales funcionarios de planta o contrata, propuestos por la jefatura de la División de Promoción y Protección de la Subsecretaria de Servicios Sociales y designados mediante el correspondiente acto administrativo del Jefe de División de Administración y Finanzas, el cual será publicado en el portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Con todo, podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5° del artículo 37° del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas. b) Plazo para evaluar. La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 10 días corridos para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica. El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes. c) Consultas aclaratorias a oferentes. La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal. d) Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. e) Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados (letras c, d y e) deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 3 días corridos, contado desde el día hábil siguiente al de su aviso a través del sistema de información, vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, se proseguirá con la evaluación de la oferta sin dicha certificación o antecedente. f) Cierre del proceso de evaluación. Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un Informe Final de Evaluación, en la que deberá tomar acta de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el Informe mencionado deberá contener la siguiente información: i).- El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión. ii).- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. iii).- La ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. iv).- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. v).- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. vi).- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. vii).- El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación. Este Informe Final de Evaluación, será publicado en el portal www.mercadopublico.cl en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
Adjudicación
Publicación de la adjudicación. Cerrado el proceso de evaluación y de acuerdo a lo propuesto en el informe final de evaluación correspondiente, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en las Bases con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses de la Subsecretaría. Dicho acto se publicará en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo señalado en las Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Subsecretaría o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Subsecretaría informará esta situación en el portal por intermedio de la Jefatura de la División de Administración y Finanzas y señalará ahí el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo. Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida al correo electrónico abastecimientosss@desarrollosocial.cl. Causales para readjudicar. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicada en los siguientes casos: · Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Subsecretaría. · Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde de la notificación de la resolución de adjudicación, en caso de que no lo estuviere al momento de presentar la propuesta. · Si el proveedor adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato, o por cualquier otra de las inhabilidades para contratar señaladas en el 4.1. de las bases administrativas. · En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, o por cualquiera otra de las inhabilidades para contratar señaladas en el 4.1. de las bases administrativas. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o se produce lo indicado en el Punto N° 4.1.1 de las Bases, en que la participación del o los integrantes inhabilitados fue determinante en la evaluación de la oferta, la Subsecretaría se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado. · Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 5 las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. · Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar las garantías que correspondan. · Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.6 las Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. · Si el oferente adjudicado no firma el contrato dentro del plazo establecido en las bases. En el caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Subsecretaría podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente, dentro del plazo de 120 días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica el proceso de compra. La notificación de la adjudicación se entiende practicada a las 24 horas siguientes de la publicación del acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl Causales para readjudicar. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicada en los siguientes casos: · Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Subsecretaría. · Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde de la notificación de la resolución de adjudicación, en caso de que no lo estuviere al momento de presentar la propuesta. · Si el proveedor adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato, o por cualquier otra de las inhabilidades para contratar señaladas en el 4.1. de las bases administrativas. · En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, o por cualquiera otra de las inhabilidades para contratar señaladas en el 4.1. de las bases administrativas. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o se produce lo indicado en el Punto N° 4.1.1 de las Bases, en que la participación del o los integrantes inhabilitados fue determinante en la evaluación de la oferta, la Subsecretaría se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado. · Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 5 las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. · Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar las garantías que correspondan. · Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.6 las Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. · Si el oferente adjudicado no firma el contrato dentro del plazo establecido en las bases. En el caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Subsecretaría podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente, dentro del plazo de 120 días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica el proceso de compra. La notificación de la adjudicación se entiende practicada a las 24 horas siguientes de la publicación del acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl
Condiciones y plazos para la contratación
El proponente adjudicado deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público y tener la condición de proveedor hábil de acuerdo a dicho registro. Si la oferta adjudicada fue presentada en Unión Temporal de Proveedores, todos los proveedores que participan de ella deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público. La contratación se regirá por la legislación chilena y muy especialmente por la normativa aplicable a la contratación por parte de los organismos de la Administración Pública del Estado de Chile. Dado que el bien que se pretende adquirir mediante el presente llamado a licitación, se estima que corresponde a bienes que poseen características de simple y objetiva especificación, toda vez que estos se encuentran con oferta estándar en el mercado, de fácil realización por las empresas del rubro que presentan este servicio, lo anterior debido a que las especificaciones técnicas del producto son simples, fáciles de cumplir por parte de los oferentes y correspondiendo a materiales y partes del organizador que se encuentran disponibles en el mercado nacional, además los productos requeridos corresponden a una replicación de una maqueta proporcionada por el Ministerio. En este sentido, el requerimiento así entendido, no conlleva esfuerzos mayores en la preparación de las ofertas, siendo múltiples y variadas las empresas tanto a nivel nacional e internacional que aseguran en las condiciones que las bases requieren, por tanto, de acuerdo al artículo N°63 del Decreto Supremo N° 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Forma de pago
El precio a pagar por los servicios será el que indique el proponente en su oferta económica, y se pagará en una sola cuota, una vez recibido el total de los productos en las dependencias del Ministerio. La contraparte técnica verificará la total entrega y podrá emitir su VB°. Si la contraparte técnica efectuare observaciones, estas se pondrán en conocimiento- inmediato del contratista, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando los productos en lo que fuere pertinente. Los plazos antes indicados, se contarán para todos los efectos desde la fecha de total tramitación del presente acto administrativo Subcontratación: Se permitirá la sub-contratación de un 95% del monto total de la licitación, mientras la completa responsabilidad del proceso y la coordinación de todas las tareas permanezcan en el contratista que se adjudique la presente licitación.
Consideraciones relacionadas con la facturación
a).- El contratista no podrá entregar a la Subsecretaría la factura por los servicios prestados mientras la contraparte técnica no apruebe formalmente los servicios solicitados. b).- Al momento de hacerse efectivo los pagos, y no habiendo operado la transferencia a terceros, el contratista deberá entregar la copia a que se refiere el artículo 1° de la Ley N° 19.983, que regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Copia de la Factura. c).- La factura entregada se entenderá irrevocablemente aceptada, conforme regula los numerales 1 y 2 del Artículo 3° de la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura d).- La factura debe generarse de manera digital y ser ingresada en el sistema de recepción centralizada de documentos tributarios electrónicos (DTE) de acuerdo a las instrucciones entregadas por el Ministerio de Hacienda. e).- Es necesario que al momento de emitir factura complete el campo 801 o referencias, indicando el número de orden de compra asignado por el portal de mercado público. Hay que considerar también que de ingresar la modalidad indique crédito y enviar factura en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com f).- En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Acuerdos operativos
Las bases contemplan la posibilidad de que la contraparte técnica del Ministerio y del contratista puedan suscribir uno o más acuerdos operativos, los cuales tendrán por finalidad: definir etapas específicas contenidas en las bases, acordar fechas específicas para etapas o actividades relevantes contenidas en las bases, y en general otros aspectos de orden administrativo, operativo y/o técnico que se encuentren dentro del marco contractual de los servicios. Lo anterior, se materializará mediante actas que se respaldarán en el informe correspondiente según la fecha de emisión del acta por parte del contratista. La aprobación del informe será el medio de validación por parte de la contraparte técnica del Ministerio de dicha acta. En ningún caso los acuerdos antes citados podrán implicar una alteración a las disposiciones de las bases o alterar disposiciones y/o plazos del contrato, ni alterar aspectos esenciales de la propuesta técnica o los valores expresados en la oferta económica del contratista, como asimismo no podrán afectar la igualdad de los oferentes y el principio de estricta sujeción a las bases.
De las multas
Multas por incumplimiento contractual El Ministerio estará facultado para aplicar y cobrar multas al contratista cada vez que se verifique un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Para este efecto el sistema es el siguiente: a) Atrasos justificados. En general, se refieren a hechos del Ministerio, a un caso fortuito o fuerza mayor y que de una u otra forma retrasen al contratista en la entrega del bien y/o prestación del servicio de acuerdo a las reglas del contrato. Deberán ser notificados (si se le presentan al contratista) a la contraparte técnica dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de su ocurrencia. Estos serán analizados por la contraparte técnica a efectos de su justificación. No concurriendo causal eximente o informados fuera de plazo tendrán el carácter de atraso no justificado. b) Atrasos no justificados. Corresponden a aquellos imputables al contratista y que de ello se produzca retraso en la entrega del bien y/o prestación del servicio de acuerdo a las reglas establecidas en el contrato o acuerdos operativos en caso de haberlos. El Ministerio descontará al contratista, un monto equivalente a 0.5 UF, por cada día de atraso, contado desde aquel en que debió entregarse el bien c) Una vez perfeccionada la aplicación de una multa, su monto será descontado del estado de pago correspondiente a la facturación emitida el mes siguiente al de la fecha de la resolución que disponga su aplicación, o se hará efectiva contra la boleta de garantía contractual (de haberlas), si no hubieren facturas por cobrar El monto de las multas acumuladas no podrá exceder el límite del 10% de la cuantía el contrato. Del procedimiento de comunicación de la aplicación de multas y su impugnación. Si la contraparte técnica del Ministerio considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa en los términos indicados, comunicará por escrito su decisión al contratista, mediante un Acta de Multas, indicando los fundamentos y monto de la misma. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contado desde la recepción de la comunicación indicada, para efectuar sus descargos. La notificación al contratista podrá efectuarse, a elección del Ministerio: a) Personalmente, en dependencias del Ministerio o a través de un funcionario designado al efecto en el domicilio del contratista, en ambos casos habrá de dejarse constancia de ello. b) Mediante el envío de carta certificada. c) Mediante el envío de un solo correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la dirección indicada por la contratista en el Anexo Administrativo N° 1 “Formulario identificación del oferente” de las bases o bien la que expresamente señale el contratista al designar a la Contraparte Técnica. Una vez efectuados los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la contraparte técnica remitirá los antecedentes para su resolución, la que para estos efectos se materializará a través de la dictación de un acto administrativo de el/la Subsecretario/a de Servicios Sociales previa ponderación de los antecedentes. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la ley N° 19.880. De la forma de aplicar una multa Las multas, una vez perfeccionada su aplicación conforme a las reglas anteriores, deben ser enteradas por caja por el contratista a Subsecretaría de Servicios Sociales, en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo respectivo. Para lo anterior, el contratista debe realizar una transferencia bancaria a la Subsecretaría de Servicios Sociales, a la cuenta corriente N°9004629, RUT N° 60.103.000-4, del Banco Estado, y enviar el comprobante de la transacción vía correo electrónico tesoreria@desarrollosocial.gob.cl. En el caso que no hubiere producido el pago de la multa respectiva, se hará efectivo el cobro de la garantía que se hubiese otorgado (de haberla). De ser imposible, se ejecutará la deuda conforme a las normas de derecho común. Causales de justificación En la decisión de aplicación de multas, la Subsecretaría considerará los siguientes hechos, debidamente acreditados, como circunstancias que justifican el retardo o el incumplimiento de requerimientos solicitados y que, en consecuencia, pueden dar lugar a la rebaja o exención de multas, según corresponda: a. Cuando los plazos de cumplimiento de los productos o informes convenidos hayan sido extendidos por instrucción de la Contraparte Técnica del contrato. Lo anterior, sólo en cuanto se encuentre regulado en las Bases Técnicas y se produzca dentro de la vigencia del contrato o su renovación (de haberla). b. Para atender la exigencia de requerimientos adicionales o especiales de la Subsecretaría. Lo anterior, de conformidad a las reglas modificatorias estipuladas en las bases. c. Si el Contratista no pudo dar cumplimiento a los plazos por falta de un antecedente, visación, informe o instrucción de la Contraparte Técnica o de una entidad externa de la cual dependa la definición de metodologías, productos, estándares o similares. Lo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad administrativa de la Contraparte Técnica o la responsabilidad que pueda hacerse efectiva respecto de la entidad externa. d. Por la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser informado por el Contratista en un plazo no superior a 5 días hábiles desde su ocurrencia, mediante aviso escrito a la contraparte técnica.
Obligaciones laborales y previsionales y subcontratación
a) Obligaciones laborales y previsionales Una vez totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba la contratación, el contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto y una declaración jurada a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, el Ministerio a través de la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886. La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo. En caso de no acompañar el certificado al inicio del contrato, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el Punto 7.2 de las Bases Administrativas. 9.7 Término anticipado de la contratación El Ministerio pondrá término anticipado al contrato en la forma y casos señalados en el artículo 13° de la ley 19.886 y Artículo 77° de su Reglamento. Asimismo, el contrato podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito, o bien en caso que se verifique la condición de no contemplar la respectiva ley de presupuestos del sector público recursos para financiar el contrato para el correspondiente ejercicio presupuestario. Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 13° letra b) de la Ley N° 19.886 y Artículo 77 N° 2 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista en los siguientes casos: 1. Que las multas acumuladas por retardo o incumplimiento en la entrega de los productos y/o servicios convenidos superen al 10% del precio total del contrato. 2. Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales. 3. En caso de que se abandone la ejecución de los servicios o entrega de productos convenidos. Se estimará como abandono el retardo en la entrega de un producto o servicio por un plazo mayor de 15 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la renovación que se encontrase corriendo. 4. Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. Si el contratista no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias para la prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros. 6. Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. 7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, en cuanto exceda de 6 meses. 8. Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en las bases. 9. Haber sido condenado en virtud de lo establecido en el artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos. 10. Ocurrencia de alguna Infracción a una obligación específica señalada en las bases administrativas y técnicas que expresamente señale que constituye incumplimiento grave. 11. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 12. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 13. Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 14. Disolución de la UTP. 15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo las que procedan por resciliación y/o mutuo acuerdo de las partes o por caso fortuito y/o fuerza mayor, se aplicará el procedimiento regulado en el 9.5.2. “Del procedimiento de comunicación de la aplicación de multas y su impugnación”, de las bases de licitación. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el adjudicatario. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas y otras establecidas en las bases imputables al contratista, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia a través de la Subsecretaría, podrá ejercer las acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del contratante podrá cobrar y hacer efectiva las garantías (de haberlas), administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del contratante. 9.8 Contraparte técnica. La contraparte técnica del Ministerio será la jefatura de División de Promoción y Protección Social, o bien un funcionario que éste designe y así lo informe al contratista (designará un titular y un suplente) y tendrá a lo menos las siguientes obligaciones: 1).- Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento del objeto del contrato y de los plazos acordados para la entrega de informes y productos. 2).- Mantener reuniones periódicas con el equipo nombrado por el contratista. 3).- Autorizar los acuerdos operativos según dan cuenta las bases administrativas y el presente contrato. 4).- Analizar y aprobar los informes, planteando al contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes a través de los mecanismos contemplados en las bases administrativas y técnicas. 5).- Colaborar y asistir al contratista en la obtención de documentos oficiales y de trabajo internos del Ministerio, y en general proporcionarle la ayuda que corresponda en el ámbito de sus competencias. 6).- Proponer la aplicación de las multas según dan cuenta las bases administrativas y el presente contrato. 7).- Gestionar las autorizaciones que sean pertinente, para el desarrollo y ejecución del contrato. 8).- En general, analizará y aprobará los productos, gestionará la devolución de las cauciones o bien se hagan efectivas estas (de haberlas), velará por el cumplimiento del contrato con arreglo a sus estipulaciones resguardando todos los derechos del Ministerio. 9).- Otras que le entreguen las bases administrativas, técnicas y el presente contrato. Por su parte, el contratista deberá designar una contraparte técnica que se relacione con la contraparte técnica del Ministerio.
Reserva de derechos
La Subsecretaría se reserva el derecho a: a. Revocar el presente llamado a licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl. b. La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c. Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan. d. Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. e. Realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo, las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una alteración al principio de igualdad entre los proponentes.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos tanto para el proceso de licitación, y de ser adjudicado, durante la vigencia del contrato: a. Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b. Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c. Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d. Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f. Se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h. Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Tratamiento de datos personales
En tratamiento de los datos personales que se efectúen por causa de los servicios se ajustará a lo establecido en la ley N°19.628 de “Protección de Datos de Carácter Personal”. De ninguna manera podrá utilizar dicha información, sea total o parcial, para otros fines que los expresamente establecidos en el presente contrato. Además, deberá proteger la información proporcionada de manera tal que se impida por todos los medios el acceso a personas no autorizadas expresamente por la Subsecretaría, debiendo tomar las medidas necesarias y razonables para que el personal con acceso permitido a la información, incluidos los subcontratistas y consultores en su caso, cumplan con la obligación contraída respecto al uso y protección de la misma. La divulgación, fuga y/o filtración por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información asociada al presente contrato, por medios o canales distintos a los acá pactados facultará a la Subsecretaría para poner término anticipado al contrato.
Interpretación del contrato
En la eventualidad que en el curso de los servicios se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación. a. Bases de Licitación. b. Aclaraciones. c. Contrato. d. Propuesta Técnica del oferente.
Legalidad de las bases
Con todo, prima lo establecido en las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N° 0486, adjunta.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.