Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAGUNA BLANCA
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Fecha de vencimiento:
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11-05-2026
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Monto:
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200000
Peso Chileno
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Descripción:
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La Municipalidad de Laguna Blanca, en las Bases Administrativas Especiales, establecerá, de acuerdo a la normativa vigente, si se requerirá o no garantía de seriedad de la oferta.
Los oferentes deberán presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como, por ejemplo, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale vista, entre otro tipo de cauciones), los que, quedarán bajo custodia de la unidad de Administración y Finanzas de la Municipalidad.
Las pólizas de seguro deberán ser cobrables a la vista, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere cualquier otra gestión, además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que, el instrumento no se extiende a la vista, y, por tanto, será rechazada, tanto la caución, como la oferta.
La garantía de seriedad de la oferta deberá dar cumplimiento en cuanto monto, glosa, beneficiario y vigencia, a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales.
El documento podrá generarse física o electrónicamente. En el caso de garantías físicas, deberá ingresar a través de Oficina de Partes de la Municipalidad antes de la fecha de cierre de las ofertas de la licitación, en original y una copia, en sobre cerrado con carta adjunta dirigida al Alcalde indicando “Garantía seriedad de la oferta licitación pública ID y el nombre del Proyecto”, monto y número del documento, acompañado de la identificación del proponente, debiendo, además subir a la plataforma electrónica mercado público una copia digitalizada de la misma.
En caso de tratarse de garantías emitidas electrónicamente, aquella deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, incorporándose al proceso a través de la plataforma electrónica mercado público.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en las siguientes circunstancias:
a) Si el oferente, cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de los documentos requeridos para la firma del contrato o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el contrato respectivo dentro del plazo indicado posteriormente por estas bases, por causa imputable a él mismo.
b) Si el municipio comprueba falta de veracidad de los antecedentes presentados, o cualquier incumplimiento grave de parte del proponente.
c) Si no se inscribiere en el Registro Electrónico de Chileproveedores previo a la fecha de firma del contrato.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886, o no proporciona los datos requeridos para verificar tal condición.
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Glosa:
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Para garantizar la seriedad de la oferta de la Licitación Pública denominada “Servicio de Mantenimiento de Sistemas de Calefacción, y Reemplazo de Equipos Calefactores en Dependencias Municipales, Villa Tehuelches”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Unidad de Administración y Finanzas de la Municipalidad será la encargada de devolver la garantía a los proponentes no adjudicados, esto a contar del día siguiente de la fecha en que, se suscriba el respectivo contrato, previo informe de la unidad encargada de la licitación.
Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta una vez que se firme el respectivo contrato y efectúe la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato a que se refiere el punto siguiente.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAGUNA BLANCA
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Fecha de vencimiento:
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19-06-2026
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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El contratista deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como, por ejemplo, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale vista, entre otro tipo de cauciones), el que, quedará, en definitiva, bajo custodia de quien figure como beneficiario del mismo.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá dar cumplimiento en cuanto monto, glosa, beneficiario y vigencia, a lo señalado en las presentes Bases Administrativas Generales.
El documento podrá generarse física o electrónicamente. En el caso de garantías físicas deberá ser ingresado a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad por el adjudicado, a más tardar dentro de 10 días contados desde que, se notifica la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que, las Bases Administrativas Especiales dispongan un plazo diferente.
En caso de tratarse de garantías emitidas electrónicamente, aquella deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo remitirse en igual plazo al correo electrónico oficinadepartes@mlagunablanca.cl indicando en el asunto del correo “Garantía fiel cumplimiento del contrato licitación pública ID y el nombre del Proyecto”, debiendo indicar en el cuerpo del correo monto y número del documento, acompañado de la identificación del proponente.
La no entrega de la garantía en el plazo señalado, facultará a la Municipalidad a dejar sin efecto la adjudicación, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar desierta la licitación, revocarla, o readjudicar al oferente acreedor del segundo puntaje.
Las pólizas de seguro deberán ser cobrables a la vista, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere cualquier otra gestión, además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que, el instrumento no se extiende a la vista, y, por tanto, la garantía será rechazada, quedando facultada la Municipalidad para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Además, la respectiva póliza debe señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que, constituya una enumeración taxativa, términos anticipados de contrato, cobro de multas que no alcancen a ser cubiertos con estado de pago, y en general, cualquier circunstancias en que el contratista no pueda responder pecuniariamente por sus obligaciones, y sea necesario ejecutar la garantía.
En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato u obras extraordinarias, suspensiones, renovaciones y prórrogas; o modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para el contratista, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el periodo que corresponda al de la extensión del plazo contractual.
A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía, debiendo ingresar la renovación con a lo menos 10 días corridos anteriores a su vencimiento. En caso de disminuciones se aplicará igual criterio, pudiendo rebajarse el monto o vigencia de la garantía.
De no ingresar la extensión de la caución, la Municipalidad estará facultada para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, quedando para tales efectos depositados en arcas del Servicio beneficiario.
En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato, las Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas, la Municipalidad, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Licitación Pública denominada “Servicio de Mantenimiento de Sistemas de Calefacción, y Reemplazo de Equipos Calefactores en Dependencias Municipales, Villa Tehuelches”
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Forma y oportunidad de restitución:
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de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada a solicitud del contratista previa entrega de la garantía de buena ejecución del servicio.
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAGUNA BLANCA
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Fecha de vencimiento:
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26-04-2027
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Una vez ejecutado el servicio, y como requisito previo para solicitar la recepción provisoria, el adjudicatario deberá hacer entrega de una garantía pagadera a la vista, de carácter irrevocable y de ejecución inmediata, pudiendo consistir, entre otros instrumentos, en boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza u otro instrumento que cumpla las condiciones exigidas en las presentes Bases.
Esta garantía deberá cumplir en monto, glosa, beneficiario y vigencia, y tendrá por objeto caucionar la correcta ejecución del servicio contratado, el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones emanadas del contrato, la calidad de los trabajos ejecutados, la correcta instalación y funcionamiento de los equipos calefactores reemplazados, así como la obligación del contratista de responder por las observaciones, fallas, defectos, reparaciones, reposiciones o ajustes que se verifiquen durante el período de garantía técnica comprometido.
La garantía tendrá una vigencia de 365 días corridos contados desde la fecha de la recepción provisoria sin observaciones.
El establecimiento de esta vigencia se funda en que los equipos calefactores a instalar deberán contar con una garantía técnica mínima de un año, por lo que resulta necesario que la caución se mantenga vigente durante todo dicho período, a fin de resguardar eficazmente el interés municipal frente a eventuales incumplimientos, fallas de instalación, defectos de funcionamiento, reposiciones pendientes o falta de respuesta del contratista durante la etapa posterior a la recepción provisoria. Esta exigencia se entenderá como proporcional a la naturaleza del contrato, considerando que la prestación no se agota en la mera entrega o instalación, sino también en el correcto comportamiento y estabilidad de los equipos durante su período de garantía técnica.
El cobro de esta garantía procederá, especialmente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no subsanare, dentro del plazo que le sea fijado por la Municipalidad mediante oficio o comunicación formal, las fallas, defectos, desperfectos, deficiencias de instalación, observaciones técnicas, reparaciones, mejoramientos, ajustes o reposiciones que deriven de un mal funcionamiento del servicio ejecutado o de los equipos instalados, durante el período de garantía técnica.
b) Si el contratista no concurriere a la recepción final del servicio, habiendo sido debidamente notificado para ello.
c) Si el contratista no cumpliere las obligaciones de garantía, soporte, reparación, reposición o corrección derivadas del contrato o de la oferta adjudicada, dentro de los plazos establecidos por la Municipalidad.
d) Si se verificare que los equipos instalados, sus componentes, accesorios, conexiones o su puesta en marcha no cumplen las condiciones técnicas ofertadas, las exigencias contractuales o las condiciones necesarias para su funcionamiento seguro y eficiente.
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Glosa:
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Para garantizar la correcta ejecución de las obras de la Licitación Pública denominada “Servicio de Mantenimiento de Sistemas de Calefacción, y Reemplazo de Equipos Calefactores en Dependencias Municipales, Villa Tehuelches”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta al contratista una vez practicada la recepción final sin observaciones, siempre que se encuentren íntegramente cumplidas las obligaciones del contrato y no existan cobros, multas, reparaciones pendientes ni responsabilidades que hacer efectivas con cargo a ella.
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