Artículo 9° Consultas, aclaraciones y modificaciones
Los Oferentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación de las presentes Bases. No serán admitidas- las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El Servicio realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Servicio podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinente.
Por su parte, el Servicio podrá aclarar, complementar y corregir las Bases hasta el día fijado para la publicación de respuestas en el portal www.mercadopublicocl y serán consideradas como parte integrante de las bases de licitación.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Servicio podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los Oferente s pueden conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información sitio http://www.mercadopublico.cl
Las palabras y conceptos utilizados en estas Bases deberán entenderse en su sentido natural y obvio, salvo que ocurra a su respecto alguna definición legal, técnica o especial, particularmente si se encuentran definidos en el Reglamento de la Ley N°19.886 aprobado por DS N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.