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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La Comisión de Evaluación podrá solicitar a
los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones
de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Esta solicitud se efectuará a
través del Foro Inverso del Sistema de Información, y estos dispondrán de 48 horas, a partir
de la hora y día en que se hace la solicitud por dicho foro, para subirla al Sistema de
Información antes mencionado. De no presentar la documentación solicitada en esta
segunda instancia o no presentarla en los plazos o términos señalados, se desestimará la
oferta, mediante el acto administrativo correspondiente. Todo de acuerdo al Artículo 9º de la
Ley de Compras y al Artículo 40 del Reglamento. La utilización de esta facultad influirá en la
evaluación de la propuesta.
Si se requiere, a través del foro, salvar un
error u omisión formal, esto implicará el descuento de puntaje de acuerdo al criterio de
evaluación “cumplimiento de requisitos formales”; no obstante, si se solicitara una
aclaración que no implica necesariamente un error, entonces no significará un descuento de
puntaje.
La Comisión propondrá adjudicar al o los
oferentes que hayan obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de
evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las Bases de Licitación. (Artículo 10, inciso
2º de la Ley de Compras).
Los miembros de la Comisión Evaluadora no
podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en
cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del
reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de
parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación,
mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de
terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de
asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de
participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las
presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y
demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los
derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en
la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º,
en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se
compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a
efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder,
ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar
acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar
de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda
la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y
cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso
licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que
conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus
documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente reconoce y declara que la oferta
presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en
términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las
medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes
y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
El oferente se obligada a guardar secreto
respecto de las actividades desarrolladas en el Servicio de Salud Aysén, tanto durante la
vigencia del contrato como una vez extinguido éste. En consecuencia, no divulgará ni dará a
conocer a nadie, ni utilizará en beneficio propio o de terceros los conocimientos que obtenga
mediante sus funciones y que han llegado a su conocimiento, ni respecto de los proyectos
en desarrollo o en planificación, así como también respecto a los modelos, sistemas o
directrices utilizados o propiedad de la misma, salvo que medie autorización expresa del
Servicio.
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