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Resolución de Empates |
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En caso de igualdad en el puntaje final, se escogerá al oferente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse el empate, se privilegiara al oferente que ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación de Experiencia.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el IND en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Será obligación del contratista cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos, encontrándose el IND facultado para exigir, en cualquier momento, las planillas o documentación que acrediten sus pagos.
Los salarios o sueldos así como los bonos, aguinaldos, ya sean legales o contractuales o sean estos de cualquier naturaleza que se paguen al personal del adjudicatario, serán de exclusivo cargo de éste, al igual que las retenciones por imposiciones previsionales y de salud que correspondan.
En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886.
El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Seguro de Responsabilidad Civil, Seguro de Vida, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario.
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentarias sobre higiene, seguridad en los ambientes de trabajo. En caso de accidentes laborales, el contratista deberá responsabilizarse y dar al perjudicado la atención de salud adecuada. Por obligación, el contratista debe cumplir con la ley 16.744 de “Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y poseer todos los seguros obligatorios exigidos por la norma vigente para prestaciones de servicios de seguridad.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que presenten antecedentes omitidos.
Para ello, la Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración dentro de los dos días hábiles siguientes a la apertura de la licitación, informando los antecedentes que faltan.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, los oferentes tendrán el término fatal de 48 horas hábiles para entregar los antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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La Comisión Evaluadora |
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Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes:
El Sr. Germán Espinaza Álvarez, R.U.N. N° 13.048.958-3, o en caso de ausencia, el Sr. César Salas Núñez, R.U.N. 12.566.802-K.
El Sr. Marcelo Waldo Oyarzún Bugueño, RUN. N°16.230.714-2. , o en caso de ausencia, doña María Elisa Mercado, R.U.N. N° 10.796.447-9.
El Sr. Felipe González Pizarro, R.U.N. N°: 16.671.744-2, o en caso de ausencia, la Srta. Ingrid Carrasco Morales, RUN. N°: 18.362.726-7.
La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Nota: En el evento de ser necesario y atendida la alerta sanitaria que nos afecta, la comisión evaluadora podrá sesionar de manera remota utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes.
Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple o bien, cada integrante, sucesivamente, imprimirá el documento, y lo firmará manuscritamente y luego volverlo a escanear. Con todo, las modalidades de firma electrónica simple de un documento son muy diversas y cualquiera de ellas podría ser utilizada.
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MULTAS |
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El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción por parte del Adjudicatario, multar a éste en atención a la entidad o gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
La adjudicataria será sancionada con una multa conforme a la siguiente forma:
INFRACCION
Cuando el proveedor no cumpla con algún requerimiento técnico de la presente licitación, como por ejemplo:
- No contar el proveedor con la capacidad ofertada para alguna de las fechas indicadas en las bases técnicas.
- No realizar el proveedor la distribución de las habitaciones entre niñas-niños- adultos o no contar con la capacidad para realizarla en habitaciones dobles.
- Incumplimiento de Horarios, cantidad y tipo de alimentación.
MULTA
2 UTM (Dos Unidades Tributarias Mensuales).
INFRACCION
- Cambiar el hotel u hospedaje de los presentados en la oferta.
MULTA
4 UTM (Cuatro Unidades Tributarias Mensuales)
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Procedimiento de aplicación de multas |
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Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le Imputan, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 10 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información.
La medida deberá ser notificada al proveedor personalmente o por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada, se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en sus respectivos pagos. Se considerará el valor de la UTM de la fecha del envío de la notificación en la cual se expresaran los hechos que se le imputan.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.
Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición.
La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
No se aplicaran las multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica.
La aplicación de multas no podrá superar al 20% del valor total contratado.
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Causales de Término Anticipado del Contrato |
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Podrán ser causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes:
a) Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato/convenio en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario
c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Si las multas superan al 20% del valor total contratado.
f) Si el proveedor al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la aceptación de la orden de compra o de la entrega de los bienes y/o servicios adquiridos, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
h) Si el proveedor no acepta la o las órdenes de compra emitidas por el IND
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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Duración del convenio |
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La vigencia del convenio será a contar de la fecha de aceptación de la orden de compra y hasta finalizada la prestación de todos los servicios licitados
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Facturación |
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La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma:
- Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile.
- R.U.T N°: 61.107.000-4.
- Domicilio: 21 de mayo N° 511.
- Ciudad: Antofagasta.
- Giro: Gobierno Central.
Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente:
a) Primero deben aceptar la OC, y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME.
b) Deben enviar el archivo Xml a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com"
c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución.
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Protocolo de Manejo y Prevención Ante COVID -19. |
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El proveedor deberá dar cumplimiento a las “Recomendaciones de Actuación en los Lugares de Trabajo en el Contexto COVID-19”, de la Subsecretaría de Salud, Protocolo de limpieza y desinfección de ambientes Covid-19, y a todos aquellos protocolos atingentes con el rubro que se pretende contratar.
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Presupuesto disponible |
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El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible para la presente licitación de $ 8.000.000.- IVA INCLUIDO.- (ocho millones pesos), por lo tanto cualquier oferta que se reciba por sobre esa cantidad será declarada inadmisible.
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PAGO |
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El pago se efectuará en pesos chilenos, dentro de 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura respectiva. En todo caso el pago solo se cursará contra entrega de la totalidad de los bienes y servicios prestados y, previa recepción conforme de la unidad requirente del servicio.
Además, junto a las facturas, y para los efectos del pago, el Adjudicatario deberá acompañar los siguientes documentos:
Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de las personas que prestaron servicios en el mes anterior al que se está pagando.
Lo anterior, para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten a los trabajadores del contratista.
En el evento que el Adjudicatario no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886.
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Administración y Fiscalización de su Cumplimiento |
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Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del convenio, el Instituto designa como su Administrador al Encargado de Deporte Competitivo de la Dirección Regional Antofagasta, el que tendrá las siguientes facultades y responsabilidades:
a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del convenio/contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del convenio/contrato.
c) Revisar y aprobar el pago de los productos y/o servicio adquiridos, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.
d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto, de los servicios adquiridos
e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del convenio y la coordinación interna de los Servicios.
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La Oferta Técnica. |
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Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes y servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Los oferentes deberán incluir en sus ofertas todos los servicios licitados los cuales son:
- Servicio de Alojamiento con desayuno incluido (todas las fechas licitadas)
- Servicio de Almuerzo (todas las fechas licitadas)
- Servicio de Cena (todas las fechas licitadas)
- Servicio de Colaciones simples (todas las fechas licitadas)
- Servicio de colaciones de viaje (todas las fechas licitadas)
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas.
Las ofertas deberán adjuntar el set fotográfico exigido en las bases técnicas.
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los bienes y servicios licitados y cumpliendo con todos los requisitos establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos o el anexo debidamente individualizado (s) con el número asignado, según sea el caso. La falta de presentación de cualquiera de o los Anexos indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
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La Oferta Económica |
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Deberá presentarse la oferta económica, electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional e indicar el monto total a suma alzada correspondiente a los servicios requeridos en las presentes bases.
El oferente deberá indicar el valor total que asigna a su propuesta, mediante un itemizado de acuerdo al formato establecido en el ANEXO N° 1
Se deja constancia que el presupuesto disponible para la presente licitación es de un Total de $8.000.000- (IVA INCLUIDO), por lo tanto cualquier oferta que se reciba por sobre esa cantidad será declarada inadmisible.
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